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Algunas consideraciones sobre el derecho de propiedad en la Constitución de la República Bolivariana

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Algunas consideraciones sobre el derecho de propiedad en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

Desde una perspectiva filosófica el derecho a la propiedad ha sido visto de diferentes maneras, sin embargo, nos llama la atención la desarrollada por Ludwig Von Mises para quien: “Todas las civilizaciones hasta el presente, se han basado en la propiedad privada de los medios de producción. Civilización y propiedad privada fueron siempre de la mano”1 Esta concepción de alguna manera, permite observar la relevancia que esta ha tenido en la modernidad, sobre todo para el desarrollo del capitalismo, que se sustenta en la propiedad de los bienes de producción y de los procesos iniciados a partir de la revolución industrial.

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela por su parte, señala en su artículo 115 lo siguiente: “Se garantiza el derecho de propiedad. Toda persona tiene derecho al uso, goce, disfrute y disposición de sus bienes. La propiedad estará sometida a las contribuciones, restricciones y obligaciones que establezca la ley con fines de utilidad pública o de interés general. Sólo por causa de utilidad pública o interés social, mediante sentencia firme y pago oportuno de justa indemnización, podrá ser declarada la expropiación de cualquier clase de bienes”2. Sin embargo, aunque pareciera no dar lugar a equívocos, en la practica esta norma de rango constitucional ha sido limitada a través de expropiaciones que se han llevado adelante sin que medie una sentencia definitivamente firme, dictada por un juez con competencia en la materia y sin una justa indemnización. La facultad expropiatoria en Venezuela es de larga data, sin embargo, a partir de la entrada en vigencia de la nueva constitución en 1999 se han incrementado estos procesos, tal es así, que entre año 2005 y el 2013 se registraron más de 150 adquisiciones forzosas publicadas en la Gaceta Oficial u otros medios

Este hecho, es una demostración de que estamos en presencia de un estado muy poderoso y regulador, que actúa en detrimento de los derechos económicos individuales, lo cual va en detrimento de la seguridad jurídica.


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