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Notas de Debito

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Conclusiones

Conclusiones

Que es una Nota de Debito

Es un documento que cumple principalmente una función de Corrección, de ahí su nombre de Nota. Es un instrumento mercantil que reviste alcance tributario para los impuestos a remitir al Estado, cuando éste corrige montos. Veamos algunas definiciones.

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Nota de Debito según el SII:

Son documentos que deben emitir los vendedores y prestadores de servicios afectos al Impuesto al Valor Agregado (IVA) por aumentos en el impuesto facturado.

Las Notas de Débito deben presentar las características señaladas en el artículo 57, del Decreto Ley N.º 825, de 1974, por aumento del impuesto facturado.

Nota de Debito según Zona Económica:

La nota de débito es un comprobante que una empresa envía a su cliente, en la que se le notifica haber cargado o debitado en su cuenta una determinada suma o valor, por el concepto que se indica en la misma nota. Este documento incrementa el valor de la deuda o saldo de la cuenta, ya sea por un error en la facturación, interés por mora en el pago, o cualquier otra circunstancia que signifique el incremento del saldo de una cuenta.

Requisitos importantes para considerar en la emisión de una Nota de Crédito:

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71 del Reglamento, las Notas de Débito deben cumplir los mismos requisitos para las facturas y, solamente, pueden ser emitidas al mismo comprador o beneficiario del servicio para modificar facturas otorgadas con anterioridad.

Para la cotidianeidad es útil tener presente los siguientes elementos en su emisión: - No se cuenta con un plazo determinado para emitir una Nota de Débito. - El IVA recargado en la Nota de Debito debe declararse por el emisor en el mismo periodo tributario asociado a su fecha de emisión. - El IVA recargado en la Nota de Debito debe declararse por el receptor en un máximo de 3 periodos tributarios contados desde el correspondiente a la fecha de emisión.

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