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SABADO 14 DE JULIO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

10 LEGAL

AVISOS LEGALES AVISO DE INCORPORACIÓN

AVISO DE SOLTERIA

AVISO DE SOLTERIA

Yo, CARMEN CELESTE BRITO PEREZ, secretaria de la Procuraduría General de la corte de apelación Regional de S.D., CERTIFICO: que en resolución No. 0010-2018, fecha veintinueve (29) junio del año dos mil dieciocho (2018), mediante la cual el Procurador General titular de la Corte de la apelación Regional de S.D, concede el beneficio de la incorporación del MINISTERIO EVANGÉLISTICO DEL AMOR DE DIOS MEDAD, sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales establecidas en el artículo 5, párrafo I, II, III de la Ley No. 122-05, del 8 de Abril del año 2005.

Para general conocimiento y de acuerdo con las disposiciones legales vigentes se avisa que la señora Vanessa Veloz Ruiz, pasaporte americano No.504823708 residente en la calle Helio No.8, Apto. 502, Distrito Nacional, es soltera y nunca ha estado casado, por lo que ractifica que su estatus es Soltera. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a los 9 días de julio 2018.

Para general conocimiento y de acuerdo con las disposiciones legales vigentes se avisa que la señora Zoila Carolina Veloz Ruiz, pasaporte americano No.453511314, residente en la calle Helio No.8, Apto. 502, Distrito Nacional, es soltera y nunca ha estado casado, por lo que ractifica que su estatus es soltera. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a los 9 días de julio 2018.

LIC. JULIO ALBERTO MEDINA TERRERO, Abogado.

LIC. JULIO ALBERTO MEDINA TERRERO, Abogado.

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

AVISO PARA FINES DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO

AVISO PÉRDIDA CERTIFICADO DE DEPÓSITO

En cumplimiento de las disposiciones de la Ley 2153 del 12 de Noviembre del 1946, el cual agrega un párrafo del Art. 22 de la Ley No. 1306-Bis sobre divorcio el señor WILKY ANDRÉS NOVAS GONZÁLEZ, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-1293516-8, domiciliado y residente en la calle Sex-7, casa No. 25, del sector Ciudad del Almirante, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, quien tiene como Abogada Constituida y Apoderada Especial a la LICDA. CLARA EMILIA DEL VALLE MÉNDEZ, dominicana, mayor de edad, Abogada de los Tribunales de la República Dominicana, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 001-1648066-6, con estudio profesional abierto en la Calle San Ramón, No. 115 del Sector El Almirante, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, teléfono 809-8482302; LE ADVIERTE a la señora ROSA MATOS, cuyo último domicilio era en la Calle Beller, No. 103, del sector de Ciudad Nueva, de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, ultimo domicilio, y que a falta de información relativa al lugar de su residencia actual se procederá a EMPLAZARLA en acción de divorcio por la Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres el día MIÉRCOLES que contaremos a DIECIOCHO (18) del mes de JULIO del año DOS MIL DIECIOCHO (2018), en la persona de la Magistrada Procuradora Fiscal del Distrito Nacional, a fin de que comparezca a las Nueve horas de la mañana (09:00 a.m.), del día MARTES que contaremos a SIETE (07) del mes de AGOSTO del año DOS MIL DIECIOCHO (2018), a la audiencia a puertas cerradas que celebrará en la Sexta (6ta) Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en sus atribuciones de familia y en materia de divorcio en el salón donde acostumbra a celebrar sus audiencias ubicado en la esquina formada por las Calles Socorro Sánchez No. 68, esquina Calle Santiago, Primer Piso, del sector de Gazcue, de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional. La presente publicación, es exigida por le suscrito abogado en su calidad antes señalada.

En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 22 de la ley 1306- Bis sobre divorcio, el señor ESPERANZA BEATO ROSARIO, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral No. 059-0015575-4, domiciliado y residente En la Calle Gastón Fernández Deligne No. 85, de esta ciudad de Cotuí, Provincia Sánchez Ramírez, Quien tiene como abogado constituido y apoderado especiales a los LIC. ARCIDES ALBERTO GOMEZ PERALTA, dominicano, mayor de edad, Abogado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 049-0065511-1, domiciliado y residente en la calle José E. Márquez No. 8, plaza Abreu, del sector la esperanza de esta ciudad de Cotuí, Prov. Sánchez Ramírez, R.D.; advierte a su legítima esposa señora YOSARA AQUINO HENRIQUEZ, de nacionalidad Dominicana, mayor de edad, cuyo último domicilio conocido, lo fue en la calle Central No. 15, del sector Libertad, Prov. Sánchez Ramírez, República Dominicana; que de no establecer su domicilio y residencia, procederá el día Viernes, que contaremos a Veinte (20) del mes de Julio del año Dos Mil Dieciocho (2018), a Emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, en la persona del Magistrado procurador Fiscal del Distrito Judicial de Sánchez Ramírez, a los fines de que comparezca a la audiencia que para tales fines celebrara la Cámara Civil Y Comercial del Juzgado De Primera Instancia Del Distrito Judicial De Sánchez Ramírez, en uno de los apartamentos del Segundo Nivel del edificio ubicado en la calle Sánchez, Esq. Calle 4, sector la Esperanza, de esta ciudad y municipio de Cotuí, provincia Sánchez Ramírez, República Dominicana; el día Martes que contaremos a Siete (7) del mes de Agosto del año Dos Mil Dieciocho (2018), a las Nueve (9:00) hora de la mañana. La presente publicación ha sido requerida y autorizada por el abogado Infrascrito, en la ciudad y municipio de Cotuí, provincia Sánchez Ramírez, República Dominicana, a los Seis (6) días del mes de Julio del año Dos Mil Dieciocho (2018).

Se hace público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero de Depósito número 9600818578 expedido por el Banco del Reservas, a favor de la señora Estephany Escanio de fecha 4 junio 2018, por la suma de Cincuenta Mil Pesos con 00/100 RD$50,000.00, a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del Certificado sustituido a favor de: Estephany Escanio, Depositante.

LICDA. CLARA EMILIA DEL VALLE MENDEZ, Abogada Apoderada.

FC 359799

FC 359800

LIC. ARCIDES ALBERTO GOMEZ PERALTA, Abogado Apoderado. (JAOM-AC-13554-WP-ENV-12-13-14/07/2018)

FC 359853

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

En cumplimiento del Art. 22 ley 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la R.D., Modif. por la Ley 2153 de 1949, el señor JOSE GUILLERMO CRUCETA CRUCETA, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en los E.U.A. y de tránsito en este municipio de La Vega, cédula No.122-0000652-7, quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. ORLANDO JULIAN DIAZ ABREU, cédula No. 047-0034169-8, con estudio profesional abierto en el No.49 de la Calle Duvergé casi Esq. Las Carreras, Edificio Don Lino, Apto.4-B, de la ciudad de La Vega, R.D. lugar donde el demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítima esposa señora YUDELKA DEL CARMEN YRRIZARRI, cuyo último domicilio conocido lo fue en el municipio de Jima Abajo, Provincia La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día 13 del mes de julio del año 2018 a las 09:00 a.m., así como en la Secretaría y puerta del Tribunal Apoderado y último domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 24 del mes de JULIO del año 2018 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad La Vega, Rep. Dominicana, a los 11 días del mes de JULIO del año 2018.

De conformidad con las disposiciones de la ley no. 1306-bis, de divorcio, el señor HENRY ANTONIO FERNANDEZ SALCET De nacionalidad dominicana, mayor de edad, Soltero, portador de la cedula No. 001-0852064-4, Domiciliado y residente en Av. JFK apartamental Proesa Edifico A, Apto 404, Serrallet, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, quien tiene como abogados constituidos y apoderados especial a la Lic. Jenny Altagracia Contreras Inoa Y Sr. STERLING RAFAEL TORIBIO DOMINGUEZ, dominicanos, mayores de edad, abogados, solteros, portadores de la cédula de identidad y electoral Nos. 001-1441375-8 y 003-0029712-8 respectivamente, domiciliados y residente en la Avenida Bolívar Núm. 223, Plaza Cosmos, Local 1-E La Julia, Santo Domingo Oeste, República Dominicana, lugar donde hace elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales del presente aviso, ADVIERTE a su legitima esposa KATHERINE DEL ROSARIO VITTINI GUERRERO, cuyo domicilio se desconoce, que a falta de conocer su actual domicilio y residencia, procederá a emplazarla por ante el magistrado, Procurador Fiscal Del Distrito Nacional, el día martes que contaremos a diecisiete (17) del mes de julio del año 2018, para que comparezca, como fuere de derecho a la audiencia que a puertas cerradas, celebrara la por la séptima sala de la Cámara Civil y Comercial, del Juzgado De Primera Instancia Del Distrito Nacional, el día martes, que contaremos a siete (07) del mes de Agosto del año dos mil dieciocho (2018), a las 9:00 de las mañana, en su local ubicado, en Tribunal Sala para Asuntos de Familia ubicada en la Esq. Santiago Sector de Gazcue., Calle Socorro Sánchez 68, Santo Domingo, D.N. 10205, para conocer la demanda de divorcio, que por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres que se propone incoar en contra de su legitima esposa, el señora KATHERINE DEL ROSARIO VITTINI GUERRERO, en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional República Dominicana, a los diez (10) días del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018).

LIC. ORLANDO JULIAN DIAZ ABREU, Abogado apoderado de la parte Demandante.

LICDA. JENNY ALTAGRACIA CONTRERAS INOA Abogada Apoderada

(RC-6982-PT-12-13-14/07/2018)

FC359817

FC 359852

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero N°9400005337, Cartón N°838717 emitido por BanReservas, por un valor de RD$170,821.02 (Ciento Setenta Mil Ochocientos Veintiuno Pesos con 02/100) a nombre de MANUEL LIRANZO, Cedula 001-1172389-6. La presente publicación se hace para los fines de la ley correspondiente. PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No.3280000354, del Banco Banreservas, por un valor de ciento diez mil pesos (RD$110,000.00), a nombre de Franklin Alejandro Ferreras Villegas, cédula No.129-0000157-4. FP 98431

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

PUBLICACION DE DIVORCIO

En cumplimiento de las disposiciones del Párrafo del Artículo 22, de la Ley 1306-Bis, de Divorcio, el Señor MIGUEL ANGEL TACTUK FERNANDEZ, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 402-2650033-4, domiciliado y residente en Estados Unidos, accidentalmente en esta Ciudad de Santiago de los Caballeros, quien tiene como abogada constituida y apoderada especial a la LICDA. FANNY SANTOS CONTRERAS, abogada de los Tribunales de la República, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 177-0003915-6, inscrita en el Colegio de Abogados con la Matrícula No. 25872-130-03, con estudio profesional en la Calle Boy Scout No. 7, Primera Planta, Santiago, por medio de este aviso advierte a su legítima esposa MARITZA LORA JIMENEZ, dominicana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 402-26669717, cuyo último domicilio conocido en el país la Calle Duarte 75, Centro de la Ciudad de Santiago, que a falta de información sobre su domicilio y residencia actual, procederá a emplazarla en divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, por ante la Magistrada Procuradora Fiscal del Distrito Judicial de Santiago, con su despacho en la Primera Planta del Palacio de Justicia de Santiago, el día Dieciocho (18) de Julio del Dos Mil Dieciocho (2018), para que comparezca legalmente a la audiencia de divorcio que celebrará en sus atribuciones civiles la Sexta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, el día Miércoles Primero (1ro) de Agosto del año Dos Mil Dieciocho (2018), a las dos treinta de la tarde (2:30 PM), en su sala de audiencias de la Primera Planta del Palacio de Justicia de Santiago, ubicado en la Av. 27 de Febrero Esq. E. Guerrero y Lic. Ramón García, Ensanche Román II, Santiago, donde se conocerá la demanda en Divorcio por Incompatibilidad de Caracteres en su contra. En la Ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, a los diez (10) días de Julio del año Dos Mil Dieciocho (2018).

En cumplimiento del Art. 22 ley 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la R.D., modif. por la Ley 2153 de 1949, el señor ROLANDO ANTONIO ABREU CASTILLO, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en Río Verde de este municipio de La Vega, cédula No. 0470034054-2, quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. ORLANDO JULIAN DIAZ ABREU, cédula No. 047-0034169-8, con estudio profesional abierto en el No.49 de la Calle Duvergé casi Esq. Las Carreras, Edificio Don Lino, Apto.4-B de la ciudad de La Vega, R.D. lugar donde el demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítima esposa señora LESLIE JENITZA FIGUEROA VASQUEZ, cuyo último domicilio conocido lo fue en Río Verde de este municipio de La Vega, que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día 16 del mes de julio del año 2018 a las 09:00 a.m., así como en la Secretaría y puerta del Tribunal Apoderado y último domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 02 del mes de AGOSTO del año 2018 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad La Vega, Rep. Dominicana, a los 12 días del mes de JULIO del año 2018.

En cumplimiento de la disposición del Articulo 42 de la Ley N°1306-Bis sobre divorcio y para general conocimiento se hace saber lo siguiente: Que en fecha 28 de mes de mayo del año 2018, la jueza de la Sexta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo. Admitió mediante sentencia civil N°1445-2018-SSEN-00246 el divorcio por incompatibilidad de caracteres entre los señores Miguel Esteban Encarnación y Edita Mercedes Nolasco la cual en su dispositivo dice lo así: FALLA. PRIMERO: se pronuncia el defecto en contra de la señora Edita Mercedes Nolasco por no comparecer a la audiencia de fecha veinticinco (25) del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018), no obstante de haber sido emplazada. SEGUNDO: se declara buena y valida, en cuanto a la forma, la presente demanda de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres intentada por el señor Miguel Esteban Encarnación en contra de la señora Edita Mercedes Nolasco, por haber sido interpuesta la misma conforme al derecho. TERCERO: en cuanto al fondo acoge la misma en consecuencia, admite el divorcio entre el señor Miguel Esteban Encarnación y la señora Edita Mercedes Nolasco, por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, relativo al matrimonio de fecha veintiocho (28) de noviembre del año mil novecientos noventa (1990). CUARTO: se ordena el pronunciamiento de este divorcio por ante el oficial del estado civil de la Décima Quinta (15ta) Circunscripción de Santo Domingo Oeste, una vez finalizado el plazo de dos (2) meses de la acción recursiva correspondiente, sin que este se haya ejercido, esto así conforme los articulo 16 y 17de la Ley N°1306-Bis. La presente sentencia ha sido firmada por la Magistrada ODANIA LOPAIX MEJIA Jueza titular y la infrascrita Secretaria JUANA I. FRIAS TAVERAS el mismo día, mes y año señalado al inicio de la misma.

LICDA. FANNY SANTOS CONTRERAS Abogada Apoderada

LIC. ORLANDO JULIAN DIAZ ABREU, Abogado apoderado de la parte Demandante. (RO-17605-DA-12-13-14/07/2018)

Lic. DANIEL PEREZ Abogado


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