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SABADO 28 DE DICIEMBRE 2019 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

10 LEGAL

AVISOS LEGALES AVISO DE DIVORCIO Para dar cumplimiento con lo que establece el artículo No.42 de la ley 1306-bis, que en fecha 30 del mes de octubre del 2019, la 7ma sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializado de familia, dictó la sentencia civil No.532-2019-SSEN-02773, y fue pronunciado el divorcio por mutuo consentimiento entre Rafael Franklin Cubilete y Ceranny Pujols Veras, pronunciado por ante el Oficial de la 7ma Circunscripción Distrito Nacional, registrado en el Libro No.00005, Folio No.0183, Acta No.000420, del 2019.

LIC. JULIO ERNESTO PEÑA PEREZ, Abogado.

PROMOTORA PUERTO LAGUNA, SRL Capital Social: RD$152,000.00 Santo Domingo, D.N. República Dominicana Registro Mercantil 78688SD RNC 1-01-16720-3 CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA ANUAL De conformidad con las disposiciones legales vigentes y los Estatutos Sociales de la empresa PROMOTORA PUERTO LAGUNA, S.R.L., SE CONVOCA a todos sus socios, a la Asamblea General Ordinaria Anual a celebrarse, extraordinariamente, el viernes tres (03) del mes de enero del año dos mil veinte (2020), a las nueve horas de la mañana (9:00 A.M.) en el domicilio social de la empresa, ubicado en la Calle Caracol No. 2, Segundo Nivel, Mirador Norte, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, para tratar los siguientes temas: 1. Declarar, si ha lugar, la validez de la Asamblea General y su Nómina de Presencia; 2. Conocer y Aprobar, si ha lugar, el Informe del Gerente General, correspondiente al ejercicio social comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del 2019; 3. Conocer y aprobar, si ha lugar, los Estados Financieros correspondientes al ejercicio social comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del 2019; 4. Descargar, si ha lugar, al Gerente General por las actuaciones realizadas en el ejercicio social comprendido entre el1 de enero y el 31 de diciembre del 2019; 5. Designar un nuevo Gerente General o ratificar en sus funciones al actual, por el próximo ejercicio social; y, 6. Tema libre. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve (2019).

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA CON MOTIVO DE EJECUCION PRENDARIA Para General conocimiento y en virtud de la Ley No.6186 de fecha 12 de febrero del 1963, sobre Fomento Agrícola y sus modificaciones, se hace saber que ha sido fijada, para el día MIERCOLES que contaremos a Quince (15), del mes de enero del año DOS MIL VEINTE (2020), a las NUEVE (9:00) horas de la mañana, por ante el Juzgado de Paz del Municipio de1 Higüey, En la calle Agustín Guerrero Núm.55, de la Ciudad de Higüey, Provincia la Altagracia, la Venta en Pública Subasta en Audiencia de Pregones al mejor postor y último subastador del bien dado en garantía por el sr, JORGE MANUEL CHIU YEN, el vehículo se encuentra actualmente en la oficina del Banco de Reservas de la Republica Dominicana, Sito en la avenida 27 de febrero Núm. 336, Edificio Bella, 27 Ensanche Bella Vista y domilicio ad-hoc en la calle José A. Santana Núm.110 esquina calle Higuanama, Higüey, La Altagracia, con la siguiente descripción: “UN AUTOBUS PRIVADO MARCA HYUNDAI, MODELO H-1, AÑO (2015), COLOR BLANCO, MOTOR NUM. D4BHF009530, CHASIS NUM. KMJWA37HAEU729430, REGISTRO Y PLACA NUM.1073825, MATRICULA NUM.8236944, CON CAPACIDAD PARA DOCE (12) PASAJEROS, FUERZA MOTRIZ NUM. 2500, CUATRO (4) CILINDROS, PROPIEDAD del Sr. JORGE MANUEL CHIU YEN, mediante Contrato de Prenda suscrito en fecha veintiocho (28) días del mes de abril del años Dos Mil diecisiete, (2017), inscrito en el Juzgado de Paz Ordinario del Juzgado de Paz del Municipio de Higüey en fecha siete (07) del mes de julio del año Dos Mil diecisiete (2017), al BANCO DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA. El precio de la primera puja será de la suma de SETECIENTOS MIL CUATROCIENTOS VEINTICINCO PESOS DOMINICANOS CON 33/100 (RD$700,425.33), sin perjuicio de las costas a liquidar hasta la adjudicación, que es el precio total que fija el persiguiente para la subasta de dicho bien mueble. Se advierte a todo licitador que deberá depositar previamente en manos del Alguacil en funciones de vendutero público una garantía en efectivo o en cheque certificado, por la suma no inferior al 10% del precio de la primera puja fijada por el persiguiente. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional Capital de la Republica Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve (2019).

Mario Enrique Guerra Pacheco, Gerente General.

Dr. Narciso Aracena, Por sí y por el Licdo. Ramón E. Medina, Abogados del Persiguiente.

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

De conformidad con las disposiciones de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio y para que sea de general conocimiento, se hace saber: Que la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en asuntos de familia, en fecha 28 de Octubre del 2019, dictó la Sentencia civil No. 532-2019-SSEN-02725, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores CARLOS JUNIOR FERNÁNDEZ CRUZ y CARMEN RODRÍGUEZ MARTICH, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: a) Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Carlos Junior Fernández Cruz y Carmen Rodríguez Martich, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y de estipulaciones de divorcio No. 03, instrumentado en fecha 08 de Septiembre del año 2019, el Lic. Sergio Antonio Naut González, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos que preceden. b) Otorga la guarda y cuidado de la menor de edad Carla Altagracia, a cargo de la señora Carmen Rodríguez Martich; acordado el acto de convenciones y estipulaciones No. 03, instrumentado en fecha 08 de Septiembre del año 2019, el Lic. Sergio Antonio Naut González, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. c) Homologa y fija la Pensión Alimentaria estipulado y pactado por los cónyuges en causa, de conformidad al acto de Convenciones y Estipulaciones No. 03, de fecha 08 de Septiembre del año 2019, instrumentado el Lic. Sergio Antonio Naut González, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, actuando en función de Notario Público, por las consideraciones que preceden. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se ordena, manda y firma: Pedro Marcial Ramírez Salcé, Juez; Magalis Ana Santana Melencíano, Secretaria. El día 21 de Noviembre del 2019, el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción, Distrito Nacional, pronunció la presente sentencia, inscrita en el Libro Registro de Divorcio No. 00028, Folio 0127, bajo el Acta No. 002792 del año 2019. En Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los Veintinueve (29) días del mes de Diciembre del año dos mil diecinueve (2019).

De conformidad con el párrafo del artículo 22 de la Ley 1306-bis, el señor FEDERICO DEL ROSARIO GUTIERREZ, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 402-2650365-0, domiciliado en Constanza, quien tiene como abogado AL LIC. JUAN MANUEL ABREU DE LA ROSA, con estudio profesional en la Calle Salome Ureña No. 65 de la ciudad de Constanza, advierte y pone en conocimiento a MARIA YANIRIS MORA ABREU que en virtud que actualmente no reside en su último domicilio ubicado en Constanza, que será EMPLAZA en acción en divorcio por incompatibilidad de caracteres con todas las consecuencias legales, en manos del Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Constanza, el día dos (02) del mes de enero del 2020, para que comparezca a la audiencia que celebrará el Tribunal de Primera Instancia de Constanza, el día quince (15) del mes de enero del año dos mil veinte (2020), a las 9:00 a.m., tribunal que celebra sus audiencias en la Primer Nivel en el Palacio de Justicia de Constanza sito en la calle General Luperón No.11 .

FC 378881

LIC. SERGIO ANTONIO NAUT GONZÁLEZ Abogado

ACTO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO CON DOMICILIO DESCONOCIDO En cumplimiento a las disposiciones establecida por el art 22 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio en la República Dominicana, se hace de público conocimiento que el señor JOSÉ AL TAGRACIA HERNÁNDEZ JAVIER, Dominicano, Mayor de Edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 0010571770-6, Domiciliado en el Sector Lote y Servicios, Sabana Perdida, Manzana A, Casa No. 12, Municipio Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, R.D. Quien tiene como abogado apoderado y constituido especial al DR. RICARDO CAMPUSANO PÉREZ, Dominicano, mayor de edad, soltero, Portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0628661-0, abogado de los tribunales de la República, miembro activo del Colegio de Abogados, República Dominicana, con estudio profesional abierto en la Calle Patricia, Esquina Luperón, Edificio 1, Suite 305, 3ra Planta, Residencial Cabilma del Este, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, lugar donde mi requeriente hace formal elección para todos los fines de la presente publicación. Le advierte a su legítima esposa la señora CRISTINA VILLAMAN GERMAN, cuyo último domicilio conocido fue en la calle Hermanas Mirabal, No. 71, del Sector Villa Mella, Municipio Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, que conforme al Art.22 de la ley 1306-Bis sobre divorcio, se procederá a emplazar por ante el Magistrado Procurador Fiscal de la provincia Santo Domingo el jueves dos (02) de ENERO del año 2020. En acción de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, Para que la misma comparezca como fuere de derecho, el día Lunes que contaremos a trece (13) del mes de ENERO del Año Dos Mil Veinte (2020), a las 09:00 a. m. hora de las mañana, por ante LA SÉPTIMA SALA PARA ASUNTOS DE FAMILIA, DE LA CÁMARA CIVIL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA PROVINCIA SANTO DOMINGO, CON ASIENTO EN EL MUNICIPIO SANTO DOMINGO NORTE, tribunal que acostumbra celebrar sus audiencia públicas, en su local que está ubicado en la calle Ramón Matías Mella No. 103, Villa Mella, Municipio Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, para conocer de la demanda de divorcio de referencia.

DR. RICARDO CAMPUSANO PÉREZ.

LIC. JUAN MANUEL ABREU DE LA ROSA ABOGADO (DC-AC-17273-PC-ENV-26-27-28/12/2019)

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento del art. 22 ley no.1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la R.D., modif.. por Ley 2153 de 1949, el Señor ROBERTO ANTONIO ACOSTA SALCEDO, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en esta ciudad de La Vega, R.D. cedula no.05400972385, quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial a la LIC. MARIBEL VIÑAS ACOSTA cedula no. 047-0014080-1, con estudio profesional abierto en el no.29 de la Calle Las Carreras Edif. Madeline de esta ciudad de La Vega, R.D., lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora SARAH LYDIA GONZALEZ, cuyo último domicilio conocido lo fue en la Calle Colon # 60 de esta ciudad de La Vega, R.D. que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día 30 del mes de diciembre del año 2019 a las 09:00 a.m., asi como en la Secretaria y puerta del Tribunal Apoderado y ultimo domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 14 del mes de ENERO del año 2020 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad de La Vega, R.D., a los 26 días del mes de DICIEMBRE del año 2019.

LIC. MARIBEL VIÑAS ACOSTA Abogada apoderada de la parte Demandante (AC-17274-WP-26-27-28/12/2019)

Crowdmeeting, S. R. L., sociedad comercial organizada y existente de conformidad con las Leyes de la República Dominicana, con Registro Nacional de Contribuyentes No. 1-31-68416-5, da cuenta de que se está depositando un expediente al Ministerio de Turismo en pos de solicitar una licencia de operación de Tour Operador, categoría Receptivo/Emisivo, que le permita operar en el sector turístico; con el fin de cumplir con las obligaciones legales y el objeto social de la sociedad de prestación de servicios de tour operador, organización de eventos, protocolo, transporte desde y hacia hoteles, excursiones y paquetes de estadías. FC 378779

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Exp. No. 6632019067325 Se hace de público conocimiento que el día 15 de Enero del año 2020 a las 10:00 A.M., se procederá a realizar los trabajos de campo correspondiente al Deslinde sobre el inmueble identificado como: Parcela No. 90-A-REF-155, del D.C. 6 del Municipio de Santo Domingo Este, Provincia de Santo Domingo. Propiedad de LUZ MARÍA GONZÁLEZ HERNÁNDEZ.

Agrim. Máximo Ernesto Pérez M. Codia No. 14608 FC 378867

AVISO DE REQUERIMIENTO, AUTO EMPLAZAMIENTO Y FIJACIÓN DE AUDIENCIA Reclamante: YOVANIA DOLORES DOMÍNGUEZ. Colindantes parcela No. 307450863770, Al norte: José Mónico Ruiz, P. No. 960 (Resto); Al Sur: Carretera Cambita-San Cristóbal; Al Este: Ayuntamiento Municipal De Cambita El Pueblecito, P. No. 960 (Resto); y Al Oeste: José Mónico Ruiz, P. No. 960 (Resto). SE SITAN: A las personas mencionadas y a todo el que crea tener algún interés jurídicamente protegido o potestad en dicho inmueble y sus mejoras, para que comparezcan a la audiencia que se celebrara el día 28 de Enero del año 2020 a las 9:00 A.M. horas de la mañana en el lugar que acostumbra celebrar Audiencias el Tribunal de Tierras en el Salón ubicado en la calle Padre Borbón No. 15 esquina General Cabral, con relación al inmueble P. No. 960 D.C. No. 21, Posicional No. 307450863770, a fin de conocer e instruir el proceso de saneamiento reclamada por la señora YOVANIA DOLORES DOMÍNGUEZ.

YOVANIA DOLORES DOMÍNGUEZ Reclamante FC 378865

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE EXPEDIENTE No. 6642019037812. Cumpliendo con los artículos 75, 137, 160 Y 161, del Reglamento General de Mensuras Catastrales, SE HACE DE PUBLICO CONOCIMIENTO, que el día 17 de Junio del Año Dos Mil Diecinueve (2019) a las 8:30 AM., daremos inicio a los trabajos de Mensura para DESLINDE, de varias porciones de terreno ubicadas dentro del ámbito de la Parcela No. 27, del Distrito Catastral No. 2/4ta, la Romana, específicamente en el Municipio de Villa Hermosa. Propiedad de los señores CANAL BATERMI PEGUERO, EMILIA GUERRERO Y DEISY ALTAGRACIA POLANCO.

AGRIM. LEANDRO DE JESÚS HERNÁNDEZ MAURICIO, Agrimensor Contratista. Codia 30761. FE DE ERRATA: Este aviso sustituye al publicado en fecha 07/06//2019, haciendo figurar a la Sra. Deisy Altagracia Polanco en sustitución del Sr. Yoel Mejía Marte. FC 378860


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