ÍNDICE
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INTRODUCCIÓN
Derechos Políticos y los principios de igualdad y de no discriminación
Participación Política de la Mujer
Obstáculos que las mexicanas enfrentan para ejercer sus derechos políticos
¿Acciones Afirmativas ¿Inclusión o Discriminación?
Acciones Afirmativas implementadas en el 2024
El PVEM y su compromiso con las mujeres Violencia Política reto a vencer
EL Ecologista año VII, N° 24 Enero - Marzo 2024
Periódico oficial del Partido Verde Ecologista de México en el Estado de México
Consejo editorial:
José Alberto Couttolenc Buentello
Paulina González Cuadros
María Roxana García García Edgar Medrano Flores
Jaqueline Arzave Cordova
Alejandra Paola Hernandez Perdomo
El ecologista, año 7, número 24 Enero/Marzo 2024
Es una publicación Trimestral, diseñada por MV MARKETING DIGITAL Y PUBLICIDAD, con dirección en Cda 2 de Marzo, MZA F LT 4, Casa 104c, Fracc Valle de Lerma, C P 52004, Lerma, Estado de México Diseñado en México Septiembre 2022
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1. INTRODUCCIÓN BRECHAS PARA LAS MUJERES EN EL ENTORNO POLÍTICO
Estimado lector y simpatizante, es un gusto para esta Revista tenerte de vuelta durante nuestra edición número 24; en la que abordaremos un tema de gran importancia y que en los últimos años ha tomado gran relevancia por las implicaciones que conlleva –Brechas para las Mujeres en el Entorno Político–
En el marco del día Internacional de la Mujer, debemos hacer visible que aún con todo el avance que se ha tenido respecto a los Derechos Político Electorales de las Mujeres en México; seguimos teniendo ciertas brechas en las que debemos trabajar para lograr una verdadera igualdad
Recordemos que hasta antes de 1953 las mujeres no tenían derecho a votar durante las elecciones en México; y fue hasta 1955 que por primera vez fueron participes del sufragio; después de años de constante lucha feminista que buscaba la equidad entre hombres y mujeres
Actualmente debes saber que las mujeres tienen derecho a ocupar cargos públicos y a ejercer todas las funciones públicas establecidas por la legislación nacional, en igualdad de condiciones con los hombres, sin discriminación alguna
Por otro lado, la violencia tiene muchas formas de manifestarse; las más comunes son física, sexual, psicológica, económica, pero ¿qué pasa con la violencia política?
Las mujeres, aún con todas las leyes que se han reformado y creado a su favor, continúan en un estado de indefensión; pues increíblemente siguen existiendo lagunas legales y procesales que permiten el menoscabo de sus derechos político electorales
En el Partido Verde Ecologista de México rechazamos cualquier forma de violencia contra cualquier ciudadano; y es por ello que aprovechamos este espacio para darte a conocer unos datos importantes que te servirán durante este proceso electoral federal y estatal
Sin más preámbulo; ¡comencemos!
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1.DERECHOS POLÍTICOS Y LOS PRINCIPIOS DE IGUALDAD Y DE NO DISCRIMINACIÓN
Para entender con mayor claridad a lo que nos referimos, debemos iniciar desmembrando el tema principal; por lo que definimos los derechos políticos como un conjunto de condiciones que permiten que una persona –con calidad reconocida de ciudadano– pueda participar de la vida política de su nación; es decir son aquellos derechos que tienen los ciudadanos para expresar, ejercer y participar en la vida democrática del país al cual pertenece
Ahora te preguntaras, ¿Cuáles son mis derechos políticos?
Los podemos encontrar en el artículo 35 de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), que a la letra dice:
“Artículo 35. Son derechos de la ciudadanía:
I Votar en las elecciones populares;
II Poder ser votada en condiciones de paridad para todos los cargos de elección popular, teniendo las calidades que establezca la ley El derecho de solicitar el registro de candidatos y candidatas ante la autoridad electoral corresponde a los partidos políticos, así como a los ciudadanos y las ciudadanas que soliciten su registro de manera independiente y cumplan con los requisitos, condiciones y términos que determine la legislación;
III. Asociarse individual y libremente para tomar parte en forma pacífica en los asuntos políticos del país; [ ]
[ ] VI Poder ser nombrado para cualquier empleo o comisión del servicio público, teniendo las calidades que establezca la ley;
VII. Iniciar leyes, en los términos y con los requisitos que señalen esta Constitución y la Ley del Congreso. El Instituto Nacional Electoral tendrá las facultades que en esta materia le otorgue la ley;
VIII Votar en las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional o regional, las que se sujetarán a lo siguiente: [ ]
[ ] IX Participar en los procesos de revocación de mandato [ ]
Retomando un punto importante de nuestra definición, el sistema jurídico mexicano concibe las bases y lineamientos para ejercer la participación en la vida política del país a que alude el párrafo anterior; siendo el más importante –ser ciudadano–, para lo cual solo hay 2 requisitos expuestos en el artículo 34 de la CPEUM que son haber cumplido 18 años y tener un modo honesto de vivir.
¿De qué manera podemos adquirir la nacionalidad mexicana?
Existen 2 formas para adquirir la Nacionalidad Mexicana consagradas en el artículo 30 de nuestra CPEUM; la primera es por nacimiento; aquí reconocen a las personas nacidas en cualquier parte del territorio mexicano sin importar la nacionalidad de sus padres; quienes nazcan en el extranjero y sean hijos de padre o madre mexicana por nacimiento o naturalización, y los que nazcan a bordo de embarcaciones o aeronaves mexicanas, sean de guerra o mercantiles; y la segunda forma es por naturalización; que adquieren los extranjeros al obtener de la Secretaría de Relaciones Exteriores la carta de naturalización o bien, los extranjeros que contraigan matrimonio con un ciudadano mexicano dentro del territorio nacional.
Una vez teniendo claro quienes tenemos derechos políticos en nuestro país y cuáles son, al cumplir los requisitos sine qua non que nos demanda nuestra Carta Magna, podemos afirmar que se encuentran supeditados esencialmente a los siguientes principios:
Principio de igualdad
Se entiende como el derecho que tiene toda persona a ser tratada sin distinción, exclusión o restricción con el objetivo de no menoscabar el goce o el ejercicio de sus derechos humanos y libertades fundamentales –específicamente en la esfera política–, económica, social, cultural o cualquier otra De esta manera, evitamos todo tipo de discriminación entre mujeres y hombres que puedan atentar contra la dignidad humana
En este orden de ideas, cabe precisar que la igualdad no involucra únicamente la identidad de los seres humanos, sino más bien el reconocimiento de su diversidad ante el Estado, a fin de regular las relaciones sociales tomando en consideración la dignidad humana de la que goza toda persona.
La igualdad nos permite –como ciudadanos y al estado– tratar a todas y cada una de las personas con respeto, sin otorgar privilegios o, por el contrario, tratar con hostilidad a quien sea considerado “inferior”. ¡El Estado tiene la obligación de garantizar tus derechos exactamente igual que con cualquier otra persona en las mismas o diferentes circunstancias!
La discriminación, entendida como aquella acción ejercida que excluye, distingue, separa o segrega en razón de diferencias como sexo, género, preferencias sexuales, religión, política, educación, lenguaje, status económico, social y cultural, origen o nacimiento, y que tenga como propósito nulificar o desequilibrar el reconocimiento, disfrute o ejercicio –para todas las personas– en igualdad de circunstancias, de todos los derechos y libertades
Nuestro marco jurídico primordial regula este principio, consagrado en el párrafo quinto del artículo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece:
“Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas […]”
La no discriminación es un principio constitucional que se establece para alcanzar la igualdad a través de la exclusión de distinciones de cualquier índole que menoscaben la dignidad del ser humano
Es por ello que sin importar cualesquiera de las cuestiones referidas en el primer párrafo, tus derechos deben ser reconocidos, respetados y considerados exactamente de la misma forma que a otros grupos de personas ¡Puedes hacer valer tus derechos político electorales!
2. PARTICIPACIÓN POLÍTICA DE LA MUJER
Las mujeres en nuestro país han sido históricamente marginadas de la actividad política formal, a pesar de representar poco más de 50% de la población total mexicana; y aun cuando en épocas recientes se han generado cambios ideológicos y normativos en términos de género, es claro que las mujeres siguen desarrollándose en contextos donde aún imperan la exclusión y la desigualdad, razón por la que es importante seguir trabajando por el respeto a los Derechos y la Igualdad.
En México, la participación política de las mujeres ha tenido grandes avances, no obstante, esto no ha sido fácil ni es algo terminado, pues para alcanzarla, las mujeres han tenido que enfrentar y superar distintos obstáculos, tales como discriminación, encasillamiento en labores domésticas, competir por lugares o puestos, ser madres, tratar de fusionar su vida personal y social y que eso no
intervenga en su desempeño profesional; a diferencia de los hombres –que históricamente– nunca se han preocupado por esas situaciones.
El avance más importante que hemos tenido –después del derecho al voto–las mujeres, son las reformas que amparan la paridad de género, pues parte de los obstáculos que tiene una mujer para acceder a un cargo público son los desequilibrios en la imposición de los mismos, ya que muchas veces las mujeres eran utilizadas como peones sacrificables, cediendo sus puestos gubernamentales a hombres. Al promover la inclusión de las mujeres, contribuimos a un cambio cultural al desafiar estereotipos arraigados sobre las capacidades de las mujeres en la esfera política
La paridad de género, dicho de otra manera es un principio constitucional que se refiere a la participación equilibrada, justa, y legal, que asegura que al igual que los hombres, las mujeres en toda su diversidad tengan una participación y representación igualitaria en la vida democrática de nuestro país; gracias a ello podemos encontrar un mayor número de mujeres ejerciendo cargos políticos; tal es el caso de la integración del Congreso de la Unión, compuesto por la Cámara de Diputados, conformada en su totalidad por 500 ciudadanos, de los cuales 253 son mujeres y 247 son hombres; y la Cámara de Senadores, que integran 128 mexicanos, de los cuales por el momento 65 son mujeres y 60 son hombres. Por otro lado, podemos observar que respecto a las 32 entidades federativas solo 9 actualmente son gobernadas por mujeres.
En 2024 estamos viviendo un proceso electoral de gran impacto social; ya que solamente tenemos 3 candidatos a la presidencia del país, siendo 2 mujeres quienes encabezan dicha contienda
Es decir, las mujeres han sido capaces de romper paradigmas y asumir su posición de frente a la historia, asumiendo encargos, proponiendo desde lo público y mostrando sus capacidades y resiliencia para derribar brechas.
3. OBSTÁCULOS QUE LAS MEXICANAS ENFRENTAN PARA EJERCER SUS
DERECHOS POLÍTICOS
Un obstáculo es aquella dificultad que se presenta en la realización de un determinado propósito; con lo anterior podemos determinar que las mexicanas a lo largo de la historia tuvieron que enfrentar diversos obstáculos para que se le reconocieran sus derechos políticos, fueron años de lucha y perseverancia para que la mujer tuviera vida en la política.
Como ya hemos explicado antes, los derechos políticos por encontrarse en la Carta Magna son inherentes a cualquier ciudadano, que posibilitan la vida democrática y resulta fundamental a fin de comprender las obligaciones del Estado, con ello encontraremos un primer obstáculo a que las mujeres tuvieron que enfrentarse por años, debido que a no gozaban de dichos derechos, fue una lucha constante para que se les reconocieran, es hasta el 17 de octubre de 1953 que se pública en el Diario Oficial el decreto que reforma los artículos 34 y 115 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, en el cual se aprobó el reconocimiento de la igualdad jurídica de la mujer frente al hombre y la ciudadanía plena de las mexicanas
La posibilidad por emitir el voto por primera vez el 3 de julio de 1955, le dio a la mujer acceso a la vida pública y política del país Con la reforma a la Constitución efectuada en 1953 se estableció una igualdad legal para ambos sexos, sin embargo, continúan existiendo tareas pendientes e impostergables para consolidar la democracia mexicana.
Otro de los obstáculos que ha marcado la vida política de las mujeres, es la dificultad que ha tenido para acceder a un cargo de elección popular, debido a que a los hombres se les consideraba en gran ventaja para postular a un cargo, pero la constante lucha de las mujeres por tener una igualdad en aquellos cargos de elección popular trajo consigo que en el año de 1996 en México en un artículo transitorio del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (en adelante COFIPE) se introdujera la cuota de género como aquella obligación de los partidos políticos de postular, –como máximo– a un 70% de candidatos de un mismo género (DOF 1996). Reforma que demostró ser deficiente pues al no contemplar sanciones frente a su incumplimiento, no fue observada por los partidos
Fue hasta 2002 que atreves de una nueva reforma al COFIPE, se estableció la negativa del registro de candidaturas como consecuencia del incumplimiento de la postulación.
En este apretado recorrido del proceso de construcción de ciudadanía y reconocimiento de los derechos de participación política de la mujer, puede advertirse que se ha retardado el logro del ejercicio pleno de tales derechos, pero la lucha reivindicatoria ha sido constante, con importantes avances
Así, también destaca la reforma de 1996 que en el artículo vigésimo segundo transitorio incluyó el primer antecedente de las cuotas de género, en un 70-30 por ciento, cuya previsión potestativa no tuvo operatividad alguna en la práctica y que perduró hasta 2008, cuando se ajustó a 60-40 por ciento y se introdujeron otras reglas de inclusión.
Por su parte, con la reforma de 2014 se produjo un cambio sustancial al reconocer el principio constitucional de paridad de género como un mandato de optimización, que permite identificar conductas discriminatorias y atribuirles consecuencias jurídicas, que aun Pag 10
con su notoria relevancia, ha requerido que a la postre acontecieran otras modificaciones legales e interpretaciones jurisdiccionales importantes que incidan directamente en el mejoramiento de las condiciones de las mujeres en los diversos ámbitos sociales
Finalmente resaltaremos un obstáculo contemporáneo con el que también viene luchando la mujer año con año para tratar de erradicarlo, se trata de la violencia política en razón de género que afecta a cientos de mujeres mexiquenses; a pesar de que se han modificado diversas legislaciones con la finalidad de sancionarla, se sigue haciendo presente en los procesos electorales.
Diversas instituciones involucradas en los procesos electorales son las pioneras en realizar material como guías y protocolos para que estén al alcance de cualquier víctima de violencia política en razón de género; por otro lado, los institutos políticos también tienen la obligación de atender a sus candidatas que sufran violencia política, pues si bien es cierto los institutos son el primer vinculo al que se acerca la víctima para poder ser asesorada u orientada en caso de ser víctima de este tipo de violencia
La violencia política en razón de género ha estado presente en las últimas contiendas electorales, debido a que cada vez se incrementa más el número de denuncias por este tipo de violencia, ya que esta se presenta de manera psicológica, física, sexual, patrimonial, económica, verbal, simbólica, o cualquier otra que dañe la libertad, integridad o dignidad. Se identifica porque se dirige a una mujer por ser mujer, tiene objeto o resultado el menoscabar o anular el reconocimiento, goce y/o ejercicio de los derechos político electorales de las mujeres.
En líneas anteriores podemos visualizar los tipos de violencia y como se identifica, sin embargo, es importante que la víctima reconozca los elementos necesarios para poner su denuncia y se puedan salvaguardar sus derechos político electorales.
Este último obstáculo, tiene una importancia medular debido a que los casos de violencia política se manifiestan de una forma inesperada, por la información obtenida por medio de internet, pues en cuestión de segundos una nota que contenga elementos de violencia política en razón de género se puede viralizar a través de la nube.
Podemos mencionar que –de entre otros obstáculos– está la vida privada de cada mujer; pues desde siempre se les han encomendado tareas como el cuidado de los hijos y del hogar, la presión social de casarse, formar una familia y, además tener una carrera, ser profesionista y exitosa. Si bien es cierto, muchas mujeres a lo largo de la historia nos han demostrado que se puede; no es fácil y a veces han tenido que sacrificar otros aspectos de su vida personal por sobresalir en lo laboral, incluso viceversa. Es otra brecha importante con la que las mujeres debemos seguir lidiando en pleno 2024, pero que estamos trabajando para erradicar el machismo y tener las mismas oportunidades que los hombres en todos los aspectos.
El reconocimiento de esta lucha inalcanzable de las mujeres para que cada día sean mejores sus oportunidades en los diferentes entornos que demanda y participa la mujer mexiquense, (mejores oportunidades laborales, políticas, educativas, sociales, patrimoniales, económicas, etcétera) ha demostrado por años que ningún obstáculo la detiene, sino al contrario la fortalece, la hace más fuerte y aguerrida, por buscar mejores oportunidades para ellas. Pag 12
4. Acciones Afirmativas
¿Inclusión o Discriminación?
Son políticas y prácticas diseñadas para abordar y contrarrestar la discriminación histórica y estructural que han experimentado ciertos grupos sociales, incluyendo a las mujeres. Estas medidas buscan corregir desigualdades sistemáticas y garantizar la igualdad de oportunidades para aquellos que han enfrentado exclusiones basadas en su género, raza, orientación sexual, u otras características identitarias
En el contexto de las brechas de género en el ámbito político, las acciones afirmativas a menudo se manifiestan mediante la implementación de cuotas de género, programas de mentoría, y otras estrategias que buscan aumentar la representación y participación de las mujeres y de otros grupos vulnerables en espacios donde históricamente han estado sub representados. El propósito fundamental de las acciones afirmativas es crear condiciones equitativas, promover la diversidad y fortalecer la inclusión en distintos ámbitos, con la intención de construir sociedades más justas y ecuánimes.
A nivel internacional, las acciones afirmativas han sido implementadas como respuestas clave para abordar las desigualdades recurrentes, especialmente en el ámbito político. Estas medidas buscan garantizar una representación equitativa y promover la participación activa de grupos históricamente marginados Sin embargo, a pesar de sus intenciones positivas, las acciones afirmativas enfrentan diversos retos Uno de los desafíos más prominentes es la percepción de discriminación inversa, donde algunos críticos argumentan que estas medidas podrían conducir a la selección de individuos basándose en criterios demográficos en lugar de méritos.
Además, la efectividad de las acciones afirmativas a menudo depende de su implementación adecuada y de la existencia de un compromiso genuino por parte de las instituciones y la sociedad en general La resistencia cultural, la falta de comprensión sobre la necesidad de estas medidas y la resistencia política son obstáculos adicionales que estas políticas deben superar para lograr un impacto duradero y positivo. La atención constante a estos retos es esencial para asegurar que las acciones afirmativas no solo cumplan su propósito de corregir desigualdades, sino que también contribuyan a la construcción de sociedades más inclusivas y justas a nivel global Pag 13
En el contexto mexicano, la necesidad de implementar acciones afirmativas en la política se fundamenta en la urgencia de abordar las persistentes desigualdades de género A pesar de los avances legislativos y sociales, las mujeres y otros grupos de personas marginadas continúan enfrentando barreras significativas para acceder a cargos políticos En México, estas políticas se presentan como un paso necesario para construir un sistema político más equitativo y representativo, reflejando la diversidad y potencial de toda la sociedad.
La implementación de acciones afirmativas en el ámbito político, tanto a nivel internacional como en el contexto mexicano, se revela como una respuesta necesaria e imperativa para abordar las profundas desigualdades arraigadas en nuestras sociedades. Aunque existen críticas y retos asociados, estas políticas representan un paso crucial para nuestra democracia. Es esencial reconocer que las acciones afirmativas no buscan menoscabar el mérito, sino corregir desequilibrios históricos y estructurales
Es imperativo que la sociedad respalde de manera activa y comprometida la implementación de acciones afirmativas, reconociendo su papel crucial en la construcción de un sistema político más justo y equitativo. Al hacerlo, no solo estaremos construyendo un futuro donde la representación política refleje la pluralidad de la sociedad, sino también allanando el camino hacia un cambio cultural más profundo y una sociedad más justa para todos. La apertura a estas políticas es esencial para construir un mundo donde la igualdad de género no sea solo un ideal, sino una realidad arraigada en las estructuras y prácticas políticas de nuestras naciones.
5. Acciones Afirmativas implementadas en el 2024
El pasado 13 de diciembre del 2023 se llevó a cabo la Vigesimoctava Sesión Extraordinaria del Consejo del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) en la que se aprobó como exigencia a los partidos políticos la postulación por primera vez en la entidad de candidaturas a los distintos cargos de elección popular para diputaciones y ayuntamientos, a personas que pertenezcan o sean parte de pueblos y comunidades indígenas, personas con capacidades diferentes, afromexiquenses y de la comunidad LGBTTTIQ+, con la finalidad de modificar las prácticas sociales y las políticas institucionales para favorecer la presencia de dichos grupos vulnerables y que tengan un impacto real en la toma de decisiones públicas
De conformidad con el acuerdo número IEEM/CG/132/2023 del Consejo General, se instauraron cuotas a los partidos políticos, coaliciones o candidaturas comunes que deben considerar para la postulación de sus candidatos pertenecientes a los grupos vulnerables ya establecidos de la siguiente manera; en las diputaciones de mayoría relativa un 4% del total de las candidaturas presentadas para registro en cualquiera de los 45 distritos electorales locales; para presidencias municipales y sindicaturas debe ser un 3% del total de las candidaturas presentadas para
registro en cualquiera de los 125 municipios, y para regidurías el 5% del total de las candidaturas presentadas para registro en cualquiera de los 125 municipios, con ello se busca garantizar su participación política visible
Se dispusieron reglas para la postulación de candidatos por acción afirmativa, de entre ellas encontramos que las sustituciones de candidaturas tendrán que ser por personas del mismo grupo y sexo que las postuladas primigeniamente; las postulaciones deben atender al principio de paridad en las vertientes vertical, horizontal y transversal; por lo que respecta a las personas de la comunidad LGBTTTIQ+ serán contabilizadas en el sexo que se auto describan; las personas no binarias serán restadas de las postulaciones otorgadas a hombres para no afectar las candidaturas de mujeres; si un candidato pertenece a más de un grupo vulnerable solo se podrá contabilizar para el cumplimiento de una acción afirmativa, pero le será permitido difundir sus intersecciones; la pertenencia a los grupos en situación de discriminación de las candidatos será pública; y los partidos políticos, coaliciones o candidaturas comunes que no presenten candidaturas por acciones afirmativas perderán su derecho a postular en la totalidad de sus candidaturas en el presente proceso electoral local
5.1 Acciones Afirmativas para la comunidad LGBTTTIQ+
Cuando hablamos de la comunidad LGBTTTIQ+, se hace referencia a un grupo de personas que expresan diversidad social en la orientación sexual, identidad y expresión de género, sus siglas agrupan a personas Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transexuales, Transgénero, Travestis, Intersex y Queer.
En pro de la ciudadanía perteneciente a la comunidad LGBTTTIQ+ buscamos implementar acciones como la creación de sanitarios públicos unisex para que no se generalicen en ningún género y la promoción de eventos sobre la temática LGBTTTIQ+ en el mes de junio para que los militantes conozcan sobre este grupo de la población y con ello afrontar la ignorancia de la gente que atenúa a los actos de discriminación con ellos
5.2 Acciones Afirmativas
para afromexiquenses
Para 2020, en México vivían 2 millones 576 mil 213 personas que se identifican como afromexicanas; lo que representa al 2% de la población. En el Estado de México había 296 mil 264 personas afromexiquenses.
Dicho término se refiere a personas pertenecientes a culturas “negras” descendientes de población africana que sobrevivió al sistema esclavista de la época moderna.
Durante el presente periodo electoral local –y por primera vez– dentro de la plantilla de candidatos a diputaciones y ayuntamientos tendremos la representación de este grupo, con la finalidad de crear políticas públicas en pro de ellos, y así visibilizar las necesidades que actualmente tienen para trabajar en ellas Pag 17
5.3 Acciones Afirmativas para discapacitados
Debemos entender que se le considera persona con capacidades diferentes a todo ser humano que presenta temporal o permanentemente una limitación, pérdida o disminución de sus facultades físicas, intelectuales o sensoriales para realizar sus actividades connaturales
Es por ello que en el PVEM nos preocupamos por brindarles una mejor calidad de vida y dentro de nuestras propuestas para este proceso electoral 2024 es dar permisos laborales a padres de familias y/o tutores para la atención de niños y jóvenes hasta los 18 años con alguna discapacidad; con la finalidad de facilitar que las familias puedan conciliar su trabajo y atención al menor con discapacidad de tal manera que los responsables pueda apoyarlo para mejorar el desarrollo del lenguaje y la comunicación, desarrollo de la autonomía y desarrollo del área social y afectiva.
5.4 ACCIONES AFIRMATIVAS PARA INDÍGENAS
Los pueblos indígenas se definen como aquellos que descienden de poblaciones que habitaban el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas
En virtud de estar viviendo un proceso electoral, buscamos realizar adecuaciones para traducir a los dialectos los estatutos partidistas y con ello se puedan involucrar en el ejercicio de sus derechos político electorales; así como implementar contenido de publicidad y difusión en las campañas electorales que sea de accesibilidad para ellos.
6. Violencia Política reto a vencer
La violencia política consiste en el uso de la fuerza física o psicológica contra una persona o grupos de ellas, o en atentados contra sus pertenencias. Este tipo de violencia obedece generalmente al ejercicio del poder contra las personas opositoras, para que se abstengan de dirigirse contra el sistema o política imperante.
Derivado de lo anterior, cabe destacar que la violencia política en los últimos siglos ha afectado en gran medida a las mujeres, esto derivado a que a través de los años se ha catalogado como el género más débil y ha sido discriminado en cuantos a sus derechos políticos.
Es por ello que definimos la violencia política contra las mujeres en razón de género como toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas, tratándose de precandidaturas, candidaturas, funciones o cargos públicos del mismo tipo.
La violencia política afecta el derecho humano de las mujeres a ejercer su voto y hacer electas en los procesos electorales, a su desarrollo en la esencia política o pública, ya sea como militantes en los partidos políticos, aspirantes a candidatas a un cargo de elección popular.
Es una problemática contemporánea que enfrentan las mujeres debido a que la violencia política en cada proceso electoral se hace presente de alguna u otra manera, por tal razón las diversas instituciones que se involucran en los procesos electorales, como el Instituto Nacional Electoral, el Tribunal Electoral del Estado de México, el Instituto Electoral del Estado de México, la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales, el Observatorio de Participación Política de las Mujeres en el Estado de México, entre otras, así como los Institutos Políticos son pioneros en promover guías y programas para tratar de erradicar la violencia política en razón de género, para que las candidatas se sientan más seguras y protegidas en el ámbito político.
Haciendo acotación a los índices de los últimos años en los expedientes que se han recibido por violencia política en las mujeres en razón de género de acuerdo al “Diagnostico de sentencias por violencia política contra las mujeres en razón de género” emitido por el Observatorio de Participación Política de las Mujeres en el Estado de México, se ha identificado un incremento en los últimos seis años.
¿ P o r q u é l a v i o l e n c i a p o l í t i c a e n r a z ó n d e g é n e r o s e r í a u n r e t o a v e n c e r ?
En el Estado de México nos enfrentamos a un proceso electoral concurrente, donde se elegirán cinco cargos de elección popular –presidencia de la república, diputados federales, senadores, diputados locales y ayuntamientos– como ya se ha logrado visualizar cada proceso electoral goza de sus propias particularidades, es decir se afrontaran nuevos retos a vencer, pero uno de estos retos y en el cual se quiere hacer énfasis es la violencia política que sufren las mujeres cuando son electas como candidatas a un cargo de elección popular.
Como ya fue mencionado anteriormente, por primera vez en México serán postuladas dos mujeres para elegir la presidencia de la república mexicana, así como cientos de mujeres que de igual manera serán postulantas para competir por algún cargo de elección popular; pero el panorama no es fácil ni sencillo para ellas, puesto que se enfrentan a ciertas conductas y agresiones en ocasiones por parte de sus opositores o de la misma sociedad y el contexto coyuntural.
Desde aquí radica el reto a vencer la violencia política en razón de género. Para este proceso electoral 2024, todos aquellos que compitan por algún cargo de elección popular deberán ser pioneros en erradicar este tipo de violencia, haciendo acciones tan simples, pero con gran impacto social, como no agredir, ni hacer de menos a la mujer, competir limpiamente y reflejar conductas que generan paz a la sociedad, seria conductas que reflejen ética en la sociedad.
El respeto en una contienda electoral deriva de las buenas conductas de ética y moral que deben abanderar los candidatos, candidatas y candidates que estén postulando a un cargo, con esto no se acabaría la violencia política que daña a las mujeres mexiquenses, pero valores y un código de ética es lo que ya no existe en nuestra sociedad.
Nuestro dirigente estatal José Alberto Couttolenc Buentello, siempre se ha pronunciado en contra de cualquier tipo de violencia ejercida contra la mujer; es por ello que buscamos hacer propuestas que fortalezcan las políticas públicas en favor de ellas
Nuestro compromiso contigo es, en primer lugar; la creación de nuevos centros de atención para mujeres violentadas; ya que –aunque no lo creas– solo hay 9 de ellos en todo el territorio mexiquense. Buscamos que todas las mujeres víctimas de violencia tengan acceso a servicios integrales gratuitos que les puedan ayudar a superar la problemática vivida, tales como:
Atención médica
Asesoría jurídica
Atención psicológica
Alojamiento
No descansaremos hasta que podamos dignificar en su totalidad el ser mujer en un estado que tristemente sigue siendo machista, y garantizar una vida libre de violencia, opresión, feminicidios, agresiones y acoso sexual
"Nuestros hombres creen que ganar dinero y dar órdenes son la base del poder. No creen que el poder está en las manos de una mujer que cuida de todos durante el día y da a luz".
Malala Yousafzai