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La Inquisición en la Nueva España

DEL AULA

La Inquisición en

LA NUEVA ESPAÑA

commons. wikimedia. org Andrea Ortiz Rangel

La Inquisición se desarrolló en la Europa medieval con el propósito de combatir la herejía, es decir, la deserción y separación de todo aquello que la Iglesia Católica Romana establecía como verdadero.1 De esta manera, al apartarse del dogma o contravenirlo, el hereje era considerado por la Iglesia como un criminal y un rebelde.

en un principio, la búsqueda y el enjuiciamiento de los herejes fueron competencia de las autoridades episcopales; sin embargo, hacia principios del siglo XIII, las deficiencias del mecanismo episcopal eran evidentes. En primer lugar, la autoridad del obispo se reducía a su propia diócesis, lo que resultaba en una gran limitante para ejercer su control sobre un problema de mayores dimensiones como lo era la herejía, que sobrepasaba las fronteras diocesanas; en segundo lugar, los deberes obispales eran múltiples y variados, por lo que el tiempo del que disponía el obispo para la persecución de los herejes resultaba insuficiente.

1 Sebastián de Covarrubias y Orozco, Tesoro de la lengua castellana o española, Madrid, Ediciones Turner, 1984, p. 683.

Ante la urgencia de cambiar esta situación, el papa Gregorio IX decidió encargar a los frailes dominicos la tarea de investigación y enjuiciamiento de casos de herejía. Al aparato que dirigía directamente el Papa y que dominaban los frailes dominicos se le conoció como Inquisición papal. Aunque esta institución era un tribunal, el inquisidor no cumplía solamente con la función de juez, sino que era también un investigador que debía encontrar al delincuente y llevarlo a los tribunales. Además, fungía como un “padre confesor” que procuraba llevar a los acusados al arrepentimiento.

La Inquisición medieval penetró en muchos países, y llegó incluso a partes de la Europa oriental; sin embargo, alcanzó su mayor fuerza en la Europa occidental, específicamente en Francia, Alemania e Italia. En España, la situa-

ción fue un tanto diferente, puesto que el catolicismo había permanecido libre de las herejías formales en las regiones de la península Ibérica donde se había impuesto, de modo que el funcionamiento de la Inquisición papal nunca se consideró necesario para la Castilla medieval y tan sólo hizo mero acto de presencia en Aragón.2

Bajo el reinado de Fernando e Isabel, los “reyes católicos”, la Inquisición española tomó forma y fuerza cuando, en 1478, el papa Sixto IV expidió la bula Exigit sincerae devotionis affectus, por medio de la cual se creaba una nueva Inquisición en España; sin embargo, la institución comenzó a funcionar hasta dos años después.

El Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición en España estaba integrado por el Consejo de la Suprema y General Inquisición y por 21 tribunales de provincias repartidos a lo largo del territorio español. El Consejo era dirigido por el inquisidor general, quien inspeccionaba todos los tribunales de España y sus dependencias; y los miembros del Consejo eran designados por el rey (el primer inquisidor general del Santo Oficio español fue Tomás de Torquemada). El puesto de mayor relevancia después del inquisidor general lo ocupaba el promotor fiscal, quien actuaba como acusador. Esta figura fue creciendo con el transcurso de los años y en algunas ocasiones sus funciones fueron ejercidas por el inquisidor, por lo que éste recibía el título de inquisidor fiscal.3

Inicios en la Nueva España

En la Nueva España, la presencia de la institución inquisitorial abarcó todo el periodo colo-

2 Henry Kamen, La Inquisición española. Una revisión histórica,

Barcelona, Crítica, 2004, p. 14. 3 A. S Turberville, La Inquisición española, México, Breviarios del

FCE, 1981.

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En 1478, el papa Sixto IV autorizó a los reyes católicos a nombrar inquisidores, que fueron un instrumento de la Corona para eliminar disidentes políticos, controlar a la población por medio del miedo y suprimir las minorías religiosas.

nial: desde los primeros años que siguieron a la conquista española hasta 1819. Sin embargo, esta institución pasó por diversas etapas. De 1522 a 1533, se estableció una Inquisición monástica, a cargo de los frailes evangelizadores. Según advierte el historiador Richard Greenleaf, la escasez del clero secular para llevar a cabo la conquista espiritual del Nuevo Mundo obligó al Papa a expedir la bula conocida en las Indias como Omnímoda, por medio de la cual se otorgaba al clero regular facultades especiales para realizar casi todas las funciones episcopales, excepto la de la ordenación sacerdotal. Esto convirtió a los prelados franciscanos y dominicos en jueces eclesiásticos ordinarios y les permitió, así mismo, efectuar el papel de inquisidores.4

Sin embargo, esta primera Inquisición monástica fue sustituida en 1535 por la episcopal,

4 Richard E. Greenleaf, La Inquisición en Nueva España. Siglo XVI,

México, Fondo de Cultura Económica, 1981, pp. 16-17.

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Fray Juan de Zumárraga asume funciones inquisitoriales extraordinarias, y se ocupa de perseguir la herejía, especialmente a luteranos, judíos e indígenas. De estos últimos, opinaba que debían permanecer para siempre como esclavos de los españoles.

cuando la Corona y el Consejo de la Suprema Inquisición en España nombraron como inquisidor apostólico al primer obispo de la Nueva España, Juan de Zumárraga. Así, Zumárraga estableció su Inquisición en el Palacio Episcopal en 1536, y uno de los principales problemas que debió enfrentar fue el trato a los indígenas. La poligamia, la bigamia, el amancebamiento, la hechicería, la adivinación y la superstición fueron las causas más frecuentes iniciadas contra los indios, hasta que en 1575 se suprimió la jurisdicción inquisitorial sobre ellos. Esta supresión fue en gran medida consecuencia de la enérgica acción de Zumárraga en contra de don Carlos, cacique de Texcoco, quien fue acusado de idolatría y terminó ejecutado en la hoguera. Tal acción enojó a los funcionarios reales, que reprendieron al inquisidor y anularon su nombramiento en 1543. Poco más tarde, la Corona expidió un decreto por medio del cual los indígenas dejaron de estar sometidos al fuero inquisitorial.

El 25 de enero de 1569, el rey Felipe II expidió una cédula real en la que establecía dos tribunales del Santo Oficio: uno en la Nueva España y otro en el Perú. El territorio sometido a la jurisdicción del nuevo tribunal novohispano abarcaba no sólo a la Nueva España, sino también a Nueva Galicia, Nuevo México, Guatemala, así como a lo que hoy es El Salvador, Honduras, Nicaragua y al archipiélago de las Filipinas.5 Una parte de esa cédula real decía:

Y habiendo descubierto é incorporado en nuestra real corona, por providencia y gracia de Dios, nuestro señor, los reinos y provincias de las Indias Occidentales, Islas y Tierra firme del Mar Océano, y otras partes […] El Inquisidor apostólico general en nuestros reinos y señoríos, con acuerdo de los de nuestro Consejo de la General Inquisición, y consultado con Nos, ordenó y proveyó que se pusiese y asentase en aquellas provincias el Santo Oficio de la Inquisición, y por el descargo de nuestra real conciencia y de la suya, disputar y nombrar Inquisidores Apostólicos contra la herética pravedad y apostasía, y los oficiales y ministros necesarios para el uso y ejercicio del Santo Oficio [...]6

Composición del tribunal

Los inquisidores eran apoyados por numerosos auxiliares, en particular por los comisarios, quienes representaban al tribunal en las provin-

5 Solange Alberro, Inquisición y sociedad en México 1571-1700,

México, Fondo de Cultura Económica, 2000, p. 23. 6 “Recopilación de Leyes de los Reynos de Indias”, tomo I, libro I, título XIX, ley I, apud, José Toribio Medina, Historia del

Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición en México, México,

UNAM-Coordinación de Humanidades / Miguel Ángel Porrúa, 1987, pp. 15-16.

cias. Entre sus tareas se encontraban la lectura de los edictos de fe, las visitas de inspección a los distritos y la recepción de denuncias. Junto con los comisarios, los familiares fueron los oficiales más numerosos del Santo Oficio. Estos personajes constituían una especie de milicia o policía del tribunal, y ocupaban un cargo honorífico que era muy solicitado debido a los beneficios que traía consigo el nombramiento. Solange Alberro menciona que los familiares formaban, en términos de jerarquía social, el sector más relevante del poder económico y social de la Inquisición.7

Entre los funcionarios de menor categoría en el tribunal estaban el alcaide o carcelero, el médico, el alguacil –responsables de detener a los acusados y confiscar sus bienes–, los notarios, los boticarios, el capellán –que oficiaba misa a los inquisidores– y los intérpretes. También existieron los calificadores, quienes se encargaban de censurar los dichos y hechos de un proceso y de esta manera ayudaban al inquisidor a dictar la sentencia necesaria8 (estos funcionarios fueron una pieza clave cuando la censura de libros se convirtió en una de las principales tareas del tribunal, pues eran ellos quienes examinaban la literatura reputada como herética).

Finalmente estaban los consultores, que eran esencialmente laicos y todos doctores o licenciados que desempeñaban algún cargo público (entre algunos de estos consultores se contaron varios oidores de las audiencias de México, Guadalajara y Guatemala, algunos fiscales y corregidores, así como alcaldes de corte y dos canónigos de México y Puebla).9 Así pues, los consultores eran personas doctas a quienes se llamaba para dar una opinión erudita en diferentes etapas del proceso inquisitorial, sobre todo cuando se dictaba la sentencia final.10

Formato general del proceso

De manera formal, el proceso inquisitorial comenzaba con una denuncia o acusación que podía ser presentada ya fuese por particulares o por el mismo juez. En numerosas ocasiones, estas denuncias surgían a partir de las lecturas de los edictos de fe y de las órdenes que daba el sacerdote al momento de la confesión.

Enseguida, el inquisidor debía interrogar al denunciante y obtener su juramento acerca de la verdad de lo que denunciaba. Sin embargo, para dar inicio formal al proceso no bastaba la denuncia; el inquisidor tenía la obligación de buscar y obtener información mediante el interrogatorio de varios testigos. Una vez que el inquisidor determinaba la culpabilidad del acusado –en ocasiones con la ayuda de los calificadores–, ordenaba un auto de encarcelamiento. En ningún caso, el detenido conocía el delito que se le imputaba ni quién lo acusaba, y el inquisidor o el comisario debían obtener, además de su confesión, la delación de otras personas. Entonces, el inquisidor interrogaba al reo tanto para saber si éste conocía la razón de su prisión, como sobre su genealogía, oficio, lugar de residencia, estado civil y origen étnico; asimismo, le preguntaba si él o alguien de su familia había estado anteriormente sometido a alguna causa por parte de la Inquisición.

A continuación, se llegaba a la fase final del proceso inquisitorial, en la que, a través de la “consulta de fe”, los consultores del Santo Oficio

7 S. Alberro, op. cit., p. 54. 8 Idem. 9 Ibid., p. 63. 10 Javier Sanchiz, “Funcionarios inquisitoriales en el Tribunal, siglo XVI”, en Inquisición novohispana, Noemí Quezada y Marcela

Suárez (eds.), México, UNAM-IIA / UAM, 2000, p. 171.

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El auto o acto de fe era una ceremonia pública que se celebraba con gran pompa y solemnidad en la plaza pública de las ciudades para escuchar el veredicto de las sentencias dictadas contra los reos de la Inquisición.

debían conocer íntegramente el proceso y votar dando su parecer. Si existía consenso en la votación, se procedía a la publicación de la sentencia.11

Las condenas dependían de la gravedad del delito y podían consistir en una sanción física, económica o moral. En algunos casos, se ordenaba al acusado realizar oraciones, ayunos y confesiones o, a veces, se le obligaba a servir durante un periodo determinado en un hospital o en un convento; en otros casos, se le confiscaban sus bienes o se le imponían multas de acuerdo con sus posibilidades económicas. La “vergüenza pública” era una condena utilizada con la intención de crear efectos ejemplares. Esta condena implicaba que el reo fuera paseado por las calles de la ciudad mientras se le azotaba y se pregonaban sus delitos (también podía agregarse la exposición del acusado con el cuerpo embadurnado con miel y emplumado). En los casos más graves, la muerte en la hoguera era

11 María del Camino Fernández Giménez, La sentencia inquisitorial, Madrid, Universidad Complutense, 2000. la sentencia final.12 La pena de la cárcel perpetua13 se aplicaba generalmente a los confesores solicitantes.

Rara vez la prisión era una condena en sí misma, y no era frecuente porque esta pena requería de una infraestructura inexistente en el tiempo del tribunal del Santo Oficio. Más bien, la prisión se utilizaba para tener al detenido a disposición de la Inquisición durante el tiempo en el que se llevaba a cabo el proceso. Las cárceles del Santo Oficio tenían fama de ser húmedas y de encontrarse permanentemente en mal estado, tanto es así que a veces el alcalde se llevaba a los presos –sobre todo si eran de “buena familia”– a su casa o los mandaba a la cárcel pública. 14

Los delitos perseguidos

Los delitos que persiguió la Inquisición novohispana fueron la herejía y las faltas religiosas menores, entre las que se encontraban: irreverencias contra sacramentos, lugares, personas u objetos sagrados, y desobediencias a los mandamientos y prescripciones de la Iglesia. Sin embargo, es necesario advertir que, si bien la razón principal de la fundación del tribunal en la Nueva España fue combatir los actos de herejía, éstos fueron relativamente escasos. Más bien, la Inquisición novohispana dedicó gran parte de su actuación a enjuiciar faltas a la moral sexual –como la bigamia, la poligamia y la solicitación–, además de perseguir y condenar a personas –mayoritariamente mujeres– acusadas de practicar la magia, la hechicería y la brujería.

12 S. Alberro, op. cit. 13 Que de perpetua no tenía más que el nombre, porque en realidad siempre se indicaba en la sentencia la cantidad de años que el reo pasaría en prisión, por ejemplo: “cárcel perpetua de dos años”. Vid., Solange Alberro, op. cit., p. 194. 14 Alejandra Cárdenas, Hechicería, saber y transgresión. Afromestizas en Acapulco 1621, México, [s.e.], 1997, p. 102.