SABADO 07 DE OCTUBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
VENTA EN PÚBLICA SUBASTA
PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
Por medio del presente aviso y en virtud de las disposiciones establecidas por la ley sobre Fomento Agrícola No. 6186 del 12 de febrero de 1963 y sus modificaciones y de la fijación de venta en pública subasta del Juzgado de Paz del Municipio Santo Domingo Oeste, se hace de público conocimiento, que el día MARTES, que contaremos a DIEZ (10) del mes de OCTUBRE del año DOS MIL DIECISIETE (2017), a las NUEVE (9:00) horas de la mañana, en el Juzgado de Paz del Municipio de Los Alcarrizos, sito en la calle Caonabo casi esquina calle Duarte, No. 421, Sector Los Americanos, Provincia Santo Domingo, se procederá a la Venta en Pública Subasta, al mejor postor y último subastador, de la prenda dada en garantía, abajo descrita, en perjuicio de la prestataria YOCANY BAEZ ESPINAL. El vehículo de motor TIPO JEEP, MARCA MITSUBISHI, MODELO MONTERO (V98WLYXZSL), AÑO 2014, COLOR BLANCO, CHASIS NO. JMYLYV98WEJ001232, MATRICULA Y PLACA NO. G325278, MOTOR NO. 4M41UAM0212. El precio de venta es por la suma de DOS MILLONES CIENTO NOVENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA PESOS DOMINICANOS CON 00 CENTAVOS (RD$2,192,850.00). La indicada prenda, fue entregada voluntariamente por la indicada prestataria, en virtud de la ley sobre Fomento Agrícola, No. 6186 del 12 de febrero de 1963 y sus modificaciones, en ejecución del contrato de préstamo con garantía de prenda sin desapoderamiento de fecha 24 de octubre de 2014, intervenido entre el BANCO DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA y YOCANY BAEZ ESPINAL. En Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Cinco (05) días del mes de Octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017).
En virtud de lo que establece el Artículo No. 92 Párrafo III de la Ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario, y Artículos Nos. 83, 84 y 85 del Reglamento de Registro de Títulos, hacemos de público conocimiento que se ha extraviado la Matrícula Núm. 3000140022, que ampara el derecho de propiedad de la Parcela No. 96-B-18-SUB-342-005-10098 con una extensión superficial de 883.30 metros cuadrados, del Municipio San José de los Llanos, Provincia San Pedro, propiedad de los Sres. MARIA CORINA TRONCOSO CINTRON y el SR. JEAN TREMBLAY.
LEGAL 11
LICDO. LUIS MANUEL CALDERON HERNANDEZ, Abogado. FC 350917
DR. QUIRICO V. RESTITUYO DICKSON Abogado del persiguiente BANCO DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA.
PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
FC350888
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del artículo 22 de la ley 1306 Bis sobre divorcio. El señor ARTURO JORGE SAVIÑON, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0879513-9 domiciliado y residente en la Callejón la Pista, No. 149, Sector Piedra Blanca, Municipio Bajos de Haina. Quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. CARLOS AUGUSTO LABOUR NIVAR, dominicano, mayor de edad, casado, abogado, provisto de la cédula de identidad y electoral No. 002-0109237-6, con estudio profesional en la calle Génesis No. 23 del Sector Brisas del Este Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, LE ADVIERTE a su legítima esposa, la señora ALSENIA MARIA PEREZ ABREU, cuyo último domicilio conocido por él fue: A la Manzana J, Edificio 3, Apartamento 3-2, Simonico, Villa Duarte, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, que el día Viernes, Seis (06) del mes de Octubre del Dos Mil Diecisiete (2017), procedo a emplazarla en acción de divorcio, por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, en la persona del Magistrado Procurador Fiscal de la Provincia Santo Domingo, a fin de que comparezca como fuere de derecho a las nueve horas de la mañana (9:00 am) del día Martes que contaremos a Veinticuatro (24) del mes de Octubre del Dos Mil Diecisiete (2017), por ante la Cuarta Sala Civil para Asunto de Familia del Distrito Judicial, del Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, ubicado en la Calle Hermana Carmelita Teresa de Jesús (antigua calle 17) No.3, del Ensanche Ozama para conocer de la demanda de Divorcio por la causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres. En la Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, a los Cuatro (04) días del mes de Octubre del Dos Mil Diecisiete (2017).
LIC. CARLOS AUGUSTO LABOUR NIVAR, Abogado Apoderado. FC 350819
AVISO DE DIVORCIO
Se hace de público conocimiento la PERDIDA del Certificado de Título correspondiente al Solar No. 18, Manzana 1472, del Distrito Catastral No. 01, del Distrito Nacional (Actual Provincia Santo Domingo), ubicado en la calle Club de Leones, No. 284, Alma Rosa I, Provincia Santo Domingo, Municipio Este, con área superficial de 200.00 mts2 y con los siguientes linderos: Al Norte parte del mismo solar No. 18; Al Este parte del mismo Solar No. 18; A1 Sur calle Club de Leones y al Oeste Solar No. 18. Propiedad del Dr. MANUEL EMILIO ALCANTARA FABIAN, conforme al Certificado de Título No. 72-2290.
DR. ROBERTO MONTERO BELLO, Abogado. FC 350924
AVISO DE PÉRDIDA DE CETIFICADO DE TÍTULO Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título correspondiente a la parcela 53-D-1-REF-640, D.C. 06, contentiva en el libro 1362, folio 71, hoja 0127, que tiene una extensión superficial de ciento cincuenta y ocho con treinta y tres metros cuadrados (158.33 m2), cuyos propietarios son los señores RUBÉN BRITO GARCÍA y ALBA DIOMEDES POLANCO DELGADO. El presente aviso se realiza para solicitud de un nuevo Certificado de Título por pérdida o deterioro, de conformidad con el párrafo III del artículo 92 de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario.
En cumplimiento a las disposiciones del artículo 42 de la ley No. 1306-BIS, sobre divorcio, y para general conocimiento, se hace saber siguiente. Que en fecha veintisiete (27) del mes julio del año dos mil dicisiete (2017), la Segunda sala de la Camara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo, especializada en asunto de Familia mediante Sentencia Civil No. SSET00644, ordena lo siguiente: FALLA: PRIMERO: ADMITE el divorcio por MUTUO CONSENTIMIENTO entre los esposos Juan Evangelista Encarnacion y Mercedes Solano Mateo, conforme al acto No. 68/2017, de estipulacion de divorcio instrumentado por ante la Notario Público de los del Número para el Distrito Nacional, Licda. Johanna Reyes Genao, de fecha siete (07) del mes abril del 2017, transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: ORDENA el pronuncimiento del divorcio, por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. TERCERO: COMPENSA las costas del proceso por tratarse de asunto de familia y como consta en los motivos de la presente sentencia. Nuestra Sentencia así se pronuncia, ordena y firma: MARIA YOCASTA MENDEZ MEDINA. DADA Y FIRMADA ha sido la sentencia que antecede por la Magistrada que figura en el Encabezamiento, la cual fue leída íntegramente, firmada y sellada el día veintisiete (27) del mes de julio del año dos mil diecisiete (2017), por ante mí Secretario que Ceritifica la presente copia es fiel y conforme a su original que reposa en los archivos de esta Cámara. José Alejandro Pimentel Aquino, Secretario. Así mismo a de saber que en fecha veintiuno (21) del mes de agosto del año dos mil diecisiete (2017), la Oficialía del Estado Civil de la Quinta (5ta.) Circunscripcion de Santo Domingo Norte (Villa Mella), procedió a transcribir la referida sentencia en el Libro 006, Registro de Divorcio, Folio 85/86, Acta 543, año 2017.
Se hace de público conocimiento, de conformidad con el artículo 92, de la Ley 108-05 sobre Registro Inmobiliario; que se ha extraviado el Certificado de Título 79-829 (Duplicado del Dueño), emitido por el Registrador de Títulos del Distrito Nacional, en fecha 30 de enero de 1979, el cual ampara la Parcela número 149-Reformada-A-3, del Distrito Catastral número 4, del Distrito Nacional, lugar Arroyo Hondo, con una extensión superficial de 464.15 metros cuadrados y sus mejoras; propiedad de los herederos del finado Felipe Acuña Fernández y la señora ELSA MARÍA RODRÍGUEZ SANTANA, dominicana, mayor de edad, soltera, provista de la Cédula de Identidad y Electoral número cero cero uno guión uno dos cuatro cuatro dos tres seis guión tres (001-1244236-3), domiciliada y residente dentro de esta ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional.
LICDA. FRANCISCA ABAD TIBURCIO, Abogada.
ELSA MARÍA RODRÍGUEZ SANTANA, PROPIETARIA.
FC 350929
Esta publicación es autorizada por el: LIC. LEONIDAS ALCANTARA MOQUETE, Abogado de la parte demandante. FC 350868
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA CON MOTIVO DE EJECUCION PRENDARIA
AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO
FC 350930
FC 350905
PUBLICACIÓN EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO En virtud del párrafo del artículo 22, de la ley 1306 bis, sobre divorcio, se hace de público conocimiento que el señor JOSE FRANCISCO GARCIA BENAVIDES, ha decidido divorciarse por incompatibilidad de caracteres con domicilio desconocido de su esposa la señora MONICA MAIRENI MARTINEZ MONTALVO, advirtiéndole a esta último, que ha falta de información relativa al lugar de su residencia, se procederá a emplazarla en acción de divorcio por ante el HONORABLE MAGISTRADO PROCURADOR FISCAL DEL DISTRITO NACIONAL, la Cámara Civil y Comercial Del Juzgado De Primera Instancia Del Distrito Nacional, Especializada En Asuntos De Familia, sito entre las calles formadas por la Beler, Arz. Portes, Jacinto B. Peynado y Fabio Fiallo, Ciudad Nueva, Distrito Nacional; de dicho procedimiento de divorcio está apoderado la Sexta Sala de la Cámara Civil para Asuntos de Familia del Tribunal de Primera Instancia del Distrito Nacional, sito en las intercepción de las calles Socorro Sánchez y Santiago, Gazcue, Distrito Nacional; dicha audiencia se celebrará a las nueve de la mañana (9:00 a.m.), del día Veinticuatro (24) de Octubre del año 2017, se procederá a notificar al MAGISTRADO PROCURADOR FISCAL, en fecha 10 de Octubre del año 2017, dicha demanda en divorcio será por incompatibilidad de caracteres, toda vez que este matrimonio ha traído infelicidad al demandante e intranquilidad a sus familiares y vecinos, por lo que el señor JOSE FRANCISCO GARCIA BENAVIDES, parte demandante, emplaza por medio de esta publicación a su esposa, SRA. MONICA MAIRENI MARTINEZ MONTALVO, cuyo último domicilio conocido estuvo en la Av. Gustavo Mejía Ricart, No. 353 parte atrás, Ensanches Quisqueya, Distrito Nacional. En Santo Domingo, a los Tres (03) días del mes de octubre del año 2017.
Para general conocimiento y en virtud de la Ley No.6186 de fecha 12 de febrero del 1963, sobre Fomento Agrícola y sus modificaciones, se hace saber que ha sido fijada, para el día Viernes, que contaremos a TRECE (13), DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑODOS MILDIECISIETE (2017), a las NUEVE(9:00) horas de la mañana, por ante el Juzgado de Paz del Municipio de Moca, en la Calle Duarte Num.63, del Municipio del Municipio de Moca, Provincia Espaillat, la Venta en Pública Subasta en Audiencia de Pregones al mejor postor y último subastador del bien dado en garantía por el señor JOSE GEOVANNY ALVARADO SALCEDO, el cual se describe a continuación:“UN VEHICULO DE CARGA, MARCA MITSUBISHI, MODELO L200 (KB4TGJRXZL), COLOR BLANCO, MOTOR 4D56UCFRO685, CHASIS NUM. MMBJRKB40FD054056, REGISTRO Y PLACA L341152, MATRICULA NUM.7292350, CON CAPACIDAD PARA CINCO (5) PASAJEROS, FUERZA MOTRIZ 2477, CUATRO (4) CILINDROS, CUATRO (4) PUERTA, PROPIEDAD: JOSE GEOVANNY ALVARADO SALCEDO; mediante Contrato de Prenda suscrito en fecha Diez (10) de Octubre del año Dos Mil Quince (2015), inscrito en el Juzgado de Paz del Municipio de Moca, en fecha en veintitrés (23) del mes de Febrero del Dos Mil Dieciséis (2016) y el BANCO DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA, El precio de la primera puja será de la suma de UN MILLON DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN PESOS DOMINICANOS CON 73/100, (RD$1,286,491.73), sin perjuicio de las costas a liquidar hasta la adjudicación, que es el precio total que fija el persiguiente para la subasta de dicho bien mueble. Se advierte a todo licitador que deberá depositar previamente en manos del Alguacil en funciones de vendutero público una garantía en efectivo o en cheque certificado, por la suma no inferior al 10% del precio de la primera puja fijada por el persiguiente. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cinco (05) días del mes de Octubre del año dos mil Diecisiete (2017).
PUBLICACION DE DIVORCIO
AVISO PERDIDA CERTIFICADO DE TITULO
Se hace de público conocimiento en cumplimiento de la Ley No. 1306-Bis, modificada por la Ley No. 42 del 4 de junio del 1971, que en fecha veinte (20) de septiembre del dos mil diecisiete (2017), la Cuarta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo Este, dictó la Sentencia No. 2217/2017, que reza así: FALLA: PRIMERO: Acoge las conclusiones vertidas en el acto de Convenciones y Estipulaciones para fines de Divorcio por Mutuo Consentimiento, Marcado con el número 22/2016, Folio No. 38, de fecha veintinueve (29) de diciembre del año Dos Mil Dieciséis (2016), instrumentado por el Lic. Luis Manuel Almonte, Notario Público de los del Número para el Distrito Nacional, matrícula número 5640. SEGUNDO: ADMITE el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los cónyuges Sres. Martín Natera Rincón y Juana Altagracia Amparo García. TERCERO: Ordena el pronunciamiento de la presente sentencia, por el Oficial de Estado Civil Correspondiente. CUARTO: Compensa las costas por tratarse de litis entre esposos. Así se ordena, manda y firma: Francis M. Hernández Susaña, Jueza; Brenda A. Rosario (Secretaria). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Magistrado Jueza de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica. Debidamente pronunciada en la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Municipio de Santo Domingo Este, en fecha __ de octubre del año 2017, registrada en el Libro de Divorcio No. 7483, Folio No.- , bajo la letra. E. En fecha Veintiocho (28) de Septiembre del año Dos Mil Diecisiete (2017). En el Municipio de Santo Domingo Este, capital de la República Dominicana, a los cinco (5) días del mes de octubre del año año 2017.
De conformidad con el Art. 92, Párrafo 3, de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario y del Art. 86 del Reglamento General de los Registros de Títulos, se hace de publico conocimiento que se ha extraviado el la Carta Constancia inscrita en el Certificado de Título No. 69-4, que ampara una porción de terreno con una superficie de 133.11 metros cuadrados, dentro de la Parcela 89-DB del Distrito Catastral No. 3 ubicado en el Distrito Nacional, inscrito en el Libro de Títulos No. 1496, Folio 136, expedido por Registro de Títulos del Distrito Nacional, en fecha 24 de Febrero del 1997, Propiedad de PABLO JOSE RODRIGUEZ HIDALGO.
De conformidad con el artículo 92 de la ley 108-05, del Registro Inmobiliario; se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título No.96-5060 (duplicado del dueño); ampara el inmueble marcado con el Solar No.1-modificado-1 (uno-modificado-uno), y sus mejoras consistente en una casa de blocks, techo de zinc, del ensanche Mejoramiento Social, de la Manzana No.563 (quinientos sesenta y tres), del Distrito Catastral No.1 (uno), del Distrito Nacional, Santo Domingo, solar que tiene una extensión superficial de cuarenta (40) metros cuadrados, seis (06) decímetros cuadrados, y está limitado al norte, P. No.1-Ref-E-1-E-1, del Distrito Catastral No.5, del Distrito Nacional; al este Solar No.1modificado-resto; al Sur, calle Federico Velázquez y al Oeste, Solar No.1-modificado-resto; a nombre del señor DARIO ANTONIO VILCHEZ FAMILIA.
De conformidad con lo establecido por el artículo 22 reformado, de la Ley número 1306-Bis, de divorcio, el señor JOSE RAMON FELIZ BELLO, Dominicano, mayor de edad, portador de la cedula de Identidad y Electoral No. 223-0015249-7, domiciliado y residente en Estados Unidos de Norte América y accidentalmente en la ciudad de La Vega, por el presente AVISO le advierte a su legítima esposa DAHIANA ROSARIO DIAZ, cuyo último domicilio conocido por su esposo fue en el sector La Colonia, Calle No. 5, Caso no. 8, del Dorado, Jarabacoa, República Dominicana, que a falta de información relativa del lugar de residencia actual, se procederá a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, el día viernes Trece (13) del mes de Octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017), tanto en su último domicilio conocido, como por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Vega, para que comparezca a la AUDIENCIA que a puertas cerradas celebrará la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, Sala II, el día Miércoles Veinticinco (25) del mes de Octubre del año dos mil diecisiete (2017), a las nueve (9:00) horas de la mañana, en la sala donde acostumbra celebrar sus audiencias en uno de los apartamentos de la Tercera Planta del Palacio de Justicia de la ciudad de La Vega, sito en el ángulo que forman las calles García Godoy, Monseñor Panal y Duvergé. La presente publicación es autorizada por la Licenciada Yajahisa Saldívar Núñez, en su calidad de abogada constituida y apoderada especial del Demandante. En la Ciudad, Municipio y Provincia de La Vega, República Dominicana, a los Cuatro (04) días del mes de Octubre del año dos mil diecisiete (2017).
Lic. María Altagracia González, Abogado.
GLADYS TRINIDAD TRINIDAD, Abogada Apoderada.
LICDA. YAJAHISA SALDIVAR, Abogada.
FC 350867
LIC. MAXIMO MANUEL BERGES DREYFOUS, Abogado. FC 350909
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
FC 350907
Lic. Marino Antonio Cordero Nuñez Por mí y por los Licdos Luis Acosta Alvarez y Ramon Medina En representación del Banco de Reservas de la Rep. Dom. FG26694
AVISO DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO
(AC-11920-PC)