PROYECTO DE LEY DE CREACIÓN DE LA POLICÍA LOCAL
HONORABLE LEGISLATURA: Se somete a consideración de Vuestra Honorabilidad el proyecto de ley que se adjunta para su sanción, mediante el cual se propicia la creación de las Policías Locales en aquellos Municipios de la Provincia de Buenos Aires con más de setenta mil (70.000) habitantes que adhieran a la normativa sin limitaciones ni reservas, mediante Ordenanza del Honorable Concejo Deliberante Municipal. Para la elaboración del presente proyecto han sido analizados y sistematizados los contenidos incluidos en el anterior Proyecto de Policía de Prevención Municipal (conf. Mensaje N° 2723), integrando propuestas de los diversos proyectos sobre la temática presentados a nivel legislativo y las observaciones formuladas en las recientes reuniones celebradas por el Consejo Provincial de Seguridad Pública. La Ley Provincial de Seguridad Pública N° 12.154 y sus modificatorias reconoce la responsabilidad del Gobierno Provincial en materia de seguridad pública, siguiendo los lineamientos del art. 10 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires respecto a la obligación estatal de garantizar el derecho de las personas que habitan el territorio provincial a la seguridad, teniendo presente que su protección sustenta el goce y ejercicio de los demás derechos humanos esenciales. En
este
compromiso
sustancial
e
indelegable del Gobierno Provincial, resulta esencial el aporte institucional del Municipio atendiendo a fortalecer las políticas de gestión y la definición de estrategias específicas de prevención de la seguridad ciudadana en el ámbito de su jurisdicción