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Sábado 05 DE OCTUBRE 2019 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

LEGAL 13

aVISoS LEGaLES PERDIDA DE PLACA: Vehículo automóvil privado, marca Hyundai, color gris, año 2011, placa No. A735746, chasis KMHEC41MBBA198966, a nombre de MIGUEL ANGEL VALENTIN JIMENEZ LACEN.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo placa K0110397, chasis LC6PAGA1560847516, marca Suzuki, modelo AX100, color rojo, año 2006, propiedad de ORBITO MONEGRO RODRIGUEZ, cédula 012-0043944-4. San Juan de la Maguana. FC 106628

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo jeep, marca Ford, modelo Escape XLS, año 2008, placa y registro G266313, color negro, chasis 1FMCU02Z48KC68350, propiedad de CARLOS MANUEL PEGUERO MEDINA, cédula 0010182184-1. FC 375497

DACES, S.A. Sociedad en Liquidación Registro Mercantil: 44178SD RNC: 1-30-30297-9 Capital Social Autorizado: RD$100,000,000.00 Ave. Iberoamericana, Edif. 20, Apto. B-3, Parque del Este, Municipio Sto. Dgo. Este, Prov. Sto. Dgo.

AVISO DE INCORPORACION “ASOCIACION DE MEDICINA DEPORTIVA DE LA PROVINCIA SANTO DOMINGO-ASOMEPRASDO” En cumplimiento con las disposiciones de la ley 122/05, en su artículo 5, párrafo II, sobre Organizaciones sin Fines de Lucro, se hace de conocimiento público que mediante Resolución No. 00020/2019 del 09 de septiembre del año 2019, la Procuraduría General de la Corte de Apelación de Santo Domingo, aprobó la incorporación de la ASOCIACION DE MEDICINA DEPORTIVA DE LA PROVINCIA SANTO DOMINGO-ASOMEPRASDO, como Organización Sin fines de Lucro, con su domicilio social en la Calle Oriente, Edificio La Terra, Piso l, Apto. 102, Lucerna, Santo Domingo Este, Prov. Santo Domingo, República Dominicana, que tiene como misión: afiliarse y tener relaciones con las organizaciones nacionales e internacionales como la Federación Nacional de Medicina del Deporte, la Agencia Mundial Antidopaje (WADA), y el Comité Olímpico Dominicano; cumplir y hacer cumplir las reglas y la ética en el área de la medicina del deporte, y como Objetivo: fomentar el desarrollo de la medicina del deporte y las ciencias del deporte en la provincia; siendo responsable de su desarrollo y la lucha contra el Dopaje en esta jurisdicción y cuidar la observancia de las reglas de la WADA, entre otros fines. Su Comité Ejecutivo tendrá una duración de 2 años y está compuesto por siete (7) miembros; sus directivos son: Lisette Sánchez F., presidente; Francis A. Reyes B, Vicepresidente; Wilson Enmanuel Ramírez., Secretario General; Elsie Tomás Florentino, Tesorero y 3 Vocales: Francisco Esteban Javier, Eliasiris Sánchez Cepeda y Nicolás Silverio. La duración de la entidad es indefinida. El expediente ha depositado en el Juzgado de Paz de la 2da. Circunscripción y en la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de 1era. Instancia, ambos en la Provincia Santo Domingo. En Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, R.D., a los veintiocho (28) días del mes de septiembre del año 2019.

Dra. Lisette Sánchez Francis, Presidente. FC 375489

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo automóvil privado, marca Toyota, modelo Camry CE, placa A444642, color crema, chasis 4T1BG22K9YU922717, año 2000, propiedad de LUIS FELIPE MARTINEZ BELGAR, cédula 003-0020592-9. FC 375489

De conformidad con lo establecido en la Ley General de las Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada No. 479-08, y sus enmiendas, particularmente a lo previsto en su Artículo 419, se avisa que, mediante la Asamblea General Extraordinaria Extraordinaria celebrada en fecha quince (15) de agosto del año dos mil diecinueve (2019), los accionistas de DACES S.A., Sociedad en Liquidación (la “Sociedad” o por su propio nombre) adoptaron a unanimidad de votos, entre otras cosas, las siguientes resoluciones: l. Se conoció el Balance Especial del Estado de la Sociedad preparado por un Contador Público Autorizado, y se otorgó el descargo correspondiente; 2. Se conoció y aprobó el informe sobre el Estado General de la Sociedad elaborado por el Liquidador, y se otorgó el descargo correspondiente; 3. Se aprobó la disolución y liquidación definitiva de la Sociedad; 4. Se aprobó el cese definitivo de las funciones del Consejo de Administración y se otorgó el descargo correspondiente; 5. Se declaró que en vista de que no existía ningún pasivo, no había lugar al pago de pasivos a terceros, y en vista de que no existía ningún activo en la Sociedad, no había lugar a distribución alguna entre sus accionistas; y 6. Se designó a la persona que ha de fungir como garante de esta disolución. En ese sentido, se hace de público conocimiento el cierre definitivo de liquidación de la entidad DACES S.A., Sociedad en Liquidación, con todas las consecuencias legales que esto implique. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los cuatro (04) días del mes de octubre del año dos mil diecinueve (2019). FC 375483

AVISO EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO POR DOMICILIO DESCONOCIDO.

PUBLICACION DE DIVORCIO

De conformidad con las disposiciones contenidas en el ART. 22 de la Ley 1306-bis, y sus modificaciones, sobre el divorcio, el señor NUNZIELLO LA MELA, de nacionalidad Italiana, mayor de edad, casado, portador del pasaporte No.YA4897439, con domicilio y residencia en la calle Padre Billini No. 88, Ciudad Nueva, Distrito Nacional, asistido por su Abogada legalmente constituida y apoderada especial, LIC. FELICIA ESCORBORT E. dominicana, mayor de edad, soltera, abogada de los tribunales de la República Dominicana, con estudio profesional abierto en la calle Arzobispo Portes 651, primer piso, Ciudad Nueva, Distrito Nacional, Advierte a su legítima esposa señora VIORICA COZMA, cuyo último domicilio conocido fue en la calle José López Núm. 34, Los Prados, Distrito Nacional, que por falta de información relativa a su actual dirección o domicilio conocido se procederá a emplazarla a partir de estas tres (3) publicaciones consecutivas de ley de Divorcio por la causa de Incompatibilidad de Caracteres en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito judicial de Santo Domingo, a partir del día Nueve (09) del mes de octubre del año 2019, por medio de acto de alguacil, a fin de que comparezca a la audiencia que celebraremos el día Miércoles que contaremos a treinta (30) del mes de Octubre del año dos mil diecinueve (2019), por ante la Séptima Sala para asuntos de familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, a la audiencia civil a puertas cerradas que celebrara dicho tribunal, sito en uno de los salones de audiencia en la primera planta de la casa ubicada en la calle Socorro Sánchez No. 68, esquina calle Santiago, del Distrito nacional a los fines y medios de la presente demanda de divorcio. En Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los tres (3) días del mes de octubre del año dos mil diecinueve (2019).

En cumplimiento con el párrafo del Art. 31 (mod. por la Ley 142) de la Ley 1306-Bis, se hace saber: Que en fecha diecinueve (19) días del mes de agosto del año 2019, La Séptima Sala De Cámara Civil Y Comercial Del Juzgado De Primera Instancia Del Distrito Nacional, especializada en asuntos de familia, dictó la sentencia civil No. 532-2019-SSEN-02040, cuyo dispositivo es el siguiente: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores Rosio Valette Aracena y Joel Adrian Santos Echavarría, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley; SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: a) declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Rosio Valette Aracena y Joel Adrian Santos Echavarría, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y estipulaciones No. 36/2019 de fecha 19 de junio del 2019, instrumentado por el Dra. Raquel Núñez Almánzar, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos que preceden. b) Otorga la guarda y cuidado del menor Joel Armando, a cargo de la señora Rosio Valette Aracena, acordado en el acto de convenciones y estipulaciones No. 36/2019 de fecha 19 de junio del 2019, instrumentado por el Dra. Raquel Núñez Almánzar, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos; c) Homologa y fija la prensión alimentaria estipulado y pactado por los cónyuges en causa, de conformidad con el acto de convenciones y estipulaciones No. 36/2019 de fecha 19 de junio del 2019, instrumentado por el Dra. Raquel Núñez Almánzar, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por las consideraciones que preceden. TERCERO: Que por tratarse de una acción promovida entre cónyuges procede la compensación de las costas. CUARTO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se ordena, manda y firma: Pedro Marcial Ramírez Salce, Juez. La presente sentencia ha sido firmada por el magistrado Pedro Marcial Ramírez Salce, el mismo día, mes y año señalado al inicio de la misma, lo que certifico con mi firma y el sello del tribunal Magalis Ana Iris Santana Melenciano, Secretaria. El presente divorcio fue pronunciado por ante la Oficialía del Estado Civil de la 2da. Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha 27 de septiembre del 2019, el cual fue inscrito en el libro número 00004 de registros de divorcio, Folio No. 0142, acta No. 000351, año 2019. En la ciudad de Santo Domingo De Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana, a los cinco (5) días del mes de octubre del año dos mil diecinueve (2019).

LIC. FELICIA ESCORBORT, Abogada demandante.

LIC. RICARDO REYNOSO RIVERA, Abogado.

FC 375422

FC 375452

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo marca Suzuki, modelo AX100, año 2014, color negro, placa y registro No. K0412122, chasis No. LC6PAGA12E0010530, propiedad de FRANCIS JOEL MELO SOTO, cédula No. 402-2136576-6. FP 106623

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE En virtud de la autorización de fecha 28/09/2019, que contiene el Expediente No.6612019118471, emitida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Norte. Se avisa al público general. Que el día Viernes 18/10/2019, a las 8:00 a.m. Se iniciarán los trabajos de Deslinde, de una Porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela 198, del D.C. No.11, en el Municipio de Santiago de los Caballeros, Provincia Santiago, Ubicada en Monte Adentro, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros. Con un área de: 628.86m²; Propiedad de: Rafael de Jesús Almonte Taveras y Miledy Altagracia Vásquez Betances.

AGRIM. JUAN RAFAEL CABRERA MOREL, Codia No.24329/Cel.(829)-962-2109.

Se ha extraviado el acto de venta a la señora Petronila Robles, con la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), de fecha 25/11/1991. De igual manera el descargo y finiquito y carta de transferencia. FC 375498

AVISO DE MENSURA CATASTRAL Expediente No. 6642019058216 Se hace de publico conocimiento que para el día 15 del mes de Octubre del 2019 a partir de las 9:00 a.m., se iniciara la Mensura Para Saneamiento (Plano Definitivo), ubicado en el sector el Arco, Municipio Santa Cruz de Barahona, Provincia Barahona, dentro del ámbito de la P. No. 2 del D. C. No. 2, Municipio Santa Cruz de Barahona, Provincia Barahona, dicho trabajo se realizará por el

Agrim. ROBERTO FELIZ SANCHEZ, CODIA: 27330. FC 375479

EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

En cumplimiento de las disposiciones de la Ley No. 1306-Bis sobre divorcio, el Señor BELARMINIO DE JS, PERALTA BATISTA, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en el Municipio de El Pino, Provincia Dajabón, portador de la cédula de identidad y electoral No. 073-0012765-6, quien tiene como Abogado Constituido y Apoderado Especial al DR. JUAN DE DIOS JIMENEZ BOURDIERD, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 046-0021956-4, con estudio profesional abierto en la calle Sánchez No. 168, de este Municipio de San Ignacio de Sabaneta, Provincia Santiago Rodríguez, matriculado en el Colegio de abogados de la República Dominicana, con el No. 6792411-888, le advierte a su legítima esposa YAQUELIN MERCEDES REYES PEREZ, cuyo último domicilio y residencia se desconoce, se procede a Emplazarse en acción de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, el día (7) del mes de Octubre del año dos mil diez y nueve (2019), en la Persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Santiago Rodríguez, a fin de que comparezca el día Veinticinco (25) del mes de Octubre del año Dos Mil Diez y Nueve (2019), a las Nueve (9:00) horas de la mañana a la audiencia puerta cerrada, que celebra el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago Rodríguez, en sus atribuciones civiles y en materia de Divorcio, en la Sala donde acostumbra a celebrar sus audiencias, ubicada en la calle Pedro Thomas No. 54. La presente publicación es exigida por el suscrito abogado. En la ciudad y municipio de San Ignacio de Sabaneta, Provincia Santiago Rodríguez, a los Dos (02) del mes de Octubre del año dos mil diecinueve (2019).

De conformidad de las disposiciones del párrafo II del artículo 22 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio, del 21 de marzo del 1937, se hace de público conocimiento que el señor JUSTIN GONZALEZ MARMOL, norteamericano, mayor de edad, casado, portador del pasaporte No. 470883512, empleado privado, domiciliado y residente en la D casa No. 6 Cerro Alto de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, quien tiene como abogada y apoderada Especial la LICDA. JOELYS VALDEZ, dominicana, mayor de edad, abogada matriculada en el Colegio Dominicano de Abogado bajo la matrícula No. 19174-288-97, con estudio profesional abierto en la calle Manuel Román No. 7 del Ensanche Román I, de la ciudad de Santiago de los Caballeros, ADVIERTE a su legítima esposa señora LAURIS WARNELLY RODRIGUEZ PAULINO, cuyo último domicilio fue desconocido por su legítimo esposo, que procederá a emplazarla en acción de divorcio, por INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Santiago, el día LUNES que contaremos a SIETE (07) del mes de OCTUBRE del año Dos Mil Diecinueve (2019), fin de que comparezca a la audiencia que a puertas cerradas se celebrara en la QUINTA SALA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, en sus atribuciones civiles, tribunal que celebra sus audiencias en uno de los salones de la primera planta del Palacio de Justicia Lic. Federico C. Álvarez, ubicado en la Manzana formada por las Avenidas 27 de Febrero y Circunvalación, calle 4 del Ensanche Román 1 y E. Guerrero de esta ciudad de Santiago, audiencia que tendrá efecto el día LUNES que contaremos a los veintiún (21) días del mes de OCTUBRE del año Dos Mil Diecinueve (2019), a las ONCE (11:00 A.M.) horas de la mañana. En la ciudad de Santiago de los Caballeros al tres (3) días del mes de octubre del año Dos Mil Diecinueve (2019).

DR. JUAN DE DIOS JIMENEZ BOURDIERD Abogado

LICDA. JOELYS VALDEZ, Abogada Apoderada.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo automóvil privado, marca Toyota, color verde, año 1999, placa No. A173619, chasis 4T1BG22K8XU524185, a nombre de PAUL ENRIQUE MARCHENA MILANESSE.

AVISO DE EMPLAZAMIENTO, DEMANDA DE DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD DE CARECTERES. En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306, Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que el señor GERALDO ROMAN NOVAS CARCIA, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad electoral No.077-0006498-8, domiciliados y residentes en la calle Eduardo Brito No.97, Altos de Chavón, municipio Boca Chica, provincia Santo Domingo, quien tiene como abogado representante y apoderado especial al LIC. NELSON A. GARCIA RAMIREZ, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 012-0074214-4, con estudio profesional abierto en la avenida Las Américas, No.36, plaza Las Américas Oriental, suite 202, municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, con teléfono No.809-596-5947, y domicilio ad-hoc para los fines del presente acto, en la Secretaria de la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de San Pedro de Macorís, por medio de la presente publicación, se hace de público conocimiento la Demanda de Divorcio por la Causa de Incompatibilidad de Caracteres y le hace formal advertencia a su legitima esposa señora ANGELICA MARIA REYNOSO NOVAS, nacionalidad dominicana, mayor de edad, cédula de identidad dominicana No. 077-0005541-6, quien tiene como ultimo domicilio conocido en la calle 10 de Septiembre, edificio Armenterio No. 1, Miramar (Frente al muelle y correo postal), San Pedro de Macorís, por lo que se procede a Emplazar y citar para que comparezca como fuera de derecho a la audiencia civil que se celebrara el día lunes que contaremos a veintiocho (28) de octubre del año Dos Mil Diecinueve (2019); a las(9:00 A.M.) horas de la mañana por ante la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Pedro de Macorís, la cual se encuentra localizada en el primer nivel del Palacio de Justicia ubicado en la calle Lic. Laureano Canto No.1, esquina a la calle Hermanas Mirabal de San Pedro de Macorís, a la audiencia civil a puertas cercadas que celebrará dicho Tribunal en sus salones de audiencias.

LIC. NELSON A. GARCIA RAMIREZ, Abogado Apoderado. FC 375442


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