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SáBADO 14 JULIO 2018 | AÑO NO. 38 • EDICIÓN 11798 | SANTO DOMINGO, R.D. | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

TOGA

NACiONAlES

DE ENTRADA

VÍCTOR GÓMEZ B.

Gasolina premium y el gasoil bajan 1 peso, pero el GLP subió lo mismo

Autoridades de RD destacan tranquilidad en frontera pese a la crisis hay en Haití

MSP asegura que redobla esfuerzos para enfrentar la falsificación fármacos

Diputados Haití decidirán hoy un voto de confianza al primer ministro

Juez del TC destaca el papel de Hato Mayor en la lucha independentista

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ECONÓMiCAS

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EDiTORiAl @maldonadopersio

HiGiENiZAR El PAÍS

CAMPAñA SANGRiENTA EN PAkiSTáN; 132 MuERTOS EN VARiOS ATENTADOS ISLAMABAD.- La campaña electoral en Pakistán vivió ayer una jornada sangrienta con 132 muertos y alrededor de 140 heridos en dos atentados contra mítines políticos, cuando faltan menos de dos semanas para los comicios generales en el país. El mayor de los atentados, con 128 muertos y 122 heridos, fue reivindicado por el grupo yihadista Estado Islámico (EI), en uno de los peores actos terroristas en Pakistán. Antes, otro ataque con bomba había golpeado un acto electoral en la ciudad de Bannu, dejando cuatro muertos y 19 heridos. P.20

La República Dominicana debe ser higienizada. En este caso queremos referirnos exclusivamente a la basura, para no ponernos muchas tareas al mismo tiempo. Es penoso como se observan las calles, nuestras costas, los espacios abiertos, las carreteras y las avenidas. Donde quiera que nos desplacemos hay suciedad, casi como norma general. Aún en las áreas en que hemos logrado construir buena infraestructura, la basura predomina en el ambiente. Es una situación contaminante física y visualmente. Un atentado a la salud pública y algo despreciable para una sociedad que merece vivir mejor. El problema es de educación y de eficacia de las autoridades nacionales y municipales que no asumen su responsabilidad.

TSE se declara incompetente conocer recurso contra JCE sobre proselitismo El Tribunal Superior Electoral (TSE) decidió ayer declararse incompetente para conocer la acción de amparo contra la resolución de la Junta Central Electoral (JCE) que prohíbe a los aspirantes a cargos electivos realizar proselitismo fuera de campaña hacia las elecciones de 2020. P.04


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02 DE ENTRADA

DE ENTRADA

FUNDADO EL 8 DE MAYO DE 1981 Miembro de la Sociedad Dominicana de Diarios, Inc. Miembro de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) CONSEJO DE DIRECTORES

Destacan oportunidades comerciales de la RD ante países del CARiFORO TRINIDAD Y TOBAGO.El Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM) informó que participó en la Convención Comercio e Inversión TIC 2018, celebrada en Trinidad y Tobago con el objetivo de facilitar el acceso al mercado internacional y estrechar lazos comerciales con diferentes países. En el marco de la actividad, el director de Administración de Acuerdos y Tratados Comerciales Internacionales del MICM, Marcelo Salazar, participó en el panel “Promoviendo el comercio intra-Cariforo”, donde destacó las

oportunidades de hacer comercio e invertir en el país. Resaltó los esfuerzos que realizan las autoridades para fomentar el crecimiento comercial de la región, entre los que destacan la colaboración entre el sector público y privado, informó la Dirección de Comunicaciones del MICM. Dentro de esos esfuerzos, Salazar citó el lanzamiento de la Mesa Presidencial de las Exportaciones, que promueve las exportaciones enfocada al mercado del Caribe, y de la cual emanó la mesa técnica de conectividad y logística.

AGENDA 09:00 a.m. Primera Reunión del CEDDIS en República Dominicana, en el hotel Crowne Plaza. 06:00 p.m. Misa con motivo del 16 aniversario del fallecimiento del expresidente Joaquín Balaguer, en la parroquia Santa Ana, del municipio de Navarrete.

inauguran local alojará a tribunales de Niños, Niñas y de Adolescentes en SDE

TRENDiNG TOPiC TwiTTER RD

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#Wimbledon Barahona 1.220 Tweets

Albert Pujols SANTO DOMINGO.El presidente del Poder Judicial, Mariano Germán Mejía, encabezó este viernes la inauguración del local que alojará la Corte de Apelación de Niños, Niñas y Adolescentes del Departamento Judicial de Santo Domingo y los tribunales de Niños, Niñas y Adolescentes (NNA) del municipio de Santo Domingo Este. Al pronunciar el discurso inaugural, Germán Mejía explicó que la edificación, además de alojar la Corte de Apelación de NNA, será la sede de los

tribunales de primera instancia de esta jurisdicción. Es decir, funcionarán los tribunales civil, penal, la Oficina de Atención Permanente, el Juzgado de la Instrucción, todos del NNA, y el de Ejecución de la Sanción. Además del Juzgado de Paz de la Primera Circunscripción de Santo Domingo Este. La infraestructura cuenta con cinco salas de audiencias, área de recepción y atención a usuarios, oficinas para jueces, salas de espera, áreas de entrevistas en Cámara de Consejo, salas de deliberaciones.

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Presidente: Persio Maldonado Primer Vicepresidente: Héctor Corominas Peña Segundo Vicepresidente: Aura Minerva González Secretario: Francisco Pérez Encarnación Tesorero: Mario Viñas Betances Vocales: Rodolfo Lama, Vincenzo Mastrolilli, Fanny Sánchez, Martha Camarena Director: Persio Maldonado Directora Ejecutiva: Cosette Bonnelly Jefe De Redacción: Luis Brito Administradora: Martha Camarena Editora El Nuevo Diario S.A. Avenida Francia No. 41, Esq. Rocco Cochia.

Viernes 13

Santo Domingo, R. D.

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lA PAlABRA DiARiA Sábado 14 de julio del 2018 Yo soy paciente ante todas las cosas. A través de cada fase de mi viaje, permito que la vida se desenvuelva según el tiempo divino. Dondequiera que me encuentre, sé que estoy aquí por cita divina. Mi actitud positiva refleja mi certeza de que cada lugar y momento a lo largo del viaje son sagrados. Si no veo inmediatamente lo sagrado o el orden di-

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vino en la situación que enfrento, recuerdo que tengo en mí todo lo que necesito para vencer cualquier reto. Mi fe en Dios me da la paciencia y el ímpetu que necesito para avanzar en mi viaje con facilidad y eficiencia. Ver la vida desde una conciencia más elevada me prepara para nuevos comienzos. Por lo tanto, como escogidos de Dios, santos y amados, revístanse de entrañable misericordia, de benignidad, de humildad, de mansedumbre y de paciencia.Colosenses 3:12


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DE ENTRADA 03

Diputados haitianos decidirán hoy Ministro Navarro aboga por la voto de confianza al primer ministro construcción liderazgo auténtico PUERTO PRÍNCIPE, HAITÍ.- Los diputados haitianos decidirán este sábado si mantienen o no el voto de confianza al primer ministro, Jack Guy Lafontant, cuyo Gobierno es señalado como responsable de la situación derivada tras la fallida subida del precio de los combustibles, que originó violentos disturbios. La oposición convocó para este viernes nuevas protestas pero el país lució en calma a la espera de la sesión convocada para hoy, mientras la Policía Nacional, muy criticada por su ausencia en las calles durante los disturbios, pidió a los agentes mantenerse vigilantes ante posibles hechos violentos. Mientras que en su cuenta de Twitter el director general de la Policía, Michael-Ange Gedeón, afirmó que esta institución “segui-

Jack Guy Lafontant

rá llevando a cabo su misión de acuerdo con la Constitución y la ley”. El pasado 6 de julio el Gobierno anunció aumentos de entre 37 y 50 % en los precios de los combustibles en este empobrecido país, donde más de la mitad de su población vive con menos de 2 dólares al día. La subida del costo de los combustibles, entre ellos, el queroseno, muy utilizado para alumbrar las casas haitianas de amplios

sectores de escaso poder adquisitivo, desató violentos disturbios callejeros, en los que varias personas murieron. La situación obligó un día después al Gobierno dejar sin efecto la medida, que fue producto de un acuerdo firmado con el Fondo Monetario Internacional (FMI), organismo que esta semana planteó la eliminación gradual de la subvención a estos productos.

Reinaldo dice CP del PlD ratificará suspensión de Bautista y Díaz Rúa SANTO DOMINGO.- El secretario general del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Reinaldo Pared Pérez, aseguró este viernes que será ratificada por el Comité Político en su próxima reunión su decisión de suspender a Félix Bautista y a Víctor Díaz Rúa de las filas de esa organización política, a quienes se les menciona en casos de corrupción. Pared Pérez, quien habló a la prensa tras asistir al velatorio de la madre del exprocurador de la República, Radhamés Jiménez, reiteró que su decisión fue tomada de acuerdo a reglamentos estatutarios del partido. Bautista, secretario de Organización y Díaz Rúa, secre-

SANTO DOMINGO.- El ministro de Educación, Andrés Navarro, encabezó este viernes el acto de Imposición de la Medalla al Mérito Magisterial a tres ejemplares maestras con más de dos décadas de servicios en las aulas en las provincias Barahona, San Juan y Juan Sánchez Ramírez, así como reconocimientos a 105 docentes semifinalistas de las 18 regionales educativas nacionales y otros dos residentes en los Estados Unidos. Durante la premiación, celebrada en el salón Las Américas del hotel Crowne Plaza, fue galardonada la maestra Bienvenida Pérez Matos, nativa de Barahona, con la medalla de oro al mérito en honor al poeta Pedro Henríquez Ureña, dotada de 500 mil pesos, una placa y una colección de interesantes libros. En tanto, la profesora Ramonita Jiménez Guzmán, oriunda de San Juan de la Maguana, alcanzó la medalla de plata en honor al gran maestro puertorriqueño Eugenio María de Hostos, dotado de 400 mil pesos, una

Andrés Navarro

placa y una colección de libros; mientras la maestra Wanda María Cartagena Rivas, del municipio de Cotuí, mereció la presea de bronce al estímulo Salomé Ureña, con premio de 300 mil pesos, una placa y una colección de libros. En su discurso central, el ministro Navarro abogó por que en los centros educativos se construyan liderazgos basados en grandes proyectos, vida consagrada a tareas bien definidas, labores voluntarias y actuaciones humildes en cualquier escenario que se presente. “El liderazgo auténtico nos remite de alguna mane-

Reinaldo Pared Pérez

tario de Finanzas del PLD, fueron suspendidos el pasado lunes 18 de junio de manera provisional de sus cargos, luego de que Francisco Domínguez Brito remitiera una comunicación al Comité Político pidiendo la sanción de ambos dirigentes. La propuesta de Domín-

guez Brito se fundamentó en que Díaz Rúa fuera encartado en el caso de sobornos de la constructora Odebrecht, y de que a Bautista, Estados Unidos lo acusara públicamente de haber cometido actos de corrupción, además de haberle retirado su visado a él y su familia.

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ra a las escuelas, de ahí que debiéramos hacer una gran cruzada para promover el liderazgo en nuestros equipos de gestión, dado que se trata de una acción reconocida en el nuevo currículo por competencias”, expuso. Destacó que para la construcción de una nueva sociedad se requiere una escuela con un ambiente de humildad de los docentes, con promoción de una labor comunitaria ejemplarizadora “y sólo así estaríamos ante la posibilidad de generar una nueva República Dominicana, con un liderazgo de paz guiado por propósitos”.


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04 NACIONALES

NACiONAlES El TSE se declara incompetente para conocer recurso contra resolución JCE

iNFORME DEl TiEMPO Chubascos dispersos. Temperaturas calurosas

Juez del TC destaca el papel de Hato Mayor en la lucha independentista

para regular ni sancionar a los partidos políticos por lo que demandó del TSA la suspensión de la medida hasta que se apruebe la ley de régimen electoral.

SANTO DOMINGO.- El Tribunal Superior Electoral (TSE) se declaró este viernes incompetente para conocer la acción de amparo contra la resolución de la Junta Central Electoral (JCE) que prohíbe a los aspirantes a cargos electivos realizar proselitismo fuera de campaña de cara a las elecciones de 2020. A principios de julio, el precandidato presidencial

del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Hipólito Polanco, presentó un recurso ante el TSE, alegando que la resolución de la JCE es arbitraria e inconstitucional. El 20 de junio, el órgano electoral llamó a los aspirantes a cargos electorales a suspender, en un plazo de cinco días, todas las actividades que incluyeran marchas o caravanas, así como la colocación de pro-

pagandas en medios de comunicación. El de Polanco fue el primero de dos recursos interpuestos contra la citada medida, puesto que el 4 de julio el abogado Ulises Díaz Almonte, del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), elevó ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA) otra acción de amparo. Según Díaz Almonte, la JCE no tiene competencia

El 20 de junio, la JCE llamó a los aspirantes a cargos electorales a suspender, en un plazo de cinco días, todas las actividades que incluyeran marchas o caravanas, así como la colocación de propagandas en medios de comunicación.

PRSC invita a misa en conmemoración 16 aniversario fallecimiento Balaguer SANTO DOMINGO.-El Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) conmemora este sábado el 16 aniversario del fallecimiento del expresidente Joaquín Balaguer con una misa que será oficiada en la Parroquia Santa Ana, del municipio de Navarrete. El presidente del PRSC, ingeniero Federico Antún

Joaquín Balaguer

Batlle, invitó a la dirigencia reformista a participar en el acto religioso que será celebrado a las 6:00 de la tarde en la referida comunidad donde nació el fundador y líder histórico de la organización. Recordó que los gobiernos del ex presidente Balaguer, quien falleció el 14 de julio del 2002, a la edad de

96 años, se caracterizaron por las buenas administraciones y sobre todo por la austeridad y transparencia en el manejo de los recursos públicos. “Balaguer siempre será recordado por sus buenos gobiernos y por su sensibilidad social, política y humana”, dijo el ingeniero Antún Batlle.

En la mesa principal acompañaron a los magistrados Milton Ray Guevara y Víctor Gómez Bergés, los jueces Justo Pedro Castellanos Khoury, Víctor Joaquín Castellanos, Wilson Gómez Ramírez, Katia Miguelina Jiménez Martínez y el secretario Julio José Rojas Báez.

HATO MAYOR. – El juez Víctor Gómez Bergés, miembro del Tribunal Constitucional (TC), destacó el papel determinante que jugaron los residentes en esta provincia en la proclamación de la independencia nacional, donde se gestó el gran movimiento que culminó con la separación de Haití. Gómez Bergés expresó sus consideraciones al pronunciar la conferencia magistral “Hato Mayor del Rey: historia de su fundación e influencia en la independencia y restauración de la República Dominicana”, como parte de la presentación de jueces del TC efectuada en la alcaldía municipal, encabezada por el magistrado presidente del TC, Milton Ray Guevara. Durante su ponencia, el juez de esta alta corte destacó el rol histórico desempeñado por los combatientes hatomayorenses en distintas batallas de la lucha por la independencia y la restauración de la República Dominicana, resaltando aspectos poco conocidos, como el hecho de que el 27 de febrero de 1844, horas antes de la proclamación de la In-

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dependencia nacional, independentistas se trasladaron a Hato Mayor y destituyeron y apresaron a autoridades haitianas e izaron la bandera nacional. “Después de ese día memorable, la lucha de los patriotas dominicanos para afianzar nuestra Independencia los llevó a la Batalla del 19 de marzo de 1844 en Azua, en la que participaron dos prominentes personalidades, Lucas Díaz y Luis Álvarez, que contaban con una pieza de artillería y el grueso de las tropas de hateros”, dijo el magistrado, quien también destacó la participación de personalidades en las batallas de La Estrelleta, Las Carreras y Santomé, que tuvieron lugar luego de la Independencia. Puntualizó que, así como esta provincia se destacó en la proclamación de nuestra Independencia de Haití, también lo hizo contra la anexión a España en 1861. “Al estallar la guerra de Restauración, Hato Mayor del Rey fue el primer pueblo de la región Este que apoyó esa lucha. Y esa fue también su reacción durante la invasión norteamericana de 1916”, añadió.


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Portal presenta speakers internacionales FOA 2018 SANTO DOMINGO.- El portal de noticias de publicidad, marketing y tecnología MarketingDirecto.com lanzó oficialmente la quinta edición del Congreso Internacional The Future Of Advertising (FOA), el cual reunirá este año a grandes nombres de la publicidad y el marketing a nivel mundial, como son Kim Garst, CEO de Boom! Social; Marcos de Quinto, Senior Advisor del CEO de The CocaCola Company; Toni Sagarra, ganador de dos Grand Prix y 39 leones de Cannes; y Lars Silberbauer, director global de redes sociales y videos en LEGO. “FOA es un radar que año tras año detecta las principales tendencias a nivel global y los temas más trascendentales del sector de la publicidad y el marketing”, dijo Yessely López, representante internacional de Marketing Directo, durante su discurso en el evento de lanzamiento. Los expositores que completan la lista de expertos a participar del #FOARD2018

Persio Sully Maldonado y Mite Nishio

son Gonzalo Figari, realizador de la serie “Un mundo en guerra” de History Channel; Debbie Millman, creadora del primer programa de postgrado en Branding en la Escuela de Artes Visuales en New York, Design Matters; Bonin Bough, nombrado por MMA como Mercadólogo Móvil del año; Carlos Molina, más de 15 años desarrollando estrategias de gestión de clientes a marcas mundiales; e Ildefonso Tébar, gerente de comunicaciones de marketing integrado, Samsung Electronics. En adición al congreso, FOA estará realizando tres

masterclass certificados por el Instituto de Economía Digital (ICEMD) y el ESIC Business & Marketing School, de España, los cuales estarán dirigidos a profesionales que desean obtener aún mayor provecho de estos gurúes de clase mundial. López explicó, además, que este año se estará llevando a cabo el programa FOAcadémico junto a las diferentes escuelas de publicidad, marketing y comunicación de las universidades locales para incentivar y reconocer la creatividad y el talento de los futuros profesionales.

iNAVi informa ha entregado más de RD$ 81 MM a exservidores públicos SANTO DOMINGO.-La administradora general del Instituto de Auxilios y Viviendas (INAVI), Maritza López de Ortiz, dijo que la institución ha entregado más de 81 millones de pesos por concepto de cesantía, invalidez y seguro de vida a exservidores públicos o sus familiares. Al encabezar una misa oficiada en la Iglesia de San Antonio de Padua para celebrar el 57 aniversario de la institución, López de Ortiz citó que alrededor de siete

mil 185 personas han recibido esos recursos que les ha descontado de sus salarios, como indica la ley. Sostuvo que en la última década por concepto de cesantía se ha realizado un pa-

go de 20,254,259.15 de pesos; por seguro de vida 11, 322,716.69 pesos, mientras que invalidez RD$50,335,807.50 que sumado todo tienen un total de 81,912,783.34 de pesos.

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SeNaSa dice garantiza servicios a usuarios Casa de Campo ADARS califica como absurdo aunque médico tratante no esté contratado capacita equipo una acusación del CMD de que SANTO DOMINGO.- El Seguro Nacional de Salud (SeNaSa) garantiza a sus afiliados los servicios de analíticas y medicamentos contemplados en el Catálogo del Plan de Servicios de Salud aunque el médico tratante no esté contratado en su red de prestadores, precisó este viernes la institución mediante un comunicado. La directora ejecutiva del SeNaSa, Mercedes Rodríguez Silver, manifestó que “desde la ARS Estatal tenemos claro nuestro rol de protección social en salud en el marco de las coberturas previstas en el sistema de seguridad social, por lo que reiteramos nuestro firme compromiso de garantizar los derechos a nuestros afiliados”. Indicó que para asegurar la cobertura de analíticas y medicamentos es preciso que la indicación solo esté firmada y sellada por el médico que la prescribe, siendo válidas las indicaciones para analíticas y recetas hasta 30 días después de la fecha de emisión.

de seguridad

Durante el primer semestre del año, se han autorizado más de 24 millones de servicios de salud por valor de 9,694,761,677 pesos por parte de la ARS Estatal, que cuenta con 7,714 prestadores de servicios de salud para los 964,104 afiliados al Régimen Contributivo, dijo. Bajo el acuerdo firmado por las autoridades de la ARS Estatal con el Colegio Médico Dominicano (CMD), la Asociación de Clínicas y Hospitales Privados (Andeclip) y el Consejo de las Sociedades Médicas Especializadas, en marzo de

Mercedes Rodríguez Silver manifestó que “desde la ARS Estatal tenemos claro nuestro rol de protección social en salud en el marco de las coberturas previstas en el sistema de seguridad social”. 2017, el SeNaSa ha contratado más de 900 médicos.

LA ROMANA.- La compañía Costasur Dominicana/Casa de Campo informó este viernes a los propietarios de villas en sus instalaciones que se encuentra inmersa en un proceso de inversión, modernización y capacitación de todo su sistema y equipo de seguridad conforme al asesoramiento de expertos consultores nacionales e internacionales. Al mismo tiempo que informó que los implicados en el robo en una villa de casa de campo el pasado fin de semana, fueron identificados y puestos a disposición de la justicia. “Les informamos que ciertamente una villa fue penetrada por personas desaprensivas dando lugar a que procediéramos a desplegar todos los esfuerzos y recursos de esta compañía al igual que los de las autoridades competentes de inteligencia nacional para lograr su captura”, indicó la empresa mediante un comunicado a sus propietarios.

Salud afirma redobla esfuerzos para enfrentar falsificación medicamentos SANTO DOMINGO.- El ministro de Salud, Rafael Sánchez Cárdenas, afirmó este viernes que esa cartera redobla los esfuerzos para enfrentar la falsificación y comercialización de medicamentos. El funcionario señaló que Salud Pública desarrolla labores de inteligencia en la detección de laboratorios y espacios clandestinos destinados a la práctica de falsificación de medicamentos y otros productos sanitarios en violación a Ley General de salud. Una de las medidas adoptadas para enfrentar

Rafael Sánchez Cárdenas

este delito, precisó, fue la creación de la Dirección General de Medicamentos, Alimentos y Productos Sanitarios (Digemaps), como organismo competente en materia de regulación, control, fiscalización y vigilancia, de acuerdo con un comunicado de Salud Pública.

controlan la Seguridad Social

SANTO DOMINGO.- La Asociación Dominicana de Administradoras de Riesgos de Salud (ADARS) calificó como “un absurdo” la acusación que le hace el Colegio Médico Dominicano de que controla el sector salud y trate de asumir el Seguro Nacional de Salud (Senasa). ADARS se pronunció en estos términos tras la denuncia hecha por el presidente del Colegio Médico Dominicano (CMD), Wilson Rosa, a quien acusaron de “continuos ataques para desacreditar” a ese sector de la seguridad social. “Es un absurdo, porque la ley y normas complementarias del Sistema Dominicano de Seguridad Social, delimitan de manera precisa su papel, que se circunscribe a garantizar los servicios de salud, racionalizar los costos de los servicios, coordinar la red de proveedores de los servicios y contratar y pagar los servicios a los proveedores”, dijo la ADARS mediante un documento. Indicó que el presidente del CMD y las autoridades vinculantes conocen que “las ARS ni ADARS no son parte del Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS), instancia colegiada que dirige y controla el sistema, y tampoco puede tener inversiones en las entidades que ofrecen servicios a los afiliados”.

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ADARS se pronunció en estos términos tras la denuncia hecha por el presidente del Colegio Médico Dominicano (CMD), Wilson Rosa, a quien acusaron de “continuos ataques para desacreditar” a ese sector de la seguridad social. “Esa estructura es bien conocida por Roa, quien por vía del CMD si tiene participación plena en el CNSS, por lo que al afirmar que las ARS controlan la seguridad social y tiene poder de veto, miente deliberadamente para dañar, confundir y desviar la atención de los temas centrales del sistema”, explicó. Con relación al Senasa, la ARS dijo que “no existe interés del sector privado, porque no cuenta con recursos para asumir la carga que significa la muy limitada atención que la entidad pública ofrece a los afiliados subsidiados”. “Lo cierto es que de cada 100 pesos que reciben las ARS miembros de ADARS, 94 pesos se utilizan para pagar los servicios que ofrece a los afiliados, información que comprueban los organismos de supervisión que hacen un riguroso seguimiento de las actividades y pagos que se realizan”, destacó.


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NACIONALES 07

Recomendaciones de Osiris de león Comedores dicen produce más de para evitar inundaciones en el GSD 11, 400 raciones en cocinas móviles ALCIDES NOVA

SANTO DOMINGO.- El geólogo Osiris de León recomendó a las autoridades la creación de un drenaje alternativo para evitar que se produzcan inundaciones en el Gran Santo Domingo en tiempos de lluvia. “Lo correcto es que al lado de cada vía norte-sur, quede una conexión de drenaje tipo un tren francés, que es una construcción que se utiliza para drenar el agua estancada de las áreas problemáticas en su yarda o sótano. Por lo cual, en el lateral de cada vía, avenida o calle, debemos tener una excavación tipo trinchera, llenarla de grava y cada cierta distancia dejarle un registro de entrada del agua, para que el agua no se acumule, sino que drene y se vaya hacia el mar”, exhortó. De León señaló que cuando con el urbanismo se comenzaron a llenar las calles de asfalto, las aceras de cemento y las manzanas de cemento, se le quitó al Gran Santo Domingo el drenaje natural. “Santo Domingo esta levantado sobre una plataforma de roca caliza y esta roca tiene una gran capacidad de drenaje, de manera vertical, por eso no hay arroyos ni cañada en Naco, ni en Piantini, ni en Bella Vista, ya que en la parte central de Santo Domingo dónde es-

Osiris de León

De León señaló que cuando con el urbanismo se comenzaron a llenar las calles de asfalto, las aceras de cemento y las manzanas de cemento, se le quitó al Gran Santo Domingo el drenaje natural. tán esas rocas no hay cañadas porque no se necesitaban, ya que la naturaleza desarrolla cañadas donde el agua no puede drenar hacia el subsuelo”, resaltó. Afirmó que en la medida en que se fue cubriendo la roca caliza de asfalto y de concreto, se le quitó capacidad de drenaje al Gran Santo Domingo, “y ahora tenemos que crear un drenaje alternativo”. Destacó que “hay un drenaje que tenemos en la Núñez de Cáceres que es el que va desde el túnel de la Núñez hacia el Malecón, y como ese también podemos construir un sistema de drenaje subsuperficial, de forma tal que co-

lectemos lateralmente las aguas a través de trenes franceses, los cuales pueden terminar en el túnel de la Núñez, donde el agua drena. Ya que el agua lo que necesita es una vía fácil de drenar y esta vía fácil es que dejemos siempre un sistema de trincheras lleno de gravas bajo las calles de Santo Domingo, porque cuando el agua entra por ahí, esta se va hacia un lugar donde puede descargar libremente, que puede ser hacia sur, hacia al Mar Caribe, hacia el este, al río Ozama y hacia el oeste, hacia el río Haina”. Manifestó que es urgente que el país entre en un proceso de planificación de un adecuado sistema de drenaje pluvial para todo el Gran Santo Domingo, para evitar que en el futuro se sigan produciendo inundaciones como las que se han registrado en el país en el inicio de esta semana. “Todos sabemos que con el cambio climático, cada año entre mayo y diciembre vamos a tener lluvias torrenciales y cuando hay tanta agua, si no hay un sistema de drenaje que desahogue rápidamente toda esa agua, el agua se acumula y bloquea las vías de comunicación”, puntualizó. Criticó que la alcaldía de Santo Domingo ha descuidado su responsabilidad de mantener en buenas condiciones el drenaje pluvial.

SANTO DOMINGO.Los Comedores Económicos informaron este viernes que ha beneficiado a miles de personas en distintas comunidades y sectores del país, con más de 11, 400 raciones de alimentos cocidos diario a través de las cocinas móviles. El director general del organismo, Nicolás Calderón, dijo que atendiendo las directrices del presidente Danilo Medina, unas 15 unidades de cocinas móviles están instaladas en puntos estratégicos de sectores del gran Santo Domingo y algunas provincias. Explicó que con esta medida, el Gobierno busca garantizar que las familias en condición de vulnerabilidad tengan asegurado alimentos con lo más altos estándares de calidad. En el caso de las cocinas que están de servicio en los sectores La Ciénaga y La Laguna de Villa Duarte, en el Distrito Nacional y el municipio Santo Domingo Este,

respectivamente, así como en San Cristóbal fueron instaladas de emergencia para atender las necesidades de los residentes de estas comunidades tras las lluvias provocadas por la tormenta Beryl. Detalló que estas tres unidades tienen una producción diaria de 2,774 raciones de alimentos cocidos, lo que ha sido valorado por los residentes de estos sectores por el impacto que representa en su presupuesto familiar, ya que la mayoría depende del empleo informal. Igual impacto en la economía de las familias tienen las cocinas instaladas en las

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El director explicó que con esta medida, el Gobierno busca garantizar que las familias en condición de vulnerabilidad tengan asegurado alimentos con lo más altos estándares de calidad. comunidades de El Yaque, Arroyo Cano y Bohechío, en San Juan de la Maguana; así como en Batey 7, en Jimaní, provincia Independencia, entre otras.


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08 ECONOMICAS

ECONOMiCAS El MEPYD y la uERS acuerdan obras de energía a través de fuentes renovables

la gasolina premium y gasoil bajan; el GlP sube

Advierten efectos guerra comercial SAO PAULO, Brasil.- El ministro de Relaciones Exteriores de Brasil, Aloysio Nunes, manifestó este viernes su preocupación por la disputa comercial entre Estados Unidos y China y dijo que las implicaciones de un enfrentamiento entre las dos naciones “son muy malas” para Brasil.

Combustibles

Valor

Gasolina Premiun

RD$242.30 RD$228.20 RD$201.50 RD$120.30

Gasolina Regular Gasoil Regular Propano

Thelma Eusebio, directora de la UERS, e Isidoro Santana, ministro de Economía firmaron convenio.

SANTO DOMINGO.Con el objetivo de desarrollar un marco de cooperación basado en criterios de apoyo recíprocos y aunar esfuerzos, la Unidad de Electrificación Rural y Sub-urbana (UERS) y el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPYD) firmaron un acuerdo interinstitucional en beneficio de las comunidades rurales del país, en especial aquellas de difícil acceso. Ambas instituciones trabajarán para impulsar la construcción de obras de energía con fuentes renovables, como son las micro-hidroeléctricas y las fotovoltaicas, enfocadas a cuidar el medio ambiente, los recursos naturales y reducir los daños por contaminación con las emisiones de dióxido de carbono Co2. En el marco de la firma del acuerdo, la directora general de la UERS, Thelma Eusebio, importantizó esta

Se contempla la ejecución de planes, programas e iniciativas de forma conjunta que se caracterizarán en especificar las áreas y zonas que serán intervenidas. sinergia porque permitirá que miles de familias en zonas remotas del país puedan lograr insertarse en los planes de desarrollo sostenible, recibiendo los beneficios que ofrece la energía eléctrica. En tanto, Isidoro Santana López, ministro del MEPYD, manifestó que con la firma de este acuerdo se viabilizan las posibilidades para favorecer a la UERS con los programas de electrificación que se contemplen a modo de cooperación, a través de los diferentes orga-

nismos. Dentro de la firma se contempló además activar el Programa de Sustitución de Bombillas (PSB), en zonas rurales y urbanas del país. Las instituciones cambiarán las incandescentes por aquellas que son de diodo emisor de luz (LED) por sus siglas en inglés. De esa forma, indicaron, se contribuye a que los ciudadanos puedan optimizar la energía, concientizándolo además sobre el buen uso de la misma. Se contempla la ejecución de planes, programas e iniciativas de forma conjunta que se caracterizarán en especificar las áreas y zonas que serán intervenidas. También se gestionará la contratación de los servicios de consultorías y envíos de expertos para realizar los estudios, así como la delimitación potencial de sostenibilidad de los proyectos y los requerimientos logísticos necesarios.

SANTO DOMINGO.Los dos tipos de gasoil y la gasolina premium bajaron 1 peso por galón a partir de este sábado, mientras que el Gas Licuado de Petróleo (GLP) subirá 1, informó el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes. De esta manera, la gasolina premium se coloca a 241.30 pesos por galón, tras una reducción de 1 peso, mientras que la regular se mantiene en 228.20 pesos. En tanto, el gasoil regular está a 186.50 pesos y el óptimo a 200.60 pesos, para una rebaja en ambos casos de 1 peso El galón de Avtur cuesta 151.90, para una rebaja de 1 peso; y el de kerosene 177.30, es decir, 1 peso menos que esta semana. Por su lado, el fuel oil aumentó 1 peso y se coloca a 129.85 pesos. El galón de GLP llega a los consumidores a 121.30, para un aumento de 1 peso, mientras que el gas natural continúa despachándose a 28.97 pesos por metro cúbico.

Gas Natural

RD$28.97

Monedas Compra Dollar Euro

$49.00 $56.00

Ventas $49.46 $63.00

informan aeropuerto de Samaná registra récord cifra vuelos y pasajeros

RAY CASTRO

AEROPUERTO LAS AMERICAS.-La directora general de Aeropuertos Dominicanos siglo 21 Aerodom, Mónika Infante, informó este viernes que el Aeropuerto Internacional Presidente Juan Bosch, en el Catey de Samaná, ha registrado el mayor crecimiento porcentual en tráfico de pasajeros, al experimentar un aumento de un 65 por ciento, durante el primer semestre del presente año 2018. Indica que la moderna terminal aérea, la cual opera las 24 horas del día, en todo el año ha movilizado en 2018 alrededor de 100 mil pasajeros en vuelos directos recurrentes de líneas como Air

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Canadá Rouge, West Jet, Air Transat, Orbest y Andes que sirven a ciudades como Toronto, Montreal, Quebec, Halifax, Ottawa, Frankfurt, Madrid, Lisboa, París, Dusseldorf y Córdoba. “El importante crecimiento de actividades que ha alcanzado el Aeropuerto Internacional de Samaná, nos llena de entusiasmo el cual ha respaldado y fortalecido la oferta turística de toda la zona noreste del país”, consideró la directora general de Aerodom. Destacó, asimismo, que Samaná ofrece una combinación de playas, ecoturismo, vida nocturna, aventura y deportes extremos que son de gran interés para turistas norteamericanos y europeos.


SáBADO 14 DE JULIO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

AUTOMOVILISMO 09

Alieno Arcanum, el superauto eléctrico y "robótico" con 5.150 CV

CéSAR DONOVAN cesardonovan@hotmail.com vehiculodemotor.com

NOTAS BREVES 1

Continúan los escándalos; Nissan ha lanzado un comunicado en el cual confiesa haber falsificado datos de emisiones contaminantes en Japón.

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Según informan desde la publicación Australiana Motoring, Michelín podría utilizar madera en sus neumáticos si completa sus actuales investigaciones para el desarrollo de este material alternativo. La empresa espera que el primer neumático con madera llegue en 2020.

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Volkswagen, a través de una web especial creada para la ocasión, acaba de anunciar una edición muy especial de la versión más potente de su compacto: el Volkswagen Golf R Unlimited Edition. Por el momento no hay datos oficiales al respecto, y sólo se sabe que será una tirada limitada a 50 unidades y su reserva es exclusivamente vía online.

El Alieno Arcanum es un súper deportivo eléctrico pensado con el único propósito de ser impresionante, tanto a nivel estético como en prestaciones, con una potencia de 5,150 CV y 8,880 Nm de par motor. El Arcanum es la propuesta de Alieno, una marca búlgara que fue creada en 2015, que quiere fabricar los deportivos del futuro. Es el primer auto con una brutal superioridad tecnológica. Ahmed Merchev, CEO fundado y jefe de fabricación de Alieno, asegura que su vehículo expresa la misión de Alieno de crear hiperautos en el presente con tecnologías provenientes del futuro y dotados de inteligencia artificial para ser tu guía, tu guardián y quien te ayude a conseguir todo su potencial". Por favor, que alguien llame a Iker Jiménez. Como buen superauto eléctrico, contará con cuatro niveles de potencia disponibles: • RP5: 5,150 CV y 8,880 Nm • RP4: 4,350 CV y 7,400 Nm • RP3: 3,480 CV y 5,920 Nm • RP2: 2,610 CV y 4,440 Nm

En teoría esta potencia la consiguen, utilizando motores eléctricos triaxiales AC de imanes permanentes, tres en la versión RP2 y hasta seis motores en la RP5, por rueda. Lo que significa, que el menos equipado posee 12 motores eléctricos y el más potente utiliza 24 motores repartidos en los cuatro ejes de transmisión. Con toda esa potencia transmitida a las ruedas traseras, no han especificado las prestaciones del Arca-

num excepto una velocidad punta superior a 488 km/h. Sobre cada una de estas versiones de potencia, habrá tres preparaciones a medida: STR (Street, carretera), TRC (Track, circuito) y RCE (Race, carreras). Básicamente serán el mismo auto pero cada uno con un equipamiento diferente en función del uso que quieran dar a cada uno. Contará con un chasis monocasco realizado con estructura de panel de abeja con subchasis tanto delantero como trasero desmon-

tables y refuerzos de kevlar en el inferior. Cada uno de los elementos del auto será "robótico” y regulado electrónicamente. El peso de cada versión varía porque se puede elegir en configuración de 60 kWh, 120 kWh ó 180 kWh para sus baterías, por lo que el Arcanum RP5 de 180 kWh pesa unos 2,880 kg como el más pesado y el RP2 de 60 kWh como el más ligero pesará unos 1,620 kg. Su precio arranca en 750,000 euros para la versión RP2 y llega a los 1.5 millones de euros del RP5, precio base.

lOS EQuiPOS DE lA F1 SiN ACuERDO

4

Comienza la expansión de Tesla, la cual ha llegado a un acuerdo con el gobierno de Shanghái para abrir una fábrica en China con el objetivo de producir 500,000 autos eléctricos al año.

Liberty Media y la FIA anunciaron en octubre de 2017 las propuestas para tratar de hacer que la Fórmula 1 sea mucho más entretenida en 2021; dicha propuesta prometía grandes modificaciones con las cuales también se pretendía atraer nuevos fabricantes a la categoría reina. Sin embargo, tras meses de reuniones, el acuerdo parece estar cada día más lejos. La normativa prevista estaba sustentada en la elimi-

nación de la MGU-H, el elemento de la unidad de potencia más complicado y caro de desarrollar, además de otras posibilidades, pero los equipos se han mostrado en desacuerdo con lo que

pretende esta normativa. El jefe de Mercedes, Toto Wolff, comentó: “no tiene mucho sentido rediseñar un motor si nadie más entra en la categoría”. Refiriéndose a la llegada que estaban pensan-

do tanto Porsche como Aston Martin, por lo que el primero ha sido participe de las reuniones. Tanto los fabricantes, la Fórmula 1, como la FIA confiaban en tener listo el reglamento para finales de junio, para que las escuderías comenzarán a trabajar en eso, pero luego de la última reunión del grupo de estrategia las cosas han cambiado. Con Liberty se pensó en una nueva Fórmula 1, mucho más simple pero con más ac-


SABADO 14 DE JULIO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

10 LEGAL

AViSOS lEGAlES AVISO DE INCORPORACIÓN

AVISO DE SOLTERIA

AVISO DE SOLTERIA

Yo, CARMEN CELESTE BRITO PEREZ, secretaria de la Procuraduría General de la corte de apelación Regional de S.D., CERTIFICO: que en resolución No. 0010-2018, fecha veintinueve (29) junio del año dos mil dieciocho (2018), mediante la cual el Procurador General titular de la Corte de la apelación Regional de S.D, concede el beneficio de la incorporación del MINISTERIO EVANGÉLISTICO DEL AMOR DE DIOS MEDAD, sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales establecidas en el artículo 5, párrafo I, II, III de la Ley No. 122-05, del 8 de Abril del año 2005.

Para general conocimiento y de acuerdo con las disposiciones legales vigentes se avisa que la señora Vanessa Veloz Ruiz, pasaporte americano No.504823708 residente en la calle Helio No.8, Apto. 502, Distrito Nacional, es soltera y nunca ha estado casado, por lo que ractifica que su estatus es Soltera. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a los 9 días de julio 2018.

Para general conocimiento y de acuerdo con las disposiciones legales vigentes se avisa que la señora Zoila Carolina Veloz Ruiz, pasaporte americano No.453511314, residente en la calle Helio No.8, Apto. 502, Distrito Nacional, es soltera y nunca ha estado casado, por lo que ractifica que su estatus es soltera. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a los 9 días de julio 2018.

LIC. JULIO ALBERTO MEDINA TERRERO, Abogado.

LIC. JULIO ALBERTO MEDINA TERRERO, Abogado.

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

AVISO PARA FINES DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO

AVISO PÉRDIDA CERTIFICADO DE DEPÓSITO

En cumplimiento de las disposiciones de la Ley 2153 del 12 de Noviembre del 1946, el cual agrega un párrafo del Art. 22 de la Ley No. 1306-Bis sobre divorcio el señor WILKY ANDRÉS NOVAS GONZÁLEZ, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-1293516-8, domiciliado y residente en la calle Sex-7, casa No. 25, del sector Ciudad del Almirante, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, quien tiene como Abogada Constituida y Apoderada Especial a la LICDA. CLARA EMILIA DEL VALLE MÉNDEZ, dominicana, mayor de edad, Abogada de los Tribunales de la República Dominicana, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 001-1648066-6, con estudio profesional abierto en la Calle San Ramón, No. 115 del Sector El Almirante, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, teléfono 809-8482302; LE ADVIERTE a la señora ROSA MATOS, cuyo último domicilio era en la Calle Beller, No. 103, del sector de Ciudad Nueva, de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, ultimo domicilio, y que a falta de información relativa al lugar de su residencia actual se procederá a EMPLAZARLA en acción de divorcio por la Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres el día MIÉRCOLES que contaremos a DIECIOCHO (18) del mes de JULIO del año DOS MIL DIECIOCHO (2018), en la persona de la Magistrada Procuradora Fiscal del Distrito Nacional, a fin de que comparezca a las Nueve horas de la mañana (09:00 a.m.), del día MARTES que contaremos a SIETE (07) del mes de AGOSTO del año DOS MIL DIECIOCHO (2018), a la audiencia a puertas cerradas que celebrará en la Sexta (6ta) Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en sus atribuciones de familia y en materia de divorcio en el salón donde acostumbra a celebrar sus audiencias ubicado en la esquina formada por las Calles Socorro Sánchez No. 68, esquina Calle Santiago, Primer Piso, del sector de Gazcue, de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional. La presente publicación, es exigida por le suscrito abogado en su calidad antes señalada.

En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 22 de la ley 1306- Bis sobre divorcio, el señor ESPERANZA BEATO ROSARIO, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral No. 059-0015575-4, domiciliado y residente En la Calle Gastón Fernández Deligne No. 85, de esta ciudad de Cotuí, Provincia Sánchez Ramírez, Quien tiene como abogado constituido y apoderado especiales a los LIC. ARCIDES ALBERTO GOMEZ PERALTA, dominicano, mayor de edad, Abogado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 049-0065511-1, domiciliado y residente en la calle José E. Márquez No. 8, plaza Abreu, del sector la esperanza de esta ciudad de Cotuí, Prov. Sánchez Ramírez, R.D.; advierte a su legítima esposa señora YOSARA AQUINO HENRIQUEZ, de nacionalidad Dominicana, mayor de edad, cuyo último domicilio conocido, lo fue en la calle Central No. 15, del sector Libertad, Prov. Sánchez Ramírez, República Dominicana; que de no establecer su domicilio y residencia, procederá el día Viernes, que contaremos a Veinte (20) del mes de Julio del año Dos Mil Dieciocho (2018), a Emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, en la persona del Magistrado procurador Fiscal del Distrito Judicial de Sánchez Ramírez, a los fines de que comparezca a la audiencia que para tales fines celebrara la Cámara Civil Y Comercial del Juzgado De Primera Instancia Del Distrito Judicial De Sánchez Ramírez, en uno de los apartamentos del Segundo Nivel del edificio ubicado en la calle Sánchez, Esq. Calle 4, sector la Esperanza, de esta ciudad y municipio de Cotuí, provincia Sánchez Ramírez, República Dominicana; el día Martes que contaremos a Siete (7) del mes de Agosto del año Dos Mil Dieciocho (2018), a las Nueve (9:00) hora de la mañana. La presente publicación ha sido requerida y autorizada por el abogado Infrascrito, en la ciudad y municipio de Cotuí, provincia Sánchez Ramírez, República Dominicana, a los Seis (6) días del mes de Julio del año Dos Mil Dieciocho (2018).

Se hace público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero de Depósito número 9600818578 expedido por el Banco del Reservas, a favor de la señora Estephany Escanio de fecha 4 junio 2018, por la suma de Cincuenta Mil Pesos con 00/100 RD$50,000.00, a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del Certificado sustituido a favor de: Estephany Escanio, Depositante.

LIC. ARCIDES ALBERTO GOMEZ PERALTA, Abogado Apoderado.

Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero N°9400005337, Cartón N°838717 emitido por BanReservas, por un valor de RD$170,821.02 (Ciento Setenta Mil Ochocientos Veintiuno Pesos con 02/100) a nombre de MANUEL LIRANZO, Cedula 001-1172389-6. La presente publicación se hace para los fines de la ley correspondiente.

FC 359799

LICDA. CLARA EMILIA DEL VALLE MENDEZ, Abogada Apoderada.

FC 359800

(JAOM-AC-13554-WP-ENV-12-13-14/07/2018)

FC 359853

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

En cumplimiento del Art. 22 ley 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la R.D., Modif. por la Ley 2153 de 1949, el señor JOSE GUILLERMO CRUCETA CRUCETA, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en los E.U.A. y de tránsito en este municipio de La Vega, cédula No.122-0000652-7, quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. ORLANDO JULIAN DIAZ ABREU, cédula No. 047-0034169-8, con estudio profesional abierto en el No.49 de la Calle Duvergé casi Esq. Las Carreras, Edificio Don Lino, Apto.4-B, de la ciudad de La Vega, R.D. lugar donde el demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítima esposa señora YUDELKA DEL CARMEN YRRIZARRI, cuyo último domicilio conocido lo fue en el municipio de Jima Abajo, Provincia La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día 13 del mes de julio del año 2018 a las 09:00 a.m., así como en la Secretaría y puerta del Tribunal Apoderado y último domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 24 del mes de JULIO del año 2018 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad La Vega, Rep. Dominicana, a los 11 días del mes de JULIO del año 2018.

De conformidad con las disposiciones de la ley no. 1306-bis, de divorcio, el señor HENRY ANTONIO FERNANDEZ SALCET De nacionalidad dominicana, mayor de edad, Soltero, portador de la cedula No. 001-0852064-4, Domiciliado y residente en Av. JFK apartamental Proesa Edifico A, Apto 404, Serrallet, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, quien tiene como abogados constituidos y apoderados especial a la Lic. Jenny Altagracia Contreras Inoa Y Sr. STERLING RAFAEL TORIBIO DOMINGUEZ, dominicanos, mayores de edad, abogados, solteros, portadores de la cédula de identidad y electoral Nos. 001-1441375-8 y 003-0029712-8 respectivamente, domiciliados y residente en la Avenida Bolívar Núm. 223, Plaza Cosmos, Local 1-E La Julia, Santo Domingo Oeste, República Dominicana, lugar donde hace elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales del presente aviso, ADVIERTE a su legitima esposa KATHERINE DEL ROSARIO VITTINI GUERRERO, cuyo domicilio se desconoce, que a falta de conocer su actual domicilio y residencia, procederá a emplazarla por ante el magistrado, Procurador Fiscal Del Distrito Nacional, el día martes que contaremos a diecisiete (17) del mes de julio del año 2018, para que comparezca, como fuere de derecho a la audiencia que a puertas cerradas, celebrara la por la séptima sala de la Cámara Civil y Comercial, del Juzgado De Primera Instancia Del Distrito Nacional, el día martes, que contaremos a siete (07) del mes de Agosto del año dos mil dieciocho (2018), a las 9:00 de las mañana, en su local ubicado, en Tribunal Sala para Asuntos de Familia ubicada en la Esq. Santiago Sector de Gazcue., Calle Socorro Sánchez 68, Santo Domingo, D.N. 10205, para conocer la demanda de divorcio, que por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres que se propone incoar en contra de su legitima esposa, el señora KATHERINE DEL ROSARIO VITTINI GUERRERO, en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional República Dominicana, a los diez (10) días del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018).

LIC. ORLANDO JULIAN DIAZ ABREU, Abogado apoderado de la parte Demandante.

LICDA. JENNY ALTAGRACIA CONTRERAS INOA Abogada Apoderada

(RC-6982-PT-12-13-14/07/2018)

FC359817

FC 359852

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No.3280000354, del Banco Banreservas, por un valor de ciento diez mil pesos (RD$110,000.00), a nombre de Franklin Alejandro Ferreras Villegas, cédula No.129-0000157-4. FP 98431

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

PUBLICACION DE DIVORCIO

En cumplimiento de las disposiciones del Párrafo del Artículo 22, de la Ley 1306-Bis, de Divorcio, el Señor MIGUEL ANGEL TACTUK FERNANDEZ, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 402-2650033-4, domiciliado y residente en Estados Unidos, accidentalmente en esta Ciudad de Santiago de los Caballeros, quien tiene como abogada constituida y apoderada especial a la LICDA. FANNY SANTOS CONTRERAS, abogada de los Tribunales de la República, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 177-0003915-6, inscrita en el Colegio de Abogados con la Matrícula No. 25872-130-03, con estudio profesional en la Calle Boy Scout No. 7, Primera Planta, Santiago, por medio de este aviso advierte a su legítima esposa MARITZA LORA JIMENEZ, dominicana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 402-26669717, cuyo último domicilio conocido en el país la Calle Duarte 75, Centro de la Ciudad de Santiago, que a falta de información sobre su domicilio y residencia actual, procederá a emplazarla en divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, por ante la Magistrada Procuradora Fiscal del Distrito Judicial de Santiago, con su despacho en la Primera Planta del Palacio de Justicia de Santiago, el día Dieciocho (18) de Julio del Dos Mil Dieciocho (2018), para que comparezca legalmente a la audiencia de divorcio que celebrará en sus atribuciones civiles la Sexta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, el día Miércoles Primero (1ro) de Agosto del año Dos Mil Dieciocho (2018), a las dos treinta de la tarde (2:30 PM), en su sala de audiencias de la Primera Planta del Palacio de Justicia de Santiago, ubicado en la Av. 27 de Febrero Esq. E. Guerrero y Lic. Ramón García, Ensanche Román II, Santiago, donde se conocerá la demanda en Divorcio por Incompatibilidad de Caracteres en su contra. En la Ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, a los diez (10) días de Julio del año Dos Mil Dieciocho (2018).

En cumplimiento del Art. 22 ley 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la R.D., modif. por la Ley 2153 de 1949, el señor ROLANDO ANTONIO ABREU CASTILLO, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en Río Verde de este municipio de La Vega, cédula No. 0470034054-2, quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. ORLANDO JULIAN DIAZ ABREU, cédula No. 047-0034169-8, con estudio profesional abierto en el No.49 de la Calle Duvergé casi Esq. Las Carreras, Edificio Don Lino, Apto.4-B de la ciudad de La Vega, R.D. lugar donde el demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítima esposa señora LESLIE JENITZA FIGUEROA VASQUEZ, cuyo último domicilio conocido lo fue en Río Verde de este municipio de La Vega, que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día 16 del mes de julio del año 2018 a las 09:00 a.m., así como en la Secretaría y puerta del Tribunal Apoderado y último domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 02 del mes de AGOSTO del año 2018 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad La Vega, Rep. Dominicana, a los 12 días del mes de JULIO del año 2018.

En cumplimiento de la disposición del Articulo 42 de la Ley N°1306-Bis sobre divorcio y para general conocimiento se hace saber lo siguiente: Que en fecha 28 de mes de mayo del año 2018, la jueza de la Sexta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo. Admitió mediante sentencia civil N°1445-2018-SSEN-00246 el divorcio por incompatibilidad de caracteres entre los señores Miguel Esteban Encarnación y Edita Mercedes Nolasco la cual en su dispositivo dice lo así: FALLA. PRIMERO: se pronuncia el defecto en contra de la señora Edita Mercedes Nolasco por no comparecer a la audiencia de fecha veinticinco (25) del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018), no obstante de haber sido emplazada. SEGUNDO: se declara buena y valida, en cuanto a la forma, la presente demanda de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres intentada por el señor Miguel Esteban Encarnación en contra de la señora Edita Mercedes Nolasco, por haber sido interpuesta la misma conforme al derecho. TERCERO: en cuanto al fondo acoge la misma en consecuencia, admite el divorcio entre el señor Miguel Esteban Encarnación y la señora Edita Mercedes Nolasco, por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, relativo al matrimonio de fecha veintiocho (28) de noviembre del año mil novecientos noventa (1990). CUARTO: se ordena el pronunciamiento de este divorcio por ante el oficial del estado civil de la Décima Quinta (15ta) Circunscripción de Santo Domingo Oeste, una vez finalizado el plazo de dos (2) meses de la acción recursiva correspondiente, sin que este se haya ejercido, esto así conforme los articulo 16 y 17de la Ley N°1306-Bis. La presente sentencia ha sido firmada por la Magistrada ODANIA LOPAIX MEJIA Jueza titular y la infrascrita Secretaria JUANA I. FRIAS TAVERAS el mismo día, mes y año señalado al inicio de la misma.

LICDA. FANNY SANTOS CONTRERAS Abogada Apoderada

LIC. ORLANDO JULIAN DIAZ ABREU, Abogado apoderado de la parte Demandante. (RO-17605-DA-12-13-14/07/2018)

Lic. DANIEL PEREZ Abogado


SABADO 14 DE JULIO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

Yo, DOMINGO REYES PEREZ, dominicano, mayor de edad, casado, con Cédula de Identidad y Electoral número 0011115626-1, hago de público conocimiento el sometimiento a corrección material con relación a mi estado civil, por error inducido en el Certificado de Título que ampara el inmueble siguiente: Unidad Funcional, A-1, identificado como 309398762581: A-1, matrícula No. 0100216122, del condominio Residencial El Pino, ubicado en el Distrito Nacional; ya que al momento de adquirir el mismo, estaba casado con la señora ALEXANDRA CESPEDES SUERO DE REYES y continuamos casados en la actualidad. FC 359827

AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 80-000819440, documento No.010350 fecha de apertura 18/03/2013, expedido por un valor de RD$40,000.00 (CUARENTA MIL CON 00/100 PESOS DOMINICANOS), emitido por COOPERATIVA VEGA REAL a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de: ADELAIDA ADALGISA DE LA CRUZ CRUZ, Depositante Cliente No.181433. (DS-RO-17610-CC-12-13-14/07/2018)

Yo, ROCIO SAGRARIO ARISTY VILLAVICENCIO DE FELIZ, dominicana, mayor de edad, casada, con Cédula de Identidad y Electoral número 028-0007217-1, hago de público conocimiento el sometimiento a corrección material con relación a mi estado civil, por error inducido en el Certificado de Título que ampara el inmueble siguiente: Unidad funcional identificada como 309481573593: 2A, matricula No.0100260739, del condominio residencial RIBAMAR ubicado en el Distrito Nacional, ya que al momento de adquirir el mismo, estaba casado con JOSE DE LOS SANTOS FELIZ MARRERO y continuamos casados en la actualidad. FC 359827 Nosotros, PABLO ELIAS LORENZO ALCANTARA Y JAFREYSI LOPEZ COLLADO, dominicanos, mayores de edad, casados entre sí, con Cédulas de Identidad y Electoral números 001-0173538-9 y 001-1319523-4, hacemos de público conocimiento el sometimiento a corrección material con relación a nuestro estado civil, por error inducido en el Certificado de Título que ampara el inmueble siguiente: Unidad funcional 3-A, Identificada como 309480686287: 3-A, matricula No.0100027720, del condominio RESIDENCIAL KIARA MARIEL III, ubicado en el Distrito Nacional, ya que al momento de adquirir el mismo, estábamos casados entre nosotros y continuamos casados en la actualidad. FC 359827

FC 359827

En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 050035919-8 documento No.764574 fecha de apertura 30/08/2014, expedido por un valor de RD$1,000,000.00 (UN MILLON CON 00/100 PESOS DOMINICANOS), emitido por BANRESERVAS a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de: CRISTIAN MANUEL MELENDEZ BATISTA, Depositante. (RC-6981-DA-12-13-14/07/2018)

ASOCIACIÓN NUESTRA SEÑORA DEL LOURDES LAS YAYITAS AZUA ASONUDES. Se hace de público conocimiento mediante Resolución No.0008-2018, dictada por la Procuradora General de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Cristóbal, en virtud de la Ley No. 13311, de fecha 07 de Junio del 2011. Fue concebido el beneficio de incorporación a la ASOCIACIÓN NUESTRA SEÑORA DEL LOURDES LAS YAYITAS AZUA (ASONUDES), con su domicilio en el Centro Comunal, ubicado en la Calle Principal S/N, Azua de Compostela, Rep. Dom., como lo establece la Ley 122-05 de fecha 08 de abril del año 2005, dicha asociación se dedica a la Producción y Comercialización de diferentes rubros agropecuarios. La Gestora es la Licda. Rosa Antonia Lemos, a requerimiento del presidente Nerio Feliz, Cédula 0100012649-8, en la ciudad de Azua de Compostela los Veintidós (22) días del mes de Junio del año dos mil dieciocho (2018).

Se hace de Público Conocimiento, La Pérdida Recibo de Declaración No. 255056-A, a nombre de AMAURIS GIL ESPINOSA y DIOSNERY TRONCOSO FRANCISCO cédula de identidad y electoral Nos. 001-1597814-0 y 005-0034133-4, de la Mejora Ubicada en la Calle: 8 No. 29, Sector Harás Nacionales, Villa Mella, del Municipio Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, dentro de la parcela 21, D. C. 22. FC 359788

FC 359803

EDDY DIAZ Agrimensor Contratista CODIA 32187 (AC-13575-WP-3/3)

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE EXP. 6642018042022 Se hace de público conocimiento que el día 23 DE JULIO DEL 2018, a las 6:00 PM. se realizarán los trabajos de CAMPO PARA DESLINDE de una porción con una superficie de 190.00 m2., dentro del inmueble identificado como Parcela No. 427, D.C. No. 10/6ta., del Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, ocupada por la señora CLAUDINA BERROA ACOSTA. Este inmueble está ubicado en la calle Rolando Cedeño casi esquina calle Higuanama, justo al final de la calle Manuel A. de Soto, en el sector Los Soto de la ciudad de Higüey, Prov. La Altagracia. AGRIM. MIGUEL GUERRERO RAMIREZ CODIA No. 17487 TELS. (809) 399-5166 FC359914

AVISO DE MENSURA YO, ELEODORA LUZON MARTINEZ, Agrimensor Público Autorizado por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Norte, Mediante el Expediente No. 6622018117321, de fecha 11 de julio del año 2018, para la realización de los trabajos de DESLINDE, dentro de la Parcela No. 02, Distrito Catastral No. 14, del Municipio de Villa Bisonó, provincia Santiago. Este inmueble se encuentra en la ciudad de Navarrete, a 200.00 metros de la Rotonda y al Norte de la Carretera Duarte del municipio de Villa Bisonó, propiedad de los señores: MIGUEL ANGEL SANCHEZ REYES y RHINA CONSTANCIA CABRERA BUENO DE SANCHEZ, Que el día, 25 de julio a las 8:00 A.M., se dará inicio a las operaciones de campo.

Atentamente, AGRIM. ELEODORA LUZON MARTINEZ, Codia No. 10468.

AVISO DL MENSURA PARA DESLINDE

AVISO DE MENSURA

En virtud de la Autorización, de fecha 11/07/2018. Se hace de público conocimiento que el día 27/07/2018, a las 09:00 a.m., se realizara el trabajo de Mensura Para Deslinde, dentro de la Parcela No.665-A, Del D. C. No.8, del Municipio de Azua de Compostela, Provincia de Azua. Exp. No.6642018042731, propiedad del SR. ELBIN LIBRADO PUJOLS PUJOLS.

YO, ELEODORA LUZON MARTINEZ, Agrimensor Publico Autorizado por la Dilección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Norte, Mediante el Expediente No. 662201807325, de fecha 11 de julio del año 2018, para la realización de los trabajos de DESLINDE, dentro de la Parcela No. 02, Distrito Catastral No. 14, del Municipio de Villa Bisonó, provincia Santiago. Este inmueble se encuentra en la ciudad de Navarrete, A 200.00 metros de la rotonda y al Norte de la Carretera Duarte del municipio de Villa Bisonó, propiedad de: EDDY CRUZ ROMAN. Que el día, 25 de Julio a las 9:00 A.M. se dará inicio a las operaciones de campo.

AGRIM. RAFAEL EMILIO BELTRE AGRAMONTE CODIA -10019

Atentamente, AGRIM. ELEODORA LUZON MARTINEZ, Codia No. 10468.

AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO

AVISO DE MENSURA

En virtud de la Autorización, de fecha 06/07/2018. Se hace de público conocimiento que el día 27/07/2018, a las 10:00 a.m., se realizara el trabajo de Mensura Para Saneamiento, dentro de las Parcelas Nos. 5838, 5842, 5844, 5881, 5839, 5837, 5814, 5845, 5915, Del D. C. No.8, del Municipio de Tabara Arriba, Provincia de Azua. Exp. No.6642018040518 propiedad del SR. OTILIO DIAZ RAMIREZ.

YO, ELEODORA LUZON MARTINEZ, Agrimensor Público Autorizado por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Norte, Mediante el Expediente No. 662201807328, de fecha 11 de julio del año 2018, para la realización de los trabajos de DESLINDE, dentro de la Parcela No. 02, Distrito Catastral No. 14, del Municipio de Villa Bisonó, Provincia Santiago. Este inmueble se encuentra en la ciudad de Navarrete, a 200.00 metros de la rotonda y al Norte de la Carretera Duarte del municipio de Villa Bisonó, propiedad de señor: JOSE OSVALDO CABRERA. Que el día 25 de Julio a las 10:00 A.M. se dará inicio a las operaciones de campo.

AGRIM. RAFAEL EMILIO BELTRE AGRAMONTE CODIA – 10019

Atentamente, AGRIM. ELEODORA LUZON MARTINEZ, Codia No. 10468.

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE EXP. 6642018035158

AVISO DE MENSURA

FC359901

PERDIDA DE CERTIFICADO DE INVERSION Se hace de público conocimiento la pérdida de Certificado de Inversión No. 6600030051 DOP, del BANCO DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA, de fecha 31-01-2017, por valor de RD$600,000.00, a nombre de JULIA DANITZA FELIZ o/ BERIS HERMINDA ALCANTARA, cédula 019-0002107-0 y 001-1318877-5. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente.

Se avisa que el 03/07/2018 salió publicado en este periódico el siguiente: Aviso Mensura Catastral Exp. 662201806924 Se avisa que el día 14 de julio 2018 a las 11:00 a.m. iniciaremos el deslinde siendo lo correcto Deslinde y Subdivisión en la parcela 374-A D.C. 2 ubicada en la Colonia Española municipio Constanza Prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 29/06/2018 propiedad de DIONICIO DURAN GARCIA y faltó el nombre de MIMELFI BATISTA BATISTA DE PEREZ quedan citados los colindantes y demás interesados.

LICDA. ROSA ANTONIA LEMOS ABOGADA

FC359901

Pérdida de Cintillo o Declaración de Mejora

FE DE ERRATA

AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO

FC359902

Nosotros, FRANCISCO CARLOS GOMEZ CRUZ y FREDDY YUSEP GOMEZ ESCUDER, dominicanos, mayores de edad, solteros, con Cédulas de Identidad y Electoral números 047-0129004-3 y 047-0148756-5, hacemos de público conocimiento el sometimiento a corrección material con relación a nuestro estado civil, por error inducido en el Certificado de Título que ampara el inmueble siguiente: Una porción de terreno con una superficie de 500.00, identificada con la Matrícula número 1000023119, dentro de la Parcela 67-B-370-C, del Distrito Catastral número 11/3era., ubicado en Higüey; sometido a un proceso de regularización parcelaria (deslinde) resultando el inmueble identificado como 506537780537 y posteriormente sometido a constitución de condominio, del cual forma parte el inmueble siguiente: Unidad Funcional 2-A, identificada como 506537780537: 2-A, matricula No. 3000016566, del condominio SILOE, ubicado en HIGUEY, LA ALTAGRACIA, ya que al momento de adquirir el mismo, estábamos solteros y continuamos solteros en la actualidad.

LEGAL 11

Se hace de público conocimiento que el día 23 DE JULIO DEL 2018, a las 4:30 AM. se realizarán los trabajos de CAMPO PARA DESLINDE de una porción con una superficie cíe 624.00 m2., dentro del inmueble identificado como Parcela No. 66-SUBD-18, D.C. No. 10/3ra., del Municipio de Higuey, Provincia La Altagracia, ocupada por los señores FRANCISCO ALBERTO RODRÍGUEZ AMPARO y ARGENIDA ESCOLÁSTICO HERNÁNDEZ. A este inmueble se llega entrado por la calle que va al Multiusos y al Play de Béisbol de San Rafael del Yuma, a unos 250 metros o sea al final de la calle doblar a la derecha y en la siguiente esquina está el inmueble a deslindar.

AGRIM. JORGE A. ESPINAL MOTA CODIA No. 34059 TELS. (809) 391-6761 Y (809) 708-7422 FC359915

YO, ELEODORA LUZON MARTINEZ, Agrimensor Publico Autorizado por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Norte. Mediante el Expediente No. 662201807329, de fecha 11 de julio del año 2018, para la realización de los trabajos de DESLINDE, dentro de la Parcela No. 02, Distrito Catastral No. 14, del Municipio de Villa Bisonó, Provincia Santiago. Este inmueble se encuentra en la ciudad de Navarrete, a 200.00 metros de la rotonda y al Norte de la Carretera Duarte del municipio de Villa Bisonó, propiedad de señor: CARMEN ELENA CABRERA MARTINEZ. Que el día 25 de Julio a las 11:00 A.M. se dará inicio a las operaciones de campo. Atentamente, AGRIM. ELEODORA LUZON MARTINEZ, Codia No. 10468.


SABADO 14 DE JULIO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

12 LEGAL AVISO DE MENSURA

AVISO DE MENSURA CATASTRAL

YO, ELEODORA LUZON MARTINEZ, Agrimensor Publico Autorizado por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Norte. Mediante el Expediente No. 662201807330, de fecha 11 de julio del año 2018, para la realización de los trabajos de DESLINDE, dentro de la Parcela No. 02 Distrito Catastral No. 14, del Municipio de Villa Bisonó, provincia Santiago. Este inmueble se encuentra en la ciudad de Navarrete, a 200.00 metros de la rotonda y al Norte de la Carretera Duarte del municipio de Villa Bisonó, propiedad de los señores: VICTOR ANTONIO MUÑOZ y LINDA LEE MUÑOZ. Que el día 25 de Julio a las 2:00 P.M. se dará inicio a las operaciones de campo.

Se avisa que el día 25 de Julio del Año 2018, a las 3:00 P.M., se dará comienzo a los trabajos de Deslinde del inmueble ubicado en la calle Felicita, No. 17, Lugar Palmar de Herrera, Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, con un área de (100) Metros Cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No. 85, Del Distrito Catastral No. 07, a favor de la señora ANA KENIA CORDERO ESPINAL, Expediente No. 663201802408. Autorización de Fecha 17 de Mayo del 2018.

Atentamente, AGRIM. ELEODORA LUZON MARTINEZ, Codia No. 10468.

Luis Máximo Segura Rodríguez Agrim. Contratista Codia No. 6436 FC359895

AVISO DE MENSURA

AVISO DE MENSURA CATASTRAL

En virtud de la autorización, de fecha 27 de Junio del 2018. Se hace de público conocimiento que el 20/07/2018 a las 10:00 a.m., se realizará el traba jo de mensura para Deslinde dentro de la Parcela 110-REF-780-A del Distrito Catastral No.04, del Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo. A petición de EUDES LUIS MORETA MOQUETE y JENNIFFER CASTILLO DEL CARMEN, Exp. No.6632018023677. Se le informa a los interesados estar presente ese día.

Se avisa que el día 25 de Julio del Año 2018, a las 11:00 A.M., se procederá a realizar el Deslinde en una porción en la P. No. 206 del D.C. No. 32, ubicado en la Ave. Riviera del Caribe, Lugar Residencial Riviera del Caribe, del Municipio Santo Domingo Este, provincia Santo domingo, con un área de 246.67mts.2, a favor del señor HERIBERTO MANUEL PEREZ BURGOS, Expediente No. 663201802409 Autorización de Fecha 17 de Mayo del 2018.

AGRIM. NILVIO RAFAEL FONDEUR CODIA 9305 TE.829-986-3678

Luis Máximo Segura Rodríguez Agrim. Contratista Codia No. 6436

FC359911

FC359895

AVISO DE MENSURA

AVISO DE MENSURA CATASTRAL

En virtud de la autorización, de fecha 28 de Junio del 2018. Se hace de público conocimiento que el 20/07/2018 a las 08:00 a.m., se realizará el trabajo de mensura para Deslinde y Refundición dentro de las Parcelas 6-REF-FREF-1 del Distrito Catastral No.07 Y Parcela No.309348414275, del Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo. A petición de DIANO RAFAEL HERNANDEZ, Exp. No.6632018023855. Se le informa a los interesados estar presente ese día.

Se avisa que el día 26 de Julio del Año 2018, a las 10:00 A.M., se procederá a realizar el Deslinde en una porción en la Parcela No. 42, Del Distrito Catastral No. 26, Del Municipio Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, propiedad ubicada en la camino sin nombre, Lugar Mal Nombre, Villa Mella, Municipio Santo Domingo Norte, Santo Domingo., con un área de 15102mts.2, a favor de la señora. MARITZA OSIRIS CAAMAÑO DE CORNIELLE, Expediente No. 6632018026341. Autorización de Fecha 13 de Julio del 2018. Luis Máximo Segura Rodríguez Agrim. Contratista Codia No. 6436

AGRIM. NILVIO RAFAEL FONDEUR CODIA 9305 TE.829-986-3678 FC359911

PODER JUDICIAL República Dominicana Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original Sala 1 San Francisco de Macorís Oficio No.638-2018 12 de Julio de 2018 De la: 1ra. Sala Tribunal de Tierras Jurisdicción Original – Duarte – San Francisco de Macorís – Asunto: Aviso De Requerimiento, Auto De Emplazamiento Y De Fijación De Audiencia Expediente No. 0999-18-00276 Expediente Antiguo El Secretario del Tribunal de Tierras a todos a quienes pueda interesar el abogado del Estado Vs. Reclamante: PEDRO NICOLÁS DÍAZ SUAREZ. Colindantes: Al Norte: Calle; Al Este: Isidra Santana; Al Sur: Maritza Gutiérrez y al Oeste: Calle; Inmuebles: Provincia DUARTE, Municipio VILLA RIVA DC Pos 410212905261 D.C. 3; Otros interesados: se citan: A las personas mencionadas y a todo el que crea tener algún interés o derecho en dicho inmueble y sus mejoras para que comparezcan a la audiencia que celebrará este Tribunal de Jurisdicción Original de la Provincia Duarte, el día 04/10/2018 a las 09:00 a.m., horas de la mañana en el lugar que acostumbra a celebrar audiencias este tribunal en el salón ubicado en la calle Ing. Guzmán Abréu esq. Colón edificio de los Tribunales de Tierras de la Provincia Duarte, Rep. Dom., con relación al inmueble en referencia a fin de que se den a conocer los derechos que pretenden y las pruebas en que se basan para que al efecto formulen sus reclamaciones de Jurisdicción Original. En la ciudad de San Francisco de Macorís, Provincia DUARTE, República Dominicana, el día 12 de JULIO de 2018, Años 174 de la INDEPENDENCIA y 154 de la RESTAURACION. Atentamente,

DANEYRI REYNOSO OFICIAL DE RECEPCION (JSB-AC-13571-WP)

AVISO DE PERDIDA DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS Se informa que se han extraviado y/o perdido los siguientes instrumentos financieros: a) Certificado Financiero No.0040237 (40-001-060372-2), por la suma de RD$2,050,000.00, aperturado en fecha 23 de mayo 2008 por la Asociación Cibao de Ahorros y Préstamos, en provecho de Julia Colombina Castaños Jáquez y Ramona Mercedes Jáquez; b) Certificado Financiero No.0076345 (40-004-048513-2), por la suma de RD$2,000,000.00, aperturado en fecha 14 de enero 2011 por la Asociación Cibao de Ahorros y Préstamos, en provecho de Julia Colombina Castaños Jáquez y Ramona Mercedes Jáquez; c) Certificado Financiero No.0089534 (40-011-006119-0), por la suma de RD$1,200,000.00, aperturado en fecha 24 de octubre de 2011 por la Asociación Cibao de Ahorros y Préstamos, en provecho de Julia Colombina Castaños Jáquez y Ramona Mercedes Jáquez; d) Certificado Financiero No.0052892 (40-002-010618-7), por la suma de RD$150,000.00, aperturado en fecha 19 de marzo 2009 por la Asociación Cibao de Ahorros y Préstamos, en provecho de Julia Colombina Castaños Jáquez; e) Certificado Financiero No.0045920 (40-004-047613-3), por la suma de RD$700,000.00, aperturado en fecha 6 de enero 2009 por la Asociación Cibao de Ahorros y Préstamos, en provecho de Julia Colombina Castaños Jáquez; Santiago RD, 29 de junio del 2018.

LIC. NORBERTO J. FADUL P.

FC359895

AVISO DE MENSURA CATASTRAL

PUBLICACION DE DIVORCIO

Se avisa que el día 25 de Julio del Año 2018, a las 5:00 P.M., se procederá a realizar el Deslinde en una porción en la P. No. 318-A-REF-A-6 del D.C. No. 32, del Municipio Boca Chica, provincia Santo Domingo., ubicado en la Calle Pedro Mella, Lugar Boca Chica, Municipio Boca Chica, con un área de 200 Metros Cuadrados, a favor del señor FELIX ARMANDO ESPINOSA CELEDONIO por si mismo y en Representación de los señores: Lourdes Mercedes Espinosa Trinidad, Ana Noemi Espinosa Pantaleón, Luisa Espinosa Trinidad, Josefina Altagracia espinosa Trinidad, Francisco Antonio Espinosa Montilla, Luis Eduardo Espinosa Santana y Catalina Espinosa Santana, José Espinosa Trinidad (fallecido), sus hijos José Miguel Espinosa Díaz y José Alberto Espinosa Arias., Expediente No. 6632018025351. Autorización de Fecha 6 de Julio del 2018.

De conformidad con las disposiciones en el Art. 42, párrafo, de la Ley 1306-Bis, de fecha 21 de marzo del año 1937, y sus modificaciones, sobre procedimientos de Divorcio se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha quince (15) días del mes de junio del año Dos Mil Dieciocho (2018), LA OCTAVA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, en sus atribuciones civiles, dictó una sentencia civil marcada con el No. 01096-18, inserta en el expediente No. 533-2018-Econ-00925, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: DECLARA regular y válida en cuanto a la forma la acción en Divorcio por Mutuo Consentimiento intentada por los señores LUIS ALBERTO KELLY RODRIGUEZ y MERARY SANCHEZ CORDERO, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentada por los esposos y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores LUIS ALBERTO KELLY RODRIGUEZ y MERARY SANCHEZ CORDERO, por su Mutuo Consentimiento de conformidad con el Acto de Convenciones y Estipulaciones No. 4, instrumentado por ante la Notario Público del Distrito Nacional LIC. ALTAGRACIA SUAREZ BAUTISTA, en fecha once (11) del mes de abril del año Dos Mil Dieciocho (2018). TERCERO: ORDENA al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente Divorcio. Así se Pronuncia, ordena, manda y firma: (Firmados: Por la Magistrada DAISY MIGUELINA ABREU URBAEZ, JUEZA; ROSA ENCARNACION FERRERAS, SECRETARIA). El presente Divorcio fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil de la Segunda Circunscripción, en fecha dos (2) días del mes de julio del año Dos Mil Dieciocho (2018), inscrito bajo el Libro No. 00004, Folio No. 0059, Acta No. 000213, del año 2018. En el Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diez (10) días del mes de julio del año Dos Mil Dieciocho (2018).

AVISO DE MENSURA En virtud de la autorización, de fecha 17 de Mayo del 2018. Se hace de público conocimiento que el 20/07/2018 a las 10:00 a.m., se realizará el trabajo de mensura para Deslinde dentro de la Parcela 424 del Distrito Catastral No. 10/6, del Municipio de Higuey. Provincia La Altagracia. A petición de HO-HO WENG YEH, Exp. No.6642018029883. Se le informa a los interesados estar presente ese día.

Luis Máximo Segura Rodríguez Agrim. Contratista Codia No. 6436

AGRIM. NILVIO RAFAEL FONDEUR CODIA 9305 TE.829-986-3678 FC359911

FC359895

AVISO DE MENSURA

AVISO DE MENSURA CATASTRAL

En virtud de la autorización, de fecha 26 de Marzo del 2018. Se hace de público conocimiento que el 20/07/2018 a las 11:30 a.m., se realizará el trabajo de mensura para Deslinde dentro de la Parcela 92A del Distrito Catastral No.04, del Distrito Nacional. A petición de MARCOS ANTONIO RODRIGUEZ CRUZ, Exp. No.663201801445. Se le informa a los interesados estar presente ese día.

Se avisa que el día 25 de Julio del Año 2018, a las 1:00 P.M., se procederá a realizar el Deslinde en una porción en la P. No. 206 del D.C. No. 32, ubicado en la Avenida Riviera Del Caribe esquina Calle 2da., Lugar Residencial Rivera Del Caribe, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, con un 425.29 Metros Cuadrados, a favor de la señora ELIANNA YASILYS NIVAR CASTILLO, Expediente No. 663201802410 Autorización de Fecha 17 de Mayo del 2018.

AGRIM. NILVIO RAFAEL FONDEUR CODIA 9305 TE.829-986-3678

Luis Máximo Segura Rodríguez Agrim. Contratista Codia No. 6436

LIC. VITALIA D’OLEO DE OLIVO, Abogada. FC 359889

PUBLICACION DE DIVORCIO

AVISO DE TRABAJOS DE DESLINDE

AVISO DE MENSURA CATASTRAL

En virtud de autorización d/f/ 15/06/2018. Se hace de público conocimiento que el día sábado /21/julio/2018, a las 9:00 a.m., se realizarán los trabajos de DESLINDE en la Parcela No. 779-A, Distrito Catastral No. 06, ubicada en la Calle Marginal 19, Sector Los Frailes, Kilómetro 10, las Américas, del Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, a petición de RAFAEL DANILO SOLANO ENCARNACIÓN, representante, ROBERTO ANTONIO TEJEDA BLANDINO, propietario. Exp. No. 6632018021860.

Se avisa que el día 25 de Julio del Año 2018., se procederá a realizar el Deslinde y Subdivisión en una porción en la P. No. 94 del D.C. No. 4, del Distrito Nacional., ubicado en la Calle Los malenos, Lugar la Yuca, Distrito Nacional, con un área de 1094mts.2, a favor del señor VICTOR MALENO AQUINO, Expediente No. 6632018025361. Autorización de Fecha 6 de Julio del 2018.

En cumplimiento de la disposición del artículo 42 de la ley 1306Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha 27/04/2018, la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia, dictó Sentencia Civil No.186-2018-ECIV-00090, sobre Divorcio Por Mutuo Consentimiento, entre los señores, ELKIS DE ORO CUELLO SANCHEZ Y MISAEL SANTANA CEDEÑO, la Transcripción y Pronunciamiento se realizó por ante la Oficialía del Estado Civil Turístico Verón Punta Cana el día 02/07/2018 según consta en el Libro No.1-Acta No.000003, Folio No.3 del año 2018. A los diez (10) días del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018).

Luis Máximo Segura Rodríguez Agrim. Contratista Codia No. 6436

LIC. ODALIS ALVAREZ M., Abogada Apoderada.

FC359911

FC359895

AGRIM. MANUEL HERRERA Codia No. 18765 // Cel.: (809) 885-9040

FC359895

FC 359888


SABADO 14 DE JULIO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

PUBLICACION DE DIVORCIO Para general conocimiento y en cumplimiento de las formalidades exigidas del artículo 42 de la ley No. 1306-BIS, sobre Divorcio para general conocimiento se hace saber la siguiente: Que en fecha Veinte (20) de Febrero del Dos mil dieciocho (2018), La Segunda Sala De La Cámara Civil Y Comercial Del Juzgado De Primera Instancia De La Provincia De Santo Domingo, mediante la Sentencia Civil No. 1516-2018-SSET-00039, se ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Declara buena y válida la demanda de divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores LUIS FELIPE PAGANO Y DAILIS JORGINA DE LOS SANTOS ROSARIO, por haber sido interpuesta conforme al derecho. SEGUNDO: En cuanto al fondo, acoge las conclusiones presentadas en audiencia por los esposos, por ser justas y reposar en prueba legal, en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los Señores, LUIS FELIPE PAGANO Y DAILIS JORGINA DE LOS SANTOS ROSARIO, por mutuo consentimiento. TERCERO: ORDENA el pronunciamiento del divorcio, por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. Así mismo se hace saber que en fecha dieciocho (18) de Mayo del año dos mil dieciocho (2018), el Oficial del Estado Civil de la 5ta Circunscripción de Santo Domingo Norte. TRANSCRIBIR la referida sentencia en el Libro No. 4, Folio 47, Acta No. 234, Año 2018, así corno se efectuó el PRONUNCIAMIENTO de dicho divorcio. En el Municipio Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los Trece (13) días del mes de Julio del año Dos Mil Dieciocho (2018).

AVISO DE INCORPORACION DE ASOCIACION SIN FINES DE LUCROS FUNDACION ASOCIACION DE PASTORES PENTECOSTALES DE HATO MAYOR DEL REY ASPPASHAM

REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL

De conformidad con lo establecido en el Art. 5 de la ley 122-05, párrafo II que regula y fomenta las Asociaciones Sin Fines de lucro, se hace de público conocimiento lo siguiente: PRIMERO: Que la fundación ASOCIACION DE PASTORES PENTECOSTALES DE HATO MAYOR DEL REY, ASPPASHAM ha quedado formalmente incorporada de acuerdo a la ley 122-05. Con domicilio en la Carretera Hato Mayor-Sabana de la Mar, Km. 02, Provincia Hato Mayor, República Dominicana, según resolución No. 0094/2018 emitida por el Procurador General de la Corte de Apelación de San Pedro de Macorís en fecha 2 de Julio 2018. SEGUNDO: Que los fines u objetivos son: a) Predicar la Palabra de Dios en unión de todos sus miembros y en favor de todas las almas. b) Contribuir a que cada miembro sea edificado en el conocimiento de las Sagradas Escrituras, y en su crecimiento moral y espiritual. c) Agrupar las Iglesias Pentecostales de Hato Mayor. d) Velar, proteger y defender los intereses de sus miembros. e) Brindar ayuda social y comunitaria a personas necesitadas. f) Emprender acciones y programas de educación bíblica. g) Luchará por la unidad de todas las congregaciones y de los miembros que la componen. H) No contribuirá ni hará nada que tienda a la división de las iglesias, ni a la pérdida de ninguno de sus miembros. TERCERO: Que los miembros fundadores son: Francisco Antonio Santana Sosa, Jaime Castillo, Domingo Antonio Ubiera, Atalia Barriola Barriola, Ruth Esther de la Rosa, Henry González, Gregorio Nolasco. CUARTO: Que la fundación está representada ante terceras personas por su presidente Francisco Antonio Santana Sosa. QUINTO: La fundación ha sido constituida por tiempo indefinida, según los estatutos. SEXTO: Los funcionarios de la Junta Directiva son: PRESIDENTE: Francisco Antonio Santana Sosa; VICEPRESIDENTE: Jaime Castillo; SECRETARIO GENERAL: Ruth Esther de la Rosa; SUB-SECRETARIO: Henry González; TESORERO: Domingo Antonio Ubiera; SUB-TESORERO: Atalia Barriola Barriola; VOCAL: Gregorio Nolasco. Publicación autorizada por Francisco Antonio Santana Sosa, Presidente.

Tribunal De Tierras De Jurisdicción Original Del Distrito Judicial De La Provincia Hermanas Mirabal Aviso De Requerimiento, Auto De Emplazamiento Y De Fijación De Audiencia En Nombre De La Republica Auto No.099/2018 Expediente No.0518-18-00133 Nos. Antonio Manuel López, Juez del Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de la provincia Hermanas Mirabal, asistido de la secretaria Mildred Altagracia Mercedes Tejada Pérez, emiten el presenta auto: Con motivo al expediente relativo al proceso de saneamiento y de la aprobación técnica dada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, mediante la cual aprueba los trabajos técnicos practicados dentro la parcela No. 314394965231, de Villa Tapia. VISTOS: Los artículos 69 de la Constitución de la República, 1, 3, 10, 23, 25, párrafo 8 y 26 de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario, 23 letra “1”, 26, 27, 46 y 50 del Reglamento de los Tribunales Superiores de Tierras y de Jurisdicción Original. UNICO: ORDENA: Al agrimensor José Teófilo De La Cruz Burgos y a las personas mencionadas y a todas aquellas que crean tener algún interés o derecho sobre este inmueble a sanear para que se presenten por ante este Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de Salcedo, ubicado en la Carretera Salcedo Moca, 2da, planta del palacio de justicia de la provincia Hermanas Mirabal, a la audiencia fijada para el día 9/8/2018, a fin de dar a conocer los derechos que considere, presentando de forma legal las pruebas en la que se basan y formulen su reclamación ante este Tribunal de primer grado, para el conocimiento de la fase judicial del saneamiento solicitado por el señor Angel Rafael Estrella Pichardo. DADO: En nuestro despacho en la ciudad de Salcedo, provincia Hermanas Mirabal, hoy día 28 del mes de junio de 2018, Años 174 de la Independencia y 154 de la Restauración, Atentamente, Mildred Altagracia Mercedes Tejada Pérez, Secretaria

DRA. MARIA DEL CARMEN BETANCOURT C. de S. Abogada.

ANTONIO MANUEL LÓPEZ Juez

LICDA. YRIS ANTONIA GERMAN PEÑA, Abogada. FC 359886

LEGAL 13

FC 359893

(ECM-AC-13572-RDT-1/2)

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En cumplimiento con las disposiciones del artículo 42 de la Ley 1306-bis, de divorcio se hace saber: Que en fecha Treinta (30) del mes de Enero del año Dos Mil Dieciocho (2018), La Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de San Pedro de Macorís, emitió la Sentencia Civil No. 339-2018-SSEN-00062, cuyo dispositivo dice así: FALLA: PRIMERO: RATIFICA el defecto pronunciado en audiencia del día 19 de Diciembre de 2017, en contra del señor Ricardo Adolfo Jacoba Carty, no obstante citación legal. SEGUNDO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres entre los señores Gladys Altagracia Ramírez De Jacobo y Ricardo Adolfo Jacobo Carty. TERCERO: Una vez la presente sentencia adquiera la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada, AUTORIZA al más diligente de los cónyuges a presentarse por ante la oficialía del estado civil de la segunda circunscripción de San Pedro de Macorís, a fin de hacer pronunciar el divorcio y transcribir el dispositivo de la presente sentencia en el registro correspondiente, previa intimación a la otra parte por acto de alguacil comisionado al efecto. CUARTO: COMPENSA las costas del procedimiento por ser litis entre esposos y COMISIONA a la ministerial Nancy Franco Terrero, alguacil de estrado de esta misma cámara civil y comercial, para la notificación de la presente sentencia. Pronunciada por el Oficial del Estado Civil de la Segunda Circunscripción de la Provincia de San Pedro de Macorís, en fecha Dos (02) del mes de Julio del año 2018, conforme consta en el Libro No. 00002, de registro de DIVORCIO, Folio 0036, Acta No. 000115 del año 2018, Expedida el día 4-07-218, cuya publicación hacemos, en la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, hoy día Trece (13) del mes de Julio del año 2018.

En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Artículo 42 de la Ley No.1306-BIS, Sobre Divorcio, se hace de público conocimiento que en fecha Veintiséis (26) del mes de Febrero del año Dos Mil Dieciocho (2018), la Octava Sala para asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó la Sentencia No.00288-18, que copiada textualmente en su parte dispositiva, expresa lo siguiente: FALLA: PRIMERO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre Rolando Rafael Pérez Del Villar y Shaddy Angeline Martínez Tejada. SEGUNDO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. TERCERO: Comisiona al ministerial Robinson D. Silverio Pérez, alguacil de estrados de este tribunal, para la notificación de la presente sentencia. CUARTO: Compensa las costas del procedimiento. NOTA: Este Divorcio fue Pronunciado en la Oficialía del Estado Civil de la 3ra Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha Catorce (14) del mes de Junio del año Dos Mil Dieciocho (2018). Inscrito en el Libro No.00003, de registro de Divorcio, Folio No.0070, Acta No.000313, año 2018.

En virtud de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley 1306-Bis, Sobre Divorcio y para el General conocimiento se hace saber: Que en fecha treinta y uno (31) del mes de mayo del año 2018, la Séptima Sala Para asuntos De Familia De la Cámara Civil Del Juzgado De Primera Instancia De La Provincia De Santo Domingo, Municipio Santo Domingo Norte, En Sus Atribuciones Civiles, dictó la Sentencia Civil No. 1516-2018-ECIV-00316, cuyo dispositivo escrito textualmente así se expresa: FALLA: PRIMERO: Admite el divorcio por mutuo consentimiento entre los señores DOMINICK PAEZ Y RAQUEL FERNANDEZ DURAN, de conformidad con el acto de estipulaciones y convenciones No. 49/2017 de fecha 13 de Noviembre del año 2017, instrumentado por la LCDA. DOLORES LINARES SANTANA: ORDENA el pronunciamiento de divorcio por ante el oficial del Estado civil correspondiente; TERCERO: COMPENSA las costas del proceso por tratarse de asuntos de familia y como consta en los motivos de la presente sentencia. Así se pronuncia, ordena, manda y firma, firmados: BRENDA GALAN GUTIERREZ, JUEZA; WELLINGTHON DE LA ROSA DE JESUS, SECRETARIO INTERINO. Que certifica. CERTIFICO que la presente copia es fiel y conforme a su original, la cual expido, firmo y sello a solicitud de la parte interesada, el día 13 de Junio del año 2018. Que en fecha 9 de Julio del año 2018 el oficial del Estado Civil de la Quinta Circunscripción del Municipio Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, pronuncio el Divorcio de los señores DOMINICK PAEZ Y RAQUEL FERNANDEZ DURAN, y transcribió dicha sentencia en el libro No. 00005 en el Acta No. 000453, Folio No. 0105 del año 2018. La presente publicación es autorizada en la ciudad de Santo Domingo, a los Trece (13) días del mes de Julio del año 2018.

LIC. SERGIO MALDONADO ABREU Abogado de la demandante

DR. ALFONSO GARCIA, Abogado.

LIC. YOEL PEREZ PHILLIPS, Abogado Apoderado.

FC359913

FC 359883

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AVISO DE PUBLICACION DE DIVORCIO

Conforme el art. 42 Ley 1306-Bis, sobre Divorcios, en la Rep. Dominicana, se hace de público conocimiento, que en fecha 4 de mayo del año 2018, la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del D.J. de La Vega, dictó la sentencia no.209-2018-SSEN-00357 cuyo dispositivo dice: FALLA: PRIMERO: RATIFICA el defecto pronunciado en audiencia en contra de la parte demandada por falta de comparecer, no obstante citación. SEGUNDO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre JOSE ALBERTO PAYAMPS GONZALEZ Y YANIBEL PEÑA FERNANDEZ. TERCERO: ordena a la parte más diligente que comparezca por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente, a los fines de hacer pronunciar el divorcio que se admite por la presente sentencia, previo el cumplimiento de las formalidades del caso. CUARTO: COMPENSA las costas del procedimiento y COMISIONA al ministerial CARLOS ALBERTO ALMANZAR, Alguacil Ordinario del Juzgado de Trabajo de La Vega, para que notifique la presente sentencia. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena y firma .(FIRMADO) Magistrada Ircania Victoria Hernández Trinidad; Jueza Presidenta; Josefina Paulino Batista, Secretaria. Fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil DE LA 2DA. Circunscripción del municipio de La Vega, transcrito en el Libro 4; folio 1; Acta 301 en fecha 06 de julio DEL año 2018. En la ciudad de La Vega, Rep. Dominicana, a los 14 dias del mes de julio del Año 2018.

Para conocimiento general y de conformidad con las disposiciones establecidas en el artículo 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha treinta (30) del mes de mayo del año dos mil dieciocho (2018) la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional especializada en Asuntos de Familia, dictó la Sentencia Civil No.532-2018-SSEN-01144, cuyo dispositivo dice textualmente lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción de divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores Sandro Suero Mora y Mayelin Alicia Díaz Vargas, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: UNICO: Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Sandro Suero Mora y Mayelin Alicia Díaz Vargas, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y estipulaciones de divorcio No. 3, instrumentado en fecha 24 de abril del 2018, por la Dra. Cándida Jocelyn Ramos Ovalle, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos que precede. TERCERO: Que por tratarse de una acción promovida entre cónyuges procede la compensación de las costas. CUARTO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se ordena, manda y firma: Pedro Marcial Ramírez Salce, juez. La presente sentencia ha sido firmada por el Magistrado Pedro Marcial Ramírez Salce, el mismo día, mes y año señalado al inicio de la misma, lo que certifico con mi firma y el sello del tribunal, Magalis Ana Iris Santana Melenciano, Secretaria. La sentencia de divorcio fue pronunciada en fecha veintidós del mes de junio del año dos mil dieciocho (22/06/2018), por ante la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional y transcrita en el Libro Registro de Divorcio No. 00016, Folio del No. 0053, bajo el acta No. 001317, Año 2018. La presente publicación ha sido autorizada por la abogada infrascrita, en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los seis (06) días del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018).

Licda. SONIA SANCHEZ DE POLANCO Abogado

LICDA. MILVIA ALTAGRACIA VARGAS MORROBEL, Abogada.

EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO De conformidad con la ley el señor ROBERTO LUIS LAJARA HERNÁNDEZ, dominicana, mayor de edad, casado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 093-00377240, domiciliado y residente en esta ciudad de Hato Mayor del Rey y quien tiene como Abogada constituida y apoderada especial a LICDA. ANIBERTHA CASTRO MELLA, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. 027-00252527, matricula No. 26865-685-03, con estudio profesional abierto en la calle Respaldo Duverge No. 27, Proyecto Rondón sector Puerto Rico de la ciudad de Hato Mayor del Rey, advierte a la señora MATHILDE DARGENTOLLE, cuyo domicilio se desconoce actualmente, que procederá a emplazaría en acción de divorcio por Incompatibilidad de Caracteres con todas sus consecuencias legales, por ante la Magistrada Procuraduría Fiscal de Hato Mayor del Rey el día 19 de Junio del año 2018, para que comparezca a la audiencia que se celebrará en la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia Del Distrito Judicial de Hato Mayor del Rey, ubicada en el Km. 1, carretera Hato Mayor-Salida Hacia Yerba Buena, EN EL TRIBUNAL, de esta ciudad de Hato Mayor, el día 31 de Julio del año 2018, a las 9:00 AM., Tribunal que celebra sus audiencias en uno de los salones del Palado de Justicia, ubicado en la carretera Hato Mayor - Yerba Buena Km. 1 de esta ciudad de Hato Mayor del Rey.

FC 359876

(AC-13577-CEA-DEV)

FC359891

FC 359878

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AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA CON MOTIVO DE EJECUCION PRENDARIA

Para general conocimiento y de conformidad con lo establecido en el artículo 42 de la ley de divorcio No. 1306-bis, se hace de público conocimiento lo siguiente: La Octava Sala para asuntos de familia de la Cámara Civil y comercial del Juzgado de primera instancia del Distrito nacional, dictó la sentencia No.01071-18, Exp. No.533-2018-Econ-00871 de fecha trece (13) del mes de Junio, del año Dos mil dieciocho (2018), cuya parte dispositiva dice así: UNICO HOMOLOGA el acto de Estipulaciones y convenciones No.38-2018, de fecha 11 de Abril del 2018, firmado por los esposos FREDDY ALEXANDER JIMENEZ ABREU Y YUNEUDY ALTAGRACIA PEÑA DE JIMENEZ, por ante el Lic. Ramón Matías Gómez Feliz , en fecha 06/04/2018 transcrito mas arriba en esta sentencia SEGUNDO: Otorga la guarda y cuidado del menor Fedry Sebastian, a cargo de su madre Yuneudy Altagracia Peña Peña, TERCERO: FIJA EN LA SUMA de Doce Mil pesos (12,000.00) la pensión alimentaria que tendrá que el Sr. Freddy Alexander Jiménez Abreu, la cual pagará en manos de la madre, la Señora Yuneudy Altagracia Peña Peña, CUARTO: Ordena , manda y firma: Daisy Miguelina Abreu Urbaez, Juez: Registrado en la oficialía del Estado Civil de la Ira Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha día nueve (9) del mes de Julio del año 2018, en el libro 0017, folio No. 0113, acta no. 001450 del año2018. La Sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Magistrada Jueza de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la secretaria que certifica. A los Doce (12) días del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018).

Conforme el At. 42 de la ley 1306-Bis sobre divorcios en la Rep. Dominicana, y sus modificaciones se hace de público conocimiento que en fecha 7 de JUNIO del año 2018 la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega dictó la sentencia no. 209-2018-SSEN-00466, cuyo dispositivo dice asi: FALLA : PRIMERO: admite el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos MARIA BACILIA ABREU RODRIGUEZ Y WILLIAM ALBERTO ABREU JEREZ, conforme el acto de estipulaciones de divorcio instrumentado por el LIC. SANTIAGO TRINIDAD PEÑALO Notario Público de los del número para el Municipio de Jarabacoa, en fecha veinte y ocho (28) del mes de marzo del año dos mil dieciocho (2018) transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Ordena a la parte más diligente que comparezca por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente, a los fines de hacer pronunciar el divorcio que se admite por la presente sentencia, previo el cumplimiento de las formalidades del caso. TERCERO: Compensa las costas por tratarse de litis entre esposos. Nuestra sentencia asi se pronuncia , ordena, y firma. Magistrada Ircania Victoria Hernandez Trinidad, Jueza Presidenta Y Josefina Paulino Batista, Secretaria. Fue pronunciado por el Oficial del Estado Civil de la 1ra. Circunscripción municipio Jarabacoa, transcrito en el Libro de registro de Divorcios No.2; folio 97; Acta no.149 en fecha 20 de junio del año 2018. En la ciudad y municipio de Jarabacoa, Provincia La Vega, Rep. Dominicana, a los 14 días del mes de julio del año 2018.

Para General conocimiento y en virtud de la Ley No.6186 de fecha 12 de febrero del 1963, sobre Fomento Agrícola y sus modificaciones, se hace saber que ha sido fijada, para el día MIERCOLES, que contaremos a Veinticinco (25), del mes de Julio del Año DOS MIL DIECIOCHO (2018), a las NUEVE (9:00) horas de la mañana, por ante el Juzgado de Paz del Municipio de Bajo de Haina, ubicado en la calle Américo Lugo, Núm. 182, del Municipio de Haina, se conocerá la Venta en Pública Subasta en Audiencia de Pregones al mejor postor y último subastador del bien dado en garantía por la señora NUEVA DELYS GARCIA PEREZ, el vehículo se encuentra actualmente en la oficina del Banco de Reservas de la República Dominicana, Sito en la avenida 27 de febrero Núm. 336, edificio bella, 27 ensanche Bella Vista, del Distrito Nacional, con la siguiente descripción: “UN JEEP, MARCA HUNDAI, MODELO TUCSON, AÑO: 2016, COLOR GRIS, MOTOR SERIE NUM.G4NAFU043123, CON CAPACIDAD DE CINCO (05) PASAJEROS, FUERZA MOTRIZ 2000, CUATRO CILINDROS, QUINCO PUERTA; CHASIS NUM.KMHJ2813BGU058026, REGISTRO DE PLACA G352582, MATRICULA NUM.7034095, PROPIEDAD DE: NUEVA DELYS GARCIA PEREZ”, mediante Contrato de Prenda suscrito en fecha doce (12) días del mes de octubre del año Dos Mil quince (2015), debidamente inscrito en el Juzgado de Paz del Municipio de Bajo de Haina en fecha 16 de febrero del año 2016, a favor del BANCO DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA. El precio de la primera puja será la suma de OCHOCIENTOS TREINTA MIL CIENTO CUARENTA Y DOS PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$830,142.00), conforme a la tasación de fecha 6 del mes de julio del 2018, por el tasador Pedro Julio Avilés, sin perjuicios de las costas a liquidar hasta la adjudicación, que es el precio total que fija el persiguiente para la subasta de dicho bien mueble. Se advierte a todo licitador que deberá depositar previamente en manos del Alguacil en funciones de vendutero público una garantía en efectivo o en cheque certificado, por la suma no inferior al 10% del precio de la primera puja fijada por el persiguiente. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los Catorce (14) días del mes de Julio del Año Dos Mil Dieciocho (2018).

LIC. ARNURFO LEONARDO AVILA ABOGADO APODERADO FC359912

Lic. Marino Antonio Cordero Núñez Por sí y por los señores Licda. Montesoris García Ventura y Licdo. Ramón E. Medina Custodio, Abogados del Persiguiente.

LICDA. YUDHY ALTAGRACIA TAPIA VALERIO Abogada (AC-13578-WP)

FP 27114


SABADO 14 DE JULIO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

14 LEGAL PUBLICACION DE DIVORCIO

AVISO DE INCORPORACION

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En cumplimiento de las disposiciones del Art. 42 de la Ley 1306-Bis sobre divorcio, se hace de público conocimiento que en fecha veintisiete (27) del mes de abril del año dos mil dieciocho (2018), la Segunda Sala Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, dictó en sus atribuciones civiles su sentencia civil marcada con el No.209-2018-SSEN-00346 cuyo dispositivo dice lo siguiente: FALLA: PRIMERO: ratifica el defecto pronunciado en audiencia contra la parte demandada, JEAN CARLOS DIAZ MARTINEZ, por falta de comparecer, no obstante citación. SEGUNDO: Admite el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de caracteres entre ROMULA MORONTA DE LA CRUZ y JEAN CARLOS DIAZ MARTINEZ. TERCERO: Ordena que la parte más diligente que comparezca por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente, a los fines de hacer pronunciar el divorcio que se admite por la presente sentencia, previo el cumplimiento de las formalidades del caso. CUARTO: Compensa las costas del procedimiento y COMISIONA al ministerial HECTOR OCTAVIO VALDEZ ACOSTA, alguacil ordinario de la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, para que notifique la presente sentencia. NUESTRA SENTENCIA, ASÍ SE PRONUNCIA, ORDENA, Y FIRMA. MAGISTRADA IRCANIA VICTORIA HERNANDEZ TRINIDAD, JUEZA PRESIDENTA Y JOSEFINA PAULINO BATISTA, SECRETARIA. La sentencia que admite este divorcio fue pronunciada en fecha diez ( 10 ) del mes de julio del año Dos Mil Dieciocho (2018), por la Oficialía del Estado Civil de la Segunda Circunscripción del Municipio de La Vega, la cual fue inscrita en el Libro destinado a esos fines marcado con el No.00004,Folio No. 0013, Acta No.000307 del año 2018. En la Ciudad, Municipio y Provincia de La Vega, República Dominicana, hoy catorce (14) del mes de julio del año Dos Mil Dieciocho (2018).

En cumplimiento con las disposiciones del artículo 5 párrafo II, de la ley 122-05, se hace de público conocimiento que mediante la Resolución No. 00012 de fecha 27 de junio del 2018, el honorable Magistrado Jean Rodríguez, Procurador General de la República, fue otorgado el beneficio de incorporación a la Asociación sin fines de lucro Fundación para el Desarrollo Integral de la Juventud, (FUNDAJUVE), con su domicilio en la calle 38 No. 6 sector Villas Agrícolas, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional de la República Dominicana, tiene como finalidad desarrollar proyecto en pro y defensa de los niños, jóvenes y del ciudadano afectado por la extrema pobreza, sus miembros fundadores y directiva son: siete (7) personas JUAN MARIA MORENO CASTILLO (PRESIDENTE); MARIA DE JESUS MORENO CASTILLO (DIRECTORA EJECUTIVA); VICTORIA MORENO CASTILLO (PRIMER VICEPRESIDENTE); ROBERTO BRITO PEREZ (SEGUNDO VICEPRESIDENTE); LUIS ANTONIO CRUZ ROJAS, (TERCER VICEPRESIDENTE); NICOLAS SOTO MORENO (SECRETARIO); MIGUEL MERCEDES GRULLON RODRIGUEZ (COMISARIO DE CUENTAS), la misma está constituida por tiempo indefinido. En Santo Domingo, Distrito Nacional, a los días veintisiete (27) del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018).

En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: A) Que en fecha VEINTITRES (23) del mes de ABRIL del año DOS MIL DIEZ Y OCHO (2018) en curso, la SEXTA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, especializada en asuntos de familia, dictó en sus atribuciones civiles y en materia de divorcio, una sentencia marcada con el número 531/2018/SSEN/00709 de fecha 23/04/2018, con el dispositivo siguiente: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la presente acción de divorcio por mutuo consentimiento por haber sido hecha de acuerdo a la ley; y en cuanto al fondo DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Juan José Portorreal Basarte y Fátima Dolores De Jesús Rodríguez, de conformidad con el acto de convención y de estipulaciones de divorcio No. 04, instrumentado en fecha 22 del mes de agosto del 2016, por ante la Licda. Olga Alt. Del R. Quezada Cabrera, Abogada Notario Público de los del número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma (Firmados: SCARLET R. VARGAS ROSSIS, Juez Suplente; MIRTHA M. DE LA CRUZ DIAZ, Secretaria). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Magistrada Jueza de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica. B) Que en fecha VEINTISIETE (27) del mes de JUNIO del año dos mil diez y ocho (2018) en curso, la OFICIAL DEL ESTADO CIVIL DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCION DEL DISTRITO NACIONAL, pronunció el divorcio admitido por dicha sentencia, el cual inscribió en el Libro No. 16, de Registros de Divorcios, Folio No. 141, Acta No. 1362, año 2018. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, hoy día DOCE (12) del mes de JULIO del año DOS MIL DIEZ Y OCHO (2018).

JUAN MARIA MORENO CASTILLO, Presidente. FC 359875

LIC. VIRGILIO R. MENDEZ Abogado Apoderado.

AVISO PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO (DUPLICADO DE ACREEDOR)

(AC-13569-PC)

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA DE INMUEBLE Para general conocimiento y de conformidad con las disposiciones legales vigentes, se hace saber que ha sido fijada para el día 24 del mes de Julio del año 2018 a las 9:00 horas de la mañana, para proceder a la venta en pública subasta al mayor postor y último subastador, por ante el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San José de Ocoa, en sus salones de audiencias públicas, sito en el edificio No.5 de la calle General Cabral a esquina Matías Martínez, segundo nivel, de los siguientes inmuebles: 1.- INMUEBLE: identificado como parcela 1510 Distrito Catastral No.2, municipio y provincia de San José de Ocoa, que tiene una superficie de 38,270 metros cuadrados, identificada con la matrícula 0500022130, con un valor de tasación de UN MILLON DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL PESOS ORO, RD$1,255,000.00) MONEDA NACIONAL DE CURSO LEGAL; 2.- INMUEBLE: identificado como parcela 598 A, con una mejora de cemento pulido gris, las paredes de bloques de 8”, techo de hormigón armado, con puertas metálicas de tola, con pinturas en mal estado y con persianas de tola, valorada según tasación de arquitecto designado como perito en la suma de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ORO, (RD$2,500,000.00) MONEDA NACIONAL DE CURSO LEGAL Distrito Catastral No.2, municipio y provincia de San José de Ocoa, que tiene una superficie de 500 metros cuadrados, identificada con la matrícula 0500022129. 3.- INMUEBLE: identificado como Solar 3-B-2, manzana 32 Distrito Catastral No.1, municipio y provincia de San José de Ocoa, que tiene una superficie de 505.70 metros cuadrados, identificada con la matrícula 05000221127, con un valor de tasación de OCHO MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS ORO, (RD$8,700,000.00) MONEDA NACIONAL DE CURSO LEGAL, en cuya Secretaría se encuentra depositado el Pliego de Cargas, Cláusulas y Condiciones que regirá dicha venta, a fin de que cualquier interesado tome conocimiento del mismo. Que dicha venta de los inmuebles han sido perseguidos en perjuicio de DORIS RODRIGUEZ CASADO, a diligencias y persecución de GELIO A. RODRIGUEZ CASADO, NILDA RODRIGUEZ CASADO Y NILBA RODRIGUEZ CASADO, quienes tienen como abogado constituido y apoderada especial al DR. MARTIN W. RODRIGUEZ BELLO, con estudio de abogado abierto de manera permanente en la avenida Tiradentes No. 14, Edificio Alfonso Comercial, 3er piso, del Sector de Naco, de la Ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional y estudio profesional AD-HOC, para los fines y consecuencias del presente acta, en la calle Luperón No. 30 esquina Calle Colón, de esta ciudad de San José de Ocoa, en cuyo estudio de abogado hacen formalmente elección de domicilio la parte demandante. ACTOS NOTIFICADOS: Acto No. No. 457-2018, de fecha tres del mes de Mayo del año dos mil dieciocho, del ministerial Domingo Estanislao Díaz Pujols, alguacil ordinario del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San José de Ocoa, en el cual se le requirió y conminó a la señora DORIS RODRIGUEZ CASADO, para que en el prorrogable plazo de tres (03) días franco, oferte la compra de los inmuebles en su condición de codueña, de los inmuebles cuya venta en pública subasta se persigue. Pliego de condiciones para la venta en pública subasta, de fecha 09 del mes de Mayo del año dos mil dieciocho, fue depositado en la Secretaría del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San José de Ocoa, en fecha 14 del mes de Mayo del año 2018, debidamente denunciado por ministerio de alguacil. Los persiguientes han fijado un diez por ciento (10%) sobre el valor de los inmuebles descrito anteriormente, asimismo se advierte que las pujas sólo serán recibidas por ministerio de abogado, el deudor y los acreedores inscritos, serán citados por actos de alguacil para presencial la venta. En el municipio de San José de Ocoa, cabecera de la provincia del mismo nombre, República Dominicana, a los once (11) días del mes de Julio del año dos mil dieciocho (2018).

DR. MARTIN W. RODRIGUEZ BELLO, Abogado. FC 359892

Por este medio, con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 92 de la Ley No. 108-05, sobre Registro Inmobiliario de la República Dominicana y el Artículo 86 del Reglamento General de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificación de título (Registro del acreedor) número dos, cero, cero, tres, guión, uno, dos, nueve, dos, ocho, (NO.2003-12928), mediante el cual se constatan el siguiente gravamen: Hipoteca en primer rango a favor de la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos por la suma de trecientos cincuenta y cinco mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$355,000.00), en virtud del acto de fecha veinte (20) del mes de noviembre del año dos mil tres (2003), inscrito por el Registrador de Títulos del Distrito Nacional en fecha dieciséis (16) del mes de diciembre del año dos mil tres (2003); sobre el inmueble identificado catastralmente como: “Parcela No.3-B-87 (Tres-B-Ochenta y Siete) del Distrito Catastral No. 6 (Seis) del Distrito Nacional, Sección San Luis, Urb. Los Prados de San Luis, Parcela que tiene una extensión superficial de DOSCIENTOS SEIS PUNTO OCHENTA Y SIETE (206.87) Metros cuadrados; y está limitada: al Norte, Parcela No.3-B-77, Parcela No.3-B-78; al Este, Parcela No.3-B-80; al Sur, Parcela No.3-B-86; y al Oeste, Parcela No. Calle B”, derecho de Propiedad de la señores YOVANNY PEREZ RODRIGUEZ Y LUIS ERNESTO ENCARNACION, portadores de las cedulas de identidad y electoral números cero, cero, uno, guión, cero, cero, cero, siete, uno, tres, cuatro, guión, nueve (No.001-0007134-9) y cero, cero, uno, guión, cero, tres, uno, uno, seis, nueve, cero, guión, uno (001-0311690-1, respectivamente, se encuentra extraviado.

Siqueily Reyes, Abogada. FC 359873

PODER JUDICIAL República Dominicana Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original del Distrito Judicial de Samaná Aviso De Requerimiento, Auto De Emplazamiento Y De Fijación De Audiencia Al Agrimensor: NORBERTO ANTONIO LABOUR. Solicitante: MARTIRES HERNANDEZ. Del: Tribunal de Tierras Jurisdicción Original – Samaná Referencia: Expediente No. 16-0065. Motivo: SANEAMIENTO. Inmuebles: Provincia SAMANA, Municipio SANTA BARBARA DE SAMANA DC Pos 417243108399; 417243203960; DC 7; PARCELA 285; A todos a quienes pueda interesar: FERMIN TRINIDAD, FELIX TRINIDAD (RAFAEL TRINIDAD), MANUEL PINCEL. En virtud del artículo No. 50 del Reglamento de los Tribunales Superiores de Tierras y de Jurisdicción Original, se citan: A las personas mencionadas y a todas aquellas que crean tener algún interés o derecho sobre este inmueble a sanear, para que se presenten por ante este Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de Samaná, ubicado en la calle María Trinidad Sánchez No.17 edificio del Palacio de Justicia de la ciudad de Samaná, a la audiencia fijada para el día 09/08/2018 a las 09:00 a.m., a fin de dar conocer los derechos que considere presentando de forma legal las pruebas en la que basan y formulan su reclamación ante este Tribunal de primer grado. DADO: En nuestro despacho en la ciudad de SANTA BARBARA DE SAMANA, Provincia SAMANA, hoy día 12 de JULIO de 2018, Años 174 de la INDEPENDENCIA y 154 de la RESTAURACION. Atentamente, DARLIN LOPEZ Juez Presidente del Tribunal de Tierras J.O. – Samaná (PLM-RC-6987-RD)

“ASTORT, C. POR A.” Capital Social Autorizado: RD$150,000.00 Capital Suscrito y Pagado: RD$150,000.00 RNC Número 101506172 Registro Mercantil No. 13334SD Domicilio Social: Ave. Francia No. 123, Edif. Khouri, Gazcue, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana. AVISO DE TRANSFORMACION De conformidad con las disposiciones del Artículo 445 de la Ley No.479-08 relativa a las Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, del 11 de diciembre del 2008, y sus modificaciones, se hace de conocimiento general el Proyecto de transformación de la compañía “ASTORT, C. POR A.” a una Sociedad de Responsabilidad Limitada, proyecto que implicaría: 1) La modificación del nombre de la misma por el de “ASTORT, S. R. L.”, regida por las leyes de la República Dominicana y sus Estatutos Sociales; 2) El Capital Social Autorizado de la suma de CIENTO CINCUENTA MIL PESOS DOMINICANOS (RD$150,000.00) dividido en Mil Quinientas (1,500) Cuotas sociales, cada una con un valor nominal de CIEN PESOS (RD$100.00); en principio, estas cuotas serían intransferibles a favor de personas que no fueren socios de dicha sociedad, a menos que la transferencia no cuente con el consentimiento de la mayoría de socios que representen por lo menos 3/4 partes de las cuotas sociales. Sin embargo, las cuotas sociales serán libremente transmisibles por vía de sucesión o liquidación de comunidad de bienes entre esposos; también serán libremente cesibles entre ascendientes y descendientes. 3) El objeto de dicha entidad se mantendrá como el descrito en el momento de su constitución, esto es, la promoción y administración inmobiliaria, inversiones tales como compra y venta de bienes inmuebles, el mejoramiento de terrenos y predios agrícolas, la urbanización de parcelas y la realización de actividades tendentes al fomento y desarrollo del turismo en el país; así como toda clase de actividad comercial relacionada con el objeto principal, y cualquier otra actividad no prohibida por la ley; 4) Lo mismo resultaría con su domicilio, establecido en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana; 5) La empresa será administrada por uno o varios gerente(s), quienes deberán ser personas físicas, designados estatutariamente o por un acto posterior de la sociedad; serán designados para un período fijado por los estatutos que no excederá de seis años y será opción de la sociedad designar o no comisario de cuentas; 6) La duración de la empresa será indefinida. A los fines de conocer y aprobar el referido Proyecto así como el balance financiero especial, el informe del Consejo de Directores y un informe general elaborado por el Comisario de Cuentas de la sociedad se convoca a los accionistas de la Compañía “ASTORT, C. POR A.” a la Asamblea General Extraordinaria que se celebrará a las 4:00 p.m., en el domicilio social de la Compañía el día Primero (1ro.) del mes agosto del año dos mil dieciocho (2018). El proyecto de transformación de la Compañía, junto con el Informe del Comisario de Cuentas, el balance especial y el informe del Consejo de Directores estarán a disposición de los accionistas en el domicilio de la Compañía. En Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los Doce (12) del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018).

RUBEN R. ASTACIO ORTIZ, Presidente. FP 98455

DR. PEDRO BEREGUETE HICHEZ, Abogado apoderado de los cónyuges. FC 359877

EDICTO PARA ANUNCIAR LA VENTA En virtud de la ley 189-11, del 16-7-2011. A los fines de dar cumplimiento a las disposiciones del artículo 158 de la Ley 189-11, se hace de público conocimiento que ha sido fijada para el día MARTES siete de agosto del 2018, a las nueve horas de mañana (9:00 a.m.); la audiencia pública de pregones, en que se procederá a la venta en pública subasta al mejor postor y ultimo subastador, que celebrara la Cámara Civil y Comercial de la Segunda Sala del Juzgado de Primera Instancia del distrito judicial de La Vega, sito en uno de los salones de la tercera planta del Palacio de Justicia de esta ciudad de La Vega, ubicado en la intersección de las calles García Godoy, esquina Monseñor Panal, del siguiente inmueble: Parcela No.315221648367, de La Vega, con un área de 3,826.82 metros cuadrados, dentro de la matrícula no.3000219257, emitida a nombre de MARIA DE JESUS DIAZ FLORENTINO, propiedad ubicada en ranchito, La Vega, carretera La TalaRanchito, actualmente con una mejora en construcción de bloques de cemento, con todas sus dependencias y anexidades. Embargo inmobiliario hecho en perjuicio de MARIA DE JESUS DIAZ FLORENTINO, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la cedula No.047-0075771-1, domiciliada y residente en La Vega; perseguido por ELSIDO GORIS NUÑEZ, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cedula de identidad y electoral No.051-0001148-4, domiciliado y residente en Avenida Pedro A. Rivera, KM 3, Tramo La Vega-Santiago, de la ciudad de La Vega; quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. CARLOS D. GOMEZ RAMOS, dominicano, mayor de edad, soltero, provisto de la cédula de identidad, personal y electoral No.0470174019-5, Abogado de los Tribunales de la República, regularmente inscritos en el Colegio de Abogados de la República Dominicana, con estudio profesional en común abierto en la oficina de abogados “HM & ASOCIADOS”, ubicada en el No.15 de la calle Chefito Batista; lugar donde tanto los requerientes como sus abogados apoderados hacen elección de domicilio para todos los fines del presente acto. El mandamiento de pago fue notificado al embargado el día 7-6-2018, mediante el acto No.690/2018, del ministerial Omar Francisco Concepción Alejandro, Alguacil Ordinario de la Corte de Apelación de Niños, Niñas, y Adolescentes, del Departamento de La Vega, convertido de pleno derecho en embargo inmobiliario de conformidad con la ley 189-11. El acto ante mencionado conjuntamente con el poder para embargar fueron inscritos por ante el registrador de Títulos correspondiente en fecha 25-6-2018. El pliego de condiciones, fue depositado en fecha 5-7-2018, ante la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial de La Vega, y posteriormente designada la segunda sala civil. El precio de la primera puja fijado por la persiguiente es la suma de de UN MILLON SEISCIENTOS SESENTA Y UN MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$1,661,000.00), en el cual se encuentra cubierto e pago correspondiente a la acreencia inscrita en primer rango, perteneciente a Elsido Goris Núñez, más los gastos, intereses y honorarios del procedimiento aún no liquidados, devengados hasta la fecha de hoy, de conformidad con la Ley y el contrato de hipoteca convencional. Un cinco por ciento (05%) del precio de la primera puja, en cheque bancario certificado por una institución bancaria de la Republica Dominicana, o efectivo, deberá ser depositado en la Secretaría del Juzgado de Primera Instancia de la Segunda Sala Civil y Comercial, del distrito judicial de La Vega, sin cuyo requisito no será admitido licitar, de conformidad con el pliego de condiciones depositado en la secretaría de dicho tribunal, en fecha 5-7-2018. Se advierte que las pujas solo serán recibidas por ministerio de abogado. El deudor será citado por acto de alguacil para presenciar la venta. En la ciudad de la Concepción de La Vega, municipio y provincia de La Vega, a los trece (13) días del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018).

LIC. CARLOS D. GOMEZ RAMOS (AC-13570-PC-1/2)


SABADO 14 DE JULIO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Expediente No.6632018026048, Vista la autorización de fecha 11 de Julio del año 2018, dictada por la Dirección Regional de Mensuras catastrales, Departamento central, mediante la cual se AUTORIZA al Agrimensor Agrim. Ruddy Bienvenido Liranzo Díaz, Codia No.6160, para que realice los Trabajos de Deslinde en la Parcela No.183-REF-A-550, D.C. No.06, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, Certificado de Titulo No.97-10919, a nombre de Ricardo de la Cruz Reynoso. Darán inicios estos trabajos el día Veintiuno (21) de Julio del año 2018, a las 09:30 horas de Mañana. AGRIM. RUDDY BIENVENIDO LIRANZO DÍAZ CODIA NO. 6160 Fc359897

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Expediente No.6632018026056, Vista la autorización de fecha 11 de Julio del año 2018, dictada por la Dirección Regional de Mensuras catastrales, Departamento central, mediante la cual se AUTORIZA al Agrimensor Agrim. Ruddy Bienvenido Liranzo Díaz, Codia No.6160, para que realice los Trabajos de Deslinde en la Parcela No.183-REF-A-550, D.C. No.06, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, matrícula No.0100078024, a nombre de María Yluminada Hernández Batista. Darán inicios estos trabajos el día Veintiuno (21) de Julio del año 2018, a las 09:00 horas de la mañana.

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO De conformidad con las disposiciones del artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio y para que sea de general conocimiento, se hace de público conocimiento, que en fecha 14 del mes de junio del año 2018, la Séptima Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó la Sentencia Civil marcada el No.532-2018-SSEN-01266, cuya parte dispositiva copiada textualmente es como sigue: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores Gabino Morla Castillo y Danaris Altagracia Peña Moreno, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley; SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: a) Declara disuelto el vínculo matrimonial entre los señores Gabino Morla Castillo y Danaris Altagracia Peña Moreno, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y de estipulaciones de divorcio No.15/2018, instrumentado en fecha 12 de abril del 2018, por el Dr. Rafael A. Fantasía M., por los motivos expuestos; b) Otorga la guarda y custodia de las menores de edad Gabriela y Genessys, a cargo de su señora Danaris Altagracia Peña Moreno; acordado el acto de convenciones y estipulaciones No.15/2018, instrumentado en fecha 12 de abril del 2018, por ante el Dr. Rafael A. Fantasía M., Notario Público de los del Número para el Distrito Nacional, por los motivos expuestos; c) Homologa y fija la Pensión Alimentaria estipulado y pactado por los cónyuges en causa, en el monto de ocho mil pesos dominicanos (RD$8,000.00), mensuales de conformidad al acto de Convenciones y Estipulaciones No.15/2018, de fecha 12 de abril del 2018, instrumentado por el Dr. Rafael A. Fantasía M., Abogado Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por las consideraciones que preceden; TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se ordena, manda y firma: Pedro Marcial Ramírez Salce, Juez. La presente Sentencia ha sido firmada por el Magistrado Pedro Marcial Ramírez Salce, el mismo día, mes y año señalado al inicio de la misma, lo que certifico con mi firma y el sello del tribunal, Magalis Ana Iris Santana Melenciano, Secretaria. Que dicho divorcio fue pronunciado en la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, inscrito en el Libro No. 00016, de registros de divorcio, Folio No. 0198, Acta No. 001390, del año Dos Mil Dieciocho (2018). En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los Trece (13) días del mes de julio del año Dos Mil Dieciocho (2018).

LICDA. EUGENIA ROSARIO VOLQUEZ, Abogada Apoderada.

AGRIM. RUDDY BIENVENIDO LIRANZO DÍAZ CODIA NO. 6160 Fc359897

FC 359881

FE DE ERRATA SOBRE AVISO DE DESLINDE Expediente No.663201801807 Se avisa al público en general, que en fecha 24/05/2018, por ERROR fue publicado en el Periódico Nuevo Diario, Edición 11754, de fecha 24/05/2018, que el día miércoles que contaremos a treinta (30) de mayo del año Dos Mil Dieciocho (2018), a las 11:30 a.m., se dará inicio a los trabajos de Deslinde de una porción de terreno dentro de la Parcela No.87 y 88, del D. C. No.15, del Municipio Santo Domingo este, Provincia Santo Domingo, cuando lo correcto es Solar No.11, Manzana 617, del D. C. No.1, del Distrito Nacional, con un área de 210.00 metros cuadrados, propiedad de la señora Luisa Milagros Jiménez Linares, representada por Dilenny Rafaela Alcántara. El inmueble se encuentra ubicado en la calle La Esperilla, No.15, San Juan Bosco, Distrito Nacional. Se avisa para los fines correspondientes.

AGRIM. RUDDY BIENVENIDO LIRANZO DÍAZ CODIA NO. 6160 Fc359897

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO En virtud de lo que estable el Articulo 86 del Reglamento General de los Registros de Títulos para su aplicación de la Ley de Reglamento Inmobiliario 108-05, se hace de público conocimiento, la perdida de la Designación Catastral correspondiente a la Parcela No. 4153, del D.C. Samaná, matrícula No.300052809, que ampara el derecho de propiedad de los señores; PANCRAZIO MISEO Y GIOVANNA SOLDO, la cual se encuentra extraviado. FC359916

Sr. PANCRAZIO MISEO Sr. GIOVANNA SOLDO Que en virtud de lo establecido en el artículo noventa y dos (92) de la Ley número ciento ocho guión, cero cinco (108-05) de fecha dos (02) del mes de abril del año dos mil cinco (2005), sobre Registro Inmobiliario y de la Resolución emitida por la Suprema Corte de Justicia (5CJ), en fecha primero (01) del mes de febrero del año dos mil siete (2007) se publica la pérdida del Duplicado de Acreedor Hipotecario en primer rango a favor del Banco BHD, S. A. Banco Múltiple correspondiente al inmueble identificado como Parcela número cinco, cero, cero, tres, nueve, cinco, cuatro, cero, cero, tres, cinco, cuatro (500395400354), ubicado en La Romana, que tiene una superficie de dos, coma, uno, uno, uno, punto, uno, cinco (2,111.15) metros cuadrados, matrícula número dos, uno, cero, cero, cero, uno, seis, cuatro, cinco, cero (2100016450). Propiedad de la sociedad Banco BHD, S.A.-Banco Múltiple.

AVISO DE PERDIDA DEL DUPLICADO DEL DUEÑO DE LA CONSTANCIA ANOTADA MATRICULA NO. 0100022362, EXPEDIDO A FAVOR DE ELIZABETH ROSARIO MATOS CRUZ POR EL REGISTRO DE TITULOS DEL D. N. Se hace constar que se ha extraviado la Constancia Anotada (Duplicado del Dueño) de la matricula No. 0100022362, correspondiente al inmueble identificado como una porción de terreno con una superficie de 1,787.48 metros cuadrados, identificada con la matricula no. 0100022362, dentro del inmueble: Parcela 39-B-REF-5, del Distrito Catastral No. 06 ubicada en Santo Domingo de Guzmán, expedido a favor de ELIZABETH ROSARIO MATOS CRUZ. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Republica Dominicana, a los doce (12) días del mes de julio del 2018. FC359906

PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento con las disposiciones de la Ley 1306 Bis, sobre divorcio, se hace de público conocimiento que en fecha cinco (5) de Marzo del año dos mil dieciocho (2018) la Sexta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo, Municipio Este, dictó en sus atribuciones civiles de familia la Sentencia No.1445-2018-SSE00086 relativa al expediente No. 1445-2018-SSEN-00086, cuyo dispositivo dice así: F A L L A PRIMERO: Se DECLARA, BUENA Y VALIDAD en cuanto a la forma la presente demanda en divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, intentada por el señor JOSÉ RAMÓN MADURO DE LA CRUZ, en contra de la señora SANTA ALTAGRACIA REYNOSO DE JESUS, por haber sido interpuesta conforme al derecho. SEGUNDO: En cuanto al fondo ACOGE la misma, en consecuencia, admite el divorcio entre los esposos, señor JOSE RAMÓN MADURO DE LA CRUZ y la señora SANTA ALTAGRACIA REYNOSO DE JESUS, Por la causa determinada de Incompatibilidad de caracteres, RELATIVO al matrimonio efectuado entre ellos en fecha trece (13) de Junio del año mil novecientos noventa y seis (1996) por ante la Oficialía del Estado Civil de la Circunscripción del Distrito Nacional, en razón de las consideraciones expuestas en la parte motivacional de esta decisión. TERCERO: ORDENA el pronunciamiento de este divorcio por ante la Oficialía de Estado Civil de la 16va. Circunscripción de Los Alcarrizos finalizado el plazo de los Dos Meses, de la acción recursiva correspondiente, sin que este se haya ejercido, esto así conforme a los artículos 16 y 17 de la Ley No. 1306 bis. CUARTO: Se Compensa las costas por tratarse de litis en materia de familia. La presente sentencia ha sido firmada por la Ysabel Guzmán Paredes, Jueza Titular, y la Infrascrita secretaria - interina Yanira Concepción Prensa. El presente divorcio fue pronunciado en ejecución de la sentencia que se pública en fecha Doce (12) de Julio del año 2018, por el Oficial del Estado Civil de la Decimosexta (16va.) Circunscripción de Los Alcarrizos, en donde aparece transcrita, en el libro No. 0001, Acta No. 000045, en el Folio No. 0089 del año 2018. La presente publicación ha sido autorizada por el LICDO. JUAN JESUS MATOS REYES, apoderado de la demandante. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, -Capital de la República a los catorce días del mes de Julia del año Dos mil dieciocho (2018).

LICDO. JUAN JESUS MATOS REYES Abogado apoderado. FC359917

“MIDOR, S. A.” Capital Social Autorizado: RD$10,000.00 Capital Suscrito y Pagado: RD$10,000.00 RNC Número 101500085 Registro Mercantil No.13326SD Domicilio Social: Calle San Juan Bautista de la Salle No. 144, Mirador Norte, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana. AVISO DE TRANSFORMACION De conformidad con las disposiciones del Artículo 445 de la Ley No.479-08 relativa a las Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, del 11 de diciembre de 2008, y sus modificaciones, se hace de conocimiento general el Proyecto de transformación de la compañía “MIDOR, S.A.” a una Sociedad de Responsabilidad Limitada, proyecto que implicaría: 1) La modificación del nombre de la misma por el de “MIDOR, S. R. L.”, regida por las leyes de la República Dominicana y sus Estatutos Sociales; 2) El aumento del capital social autorizado de la suma de DIEZ MIL PESOS DOMINICANOS (RD$10,000.00) a la suma de CIEN MIL PESOS (RD$100,000.00), dividido en Mil (1,000) Cuotas sociales, cada una con un valor nominal de CIEN PESOS (RD$100.00); en principio, estas cuotas serían intransferibles a favor de personas que no fueren socios de dicha sociedad, a menos que la transferencia no cuente con el consentimiento de la mayoría de socios que representen por lo menos 3/4 partes de las cuotas sociales. Sin embargo, las cuotas sociales serán libremente transmisibles por vía de sucesión o liquidación de comunidad de bienes entre esposos; también serán libremente cesibles entre ascendientes y descendientes. 3) El objeto de dicha entidad se mantendrá como el descrito en el momento de su constitución, esto es, la promoción y administración inmobiliaria, inversiones tales como compra y venta de bienes inmuebles, el mejoramiento de terrenos y predios agrícolas, la urbanización de parcelas y la realización de actividades tendentes al fomento y desarrollo del turismo en el país; así como toda clase de actividad comercial relacionada con el objeto principal, y cualquier otra actividad no prohibida por la ley. 4) Lo mismo resultaría con su domicilio, establecido en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana: 5) La empresa será administrada por uno o varios gerente(s), quienes deberán ser personas físicas, designados estatutariamente o por un acto posterior de la sociedad; serán designados para un período fijado por los estatutos que no excederá de seis años y será opción de la sociedad designar o no comisario de cuentas; 6) La duración de la empresa será indefinida. A los fines de conocer y aprobar el referido Proyecto así como el balance financiero especial, el informe del Consejo de Directores y un informe general elaborado por el Comisario de Cuentas de la sociedad se convoca a los accionistas de la Compañía “MIDOR, S. A.” a la Asamblea General Extraordinaria que se celebrará a las 9:00 a.m., en el domicilio social de la Compañía el día Primero (1ro.) del mes agosto del año dos mil dieciocho (2018). El proyecto de transformación de la Compañía, junto con el Informe del Comisario de Cuentas, el balance especial y el informe del Consejo de Directores estarán a disposición de los accionistas en el domicilio de la Compañía. En Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los Doce (12) del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018).

RUBEN R. ASTACIO ORTIZ, Presidente. FP 08454

LEGAL 15 AVISO DE CONSTITUCIÓN E INCORPORACION FUNDACIÓN COMUNITARIA CORAZONES ALTRUISTAS (FUNCORA) De conformidad con lo que dispone la Ley 122-05, de fecha ocho (8) de abril del año dos mil cinco (2005), sobre Regulación y Fomento de las Asociaciones sin Fines de Lucro, se hace de público conocimiento lo siguiente: 1º En fecha veintiuno (21) del mes de abril del año dos mil dieciocho (2018), fueron aprobados los Estatutos de la Entidad sin Fines de Lucro: FUNDACIÓN COMUNITARIA CORAZONES ALTRUISTAS, conocido por sus siglas: (FUNCORA), quedando definitivamente constituida, conforme el Acto Constitutivo de fecha veintiuno (21) del mes de abril del año dos mil dieciocho (2018). 2° Esta Entidad ha sido constituida por tiempo indefinido, estando su domicilio social provisional ubicado en la Carretera Sánchez S/N, Distrito Municipal de Matayaya, Municipio de Las Matas de Farfán, Provincia San Juan, República Dominicana; teniendo por Misión u objetivos: a) Participar activamente en la vida socio-educativa de las comunidades y ayudarles a reconocer su condición para superar la misma: b) Promover el desarrollo humano integral de las personas y/o comunidades a través de proyectos educativos, incentivo de las TIC, conferencias, talleres y charlas, distribución de comida, ropas, operativos médicos, entre otros; c) Capacitar a los grupos para que logren un desarrollo, en el ámbito espiritual, educativo, moral y social, d) Fomentar en el individuo la necesidad de cultivar valores positivos, así como lo de gratitud y solidaridad; y e) Desarrollar cualquier otra actividad tendente al beneficio y promoción de los diferentes sectores y al cumplimiento de los objetivos de esta Institución, entre otros. 3° Los Organismos de Dirección de la Entidad son: La Asamblea General y la Junta Directiva. 4° Los miembros de la Primera Junta Directiva son: 1) Juan Castillo, Presidente; 2) Antonio Cruz Amparo, Vicepresidente; 3) Rebeca Santana Guzmán, Secretario (a); 4) Claritza María Pinales Bautista, Tesorero (a); 5) Tomas Ignacio Bautista Castillo, 1er Vocal; 6) Carmen Adolfina Leger Carrasco, 2do Vocal. 7) Jorge Bernardo Fructuoso Mota, 3er Vocal. El tiempo de duración de esta Junta Directiva es de Cinco (5) años a partir de la fecha de su elección. 5° La incorporación fue solicitada, por el Presidente Electo, a la Procuraduría Regional Corte de Apelación, Provincia San Juan. R. D., en fecha: Veintidós (22) del mes de mayo del año dos mil dieciocho (2018), recibiendo ésta, el beneficio de la incorporación, emitida por el Dr. Pedro Antonio Mateo Ibert, Procurador Regional Corte de Apelación. Provincia San Juan, R. D., conforme Resolución No. 0011-2018, de fecha: dos (02) del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018). 6° Las documentos contentivos de esta Institución Sin Fines de Lucro fueron depositados en el Juzgado de Paz y la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de 1ra Instancia del Distrito Judicial de las Matas de Farfán, Provincia San Juan, R. D., en fecha: doce (12) del mes de julio del año Dos Mil Dieciocho (2018). En la Ciudad de Las Matas de Farfán, Provincia San Juan, República Dominicana, a los Trece (13) días del mes de julio del año Dos Mil Dieciocho (2018).

Juan Castillo Presidente-Fundador FC359909

AVISO DE APLAZAMIENTO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO INMOBILIARIO En cumplimiento de las formalidades legales vigentes, se hace de público conocimiento que ha sido aplazada para las nueve horas de 1a mañana (9:00 a.m.) de fecha nueve (9) de agosto del año dos mil dieciocho (2018) y en audiencia de pregones que al efecto celebrará la Cuarta (4ta) Sala de 1a Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en sus atribuciones Civiles, la cual acostumbra celebrar sus audiencias en uno de los salones del edificio que aloja las dependencias del Palacio de Justicia, Tercera Planta, localizado en 1a calle Hipólito Herrera Billini Esq. Juan B. Pérez, de esta Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana; se procederá a la venta y adjudicación, al mayor postor y último subastador, del siguiente inmueble: “unidad funcional 601, identificada como 400401863522: 601, matricula No. 0100134275, del condominio residencial TBC, ubicado en el Distrito Nacional, con un porcentaje de participación sobre las aéreas comunes y la parcela 6.66% y 1 voto en la asamblea condomines, conformada por un sector propio identificado como SP-00-01-010 del bloque 00, ubicado en el nivel 01, destinado como SP1-6-001, del bloque 01, ubicado en el nivel 06, destinado a apartamento con una superficie de 196.8 metros cuadrados, amparado su derecho de propiedad en el Certificado de Título (matrícula No. 0100134275), del duplicado del Acreedor Hipotecario, Propiedad de la COMPAÑÍA J. OLIVO M. EQUIPOS Y CONSTRUCCIONES, SRL, RNC No. 1-30-62464-1, embargado por la COOPERATIVA DE AHORROS, CRÉDITOS Y SERVICIOS MULTIPLES CENTRAL, INC. (COOPCENTRAL), entidad constituida según las leyes de la República Dominicana, con su domicilio social principal sito en la Avenida Expreso V Centenario, Edificio No. 9, del sector Villa Juana, de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de 1a República Dominicana, con Registro Nacional de Contribuyentes RNC No. 41800061-2; debidamente representado por LIC. MANUEL DE JESÚS MORA REYES, dominicanos, mayores de edad, soltero, portador de la cédula de identidad y electoral No. 010-0070718-0, respectivamente. La cual institución tiene como abogado constituido a1 DR. RAMON B. BONILLA REYES, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0471986-9, miembro activo del Colegio de Abogados de la República Dominicana, con estudio profesional abierto en la calle Barahona No. 229, edificio comercial SARAH, Suit 209, Villa Consuelo, Distrito nacional; donde el persiguiente ha realizado y mantiene elección de domicilio, a los fines y consecuencias legales del presente procedimiento ejecutorio; y contra: COMPAÑÍA J. OLIVO M. EQUIPOS Y CONSTRUCCIONES, SRL, RNC No. 1-30-62464-1, domiciliado en la calle Francisco Prats Ramírez no. 252, Casi Esquina Padre Emilio Tardif, Sector Evaristo Morales, al Apartamento No. 601, Residencial TBC, de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, en calidad de (DEUDOR(A) ; y la señora MARTHA IRIS VIDAL VILOMAR, dominicana, mayor de edad, casada, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No 001-1449464-4, domiciliada en 1a calle Urano, No. 03, Res. Los Tres Ojos, Ens. Isabelita, Santo Domingo Este, y el ING. ANTONIO OLIVO RIVAS, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No 001-10110685-3, domiciliado en la Paralela doce, No. 23, de los Prados de Cachón del municipio de Santo Domingo Este, República Dominicana, en calidad de (DEUDOR(A) SOLIDARIO(A) (en 1o adelante “la parte embargada”). El mandamiento de pago fue notificado en fecha Diecinueve (19), mediante acto No 107/2018, de los del protocolo del ministerial LIC. ALLINTON R. SUERO TURBI, Alguacil de Estrado, de 1a Suprema Corte de Justicia; se convirtió de pleno derecho en embargo inmobiliario y fue inscrito en fecha Onces (11) de Mayo del año Dos Mil dieciocho 2018, en el Registro de Títulos correspondiente. El pliego de condiciones que regirá la venta fue depositado en fecha Doces (12) de Junio del año Dos Mil Dieciocho (2018), en la Secretaría del tribunal apoderado. El precio de la primera puja ha sido fijado por el persiguiente en la suma de: NUEVE MILLONES CIENTO QUINCES MIL DOSCIENTOS UNO CON 44 PESOS DOMINICANOS (9,115,201.44), más los intereses, moras y demás accesorios vencidos y por vencer y de los gastos de ejecución, todo de conformidad con las disposiciones del Pliego de Condiciones que reglamentara la venta. Todo licitador deberá depositar, en la Secretaría del tribunal apoderado, una garantía en cheque certificado por una institución bancaria domiciliada en el país, equivalente a un diez por ciento (10%) del precio de la primera puja, las cuales no serán recibidas sino por ministerio de abogado. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los once (11) del mes de Julio del año Dos Mil Dieciocho (2018).

DR. RAMON B. BONILLA REYES, Abogado del Persiguiente. FC 359896


SABADO 14 DE JULIO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

16 LEGAL BUFETE DE ABOGADOS “DR. JULIO MONTERO DIAZ Y ASOCS.” Calle Sánchez Esq. Mella, Edificio Medina, 2do. Piso, teléfono No. 809-522-8900. VENTA EN PUBLICA SUBASTA Ha sido fijada para el día martes que contaremos a siete (7) del mes de agosto del año 2018, a las nueve (9:00) horas de la mañana, para procecer a la Venta en Pública Subasta, al mejor postor y último subastador, en la audiencia pública de pregones que al efecto celebra LA CAMARA CIVIL, COMERCIAL Y DE TRABAJOS DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE PERAVIA, en el lugar donde acostumbran a celebrar sus audiencias públicas en uno de los salones de la Segunda (2da.) planta del Palacio de Justicia, de esta Ciudad de Baní, SITO en la prolongación de la calle Máximo Gómez # 106, de esta ciudad de Baní, del siguiente inmueble: UN SOLAR UBICADO EN LA CALLE MARIA DEL CARMEN, CASA NO.20, DICHO SOLAR MIDE 20 DE FONDO y 10 DE FRENTE, EN EL SECTOR JESUS DE NAZARET, CON UNA MEJORA CONSTRUIDA DE BLOCK Y PLATO, CON LOS SIGUIENTES LINDEROS: AL ESTE: MARIA; AL OESTE: JOSE AL SUR: LA CALLE MARIA DEL CARMEN Y AL NORTE: MARTHA GUZMAN. Ha sido en Perjuicio del señor: JUAN RAMON ARIAS GUERRERO, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad y electoral número 003-0050318-2, domiciliado y residente en la calle María del Carmen No.20, los Barrancones, de esta ciudad de Baní.- De acuerdo con la disposiciones del artículo 673 y siguientes del Código Civil, a requerimiento, persecución y diligencia de la señora: DORIBEL VILLAR, dominicana, mayor de edad, soltera, ama de casa, portadora de la cédula de identidad y electoral número 003-0049023-2, domiciliada residente en la calle Francisca la Francisquera casa No.21, Pueblo Nuevo, de esta ciudad de Baní.- Quien tiene como Abogado constituido y Apoderado Especial DR. MIGUEL PEGUERO GONZALEZ, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral número 003-0051036-9, Abogado de los Tribunales de la República, Matriculado Mediante el No. 11292-4692, Con domicilio abierto en Calle SANCHEZ Esq. MELLA, Edif. MEDINA, Apto.2-B, 2do. Piso, de esta ciudad de Baní.- Ha sido hecha y mediante elección de domicilio el persiguiente. El persiguiente ha fijado como precio de la primera puja la suma de: QUINIENTOS CINCUENTA MIL (RD$550,000.00) PESOS, MONEDA DOMINICANA, Monto que asciende a la Deuda Principal E Intereses. Todo Subastador deberá depositar en manos del abogado del persiguiente equivalente a un DIEZ (10%) POR CIENTO, del precio de la primera puja en efectivo o en cheque certificado por una Institución Bancaria Establecida en la República Dominicana. Se advierte que las pujas de conformidad con el PLIEGO DE CONDICIONES, Depositado en la Secretaría del Tribunal donde se llevará a cabo la venta.- Todo extranjero que desee adjudicarse deberá obtener una autorización del Poder Ejecutivo.- El Mandamiento de pago fue notificado a la parte embargada el día 12 de FEBRERO del 2018.- El Proceso verbal de Embargo Inmobiliario fue en fecha 7 de MAYO del 2018.- Dicho Embargo fue denunciado a la parte embargada el día 19 de MAYO del año 2018.- En la ciudad de Baní, Provincia Peravia, REPUBLICA DOMINICANA, a los DOCE (12) días del mes de JULIO del año dos mil Dieciocho (2018). DR. MIGUEL PEGUERO GONZALEZ, Abogado del Persiguiente. FC 359908

Se hace de público conocimiento que se ha extraviado los certificados financieros No. 402-01249005305-5 de un valor de RD$ 1,000,000.00 emitido en fecha 02/11/2009 y el no. 40201248003460-5 de RD$ 1,500,000.00; emitido en fecha 21/07/2008. Ambos certificados fueron emitidos por el Banco de Reservas de la República Dominicana, a nombre de Rafael G. Guzmán F., portador de la cédula no. 001-1271925-7. La presente publicación se realiza para los fines de ley correspondiente. FC359904

AVISO MENSURA CATASTRAL EXP. 661201802648 Se avisa que el día 26 de julio 2018 a las 8:00 a.m. iniciaremos el deslinde en el solar 20 manzana 80 D.C. 01 ubicado en la calle casi esquina Luperón frente a la clínica Dental Dra. Elizabeth Smith municipio Nagua Prov. María Trinidad Sánchez autorización de mensuras de fecha 27/06/2018 propiedad de EUGENIA CUSTODIO HERNANDEZ quedan citados los colindantes y demás interesados. ALEXIS RAFAEL ALMONTE NUÑEZ Agrimensor Contratista CODIA 15030 (CG-AC-13576-PC)

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO DE MENSURA

EXP. 662201807165 Se avisa que el día 26 de julio 2018 a las 9:00 a.m. iniciaremos el deslinde en el solar 17-C-PORCION B D.C. 1 ubicado en el sector San Antonio municipio y Prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 05/07/2018 propiedad de MARIA SALOME ESTRELLA quedan citados los colindantes y demás interesados.

Por autorización No. 6632018025149 a petición de ANTONIO PEREZ DELGADO, SE AVISA AI PÚBLICO EN GENERAL: Que el día 24 de julio del 2018, a las 09:00 a.m., se iniciarán los trabajos de DESLINDE, de una porción de terreno, dentro del ámbito de la Parcela No. 110-REF-780-A, del D. C. No. 04, en el municipio de Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo; a ejecutarse por medio de la Autorización de fecha 05 de julio del 2018. Se les informa a las personas interesadas, que deben comunicarlo con anticipación, o al momento de la mensura al Agrim. ANSELMO AQUINO Y FELIPE, o al Director Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Central.

JOSE CAPETO GOMEZ BATISTA Agrimensor Contratista CODIA 30288

Agrim. ANSELMO AQUINO Y FELIPE, Codia 2928, Tel. 809-508-3697.

(AC-13573-WP)

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

EXP. 662201807182 Se avisa que el día 27 de julio 2018 a las 10:00 a.m. iniciaremos el deslinde y subdivisión en la parcela 190-B D.C. 29 ubicada en la calle El Car Wash a unos 100ml carretera Los Peladeros-Rancho Viejo sección La Penda, Paraje Rancho Viejo municipio y Prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 06/07/2018 propiedad de FRANCISCO RAMIREZ CEPEDA Y MANUEL ANTONIO AQUINO ACOSTA quedan citados los colindantes y demás interesados.

EXPEDIENTE DE MENSURA No. 6642018043061 En cumplimiento con la Ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario, y el Reglamento General de Mensuras Catastrales; SE HACE DE PUBLICO CONOCIMIENTO que en fecha MARTES 24 DE JULIO 2018, A LAS 10:00 A. M., se dará inicio a las operaciones de campo relativas a los trabajos de DESLINDE, de Porción de terreno con un área de 200.00 mt2, dentro del ámbito del Solar 8 Manzana 206 del Distrito Catastral No. 1 de San Pedro de Macorís, derecho de propiedad amparado en la Constancia de Venta Anotada en el Certificado de Título No. 90-52 a nombre de Edwin José Andrés García Eduardo y Enmanuel de Jesús García Eduardo. El inmueble está ubicado en la Calle 10 de septiembre No. 8, Municipio San Pedro de Macorís, Provincia San Pedro de Macorís.

PABLO ANTONIO BURGOS HERNANDEZ Agrimensor Contratista CODIA 9944

AGRIM. DIGNO SANCHEZ GARCIA, Codia 25785.

(AC-13574-PC-1/2)

BUFETE DE ABOGADOS “DR. JULIO MONTERO DIAZ Y ASOCS.” Calle Sánchez Esq. Mella, Edificio Medina, 2do. Piso, teléfono No. 809-522-8900.

VENTA EN PUBLICA SUBASTA Ha sido fijada para el día martes que contaremos a siete (7) del mes de agosto del año 2018, a las nueve (9:00) horas de la mañana, para procecer a la Venta en Pública Subasta, al mejor postor y último subastador, en la audiencia pública de pregones que al efecto celebra LA CAMARA CIVIL, COMERCIAL Y DE TRABAJOS DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE PERAVIA, en el lugar donde acostumbran a celebrar sus audiencias públicas en uno de los salones de la Segunda (2da.) planta del Palacio de Justicia, de esta Ciudad de Baní, SITO en la prolongación de la calle Máximo Gómez # 106, de esta ciudad de Baní, del siguiente inmueble: UN SOLAR DENTRO DE LA PARCELA NO.1, DEL DISTRITO CATASTRAL NO.3, DEL MUNICIPIO DE BANI, CON UNA EXTENSION DE TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO (345) METROS CUADRADOS, CON LOS SIGUIENTES LINDEROS: AL NORTE: SOLAR DE MARIA P. ASUNCION; AL SUR: CALLE; AL ESTE: SOLAR DE JUANA PEGUERO; AL OESTE: CALLE.- Ha sido en Perjuicio del señor: DOMINGO ANTONIO BAEZ ZAPATA, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad y electoral número 003-0072370-7, domiciliado y residente en la calle Central No.78, Río Arriba, de esta ciudad de Baní.- De acuerdo con la disposiciones del artículo 673 y siguientes del Código Civil, a requerimiento, persecución y diligencia de la señora: SANTA ONORINDA AGUASVIVAS, dominicana, mayor de edad, soltera, ama de casa, portadora de la cédula de identidad y electoral número 003-0008078-5, domiciliada residente en la calle Trinitaria casa No.74, Pueblo Nuevo, de esta ciudad de Baní.- Quien tiene como Abogado constituido y Apoderado Especial DR. MIGUEL PEGUERO GONZALEZ, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral número 003-0051036-9, Abogado de los Tribunales de la República, Matriculado Mediante el No. 11292-4692, Con domicilio abierto en Calle SANCHEZ, Ens. MELLA, Edif. MEDINA, Apto.2-B, 2do. Piso, de esta ciudad de Baní.- Ha sido hecha y mediante elección de domicilio el persiguiente. El persiguiente ha fijado como precio de la primera puja la suma de: CUATROCIENTOS OCHENTA MIL (RD$480,000.00) PESOS, MONEDA DOMINICANA, Monto que asciende a la Deuda Principal E Intereses. Todo Subastador deberá depositar en manos del abogado del persiguiente equivalente a un DIEZ (10%) POR CIENTO, del precio de la primera puja en efectivo en cheque certificado por una Institución Bancaria Establecida en la República Dominicana, se advierte que las pujas de conformidad con el PLIEGO DE CONDICIONES, Depositado en la Secretaría del Tribunal donde se llevará a cabo la venta.- Todo extranjero que desee adjudicarse deberá obtener una autorización del Poder Ejecutivo.- El Mandamiento de pago fue notificado a la parte embargada el día 13 de FEBRERO del 2018.- El Proceso verbal de Embargo Inmobiliario fue en fecha 7 de MAYO del 2018.- Dicho Embargo fue denunciado a la parte embargada el día 9 de MAYO del año 2018.- En la ciudad de Baní, Provincia Peravia, REPUBLICA DOMINICANA, a los DOCE (12) días del mes de JULIO del año dos mil Dieciocho (2018).

DR. MIGUEL PEGUERO GONZALEZ, Abogado del Persiguiente. FC 359908

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

EXP. 662201807091 Se avisa que el día 31 de julio 2018 a las 9:00 a.m. iniciaremos el SANEAMIENTO en la parcela 2477 D.C. 3 ubicada en la Ave. La Confluencia entrada La Escondida a unos 150ml municipio Jarabacoa Prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 09/07/2018 propiedad de YSIDRO SANCHEZ NUÑEZ quedan citados los colindantes y demás interesados.

Expediente No. 66320180232478 En virtud de la Autorización de fecha 26 de Junio del 2018. Depto. Central. Se hace de público conocimiento que el día 27-07-2018, a las a partir de las 9:00 a.m., se realizarán los trabajos de mensura para DESLINDE en el inmueble identificado como Parcela No. 110-REF-780 del D.C. No. 04, en el Municipio Distrito Nacional, Provincia Distrito Nacional, propiedad de HECTOR MANUEL EVERTZ HENRIQUEZ.

PABLO ANTONIO BURGOS HERNANDEZ Agrimensor Contratista CODIA 9944

AGRIM. JAIME DE LOS SANTOS, Codia 6881.

(AC-13574-PC-2/2)

FC 359882

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

EXP. 662201807412 Se avisa que el día 28 de julio 2018 a las 9:00 a.m. iniciaremos el deslinde en la parcela 800-A-3 D.C. 02 ubicada en Las Auyamas municipio Constanza Prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 13/07/2018 propiedad de CRISTIANA VALENZUELA MORILLO quedan citados los colindantes y demás interesados.

Expediente No. 6632018023286. En virtud de la Autorización de fecha 26 de Junio del 2018. Depto. Central. Se hace de público conocimiento que el día 27-07-2018, a las a partir de las 9:00 a.m., se realizarán los trabajos de mensura para DESLINDE en el inmueble identificado como Parcela No. 110-REF-780 del D.C. No. 04, en el Municipio Distrito Nacional, Provincia Distrito Nacional, propiedad de HECTOR MANUEL EVERTZ HENRIQUEZ.

EDDY DIAZ Agrimensor Contratista CODIA 32187

AGRIM. JAIME DE LOS SANTOS, Codia 6881.

(AC-13575-WP-1/3)

FC 359882

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO PERDIDA CERTIFICADO DE TITULO DE PROPIEDAD

EXP. 662201807411 Se avisa que el día 28 de julio 2018 a las 10:00 a.m. iniciaremos el deslinde en la parcela 499 D.C. 02 ubicada en el Distrito Municipal de Tireo municipio Constanza Prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 13/07/2018 propiedad de ANGEL RAFAEL QUEZADA SURIEL quedan citados los colindantes y demás interesados.

En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 92 párrafo 3 de la Ley No. 108-05 sobre Registro Inmobiliario y el Art.86 del Reglamento General de Registro de Títulos se hace de público conocimiento que se ha extraviado el certificado de título de Propiedad No. 81-62 que ampara los derechos sobre una porción de terreno con una extensión superficial de 50AS-46CAS en el ámbito de la Parcela No.62, del Distrito Catastral no.8 del Municipio y Provincia de La Vega a los fines de obtener el DUPLICADO DEL DUEÑO expedido por el Registro de Títulos del Departamento de La Vega a nombre de LOS SUCESORES del Sr. Ramón Antonio Vásquez, Sres.: Federico, Dinorah, Mercedes, Emma, Heriberto, Juan, Rafael, Arsenio, Carmela, Zoila y Vinicio Vásquez Cepeda, Propietarios. En la ciudad, municipio y provincia de La Vega, Rep. Dominicana a los 14 días del mes de julio del año 2018.

EDDY DIAZ Agrimensor Contratista CODIA 32187

LIC. EUCLIDES CASTILLO MEJIA Abogado

(AC-13575-WP-2/3)

(AC-13572-CT-2/2)


SáBADO 14 DE JULIO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

NOVEDADES

NOVEDADES 17

Gómez en película zombis LOS ÁNGELES (EE.UU.).- La actriz estadounidense de origen latino Selena Gómez está rodando en Nueva York una película de zombis a las órdenes del director Jim Jarmusch.

“Ant-Man and the wasp”: Otra película de superhéroes del montón

YASSER MEDINA @Cinemaficionado www.cinemaficionados.com

La película de “Ant-Man”, producto de segunda categoría en el catálogo de películas de Marvel, había captado mi interés cuando se estrenaba en 2015. En aquel entonces, fui al cine para conocer a este superhéroe que se convierte en una cosa más pequeña que un átomo. En la sala no cabía nadie. Recuerdo que tuve que digerir los fatigosos treinta minutos de anuncios comerciales. Y empezaba a disfrutarla, hasta que me invadieron los bostezos. Era de los pocos que combatían el aburrimiento con silencio, frente a una fanaticada que gritaba como si estuvieran apostando en una gallera. El más preciado recuerdo era que salía con la cara que pone aquel famoso meme: decepcionado. El concepto de la hormiga atómica era interesante, pero carecía de gracia, de cierto dinamismo. A pesar de todo, como la película había reventado la taquilla sabía que, tarde o temprano, llegaría una secuela. La secuela se titula “AntMan and the Wasp” y, para colmo, la he pasado peor que con la antecesora. No veo el supuesto entretenimiento, no me emociona ninguna escena, los perso-

najes son desechables, es una infantilada con un argumento repleto de huecos cuánticos. Todo es mareante, previsible, rutinario, lo único que me sorprende son las ritualizadas escenas post-créditos. La dirige nuevamente Peyton Reed, director que la elabora con chistes más pueriles y una acción de rutina, supongo que para que el público simpatice más rápido con el héroe Scott Lang/AntMan (Paul Rudd), protagonista que debe lidiar con una crisis familiar que lo involucra en una visita por el mundo cuántico y en la lucha con unos villanos de cartón. Nada ha cambiado desde los eventos de “Captain America: Civil War”, Scott sigue siendo el ex convicto vigilado por el FBI que ahora se encuentra bajo arresto domiciliario por lo que pasó. En casa,

Ficha técnica Año: 2018 Duración: 1 hr 58 min País: Estados Unidos Director: Peyton Reed Guión: Andrew Barrer, Gabriel Ferrari, Paul Rudd, Chris McKenna, Erik Sommers Música: Christophe Beck Fotografía: Dante Spinotti Reparto: Paul Rudd, Evangeline Lilly, Michael Douglas, Michael Peña, Michelle Pfeiffer Calificación: 5/10

disfruta de la presencia de su hija, Cassie (Abby Ryder Fortson), con quien juega construyendo hormigueros ultrasecretos. También ha formado una compañía de seguridad con su amigo Luis (Michael Peña). Un extraño sueño que tiene lo lleva a trabajar con Hank Pym (Michael

Douglas) y con su hija, Hope van Dyne/The Wasp (Evangeline Lilly), con el fin de recuperar a la esposa de este, Janet van Dyne (Michelle Pfeiffer), quien se halla perdida en la realidad cuántica. La motivación de Scott se sustenta en la responsabilidad paternal y en un componente sentimental, pues además de preocuparse por su hija y de cooperar con Hank, siente emociones por Hope, algo que anticipo fácilmente. Hope es el interés romántico de Scott, pero, también, la compañera de acción: la superheroína que simboliza que es el turno de la mujer para erradicar el mal y salvar a los suyos. La mayor debilidad de la película es la forma tan ingenua en que la trama se desarrolla: las usuales persecuciones incoherentes en las que la policía ni se da

cuenta de lo que pasa; una subtrama de relleno en la que se introduce un antagonista acartonado; el agente del FBI que parodia la institución; un edificio que se convierte en un ‘macguffin’ indestructible; tres chiflados que no dan nada risa; una joven malcriada del librito (Hannah John-Kamen como Ghost), de la cual sé de antemano que no va a morir a causa de la moda de la diversidad que existe en Hollywood, y que su problema tiene una solución más sencilla de lo que aparenta. Aunque la trama de recuperar a Janet tiene coherencia, los secundarios la entorpecen, haciendo que el ritmo sea muy inconsistente. La película, que recurre a la fórmula marveliana y a unos efectos visuales que no me atrapan, comienza a cansar a la media hora. En el tercer acto todo es aparatoso, aburrido, hasta durmiendo predigo lo que sucede. Reed le da otra vez una dirección de cinta de robos, pero con el giro de género que la inclina por la familia. Y es tan evidente que si no fuera por la acción sería una película más infantil de la cuenta (con Disney todo es posible). Dudo que vea otra del hombrecito hormiga y la avispa, mi masoquismo tiene límites. Con cada estreno, esta franquicia se pone peor.

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SonyisD con nuevo tema

SonyisD

El artista urbano SonyisD promovió este jueves su tema “Me le viré a la olla”, que es una crítica social y ha logrado buena acogida en el público, y anunció que el vídeo saldrá pronto. Destacó que lleva dos años de carrera musical, y resaltó los frutos logrados bajo la dirección de DJ Diamond, quien trabaja con “mucha dedicación y empeño”. Además, agradeció el apoyo que recibe de familiares, amigos y colaboradores. SonyisD anunció que más adelante creará producciones completas y discos. También criticó la falta de oportunidades para los jóvenes, y apoyó toda iniciativa encaminada a ayudar a los emprendedores.


SáBADO 14 DE JULIO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

18 TOGA

uN DiA COMO HOY

TOGA

En un 14 de julio, pero de 2016, hace dos años, 86 personas fueron asesinadas y más de 460 resultaron heridas en un atentado yihadista perpetrado en el Paseo de los Ingleses de Niza (Francia) con un camión que se abalanzó sobre la multitud que festejaba la Fiesta Nacional francesa.

Autoridades destacan tranquilidad un año prisión preventiva a otros dos implicados asalto a sucursal B. Popular en la frontera pese a crisis en Haití

SANTO DOMINGO.- Las autoridades militares y policías de la República Dominicana destacaron este viernes la tranquilidad en la frontera con Haití pese a la situación del vecino país tras las recientes protestas violentas por una subida de los precios de los combustibles, que posteriormente fue dejada sin efecto. El ministro de Defensa, Rubén Darío Paulino Sem; y el director de la Policía, Ney Aldrin Bautista, se trasladaron este viernes a la frontera domínico-haitiana para evaluar las acciones de reforzamiento en esa zona después de que se desataran los actos violentos en Haití. En declaraciones a periodistas, Paulino Sem dijo que la frontera se reforzó el mismo 6 de julio, cuando estallaron las protestas, y que el personal pasó de 5.200 a 7.500 para resguardar la zona. La Policía, por su parte, envió equipos antimotines,

Paulino Sem dijo que la frontera se reforzó el mismo 6 de julio, cuando estallaron las protestas, y que el personal pasó de 5.200 a 7.500 para resguardar la zona. explicó Bautista. Por su lado, el comandante general del Ejército de República Dominicana, Braulio Alcántara, destacó la tranquilidad en la el área fronteriza y afirmó que esta zona “está segura”. El tradicional mercado que realizan lunes y viernes haitianos y dominicanos en varios puntos de la zona limítrofe se realizó sin dificultades. Las protestas violentas

del pasado fin se semana en Haití alcanzaron la ciudad de Malpasse, fronteriza con República Dominicana, donde fueron incendiadas las oficinas aduaneras, por lo que el Gobierno dominicano anunció el reforzamiento de la seguridad en la frontera entre ambas naciones. El pasado viernes el Gobierno haitiano anunció de manera sorpresiva aumentos de entre 37 y 50 % en los precios de los combustibles, lo que desató violentos disturbios callejeros, en los que hombres con armas de fuego y blancas bloquearon calles, quemaron numerosos vehículos, atacaron negocios y saquearon supermercados, y que dejaron entre tres y siete muertos, según distintas fuentes. La situación obligó un día después al Gobierno dejar sin efecto la medida, que fue producto de un acuerdo firmado este mismo año con el Fondo Monetario Internacional (FMI).

SANTO DOMINGO.- La Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Santo Domingo impuso un año de prisión preventiva a otros dos presuntos integrantes de la banda que asaltó una sucursal del Banco Popular en Santo Domingo Este, con lo que se eleva a tres el número de sometidos hasta el momento por su vinculación con el caso. La medida cautelar fue impuesta contra Luis Alfredo Lorenzo Ramón y Angelina de los Santos, a quienes el Ministerio Público señala junto a tres imputados de planificar y penetrar con armas de alto calibre a la sucursal del Banco Popular del Ensanche Isabelita, de donde

sustrajeron alrededor de RD$5 millones, distribuidos en 3 millones de pesos, 38 mil dólares y 5 mil euros. De acuerdo al expediente instrumentado por la Fiscalía de Santo Domingo Este, el sábado 30 de junio, en horas de la tarde, Lorenzo Ramón fue arrestado en flagrante delito en la calle Fernández de Navarrete del sector Los Mina, en momentos en que intentaba huir en una jeepeta marca Toyota Rav4.

La institución informó, mediante una nota de prensa, que al imputado se le ocupó la suma de 143 mil 600 pesos, además de una escopeta Mosbert calibre 12 y una pistola 9 mm., armas las cuales habrían sido robadas a dos guardias de una empresa de seguridad de la sucursal el día del asalto. Posteriormente, fue apresada con la suma de 22 mil 100 pesos en su ropa interior, Angelina de los Santos, quien se encontraba en el sector Los Mina, en la vivienda donde cayó abatido otro de los asaltantes, conocido como Francis, al enfrentar a la Policía con un fusil marca Galil Ace 22, el mismo utilizado en el asalto.

imponen 20 años prisión a acusado de muerte a raso de la PN en 2016 SANTO DOMINGO.- El Ministerio Público de Santo Domingo Oeste logró que el Tercer Tribunal Colegiado de esta demarcación dictara una sentencia condenatoria de 20 años de prisión en contra de un hombre hallado culpable de quitarle la vida a un raso de la Policía Nacional, en un hecho ocurrido en el sector Las Palmas de Herrera, el 5 de abril de 2016. La sentencia condenatoria fue dictada luego de que el tribunal acogiera la teoría acusatoria presentada por el fiscal litigante José Martínez en contra de Santo Cruz Nú-

ñez, alias Andrés, por haberle provocado la muerte a consecuencia de una herida de arma de fuego al raso de la Policía, Franklin Geraldo Peralta Peña. La acusación instrumentada por la fiscal Lis Durán, indica que el condenado se presentó en una tienda de electrodomésticos usados, ubicada en la referida dirección, portando un arma fuego, y sin mediar palabras, le

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realizó un disparo en el tórax a la víctima, provocándole la muerte. De acuerdo al expediente, el hecho se produjo luego de que el hoy condenado, quien tiene un negocio próximo al lugar donde ocurrió el hecho, fuera alertado por un empleado de la tienda que informó a todos los comerciantes de la zona de que a dicha tienda se había presentado el raso Peralta Peña con un hermano a comprar un aire acondicionado, denunciando que tenía una actitud sospechosa de que podía perpetrar un asalto en el lugar.


SABADO 14 DE JULIO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

AVISO DE INCORPORACIÓN EncumplimientoconlasdisposicionesdelarticuloNo.5,párrafoII,delaley122-05,sehacedepúblicoconocimientoquemediante la resolución No. 00011, de fecha 08 de junio del 2018 fue otorgado en beneficio de incorporación a la Asociación sin fines de lucro ASOCIACIONNACIONALDEEMPRESARIOSUPLIDORESDEESCUELASYCOLEGIOSPRIVADOS,(ANSESUESCO),consudomicilioenlacalleEuclides Morillo No. 145, Arroyo Hondo, Santo Domingo, Distrito Nacional. Esta institución tiene como fin, se dedicara a las organizaciones, defensa, orientación, captación, soporte a todas las empresas suplidoras de bienes y servicios a escuelas públicas y colegios privados. Sus miembrosfundadoressonlosSres.(as):CARIBBEANO&RENTERPRISESSRL,MARINOALFONSODIAZTAVERAS,ERSUPLITODOSRL,JOSE ANTONIO RIVAS GARCIA, REYNALDO ANTONIO MEJIA CARABALLO, MIGHUEL GOMEZ FORTUNA, JOSE ENRIQUE DE LA ROSA DIAZ, COMERCIAL D&M, DARBER FRANCISCO MARCIAL RIVAS SRL, HENRY WILMI SUERO FORTUNA, GERALDO MERCEDES SUERO BENTT, RHINER RINCON GARCIA, CARLOS JOSE HEREDIA, RAFAEL ANTONIO RIVAS MEDINA; y su vez la JUNTA DIRECTIVA está constituida por nueve(9):CARIBBEANO&RENTERPRISESRL,MARINOALFONSODIAZTAVERAS(Presidente),ERSUPLITODOSRL,JOSEANTONIORIVAS GARCIA(Vicepresidente),REYNALDOANTONIOMEJIACARABALLO(Tesorero),MIGHUELGOMEZFORTUNA(Secretario),JOSEENRIQUE DE LA ROSA DIAZ (Subsecretario), COMERCIAL D&M, DARBER FRANCISCO MARCIAL RIVAS SRL (Primer Vocal), HENRY WILMI SUERO FORTUNA (Segunda Vocal), GERARDO MERCEDES SUERO BENTT (Relacionador Publico), RHINER RINCON GARCIA (Comisario). La duracióndeestaasociaciónesportiempoIndefinido.EnSantoDomingo,DistritoNacional,alosonce(11)díasdelmesdeJuniodelañodos mil dieciocho (2018).

MARIO ALFONSO DIAZ TAVERAS PRESIDENTE FUNDADOR

AVISO DE MENSURA PARA DE DESLINDE

Se hace de público conocimiento que el día Viernes 21-072018, a las 11:30am, se realizarán los trabajos de MENSURA PARA DESLINDE en la Parcela No. Porción-A del D.C. No.18, del Municipio y Provincia San Cristóbal, a petición de: Sr. VICTOR MANUEL FRANCO CORPORAN. Expediente 6642018031977. AGRIM. CARMEN CASILDA PEREYRA ORTIZ Codia No. 26009

EDICTO PARA ANUNCIAR LA VENTA En virtud de la ley 189-11, del 16-7-2011. A los fines de dar cumplimiento a las disposiciones del artículo 158 de la Ley 189-11, se hace de público conocimiento que ha sido fijada para el día MARTES siete de agosto del 2018, a las nueve horas de mañana (9:00 a.m.); la audiencia pública de pregones, en que se procederá a la venta en pública subasta al mejor postor y ultimo subastador, que celebrara la Cámara Civil y Comercial de la Segunda Sala del Juzgado de Primera Instancia del distrito judicial de La Vega, sito en uno de los salones de la tercera planta del Palacio de Justicia de esta ciudad de La Vega, ubicado en la intersección de las calles García Godoy, esquina Monseñor Panal, del siguiente inmueble: Parcela No.313276642790, de La Vega, con un área de 249.50 metros cuadrados, dentro de la matrícula no.0300032104 emitida a nombre de FRANKLIN ELPIDIO E. NUÑEZ JOAQUIN Y MARTIZA BALDERA DE NUÑEZ; con sus mejoras consistentes en una casa de blokc, techo de concreto, y piso de porcelanato de un nivel, con todas dependencias y anexidades, ubicada en la calle 9, No.7, Urbanización Inco, detrás de la Iglesia Los Mormones, La Vega. Embargo inmobiliario hecho en perjuicio de FRANKLIN ELPIDIO E. NUÑEZ JOAQUIN, dominicano, mayor de edad, portador de la cedula No.047-0113348-2, casado con Maritza Baldera, portadora de la cedula No.047-0101056-5, domiciliados y residentes en La Vega; perseguido por ELDRY YAMILKA GERMAN HERNANDEZ, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la cedula de identidad No.051-0002154-1, domiciliada y residente en la Avenida Pedro A. Rivera, KM 3, Tramo La Vega-Santiago, de la ciudad de La Vega; quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LICENCIADO HECTOR F. CRUZ PICHARDO, dominicano, mayor de edad, Abogado de los Tribunales de la República, con matrícula del Colegio de Abogados de la República Dominicana No. 22144-15-00, con estudio profesional abierto en la Ave. Bartolomé Colón no.76, Plaza Eva Isabel, Suite 202, JA Juristas Asociados, Oficina de Abogados, Santiago, República Dominicana, TEL (809) 226-5566, y Ah-Doc en la oficina de abogados “HM & ASOCIADOS”, ubicada en el No. 15 de la calle Chefito Batista, de la ciudad de La Vega; lugar donde tanto los requerientes como sus abogados apoderados hacen elección de domicilio para todos los fines del presente embargo. El mandamiento de pago fue notificado al embargado el día 7-62018, mediante el acto No.688/2018, del ministerial Omar Francisco Concepción Alejandro, Alguacil Ordinario de la Corte de Apelación de Niños, Niñas, y Adolescentes, del Departamento de La Vega, convertido de pleno derecho en embargo inmobiliario de conformidad con la ley 189-11. El acto ante mencionado conjuntamente con el poder para embargar fueron inscritos por ante el registrador de Títulos correspondiente en fecha 25-6-2018. El pliego de condiciones, fue depositado en fecha 5-7-2018, ante la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial de La Vega, y posteriormente designada la segunda sala civil. El precio de la primera puja fijado por la persiguiente es la suma de DOS MILLONES SETECIENTOS TREINTA MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$2,730,000.00), en el cual se encuentra cubierto e pago correspondiente a la acreencia inscrita en primer rango, perteneciente a Eldry Yamilka Germán Hernández, más los gastos, intereses y honorarios del procedimiento aún no liquidados, devengados hasta la fecha de hoy, de conformidad con la Ley y el contrato de hipoteca convencional. Un diez por ciento (10%) del precio de la primera puja, en cheque bancario certificado por una institución bancaria de la Republica Dominicana, o efectivo, deberá ser depositado en la Secretaría del Juzgado de Primera Instancia de la Segunda Sala Civil y Comercial, del distrito judicial de La Vega, sin cuyo requisito no será admitido licitar, de conformidad con el pliego de condiciones depositado en la secretaría de dicho tribunal, en fecha 5-7-2018. Se advierte que las pujas solo serán recibidas por ministerio de abogado. El deudor será citado por acto de alguacil para presenciar la venta. En la ciudad de la Concepción de La Vega, municipio y provincia de La Vega, a los trece (13) días del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018).

AVISO DE PUBLICACIÓN DE DIVORCIO En virtud de las disposiciones de la ley 1306- Bis, se hace de Público conocimiento lo siguiente: Que en fecha Treinta (30) del mes de Mayo del año dos mil dieciocho (2018), La Octava Sala Para Asuntos de Familia de la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, ha dictado en sus atribuciones civiles la Sentencia Civil Marcada con el No.00988-18, cuyo dispositivo es el siguiente: FALLA: PRIMERO: ADMITE el Divorcio por Mutuo Consentimiento entre los señores Noel Francisco Estévez Espinosa Y Cindy Aurora Capellán Santana, en consecuencia homologa el Acto de Estipulaciones de divorcio número 12, Instrumentado por ante el DR. GERIS RODOLFO LEON ENCARNACION, en fecha 23/02/2018, transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Otorga la guarda y cuidado de los menores Abigail de los Ángeles y Emmanuel Oseias Estévez Capellán a cargo de su madre Cindy Aurora Capellán Santana. TERCERO: ORDENA al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. DADA Y FIRMADA ha sido la sentencia que antecede por la magistrada que figura en el encabezamiento, la cual fue leída íntegramente, firmada y sellada por ante mí, secretaria que certifica que la presente copia es fiel y conforme a su original, la que expido, firmo y sello, a solicitud de la parte interesada, hoy día Ocho (08) del mes de Junio del año dos mil dieciocho (2018). ROSA ENCARNACION FERRERAS, SECRETARIO. La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Magistrada Jueza de este tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual yo Secretaria certifico. El presente Divorcio fue pronunciado en fecha Veintinueve (29) días del mes de Junio del año dos mil dieciocho (2018), por ante el Oficial del Estado Civil de la Tercera Circunscripción del Distrito Nacional, en el Libro Registro de Divorcio No.00003, Folio No.0118, Acta No.000349, del año 2018; En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a los Trece (13) días del mes de Julio del año dos mil dieciocho (2018).

JOSE A. ORTIZ DE LEON Abogado FC359899

PéRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Nissan, placa EL05725, color blanco, chasis MNTVCUD40Z0603075, tipo carga, año 2013, propiedad de OFICINA DE INGENIEROS SUPERVISORES OBRAS DEL ESTADO, RNC 401503697. FC 359789

PéRDIDA DE MATRÍCULA Y PLACA: del carga, marca Mitsubishi, color blanco, año 2012, placa y registro L319450, chasis JMYJNP15VCA001296, a nombre de INSTITUTO DE AUXILIOS Y VIVIENDA, RNC: 401007436.

PéRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Volkswagen, placa A255960, color blanco, chasis WVWZZZ3BZ1P017687, tipo automóvil privado, año 2001, propiedad de DIRECCION GENERAL DE LA RESERVA DE LA POLICIA NACIONAL, cédula 424002959. FC 359701

PéRDIDA DE MATRÍCULA Y PLACA: del fúnebre, marca Cadillac, color negro, año 1999, placa y registro EL05617, chasis 1GEEH90YXXU500024, a nombre de INSTITUTO DE AUXILIOS Y VIVIENDA, RNC: 401007436.

PéRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Toyota, placa A367050, color rojo, chasis 1NXAE94A3LZ102883, tipo automóvil privado, año 1990, propiedad de MARIA CRISTINA DE LOS SANTOS DE OLEO, cédula 0010570423-3. FC 359839

PéRDIDA DE MATRÍCULA Y PLACA: del fúnebre, marca Cadillac, color negro, año 1998, placa y registro OC10647, chasis 1GEEH90Y6WU500150, a nombre de INSTITUTO DE AUXILIOS Y VIVIENDA, RNC: 401007436.

PéRDIDA DE PLACA: marca Lifan, modelo CG-200, año 2014, color negro, placa y registro K0571925, chasis LF3PCM4A7EB000154, a nombre de EUSEBIO FRANCISCO RODRÍGUEZ PARRA.

PéRDIDA DE PLACA: marca Hyundai, año 2009, color blanco, placa y registro A609134, chasis KMHEU41MP9A629150, a nombre de LUÍS ALFREDO MENDOZA ALVAREZ. FC359822

PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones establecidas en los artículos No.31 y 42 de la Ley 1306-Bis, sobre divorcio se hace público conocimiento: Que en fecha nueve (9) de abril del año dos mil dieciocho (2018), la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializado en Asuntos de Familia, dicto la Sentencia No. 532-2018-SSEN-00513, cuyo dispositivo es el siguiente: FALLA: PRIMERO: Primero: Acoge la presente solicitud realizada mediante instancia de fecha 3 de abril del 2018, por la señora Marcia Maritza Valdez Sánchez; y en consecuencia ordena la transcripción por ante la Oficialía correspondiente de la Sentencia Civil Núm. D D12013-1359, de fecha 15 de agosto del año 2013, correspondiente a los señores Marcia M., Valdez Sánchez y Arodis H. Suazo Rancier, dictada por el Tribunal de Primera Instancia de Relaciones de Familia y Menores, Región Judicial de Bayamón, Estado Libre Asociado de Puerto Rico, debidamente apostillada, por los motivos expuesto Segundo: Ordenar archivo del expediente. Asimismo, se hace de público conocimiento que en fecha doce (12) de junio del año dos mil dieciocho (2018), fue registrada la sentencia descrita precedentemente, por ante la dirección de Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de Santo Domingo, en el Expediente Letra DG-AJ, Registro No. 2018-12070. Por igual en fecha cuatro (4) de julio del año dos mil dieciocho (2018), el Oficial de Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, procedió a inscribir la referida sentencia en el libro No. 00003, Folio No.0031, bajo el acta No.000231, del año dos mil dieciocho (2018), efectuándose el pronunciamiento del referido divorcio. En la ciudad santo Domingo, a los catorce (14) días del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018).

AVISO DE MENSURA PARA DE DESLINDE Se hace de público conocimiento que el día Sábado 20-072018 a las 10:30 a.m., se realizarán los trabajos de MENSURA PARA DESLINDE en la Parcela No. 300-REF del D.C. No.03, del Municipio y Provincia San Cristóbal, a petición de: Sr. JOSE DANIEL ADAMES HEREDIA. Expediente 6642018043290. AGRIM. CARMEN CASILDA PEREYRA ORTIZ Codia No. 26009

Licda. Marina Herrera Jimenez, por si y por el Lic. Fernando Langa F. Abogada FC3598794

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA En virtud de lo que establece el artículo 696 del Código de Procedimiento Civil, se hace de público conocimiento que se ha fijado para el día 07 del mes de Agosto del año 2018, a las 9:00 horas de la mañana, la audiencia de pregones a celebrarse en la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Peravia, la cual celebra sus audiencias en uno de los salones del 2do. Piso del Palacio de Justicia de Baní, sito en la Prolongación Máximo Gómez No. 106, la venta en pública subasta al mayor postor y último subastador del siguiente inmueble: UNA PORCION DE TERRENO SOLAR SIN MENSURAR, EL CUAL TIENE UNA EXTENSION SUPERFICIAL DE TRESCIENTOS VEINTICINCO METROS CUADRADOS, CON SUS MEJORAS Y ANEXIDADES PRESENTES Y FUTURAS, CONSISTENTE EN UNA CASA EN CONSTRUCCION EN BLOKC, UBICADA EN LA CALLE 27 DE FEBRERO EN LA COMUNIDAD DE PERAVIA, DENTRO DE LA PARCELA No. 264 DEL D.C.8 DE BANI, CON LOS SIGUIENTES LINDEROS: AL NORTE COOPERATIVA DE CAFICULTORES; AL SUR: FEDERICO SOTO; AL ESTE: JUAN BAEZ Y AL OESTE: MARINO HERNANDEZ, propiedad del señor REGINO MARTIRES HERNANDEZ VIZCAINO, dicho inmueble ha sido embargado en perjuicio de los señores REGINO MARTIRES HERNANDEZ VIZCAINO dominicano, pensionado, portador de la cedula de identidad y electoral No.001-1176994-9, y SANTA BERENICE BAEZ PEREZ, dominicana, mayor de edad, portadora de la cedula de identidad y electoral No. 003-012013-0, el primero con domicilio y residencia en la calle 27 de febrero S/N, de la sección Peravia, Bani, Provincia Peravia, Republica Dominicana, y la segunda con domicilio desconocido, a diligencias y persecución del señor SANTO CONFESOR RUIZ ESPINAL, persiguiente, dominicano, mayor de edad, soltero, comerciante, portador de la cédula de identidad y electoral No. 003-0080432-5, con domicilio y residencia en la calle Primera No. 24, Residencial Alto de los Melones, Baní, quien tiene como abogada apoderada a la Dra. Altagracia M. Chalas V. con estudio profesional abierto en la calle Nicolás Heredia No. 16, Apto. 4, 2do. Piso, Plaza Emporio Baní, Provincia Peravia, en cuya dirección hace formal elección de domicilio la parte persiguiente quien tiene una hipoteca en primer rango, según certificación No. 11, de fecha 26 de enero del año 2018, emitida por el Departamento de Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas del Ayuntamiento del municipio de Baní, embargo que fue trabado mediante acto No. 4/2018 de fecha 02 de mayo del año 2018, denunciado mediante actos Nos. 839/2018, de fecha 08 de mayo del año 2018, y 911/2018, de fecha 15 de mayo del año 2018, y transcritos dichos actos el día 16 de mayo del año 2018. El precio para la primera puja ha sido fijado por el persiguiente en la suma de RD$529,000.00, debiendo el licitador depositar por ante la Secretaría del tribunal el 10% del monto de la primera puja, en efectivo o en cheque certificado de una entidad bancaria con asiento en el país.

AVISO DE INCORPORACION En cumplimiento con las disposiciones del Artículo 5, Párrafo II, de la Ley 122-05, se hace de público conocimiento que mediante la Resolución No. 00011 de fecha 08 de Junio del 2018, fue otorgado el beneficio de incorporación a la Fundación sin fines de lucro FUNDACION COMUNITARIA DE CAPACITACION Y SERVICIOS EDUCATIVOS (FUCCASE), con su domicilio en la Calle Estrelleta No. 54B, sector Ciudad Nueva, Sto. Dgo., D.N., Rep. Dom. Esta Institución tiene como fin la capacitación comunitaria en diplomados, cursos, talleres, seminarios, eventos de inclusión social, servicios educativos y administrativos. Sus miembros fundadores son: SOBEYA MARIA SALAZAR SANTANA: Presidente; MIGUEL A. MONCLUS SALAZAR: Vicepresidente; OLGA ALTAGRACIA FERNANDEZ: Secretaria; ALTAGRACIA SANTANA GARCIA: Tesorera y CARLOS JOSE HENRIQUEZ: Vocal. Y a su vez el consejo directivo está constituido por 05 (cinco) personas, quienes son: SOBEYA MARIA SALAZAR SANTANA: Presidente; MIGUEL A. MONCLUS SALAZAR: Vicepresidente; OLGA ALTAGRACIA FERNANDEZ: Secretaria; ALTAGRACIA SANTANA GARCIA: Tesorera y CARLOS JOSE HENRIQUEZ: Vocal. La duración de esta Fundación es indefinido (A. Gral. cada 2 años). En Santo Domingo, Distrito Nacional, a los 10 (diez) días del mes de Julio del año dos mil dieciocho (2018).

SOBEYA MARIA SALAZAR SANTANA, Presidente. FC 359874

AVISO DE NUEVA FECHA PARA VENTA EN PÚBLICA SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO INMOBILIARIO. De conformidad con las disposiciones del Art.696, del Código de procedimiento Civil Dominicano, reformado por la Ley 764, del 20 de diciembre del 1944, se hace la presente publicación; que el día Jueves que contaremos a dos (2) del mes de agosto del año Dos Mil Dieciocho (2018), a las 9:00 A.M., es la fecha en que será ofrecido en venta en pública subasta, por causa de embargo inmobiliario, al mejor postor y último subastador en LA PRIMERA SALA DE LA CÁMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN PEDRO DE MACORÍS, ubicada en uno de los Salones de la Planta Baja del Edificio de Palacio de Justicia de San Pedro de Macorís, sito en la calle Licenciado Laureano Canto R. No. 1, esquina calle Hermanas Mirabal, San Pedro de Macorís, República Dominicana, el siguiente inmueble: INMUEBLE IDENTIFICADO COMO Parcela No. 238, del D.C. 17.3, ubicado en San José de los Llanos, provincia San Pedro de Macorís, amparado en el Certificado de Título Matrícula (Constancia Anotada) No. 2100013120, una porción con un área superficial de 553,021.00 Mts2, propiedad de la razón social SUPLIDORA AGROPECUARIA SILVESTRE, S.R.L., (Deudora), perseguida por el señor PIERRE DUBEAU, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. FRANCISCO JOSE BROWN MARTE, por un precio de primera puja por la suma de VEINTICUATRO MILLONES DE PESOS DOMINICANOS (RD$24,000,000.00), y la venta se llevará a cabo bajo las condiciones prescritas en el pliego de condiciones redactado al efecto y conforme al aviso publicado anteriormente en la página No. 16 de la sección legales del periódico EL NUEVO DIARIO, en la edición 11776 (FC358988) de fecha 19 de junio del año 2018. En el Municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los trece (13) días del mes de Julio del año 2018.

DRA. ALTAGRACIA M. CHALAS V., Abogada.

LIC. CARLOS D. GOMEZ RAMOS (AC-13570-PC-2/2)

LEGAL 19

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LIC. FRANCISCO JOSE BROWN MARTE, Abogado Persiguiente. FC 359880


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El MuNDO Campaña electoral en Pakistán vive jornada sangrienta con 132 muertos ISLAMABAD, Pakistán.La campaña electoral en Pakistán vivió este viernes una jornada sangrienta con 132 muertos y alrededor de 140 heridos en dos atentados contra mítines políticos, cuando faltan menos de dos semanas para los comicios generales en el país. El mayor de los atentados, con 128 muertos y 122 heridos, fue reivindicado por el grupo yihadista Estado Islámico (EI), en uno de los peores actos terroristas en Pakistán de los últimos años. El atentado ocurrió cuando un atacante suicida hizo explotar las bombas que portaba durante un mitin en

un mercado en el distrito de Mastung, en la provincia occidental de Baluchistán, una de las regiones paquistaníes más azotadas por el terrorismo. El acto lo encabezaba el político Siraj Raisani, del grupo regional Partido Nacionalista Awami (ANP), que falleció en un centro hospi-

El grupo yihadista Estado Islámico (EI) asumió la autoría del atentado suicida en un escueto comunicado.

talario a consecuencia de las graves heridas sufridas, según dijo a Efe su hermano Lashkari. El fallecido era hermano de un antiguo jefe de Gobierno de Baluchistán, Mohammad Aslam Khan Raisani, y uno de sus hijos había muerto también en un atentado terrorista en 2011. Parte de los heridos fueron trasladados a varios hospitales en Quetta, la capital provincial, donde los servicios sanitarios activaron el “estado de emergencia” ante la masiva llegada de víctimas, declaró a Efe Muhammed Ramzan, portavoz de la Policía.

El mundo, sin EEuu, logra su primer Partido lula pacto para gestionar las migraciones en ofensiva NACIONES UNIDAS.Con la excepción de Estados Unidos, todos los países de la ONU cerraron este viernes el primer acuerdo para tratar de mejorar todo el proceso migratorio a escala global y aumentar la protección de los inmigrantes. El documento, bautizado oficialmente como Pacto Mundial para una Migración Segura, Regular y Ordenada, compromete a los Gobiernos con toda una serie de objetivos a la hora de gestionar las migraciones. Entre las metas destacan ampliar las vías de migración regular, usar la detención de indocumentados únicamente como últi-

para exigir su libertad

mo recurso u ofrecer acceso a servicios básicos a todos los inmigrantes, sin importar su estatus. El acuerdo no es jurídicamente vinculante, por lo que su implementación queda a la voluntad de los Estados, pero la ONU confía en que se convertirá en una guía clave a la hora tratar todos los asuntos de migración, como

ha ocurrido en otros ámbitos con documentos de ese tipo, como la Agenda 2030 para el desarrollo. “Hoy (viernes) es un día histórico para Naciones Unidas, para el multilateralismo y, especialmente, para millones de migrantes”, aseguró el embajador de México ante la ONU, Juan José Gómez Camacho.

SAO PAULO, Brasil.- El Partido de los Trabajadores (PT), que lidera Luiz Inácio Lula da Silva, preso por corrupción, inició este viernes una campaña de protestas en las principales ciudades de Brasil para exigir la liberación del expresidente brasileño y defender su candidatura para las elecciones de octubre. Las protestas de este viernes, de limitado seguimiento, integran una agenda de movilizaciones y eventos que se prolongarán hasta el próximo 15 de agosto.

Sudán del Sur: Embargo bélico NACIONES UNIDAS.- El Consejo de Seguridad de la ONU aprobó este viernes una resolución que amplía las sanciones contra Sudán del Sur e impone un embargo de armas sobre el país. La medida, impulsada por EEUU, salió adelante en una ajustada votación, en la que obtuvo el apoyo de nueve países, el mínimo necesario para ser adoptada.

Nicaragua: Al menos 4 policías y civil muertos

MANAGUA, Nicaragua.Al menos 4 agentes de seguridad y un civil fallecieron en un enfrentamiento entre policías y pobladores, durante una protesta contra el presidente Daniel Ortega en Nicaragua, informaron este viernes la Policía Nacional y manifestantes “autoconvocados”. El enfrentamiento ocurrió la tarde del pasado jueves en la ciudad de Morrito, en el sureste de Nicaragua, en circunstancias que no han sido aclaradas. La Policía Nacional infor-

mó de que “un grupo de terroristas (...) simulando realizar una denominada marcha pacífica, de manera vil y cobarde atacaron con armas de fuego, la delegación policial del municipio de Morrito”. Los “autoconvocados”, que reconocieron haberse “defendido” con balas, afirmaron en redes sociales que la marcha se desarrollaba de manera pacífica, cuando fueron atacados por los policías, y que los muertos fueron “ejecutados” en un supuesto intento de deserción.

PARA PUBLICAR EN EL PERIODICO Por este medio se hace de público conocimiento que se ha solicitado la rectificación de Registro de Estado Civil del señor JUAN FRANCISCO GERARDO VALDEZ, de Casado a Soltero, en el certificado de Título número 2006-10896 de fecha 8 de noviembre del 2006, correspondiente al solar 1-K, Manz. 3609, DC. 1, con una porción de 212.07 metros cuadrados, a nombre del señor Juan Francisco Gerardo Valdez, quien es de Estado Civil Soltero.

LICDA. MILBIA E. GUERRERO, Abogada. FC 359801

AVISO DE CORRECCION DE CONSTANCIA DE VENTA ANOTADA EN CERTIFIADO DE TITULO Para conocimiento general se hace constar que en la Constancia de venta anotada en el Certificado de Título No.77-3381, expedido en fecha 06/03/1989, por el Registrador de Títulos del Distrito Nacional, a nombre del señor GUISEPPE SANTIN, en sus generales se hizo constar que el mencionado señor esta casado con la señora KARAPEOVA LYUBA, constituyendo eso un error material involuntario que se deslizo en el acto de compra venta instrumentado en fecha 04/01/1988, toda ves que, a esa fecha el mencionado comprador era soltero, según lo atestigua el acta de divorcio que había intervenido entre él y dicha señora en fecha 28/05/2013. DR. MANUEL FERRERAS PEREZ, Abogado. FC 359791

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DEPORTES VoLEIBoL

TAEkwondo

RD avanza a final Copa Panam; vence 3-0 a Brasil en forma convincente

Pié gana medalla de plata en Open Panamericano de washington

Luisito Pié

WILLIAM AISH EDITOR DEPORTIVO EL NUEVO DIARIO Williamaish@gmail.com

La Seleccion Dominicana de Voleibol Femenina festeja su pase a la final

SANTO DOMINGO.- La Selección Nacional de Voleibol Femenino de la República Dominicana avanzó anoche a la serie final de la XVII Copa Panamericana al vencer en forma convincente tres sets por cero a Brasil (25-10, 25-16 y 25-23) ante un Palacio de Voleibol totalmente repleto de fanáticos que fueron a respaldar a su equipo. Dominicana tenía 15 años que no derrotaba a Brasil en un torneo de Mayores. La última vez fue en la semifinal de los Juegos Panamericanos 2003 en Santo Domingo que la derrotó 3-2. Este sábado, Dominicana se enfrentará por la medalla de oro ante el sexteto de Estados Unidos, que anoche venció a Canadá

Dominicana tenía 15 años que no derrotaba a Brasil en un torneo de Mayores. La última vez fue en la semifinal de los Juegos Panamericanos 2003 en Santo Domingo que la derrotó 3-2. para conseguir su pase a otra final. Estados Unidos es el vigente campeón, que derrotó el año pasado, precisamente a la República Dominicana. Brasil y Canadá

irán por el bronce. El ataque ofensivo de las dominicanas fue guiado por Brayelin Martínez con 22 puntos, seguida de Yonkaira Peña con 12 tantos y la veterana central, Annerys Valdez aportó 10 puntos. Cándida Arias tuvo un gran desempeño en el juego, lo mismo que la liberó, Brenda Castillo, quien ofreció un recital defensivo. El choque duró 1:20 minutos. En el primer parcial, las dominicanas dominaron a sus rivales gracias a una buena recepción, un servicio asfixiante de Gina Mambrú y Yonkaira Peña pusieron en serios aprietos a la defensa de Brasil. El primer tiempo técnico lo dominó Brasil 8-7, mientras que el segundo lo alcanzaron las dominicanas 16-14.

SANTO DOMINGO.- El atleta Luisito Pié ganó la medalla de plata en los 58 kilogramos en el Open Panamericano de Taekwondo, en Washington, Estados Unidos. Pié perdió el oro ante el atleta Brando Plaza, de México. El nativo de Bayaguana irá este sábado a competir tras 10 puntos para el Ranking Olímpico. Pié, quien conversó con un redactor desde la capital de Estados Unidos, aseguró que este Panamericano de Taekwondo G4 ranking, es un evento continental que aporta puntos para los Juegos Olímpicos, igualando los Juegos Panamericanos. “Competí en los 58 kilogramos contra peleadores de Chile, Canadá y México. Los primeros combates superados por grandes diferencias, por lo que me hizo sentir muy bien, previo a los Centroamericanos y del Caribe”, sostuvo.

DEPORTES 21

Pelota Caliente Nos cuenta el amigo Filiberto Fernández que la Lidom tomará control de los últimos innings del partido en que se corone un equipo campeón, y al mismo tiempo se encargará de la ceremonia de entrega del trofeo, esto para que no se repita lo que se hizo el año pasado. LdF

Atlético Pantoja supera a Delfines en lDF LA ROMANA.- Los Guerreros del Club Atlético Pantoja superaron por la mínima a los Delfines del Este en partido celebrado en el Complejo Deportivo de La Romana. El gol de Armando Maíta al minuto 79 fue suficiente para que los de Pantoja se llevaran los tres puntos. Este encuentro correspondiente a la jornada 12 de la Liga Dominicana de Fútbol (LDF) 2018, sirvió de reposición luego de que en la fecha pautada inicialmente, fue suspendido por lluvia. Además, era la primera visita de Los Guerreros al campo de los Delfines, quienes para esta temporada, han establecido su localía en la provincia turística del este del país. En la primera mitad del partido, los balones divididos y los constantes ida y vuelta, fueron la tónica del partido. Las malas condiciones del terreno de juego, hacían imposible el traslado continuo del balón. Los locales lograron celebrar pero no por mucho, luego de que una jugada al minuto 28, fuese invalidada por fuera de juego. La segunda parte sería un libreto muy similar a los primeros cuarenta y cinco minutos. Los Guerreros aprovecharon su velocidad por las bandas para intentar hacer daño al arco de los Delfines. Al minuto 78, y en una jugada combinada al borde del

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Armando Maíta

área, un desborde y posterior internada en el área de Jesús “Piojo” Quintero, este sirvió un balón a Maíta para que este rematara y tras un ligero desvío en un defensor, se quebró el empate. Con este gol, Armando Maíta llega a 10 goles en la presenta campaña y se ubica como líder en solitario de este apartado en toda la LDF. Tras esta victoria, Los Guerreros se ubican en la tercera posición del campeonato, tras contabilizar 28 puntos, únicamente por detrás de Atlético San Francisco y Cibao FC, este último, rival de Los Guerreros para la siguiente jornada. Barcelona Atlético saca un empate ante la O&M

El equipo Barcelona Atlético sacó un empate a dos goles ante la Universidad O&M, en un partido reasignado de la fecha 12 celebrado la tarde de este viernes en el Estadio Félix Sánchez, correspondiente al torneo 2018 de la Liga Dominicana de Fútbol (LDF.


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22 DEPORTES

BéIsBoL

BéIsBoL

u league inaugurará complejo de béisbol

Pablo Ulloa, presidente de U League

SANTO DOMINGO. – U League anunció este viernes la inauguración de un moderno complejo de béisbol en las instalaciones del campus de la Universidad Pedro Henríquez Ureña, con el que busca cambiar la forma en que se practica el deporte en el país. Con la firme creencia de que la educación y el béisbol no tienen que ir separado, U League desarrolló una alianza estratégica con la alta casa de estudios para combinar la pasión del dominicano con la educación. El complejo cuenta con un terreno profesional, dos campos para pequeñas ligas, un medio campo, dos

Con la firme creencia de que la educación y el béisbol no tienen que ir separado, U League desarrolló una alianza estratégica con la alta casa de estudios para combinar la pasión del dominicano con la educación. bullpens, un área de bateo y de entrenamiento físico, un anfiteatro, aulas, así como áreas administrativas, baños

vestidores y almacenes. “Este es un proyecto con el que queremos contribuir a la mejoría del deporte en la República Dominicana, al crecimiento del béisbol y entender que el mismo no tiene que separarse de la educación”, dijo Pablo Ulloa, presidente de U League. En los terrenos se instaló un moderno sistema de irrigación y drenaje de primera generación, sistema de streaming y de estadísticas digitales. El complejo será inaugurado el 21 de julio con la celebración de un partido de la Dominican Summer League.

E. Aybar firma en México MéXICO. El jugador dominicano Erick Aybar fue presentado oficialmente con los Acereros del Norte, en conferencia de prensa realizada en el Estadio Monclova este viernes. Los directivos José Meléndez y Mario Valenzuela fueron los encargados de recibir y entregarle la casaca con el número 2 al dominicano Aybar. “Estoy muy orgulloso de presentar a Erick Aybar como nuestro nuevo refuerzo. Es algo muy interesante para nosotros presentar un pelotero de su calibre, un grandes ligas, un guante de oro, juegos de estrellas, viene aquí a jugar infield con nosotros y seguir adelante para ganar un campeonato aquí en Monclova”, comentó el director deportivo José Meléndez en su presentación. Aybar agradeció a Dios y a los presentes, comentando su alegría por aportar un granito de arroz en el equipo y las ganas de ganar un campeonato en México. “Me siento bien en mente, física y en todo lo que yo pueda aportar”, dijo.

BéIsBoL

Pujols colocado en lista de lesionados LOS ANGELES, ESTADOS UNIDOS.- El dominicano Albert Pujols fue puesto en la lista de lesionados por diez días debido a una inflamación en la rodilla izquierda. Pujols viene de disparar los cuadrangulares 629 y 630 la noche del jueves em-

Albert Pujols

patando con Ken Griffey Jr. Ambos cuadrangulares lo colocaron en el puesto número seis de la lista de todos los tiempos de las Grandes Ligas. Actualmente, Pujols tiene promedio de bateo de .251, con 16 cuadrangulares, y 52 carreras impulsadas en esta campaña.

TEnIs dE mEsA

lockward y Castro arrancan con triunfos en los sencillos juegos Panam Tenis de Mesa

El dominicano Mariano Lockward, durante la jornada de sencillos del viernes

SANTO DOMINGO. Mariano Lockward logró sus primeros dos triunfos y Esmerlyn Castro tuvo 2-1 en la modalidad de sencillos que inició este viernes en el III clasificatorio Panamericano de Tenis de Mesa que se celebra en el moderno gimnasio del Colegio Carol Morgan. Lockward superó 3 sets por 0 a Bryan Solís, de Costa Rica, y después le ganó 3-1 a Gabriel Pérez, de Perú, en las competencias de grupos del certamen internacional. Castro, en femenino, doblegó 3-1 a la peruana Claudia Flores Suárez, y luego despachó 3-2 a la chilena Claudia Infante. En su primer partido, la dominicana cayó 2-3 ante la canadiense Joyce Xu, en un emocionante partido.

En otros resultados, Leandro Fuentes, de Argentina, se impuso 3-0 ante el dominicano Pedro Balbuena, mientras que Gustavo Castillo, de Chile, se impuso 3-1 ante el también quisqueyano Andrés Lora. Omar Andújar superó 31 a Javier King, de Trinidad y Tobago, en tanto que Abit Tejada derrotó 3-0 a Nickolus Romain, de Guyana.

Lockward superó 3 sets por 0 a Bryan Solís, de Costa Rica, y después le ganó 3-1 a Gabriel Pérez, de Perú, en las competencias de grupos del certamen internacional.

lidom y equipos lamentan deceso madre Junior Noboa

Erick Aybar

La Liga Dominicana de Béisbol y los equipos que forman el órgano de la Lidom enviaron condolencias a Junior Noboa, por el fallecimiento de la señora Diana Díaz, madre del ejecutivo de la entidad. Doña Diana Díaz viuda

Noboa, quien fuera esposa de don Milcíades “Chide” Noboa, falleció en la madrugada de este viernes a los 79 años de edad. Sus restos están siendo velados en la Funeraria Blandino de la Avenida Abraham Lincoln.

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DEPORTES 23

GoLF

ACERCATE

Al GOlF WILLY PUMAROL Golf Coach Willypumarolgolf@gmail.com

los Rodríguez participan en evento de golf

El GRiP, aquí empieza todo I Parte

Desde que el golf existe ha habido un gran debate sobre las formas correctas de agarrar el palo de golf. Pensemos un poco, la única parte de nuestro cuerpo que tiene contacto con el palo de golf son las manos. Ellas son el termómetro del swing. Desde este punto creamos imágenes de cómo vamos a golpear la bola. Esto me recuerda que todo lo que aprendemos se logra por visualización, imitación, estudio y práctica; no sé cuál fue su caso con el golf pero hoy veremos por qué el GRIP es quizás la parte más importante del swing de golf. Hay dos factores claves que deben ser revisados para que las muñecas logren el movimiento natural. Uno es como colocamos las manos y el 2do es la presión que aplicamos en el grip. Muchos errores empiezan por no entender cómo deben colocarse nuestras manos en el palo de golf, generando así que la cara venga abierta o cerrada al golpear la bola; acostumbrándonos penosamente al slice o el fatal hook. Veamos hoy los pasos correctos para colocación de las manos en el GRIP: 1. Sostenga el palo de golf con su mano izquierda. 2. El palo de golf debe correr en diagonal desde la parte inferior de la palma hasta el dedo índice. 3. Cierre la mano izquierda asegurándose que 2 nudillos estén visibles (dedo índice y dedo corazón). 4. El dedo pulgar izquierdo debe estar en la parte superior del eje del palo. 5. La V formada entre el dedo índice y el pulgar debe apuntar a la oreja derecha. 6. El agarre de la mano izquierda se sostiene con la palma y los dedos. 7. Cuando el agarre de la mano izquierda está correcto, entonces agregue la mano derecha. 8. El agarre de la mano derecha está predominantemente en los dedos. 9. El palo de golf se sostiene a todo lo largo en la base de los dedos en una ligera diagonal. 10. Envuelva su mano izquierda alrededor del palo y acomode el dedo pulgar izquierdo en el centro de su palma derecha. 11. El propósito de un buen agarre es mantener la CARA del palo cuadrada durante todo el swing en línea a nuestro objetivo. “La ley de promedios dice que si haces algo con suficiente frecuencia, una proporción comenzará a aparecer” Jim Rohn.

Kevin y Justin Rodríguez

SANTO DOMINGO.- Los hermanos Kevin y Justin Rodríguez jugarán en el World Stars of Junior Golf Championship, donde tomarán parte unos 900 niños de todo el mundo. El evento iniciará este domingo en Las Vegas, Estados Unidos, hasta el día 20 del presente mes. Kevin y Justin vienen de jugar en el Img Academy Junior World, en California, donde el primero terminó con score de 77+77+74, mientras que el segundo tiró 91+81+86. Kevin, de 14 años, jugará por primera vez el evento en Las Vegas, donde se siente muy entusiasta por la oportunidad de poner en alto la bandera tricolor en el evento donde casi mil niños tomarán parte, en diferentes categorías. “Me he preparado bien para este evento. Las expectativas son altas para quedar en los primeros 10 lugares, ya que aquí se dan cita los mejores jugadores de mundo”, dijo el mayor de los Rodríguez. Por su parte, Justin, de 13 años, dijo que: “Vengo a competir y ganar experiencia en este tipo de evento. Daré lo mejor de mí, como siempre”. Kevin y Justin jugarán en la categoría 13-14, donde unos 90 niños competirán.

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PéRDIDA DE PLACA: Vehículo de CARGA, marca NISSAN, modelo FRONTIER NP300 D23 4WD, color BLANCO, placa L370633, año 2018, chasis 3N6CD3384ZK377627, a nombre de FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN Y GARANTÍA KM100 FLEET CAPITAL, RNC 131444326.

PéRDIDA DE MATRÍCULA: marca Daihatsu, color blanco, modelo Hijet, año 1997, placa y registro L028144, chasis S82P123910, a nombre de PRODUCTOS ORTIZ, S.A. FC359903

PéRDIDA DE MATRÍCULA: marca Honda, modelo Civic Ex, año 2008, color negro, placa y registro A724323, chasis 2HGFG11828H535307, a nombre de LOOR VALET AUTO IMPORT, SRL.

PéRDIDA DE PLACA: Vehículo de CARGA, marca ISUZU, color GRIS, placa L312437, año 2012, chasis MPATFS85HCT100953, a nombre de SATURNINO GONZÁLEZ ADAMES, cédula 0530025993-3.

PéRDIDA DE MATRÍCULA: marca Toyota, año 2007, color rojo, modelo Corolla, placa y registro A599768, chasis 1NXBR32E27Z891951, a nombre de RAMONA CAMPAÑA DAMIÁN.FC359907

PéRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Toyota, color azul, año 1986, placa y registro chasis A345424, JT2AE82E2G3371871, a nombre de JORGE TOLENTINO PINALES, cédula 001-0553339-2. FC359887

PéRDIDA DE PLACA: de motocicleta privada, marca X-1000, color rojo, año 2017, placa y registro K0792953, chasis TBLJCNLR6H0A21779, a nombre de CRISPIN ERASMO SIERRA PEÑA.

PéRDIDA DE MATRÍCULA No. BT-P21-438BCH del bote de nombre “PEDRO”, color blanco, eslora 14’, manga 4’9”, puntal 2’, a nombre de PEDRO ANTONIO HERNANDEZ. FC359905

PéRDIDA DE PLACA: de jeep, marca Daihatsu, modelo J200LG-GQDF, año 2008, color azul, placa y registro G189414, chasis JDAJ200G001013118, a nombre de MARÍA TERESA ARMENMORENO, TEROS cédula/pasaporte/RNC: 5-31-68210-8. FC359884

PéRDIDA DE PLACA: marca Jincheng, año 2012, color negro, placa y registro G252541, chasis LJCPCKLJ6CS000232, a nombre de FRANCISCO ALBERTO DE LOS SANTOS.

PéRDIDA DE MATRÍCULA No. BT-E211-3237SDG del bote de nombre “ERNI-I”, color blanco, eslora 21’, manga 6’2”, puntal 2’5”, a nombre de PEDRO ANTONIO HERNANDEZ. FC359905

PéRDIDA DE MATRICULA: de automóvil privado, marca Nissan, color gris, año 2011, placa y registro A715092, chasis K13003919, a nombre de LUZVINA AUTO IMPORT, S.R.L., RNC: 1-31-24555-2. FC359885

PéRDIDA DE PLACA: marca Toyota, modelo LN171L-CRMDS, año 1999, color rojo, placa y registro L121367, chasis LN1710002565, a nombre de SERGIO ERNESTO PUJOLS.

PéRDIDA DE MATRÍCULA No. BT-05-457BCH del bote de nombre “ONEIDA”, color blanco, eslora 14’, manga 6’2”, puntal 2’5”, a nombre de PEDRO ANTONIO HERNANDEZ. FC359905

PERDIDA DE MATRICULA: MOTOCICLETA, Marca YAMAHA, modelo T110C, color NEGRO, Año 2010, placa N722939, Chasis LL8KE1542AB003535, a nombre de ARIEL DE JESUS ABREU VASQUEZ, CED. 047-0205547-8. (RO-17657-CM)

PéRDIDA DE PLACA: Vehículo jeep, marca Toyota, color negro, año 2003, placa No. G165838, chasis JTEGH20V930082518, a nombre de JANSEL FELIZ FELIZ.

PéRDIDA DE MATRÍCULA No. BT-K5-433BCH del bote de nombre “KATTY”, color blanco, eslora 16’, manga 6’2”, puntal 2’5”, a nombre de PEDRO ANTONIO HERNANDEZ. FC359905

PERDIDA DE MATRICULA: AUTOMOVIL PRIVADO, Marca TOYOTA, modelo COROLLA, color NEGRO, Año 2011, placa A734310, Chasis JTDBU4EE7BJ098630, a nombre de DIOSMEDY MARGARITA EVANGELISTA DE JIMENEZ, CED. 047-0172389-4. (RC-6988 -PN)

PéRDIDA DE PLACA: Vehículo autobús privado, marca Daihatsu, color blanco, año 1997, placa No. I034416, chasis S82V524715, a nombre de ANTONIO CRUZ SEVERINO.

PéRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo placa K0194508, chasis RDGHDT200900512, color negro, marca Delta, modelo DT110-5, año 2009, propiedad de LUISA MARIA SALDAÑA DE LOS SANTOS, cédula 012-01081989-5. San Juan de la Maguana. FP 98456

AVISO: Se le invita a PEDRO POLANCO BRITO, cédula No. 001-0434862-8, a pasar por plan piloto, para el Retiro de Denuncia del vehículo de carga, marca Mitsubishi, color gris metal, año 1995, placa anterior No. LBH397, placa actual L107547, chasis DJFK110SP00130, a nombre de DANY MORON RAMIREZ, cédula 010-0083346-5, quien es que lo solicita.

PéRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Honda, modelo C50 Custom, año 1984, color azul, placa y registro N125953, chasis C508984085, a nombre de JORGE LUÍS DELGADO CAMPUSANO, cédula 002-0147045-7. FC359898

PéRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo automóvil privado, marca Mazda, modelo 323, placa y registro No. A081141, color blanco, año 1999, chasis JM7BA116300241009, propiedad de ERIC GABRIEL MERAN BAEZ, cédula 001-1833360-8. FC 359879

PéRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo jeep, marca Ford, año 1994, color verde, modelo Explorer, chasis No. IFMDU32X4RUC52109, placa o registro No. OM00019, a nombre de SERVIO CEDEÑO PEPEN.

PéRDIDA DE PLACA: de carga,

RAFAEL MARTINEZ.

PéRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo automóvil privado, marca Toyota, modelo Corolla CE, año 1987, color gris, placa y registro No. A364960, chasis JT2AE82E0H3531960, propiedad de JOSE DEL CARMEN PLACENCIA HERNANDEZ, cédula 001-0686971-2. FP 98457

PéRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo automóvil privado, marca Nissan, color plateado, año 2003, placa No. A308700, chasis 3N1CB51S9ZK027260, a nombre de ROSA EMILIA RODRIGUEZ REYES.

PéRDIDA DE MATRÍCULA: Honda, año 1992, color azul, modelo EG862NP, placa y registro A277274, chasis JHMEG86200S018410, a nombre de HELPPYS DOMINGO CASTRO VELEZ. FP98470

PéRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo placa N201378, chasis LC6PAGA1260860207, color gris, marca Suzuki, modelo AX100, año 2006, propiedad de JOSELITO MONTERO MONTERO, cédula 075-0009161-1. FP 98429

PéRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo JEEP, marca NISSAN, modelo XTRAIL, año 2007, color GRIS, placa G312339, chasis JN1TBNT30Z0106309, propiedad de DEUTSCHE WELTHUNGERHILFE EV, cédula o RNC 4-30-03395-2

PéRDIDA DE MATRÍCULA: marca Honda, modelo Civic, año 2005, color gris, placa y registro A587559, chasis 2HGES16565H625631, a nombre de ONIEL DE JESÚS GONZÁLEZ PRESINAL.

PéRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo placa K0211775, chasis JF061214261, color blanco, marca Honda, modelo LEAD100, año 1994, propiedad de JUAN CARLOS FAMILIA DE OLEO, cédula 012-0106871-3. FP 98447

marca Daihatsu, color rojo, año 1998, placa y registro L099774, chasis V11810762, a nombre de


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LUISITO PIé

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