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PANDEMIA

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CORONAVIRUS

CORONAVIRUS

PAÍS

Abinader pide prorrogar estado de emergencia

EMERGENCIA. El Poder Ejecutivo, a tra-

vés del Senado de la República Dominicana, solicitó al Congreso Nacional extender por un plazo de 45 días más el estado de emergencia, a partir del 14 de julio hasta el próximo 26 de agosto.

La información se dio a conocer a través de una carta que envió el presidente Luis Abinader, remitido al presidente del Senado, donde manifiesta que gracias al toque de queda y las demás medidas de distanciamiento social adoptadas durante los estados de emergencia se ha logrado ejercer el control sobre la covid-19.

El mandatario expresa que es necesario mantener las medidas de precaución y modularlas, y agrega, que “se asegura una paulatina y segura reapertura económica”.

En la misiva, Abinader destaca que el país ha logrado contener el nivel de contagio gracias a las medidas y al Plan Nacional de Vacunación que, asegura, se ha ejecutado de forma exitosa.

La solicitud del Poder Ejecutivo de la nueva prórroga podría ser conocida en la próxima sesión del Senado prevista para hoy a las 11:00 de la mañana.

El 19 de marzo del 2020, la República Dominicana fue declarada por primera vez en estado de emergencia, debido a la pandemia del coronavirus.

Un día después, se estableció el toque de queda en todo el país, por lo que se prohibió el tránsito y la circulación de personas desde las 8:00 de la noche hasta las 6:00 de la mañana, hasta el viernes 3 de abril. l elCaribe

El toque de queda mantendrá horario. F.E.

PAÍS

Lidia Falcón

ABOGADA

La penalización de los sentimientos dentro del Código Penal (y IV)

La “identidad de género”, un concepto académico nuevo y controvertido

Lidia Falcón. F.E.

RAQUEL ROSARIO SÁNCHEZ

Especial para elCaribe

El 9 de marzo, la prensa reporta una iniciativa del Ministerio de la Mujer para penalizar sentimientos mediante la tipificación de “crímenes de odio”. El 18 de abril, el campamento feminista ubicado en la sede de este mismo ministerio recibe un paquete de brownies sospechosos, denunciado en algunos medios como contenientes de “tres pasitos” con la supuesta intención de asesinar mujeres.

El 4 de mayo, al recibir una comitiva que incluía empleadas del Ministerio de la Mujer, quienes denunciaban el aparente atentado por envenenamiento, la procuradora Miriam Germán Brito, previo a la investigación, calificó el hecho como un “crimen de odio”: “Sin que sea prejuzgar, eso podría decirse que tiene la característica de una infracción de odio”. El 20 de mayo, una simpatizante feminista confiesa que, al enviar brownies con marihuana al campamento de sus compañeras, su accionar representó un espectáculo deliberado cuyo fin era manipular al público y acaparar la atención de determinados sectores.

Esta dinámica en la que una cajita con bizcocho de chocolate alterado representó ante la sociedad un supuesto atentado siniestro (cometido contra y perpetuado por el mismo sector), demuestra el potencial que tiene esta tipificación para intentar intimidar e incriminar a opositores políticos, al tiempo que se manipula la opinión pública. Aparte de esta coyuntura y más importante aún, como mencionamos en artículos anteriores, la penalización de un sentimiento (el odio), en base a la interpretación de otro sentimiento (la “identidad de género”), representa una combinación de subjetividades que resultan incompatibles con la seguridad jurídica necesaria para garantizar la efectividad de las leyes.

La “identidad de género” (el sentimiento de determinadas personas sobre su sexo) representa un concepto académico nuevo y controvertido, que encuentra resistencia en casi todos los contextos en los que se quiere introducir a nivel mundial. ¿Por qué legislaríamos, bajo amenaza de treinta años de cárcel y 100 salarios mínimos, un concepto que la gran mayoría de la población ni entiende? ¿Acaso se pretende legalizar la persecución política de disidentes?

La política española Lidia Falcón, una abogada con más de sesenta años representando mujeres víctimas de violencia machista en los tribunales y experta en la temática, entrevistada para elCaribe en diciembre del 2020, fue investigada por una Fiscalía de Delitos de Odio por objetar el impacto del concepto de “identidad de género” dentro de las políticas públicas. Eventualmente, el caso fue desestimado porque la fiscalía se vio obligada a reconocer que objetar políticas públicas representa un derecho democrático y admitió que los argumentos de Falcón eran enteramente legítimos y motivados por un interés de proteger los derechos de la mujer y la niñez.

No obstante, la larguísima investigación en su contra representó la instrumentalización del Poder Judicial para legitimar la persecución política de disidentes en pleno siglo XXI, por medio de la tipificación del llamado “crimen de odio”. Reproduzco algunas respuestas que, por falta de espacio, no pude incluir en nuestra anterior entrevista para elCaribe.

Raquel Rosario Sánchez: ¿Qué opinión le merecen los “delitos de odio”?

Lidia Falcón: “El delito de odio es un delito político. Es evidentemente un delito político porque persigue las expresiones, no persigue hechos. Naturalmente, si uno ataca a otra persona, está cometiendo un delito: el delito de agresión. Si calumnia, está el delito de la calumnia desde el tiempo de los romanos, por lo que no hay que inventar nada. Pero esta tipificación es un delito específico en el cual, por las expresiones y lo que se difunde, “se puede incitar al odio” (es decir, a un sentimiento). Estamos juzgando los sentimientos”.

Durante la dictadura de Francisco Franco, Falcón fue perseguida y torturada en numerosas ocasiones, como represalia a su disidencia política. Quizá por esto expresó: “Yo no soy partidaria de introducir delitos por opiniones, ni mucho menos por sentimientos. No me interesa perseguir a nadie por sus opiniones ni por sus sentimientos, sino por sus acciones. La violencia contra las mujeres está penada. Todas las formas de agresiones ya son parte de nuestro Código Penal, por lo que no existía necesidad de introducir este concepto (en España). El delito de odio es un crimen basado en la opinión: lo que escribes, lo que publicas, y qué formas de agresión y violencia tú puedes potencialmente convencer a que otras personas cometan en base a esta opinión”.

¿Usted considera que los “delitos de odio” representan una manera de legalizar la persecución política?

“Sí, claro. Es que ese es su propósito. En España, recientemente hemos tenido cinco o seis procesos por expresiones; tanto artísticas, como periodísticas, como de expresión verbal en medio de una conferencia académica o alguna declaración pública. Las opiniones respecto a determinados hechos o actos son penalizadas. Bajo la dictadura de Francisco Franco, a mí me procesaron seis o siete veces por delitos de opinión. Hoy en día, la manera en la que describen los delitos de odio es algo nuevo, pero en realidad estamos hablando sobre delitos de opinión. Lo que quiere decir que seguimos teniendo una herencia clarísima de la dictadura”.

Escuder ve que operación con gas natural dejaría pérdidas

ECONOMÍA. El economista Jaime Aris-

ty Escuder consideró que la operación de cobertura de riesgo del precio del gas natural realizada por el Ministerio de Hacienda, como seguro ante posibles incrementos de ese producto, podría dejar pérdidas al Gobierno.

Escuder, en su comentario económico en CDN, se refirió a la operación de riesgo del precio del gas natural que se utiliza para producir electricidad en el país, anunciada el pasado lunes por el ministro de Hacienda, Jochi Vicente y donde el precio al cual se podrá ejecutar es igual a 3.25 dólares por millón de BTU. Señaló que hay que saber si la operación se trata de un contrato a futuro o una opción de compra.

En un análisis, explicó que en el contrato a futuro el Gobierno dominicano acuerda con una contraparte el derecho y obligación a comprar gas natural a 3.25 dólares por millón de BTU. “Si el precio del mercado sube por encima de ese nivel, la contraparte, que puede ser un banco internacional, coloca la diferencia de ese precio en una cuenta y, al llegar la fecha de cierre de la operación, el país recibiría esos recursos. ¿Y qué pasaría si en la fecha de vencimiento el precio de mercado se coloca por debajo del precio fijado de 3.25 dólares? Entonces el gobierno es quien debe compensar a la contraparte, usando los recursos que debió haber depositado como colateral y que sirven de garantía al banco de que el país cumplirá sus compromisos ante ese posible evento”, reflexionó el economista.

Escuder explicó que en contraste, si el contrato se trata de una opción de compra, entonces el país tiene el derecho a comprar -y no de vender- el gas natural a 3.25 dólares por millón de BTU y no tiene riesgo si el precio de mercado se coloca por debajo de ese nivel de precios.

A cambio de esa seguridad, el gobierno debe pagar una prima, que en la actualidad se encuentra en alrededor de 50 centavos de dólares por millón de BTU para las opciones con vencimiento a marzo de 2022. Dijo que esto implica que el gobierno dominicano solo tendría un beneficio si, al momento de vencimiento, el precio de mercado del gas natural sobrepasa los 3.75 dólares por millón de BTU.

“La pregunta clave es, ¿cuál es la probabilidad de que ocurran estos eventos? Dado el comportamiento de los precios de los cinco años más recientes, existe un 3% de probabilidad de que el precio del gas natural se coloque por encima de 3.75 dólares y un 90 % de que se coloque por debajo de 3.25 dólares por millón de BTU, que es el precio de ejercicio”, expresó.

El Gobierno adquirió mediante la cobertura, el 80 % del consumo de mayo a diciembre de este año; el 60 % del consumo de 2022; y el 40 % del consumo de 2023. elCaribe

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