SABADO 23 DE FEBRERO 2019 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
14 LEGAL
AVISOS LEGALES PUBLICACION DE DIVORCIO
AVISO DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO
AVISO MENSURA CATASTRAL
Para general conocimiento y de conformidad con lo establecido en el artículo 42 de la Ley de Divorcio No. 1306-Bis, se hace de público conocimiento lo siguiente: La Cuarta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la provincia Santo Domingo, en sus atribuciones civiles, sito en la casa marcada con el No. 3, de la calle Hermanas Carmelitas Teresa de San José (antigua 17), Esq. Club Rotario, del Ens. Ozama, de Santo Domingo Este, dictó la sentencia civil No. 2274/2017, Expediente No. 1288-2017-01262, cuya parte dispositiva dice así: FALLA: PRIMERO: Se ratifica el defecto pronunciado en contra de la parte demandada la señora SANDRA PEGUERO GARCIA, por no comparecer, no obstante citación legal. SEGUNDO: En cuanto al fondo, admite el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, entre los señores GIANFRANCO FERRARO y SANDRA PEGUERO GARCIA, con todas sus consecuencias legales, por los motivos precedentemente expuestos. TERCERO: Impone el pago de una pensión ad-litem ascendente al monto de tres mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$3,000.00) monto que deberá pagar el señor GIANFRANCO FERRARO en manos de la señora SANDRA PEGUERO GARCIA, mes por mes, hasta tanto dure el procedimiento de divorcio. CUARTO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante la Oficialía del Estado Civil correspondiente, previo cumplimiento de las formalidades previstas en la Ley de Divorcio. QUINTO: Compensa las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. SEXTO: Comisiona al Ministerial ANGEL PUJOLS, Alguacil de Estrado de la Suprema Corte de Justicia, a los fines de notificar la presente sentencia. Así se pronuncia, ordena, manda y firma: (FRANCIS M. HERNANDEZ SUSAÑA, Jueza; BRENDA A. ROSARIO, Secretaria). Así mismo en fecha día veinte (20) del mes de diciembre del año dos mil diecisiete (2017), fue pronunciado y está registrado en la Oficialía del Estado Civil de la 13va. Circunscripción de Santo Domingo Este, con el Acta No. 000186, Libro No. 00002-Div., Folio No. 0171, del año 2017. A los veintidós (22) días del mes de febrero del año dos mil diecinueve (2019).
En cumplimiento a las disposiciones de la ley número 2153 que amplía el artículo 22 de la ley 1306-bis, sobre divorcio, se hace saber que por medio del presente aviso, el señor MIGUEL ANGEL PAULINO BONTTEMPO, dominicano, mayor de edad, casado, estudiante, portador de la cédula de identidad y electoral No. 223-0043700-5, domiciliado y residente en la calle Guadalupe García, casa No. 3, Municipio de Villa González, Provincia de Santiago, ADVIERTE a su legítima esposa MARIE CABRERA, cuyo último domicilio conocido fue en la calle Guadalupe García, casa No. 3, del Municipio de Villa González, Provincia de Santiago, que a falta de información sobre su actual residencia y domicilio procederá, por medio de su abogado constituido y apoderado especial Licenciado Buenaventura Montán Frías, con estudio profesional abierto permanentemente en la calle Rumaldo Gómez, #22, Municipio de Altamira, Provincia de Puerto Plata y estudio ad-hoc en la calle San Luís #8, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, donde hace elección de domicilio para los fines y consecuencias legales de su divorcio, a emplazarla en acción de divorcio por la determinada causa de incompatibilidad de caracteres, por ante la Quinta Sala Civil para Asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, en sus atribuciones civiles, y en audiencias a puertas cerradas, la cual celebra sus audiencias en uno de los apartamentos de la primera planta del Palacio de Justicia de la ciudad de Santiago de los Caballeros, sito a su vez en la intersección formada por las calle 27 de Febrero, Circunvalación, la calle 34 y E. Guerrero del Ensanche Román de esta ciudad de Santiago, mediante notificación que le será hecha en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Santiago, el día martes que contaremos a veintiséis (26) de febrero del año en curso, por acto del ministerial Milton David López, Alguacil de Estrados de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santiago, a fin de que comparezca a la audiencia que para estos fines celebrará la aludida Cámara Civil para Asuntos de Familia, el día martes que contaremos a doce (12) del mes de marzo del año dos mil diez y nueve (2019), a las once (11:00), horas de la mañana. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, a los diez y nueve (19) días del mes de febrero del año dos mil diez y nueve (2019).
EXP. No. 6622019012002 Se avisa que el día 22 de marzo 2019 a las 12:00 p.m. iniciaremos el Deslinde de una porción de terrreno en la parcela 48 del D.C. 8 ubicada en la carret. Obidio Sánchez municipio San Víctor Prov. Espaillat autorización de mensuras de fecha 31/01/2019 propiedad de DARIO ANTONIO SANCHEZ BEATO quedan citados los colindantes y demás interesados.
LIC. RAMON MATIAS GOMEZ FELIZ, Abogado. FC 367235
AVISO DE INCORPORACION CENTRO DE ESTUDIOS DE LA DIÁSPORA AFRICANA (CEDA) A los fines de dar cumplimiento a lo establecido por el artículo 5, párrafos I, II, III y IV de la Ley No. 122-05, del año 2005, que rige la Regulación y Fomento de las Asociaciones sin Fines de Lucro en la República Dominicana, se informa lo siguiente: 1. Que mediante Resolución No. 00002, emitida por el Procurador General de la República en fecha 28 de enero del año 2019, fue incorporada la asociación sin fines de lucro Centro de Estudios de la Diáspora Africana CEDA con su domicilio en Avenida Charles Sumner Edificio 19 A, Primer Piso, sector Los Prados Distrito Nacional, Santo Domingo, República Dominicana; y podrá establecer oficinas en cualquier punto del territorio nacional. 2. Que la asociación tendrá duración por tiempo indefinido. 3. Que el CENTRO DE ESTUDIOS DE LA DIÁSPORA AFRICANA tiene como Misión: Estudiar el impacto de la inserción de africanos en la isla Española (República Dominicana y Haití) para así entender y sustentar científicamente la necesidad de posibles políticas públicas que reviertan cualquier impacto perjudicial que exista contra los afrodescendientes. 4. Que sus objetivos son: Producir conocimiento desde la academia, realizar investigaciones y estudios vía trabajos de consultorías, exposiciones, análisis histórico y conferencias; Coordinar investigaciones científicas, regionales e internacionales relativas a la diáspora africana; Promover y divulgar los resultados de estudios e investigaciones realizadas a los fines de enriquecer y contribuir a un mayor conocimiento y profundización de los temas de trabajo centrados en nuestra misión, Trabajar en alineación con la Estrategia Nacional de Desarrollo END 5. Que de acuerdo a la Asamblea Constitutiva celebrada el veintidós (22) de enero del año dos mil diecinueve (2019), quedaron designados como miembros fundadores las siguientes personas: Yesilernis Leonor Peña Mora de Martínez, Presidenta; Cecilia Corporán Carmona, Vicepresidenta; Reina Cristina Rosario Fernández, Secretaria; Carmen Teresa Rodríguez Melo, Tesorera; Ramón Purificación Peña Salcedo, Vocal. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de febrero del año dos mil diecinueve (2019).
Yesilernis Leonor Peña Mora de Martínez Presidenta FC367245
LICDO. BUENAVENTURA MONTAN FRIAS Abogado Constituido
YOCEIRY DEL CARMEN PACHECO MARTE Agrimensora Contratista CODIA 36682 (AC-14961-PC-1/2)
AVISO MENSURA CATASTRAL EXP. No. 6622019003216 Se avisa que el día 22 de marzo 2019 a las 12:00 p.m. iniciaremos el Saneamiento de un área aprox.1,291.46m2 en la parcela 373 del D.C. 4 ubicada en el lugar y sección Paso de Moca municipio Moca Prov. Espaillat autorización de mensuras de fecha 11/01/2019 propiedad de Eridania del Carmen Rodríguez Hidalgo representada por Niurka Del Carmen Almonte Perez quedan citados los colindantes y demás interesados. YOCEIRY DEL CARMEN PACHECO MARTE Agrimensora Contratista CODIA 36682 (AC-14961-PC-2/2)
AVISO MENSURA CATASTRAL
COMERCIAL GABORONE, S.R.L., SOCIEDAD EN LIQUIDACION Capital Social RD$100,000.00 Av. Sol Poniente No. 7, Plaza Sol Poniente, Edificio Clínica Independencia Norte, Suite 402, Santo Domingo de Guzmán, República Dominicana Registro Mercantil No.: 52838SD - RNC:1-30-14964-1
AVISO DE DISOLUCION Se hace de conocimiento general que la Sociedad COMERCIAL GABORONE, S.R.L. mediante Asamblea General Extraordinaria celebrada en fecha doce (12) del mes de febrero del año dos mil diecinueve (2019) resolvió la disolución de la misma, por lo que a partir de dicha fecha, su denominación social es COMERCIAL GABORONE, S.R.L., SOCIEDAD EN LIQUIDACION. Asimismo, la Asamblea General Extraordinaria de COMERCIAL GABORONE, S.R.L., SOCIEDAD EN LIQUIDACION, nombró al Lic. Arturo Ivanhoe Rodríguez Gómez como Liquidador de la Sociedad, a quien, en cumplimiento de las estipulaciones contenidas en la Ley General de Sociedades 479-08, modificada por la Ley 31-11, le fueron otorgados los poderes que se indican a continuación: 1. Suscribir, conjuntamente con los administradores, el inventario y balance de la sociedad al tiempo de comenzar sus funciones con referencia al día en que se inicie la liquidación; 2. Llevar y custodiar los asientos contables y registros sociales de la sociedad, y velar por la integridad de su patrimonio; 3. Realizar aquellas operaciones comerciales pendientes que sean necesarias para la liquidación de la sociedad, incluyendo el cierre de las cuentas bancarias de la sociedad; 4. Enajenar los bienes sociales; 5. Percibir los créditos en la cuantía necesaria para satisfacer a los acreedores; 6. Concertar transacciones y arbitrajes cuando así convenga a los intereses sociales; 7. Pagar a los acreedores y a los socios ateniéndose a las normas que se establecen en los estatutos o en esta ley; 8. Ostentar la representación de la sociedad para el cumplimiento de los indicados fines; y 9. Convocar a los socios para fines de la liquidación, con el objeto de estatuir sobre la cuenta definitiva y recibir el descargo por su gestión y de su mandato, así como constatar la clausura de la liquidación. En Santo Domingo de Guzmán, capital de la República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de febrero del año dos mil diecinueve (2019). Lic. Arturo Ivanhoe Rodríguez Gómez Liquidador
EXP. 6622019022156 Se avisa que el día 7 de marzo 2019 a las 9:00 a.m. iniciaremos el Deslinde y refundición de varias porciones en las parcelas 809 y 810 del D.C. 3 ubicada en calle C la Trinchera municipio Jarabacoa Prov. La Vega autorización de mensuras del 21/02/2019 propiedad de Santiago Canela Durán, Ramón Canela Durán, Ramón Herminio Jiménez Aquino, Víctor Ramón Tavarez Hernández, José Rodríguez Estévez, Carmen Durán Durán y Patricia del Carmen Castillo Durán quedan citados los colindantes y demás interesados.
Faustino Benedicto Abréu García Agrimensor Contratista CODIA 24100 (LCD-AC-14962-PC)