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MIES presentó el programa “Inclusión sin Barreras”

El Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) realizó el lanzamiento oficial, a escala nacional, de su programa Inclusión sin Barreras. A través de esta iniciativa se fomentará el derecho a la inclusión social y económica de las personas con discapacidad.

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En este marco, se llevó a cabo Ciudad Inclusiva Móvil, donde la población conoció de cerca los servicios que ofrece este Ministerio para los grupos vulnera- bles y prioritarios, en un espacio de convivencia pacífica, inclusión y equidad. Además, con el apoyo del Ministerio de Salud Pública (MSP), se entregaron ayudas técnicas a usuarios de los servicios MIES. El ministro Esteban Bernal aseguró que con el programa Inclusión sin Barreras “se promueven servicios con la corresponsabilidad de las familias, cuidadores y ciudadanos para promover los derechos, autonomía y relaciones positivas en el entorno familiar y comunidad”.

Esta cartera de Estado, por medio de su política de protección y promoción social, impulsa el desarrollo integral, fomento de la autonomía e independencia y goce efectivo de los derechos de las personas con discapacidad.

En todo el país, el Gobierno del Ecuador, por medio del MIES, llega con servicios, bonos y pensiones a más de 161 mil personas con discapacidad. (I).

La Comisión de Régimen Económico, luego de escuchar a Mario Molina, secretario de Defensa Jurídica de la Central Unitaria de Trabajadores; Patricio Donoso, ministro de Trabajo; y, Olga Núñez, viceministra de Finanzas, resolvió conformar una mesa técnica para revisar el Acuerdo Ministerial 185 y agilitar el procedimiento de pago de las compensaciones económicas a las personas que se acogen a la jubilación. La presidenta de la co- misión, Mireya Pazmiño explicó que el objetivo es sacar una resolución, sin que se viole los derechos de los trabajadores y viabilizar el pago de esta compensación.

Mario Molina propuso reformar los artículos 10, 11 y la Disposición Transitoria del Acuerdo Ministerial 185, a fin de que cada institución pública cuente con la asignación presupuestaria pertinente para el pago de compensación por jubilación. (I).

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