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Delimitaciones territoriales después de la independencia centroamericana

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Razones del olvido

Razones del olvido

La sétima y última demarcación territorial de la provincia de Costa Rica culmina cuando el rey Felipe II, el 1 de diciembre de 1573, establece en un documento oficial su jurisdicción provincial, la cual indica que: “…mediante una Real Cédula, se estableció que Costa Rica se extendía por la mar del Norte desde las bocas del Desaguadero hasta la provincia de Veragua” (Sibaja, 2006, p. 137). Es importante aclarar cuáles eran los elementos geográficos determinantes de esta demarcación, con los puntos geográficos actuales. Veamos cada uno en detalle: el límite norte con la provincia de Nicaragua conocido como el Desaguadero corresponde al río San Juan. El límite sureste se extendía hasta la provincia de Veraguas y, de acuerdo con las referencias cartográficas coloniales, llegaba hasta el ducado de Zorobaró; esto permite señalar que las áreas actuales de Bocas del Toro por la costa Caribe y la fachada oriental de la península de Burica hasta la bahía de Charco Azul quedaban incluidas en la provincia de Costa Rica.

Ante este panorama, la demarcación se mantuvo casi inalterada durante la mayor parte del periodo colonial, principalmente, porque todas las tierras eran dominios del Imperio español y la lógica establece que esta no iba a generar conflictos consigo misma o, si los hubo, probablemente las soluciones se hubiesen resuelto con una ordenanza o comunicado real. Debe recordarse que América colonial, para mejorar su administración, fue política y administrativamente dividida en unidades menores como provincias, alcaldías e intendencias; medias como las capitanías generales y audiencias, y grandes como los virreinatos. Costa Rica fue la última provincia de la Capitanía General de Guatemala y, al estar en un límite virreinal (Virreinato de Nueva Granada o Bogotá), pudo haber tenido algunos resquemores con estos últimos.

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De acuerdo con Sibaja (1969), el año 1573 fue clave en esta primera delimitación formal de la provincia de Costa Rica, puesto que con ello le permitía reclamar como límite una línea que partía del Escudo de Veragua, en el Atlántico, y terminaba en el río Chiriquí Viejo, en la costa del Pacífico, la cual se mantuvo inalterada por más de dos siglos. A pocos años de finalizar el periodo colonial, en 1803, según Sibaja (1969), las demarcaciones de 1573 van a variar cuando Colombia (Virreinato de Nueva Granada o Bogotá), apoyándose en una Real Orden del 20 de noviembre de ese año, reclama como suyos los territorios de toda la costa Atlántica de Costa Rica, hasta la desembocadura del río Sarapiquí y, por el lado del Pacífico, fija el límite en el río Golfito, situación que se mantuvo hasta la llegada de la independencia en 1821.

Delimitaciones territoriales después de la independencia centroamericana

El asunto de las delimitaciones fronterizas continuó agravándose, según menciona Sibaja (1969), posterior a la independencia de Costa Rica en 1821 y durante todo el siglo XIX; pues no se logró fijar correctamente sus límites con Colombia, también llamada Nueva Granada (Panamá aún era parte de ese país para dicha época).

Una vez finalizado el dominio español en casi todo el continente y posterior surgimiento de nuevas repúblicas, estas comienzan a ejercer los respectivos actos de soberanía en sus

espacios territoriales, basándose en las demarcaciones coloniales y: “… como es natural, desde un principio cada uno de los nuevos Estados trató de definir con claridad sus límites territoriales; sin embargo, esto originó numerosos problemas que dos Estados vecinos reclamaban para sí. Recordemos que aún hoy día muchas de esas controversias tienen plena vigencia…” (Sibaja, 1969). Al respecto, Van der Laat (2017) menciona que:

Para el año 1825, ambos territorios se conocían como la República Federal de Centroamérica, a la que entonces pertenecía Costa Rica como provincia y la Gran Colombia que incluía a Panamá. Entre 1856 y 1896 se realizaron múltiples intentos de resolver esa indefinición fronteriza, sin éxito. Desde un principio, fue evidente el desacuerdo entre Costa Rica y Colombia. Basándose en especial en una Real Cédula del 1 de diciembre de 1573, los costarricenses reclamaban como límite una línea que partía del Escudo de Veragua, en el Atlántico, y terminaba en el río Chiriquí Viejo, en la costa del Pacífico. Colombia, por su parte, se basaba en una Real Orden del 20 de noviembre de 1803 para reclamar como perteneciente a su territorio toda la Costa Atlántica de Costa Rica, hasta la desembocadura del río Sarapiquí. Por el lado del Pacífico, los colombianos fijaban el límite en el río Golfito. (p. 16)

El primer intento de buscar una negociación formal de límites se encuentra en la Convención de la unión y confederación perpetua entre las provincias unidas de la Centroamérica y la República de Colombia, firmada en Bogotá el 15 de marzo de 1825 por los respectivos plenipotenciarios (diplomáticos), doctor don Pedro Molina por la República Federal Centroamericana y don Pedro Gual en representación de Colombia. El texto jurídico es muy general en los aspectos de fondo, pero abre los espacios de negociación para crear tratados, el cual, entre otros asuntos, indica:

Artículo 7.-Las provincias Unidas del Centro de América y la República de Colombia, se obligan y comprometen formalmente a respetar sus límites, como están al presente, reservándose hacer amistosamente por medio de una convención especial, la demarcación de una línea divisoria de uno y otro Estado, tan pronto como lo permitan las circunstancias, o luego que una de las partes manifieste a la otra estar dispuesta a entrar en esta negociación. (Molina, 2007, p. 142)

Del texto se deduce la obligación de las partes de respetar los límites y llegar a negociaciones para la demarcación de líneas divisorias y, lo más importante, respetar sus límites en 1825; esto significaba respetarse los límites trazados desde la Colonia para el Estado de Costa Rica y Colombia (Ver mapa 7).

Límites cuestionados entre Costa Rica y Colombia, 1810

Fuente: Milenioscuro (2018).

Para 1836, se origina el primer conflicto limítrofe que, de acuerdo con las investigaciones del historiador Iván Molina Jiménez, fueron el producto de las débiles gestiones del gobierno costarricense, particularmente ante lo que la historia ha llamado la usurpación colombiana. El resultado de esta agresión consistió en la toma de la zona de Bocas del Toro por Colombia, esto por cuanto: “…El desempeño exterior del estado costarricense fue desigual: en 1836, perdió Bocas del Toro, área apropiada por Colombia…” (Molina, 2000, p. 45). Debe recordarse que, para la década de los treinta del siglo XIX, Costa Rica estaba integrada a la República Federal Centroamericana, por lo cual un conflicto con la Gran Colombia implicaba la participación de todas las demás provincias; situación que probablemente produjo que el incidente contra Costa Rica se dejara pasar ante la falta de apoyo del gobierno federal. Sobre este tema, indica Molina (2007):

1836.-Viene a Bocas del Toro una pequeña colonia de irlandeses, según se dijo, en virtud de la capitulación celebrada con el coronel Galindo, como agente del Gobierno Federal de Centroamérica. Esta empresa se malogró en razón de que los neogranadinos aprovechándose de los trastornos que han afligido a la América Central y pretendiendo derecho aquel territorio, enviaron fuerza armada y lanzaron a los colonos, desde cuya época han continuado ejerciendo otros actos de dominación, los cuales Costa Rica ha considerado y considera como atentatorios a sus legítimos derechos. (p. 124)

Al respecto, en la Cartilla Histórica de Costa Rica, Ricardo Fernández Guardia explica las razones de la “usurpación colombiana”, la cual consistió en apoderarse de Bocas del Toro para, eventualmente, iniciar un proyecto de construcción de un canal interoceánico, por ser esa zona apta para el ingreso de grandes navíos; con esto se contradijo la convención

que existía con la República Federal Centroamericana de 1825. Los hechos se describen a continuación:

Al emanciparse de España, Costa Rica conservó los mismos límites que le había señalado Felipe II en 1574, los cuales se extendían hasta la línea del ducado de Veragua. La idea de la apertura de un canal inter-oceánico a través de Centro América empezó a agitarse desde que se convirtieron en naciones soberanas las antiguas colonias españolas. Este canal sólo podía tener efecto por Nicaragua o por Panamá, y Colombia llamada entonces Nueva Granada ambicionaba tener a todo trance el dominio de esta vía. Dueña ya del territorio panameño, exhumó la famosa real orden de 1803, que siempre fue letra muerta para alegar derechos sobre la Costa de Mosquitos. En 1836 el gobierno del General Santander (Colombia) se apoderó violentamente de Bocas del Toro y de sus islas, donde se habían establecido colonos extranjeros en virtud de concesiones otorgadas por el gobierno Federal de Centro América y del Estado de Costa Rica. (Fernández,1984, p.85)

Por su parte, el escritor panameño Carlos Humberto Cuestas (1999) indica que: “…la República de Centroamérica no opuso resistencia armada a lo que la Nueva Granada consideraba una reafirmación de su soberanía en territorio de Bocas del Toro, según el principio del uti possidetis 1”. Continúa manifestando este autor panameño que: “…no puede afirmarse que las Repúblicas de Centroamérica y de Costa Rica, antes y después de su independencia, hubiesen ejercido jurisdicción efectiva sobre el territorio de Bocas del Toro, y por lo tanto lo hubiesen poseído según el principio del uti possidetis de 1810, o al tiempo del inicio de las guerras de independencia” (Cuestas,1999, p. 53). Por otro lado, en 1849, Felipe Molina, ministro plenipotenciario de Costa Rica ante Europa, elaboró un folleto de 125 páginas, publicado en Londres con el título: Brief Sketch of the Republic of Costa Rica (Bosquejo histórico de la República de Costa Rica), seguido de apuntamientos para su historia con varios mapas, vistas y retratos, incluyendo toda la información del país hasta ese momento. Esta obra, originalmente publicada en francés, alemán, inglés y, finalmente, español, cristaliza elementos socioeconómicos, políticos e histórico-geográficos de la nación que iba en crecimiento, a pesar de su pequeñez (Molina, 2007, pp. VII-XX).

Para efectos de esta investigación, tal documento detalla las fronteras de Costa Rica a mediados del siglo XIX:

Sus límites son: al nordeste el Atlántico, al sudeste el Pacífico, al este un punto al sur de la isla llamada Escudo de Veraguas en el Atlántico, y de allí una línea recta hasta la embocadura del río Chiriquí, en el Pacífico, terminando en el cabo Borica. Esta línea forma la frontera con la Nueva Granada. Los confines de Costa Rica, al norte y al oeste, son el río de San Juan y los márgenes del lago de Nicaragua, desde el fuerte llamado de San Carlos, hasta enfrentar con la embocadura del río La Flor en el Pacífico, y de allí una recta cortando el istmo hasta dicha embocadura, cuyas líneas forman la frontera con el Estado de Nicaragua (Molina, 2007, p. 17).

El texto anterior indica con precisión el límite sureste con Nueva Granada (Colombia) y, como puede deducirse, el país mantenía la misma división territorial desde la Colonia. Específicamente, este límite establecía una línea imaginaria trazada transversal desde la isla Escudo de Veraguas, frente a Bocas del Toro, hasta Punta Burica.

Es interesante observar en el libro de Felipe Molina que, a pesar de que desde 1836 Colombia había usurpado Bocas del Toro, para 1849 Bocas del Toro sigue siendo de Costa Rica, por ende, pertenecen: “…a la República las islas de Colón, San Cristóbal, Bastimentos y la Popa, etc. En Bocas del Toro, y la del Escudo de Veragua en mar del Norte…” (Molina, 2007, p. 19) (Ver mapa 8).

Mapa de la República de Costa Rica, 1851

Fuente: Molina, F. (2007).

Las disputas sobre límites territoriales con Colombia se mantuvieron después de la diatriba de 1836, por lo que Costa Rica buscó en reiteradas oportunidades soluciones al trazado fronterizo con aquella nación, pero no dieron frutos. Al respecto, Fernández (1984) señala:

Desde la usurpación de Bocas del Toro por Colombia en 1836 se entabló entre Costa Rica y ese país una ardiente disputa sobre límites territoriales y con el objeto de zanjarla se hicieron tratados en 1856 1865 y 1873; pero ninguno fue ratificado por las dos repúblicas. En 1880 y a consecuencia de un incidente de frontera motivado por la posesión de los cocales de Burica, Colombia nos amenazó con la guerra. Costa Rica tuvo que ceder por su debilidad y se firmó en San José una convención de arbitraje, en virtud de la cual el rey de España fue escogido como árbitro. Esta convención la confirmó la adicional de 1886; sin embargo, Colombia, por temor de perder el pleito ante el árbitro español, las declaró caducas las dos valiéndose de pretextos y la disputa continuó hasta 1896, año en que se firmó en Bogotá un nuevo tratado de arbitraje por el cual fue nombrado árbitro el presidente de la República Francesa. (p. 133)

Del texto anterior, se extraen dos conclusiones primordiales: en primer lugar, existió una falta de ratificación de las partes por intereses colombianos sobre el área en disputa, la cual se agravó por las amenazas de guerra por parte de Colombia ante la acción militar de tomar por vía armada los cocales en punta Burica, puesto que: “…era la concesión de cocales para su venta a la Coco Copra Company, ubicada en Panamá” (Sibaja, citado por Arguedas, 2019, p. 19); esta situación echó por tierra toda posibilidad de mantener una negociación amistosa y sólida. En segundo lugar, se recurrió al arbitraje internacional el proceso de establecer la frontera, es así que se buscó a representantes de España y luego de Francia para llegar a feliz término.

Iniciando el siglo XX, el llamado Laudo Loubet (1900), nombre dado al ser emitido por Emile Loubet, presidente de Francia, que definía las fronteras entre los dos países, no fue ratificado por Costa Rica porque presentaba vicios de nulidad al conceder a Colombia más territorios de los debatidos, por obvias razones Costa Rica la objetó, pero sin desconocerla (Ver mapa 9).

Límite fronterizo Costa Rica y Colombia, según fallo Loubet de 1900

Fuente: Milenioscuro (2018).

Al respecto, Fernández (1984) indica que:

El 11 de setiembre de 1900, Monsieur Emile Loubet, presidente de Francia, dictó su fallo; pero esta sentencia, que no expone los motivos en que se funda, tenía dos grandes vicios que la hacía nula de hecho: daba a Colombia más territorio del que estaba en disputa y era inaplicable por no adaptarse sus términos a la configuración geográfica del territorio. Por estas razones Costa Rica la objetó sin desconocerla, solicitando del árbitro una interpretación del fallo, que este dio por medio del ministro Delcassé, aunque en una forma que dejaba pendiente la cuestión, del modo que no pudo ser ejecutada la sentencia. (p. 134)

Para finalizar este apartado, es fundamental indicar que el fallo arbitral que definiría el trazado de límites con Colombia en 1900, años más tarde, va a ser tomado como referencia por la naciente Panamá para reclamar sus territorios.

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