87 minute read

y 9 fallecimientos a causa

AVISO DE CITACIÓN PARA AUDIENCIA DE MENSURA DE SANEAMIENTO

FEBRERO 19/2021 Expediente No. 0320-20-0013680 Al JUZGADO DE PAZ de San Juan de la Maguana, Provincia San Juan; Al AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LA MAGUANA, PROVINCIA SAN JUAN; Al ABOGADO DEL ESTADO DOMINICANO ANTE EL TRIBUNAL DE TIERRAS; A Los Colindantes: AL NORTE: JOSÉ ANÍBAL ARNAUD y ALEJANDRINA JAVIER FERNÁNDEZ. AL ESTE: CALLE DOCTOR CABRAL. Al SUR: OLGA ESTHELA PÉREZ y MAURO ENCARNACIÓN; AL OESTE: JUAN DE LA CRUZ BENZÁN y ANDRÉS LÓPEZ; A LOS RECLAMANTES: Espaminonda Vargas Villegas, Ondina Criseida Vargas Villegas y Milton Eugenio Vargas Villegas. Al SECRETARIO DEL TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL SAN JUAN DE LA MAGUANA; AL AGRIM. ABRAHAN BELLIARD MONTERO, CODIA NO. 04190; A QUIENES PUEDA INTERESAR. SE CITAN a las personas mencionadas más arriba y a todo aquel que crea tener algún interés en el saneamiento de la PARCELA NO. 206851206963, Distrito Catastral No. 1, del MUNICIPIO DE SAN JUAN DE LA MAGUANA, para que comparezcan el día 16-03-2021, a las nueve (9:00) horas de la mañana, a celebrarse en el lugar donde se encuentra ubicado el inmueble, sito en la Calle Doctor Cabral No. 38, del municipio de San Juan de la Maguana, a fin dar a conocer los derechos que pretendan y las pruebas que se basan y para que al efecto formulen sus reclamaciones en el Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original.

MILTON EUGENIO VARGAS VILLEGAS Y COMPARTES, ESPAMINONDA VARGAS VILLEGAS Y ONDINA CRISEIDA VARGAS VILLEGAS.

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

Se avisa al público en general, que el 02 de Marzo del año 2021, a las 9:00 a.m., se realizaran los trabajos de campo de DESLINDE que se efectuara dentro del ámbito de la Parcela No. 479-D-1- REF, D.C. No. 32, Municipio Boca Chica, Provincia Santo Domingo. Según Autorización de fecha 23 de Febrero del 2021. Expediente No. 6632021009138, Propiedad de: CARLOS DANIEL AYBAR RIVAS

JUAN RAMON SANCHEZ FAJARDO Agrimensor- Contratista Codia: 5295

AVISO A QUIEN TENGA INTERES PUBLICO

En fiel cumplimiento con el Art. No. 75 del R.G.M.C., se avisa que a las 10:00 A.M. del día: 8 del mes de marzo del año 2021, se dará inicio al acto del levantamiento parcelario del Deslinde ubicado dentro de la P. No. 19PRO-A-3, D. C. No. 4, Municipio y Provincia del Distrito Nacional; Investida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Dpto. Central con el carácter de Oficial Público, mediante Autorización No. 6632021004438 de fecha: 29 del mes de enero del año 2021.

YOARKY L. RECIO S. Agrimensor, CODIA: 22774 Tel. (849)357-0949

AVISO PARA TRABAJOS DE DESLINDE

Expediente No.6642020063053

Hacemos público conocimiento a quien pueda interesar y a la Dirección Regional de Mensura Catastral, Departamento Este, que el día martes dos (02) del mes de marzo del año 2021, a la 3:00 p. m. horas de la tarde, se realizarán los trabajos de MENSURA PARA DESLINDE, dentro de la Parcela 2-B, del Distrito Catastral 37/1ra, con una superficie de (34,587.30 mts) en el municipio de Higüey, provincia La Altagracia, Rep. Dom. Propiedad del Sr. MIGUEL ÁNGEL GONZÁLEZ GUERRERO, con la autorización de fecha 24 de noviembre del año 2020.

AGRIM. MAILING NATHALI HERNÁNDEZ DE CAYETANO AGRIMENSOR CONTRATISTA. CODIA 35387.

FC 397639

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

Se hace público conocimiento que se ha extraviado el CERTIFICADO FINANCIERO No. 006-060163, emitido por la COOPERATIVA SAN MIGUEL, Inc., de fecha Catorce (14) del mes de Marzo del año Dos Mil Veinte (2020), por el monto de QUINIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS (RD$500,000.00) MONEDA DE CURSO LEGAL a nombre de FRANCISCO JAVIER DE LOS SANTOS TEJADA, portador de la cedula de identidad y electoral No. 031-0544764-7, La presente publicación se hace para los fines de Ley correspondiente.

FC 397369

AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

La señora MARCEDLINA PEREZ PEÑA provista de la cedula identidad y electoral No. 037-00080223, domiciliada y residente en la ciudad de San Felipe de Puerto Plata, dando cumplimiento a la ley general de Bancos, hace de público conocimiento que se ha perdido o extraviado EL CERTIFICADO FINANCIERO NÚMERO 1363106 de fecha 1 del mes de febrero del año 2016 por la suma de CIENTO DIECINUEVE MIL CINCUENTA Y SIETE PESOS PUNTO SESENTA Y DOS DOMINICANOS (RD$119,057.62), emitido a su favor, por EL BANCO BHD LEON.

Cualquier información, por favor dirigirse a la señora MARCEDLINA PEREZ PEÑA, en la oficina de su abogado constituido y apoderado especial Licenciado PEDRO PABLO PEREZ, dominicano, mayor de edad, casado, provisto de la Cedula de Identidad y Electoral No. 031-0383941-5 Abogado de los Tribunales de la República, matrícula 13261-342-92, con Estudio abierto en el edificio No. 55, de la calle Mella, de esta ciudad de Santiago, o a los teléfonos 809-471-8204, móvil 849-352-8823.

Santiago, Rep. Dom., a los veinte (20) días del mes de enero del año 2021.

PUBLICACIÓN DE INCORPORACIÓN INSTITUTO TECNICO SOR BRIGIDA PAREDES

En cumplimiento con las disposiciones del artículo 5 párrafos I, II y III, de la Ley 122-05, del 8 de abril del año 2005, se hace de público conocimiento que mediante Resolución No. 0005-2021, emitida por la Procuraduría Regional de San Francisco de Macorís, en fecha 04 de febrero del 2021, fue otorgado el beneficio de incorporación a la asociación sin fines de lucro INSTITUTO TECNICO SOR BRIGIDA PAREDES, con su domicilio en la calle Prolongación Lorenzo Álvarez S/N, Zona Urbana, Centro Ciudad, Municipio de Cabrera, Provincia María Trinidad Sánchez, República Dominicana. Esta institución tiene como objetivo principal: “Proporcionar una formación integral que logre el desarrollo físico, psicológico, intelectual y académico de forma creativa y pensante, que los capacite al descubrimiento de su dignidad de persona y de hijos de Dios, para un servicio solidario en la sociedad.” Sus objetivos específicos son: a) Facilitar una formación integral, humana y religiosa, que le lleve a reconocer su dignidad como persona e hijos de Dios, para desde ahí, dinamizar y transformar la sociedad. b) Contribuir al desarrollo social y religioso de la sociedad, a través de la formación integral en beneficio de personas de escasos recursos. c) Impartir charlas, conferencias, temas y talleres que amplíen altamente el conocimiento de la persona. d) Desarrollar programas de formación humano-cristiana a beneficio de la comunidad y en favor de los más necesitados. La duración de esta asociación es por tiempo indefinido. Sus miembros fundadores son: Sor SERGIA JIMÉNEZ VÁSQUEZ, Sor MARÍA ALEJANDRINA VARGAS GENERES, Sor NICOLASA RODRÍGUEZ GUZMÁN, Sor LUCIA MERCEDES MUÑOZ TINEO, Sor FRANCISCA ANTONIA TEJADA BAUTISTA, Sor CARMEN DELIS OSORIA SUSANA y Sor MARICELA MEJÍA DEL LEÓN, su Junta Directiva estará constituida por cinco (5) miembros, que son: Sor SERGIA JIMÉNEZ VÁSQUEZ, Presidente; Sor MARÍA ALEJANDRINA VARGAS GENERES, Vicepresidente; Sor NICOLASA RODRÍGUEZ GUZMÁN, Secretaria; Sor LUCIA MERCEDES MUÑOZ TINEO, Tesorera y Sor FRANCISCA ANTONIA TEJADA BAUTISTA, Vocal, tendrá una duración de tres (3) años, según el artículo 24 de los estatutos. En tales condiciones, se encarga a la Dra. Waleska A. Ruiz Peña para que continué con el beneficio legal de la incorporación del INSTITUTO TECNICO SOR BRIGIDA PAREDES, por las vías correspondientes. Se cumple con los requisitos de la presente publicación conforme se hace constar en la certificación expedida por la Procuraduría Regional de San Francisco de Macorís, de fecha 04 de febrero del 2021. En el municipio de Cabrera, provincia María Trinidad Sánchez, República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de febrero del año dos mil veintiuno (2021).

FC 397535 Sor SERGIA JIMÉNEZ VÁSQUEZ, Presidente.

AVISO DE PUBLICACIÓN DE TRANSFORMACIÓN DE SOCIEDAD Y CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA COMPAÑÍA “CINE -ACCIÓN S.A.”.

Capital Social Autorizado RD$150,000.00 Capital Suscrito y Pagado RD$137,300.00 RNC No. 101-09637-3

De acuerdo a lo establecido por la ley 479-08 del 11 de diciembre de 2008 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, se hace de conocimiento general el Proyecto de transformación de la CINE-ACCIÓN S.A., a una sociedad de , dicho proyecto establece: la modificación del nombre de la CINE-ACCIÓN S.A., la cual se denominara CINE-ACCIÓN SRL, la misma estará regida por las leyes de la República Dominicana y los presentes Estatutos; la empresa tendrá como objeto social la realización de documentales educativos; producción de comerciales y noticiarios de televisión y cine; diseños y dibujos arquitectónicos y fotografías; el domicilio de la empresa estará en la calle Correa y Cidrón No.52, Honduras, Distrito Nacional, República Dominicana; con un capital de CIENTO CINCUENTA MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$150,000.00); la empresa será indefinida. A los fines de conocer y aprobar el referido proyecto así como el balance financiero especial, el informe del Consejo de Directores y un informe general elaborado por el Comisario de Cuentas de la sociedad se convoca a los accionistas de la CINE-ACCIÓN S.A., a la Asamblea General Extraordinaria que se celebrara en el local de la Compañía el día 11 del mes de marzo del año 2021. El proyecto de transformación de la Compañía, junto con el informe del Comisario de Cuentas, el balance especial y el informe del Consejo de Directores estarán a disposición de los accionistas en el domicilio de la Compañía.

En Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, a los 22 días del mes de febrero del año 2021. DANIEL SABAS BODDEN TEJADA Presidente

FC 397629

PUBLICACION DE DIVORCIO

Para general conocimiento y en cumplimiento con las disposiciones del Art. 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente:

Que en fecha Siete (07) de Agosto del año Dos Mil Veinte (2020), la SEXTA SALA DE LA CÁMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, dicto en audiencia pública la sentencia de Divorcio por Mutuo Consentimiento, marcada con el No. 531/2020/SSEN/00984, cuyo dispositivo se copia a continuación:

F A L L A

PRIMERO: Acoge como buena y válida, tanto en la forma con el asunto de la presente demanda; en consecuencia, Pronuncia el defecto contra la demandada, señora Elorida De La Cruz, por mutuo consentimiento, citación legal.

SEGUNDO: ACOGE como buena y valida en cuanto a la forma la presente demanda en Divorcio, por haber sido hecho conforme a la ley; y en cuanto al fondo ADMITE el divorcio por Mutuo Consentimiento, entre los señores ZENON POLANCO CIPRIAN y ELORIDA DE LA CRUZ, con todas sus consecuencias legales. Por los motivos precedentemente expuestos; en ese sentido:

TERCERO: Ordena el pronunciamiento del Divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente, previo cumplimiento en las formalidades previstas en la ley de Divorcio.

Que en fecha Nueve (09) de Diciembre del año Dos Mil Veinte (2020), el oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción, Distrito Nacional pronuncio el aludido divorcio, inscribiéndose dicha sentencia en el libro registro de divorcio No. 00013, folio No.0051, bajo el Acta No. 001230, del año 2020.

En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Veintitrés (23) días del mes de Febrero del año Dos Mil Veintiuno (2021).

FC 397601 LIC. PABLO ELIBERTO RODRIGUEZ FRANCO Abogado

AVISO DE DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD SACYR INDUSTRIAL DOMINICANA, S.R.L.

Capital Social: RD$100,000.00 R.N.C. Número 1-31-83578-3 Registro Mercantil No. 152881SD Domicilio Social: Av. Gustavo Mejía Ricart, esquina Av. Abraham Lincoln, Torre Piantini, Suite 1101, Piantini, Santo Domingo, D.N.

De acuerdo a lo establecido en el artículo 413 de la ley 479-08 promulgada el 11 de diciembre de 2008 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, se hace de conocimiento general el Proyecto de DISOLUCIÓN de la sociedad SACYR INDUSTRIAL DOMINICANA, S.R.L. Dicho proyecto comprende de manera principal los siguientes documentos: A) Convocatoria de fecha seis (06) de enero de dos mil veintiuno (2021) debidamente notificada a los socios de la sociedad SACYR INDUSTRIAL DOMINICANA, S.R.L., que cita para el día treinta y uno (31) de enero del año dos mil veintiuno (2021) a la primera Asamblea General Extraordinaria en ocasión de conocer y aprobar la disolución de la sociedad, así como designar el liquidador de la sociedad; B) Acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha treinta y uno (31) de enero del año dos mil veintiuno (2021), que conoce y aprueba la disolución de la sociedad así como también designa como liquidador al señor VICTOR MONZON COLLADO; y C) Carta de garantía del Liquidador VICTOR MONZON COLLADO, de fecha treinta y uno (31) de enero del año dos mil veintiuno (2021) debidamente notarizada en la cual se hace garante de la compañía y responsable de los activos y pasivos de la misma y de cualquier inconveniente o situación que se pueda presentar frente a terceras personas.

En Santo Domingo, Distrito Nacional, a los veinticuatro (24) días del mes de febrero del año dos mil veintiuno (2021). PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

Se hace de público conocimiento la perdida del certificado financiero No. 1580347, del Banco BHD-LEÓN, por valor de RD$4,034,000.00, a nombre de ALEJANDRO SÁNCHEZ BELEN, cédula No. 049-0064520-3. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente

FC 395775

PUBLICACIÓN PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, se hace de público conocimiento la pérdida del certificado de financiero No. 1401485, emitido por el Banco Hipotecario Dominicano (BHD León) de la República Dominicana, con fecha de vencimiento 26 de julio del 2020, por la suma de DOSCIENTOS MIL PESOS (RD$200,000.00), a los fines de que dicha institución financiera proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto, a favor de FRANCISCO ANTONIO GENAO CID, dominicano, mayor de edad, soltero, empleado privado, titular de la cedula No. 031-0374152-0, domiciliado y residente en esta ciudad de Santiago.

En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de febrero de año dos mil veintiuno (2021).

FRANCISCO ANTONIO GENAO CID Depositante Cel. 829-356-1924

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

Se hace de público conocimiento que mediante Acto No. 226/2021 de fecha veintiocho de enero del año 2021 del Ministerial Jhonathan Del Rosario Franco, Alguacil Ordinario de la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, el señor JOSE ROLANDO SANCHEZ PEÑA notificó al BANCO BHD LEON que se le ha extraviado el Certificado de Financiero de su propiedad abierto en esa institución que a continuación se detalla: Certificado Financiero No. 1265625, con Número de Cuenta Anterior 276540, por un monto original de Trescientos Dieciocho Mil Ciento Catorce Pesos con 13/100 (RD$318,114.13), a una tasa de interés de un 2.15 por ciento, por un término de noventa (90) días, cuyo vencimiento estaba pautado para el día 2 de noviembre del año 2020, el cual se encuentra en estado vigente. Y que mediante la señalada notificación, se solicitó al referido banco la cancelación del Certificado de Financiero precedentemente indicado y la expedición de otro que reemplace el perdido.

FC 395743 LIC. VICTOR A. GARRIDO MONTES DE OCA, Abogado.

AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

Se avisa al público en general, que a la señora ANDREA PERALTA PÉREZ, cédula No.001-19082444, se le ha extraviado el Certificado Financiero No.1020088982, por valor de RD$900,000.00, de fecha 17/06/2019, emitido por la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos.

FC 395715 LICDA. ROSA MAGALYS RAMIREZ CUEVAS, Abogada.

AVISTO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

Se avisa al público en general, que a la señora ANDREA PERALTA PÉREZ, cédula No.001-1908244-4 se le han extraviado el Certificado Financiero No.1020184876 por valor de RD$1,900,00000 de fecha 08/07/2019, emitido por la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos.

FC 395715 LICDA. ROSA MAGALYS RAMIREZ CUEVAS, Abogada.

AVISO PERDIDA DE CERTIFICADO DE ACCIONES

Se hace de público conocimiento la pérdida del certificado de acciones No.17113 de fecha 23/04/2019, contentivo de 899 acciones clase “O”, emitido por Grupo BHD. S.A. a favor de SOCORRO LIMARDO VDA. DEL VALLE. La presente publicación se hace para los fines de la ley correspondiente en Santo Domingo, Distrito Nacional, a los dos (02) días del mes de febrero del año dos mil diecinueve (2019).

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

En cumplimiento del art. 22 de la ley no. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dom., modif.. por la Ley 2153 de 1949, el Señor REY TOMAS MEJIA ROJAS, dominicano, mayor de edad, casado, empleado público, cedula No.001-0086706-8, domiciliado y residente en la calle Principal de La Torre de esta ciudad de La Vega, R.D.; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. VICTORINO MEJIA GARCIA, con estudio profesional abierto en la calle Las Carreras Edif. Comercial Acosta Mod.6 de esta ciudad de La Vega, R.D. lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora ERIKA LILIANA ARISTY LOPEZ cuyo último domicilio conocido lo fue en la calle Principal s/n, de la sección Cabirmota, de este municipio de La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Vega el dia 26 del mes de FEBRERO del año 2021 a las 9:00 a.m. así como en la secretaria y puerta del tribunal apoderado, para que comparezca a la AUDIENCIA VIRTUAL a través de la Plataforma Microsoft Teams que al efecto celebrará la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, el cual se encuentra en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 25 del mes de MARZO del año 2021 a las 11:30 A.M. para conocer de la referida demanda, para información de acceso comunicarse a la secretaría de dicho tribunal al tel. 809-242-2970 ext. 264 o ingresando al portal de internet: www.serviciojudicial.gob.do enlace rol de audiencias completando formulario correspondiente. En la ciudad La Vega, R.D., a los 22 días del mes de FEBRERO del año 2021.

LIC. VICTORINO MEJIA GARCIA Abogado apoderado de la parte Demandante

(JEG-AC-19850-WP-22-23-24/02/2021)

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

Para cumplir con lo que dispone el articulo 22 de la ley no. 1306-bis del 21 de mayo de 1937, sobre divorcios en la R. Dominicana, modificado por la Ley 2153 de 1949, el Señor ADONIS PADILLA PERALTA, Dominicano, mayor de edad, casado, chofer, domiciliado y residente en los E.U.A. y de tránsito en el municipio de Jarabacoa, Provincia LA VEGA, R,D. cédula 037-0093257-1; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. JOSE ANTONIO PAULINO GRULLON, cedula no. 050-0012739-8, estudio profesional abierto en 1ER. NIVEL Modulo NO.2 del Edificio Lantigua Motors ubicado en la Calle Dambory esq. Federico Basilis de esta ciudad de Jarabacoa, Prov. De La Vega, R.D. lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora JOHANNA ELIZABETH GREER, cuyo ultimo domicilio conocido lo fue en Hato Viejo, del Municipio Jarabacoa, Provincia La Vega, R.D,, que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Vega el día 02 del mes de marzo del año 2021 a las 9:00 a.m., así como en la Puerta y Secretaria del Tribunal apoderado y en el ultimo domicilio conocido de la demandada, para que comparezca a la AUDIENCIA VIRTUAL a través de la Plataforma Microsoft Teams que al efecto celebrará la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, el cual se encuentra en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 15 del mes de ABRIL del año 2021 a las 10:35 A.M. para conocer de la referida demanda, para información de acceso comunicarse a la secretaría de dicho tribunal al tel. 809-242-2970 ext. 264 o ingresando al portal de internet: www.serviciojudicial.gob.do enlace rol de audiencias completando formulario correspondiente. En la ciudad La Vega, R.D., a los 22 días del mes de febrero del año 2021.

LIC. JOSE ANTONIO PAULINO GRULLON Abogado apoderado de la parte Demandante

(AC-19851-PT-22-23-24/02/2021)

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

En cumplimiento del art. 22 de la ley no. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dom., modificado por Ley 2153 de 1949, el sr. JOSE RAMON MARIA CRUZ, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en los E.U.A. y de tránsito en este municipio de La Vega, R.D., cédula no.047-0071365-5 , quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. DIONISIO DIAZ RAMOS, cedula no. 047-0109674-7, con estudio profesional abierto en el NO.38 (altos) de la Calle Manuel Ubaldo Gómez esq. Núñez de Cáceres Apto.200 Edif. Pascal de esta ciudad de La Vega, R.D., lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora EVELISE ALTAGRACIA HOLGUIN ADRIAN, cuyo último domicilio conocido por su esposo lo fue en Las Yayas, municipio La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Vega el día 26 del mes de febrero del año 2021 a las 9:00 a.m. Asi como en la Secretaria y puerta del tribunal apoderado, para que comparezca a la AUDIENCIA VIRTUAL a través de la Plataforma Microsoft Teams que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, ubicado en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 09 del mes de MARZO del año 2021 a las 10:30 A.M. para conocer de la referida demanda para información de acceso comunicarse a la secretaria de dicho tribunal al tel. 809-242-2970 ext.259 o ingresando al portal de internet: www.serviciojudicial.gob.do enlace rol de audiencias completando formulario correspondiente. En la ciudad La Vega, R.D., a los 22 días del mes de FEBRERO del año 2021.

LIC. DIONISIO DIAZ RAMOS Abogado apoderado de la parte Demandante

(AC-19843-CEA-22-23-24/02/2021)

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

En cumplimiento del art. 22 de la ley no. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dominicana, modif. por la Ley 2153 de 1949, el Señor REIMY ANTONIO ABUD FERNANDEZ, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en este municipio de La Vega. R.D., cédula no.402-2476441-1; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. JOSE IGNACIO FAÑA ROQUE cedula no.047-0020095-1 con estudio profesional abierto en el no.87 de la calle Don Antonio Guzmán 2do. Nivel Edif. MG Apto.1 de esta ciudad de La Vega, R.D. lugar donde el demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora SHAILYS ANTONELA RODRIGUEZ, cuyo último domicilio conocido fue en la calle 4 No.16 Villa Real de esta ciudad de La Vega, R.D.,; que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Vega el día 26 del mes de FEBRERO del año 2021 a las 9:00 a.m., así como en la Secretaria y Puerta del Tribunal Apoderado, para que comparezca a la AUDIENCIA VIRTUAL a través de la Plataforma Microsoft Teams que al efecto celebrará la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, el cual se encuentra en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 15 del mes de ABRIL del año 2021 a las 10:10 A.M. para conocer de la referida demanda, para información de acceso comunicarse a la secretaría de dicho tribunal al tel. 809-242-2970 ext. 264 o ingresando al portal de internet: www.serviciojudicial.gob.do enlace rol de audiencias completando formulario correspondiente. En la ciudad La Vega, R.D., a los 22 días del mes de FEBRERO del año 2021. PUBLICACION DE DIVORCIO

En cumplimiento de las disposiciones del Articulo 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento que en fecha 28 de diciembre del año dos mil veinte (2020), la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia, dictó la Sentencia civil Nùm.531-2020-SSEN01926, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento por haber sido hecha conforme a la Ley; y en cuanto al fondo DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre Franklin Hiraldo Hiraldo e Isabel Acosta Domínguez, de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio No. 27-2020, instrumentado en fecha 20 del mes de agosto del 2020, por ante Dr. Karin de Jesús Familia Jiménez, Notario Público de los números del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. En fecha diez del mes de febrero del año dos mil veintiuno (10/02/2021), el Oficial del Estado Civil de la Segunda Circunscripción del Distrito Nacional, pronunció dicho divorcio, y que el referido divorcio ha sido archivado y sometido a la inscripción en el Registro destinado a estos fines, correspondiéndole el Libro No.00001 de registros de DIVORCIO, Folio No.0096, Acta No.000047, Año 2021, en la Oficialía del Estado Civil de la 2DA. CIRCUNSCRIPCIÒN de DISTRITO NACIONAL. La presente publicación ha sido autorizada por la abogada infrascrita, en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a los veinticuatro (24) de febrero del año dos mil veintiuno (2021).

FC 397618 LICDA. ANA MARIA GUZMAN JIMENEZ Abogada

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

Para general conocimiento y de conformidad con el Artículo No. 42 de la Ley 1306-Bis de divorcio, se hace de público conocimiento, que en fecha Cinco (05) de Diciembre del año Dos Mil Diecinueve (2019), la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de María Trinidad Sánchez, dictó la sentencia Civil No. 454-2019-SSEN00702, expediente No. 454-2019-ECIV-00543, No. 454-2019-ECIV-00846, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así:

FALLA: PRIMERO: Pronuncia el efecto contra la parte demandada JHONNY JOSE CRUZ DE JESUS, por no comparecer; no obstante citación legal. SEGUNDO: Admite el Divorcio por la causa Determinada de incompatibilidad de Caracteres entre JHONNY JOSE CRUZ DE JESUS Y GLADYS DEL ROSARIO MOREL. TERCERO: Compensa las costas del procedimiento por tratarse de Litis entre familia. CUARTO: Comisiona al ministerial FAFAEL T. RAPOZO GRATERAUX, alguacil ordinario del Juzgado de Paz, del Distrito Judicial de María Trinidad Sánchez. Y por esta nuestra sentencia así se pronuncia, ordena, manda y firma. Firmado por la MAGISTRADA NIURKA DE LA CRUZ DE LEÓN, Juez de la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo de Nagua, y LIBELINA RAMÍREZ V., Secretaria, así mismo se hace de público conocimiento que dicha sentencia fue pronunciada en fecha Nueve (09) de Febrero del año Dos Mil Veintiuno (2021), por ante la Oficialía Civil de la Primera Circunscripción del Municipio de El Factor; inscrito en el Libro No. 00001, de registros de DIVORCIO, Folio 0071, Acta No. 000071, año 2021. En la ciudad de Nagua, Prov. María Trinidad Sánchez, a los Diecinueve (19) días del mes de Febrero del año Dos Mil Veintiuno (2021).

FC 397632 LICDA. ADALGISA ROSADO CRUZ, Abogada.

AVISO EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

En cumplimiento a las disposiciones del párrafo del Art. 22 de la ley sobre divorcio, el señor MARCOS ANTONIO NUÑEZ DIAZ, dominicano, mayor de edad, cedula de identidad No. 402-2518461-9, domiciliado y residente en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, calle Yolanda Guzmán, casa No. 131, sector María Auxiliadora, quien tiene como abogados apoderados, a los Licdos. JOSÉ MANUEL PÁEZ GÓMEZ, dominicano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad No. 001-0058159-4, y CLARA MARIA MARTINEZ RUIZ, dominicana, mayor de edad, soltera, abogada, cedula de identidad No. 224-0052801-8, con estudios profesionales abierto en conjunto en la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, en el “BUFETE PAEZ-MUESESCASTILLO & ASOCIADOS”, calle San Francisco de Macorís No.99, Edificio Tejera II, Suite A 1 y D-1 del sector de San Juan Bosco, lugar en donde tanto mi requeriente, como sus abogados apoderado y constituido, hacen expresa elección de domicilio para todas derivaciones legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítima esposa la señora SORAYA IRIS DICENT VELEZ, dominicana, mayor de edad, cedula No. 001-0125491-0, cuyo último domicilio conocido por su esposo fue en la Provincia de Santo Domingo, Municipio Este, Manzana “G”, Edificio 8, Piso No. 1, Apartamento No. 14, Sector parque del Este, que A falta de información actual relativa a su domicilio procederá a emplazarla y notificar la acción de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres por ante (1) Su ultimo domicilio conocido; (2) El Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Nacional; (3) En la Secretaría y la Puerta de la Séptima Sala Para Asuntos de Familia Tribunal Apoderado, ubicado en uno de los salones del edificio Judicial Calle Socorro Sánchez No.58, esquina calle Santiago Gascue ; Que la indicada demanda en divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de Caracteres será notificada en fecha Notificándola en fecha 26/02/2021 y CITANDOLA para que el día martes que contaremos a veintitrés (23) del mes de Marzo año dos mil veintiuno (2021), a las 10:50 de la mañana, comparezca como fuere de derecho a la AUDIENCIA VIRTUAL que al efecto celebrará la SÉPTIMA SALA civil y comercial del juzgado de primera instancia del Distrito Nacional, especializado en asuntos de Familia, fijada mediante auto derivado del Expediente No..532-2020-Econ-01870 de fecha 01-12/2020, ticket No.642457; La presente publicación ha sido autorizada por los suscritos abogados apoderados , para ser publicada tres días consecutivos en el Periódico de Circulación Nacional Nuevo Diario. En la ciudad de Santo Domingo, D.N. a los 23 días del mes de febrero del año dos mil veintiuno (2021.- Por: MARCOS ANTONIO NUÑEZ DIAZ;

Lic. JOSÉ MANUEL PÁEZ GÓMEZ y Lic. CLARA MARIA MARTINEZ RUIZ. FC 397517 Abogados apoderados.

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

En virtud de las disposiciones del artículo 22 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio, modificado por la Ley 112 del 23 de Marzo del año 1967, publicada en la Gaceta Oficial No.9027, se hace saber que el señor Eleazar Cruz García, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, portador de la cedula de identidad y electoral No.223-0011567-6 domiciliado y residente en calle Restauración No.150, de esta Ciudad de Santiago de Los Caballeros; que por medio de la presente advierte a su legítima esposa, señora Julie Desirée Mejía, cuyo último domicilio se desconoce, que procederá a emplazarla en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Santiago, para el día Viernes que contaremos a veintiséis (26) del mes de Febrero del año dos mil veintiuno (2021); cuyo último domicilio se desconoce; Para que Comparezca el día Miércoles que contaremos a veinticuatro (24) a las (9:30 A.M.), horas de la mañana del mes de Marzo del año dos mil veintiuno (2021), en la audiencia civil en la cual se celebrará y conocerá de la demanda de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres de ambos esposos, que propone intentar el señor Eleazar Cruz García, contra su legítima esposa señora Julie Desirée Mejía, a fin de que comparezca a la audiencia que al efecto se celebrara por ante el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, en la SEXTA Sala Civil, de la Cámara Civil y Comercial, Para Asuntos de Familia, el cual celebra sus audiencias, en uno de los salones de primera planta del Palacio Licdo. Federico C. Álvarez, ubicado en la manzana formada por las avenidas 27 de Febrero, Circunvalación, y calles E. Guerreo y Licdo. Ramón García del sector Ensanche Román I. de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de febrero del año dos mil veintiuno (2021).

Licdo. Andrés Alberto del Carmen Manuel Licda. Olga Mercedes González De Clase Abogados Apoderados. AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 22 y 42 de la Ley No. 1306, Bis, Sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que el señor; EURY EDUARDO CUBILETE VELOZ, dominicano, mayor de edad, casado estudiante, provisto de la cédula de identidad y electoral No. 402-2489987-8, domiciliado y residente en la Calle Resp. M. Sánchez, Bagazo casa No. 31, del Sector Gringo del Municipio Bajos de Haina, República Dominicana, quien tiene como abogado representante y apoderado especial al LIC. FELIX JOSE SANTIAGO VARGAS, dominicano, mayor de edad, soltero, Abogado, portador de la cedula de identidad y electoral número; 402-2283696-3, Matriculado en el colegio Abogados de la República Dominica Bajo el No.76779-235-18, con Domicilio Profesional en la Calle Hermas Mirabal, Plaza Hermanas Mirabal No. 10, del Municipio de Villa Tapia, Provincia Hermanas Mirabal y con Domicilio Ad- Hoc, en la calle Dr. Tejada Florentino No. 06, del Municipio de Tenares; quien hace formal elección domiciliado en la oficina de su abogado supra-indicado, y por medio de la presente Publicación, se hace de Público conocimiento la Demanda en de Divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres y le hace formal advertencia a su legitima esposa señora; DOLFI PRISCILA BATISTA FELIZ, de Nacionalidad Dominicana, mayor de edad, Casada, provista de la cedula de identidad y electoral No. 402-1356833-6, residente en la Republica Dominicana, y cuyo último domicilio conocido lo tubo demandada, en la calle principal casa No. once (11) del sector; El Tablón del Municipio de Villa Tapia, Provincia Hermanas Mirabal, pero en la actualidad se desconoce su domicilio, en la República Dominicana, SE LE ADVIERTE a la Demandada, que a falta de información relativa al lugar de su residencia, se procede a Emplazar en la persona del Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Hermanas Mirabal, en virtud del artículo 69 inciso 7mo, del Código Procedimiento Civil Dominicano, el día Lunes Primero (1) del mes de Marzo del año Dos Mil Veintiuno (2021), para que comparezca como fuera de Derecho a la audiencia civil que se celebrara de manera presencial, el día Jueves dieciocho (18) del mes de Marzo del año Dos Mil Veintiuno (2021), a las (9:00 A.M.) horas de la mañana por ante la Primera Cámara Civil, Comercial, de Trabajo y de Niños, Niñas y Adolescentes del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de la Provincia Hermanas Mirabal, el cual celebra sus audiencias en unos de los salones del Primer piso del palacio de Justicia ubicado en la calle prolongación Hermanas Mirabal S/N de la Provincia Hermanas Mirabal, para fines de divorcio entre los señores; EURY EDUARDO CUBILETE VELOZ y DOLFI PRISCILA BATISTA FELIZ, a la audiencia civil a puertas cerradas que celebrará dicho Tribunal.

LIC. FELIX JOSE SANTIAGO VARGAS Abogado-Apoderado (AC-19861-WP-23-24-25/02/2021)

AVISO PARA FINES DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO

De conformidad con las disposiciones del artículo 22 de la Ley 1306-bis sobre Procedimiento de Divorcio, se hace saber que el señor YAMIL WADY GELL MUS SA, dominicano, mayor de edad, casado, empresario privado, cédula de identidad y electoral No. 001-1334497-2, domiciliado y residente en el Apartamento No. A-4 del cuarto piso del lado norte, en el Edificio Catey, sito en la calle Caracoles, esquina avenida Independencia, Mar Azul, de esta ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional; quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. GREGORY CASTELLANOS RUANO, dominicano, mayor de edad, casado, Abogado de los Tribunales de la República, matriculado en el Colegio de Abogados de la República Dominicana con el No. 0582-1912-84, con estudio profesional abierto en la Avenida Gaspar Polanco No. 106, Apto. 1-A del condominio Ariza, casi esquina calle Bohechío, Sector Bella Vista, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana; advierte a su legítima esposa, señora ROCIO YAZMIN MONZON PUJOLS, de domicilio y residencia desconocidos en la República Dominicana, que a falta de información concerniente a su actual domicilio y residencia, se procederá en fecha Viernes veintiséis (26) de Febrero del año dos mil veintiuno (2021), a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres en la persona de la Magistrada Procuradora Fiscal del Distrito Nacional, a los fines de que comparezca a la audiencia que en la modalidad virtual (de conformidad con las regulaciones al efecto dictadas por la Suprema Corte de Justicia y el Consejo del Poder Judicial) para tales fines celebrará la Sala Séptima de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, a la una hora con diez minutos de la tarde (1:10 PM), en fecha nueve (9) de Marzo del año dos mil veintiuno (2021) (proceso judicial en materia Civil, marcado con el núm. 532-2020-ECON-01756). La presente publicación ha sido requerida y autorizada por tres (3) días consecutivos por el Abogado infrascrito, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana veintidós (22) días del mes de Febrero del año dos mil veintiuno (2021).

FC 397421 LIC. GREGORY CASTELLANOS RUANO, Abogado.

AVISO DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO

Para darle cumplimiento a las disposiciones de la ley No. 1306 (Bis) y sus modificaciones, se advierte a la señora DEYANIRA ALTAGARCIA CABRERA, dominicana, mayor de edad, casada, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 031-0012272-4, cuyo domicilio se desconoce en el país, que a falta de información de su dirección, su esposo el señor RAMON ANTONIO RODRIGUEZ RAMOS, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 031-0156124-3, domiciliado y residente en esta ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, por órgano de su abogado constituido y apoderado especial, DR. RAFAEL ANTONIO RODRIGUEZ RAMOS, dominicano, mayor de edad, casado, abogado, portador de la cédula de Identidad y Electoral No. 031-0234112-4, abogado de los tribunales de la Republica, matriculado bajo el No, 27975-0092-04, con estudio profesional abierto en la calle 16 de Agosto, No. 59, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, procederá a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del ‘tribunal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, el día jueves, veinticinco (25) del mes de febrero del año dos mil veintiuno (2021), a las nueve (9:00) horas de la mañana, para que comparezca por ante la SEXTA SALA CIVIL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO (ASUNTOS DE FAMILIA), sito en el Edificio que aloja las oficinas del Palacio de Justicia Lic. Federico C. Álvarez, en la Ciudad de Santiago de los Caballeros, situado en la manzana conformada por la Ave. 27 de Febrero, Circunvalación, las Calles 4 y E. Guerrero del Ensanche Román 1, a la audiencia que celebra en atribuciones Civiles, el día marte que contaremos a seis (6) del mes de abril del año dos mil veintiuno (2021), a las nueve y quince (9:15) horas de la mañana.

Publicación autorizada por la infrascrita, abogado apoderado especial, en la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República. Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de Febrero del año dos mil Veintiuno (2021).

DR. RAFAEL ANTONIO RODRIGUEZ RAMOS Abogado Apoderado

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

En cumplimiento del art. 22 de la ley no. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dom., modificado por Ley 2153 de 1949, el sr. JESUS HERIBERTO PAYANO BASORA, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en este municipio de La Vega, R.D., cédula no.04701163901 , quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. JULIO CESAR SANCHEZ, cedula no. 04700245162, con estudio profesional abierto en el NO.58 de la Calle Padre Adolfo 2do. Nivel Edif. Grisel de esta ciudad de La Vega, R.D., lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora JEANNETTE TOLEDO, cuyo último domicilio conocido por su esposo lo fue en la calle Principal No.46, la Destiladera, Río Verde, municipio La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Vega el día 2 del mes de marzo del año 2021 a las 9:00 a.m. Asi como en la Secretaria y puerta del tribunal apoderado, para que comparezca a la AUDIENCIA VIRTUAL a través de la Plataforma Microsoft Teams que al efecto celebrará la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, el cual se encuentra en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 8 del mes de ABRIL del año 2021 a las 9:35 A.M. para conocer de la referida demanda, para información de acceso comunicarse a la secretaría de dicho tribunal al tel. 809-242-2970 ext. 264 o ingresando al portal de internet: www.serviciojudicial.gob.do enlace rol de audiencias completando formulario correspondiente. En la ciudad La Vega, R.D., a los 23 días del mes de FEBRERO del año 2021.

AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

Los señores MARCEDLINA PEREZ PEÑA provista de la cedula identidad y electoral No. 0370008022-3, y ROMULO GIL VASQUEZ, provista de la cedula identidad y electoral ‘No. 037-007754-2, domiciliados y residentes en la ciudad de San Felipe de Puerto Plata, dando cumplimiento a la ley general de Bancos, hace de público conocimiento que se ha perdido o extraviado EL CERTIFICADO FINANCIERO NÚMERO 1469908 de fecha 1 del mes de enero del año 2018 por la suma de CIENTO OCHO MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO PESOS PUNTO CUARENTA Y CUATRO DOMINICANOS (RD$108,524.44), emitido a su favor, por EL BANCO BHD LEON.

Cualquier información, por favor dirigirse a la señora MARCEDLINA PEREZ PEÑA, en la oficina de su abogado constituido y apoderado especial Licenciado PEDRO PABLO PÉREZ, dominicano, mayor de edad, casado, provisto de la Cedula de Identidad y Electoral No. 031-0383941-5 Abogado de los Tribunales de la República, matrícula 13261-342-92, con Estudio abierto en el edificio No. 55, de la calle Mella, de esta ciudad de Santiago, o a los teléfonos 809-471-8204, móvil 849-352-8823.

Santiago, Rep. Dom., a los veinte (20) días del mes de enero del año 2021.

LICDO. PEDRO PABLO PEREZ Abogado apoderado

AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO

En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 2000085272 fecha de apertura 16/03/2016 expedido por un valor de RD$200,000.00 (DOSCIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100) emitido por BANRESERVAS a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de:

ANYOLINA DEL CARMEN PEÑA Depositante

(PEND-DDR-AC-19673-WP-23-24-25/02/2021)

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

Para cumplir con lo que dispone el art. 22 de la ley no. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dominicana, modificado por la Ley 2153 de 1949, el Señor JOSE LUIS ESPINOSA FERNANDEZ, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en este municipio de La Vega, R.D. cédula No. 048-0090981-6; quien tiene como Abogada constituida y apoderada especial a la LICDA. BERNANDA GOMEZ AGRAMONTE, cédula no.047-0140356-2 con estudio profesional abierto en el no.16-A de la calle Santomé frente a los Bomberos de esta ciudad de La Vega, R.D. lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítima esposa señora MARIA PAOLA ORTIZ ALZEQUIA, cuyo último domicilio conocido lo fue en la Bonao, R.D. que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día 02 del mes de MARZO del año 2021 a las 09:00 a.m., para que comparezca a la audiencia PRESENCIAL que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 6 del mes de MAYO del año 2021 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad de La Vega, R.D., a los 23 días del mes de FEBRERO del año 2021.

LICDA. BERNANDA GOMEZ AGRAMONTE Abogada apoderada de la parte Demandante

(RCT-24840-CEA-23-24-25/02/2021) PERDIDA DE PLACA: Motocicleta, marca Loncin, año 2006, color azul, placa No. K0274640, chasis No. LLCLPP2026E037067, a nombre de JULIA RODRIGUEZ MANCEBO. FC 397474

PÉRDIDA DE PLACA: Motocicleta, marca Z3000, año 2017, color negro, placa No. K1346349, chasis LZ3JL9T16H7K94454, a nombre de GEURY EVANGELISTA FERNANDEZ. FC 397472

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo motocicleta, marca Loncin, modelo CR5, año 2016, color negro, placa y registro No. K0786501, chasis LLCLPMCA0GA100391, a nombre de JOHNNY EDWIN CONCEPCION, cédula 027-00417492. FC 397405

PERDIDA DE PLACA: Automóvil privado, marca Toyota, modelo Land Cruiser, año 1980, color rojo/blanco, placa No. G104958, chasis No. BJ40041301, propiedad de RODOLFO ARCANIO DE JESUS PEÑA RODRÍGUEZ, cedula No. 041-0003858-9. FC 397485

PÉRDIDA DE PLACA: De motocicleta, marca Yamaha, color gris, año 2007, placa No. N805754, chasis JY4AM07Y27C043525, a nombre de KELVIN ALFREDO RONDON JAVIER.

PÉRDIDA DE PLACA: automóvil, marca Honda, color rojo, año 2015, placa No. A822392, chasis No. 19XFB2F88FE225649, a nombre de LUIS FRANCISCO CONCEPCION. FC 397390

PÉRDIDA DE PLACA: Automóvil, marca Kia, color negro, año 2014, placa No. A767953, chasis No. KNAGN418BEA522682, a nombre de RUDY ANTONIO REYES GUZMÁN. FC 397391

PÉRDIDA DE PLACA: Del vehículo, marca Mitsubishi, modelo FE535B6L, color blanco, año 2002, placa No. L153814, chasis No. FE659FA42533, a nombre de BONIFACIO FELIPE CRUZ RONDON, cédula No. 0010544386-5. FC 397489 PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del vehículo, marca Toyota, modelo YN50LKR, año 1988, color gris oscuro, placa No. L005047, chasis No. YN500059030, propiedad de EFIGENIA MARTIR. FC 397558

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Automóvil Privado, marca Honda, modelo Accord EX, color dorado, año 1992, placa No. A174844, chasis No. 1HGCG5651XA129718, a nombre de JUAN CRUZ GÓMEZ, cédula No. 0010069072-6. FC 397562

PUBLICACION DE PERDIDA DE CERTIFICADO

Hago público de conocimiento general, que se ha perdido o extraviado el Certificado de Depósito de Alquileres, marcado con el No. 1-260069898-8 con apertura de fecha 12 de agosto del año 2016, por el monto de. RD$23,000.00. Inquilino: Sr. Quendi Bienvenido Guerrero Montero, y propietarios Sheila Cotes y Rafael Eduardo Cotes, correspondiente al Apartamento 29, tercer piso, Residencial Celeste, de la Avenida Independencia No. 602 casi esq. Máximo Gómez, Zona Universitaria, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana.

En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Veintidós (22) días del mes de Febrero del año 2021.

NELIDA FIGUEROA RODRIGUEZ

PUBLICACION DE PERDIDA DE CERTIFICO DE DEPOSITOS

Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el certificado de Depósitos de Alquileres No. 1-260-076646-6, emitido por el BANCO AGRICOLA de la República Dominicana (BAGRICOLA) de fecha 27-09-2018, a favor de la INMOBILIARIA JONATHAN SRL., titular del RNC No. 1-24-01082-9, Por la suma de RD$27,000. Referente al contrato de alquiler registrado en fecha 27-09-2018, del inquilino señor LENNER VANS LUDWIN ESTRELLA VARGAS, todo esto se hace a los fines de obtener dicho certificado perdido.

FC 397415 LIC. ESMELIN FERRERA PEÑA, Abogado-solicitante.

AVISO DE DIVORCIO

Para dar cumplimiento con lo que establece el artículo No.42 de la ley 1306-bis, que en fecha 11 del mes de noviembre del 2020, la 7ma Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de Santo Domingo, especializado de familia, dictó la sentencia civil No.1516-2020-SSENT-00315, y fue pronunciado el divorcio por mutuo consentimiento entre Guillermo Rafael Méndez Silverio y Yssamar Vismarky Reyes Sánchez, pronunciado por ante el Oficial de la 5ta Circunscripción Santo Domingo Norte, registrado en el Libro No.00001, Folio No.0111, Acta No.000056, del 2021.

LIC. FABIAN NICOLAS SANTOS SANCHEZ, Abogado.

Aviso de Incorporación

Se hace público el conocimiento que la Procuraduría General de Corte Apelación del Departamento Judicial de Barahona, en cumplimiento a lo establecido en la ley 122,05, de fecha 8 de Abril del año 2005, en su artículo 5, párrafo I, II, III, sobre la regulación y fomento de las asociaciones sin fines de lucro emite la Resolución Núm. 0008-2021 de fecha 17 de febrero del año 2021, la cual se le concede el beneficio de incorporación a la Iglesia Evangélica La Tumba está Vacía, la cual tiene su domicilio en la calle Segunda, #8, Barrio El Laurel, Distrito Municipal Villa Central, Barahona, República Dominicana, cuyos Estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada a los once (11) días del mes de enero del año dos mil veintiuno (2021).

FC 397560

AVISO O PUBLICACIÓN DE CAMBIO DE NOMBRE

En cumplimiento de las disposiciones de la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, y sus modificaciones, se hace saber que por instancia elevada al Presidente de la República, en fecha TRES (03) del mes de junio del año dos mil veinte (2020), el señor JAIME JOSÉ SANTELLI GÓMEZ, por órgano de su abogado constituido, solicitó la autorización legal correspondiente para cambiar su nombre por el de JIM en razón de que por este nombre es que se le conoce. En consecuencia, se invita a toda persona que crea tener interés en contrario, a formular sus oposiciones en el término de sesenta (60) días, a contar de la fecha de publicación del presente aviso, conforme a las disposiciones del artículo 82 de la preindicada ley.

HERNANDEZ & ASOCIADOS

Por medio de la presente se conmina al Sr. Felipe Hernández Paulús a presentarse en el domicilio de la firma Hernández & Asociados, RNC 124-00161-7, ubicada en la Av. Sarasota No. 65, Bella Vista en un plazo de un día franco para tratar asuntos inminentes a la firma relacionados a su transformación según ley 479-08, Ley de Sociedades Comerciales.

Dado en Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 23 días de febrero de 2021 PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo jeep, marca NISSAN, color dorado, año 2002, placa No.G036121, chasis JN1TBNT30Z0003753, a nombre de NIEVES DOMINICANA GUZMAN ACOSTA DE RAMIREZ.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo automóvil privado, marca HONDA, color gris, año 2013, placa No.A822050, chasis 1HGCR2F36DA199220, a nombre de ALINA DEL MILAGROS GERONIMO GONZALEZ.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo motocicleta, marca Loncin, color negro, año 2018, placa No. K1687330, chasis LLCLP1T03JA100429, a nombre de MARIO CRISPIN CUEVAS GERONIMO.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo automóvil privado, marca MERCEDEZ BENZ, modelo E280, año 2007, color plata, placa No. A477179, chasis No. WDB2110541B017077, a nombre de: JUAN ALORDA TOMAS.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA:

Vehículo automóvil privado, marca TOYOTA, color rojo, año 2012, placa No.A729542, chasis 4T1BK1FK2CU525054, a nombre de CARLOS AUGUSTO JEREZ GARCIA.

PERDIDA DE PLACA: VOLTEO Marca HYUNDAI modelo HD-65 color BLANCO Año 2018 placa S018022 chasis KMCGK17EPJC317904 a nombre de JUAN DE JESUS TAPIA GIL – CED. 04701924229 (LA-RCT24837-DA-22-23-24/02/2021)

PERDIDA DE PLACA: AUTOMOVIL PRIVADO Marca TOYOTA modelo COROLLA LE color GRIS Año 2010 placa A816995 chasis 1NXBU4EE8AZ348580 a nombre de NOEMI DE LOS ANGELES NUÑEZ CONCEPCION – CED. 04700589940 (PM-AC-19852-WP-2223-24/02/2021)

PÉRDIDA DE MATRÍCULA:

Vehículo marca JEEP, color blanco, año 2014, placa No.G315000, chasis 1C4RJFCG1EC399037, a nombre de DOWNTOWN PUNTA CANA SRL.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA:

Vehículo jeep, marca HYUNDAI, color gris, año 2009, placa No.G327639, chasis 5NMSG13D19H298564, a nombre de EDWARD FERNANDO MOREL ORTIZ.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo de carga, marca TOYOTA, color verde, año 1998, placa No.L119726, chasis LN1450011704, a nombre de PEDRO JULIO ALMONTE LUNA.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo automóvil privado, marca MERCEDES BENZ, modelo E300, año 2010, color azul, placa No. A543773, chasis No. VVDDHF5EB7AA077894, a nombre de: JESUS RAMON VENTURA PEREZ.

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Jeep, placa G464260, color negro, chasis 1C4RJEBG7GC372732, tipo jeep, año 2016, propiedad de OSCAR RADHAMES AMARGOS PEREZ, cédula 001-0199532-2. FC 397521 PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo motocicleta, marca Honda, modelo Lead 100, año 1994, color negro, placa K1701190, chasis JF061106543, a nombre de FRANCISCO ANTONIO GONZALEZ TAPIA, cédula 225-0028195-5.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del Jeep, marca Toyota, modelo Highlander, año 2004, color dorado, placa No. G223052, chasis No. JTEGD21A040104169, a nombre de GLORIA NICOLE GUERRERO ESPAILLAT, cédula No. 402-0049600-4. FC 397563

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Automóvil, marca BMW, color gris, año 1999, placa No. A304438, chasis No. WBAAL31020EF96852, a nombre de SANTIAGO FABIÁN MORENO CARBONELL. FC 397603

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo máquina pesada, marca Grove, año 1992, color amarillo, placa No. UB1893, chasis No. 76866, matrícula No. 15404325, propiedad de DOMINICANA DE PRESFUERZO, SRL. Lic. Danilda Pimentel T. Abogada. FC 397523

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo máquina pesada, marca Grove, año 1982, color amarillo, placa No. 005856, chasis No. 50569, matrícula No. 1138821, propiedad de DOMINICANA DE PRESFUERZO, SRL. Lic. Danilda Pimentel T. Abogada. FC 397523

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo marca Daihatsu, placa G062871, color rojo, chasis JDAJ100G000554040, tipo jeep, año 2000, propiedad de JOSE BENITO UREÑA AMARANTE, cédula 036-0010531-0. FC 397525

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo marca Honda, modelo Civic LX, año 2008, placa No. A523459, chasis 1HGFA16508L500972, propiedad de SRA. PATRICIA PERALTA BERROA. FC 397529

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De la motocicleta, marca Suzuki, modelo AX100, color negro, año 2010, placa No. N554059, chasis No. LC6PAGA17A0803137, a nombre de JOSÉ ALBERTO MORENO THEN, cédula No. 136-0015067-9. FC 397626

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del vehículo, marca Toyota, modelo Vitz, color blanco, año 2012, placa No. A857973, chasis No. KSP1302019221, a nombre de JOSÉ LUIS UREÑA PUNTIEL, cédula No. 071-0041444-5. FC 397625

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Automóvil privado, marca Toyota, modelo Vitz, color gris, año 2011, placa No. A668666, chasis No. KSP905190857, a nombre de LUPE SONOLI ENCARNACIÓN NÚÑEZ, cédula No. 002-0153811-3. FC 397623

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De automóvil privado, marca Chevrolet, color gris, año 2006, placa No. A462164, chasis 3G1SE51X56S124066, a nombre de ELIZABETH BETZALIA ARENA BALBUENA.

PÉRDIDA DE PLACA: De motocicleta, marca Tough, color vino, año 2004, placa No. N252991, chasis LRYXCHL9460022983, a nombre de EDWIN RAFAEL BRITO RODRÍGUEZ

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De jeep, marca Jeep, color negro, año 2002, placa No. G042801, chasis 1J4GX48S22C121874, a nombre de EDMUNDO EURÍPIDES CUEVAS FÉLIZ. PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De motocicleta, marca Tvs, color negro, año 2011, placa No. K0463309, chasis MD634KE45B2A65843, a nombre de CLEMENCIA GUZMÁN MORENO.

PERDIDA DE MATRÍCULA: Del vehículo, marca Toyota, modelo PCKUP, color azul, año 1986, placa No. L202618, chasis No. JT4RN50R4G0164575, a nombre de MOISÉS CALVAJAL DE LOS SANTOS, cédula No. 012-0068806-5.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del autobús privado, marca Daihatsu, color blanco, año 2014, placa No. I075978, chasis No. S321V0205580, a nombre de DARVIS JOSÉ UREÑA ROSA, cédula No. 402-0038030-7. FC 397356

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Automóvil privado, marca honda, modelo CR-V EX 4X4, color negro, año 2013, placa No. G305557, chasis No. 3HGRM4870DG601680, a nombre de MIGUELINA SUSANA NÚÑEZ. FC 397533

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del remolque, marca Steco, modelo 1S9DSF, color negro, año 1987, placa No. F007306, chasis No. 1S9DSF2T1H1007151, a nombre de WILFREDO LUIS TORRES ÁLVAREZ, cédula No. 001-0097407-0. FC 397556

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del vehículo de carga, marca Toyota, color azul, año 1986, placa No. L158454, chasis No. JT4RN50R0G0189280, a nombre de MARCIAL OTILIO SANTANA SANTANA.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del Jeep, marca Nissan, modelo Xterra, color negro, año 2005, placa No. G120293, chasis No. 5N1AN08U05C637498, a nombre de JESUS POUERIET CASTILLO. FC 397627

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del vehículo, marca Toyota, modelo Corolla DX, color verde, año 1997, placa No. A363817, chasis No. 1NXBA02E9VZ623448, a nombre de LORENZO RODRÍGUEZ AQUINO. FC 397628

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Automóvil, marca Nissan, color negro, año 2000, placa No. G037146, chasis No. JN8AR07S6YW438648, a nombre de RICARDO KANG SANG CHEAZ, cédula No. 001-0143646-7. FC 397635

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del vehículo, marca Mitsubishi, modelo Pajero, color azul, año 1999, placa No. G123073, chasis No. V244018669, a nombre de ROBERTO MARTÍNEZ FLETE. FC 397630

PÉRDIDA DE PLACA: De automóvil privado, marca Hyundai, color gris, año 2012, placa No. A772254, chasis KMHEU41MBCA821313, a nombre de SHEYLA YSABEL ARIAS SANTANA

AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO

Expediente Nº 6622021018557 Se avisa que el día 13 de marzo del 2021, a las 11:00 a.m., se dará inicio a los Trabajos de Mensura para Saneamiento de una porción de terreno ubicada en Calle Hermanas Mirabal, Esquina José Adames Canela Lugar Pueblo Nuevo, dentro del D.C. Nº 1, Municipio Jarabacoa, Provincia La Vega, linderos: Norte: Alberto José Quezada Delgado, Sur: Calle José Adames Canela, Este: Calle Hermanas Mirabal, Oeste: Angela Cecilia Ross. Reclamada por ANGELA MERCEDES DURAN ABREU. Autorización de Mensuras Catastrales Depto. Norte, de fecha 16/02/2021. Se citan los colindantes y demás interesadas.

(AC-19869-PC)

WILSON ANTONIO CHARLES ESQUEA Agrimensor Contratista CODIA Nº 36382

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

Expediente Nº 6622021021914 Se avisa que el día 12 del mes de Marzo del año 2021, a la 9:00. AM, daremos inicio a los Trabajos de Deslinde, de 700.00 mts, dentro del ámbito de la parcela No. 35-D del D.C. 05, del Municipio y Provincia La Vega. Propiedad de la señora, MERBELIN DURAN COLLADO, Referencia de ubicación: por la calle Joaquín Gómez a unos 200 metros del Colegio Christian School La Vega, se encuentra el inmueble. Para cumplir con la Autorización de de Mensuras Catastrales Depto. Norte, de fecha 20/02/2021. Se citan los colindantes y demás interesados.

(AC-19871-PC-1/2)

ROLFI GIORDANNY CABRERA Agrimensor Contratista CODIA Nº 27273

AVISO MENSURA CATASTRAL

Exp.No. 6612020035959 Se avisa que realizaremos los trabajos de Mensura dentro del ámbito de la Parcela No. 5 del D.C.09, Ubicado En la Urb.Los Maestros, del Municipio San Francisco De Macorís, Provincia Duarte. El día 26 de Febrero del año 2021 a las 09:00 a.m. Para DESLINDAR una porción de terreno dentro de la referida parcela. Esta porción es propiedad del Sr.: TEODORO GARCIA TAVERAS. Esta notificación se hace para dar cumplimiento al art.No.75 del reglamento general de mensura catastral.

(AC-19881-WP-2/2)

WILTON AQUINO HENRIQUEZ Agrim. contratista CODIA No.26357

AVISO DE PÉRDIDA DE CONSTANCIA ANOTADA

En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 92 párrafo 3 de la Ley No.108-05 sobre Registro Inmobiliario y el ART. 83 letra b) del Reglamento General De Registro De Titulos, se hace de público conocimiento que se ha extraviado, y por tal motivo será solicitada, la expedición de otro por pérdida, de la constancia anotada matrícula 3000485375, DUPLICADO DEL DUEÑO, que avala una porción de terreno con una extensión superficial de: 234.00mts2, correspondiente a la parcela 10, DEL D.C. 02, Municipio De Constanza, Provincia De La Vega, expedido por la Registrador de Títulos del Departamento de La Vega, a nombre del señor JOSÉ MIGUEL QUEZADA HERNÁNDEZ. Cualquier información puede ser dirigida a la Calle Matilde Viñas Número 35 de la ciudad de Constanza, Provincia La Vega, República Dominicana, estudio profesional de la LICDA. YACALY GUTIÉRREZ CABA, Abogado apoderada de la parte interesada. A los 22 días del mes de Febrero del año 2021. LICDA. YACALY GUTIÉRREZ CABA Abogado Apoderado

(AC-19879-WP)

AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO

En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 3650002408 fecha de apertura 12/10/2016 expedido por un valor de RD$160,000.00 (CIENTO SESENTA MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100) emitido por BANRESERVAS a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de:

CATALINA HERNANDEZ Depositante

(PHA-AC-24787-CEA-24-25-26/02/2021)

PERDIDA DE MATRICULA: AUTO- PERDIDA DE MATRICULA: MOTOMOVIL PRIVADO Marca HONDA mode- CICLETA Marca YAMAHA modelo ZII lo ACCORD EX L color GRIS Año 2009 color AZUL Año 1987 placa placa A654128 chasis 1HGCP36899A007545 a nombre de CARLOS MANUEL HERNANDEZ HERK0394424 chasis SA04J015811 a nombre de VICTOR MANUEL MENNANDEZ – CED. 402-2034028-1 (AH- DEZ NUÑEZ – CED. 04700866660 AC-24841-CM-1/2) (GTR-RCT-24842-DA)

PERDIDA DE MATRICULA: AUTOMOVIL PRIVADO Marca HONDA modelo FIT color NEGRO Año 2014 placa A816464 chasis GE61752056 a nombre de CLARIBEL HERNANDEZ HERNANDEZ – CED. 04701715593 (AH-AC-24841-CM-2/2) PERDIDA DE MATRICULA: VOLTEO Marca ISUZU modelo NKR66E44 color BLANCO Año 2002 placa S003489 chasis JAANKR66E27100135 a nombre de JULIO CESAR MOYA ROSARIO – CED. 05000308014 (JVL-AC-19883WP-1/4) AVISO DE MENSURA CATASTRAL

VISTA: La autorización, Exp. No. 6622021020586, dictada por Mensuras Catastrales Depto. Norte, de fecha 18/02/2021, se avisa que el día 11 de Marzo del 2021, a las 03:00 P.M. se dará comienzo a la Mensura Catastral para DESLINDE de una porción de terreno; dentro de la Parcela No.66-C, D.C. No.06, Ubicada en el sector de Jacagua, Provincia de Santiago, Municipio Santiago de Los Caballeros, propiedad de LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SABANETA NOVILLO, INC. (COOPSANO). Representada por el gerente NICANOR RODRIGUEZ MARTINEZ. Se citan los colindantes y demás interesados.

(AC-19870-PC-1/2) AGRIM. DANNI J. ABREU DÍAZ CODIA No. 19218

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

Expediente Nº 6622021019154 Se avisa que el día 12 de Marzo del 2021, a la 11:00. A.M. daremos inicio a los Trabajos de Deslinde y Subdivisión, de 2,991.18m2. por la calle Salvador Beato doblamos a la izquierda en la calle que va al parque infantil dentro de la Parcela 94, D.C. 11, Municipio y Provincia La Vega. Propiedad de: Lourdes Mercedes Mercedes Mejía, Cruz Catalina Mercedes Mejía, Cesar Ramón Mercedes Mejía, Enrique José Mercedes Mejía, Pablo Mercedes García, Roselio Mercedes García, Ana María Mercedes De Consuegra, Wilfredo José Mercedes Cabral, Manuel Roselio Mercedes Cabral, Martin Mercedes Mejía. Autorización de Mensuras Catastrales Depto. Norte, de fecha 16/02/2021. Se citan los colindantes y demás interesados.

ROLFI GIORDANNY CABRERA Agrimensor Contratista CODIA Nº 27273

(AC-19871-PC-2/2)

AVISO DE MENSURAS CATASTRALES

Expediente No. 6622021022783 Vista la autorización de Mensuras Catastrales, Depto. Norte, mediante la autorización de fecha 22/02/2021, se avisa que el día 05 de Marzo del 2021, a las 09:00 a.m. se iniciarán los trabajos de Deslinde, en la Parcela No. 384, Del D.C. No.03 el inmueble esta ubicado en el sector Hato Viejo Municipio Jarabacoa, Provincia La Vega. Propiedad de los señores, OSCAR EMILIANO ESPALLAT LAMARCHE, ARMANDO JOSE ESPALLAT LAMARCHE, JULIO ERNESTO ESPALLAT LAMARCHE. Se citan los colindantes y demás interesados.

(CR-AC-19882-WP) YUNIOR E. TORRES AYALA Agrimensor Contratista CODIA No. 14101

AVISO MENSURA CATASTRAL

Expediente No. 6622021018484 Se avisa que el día 11 de MARZO del 2021 a las 10:00 a.m. iniciaremos el SANEAMIENTO de una porción de terreno ubicada en el D.C. 32 municipio y Prov. La Vega. Autorización de Mensuras Dpto. Norte de fecha 16/02/2021 propiedad de JULIO MARTE TINEO. Se citan los colindantes y demás interesados.

(FF-AC-19872-CC)

ANA RITA FERNANDEZ RUIZ Agrimensor Contratista CODIA 27066

PODER JUDICIAL REPÚBLICA DOMINICANA Auto núm. 00040-2021 Expediente núm. 0998-20-00387

FIJACIÓN DE AUDIENCIA, AVISO DE REQUERIMIENTO Y EMPLAZAMIENTO

Al: Abogado del Estado del Dpto. Norte, al Alcalde Pedáneo, al Conservador de Hipotecas de La Vega, a los colindantes y a todo el que pueda interesar.-

De la: Primera Sala del Tribunal de Tierras de J. O. de La Vega.-

Motivo: Saneamiento, Designación Catastral No. 313285749352, municipio y provincia La Vega.

Reclamantes: María Albania Evangelina Abreu Collado.

R E S U E L V E: PRIMERO: FIJA para el día 28/04/2021, a las 9:00 a.m., la audiencia para conocer del presente proceso de saneamiento; la cual se conocerá de manera presencial.- SEGUNDO: CITA, en virtud de lo establecido en el artículo 50, del Reglamento de los Tribunales Superiores de Tierras y de Jurisdicción Original, al Abogado del Estado del Dpto. Norte, al Alcalde Pedáneo del lugar del inmueble, al Conservador de Hipotecas de la provincia de La Vega, a los colindantes y a todas aquellas que tengan algún interés o derecho sobre el inmueble a sanear, para que participen de la audiencia que será celebrada de manera presencial en la sala de audiencias de la Primera Sala del Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de La Vega, ubicada en la primera planta del Palacio de Justicia de La Vega, sito en la Avenida García Godoy, No. 32, esquina Duvergé, Monseñor Panal, Palacio de Justicia La Vega, en la hora y día ya señalados en el ordinal primero; que, si tienen algún interés o derecho sobre el inmueble a sanear, procedan a participar en la referida audiencia, dando a conocer los derechos que consideren, presentando, de forma legal, las pruebas en la que basan y formulan su reclamación ante este tribunal de primer grado. INFORMA a las partes que, para asistencia o información referente a su audiencia, así como para depósito de documentos, pueden comunicarse a los siguientes canales de contacto: (809)-242-2970, ext. 227, correo electrónico: clapaz@poderjudicial.gob.do o accediendo a la página web: serviciojudicial.gob.do, enlace rol de audiencias, procediendo a completar el formulario correspondiente. DADO: En nuestro despacho en la ciudad, municipio y provincia de LA VEGA, hoy día 9 de febrero de 2021, Años 177 de la INDEPENDENCIA y 158 de la RESTAURACIÓN.

FIRMADO: CRISTINA SOBEIDA GUTIÉRREZ NÚÑEZ, Jueza de la Primera Sala del Tribunal de Tierras de J.O.- La Vega; AVISO DE MENSURA CATASTRAL

VISTA: La autorización, Exp. No. 6622021020594, dictada por Mensuras Catastrales Depto. Norte, de fecha 18/02/2021, se avisa que el día 10 del mes de Marzo del año 2021, a las 02:00 P.M. se dará comienzo a la Mensura Catastral para DESLINDES de dos porciones terreno dentro de Parcela No. 522, Distrito Catastral. No.04, Ubicado en la calle Don José Espaillat, Residencial Martínez, Tamboril, Provincia de Santiago, Municipio Tamboril, propiedad del señor: ELADIO ANTONIO RODRIGUEZ HILARIO. Se citan los colindantes y demás interesados.

(AC-19870-PC-2/2) AGRIM. DANNI J. ABREU DÍAZ CODIA No. 19218

AVISO MENSURA CATASTRAL

Exp. No. 6612021009651 Se avisa que realizaremos los trabajos de Mensura dentro del ámbito de la Parcela No. 44 del D.C.09, Ubicado En la Urb. Brugal, del Municipio San Francisco De Macorís, Provincia Duarte. El día 26 de Febrero del año 2021 a las 11:00 a.m. Para DESLINDAR una porción de terreno dentro de la referida parcela. Esta porción es propiedad del Sr.: JOSE CARLOS LAJARA CAMILO. Esta notificación se hace para dar cumplimiento al art.No.75 del reglamento general de mensura catastral.

(AC-19881-WP-1/2)

WILTON AQUINO HENRIQUEZ Agrim. contratista CODIA No.26357

AVISO MENSURA PARA DESLINDE

En cumplimiento al Art. 12, acápite “C”, del Reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Norte, a los colindantes, propietario, y/o cualquier interesado de la P. No. 72 D.C No. 12 del Municipio y Provincia La Vega, que el día 10 de Marzo del año 2021 a las 2:00 P.M se realizará los trabajos de Mensura para Deslinde de la propiedad del Sr. JOSE ALEJANDRO SANTOS PAULINO Expediente No. 6622021017690

JOSE ALBERTO TAPIA Agrimensor CODIA 38351

(ALL-AC-19880-WP)

AVISO MENSURA CATASTRAL

Expediente No. 6622021005358 Se avisa que el día 11 de MARZO del 2021 a las 10:00 a.m. iniciaremos el deslinde de dos porciones de terreno: 832.50m2 y 533mts2 ubicada en la pacela 63-O en el D.C. 3 municipio Jarabacoa Prov. La Vega. Autorización de Mensuras Dpto. Norte de fecha 15/01/2021 propiedad de JOSE ANTONIO DURAN MARINE. Se citan los colindantes y demás interesados.

(AC-19886-WP)

JOSE ERASMO CRUZ DURAN Agrimensor Contratista CODIA 29427

PODER JUDICIAL REPUBLICA DOMINICANA TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCION ORIGINAL CON ASIENTO EN LA CIUDAD DE LA VEGA SALA II

AUTO DE FIJACIÓN DE AUDIENCIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA

VISTO : El documento de aprobación técnica dado por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Norte, mediante el cual aprueba la mensura para SANEAMIENTO, realizada dentro del inmueble que se describe a continuación: INMUEBLES: Provincia La Vega, Municipio Jarabacoa, DC POS 312174091611; Provincia La Vega, Municipio Jarabacoa, VISTOS: Los artículos 1,3,10, 23, 25, párrafo 8 y 26 de la Ley 108-05, sobre Registro Inmobiliario , 23, letra P. 26, 27 y 46 del Reglamento de los Tribunales Superiores de Tierras y de Jurisdicción Original de la Jurisdicción Inmobiliaria. VISTOS: Los artículos 155 y 156 de la Constitución de la República, que establecen el Consejo del Poder Judicial, su integración, sus funciones, su reglamentación, su duración e incompatibilidades de sus miembros y le atribuyen a la ley la definición de su funcionamiento y organización. VISTA: La Ley 28-11 Ley Orgánica del Consejo del Poder Judicial de fecha 20/01/2011. RESUELVE: PRIMERO: FIJAR la audiencia, oral, pública y contradictoria para el día 10/05/2021 a las 09:00 a.m., a celebrarse en el local que ocupa el Tribunal de Tierras en el Palacio de Justicia de la ciudad de La Vega, sito en la Avenida García Godoy, esquina calles Duvergé y Monseñor Panal. SEGUNDO: ORDENA la citación a todos los interesados, mediante la publicación en un periódico de circulación nacional, así como a los colindantes y al Abogado del Estado , por acto de alguacil adscrito a la Jurisdicción Inmobiliaria para que comparezcan a la audiencia el día, hora y modalidad indicados.

DADO: En nuestro despacho en la ciudad de La Vega, Provincia de La Vega, hoy día 16/02/2021 años 177 de la Independencia y 157 de la Restauración.

ANIBELKA MERCEDES RODRIGUEZ DELGADO Jueza

Rinden tributo al maestro Jhonny Pacheco en Santo Domingo Este

SANTO DOMINGO ESTE.- El exalcalde de Santo Domingo Este, Alfredo Martínez, junto a otras personalidades rindieron este martes un emotivo tributo al propulsor de la Salsa Jhonny Pacheco.

Alfredo Martínez expresó que Pacheco fue un gigante de la música, que puso por lo alto a la República Dominicana.

“Jhonny Pacheco fue un gigante de la música y en vida nosotros construimos un busto a nuestros artistas, y aquí a él le hicimos un homenaje”, expresó el exalcalde quien manifestó además estar de acuerdo con el merenguero Ramón Orlando, quien propuso que el aeropuerto del Cibao (Santiago) lleve el nombre de Pacheco. El artista, de origen dominicano quien recibió cristiana sepultura este martes en Los Estados Unidos, fue recordado por los presentes, quienes se declararon ser “pachequista”.

En el lugar hablaron también Ramón Orlando y Chino Méndez, quienes definieron a Pacheco como un embajador de la música y propulsor de la salsa.

El busto, ubicado en el Parque Paseo de la Gloria, ubicado en el Boulevard Jhonny Pacheco de la avenida España, fue construido en la gestión de Alfredo Martínez. En la ofrenda floral estuvieron presentes Alfredo Martínez, Ramón Orlando, Chino Méndez; el diputado Franklin Martínez; los regidores Yamil Fortuna y Elias Cuevas. Estuvieron también personalidades del sector empresarial y político del municipio.

SANTO DOMINGO.- El cambio de la tracción animal por el impulso de un motor eléctrico se ha materializado ya en cinco de los once viejos coches de caballos que circulan por la Ciudad Colonial de Santo Domingo.

Las cinco unidades ya listas para operar, aunque aún sin una fecha concreta para empezar a transportar turistas, se presentaron este martes en un acto desarrollado frente a la catedral Primada de América, en el marco de un proyecto que se alinea con el respeto a los animales y al medio ambiente.

Los choferes de los antiguos coches de caballos continuarán manejando sus carruajes después de haber recibido la formación necesaria para circular con esta versión renovada de sus calesas.

Inicialmente, para los conductores fue un “shock” saber que tendrían que dejar su actividad tal cual la habían desarrollado durante unos 25 años, en respuesta a una demanda sobre las precarias condiciones en que se encontraban los caballos y con las que se incumplían la ley de protección de animales del país.

“Puede ser que nos vaya mejor que con los caballos”, señaló a la prensa.

“PUBLICACIÓN DE DIVORCIO”

Para conocimiento general y en cumplimiento del Artículo 42 de la ley Núm. 1306-BIS, sobre Divorcio, se hace saber lo siguiente: Que en fecha diez (10) del mes de febrero del año Dos Mil Veintiuno (2021), La Cámara Civil, Comercial, de Trabajo y de Niños, Niñas y Adolescentes del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Hermanas Mirabal, dictó una Sentencia Civil, la número 284-2021-SSEN-00064, cuyo dispositivo es el siguiente: DECIDE, PRIMERO: Admite el divorcio por causa de MUTUO CONSENTIMIENTO entre los señores: JOSE ERNESTO ABUD CASTILLO Y DANIELA YAJAIRA GUZMAN SANTANA, según lo pactado por ellos en el acto de convenciones y estipulaciones número ciento cuatro (104), folios números ciento dieciséis y ciento diecisiete (116 y 117), de fecha tres (03) del mes de diciembre del año dos mil veinte (2020), Instrumentado por la Licdo. José Miguel de Jesús Rodríguez Fernández, notario público de los del número para el municipio de Villa Tapia, por los motivos expuestos en esta decisión. SEGUNDO: Se otorga la guarda de los menores de edad de nombres Eimy y Eiden José, de apellidos Abud Guzmán, a su madre, la señora Daniela Yajaira Guzmán Santana, por ser lo más beneficioso para estos y por los motivos antes indicados. TERCERO: ORDENA a la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción de Villa Tapia, pronunciar el presente divorcio, e inscribirlo en los libros correspondientes. CUARTO: COMPENSA pura y simplemente las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. NUESTRA SENTENCIA ASI SE PRONUNCIA, ORDENA, MANDA Y FIRMA. FIRMADO MEDIANTE FIRMA ELECTRONICA: JUAN CARLOS JOSE PASCUAL (JUEZ) Y MARTHA EUNICE CEBALLOS CASTILLO. (SECRETARIA).

La presente sentencia que antecede, previa formalidades de ley, ha sido pronunciada y transcrita por El Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Municipio de Villa Tapia, República Dominicana, en fecha VEINTIDOS (22) del mes de FEBRERO del año Dos Mil Veintiuno (2021), e inscrito en el libro núm. 00001, folio núm. 0020, registrada con el núm. 000019, del año Dos Mil Veintiuno (2021).---

En el Municipio de Villa Tapia, Provincia Hermanas Mirabal, República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de febrero del año Dos Mil Veintiuno (2021).--

(JMRF-AC-19868-PC) LIC. WILSON ANTONIO PEÑA DE JESÚS Abogado Apoderado

PERDIDA DE PLACA: Automóvil privado, marca Toyota, modelo Land Cruiser, año 1980, color rojo/blanco, placa No. G104958, chasis No. BJ40041301, propiedad de RODOLFO ARCANIO DE JESUS PEÑA RODRÍGUEZ, cedula No. 041-0003858-9. FC 397485 PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del jeep, marca Ford, color gris, año 2011, placa No. G266151, chasis No. 1FMCU0D7XBKB94239, a nombre de MISAEL DAVID MONTERO SIERRA. FC 397604

PERDIDA DE MATRICULA: MOTO- PERDIDA DE MATRICULA: JEEP PERDIDA DE MATRICULA: JEEP CICLETA PRIVADA Marca BR modelo Marca CHEROKEE modelo LAREDO Marca CHEROKEE modelo LAREDO BR-105 color NEGRO Año 2016 placa color GRIS Año 1997 placa G118451 color GRIS Año 1997 placa G118451 K1167619 chasis chasis 1J4GZ5856VC669946 a nom- chasis 1J4GZ5856VC669946 a nomLWMXCHLL2GD010118 a nombre de bre de CARLOS BORROMERO ACOS- bre de CARLOS BORROMERO ACOSMARTINA CALDERON CRUZ – CED. TA LUGO – CED. 04701885966 TA LUGO – CED. 04701885966 05000465814 (JVL-AC-19883-WP-3/4) (JVL-AC-19883-WP-4/4) (JVL-AC-19883-WP-4/4)

PODER JUDICIAL REPUBLICA DOMINICANA TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCION ORIGINAL CON ASIENTO EN LA CIUDAD DE LA VEGA SALA II

AUTO DE FIJACIÓN DE AUDIENCIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

En cumplimiento del art. 22 de la ley no. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dominicana, modif. por la Ley 2153 de 1949, el Señor JOSE MARIA DUQUELA ANTON, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en este municipio de La Vega. R.D., cédula no.047-0015876-1; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. JOSE IGNACIO FAÑA ROQUE cedula no.047-0020095-1 con estudio profesional abierto en el no.87 de la calle Don Antonio Guzmán 2do. Nivel Edif. MG Apto.1 de esta ciudad de La Vega, R.D. lugar donde el demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora JOSEFINA MARIA DE LEON NUÑEZ, cuyo último domicilio conocido fue en la calle Garcia Godoy frente al Reformatorio de esta ciudad de La Vega, R.D.,; que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Vega el día 2 del mes de MARZO del año 2021 a las 9:00 a.m., así como en la Secretaria y Puerta del Tribunal Apoderado, para que comparezca a la AUDIENCIA PRESENCIAL que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, el cual se encuentra en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 29 del mes de ABRIL del año 2021 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad La Vega, R.D., a los 24 días del mes de FEBRERO del año 2021.

LIC. JOSE IGNACIO FAÑA ROQUE Abogado apoderado de la parte Demandante

VISTO : El documento de aprobación técnica dado por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Norte, mediante el cual aprueba la mensura para SANEAMIENTO, realizada dentro del inmueble que se describe a continuación: INMUEBLES: Provincia La Vega, Municipio Jarabacoa, DC POS 311100858613; 311101806545; Provincia La Vega, Municipio Jarabacoa, VISTOS: Los artículos 1,3,10, 23, 25, párrafo 8 y 26 de la Ley 108-05, sobre Registro Inmobiliario , 23, letra P. 26, 27 y 46 del Reglamento de los Tribunales Superiores de Tierras y de Jurisdicción Original de la Jurisdicción Inmobiliaria. VISTOS: Los artículos 155 y 156 de la Constitución de la República, que establecen el Consejo del Poder Judicial, su integración, sus funciones, su reglamentación, su duración e incompatibilidades de sus miembros y le atribuyen a la ley la definición de su funcionamiento y organización. VISTA: La Ley 2811 Ley Orgánica del Consejo del Poder Judicial de fecha 20/01/2011. RESUELVE: PRIMERO: FIJAR la audiencia, oral, pública y contradictoria para el día 19/04/2021 a las 09:00 a.m., a celebrarse en el local que ocupa el Tribunal de Tierras en el Palacio de Justicia de la ciudad de La Vega, sito en la Avenida García Godoy, esquina calles Duvergé y Monseñor Panal. SEGUNDO: ORDENA la citación a todos los interesados, mediante la publicación en un periódico de circulación nacional, así como a los colindantes y al Abogado del Estado , por acto de alguacil adscrito a la Jurisdicción Inmobiliaria para que comparezcan a la audiencia el día, hora y modalidad indicados.

DADO: En nuestro despacho en la ciudad de La Vega, Provincia de La Vega, hoy día 05/02/2021 años 177 de la Independencia y 157 de la Restauración.

ANIBELKA MERCEDES RODRIGUEZ DELGADO Jueza

Santo Domingo cambia coches de caballos por carruajes eléctricos

Puede ser que nos vaya mejor que con los caballos”, señaló a la prensa.

PERDIDA DE MATRICULA: VEHICULO DE CARGA Marca TOYOTA modelo TUNDRA color BLANCO Año 2006 placa L292486 chasis 5TBET34106S558379 a nombre de IVAN PIÑA PAYANO – CED. 05000014372 (JVL-AC-19883-WP-2/4)

PERDIDA DE MATRICULA: MOTOCICLETA Marca YAMAHA Modelo JOG color NEGRO año 1991 placa N672172 chásis 3KJ8055599 a nombre de FRANCISCO ALBERTO PICHARDO LOPEZ – CED.047-0204568-5 (TWP-AC-19984-WP)

AVISO PERDIDA CERTIFICADOS ACCIONES

En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida de los Certificados de Acciones siguientes: Certificados Vigentes de un Accionista

Código Accionista: 10550-13546, Certificado No. 16227 Fecha Adquisición 25/08/1986 Cantidad Acciones 28; Certificado No. 18353 Fecha Adquisición 19/08/1987 Cantidad Acciones 21; Certificado No. 20667 Fecha Adquisición 05/08/1988 Cantidad Acciones 11; Certificado No. 23259 Fecha Adquisición 11/08/1989 Cantidad Acciones 14; Certificado No. 25171 Fecha Adquisición 20/06/1990 Cantidad Acciones 89; Certificado No. 25950 Fecha Adquisición 03/08/1990 Cantidad Acciones 19; Certificado No. 28382 Fecha Adquisición 26/08/1991Cantidad Acciones 35; Certificado No. 37257 Fecha Adquisición 29/05/1992 Cantidad Acciones 41; Certificado No. 42534 Fecha Adquisición 30/06/1993 Cantidad Acciones 61; Certificado No. 46468 Fecha Adquisición 29/07/1994 Cantidad Acciones 76; Certificado No. 50937 Fecha Adquisición 26/06/1995 Cantidad Acciones 98; Certificado No. 55894 Fecha Adquisición 24/06/1996 Cantidad Acciones 112; Certificado No. 60046 Fecha Adquisición 23/06/1997 Cantidad Acciones 126; Certificado No. 64109 Fecha Adquisición 15/06/1998 Cantidad Acciones 138; Certificado No. 70402 Fecha Adquisición 24/06/1999 Cantidad Acciones 152; Certificado No. 75426 Fecha Adquisición 13/06/2000 Cantidad Acciones 167; Certificado No. 79692 Fecha Adquisición 19/06/2001 Cantidad Acciones 197; Certificado No. 85102 Fecha Adquisición 17/06/2002 Cantidad Acciones 231; Certificado No. 90327 Fecha Adquisición 13/06/2003 Cantidad Acciones 272; Certificado No. 95664 Fecha Adquisición 15/06/2004 Cantidad Acciones 225; Certificado No. 103410 Fecha Adquisición 10/06/2005 Cantidad Acciones 199; Certificado No. 109665 Fecha Adquisición 20/06/2006 Cantidad Acciones 431; Certificado No. 116093 Fecha Adquisición 04/06/2007 Cantidad Acciones 522; Certificado No. 123829 Fecha Adquisición 02/06/2009 Cantidad Acciones 685; Certificado No. 135596 Fecha Adquisición 17/06/2010 Cantidad Acciones 747; Certificado No. 146674 Fecha Adquisición 02/06/2011 Cantidad Acciones 224 ; Certificado No. 154740 Fecha Adquisición 06/06/2012 Cantidad Acciones 969; Certificado No. 165794 Fecha Adquisición 05/06/2014 Cantidad Acciones 148 ;Certificado No. 176617 Fecha Adquisición16/06/2015 Cantidad Acciones 1048; Certificado No. 187023 Fecha Adquisición 21/06/2016 Cantidad Acciones 1351; Certificado No. 196924 Fecha Adquisición 30/06/2017 Cantidad Acciones 935; Certificado No. 206976 Fecha Adquisición 29/06/2018 Cantidad Acciones 566; Certificado No. 218172 Fecha Adquisición 24/06/2019 Cantidad Acciones 946; Certificado No. 232295 Fecha Adquisición 30/06/2020 Cantidad Acciones 1073;

Total certificados: 34 Total Acciones: 11,957 emitidos por GRUPO POPULAR a los fines de que la institución proceda a la anulación de dichos certificados y a la expedición de los certificados sustitutos a favor de:

FRANCISCO LEOCADIO LEONARDO FLORENCIO y/O CRISTINA LEONARDO FLORENCIO Accionistas (FH-RCT-24786-CP-24-03-10-17/03/2021)

JOTTIN CURY HIJO

La soberanía bajo asedio

Algunas voces que responden a intereses privados, esto es, ajenas al interés nacional, estratégicamente han desnaturalizado la denuncia que se formuló con ocasión de una conferencia de prensa en la cual se expusieron las razones jurídicas de la inconstitucionalidad del acuerdo del prechequeo con los Estados Unidos.

Las verdades que se señalaron no han podido ser contestadas hasta la fecha, pues los que sostienen la posición contraria se han limitado a indicar que el referido acuerdo es beneficioso para el turismo, evitando esgrimir argumentos jurídicos, especialmente lo relativo al anexo sobre los refugiados y, además, tratando de descalificar la denuncia.

Se han centrado en cuestionar éticamente a los cuatro exjueces, alegando que se habrían pronunciado sobre aspectos pendientes de ser conocidos por el tribunal al que pertenecieron, pero les resultó indiferente que a los postulantes a jueces del Tribunal Constitucional se les cuestionara sobre el prechequeo durante las entrevistas públicas ante el Consejo Nacional de la Magistratura. ¡Oh paradojas! ¿Fue antes el huevo o la gallina? Algo que si resulta inusual en un medio como el nuestro, donde prevalece la tibieza e indiferencia en cuanto a asumir responsabilidades sobre temas relevantes, es que existan personas que asuman posición.

En otro orden, se debe aclarar que los secretos de las deliberaciones no han sido revelados en ningún momento, así como tampoco se han formulado críticas al órgano encargado de expresar la constitucionalidad o inconstitucionalidad del acuerdo.

Asumir una responsabilidad ciudadana ante las preguntas indiscretas, maliciosas y arteras formuladas por el Consejo Nacional de la Magistratura sobre un tema pendiente de decisión y que compromete la soberanía nacional, es un compromiso ineludible de todo buen dominicano. No en vano Antonio Gramsci afirmaba lo siguiente: “Odio a los indiferentes. Creo que vivir significa tomar partido. No pueden existir quienes sean solamente hombres, extraños a la ciudad. Quien realmente vive no puede ser ciudadano, no tomar partido. La indiferencia es apatía, es parasitismo, es cobardía, no es vida. Por eso odio a los indiferentes”. En ese sentido, mal podríamos los que nos opusimos a ese convenio lesivo al interés nacional permanecer ajenos frente a un tema ventilado abiertamente por el Consejo Nacional de la Magistratura en su última convocatoria.

El compromiso ciudadano impide pasar por alto aspectos tan sensibles al interés colectivo. Esa obligación no se extingue por haber sido miembro de ningún ente colegiado, por elevado que esté fuera, máxime cuando se encuentra en juego la soberanía del país.

De manera, pues, que la campaña de la que hablan sectores interesados no ha sido iniciada por los exmagistrados, ha surgido con anterioridad a la denuncia que, repito, hubiese sido imperdonable omitir luego de haberse señalado que el “nacionalismo trasnochado” había sido la causa de que un acuerdo “tan beneficioso para el pueblo dominicano” no hubiese sido aprobado. Y con posterioridad a la conferencia de prensa ha arreciado una campaña mediática, caracterizada por una falencia argumentativa, toda vez que no se abordan ni por asomo los aspectos nodales del acuerdo que se encuentra depositado en el Tribunal Constitucional desde el 2016.

En ese sentido, resulta importante poner los puntos sobre las íes porque en este país no hay indios ni tontos de capirote como suponen sectores determinados.

Para aquellos que puedan albergar alguna duda todavía, solamente tienen que leer los titulares de prensa en los que se destaca la crisis social, política y económica por la que atraviesa en este momento el vecino país. Esta situación ha sido aprovechada por algunas ONGs para presionar a las autoridades dominicanas a fin de que sean flexibles para que continúen penetrando parturientas haitianas a nuestro país.

El Listín Diario destaca en su primera plana de su edición del día 18 del mes en curso que las referidas ONGs enfrentan a los militares dominicanos por las repatriaciones que están obligados a realizar para evitar la sustitución de población que se viene produciendo en este lado de la isla desde que las tropas norteamericanas abandonaron el país en 1924. Una activista haitiana que responde al nombre de Colette Joseph Pierre declaró, en esa misma información, que los partos en los hospitales de Haití son costosos, razón por la cual vienen a este lado porque no se les cobra ni un centavo. Y solicitó mayor comprensión a las autoridades dominicanas, cuyo exceso de solidaridad raya en la indolencia, el servilismo y la sumisión más abyecta.

Más todavía, ese mismo matutino resaltó en su edición del 19 de este mes que las tropas dominicanas han detenido a más de 750 ilegales haitianos en las últimas horas, toda vez que prevalece una gran inestabilidad del otro lado de la frontera.

Por consiguiente, al momento en que, frente a ese incontenible flujo de inmigrantes ilegales, que incesantemente penetran a nuestro territorio, se coarte la atribución del dominio reservado del Estado como lo es su potestad discrecional en materia de asilo y refugio, sencillamente habremos perdido nuestra soberanía.

Más claramente, desde que tengamos que consultar con los Estados Unidos nuestras políticas en temas de refugio y asilo frente al grave peligro que permanentemente nos acecha y, además, se nos imponga buscar soluciones alternativas no previstas en la Convención de Refugiados de 1951, desafortunadamente habremos sucumbido como nación.

De nada habrá servido el sacrificio de nuestros antepasados que lucharon en las Guerras de Independencia, la Restauración y las dos intervenciones norteamericanas del pasado siglo.

En otros términos, esta mal llamada democracia representativa que nos gastamos, la cual ha servido para enriquecer a unos pocos a expensas de las grandes mayorías, habrá culminado en estrepitoso fracaso.

Sólo nos resta esperar que el Tribunal Constitucional devuelva el referido acuerdo de prechequeo o preclearance, para que puedan ser subsanados los múltiples vicios de inconstitucionalidad de que adolece, los cuales no se abordan en este artículo por lo prolijo que resultaría en un trabajo de esta naturaleza.

Ahora bien, aguardamos la esperanza de que los órganos encargados de revisar este acuerdo sean ponderados y reflexivos al adoptar una decisión definitiva, pues de ella depende salvaguardar un aspecto intangible y fundamental que ha sido objeto de asedio desde hace mucho tiempo: la soberanía. Recordemos el sacrificio de los héroes y mártires de nuestra historia, así como las estrofas más puntuales del himno nacional antes de que sea demasiado tarde.

*El autor es abogado y experto en materia constitucional.

MI PALESTRA

GERMÁN MARTÍNEZ

¡Gobierno, enemigos, y adversarios!

Ningún Presidente de ningún país del mundo es monedita de oro, para caerles bien a todo el mundo, pero algo es cierto, sino todos una gran mayoría de sus conciudadanos quisieran estar en la posición de quien ostenta la Presidencia de la República.

Muchos aducen que la posición está llena de grandes beneficios al que la tiene y su familia, algo que se nota a leguas que no es cierto, basta ver como entran y cómo salen, llenos de arrugas y canas.

Aquellos que aspiran a ser intentado volver más de una vez son sino enfermos de poder víctimas de apetencias y compromisos no muy santos, y de los que hemos tenido muchos en nuestro país donde los aspirantes a la llamada silla de alfileres se dan silvestres.

Los enemigos, existen, los adversarios igual, no se detienen a pensar que ningún gobierno o Presidente quiere fracasar, que las circunstancias y las coyunturas en política determinan muchas cosas, de ahí que nadie les cree a los que culpan de todo lo malo al gobierno, y menos en momentos tan difíciles como los que vivimos, y cuando se tiene un Presidente que trabaja más de 15 horas, que no tiene necesidad de ocultar nada, y que es Presidente por vocación de servicio a su país, herencia de su progenitor, igualmente un hombre al servicio de su patria como político honesto y educador consagrado, no para beneficio mercurial suyo o de sus familiares como otros.

Muchos aducen que la posición está llena de grandes beneficios al que la tiene y su familia, algo que se nota a leguas que no es cierto, basta ver como entran y cómo salen, llenos de arrugas y canas.

Senado de EE.UU. examina las “brechas colosales” que permitieron asalto Capitolio

WASHINGTON, ESTADOS UNIDOS.- El Senado estadounidense examinó este martes las “brechas colosales” de seguridad que permitieron el asalto al Capitolio el pasado 6 de enero, en una audiencia en la que los exresponsables de proteger el Legislativo achacaron el suceso a fallos de inteligencia.

La audiencia conjunta de dos comités del Senado marcó la primera aparición pública de los tres principales encargados de la seguridad del Capitolio en el momento en el que se produjo el asalto de los seguidores del expresidente Donald Trump, un suceso extraordinario que se saldó con cinco muertos.

Los tres exfuncionarios, que tuvieron que renunciar tras el ataque, coincidieron en tachar de inadecuada la información que recibieron sobre la situación de seguridad en Washington antes del 6 de enero, cuando cientos de seguidores de Trump acudieron a la capital mientras el Congreso se reunía para certificar el resultado de las elecciones.

“Aunque parece que hubo numerosos participantes de varios estados planeando este ataque, parece que la comunidad de inteligencia al completo perdió” esas señales, denunció el exjefe de la Policía del Capitolio, Steven Sund.

El tiempo de los océanos también se acaba, afirman expertos reunidos en Lisboa

LISBOA, PORTUGAL.- La urgencia no puede centrarse solo en la atmósfera y los termómetros: el tiempo para salvar los océanos también se está acabando, han advertido este martes especialistas desde Lisboa, sede de una conferencia telemática que ha alertado de que el plástico que los contamina solo es una parte del problema.

“No podemos tener un planeta sano sin un océano sano”, así ha cerrado Peter Thomson, enviado especial del secretario general de la ONU para los océanos, la cita de dos días “El océano que nos pertenece a todos”, organizada por la asociación Clube de Lisboa. Thomson ha subrayado la urgencia actual: “Antes de que sea demasiado tarde, y ese momento se acerca, tenemos que hacer las paces con el planeta”, y aunque hay buenas señales en el horizonte, como el Pacto Verde de la Unión Europea o el regreso de Estados Unidos al Acuerdo de París, hay que hacer más.

La esposa del Chapo G., es detenida sin fianza, y acusada de narcotráfico

WASHINGTON, ESTADOS UNIDOS.- Una jueza federal de Estados Unidos ordenó este martes mantener detenida temporalmente sin posibilidad de fianza a Emma Coronel Aispuro, la esposa del narcotraficante mexicano Joaquín “el Chapo” Guzmán, acusada de narcotráfico.

Coronel, arrestada el lunes en el estado de Virginia, en las afueras de Washington, enfrenta una pena mínima de 10 años de cárcel y una máxima de cadena perpetua, además de una posible multa de 10 millones de dólares, si es declarada culpable del cargo criminal en su contra.

Así lo explicó este martes la jueza Robin Meriweather, del tribunal federal del Distrito de Columbia, durante la primera audiencia sobre el caso, que Coronel escuchó de forma remota desde una celda en el centro de detención donde se encuentra, en Virginia.

Emma Coronel Aispuro.

75 muertos en enfrentamientos entre bandas prisiones Ecuador

QUITO/GUAYAQUIL.Unos 75 reclusos murieron este martes en Ecuador en una cadena de violentos enfrentamientos en tres centros penitenciarios, atribuida por las autoridades a una disputa entre dos bandas por el control de las prisiones.

Las últimas cifras oficiales ofrecidas por el Servicio de Atención a Personas Privadas de Libertad (SNAI) es de 75 muertos.

En el penal de Turi de la ciudad de Cuenca, a unos 470 kilómetros al sur de la capital ecuatoriana se contabilizaron 33 reos muertos, en tanto que otros 34 fallecieron en la prisión de Guayaquil y otros 8 en la de Cotopaxi, a unos 80 kilómetros de Quito.

El número de heridos asciende a decenas pero no hay una cifra confirmada porque hasta el anochecer las ambulancias seguían entrando a las prisiones a retirar heridos y muertos, constató Efe en el penal de Guayaquil.

DEPORTES

GRANDES LIGAS PEQUEÑAS LIGAS

Pelota Caliente

Se activa la LDF. Como iniciativa de Moca FC, se realizaron las respectivas pruebas PCR de cara al inicio de los entrenamientos del equipo. La plantilla de los jugadores y el cuerpo técnico fueron sometidos a las pruebas, tomando todas las medidas sanitarias para evitar cualquier tipo de contagio y exponer a futbolistas del equipo.

CICLISMO

Sixto Sánchez con nuevo número y nuevo enfoque para temporada 2021

Sixto Sánchez, lanzador de los Marlins, para la temporada 2021 tendrá el número 45.

MIAMI, ESTADOS UNIDOS.- Luego de un ligero retraso en su regreso desde la República Dominicana, el derecho Sixto Sánchez, el mejor prospecto de los Marlins, está de regreso en Júpiter, Florida y ansioso por comenzar a trabajar. Y también lleva un número nuevo en su espalda que siempre deseó: El 45 que utilizaba su ídolo, Pedro Martínez.

“Eso significa mucho”, dijo Sánchez sobre el cambio de número ayer a MLB.com.

Sánchez visitó el núm. 73 que le entregaron los Marlins la primavera pasada, pero siempre le había puesto la vista a ese 45 reverenciado por tantos jugadores dominicanos. Sánchez, oriundo de San Cristóbal, también tiene un nuevo tatuaje en su pierna derecha, donde se ve el mismo núm. 45 del tatuaje en su cuello. “Desde que era pequeño, veía lanzar a Pedro. Quiero lograr muchas de las cosas que él logró”, aseguró.

Sánchez, quien ha sido comparado con el miembro del Salón de la Fama durante años gracias a su estatura y sus herramientas sobre la loma, logró muchas cosas en el 2020. Tuvo efectividad de 3.46 y EFE+ de 129 en siete aperturas durante la ronda regular, incluyendo una de 10 ponches en la segunda salida de su carrera contra los Rays, antes de tirar cinco innings en blanco ante los Cachorros en el Juego 2 de la Serie de Comodines de la Liga Nacional y tomar la bola otra vez en el Juego 3 de la Serie Divisional de la Liga Nacional vs. los Bravos.

Lo que hizo en verano pasado ciertamente elevó el estatus de Sánchez en su país. El joven afirma que el gran recibimiento que se le dio cuando regresó a Dominicana lo tomó por sorpresa. “No esperaba que tanta gente me recibiera así”, confesó Sánchez. “Hasta se me salieron unas lágrimas. Fue bien especial poder encontrarme en mi pueblo con mi gente”, explicó.

El mánager de los Marlins, Don Mattingly, no le pudo encontrar muchos puntos negativos a la primera temporada de Sánchez, diciéndoles a los reporteros que el tan promocionado derecho “fue lo que nos dijeron”, con una electrizante recta de casi 100 millas por hora y un cambio que se hunde.

Quizás el único “pero” que se le puede poner fue cómo le fue en sus últimas dos aperturas de la campaña regular ante los Nacionales y Bravos – dos equipos que lo estaban viendo por segunda vez en un lapso de pocas semanas—en las que el diestro permitió un combinado de nueve carreras limpias en siete entradas. “El año pasado, pareció como si cambiara de un juego al siguiente en vez de enfocarse en cómo él quería atacar a los rivales”, dijo Mattingly acerca de Sánchez.

VER VIDEO

Ocho equipos en la final del torneo Luisito

SANTO DOMINGO.- Un total de ocho equipos jugarán este domingo la serie final al mejor de cinco para buscar el campeón del torneo navideño núm. 31 de béisbol, organizado por la Academia Deportiva Luisito Mercedes, que ya es una tradición todos los años.

Previo a los juegos habrá una ceremonia con una serie de invitados especiales del gobierno, igual que una serie de editores y subeditores que han colaborado con esta academia.

El evento tiene una especial dedicatoria a Radhames González, director de la OMSA, el acto será efectuado en el play núm. 2 a las 9: 30 a.m. del Centro Olímpico Juan Pablo Duarte, informó el presidente de la liga, el deportista Luisito Mercedes.

Los equipos que se enfrentarán en la final son: en la categoría 7-8, Cristo López-Suárez; 910 Robert Díaz-Cristo López; 11-12 Academia Luisito Mercedes-Black Caps; 13-14 Marcos Soto-Academia Luisito Mercedes.

Ogando gana la segunda etapa Vuelta Independencia, dedicada a Manuel Jiménez

Manuel Jiménez encabezó el acto de premiación. Figuran Oscar Mejía, Gobernador del Faro a Colón; Jorge Blas Díaz, presidente de Fedoci, y los ganadores Jonathan Ogando, Robert Sierra y Kadel Hopkins.

SANTO DOMINGO.- La Federación Dominicana de Ciclismo dedicó al alcalde de Santo Domingo Este (SDE), Manuel Jiménez y al municipio, la segunda etapa de la 42 Vuelta Ciclística Independencia Nacional 2021, que ayer ganó el dominicano Jonathan Ogando.

El alcalde Jiménez dio las palabras inaugurales del evento que partió de la parte frontal del Palacio Municipal “Doctor José Francisco Peña Gómez”.

Jiménez agradeció el gesto de la organización al dedicarle un evento deportivo de tal magnitud, y dijo que esto representa un reconocimiento al desarrollo que viene experimentando esa comunidad.

Los ganadores

El vencedor de la segunda etapa de la vuelta ciclística fue el dominicano Jonathan Ogando; el segundo lugar fue obtenido por el venezolano Robert Sierra, mientras que el tercer puesto lo obtuvo el puertorriqueño Hopkins Kaden.

La vuelta ciclística, que se realiza en el mes de la Independencia Nacional para conmemorar esa gesta, se llevó a cabo bajo estrictas medidas de seguridad y de salud, para proteger a todos sus participantes.

La actividad comenzó a las 8:20 de la mañana luego de la interpretación del himno nacional a cargo del grupo coral “Voces de la Alcaldía”, bajo la dirección del departamento de Cultura del cabildo, dirigido por el maestro Samuel Féliz.

POLIDEPORTIVO MARÍA TRINIDAD SÁNCHEZ

La Comisión Presidencial de Desarrollo Provincial remozará Albergue Olímpico

Ángel De la Cruz, titular de la CPADP, junto al ministro de Deportes Francisco Camacho; el presidente del COD, Antonio Acosta, además de otros funcionarios del Miderec y presidente de federaciones.

SANTO DOMINGO.Como parte del compromiso asumido por el Gobierno con el deporte, el presidente de la Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Provincial (CPADP), Ángel De la Cruz, sostuvo un encuentro con el ministro de Deportes, Francisco Camacho, y los principales federados deportivos, a fin de buscar soluciones al mal estado de algunas áreas del Albergue Olímpico.

El titular de la CPADP prometió que la institución que dirige asumirá el remozamiento de las instalaciones de dicha infraestructura, la cual alberga más de 500 deportistas nacionales e internacionales.

“El presidente Luis Abinader tiene un compromiso con los deportistas del país, yo tengo un compromiso personal con el impulso del deporte y la recreación. Este albergue ha sido la casa de muchos medallistas dominicanos y merece que esté en las mejores condiciones”, aseguró De la Cruz.

Por su parte, el ministro Camacho agradeció a Ángel de la Cruz en nombre de todas las autoridades, “por escuchar el clamor de los deportistas dominicanos que utilizan esta planta para sus prácticas diarias”, y “que ponen en alto nuestra bandera en tierras extranjeras”.

De su lado, el presidente del Comité Olímpico Dominicano (COD), Antonio Acosta, destacó la importancia de reforzar los vínculos entre el Comité, el Miderec e instituciones como la CPADP, con el objetivo de impulsar infraestructuras que beneficien a los jóvenes que ven en el deporte una salida a sus carencias.

El titular de la CPADP prometió que la institución que dirige asumirá el remozamiento de las instalaciones de dicha infraestructura, la cual alberga más de 500 deportistas nacionales e internacionales.

El presidente Luis Abinader tiene un compromiso con los deportistas del país, yo tengo un compromiso personal con el impulso del deporte y la recreación. Este albergue ha sido la casa de muchos medallistas dominicanos y merece que esté en las mejores condiciones”, aseguró De la Cruz.

Designación de funcionario del Miderec causa disgusto en la dirigencia PRM

REDACCIÓN END

MARÍA TRINIDAD SÁNCHEZ. -La designación de Juan Francisco Romero Polanco como director de Deportes en la provincia María Trinidad Sánchez, ha causado descontento entre los miembros del Partido Revolucionario Moderno (PRM) de la demarcación, debido a que este no fue el recomendado por las autoridades al ministro Francisco Camacho.

De acuerdo a documentos enviado por perremeístas a El Nuevo Diario, el propuesto por la gobernadora y el senador a Camacho para dicho cargo, fue Aneuris Francisco de la Cruz.

Así lo constatan sendas cartas remitidas a Camacho por la gobernadora provincial, Gregoria Correa Amparo, y el senador Alexis Victoria Yeb, el 3 y 8 de febrero, respectivamente.

DALE TAP MÁS INFORMACIÓN

RECTAS DURAS Y PEGADAS

AMÉRICO CELADO S.

Olimpo del olimpismo

Para nadie es un secreto que el movimiento olímpico ha acaparado la atención en los últimos tiempos, por los escándalos que se han producido en varias federaciones y confrontaciones entre dirigentes.

Con un panorama así de conflictivo, la verdad es que Luisín Mejía Oviedo, hasta hace poco presidente del Comité Olímpico Dominicano (COD), no actuó con la autoridad necesaria como líder del movimiento para imponer el orden, prefirió jugar el papel de conciliador y permitió que las crisis sectoriales se agudizaran.

La postura pasiva de Luisín fue aprovechada por enemigos del movimiento, que cargados de resentimiento, sobredimensionaron los conflictos para producir un gran ruido mediático para satanizar a la dirigencia olímpica, y llegar al extremo de pedir que ruede su cabeza.

Pero a esa trama mal hecha para desacreditar la cúpula olímpica se le vio el refajo temprano, cuando se aprovechó el cambio de gobierno para enfilar los cañones contra Mejía Oviedo con argumentos meramente personales. Una trama urdida por un dirigente desplazado en buena lid tanto del Comité Ejecutivo del COD como de su federación, que por venganza se empeña en destruir reputaciones y la imagen del organismo deportivo.

Con la salida de Luisín del escenario, Antonio (Colin) Acosta Corletto asumió el liderazgo olímpico y de inmediato, como por arte de magia, la marea de ataques despiadados sistemáticos han bajado de tono considerablemente, lo que plantea un escenario futuro bastante interesante.

Corresponde a Acosta completar el período iniciado por Luisín como parte del pacto y el tiempo se encargará de mostrar si se dan las condiciones para que busque su periodo o si allanará el terreno para viabilizar un relevo generacional inevitable, encarnado en los federados Gilberto García, Rafael Uribe, Edwin Rodríguez, Francisco Camacho y José Manuel Ramos, quienes se perfilan como los principales candidatos para la toma del bastón.

Los próximos dos años serán determinantes para aclarar el panorama y mostrar quién logrará definir mejor una imagen, que se pueda asimilar como la más potable para asumir la dirección del máximo organismo deportivo nacional, con capacidad de dar continuidad a los programas de trabajo y dispuesto a fomentar un desempeño armonioso en el seno de las federaciones deportivas nacionales.

Mientras tanto, el intento de conspiración contra el olimpismo, por más insultos y provocaciones, sólo ha resultado ser una cortina de humo, incentivada por un cúmulo de frustraciones propias de desplazados.

This article is from: