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CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL. DE ACCIONIS-
TAS PARKING COSTANERA S.A.
RUC N° 80128181-4 El Directorio de PARKING COSTANERA S.A. con domicilio en la ciudad de Encarnación, convoca a los señores Accionistas a Asamblea General Ordinaria a desarrollarse en forma presencial el día 15 de septiembre de 2025, a las 11:00 horas y a las 12:00 horas, en primera y segunda convocatoria respectivamente, en la que, previa acreditación de asistencia y representación, se tratarán los siguientes puntos del Orden del día: Designación de Presidente y Secretario de Asamblea; Considerar y resolver sobre la memoria anual del Directorio, el Balance General y Cuentas de Ganancias y Pérdidas e Informe del Síndico y destino de las Utilidades, de los ejercicios scales 2022, 2023 y 2024; Recomposición de los miembros del Directorio y Síndicos; y sus respectivas remuneraciones; Designación de accionistas para suscribir el Acta de Asamblea de conformidad con el Art. 1096 del Código Civil Paraguayo. Para asistir a las asambleas los accionistas deben depositar en la sociedad sus acciones, o un certi cado bancario de depósito librado al efecto, para su registro en el libro de asistencia a las asambleas, con no menos de tres (3) días hábiles de anticipación al de la fecha jada. En dicho lapso no podrán disponer de ellas. La sociedad les entregará los comprobantes necesarios de recibo, que servirán para la admisión a la asamblea. Los accionistas o sus representantes que concurran a la asamblea rmarán el libro de asistencia en el que se dejará constancia de su domicilio y del número de votos que corresponda. Los certi cados de depósito deben especi car la clase de las acciones, su numeración y la de los títulos. 09/09/2025
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. El Directorio de AURORA BOREAL SOCIEDAD ANÓNIMA CON RUC N 80101312-7, convoca a asamblea general ordinaria, de accionistas a llevarse a cabo el día 19 de septiembre de 2025, en el local social de la rma, km 8 Plaza Jesuítica, Ciudad del Este a las 10:30 hs primera convocatoria y a las 11:00 horas en segunda convocatoria, para tratar el siguiente orden del día: 1-Elección del presidente y secretario de asamblea. 2-Lectura y consideración de la memoria del directorio e informe del síndico 2024. 3-Aprobación de estados de resultados patrimoniales y balance general del año 2024. 4-Remuneración del directorio y elección del nuevo directorio. 5-Distribución de utilidades. 6-Designación de dos accionistas para rmar el acta de asamblea, conjuntamente con el presidente y el secretario de
asamblea. 93409- 4 al 8/09
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. De conformidad al Artículo Vigésimo Tercero del Estatuto Social, llámase a Asamblea General Ordinaria a los Señores Accionistas de la empresa GRUPO F8 SOCIEDAD ANÓNIMA, a realizarse el día 22 de setiembre del año 2025, a las 09:00 hs a.m. en el local de la rma, situado en el km 4 Ruta Nacional Gaspar Rodríguez de Francia, Ciudad Del Este, República del Paraguay, orden del día: 1-Designación de un Secretario de Asamblea 2-Elección de Directores, Síndicos y Presidente del Directorio. 3-Designación de un Accionista para suscribir el Acta de Asamblea junto con el secretario y el presidente. Observación: se recuerda a los señores Accionistas sobre lo dispuesto en el artículo Vigésimo quinto de los Estatutos Sociales y artículo 1084 del código Civil. EL Directorio. 93420- 4 al 8/09
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. De conformidad a lo previsto en los Estatutos Sociales y el Art. Nº 1079 del Código Civil, se convoca a Asamblea General Ordinaria de Accionistas de la rma GESTIONAMOS COM S.A. RUC: 80025951-3 a llevarse a cabo el día 18 de septiembre de 2.025, a las 10:00 horas en primera convocatoria en el local de la sociedad, sito en Alto Paraná, Ciudad del Este, Av Roberto L Petit, a los efectos de tratar el siguiente, orden del día: 1-Elección del presidente y secretario de Asamblea.
2-Cambio de representante legal.
3-Designación de accionistas para la rma del acta. 93425- 4 al 8/09
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. El Directorio de SANATORIO SAN CAMILO DE LELIS S.A., con RUC N 80080077-0 convoca a asamblea general ordinaria, de accionistas a llevarse a cabo el día 16 de setiembre de 2025, en el local social de la rma, Avda. Bernardino Caballero c/ Avda. 12 de Junio 427 19:30 hs., en primera convocatoria y a las 20:00 horas en segunda convocatoria, para tratar el siguiente orden del día: 1-Elección del presidente y secretario de asamblea.
2-Lectura y consideración de la memoria del directorio e informe del síndico 2023 y 2024. 3-Aprobación de estados de resultados patrimoniales y balance general del año 2023 y 2024. 4-Remuneración del directorio y elección del nuevo directorio. 5-Distribución de utilidades 6-Designación de dos accionistas para rmar el acta de asamblea, conjuntamente con el presidente y el secretario de asamblea 93462- 5 al 9/09
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. El Directorio de J.E.T. DEL ESTE SOCIEDAD ANÓNIMA con RUC Nº 80033076-5, convoca a asamblea general ordinaria, de accio-
nistas a llevarse a cabo el día 20 de septiembre de 2025, en la sede social, Alto Paraná calle km 11 Monday Fracción el Pinar, a 100 metros de la estación de servicios integral a las 08:00 horas, en primera convocatoria, para tratar lo siguiente, orden del día: 1-Elección del presidente y secretario de asamblea. 2-Lectura y consideración de la memoria del directorio e informe del síndico del año 2024. 3-Aprobación de estados de resultados patrimoniales y balance general del año 2024. 4-Remuneración del directorio y elección del nuevo directorio. 5-Distribución de utilidades. 6-designación de dos accionistas para rmar el acta de asamblea, conjuntamente con el presidente y el secretario de asamblea. 93456- 5 al 9/09
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. De conformidad a las disposiciones estatutaria Cláusula décima tercera y del Código Civil, el Directorio de AGRO GANADERA Y FORESTAL KURUPA´YTY S.A., en sesión ordinaria, convoca a los señores Accionistas a la Asamblea General Ordinaria para el día martes 16 del mes de Setiembre del año 2025 para las 08:00 horas en el local de la sociedad para considerar el siguiente, orden del día: 1- Elección de un presidente y secretario de la asamblea. 2-Lectura y consideración del Acta Anterior. 3-Lectura y consideración de la memoria del directorio, balance general, cuentas de ganancias y pérdidas, informe del síndico, correspondiente al ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2024. 4-Elección de los directores Titulares y Suplentes. 5-Elección del síndico titular y suplente. 6-Remuneración a los directores y Síndicos. 7-Designación de un Accionista para suscribir el Acta con el presidente de Asamblea. Nota: De conformidad al estatuto social, se recuerda a los Señores Accionistas que, para participar válidamente de la Asamblea General Ordinaria, deberán depositar sus acciones en la caja de la Sociedad o una constancia de un Banco que la misma están depositadas en dicha institución, con un día de anticipación al de la realización de la Asamblea. EL Directorio. 93455- 5 al 9/09
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA . “De conformidad con lo establecido en los Estatutos Sociales, convocase a los señores Accionistas de VALORES PARAGUAY FIDUCIARIA S.A., a la Asamblea Ordinaria a realizarse en fecha 20 de septiembre de 2025, a las 09:00 horas, en su local sito en Avda. Aviadores del Chaco 2050, Edi cio World Trade Center, Torre 3, Piso 16, de la ciudad de Asunción, a efectos de tratar el siguiente orden del día: 1) Designación de Presidente y Secretario de Asamblea; 2) Emisión de acciones. Determinación de condiciones de emisión; 3) Designación de accionis-
tas para rmar el acta de asamblea de conformidad con el Art. 1096 del Código Civil. Si a la hora jada para la primera convocatoria no se reúne el quórum establecido en los Estatutos Sociales, la Asamblea se llevará a cabo en segunda convocatoria una hora después de jada la primera convocatoria. Se recuerda a los señores accionistas las exigencias de lo establecido en los Estatutos Sociales, para tener derecho a asistencia a asambleas. El Directorio”. 93472/09/09/2025
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. De conformidad a los estatutos sociales se convoca a la Asamblea General Ordinaria a los accionistas de la rma EMPRENDIMIENTOS GROUP S.A. a realizarse el día Sábado 20 de setiembre de 2025, primer llamado a las 09:00 horas, segundo llamado a las 10:00 horas con cualquier número de accionistas, sito en la Calle Km 14½ lado Monday a una cuadra de la Ruta N° 02, Distrito de Minga Guazú, Alto Paraná, Paraguay, orden del día: 1-Elección del Presidente y Secretario de Asamblea. 2-Lectura y consideración de la memoria anual del directorio, balance general de situación, cuadro de resultado, e informe del síndico correspondiente al ejercicio cerrado al 2024. 3-Elección de miembros del directorio, síndico y jación de sus retribuciones para el ejercicio 2025. 4-Aplicación de la utilidad del ejercicio. 5-Otras medidas relativas a la gestión de la empresa que corresponda resolver de acuerdo a la competencia que le reconoce la ley y el estatuto. 6-Designación de un Accionista para suscribir el Acta de Asamblea conjuntamente con el presidente y secretario de la misma. Directorio. 93470- 5 al 9/09
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA.De acuerdo a las disposiciones del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Ordinaria de Accionistas de la Firma LOGISTICA & TRANSPORTES AMISTAD
S.A., con RUC Nº 80148345-0, el día 24 de setiembre de 2025, a las 08:00 horas, en el local de la sociedad, sito en la calle 16 Acaray Edi cio Schwanck sala 10, de la Ciudad de Minga Guazú, para tratar los siguientes temas, orden del día: 1-Elección de Presidente y Secretario para presidir la Asamblea Ordinaria. 2-consideración de la memoria del directorio, informe del síndico, balance general, cuadro de Resultados, Cuadro de depreciaciones de bienes, correspondiente al ejercicio cerrado al 31 de Diciembre de 2024. 3-Nombramientos de nuevos miembros del directorio y síndico. 4-Asignación de remuneraciones a directores y síndicos. 5-Designación de un Accionista para rmar el Acta de Asamblea conjuntamente con el Presidente y Secretario. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo cuarto, la primera convo-
catoria se requiere la asistencia de Accionistas que represente el 90% de acciones con derecho a voto y la segunda convocatoria el 75% con derecho a voto. 93497- 6 al 11/09.
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA. Los miembros del Directorio de la rma ECLIPSE GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA convoca a los socios a Asamblea General Extraordinaria, a llevarse a cabo en su sede social, sito en la Avda. Camilo Recalde Esq. Coronel Toledo, para el día 29 de setiembre de 2025, a las 13:00 horas, en su primera convocatoria, para tratar lo sgte., orden del día: 1-Elección de Presidente, Secretario de Asamblea y un accionista para suscribir el Acta. 2-Aumento de capital y modicación del Estatuto Social. NOTA: Según el Art. 24 del Estatuto Social, si no hubiere quórum legal una hora después de la jada, la Asamblea se constituirá con el nro. De socios presentes. 93519- 9 al 13/09
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. Los miembros del Directorio de la rma ECLIPSE GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA convoca a los socios a Asamblea General Ordinaria, a llevarse a cabo en su sede social, sito en la Avda. Camilo Recalde Esq. Coronel Toledo, para el día 29 de setiembre de 2025, a las 15:00 horas, en su primera convocatoria, para tratar lo sgte., orden del día: 1-Elección de presidente, secretario de Asamblea y un accionista para suscribir el Acta. 2.Emisión de Acciones Nota: Según el Art. 24 del Estatuto Social, si no hubiere quórum legal una hora después de la jada, la Asamblea se constituirá con el nro. De socios presentes. 935209 al 13/09
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA. Los miembros del Directorio de la rma RIGSTAR S.A. convoca a los socios a Asamblea General Extraordinaria, a llevarse a cabo en su sede social, sito en la Avda. Camilo Recalde Esq. Coronel Toledo, para el día 29 de setiembre de 2025, a las 09:00 horas, en su primera convocatoria, para tratar lo sgte., orden del día: 1-Elección de Presidente, Secretario de Asamblea y un accionista para suscribir del Acta. 2-Aumento de capital y modi cación del Estatuto Social. Nota: Según el Art. 24 del Estatuto Social, si no hubiere quórum legal una hora después de la jada, la Asamblea se constituirá con el nro. De socios presentes. 93521- 9 al 13/09
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. Los miembros del Directorio de la rma RIGSTAR S.A. convoca a los socios a Asamblea General Ordinaria, a llevarse a cabo en su sede social, sito en la Avda. Camilo Recalde Esq. Coronel Toledo, para el día 29 de setiembre de 2025, a las 11:00 horas, en su primera con-

vocatoria, para tratar lo sgte., orden del día: 1-Elección de Presidente, Secretario de Asamblea y un accionista para suscribir del Acta. 2-Emisión de Acciones Nota: Según el Art. 24 del Estatuto Social, si no hubiere quórum legal una hora después de la jada, la Asamblea se constituirá con el nro. De socios presentes. 93522- 9 al 13/09
CONVOCATORIA A ASAMBLEA ORDINARIA. El Directorio de BACKBONE HOSTING SOLUTIONS PARAGUAY S.A. convoca a asamblea ordinaria de accionistas para la fecha 24 de septiembre de 2025, a las 09:00 horas en primera convocatoria y una hora después en segunda convocatoria, en su local social ubicado en Av. Aviadores del Chaco Nro. 2050, Asunción, Paraguay, para tratar el siguiente orden del día: 1. Elección de presidente y secretario de asamblea. 2.Elección de miembros del Directorio y jación de su remuneración. 3. Designación de accionistas para suscribir el acta de asamblea. EL DIRECTORIO. 93529 -13/09/2025-
CONVOCATORIA A ASAMBLEA ORDINARIA. El Directorio de D&N INGENIERÍA S.A. convoca a asamblea ordinaria de accionistas para la fecha 24 de septiembre de 2025, a las 15:00 horas en primera convocatoria y una hora después en segunda convocatoria, en el local social ubicado Coronel Bogado entre Mariscal Estigarribia y Alejo García en la ciudad de Villarrica, Guairá, Paraguay, para tratar el siguiente orden del día: 1. Elección de presidente y secretario de asamblea. 2.Elección de miembros del Directorio y jación de su remuneración. 3. Designación de accionistas para suscribir el acta de asamblea. EL DIRECTORIO. 93530 -13/09/2025-
CONVOCATORIA A ASAMBLEA. Conforme a lo establecido en el Código Civil y los Estatutos Sociales, se convoca a los señores accionistas de la rma INDY PARTS SA a Asamblea General Ordinaria a llevarse a cabo el día 30 de septiembre de 2025 a las 08:00 horas en primera convocatoria y a las 08:30 en segunda convocatoria, en el local social de la rma sito en Avda. Aviadores del Chaco nro. 3100 de la ciudad de Asunción, para tratar el siguiente: O R D E N D E L D I A 1-Consideración de la Memoria del Directorio, el Balance General y Cuadro de Resultados y el Informe del Síndico correspondientes al ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2024.2-Destino del Resultado del Ejercicio.3-Designación de Miembros del Directorio.4- Designación de Síndicos Titular y Suplente.5- Remuneración de los Directores y Síndicos.6- Designación de accionistas para rmar el Acta de Asamblea. Se recuerda a los señores accionistas que para participar de
las asambleas deberán dar cumplimiento a lo establecido en los estatutos sociales referente al depósito de las acciones. Asunción, 08 de septiembre de 2025- EL DIRECTORIO 93555 - 13/09/2025.
CONVOCATORIA A ASAMBLEA DE TENEDORES DE BONOS BRICAPAR S.A. El Directorio de Bricapar S.A. convoca a Asamblea de Tenedores de Bonos de las siguientes series: Programa de Emisión Global USD1 Serie I II ISIN PYBRI01F2591 PYBRI02F2889 Programa USD1 USD1 Fecha de Asamblea: 22 de septiembre de 2025 Primera Convocatoria: 10:00 hs. Segunda Convocatoria: 11:00 hs. Lugar: Planta Industrial de Bricapar S.A. Ruta PY09 Dr. Carlos Antonio López. Km 25.5. Barrio Remancito de la ciudad de Villa Hayes. ORDEN DEL DÍA: 1- Designación de Presidente y Secretario de Asamblea. 2Propuesta de modi cación de las condiciones de emisión de bonos del PEG USD 1, series I y II 3- Constitución de garantías duciarias adicionales. 4- Designación de obligacionistas a suscribir el acta de asamblea. Para participar de la Asamblea, los Tenedores de Bonos deberán exhibir los correspondientes certi cados de operación expedidos por los representantes de las casas de bolsas habilitadas para la negociación y colocación de los bonos correspondientes a la emisión. La acreditación para participar de la asamblea podrán realizarla por medios electrónicos físicos, o por medio de su casa de bolsa, para lo cual, la casa de bolsa deberá remitir vía nota electrónica o física, las certi caciones y acreditaciones de sus tenedores de bonos. Los Tenedores de Bonos podrán hacerse representar en la Asamblea por mandatarios mediante carta poder. No podrán ser mandatarios los directores, síndicos, los ejecutivos, administradores, empleados o asesores de la sociedad. EL DIRECTORIO. 93556 – 13/09/2025.
01-16, el 13/08/2025, R: 26/08/2025. Mat. de Com. bajo el N° 12.362, el 29/08/2025. 93499- 7 al 9/09.
CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD. Por escritura pública Nº 10 de fecha 21/07/2025, autorizada por el N.P. Ana María Barrail de Rapetti, se constituyó la rma “PYR SOCIEDAD ANONIMA” Domicilio: Ruta Transchaco Nro. 25 casi Soldado Robustiano Quintana Ciudad de Mariano Roque Alonso República del Paraguay. Duración: 99 años. Objeto: Dar servicios veterinarios en general, servicios en el área de reproducción bovina, asesoramiento en producción y reproducción, importación, exportación y/o comercialización de insumos, equipamientos y maquinarias de uso médico veterinario y de uso de campo, importación de fuentes de radiación ionizante, capacitaciones en el rubro veterinario y pecuario, y toda actividad relacionada al rubro de la ganadería o la agroindustria. Capital suscripto e integrado: Gs. 500.000.000: Director - Presidente Arnaldo Javier Coronel Yambay, Vicepresidente Patricia Mabel Guimaraes Venialgo, Síndico Titular: Claudia María Ruíz Gines Inscripción: a) Secciones Personas Jurídicas y Asociaciones, bajo el Nº 1 y al folio Nº 1 y Sgte., serie: Comercial en fecha 04/08/2025 y b) Registro Público de Comercio, Registro de Contratos. 93558 -11/09/2025.
FATIMA MARECOS LOPEZ. Asunción, 25 de agosto de 2025. El juicio obra en la Secretaría a mi cargo. Abg. MARCO ANTONIO OCAMPOS ORTIZ.-92942/09/09/2025
DISOLUCIÓN CONYUGAL .El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Sexto Turno de la Capital, Abg. Ulises Agustín Peña Vargas, cita y emplaza por treinta (30) días a los que tengan créditos o derechos que reclamar contra la comunidad conyugal conformada por los Sres. MARA DENISE DA VITORIA AYALA Y EFRAIN
AYALA KUNZLE, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley Nº 1/92. Asunción, 21 de agosto de 2025. Ante mí: Leticia Jazmín Limprich Cibils. (Actuaria Judicial – Secretaría 11). Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual para tener certeza de que este documento es válido deberá utilizar el Lector del Código QR, siendo así innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada Nº 1366/2020 y Acordada Nº 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. 92957/09/09/2025
QUEZ C/ MARIA AUSILIADORA BARRIOS MARTINEZ S/ DISOLUCIÓN Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD GANANCIAL” Expte. Nº 185. Año 2025, para que en el perentorio término de treinta días contados desde la publicación del presente edicto comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 del Código Civil. El juicio radica en la Secretaría a mi cargo. SANTA ROSA DEL AGUARAY, 6 de Agosto de 2025. Cinthia Maricel 92978/10/09/2025
bimiento de no poder hacerlo en adelante, sino contra los bienes propios del deudor, de conformidad al artículo 614 inc. c) del Código Procesal Civil, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley 1/92 modi cado del Código Civil.- El juicio que radica en la secretaria N° 06 a cargo del Actuario Judicial Abg. FREDY F. MOLINAS DESVARS.PEDRO JUAN CABALLERO, 13 de Agosto de 2025 93008/10/09/2025
CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD. Por Esc. Púb. Nº 31 del 18/07/2025, por ante la N.P. Lizzie F. Apodaca C., fue formalizada la constitución de la sociedad CASO FARMA S.A., Domicilio: Avda. de los Inmigrantes, Ciudad de Santa Rita, Duración: 99 años. Objeto: comercialización, distribución, importación, exportación y venta de productos farmacéuticos, medicamentos de uso humano y veterinario, artículos de higiene, cosméticos, perfumería y otros relacionados al ramo farmacéutico. Capital Social: G. 1.600.000.000. Socios: Fabio Adauto Rhoden, Daniela Lais Oesterreich Sachser, Rogerio Cini, Fabiana Cristina Meireles Ferreira y Cristiano Calizotti. Insc. en la D.G.R.P. Sección P.J. y C. Mat. Nº 46.692, Serie: Comercial, bajo el Nº 01, Folio
DISOLUCION Y LIQUIDACION. de La Comunidad Conyugal. la Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Segundo Turno de Presidente Franco, de la Sexta Circunscripción Judicial, Alto Paraná, Abg. Cynthia Rossana Pineda Morel, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos LUCIA MEZA DE VALADEZ Y JUAN JAIME VALADEZ, para que, en término de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de los dispuesto en el Art. 55 de la ley 1/92 modi cado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. (Actuaría Norma Bodencer). Se hace saber al destinatario, para tener certeza de que este documento es válido, que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, deberá utilizar el lector del Código QR, a n de constatar su autenticidad. Presidente Franco, 8 de agosto de 2025. 92943- 26/08 al 09/09
DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL VIGÉSIMO SEGUNDO TURNO DE LA CAPITAL, SEC. N° 43, cita y emplaza por treinta días a todos los que tengan créditos o derechos que reclamar contra la comunidad conyugal formada por los Sres. LUIS FERNANDO SANCHEZ PEREIRA Y JULIA MARIA
DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL y LABORAL LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REPUBLICA, con sede en María Auxiliadora, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos SUNILDA NATIVIDAD MORINIGO ZARZA Y MILCIADES MICHAEL MELGAREJO PEREIRA, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría N°1, a mi cargo Abg. Elcira Haydé González Ojeda, Actuaria Judicial. MARIA AUXILIADORA, 28 de Julio de 2025 Para conocer la validez del documento, veri que aquí. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.- Firmado digitalmente por: ELCIRA HAYDE GONZALEZ OJEDA (ACTUARIO/A) 92603/02/09/2025
DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, DE SANTA ROSA DEL AGUARAY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE SAN PEDRO DEL YCUAMANDYYU, ABOG. NELSON ANTOLIN MERCADO, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la Sociedad Conyugal conformada por los esposos: “DIEGO ARIEL CABALLERO VELAZ-
DISOLUCION CONYUGAL. LA JUEZA DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL DE LA CIUDAD DE CURUGUATY, ABG. SONIA MARIELA MEDINA PAREDES, cita y emplaza por el término de Ley a los que tengan interés legítimo en reclamar derechos en contra la Sociedad conyugal conformada por HUGO DERLIS CENTURION RUSSI con C.I.N° 2.919.800 y ELISA ANTONIA RUIZ DIAZ AGUILAR con C.IN° 4.573.214, para que en el perentorio termino de treinta días, contado desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 modi cado del Código Civil paraguayo. El juicio radica en la secretaria Nº 1, a cargo de la Actuaria Judicial ABG. MIRIAN ESTELA PERALTA RODRIGUEZ.-CURUGUATY, 22 de Agosto de 2025. 92982/10/09/2025
DISOLUCION CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE PEDRO JUAN CABALLERO, Departamento del Amambay, DR. JUAN MARCELINO GONZALEZ G., emplaza por quince (15) veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos CELSO AGUSTI OLMEDO y BLASIA NOEMI FRANCO BAREIRO, para que en el perentorio término de treinta (30) días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92.- El juicio radica en la Secretaría a cargo de la Actuaria Judicial Abog. Anny Gregoria Acosta G., Pedro Juan Caballero,22 de julio de 2025. 93006/ 10/09/2025
DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL TERCER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE AMAMBAY, Abg. BERNARDO MONGELOS ARCE, cita y emplaza por el plazo de 15 veces a los que tengan interés en reclamar créditos o derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos *DIONISIA ROLON CHAMORRO y CARLOS ROBERTO GRANCE* , para que en el término de 30 días, comparezcan a deducir acciones, bajo aperci-
DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Décimo Turno de la Capital, Secretaría Nº 20, Abg. ROCÍO GONZÁLEZ MOREL, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos LAURO NESTOR PENAYO CABRERA y VANESA ROBERTA RAMIREZ DE PENAYO, para que en el término de 30 días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 98 de la Ley N° 1/92. El juicio radica en la Secretaría N° 20 a mi cargo. Fdo. Abg. TOBIAS REDEKOP HARDER. Se hace saber al destinatario de este documento que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1335/2019 de la Corte Suprema de Justicia. ASUNCION, 4 de Abril de 2024.Firmado digitalmente por: Tobias Redekop Harder (Actuario). 93028/11/09/2025
DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,COMERCIAL Y LABORAL DEL PRIMER TURNO DE CORDILLERA,DR. JUSTO CRISTINO RAMOS ARRÚA, CITA Y EMPLAZA POR quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos JULIA RAQUEL VERA Y ANIBAL GONZALEZ OJEDA para que en el perentorio término de treinta (30) días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 55 DE LA LEY 1/92 EL JUICIO RADICA EN LA SECRETARÍA N° 2 A CARGO de la actuaria Abg. SANDRA ELIZABETH BUSAM ROMÁN. CAACUPE, 6 DE MARZO DE 2024. 93030/11/09/2025
DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil del Vigésimo Cuarto Turno, Doctora Magali Zavala, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos JOSE ALBERTO MORALES Y MIRIAN CASTORINA FARIÑA, Para que en termino de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezca a deducir sus acciones bajo aperci-
bimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley Nº 1/92 modi cado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaria a mi cargo. Asunción, 20 de agosto de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada N° 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. Firmado digitalmente por: Carlos Galeano Aranda (Actuario). 93027 /11/09/2025
DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA, DEL JUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE LA CIUDAD DE CURUGUATY, ABG. SONIA MARIELA MEDINA PAREDES, cita y emplaza por el término de Ley a los que tengan interés legítimo en reclamar derechos en contra la sociedad conyugal conformada por los señores TEOFILO FERNANDEZ MENDOZA Y GRICELDA NAVARRO GARCIA que en el perentorio término de treinta días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 modi cado del Código Civil Paraguayo. El juicio radica en la secretaria Nº 1, a cargo de la Actuaria Judicial ABG. MIRIAN ESTELA PERALTA RODRÍGUEZ. CURUGUATY, 27 de Agosto de 2025. 93046 /11/09/2025
DISOLUCION CONYUGAL. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE SAN PEDRO, ABOG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la Sociedad Conyugal conformada por los esposos: “ANGEL DARIO LOPEZ C/ ROSA MARIA AGUAYO DE LÓPEZ S/ DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL”, para que en el perentorio término de treinta dias contados desde la publicación del presente edicto comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 del Código Civil. El juicio radica en la Secretaría a mi cargo.- SAN PEDRO DE YCUAMANDYYU, 30 de Mayo de 2025. Patricia Geraldine Benítez Caballero, Actuaria Judicial. 93074/12/09/2025
DISOLUCION CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Segundo Turno de Paraguarí, Sría. Nº 3, DRA. LIDUVINA OTAZU DE MERELES, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos “HECTOR ISAAC LOPEZ VERA Y ADA ANGELICA BENITEZ LOPEZ S/
DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL” para que en términos de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 reforma parcial del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaria a mi cargo. Abg. HADY GIMÉNEZ PÉREZ. PARAGUARI, 28 de Agosto de 2025. 93076/12/09/2025
DISOLUCION CONGUYAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL CUARTO TURNO DE LA CAPITAL, ABG. MARCELO TOMAS
ROCHOLL SALINAS, cita y emplaza por 15 días a fin de que aquellos que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conformada por los esposos GORGONIO PEREIRA MARECO Y DORA MERCEDES
GODOY RODRIGUEZ para que, en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto comparezcan a deducir acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 55 de la Ley N° 1/92. El juicio radica en la Secretaria N° 7 a mi cargo. Abg. FABRICZIO LEONEL DOMINGO SARUBBI RAMOS ASUNCION, 27 de Agosto de 2025 Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada N° 1366/19 y N° 1370/20 de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia. 93185/13/09/2025
DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil del Primer Turno de la Circunscripción Judicial de Caaguazú con asiento en la ciudad de Coronel Oviedo, Dra. LILIAN ROSMARY GONZALEZ DE DUARTE, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos LEONARDO BENITEZ BAEZ y BERNARDA GONZALEZ DE BENITEZ, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/ 91 de la Reforma Parcial del Código Civil Paraguayo. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. CORONEL OVIEDO, 28 de Agosto de 2025.- Abg. ADELA BENITEZ RAMOS - Actuaria Judicial.- Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 93189/13/09/2025
DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ INTERINO DEL JUZGADO DE
PRIMERA INSTANCIA MULTIFUEROS DE MARISCAL ESTIGARRIBIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE BOQUERÓN ABG. RICARDO GOSLING; cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos MARLENE CAREMA FERNANDEZ y LUIS MARIA GONZALEZ VERA, para que en el término de treinta días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 reforma parcial del Código Civil. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. MARISCAL JOSE F. ESTIGARRIBIA, 25 de Agosto de 2025. Firmado digitalmente por: Raul Gabriel Marin Rodríguez (Actuario). 93225/13/09/2025
DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL CUARTO TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL GUAIRA, ABOG. VANESSA MIÑO, en el Juicio caratulado: “VICTOR BERNARDO EMATEGUI CACERES C/ FATIMA BEATRIZ MENDEZ GIMENEZ S/ DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL”, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la Sociedad Conyugal conformada por los esposos “VICTOR BERNARDO EMATEGUI CACERES y FATIMA BEATRIZ MENDEZ GIMENEZ”, para que en el perentorio término de treinta días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezca a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley Nº 1/92 que modifica el Código Civil Paraguayo. El juicio radica en la Secretaria Nro. 07 a cargo de la Actuaria Judicial Abog. MARIA ISABEL FERNANDEZ.VILLARRICA, 29 de Julio de 2025. 93227/13/09/2025
DISOLUCIÓN CONYUGAL. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno de la Circunscripción Judicial de Amambay, Abg. Juan Marcelino Gonzalez, emplaza por quince (15) veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos ERICA
ZARACHO VERA y LUIS EZEQUIEL RETAMOZO RODAS, para que en el perentorio término de treinta (30) días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92.- El juicio radica en la Secretaría N° 2 a cargo de la Actuaria Judicial, Abg. Carolina Franco Vazquez. Pedro Juan Caballero, 10 de julio de 2025. 93269/16/09/2025
DISOLUCION. Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL
La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno de Presidente Franco, de la Sexta Circunscripción Judicial, Alto Paraná, Abg. Aara Silva Figueredo, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos "JULIO CESAR GARAY y NATIVIDAD RAMÍREZ DE GARAY S/ Disolución de la Comunidad Conyugal" N.º 289 Año 2025, para que en término de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de los dispuesto en el Art. 55 de la ley 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. (Actuario Abog. Rodney E. González G.). Se hace SABER al destinatario, para tener certeza de que este documento es válido, que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, deberá utilizar el lector del Código QR, a fin de constatar su autenticidad. Presidente Franco, 21 de agosto de 2025. 93284- 3 al 17/09
DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, Abg. Gabriela Maricel Meaurio Samudio, de la Sexta Circunscripción Judicial - Alto Paraná cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos CARLOS RAMÓN AGUILAR y GLORIA ORTIZ VILLALBA , para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. Ciudad del Este, 2 de Setiem-
bre de 2025. Abg. Claudia Fabiola Jara Gallardo, Actuaria Judicial. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. 93297- 3 al 17/09
DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL y LABORAL DEL PRIMER TURNO DE SAN ESTANISLAO, Abog. LILIO FRANCO BOBADILLA RODRIGUEZ, en los autos caratulado: “FERMINA LEIVA CHAVEZ C/ HUGO CESAR FARIÑA S/ DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL”. N° 119, Año 2025. SEC. 2., cita y emplaza por quince veces a quienes tengan interés en reclamar derechos contra la comunidad conyugal formada por los esposos HUGO CESAR FARIÑA, con Cédula de Identidad N° 4.703.220; y FERMINA LEIVA CHAVEZ, con Cédula de Identidad N° 6.346.256, para que en el término de TREINTA DÍAS contados desde la última publicación del presente edicto, comparezcan ante éste Juzgado a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92, de Reforma Parcial del Código Civil. El juicio radica en la Secretaría N° 2 a mi cargo. Abg. FATIMA CAROL MONTIEL M.. Actuaria Judicial interina. SAN ESTANISLAO, 29 de Agosto de 2025. 93335/17/0972025
DISOLUCIÓN CONYUGAL . La Juez de Primera Instancia en lo Civil Comercial y Laboral del Primer Turno e interina del Juzgado de igual clase y jurisdicción del Tercer Turno de la ciudad de Caaguazú Abg. MARIA IGNACIA FRANCO DE OVELAR, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos DANIEL BRITEZ ECHAGUE y CALIXTA TADEA ZARZA NUÑEZ, para que en el término de 30 días comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92. El juicio radica en la Secretaria N° 06 a mi cargo. CAA-

MARTES 9 DE SETIEMBRE DE 2025
GUAZU, 18 de Agosto de 2025. Firmado digitalmente por: Cecilia Paola Sosa Ibarra(Actuaria). 93339/17/09/2025
DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA ACTUARIA JUDICIAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL DE SANTA ROSA DEL AGUARAY, ABG. CINTHIA ACEVEDO, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la Comunidad Ganancial conformada por los esposos "SOFIA SALINAS LIMEÑO Y JULIO RAMON ROMAN GONZALEZ S/DISOLUCIÓN Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL", Exp. N° 227, Folio 176, Año 2025, para que en el perentorio término de treinta días contados desde la publicación del presente edicto comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 del Código Civil. El juicio radica en la Secretaría a mi cargo. SANTA ROSA DEL AGUARAY, 2 de Setiembre de 2025. Cinthia Maricel Acevedo Mendez (Actuaria). 93413/18/09/2025
DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL TERCER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL GUAIRA, ABOG. HECTOR OSVALDO MARECOS B., en el Juicio caratulado: “ENILDA REJALA BURGOS C/ IGNACIO AGUSTIN JAVIER BATTISTELLI S/ DISOLUCION DE LA
COMUNUDAD CONYUGAL”, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la Sociedad Conyugal conformada por los esposos “ENILDA REJALA BURGOS e IGANCIO AGUSTIN JAVIER BATTISTELLI, para que en el perentorio término de treinta días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezca a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley Nº 1/92 que modifica el Código Civil Paraguayo. El juicio radica en la Secretaria N°. 05 a mi cargo. Ana Bell Gicelle Rivas Duarte(Actuaria) VILLARRICA, 2 de Setiembre de 2025. 93437/18/09/2025
DISOLUCION. Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Segundo Turno de Presidente Franco, de la Sexta Circunscripción Judicial, Alto Paraná, Abg. Cynthia Rossana Pineda Morel, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos JOSE ANDRES PRIBIZCHUK BARBOZA Y NIDIA MERCEDES LEZCANO LÓPEZ, para que, en término de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de los dispuesto en el Art. 55 de la ley 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. (Actuaría Norma Bodencer).


Se hace saber al destinatario, para tener certeza de que este documento es válido, que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, deberá utilizar el lector del Código QR, a n de constatar su autenticidad. Presidente Franco, 2 de Setiembre de 2025. 93414-5 al 19/09.
DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL COMERCIAL Y LABORAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REPÚBLICA, con sede en Maria AUXILIADORA, Abg R. Evelin Cabrera Paredes, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos formada contra los esposos MARIA LOURDES ELIZABETH AGUILAR CUENCA Y WALTER ALTAGRACIO MEDINA RIOS, para que en el término de 30 dias, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 212 del Código Civi: Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaria N 1 a mi cargo Abg. Elcira Mayde González Ojeda, Actuaria Judicial, MARIA AUXILIADORA, 22 de Agosto de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta CON el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 93544 - 21/09/2025
SE SOLICITA PERSONAL. FEMENINO PARA AREA DE MANTENIMIENTO. Lugar de trabajo: Luque. Requisitos: Conocimiento de electricidad básica y/o refrigeración, mayor de edad, buena dicción y trato agradable, disponibilidad de tiempo completo, con experiencia en el área y con autogestión. Enviar curriculum vitae con foto tipo camet al correo electrónico fabrica.rrhh.2024@ gmail.com 92865/24/09/2025
PUERTO HELADO SOLICITA. PERSONAL FEMENINO PARA REFUERZO DE TEMPORADA: Ref. 1: Atención al cliente. Ref.2: Producción. Mayor de edad, buena dicción y trato agradable, disponibilidad de tiempo completo, capacidad para trabajar en equipo Presentar curriculum vitae con foto tipo carnet y fotocopia de C.1. en calle Rosa Agustin González N°517 e/Boquerón y San Francisco, Cuarto Barrio - Luque, o remitir al correo electrónico puertoheladopy@gmail. com92865/24/09/2025
quince veces, a n de que la demanda CARMEN BENITEZ VERA, comparezca por si o por apoderado ante el Juzgado a tomar intervención en estos autos, expediente caratulado "IGNACIO CABRERA BENITEZ C/ CARMEN BENITEZ VERA S/ USUCAPION", bajo apercibimiento de que si así no lo hiciere se le designará como representante legal al Defensor de Ausentes e Incapaces de Mayores de Edad de Tumo de esta Circunscripción Judicial. El juicio radica en la secretaria Nro. 6 a mi cargo. Firmado digitalmente por: Nidia Beatriz Duarte Villalba (Actuaria). VILLARRICA, 2 de Setiembre de 2025. 93358/17/09/2025
EDICTO. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE AMAMBAY, Dr. JUAN MARCELINO GONZÁLEZ, por providencia de fecha 22 de Agosto de 2025, ordenó la anotación de la litis sobre el inmueble individualizado como Lote Nº 1 de la Manzana 9 de la Fracción Flor del Amambay del Distrito de Pedro Juan Caballero inscripta en la Dirección General de Registros Públicos con la Matricula N01/22705 desprendida de la Finca N° 5078, en los autos caratulados: "DERPAR S A (DESARROLLADORA RURAL PARAGUAYA S.A.) C/ GEORGINA FIGUEREDO DE MORA Y/O SEBASTIAN MENDOZA S/REIVINDICACIÓN", que radica en la Secretaria N° 2 a cargo de la Actuaria Judicial Abg. CAROLINA FRANCO VAZQUEZ.- PEDRO JUAN CABALLERO, 29 de Agosto de 2025 93398/06/09/2025
EDICTO. La Jueza 1˚ Inst. de María Auxiliadora, Abog Rósula Evelyn Cabrera, resolvió: Admitir la convocatoria de acreedores de CAYO CESAR CACERES MAYLIN, quien no es comerciante. Citar a acreedores en plazo de 30 días presenten títulos de sus créditos. Ordenar publicar edictos en diario La Nación, suspensión acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el convocatario, con excepción del Art. 26, Ley 154/69. Dar intervención al Ministerio Público y Sindicatura de Quiebras. Comunicar al Registro de Quiebras. Mirian Ortiz (Actuaria) 01/09/25. 93399- 4 al 8/09
tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.93401- 4 al 8/09
EDICTO. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE SAN PEDRO, ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO, en los autos caratulados “NESTOR RAMIREZ FERREIRA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES”, ha dictado el A.I. Nº 266 de fecha 22 de agosto del año 2025, en la cual ordena la publicación por cinco días, haciendo saber la ADMISION de esta convocatoria. El juicio radica en la Secretaría Nº 1 a cargo del Abg. Francisco Recalde. SAN PEDRO DE YCUAMANDYYU, 22 de Agosto de 2025.- Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.-93402- 4 al 8/09
al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes o cios. 10.- LIBRAR los o cios en la forma y a los efectos solicitados. - 11.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente. Notifíquese por cédula 12.- ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su ítem 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.- FDO: Abg. LIZA MARIA ALFONSO VERA (JUEZ).-93386 4 al 8/09
forme con el ítem 5, "conservación de documentos electrónicos", del protocolo de tramitación electrónica aprobado por ACORDADA N° 1108 del 31 de agosto de 2016 emanada de la Corte Suprema de Justicia. FERNANDO DE LA MORA, 3 de Setiembre de 2025. 93415 al 8/09
EDICTO. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL TERCER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL GUAIRA, ABG. HECTOR OSVALDO MARECOS B. cita y emplaza por
EDICTO. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,COMERCIAL, LABORAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE SAN PEDRO, ABOG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO, en los autos caratulados “MIRIAN MONTIEL GAVILAN S/CONVOCATORIA DE ACREEDORES”, ha dictado el A.I Nº 308 fecha 28 de agosto de 2025 en la cual ordena la publicación por cinco días, haciendo saber la ADMISION de esta convocatoria. El juicio radica en la Secretaría Nº 2 a cargo de la Abg.PATRICIA BENITEZ CABALLERO. SAN PEDRO DE YCUAMANDYYU, 28 de Agosto de 2025 Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para
EDICTO. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº1,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “CARLOS ALCIDES ORTIZ JARA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 357, de fecha 26 de Agosto de 2025, cuanto sigue: 1.- TÉNGASE por presentado al Sr. CARLOS ALCIDES ORTIZ JARA y por constituido su domicilio en el lugar señalado. Agréguense los documentos anexados al sistema de gestion de casos previa autenticación digital por el actuario.2.- ADMITIR la convocación de acreedores del Señor CARLOS ALCIDES ORTIZ JARA con Cédula de Identidad N° 4.029.655.- 3.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante. - 4.- CITAR a los acreedores de la convocatario para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten lotítulos justi cativos de sus respectivos créditos 5.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 (cinco) días. 6.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo para cuyo efecto se librarán los o cios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios. 7.- ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 8.- DAR intervención al Ministerio Público. 9.- COMUNICAR esta Resolución
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO DE LA CIUDAD DE FERNANDO DE LA MORA, ABG. MIRIAN FERREIRA RUIZ DIAZ, SECRETARIA N° 3 a cargo del ACTUARIO ABG. ALVARO BUENO en los autos caratulados: “ALEXIS DAVID CABALLERO FRANCO S/CONVOCATORIA DE ACREEDORES” Expte Exp Nº 595, Año: 2024, Que por A.I. N° 528 de fecha 02 de setiembre de 2025 ha resuelto: 1) ADMITIR la Convocatoria de acreedores del Sr. ALEXIS DAVID CABALLERO FRANCO. - 2) DESIGNAR a la Agente Síndico de Quiebras del Quinto Turno, ABOG. ELSA MARIA CAROLINA MONGES OGGERO, en el carácter de Agente Sindico interviniente. - 3) CITAR, a los acreedores del Sr. ALEXIS DAVID CABALLERO FRANCO para que en el plazo de treinta (30) días presenten los títulos justi cativos de sus respectivos créditos o a falta de ellos, una manifestación rmada con expresión del monto exacto del crédito, su origen o causa y el privilegio que pretendiesen tener. 4) DECLARAR que el convocatorio no es comerciante. - 5) COMUNICAR, esta resolución a la Dirección General de los Registros Públicos Sección Convocatoria y Quiebras y, para el efecto librar el correspondiente o cio. - 6) DAR, intervención al Ministerio Público. - 7) ORDENAR, la publicación de los correspondientes edictos en el Diario “LA NACIÓN”, haciendo saber la admisión de esta convocatoria, por el término de cinco (5) días. - 8) ORDENAR, la suspensión de todas las acciones promovidas en contra del convocatario, con excepción de aquellas que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real o los que correspondan a los trabajadores como consecuencia de contratos de carácter laboral. 9) SON, días de noti caciones en Secretaria los martes y jueves de cada semana conforme a lo preceptuado en el Art. 131 del Código Procesal Civil y 179 de la Ley Nº 154/69 de Quiebras. 10) COMUNICAR, a los Juzgados de igual Clase y Jurisdicción en lo Civil y Comercial, así como a los de Justicia Letrada la admisión de la presente convocatoria, para que hubiere lugar en derecho. – 11) REGISTRAR Y CONSERVAR en el gestor documental del Poder Judicial en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/22, con-
EDICTO. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Primer Turno e Interina del Segundo Turno Sria. Nº 3, Abg. Norma Mabel Fleitas Aquino, de la ciudad de San Pedro del Ycuamandyyú, ha resuelto por A.I. N° 126 de fecha 06 de Agosto de 2025, la publicación del juicio: JOSE ASUNCION CABALLERO TORRES S/CONVOCATORIA DE ACREEDORES, cuya parte resolutiva dispone: 1) ADMITIR la convocación de acreedores del Sr. JOSE ASUNCION CABALLERO TORRES, con C.I. Nº 4.274.575. 2) DESIGNAR como Agente Síndico al Abg. MARCIAL OTILIO PAREDES BASUALDO. 3) DETERMINAR que el convocatario no es comerciante. 4) CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 días presenten en secretaria de este Juzgado los títulos justi cativos de sus créditos.5) COMUNICAR al Registro General de Quiebras la admisión de esta convocatoria y para el efecto librar O cio al Registro Público, de conformidad al art. 183 inc. 1 de la Ley de quiebras. 6) DAR intervención al Ministerio Público. 7) ORDENAR la publicación de los edictos para hacer saber la admisión de esta convocatoria en el diario “LA NACION” de la Capital, por el plazo de 5 días. 8) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra del Sr. JOSE ASUNCION CABALLERO TORRES, con C.I. Nº 4.274.575, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia…”. San Pedro de Ycuamandyyu, 26 de agosto de 2025 Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme a la Acordada 1366/2019. Mercedes Margarita Ramirez Cubilla, Actuaria Judicial. 93421/08/09/2025
EDICTO. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno de esta Capital, a cargo de S. S. Alfredo Barrios Jara, por ante la Secretaría a cargo de Heriberto Lezcano M. en el expediente: "MARCIAL BOBADILLA GUILLEN Y OTRA
S/ PRIVACIÓN DE EFICACIA JURÍDICA ha dictado la S.D.N°.626 de fecha 1 de setiembre de 2025 cuya parte resolutiva copiada dice:"
RESUELVE: HACER LUGAR a la presente demanda de Privación de E -
cacia Jurídica promovida por MARCIAL BOBADILLA GUILLEN y Sueli Diaz de Bobadilla y en consecuencia, privar de e cacia al Certicado de Depósito de Ahorro en moneda extranjera, Serie BA N°. 4042 por cincuenta y cinco mil dólares americanos US$. 55.000 emitida por el Banco GNB Paraguay S.A. en fecha 6 de enero de 2025 con fecha de vencimiento el 10 de julio de 2026. DISPONER la publicación de esta resolución por el plazo de cinco (5) días en el diario LA NACION de esta Capital.- AUTORIZAR el pago transcurrido treinta días desde la publicación de la resolución, siempre que no se haya formalizado oposición por el detentador. ANOTAR, registrar y remitir copia a la Excma. Corte Suprema de Justicia. El expediente se tramita ante la Secretaría N°. 9 a cargo del Actuario judicial: Heriberto Lezcano M. Secretario. ASUNCION, 3 de Setiembre de 2025. Se hace saber al destinatario de este o cio que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual para tener certeza de que este documento es válido deberá utilizar el Lector del Código QR, siendo así innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada Nº 1366/2020 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia.93430 /08/09/2025
EDICTO. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRÁ (VILLARRICA), Abg. LIZA ALFONSO, en el juicio caratulado: “MIRTHA CLARA CONCEPCION ALLENDE BENITEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES”, ha dictado el A.I. N° 70 del 23 de febrero del 2024, que copiada en su parte resolutiva textualmente dice: “…1.-TÉNGASE por presentado a la Sra. MIRTHA CLARA CONCEPCION ALLENDE BENITEZ y por constituido su domicilio en el lugar señalado. Agréguense los documentos anexados al sistema de gestión de casos previa autenticación digital por la Sra. Actuaria. 2.-ADMITIR la convocación de acreedores de la Señora MIRTHA CLARA CONCEPCION ALLENDE BENITEZ con Cédula de Identidad N° 4.937.281.- 3.-DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante. 4.-CITAR a los acreedores de la convocataria MIRTHA CLARA CONCEPCION ALLENDE BENITEZ para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten los títulos justi cativos de sus respectivos créditos. 5.-ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 (cinco) días. 6.-ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los o cios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en
lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios. 7.-ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 8.-DAR intervención al Ministerio Público. 9.-COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes o cios. 10.-LIBRAR los o cios en la forma y a los efectos solicitados. 11.-DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente. Notifíquese por cédula. 12.-ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su ítem 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia. 13.-HÁGASE SABER A LAS PARTES: Que, en el marco de la transparencia institucional, TODOS LOS PROCESOS SE TRAMITAN EN FORMA ELECTRÓNICA. Ello exige que las presentaciones de parte deban ser realizadas por dicha vía, salvo aquellas que implican la primera intervención de la persona en el proceso o la de un nuevo Abogado apoderado o patrocinante, que se realizaran en formato papel. Seguidamente, será registrado el profesional en el sistema y las posteriores presentaciones deben ser realizadas vía electrónica. Adicionalmente, hágase saber a las partes que el acceso no es exclusivo para los profesionales, pudiendo las partes acceder al contenido de su expediente electrónico a través de su correo electrónico personal, gestionando el usuario y la contraseña de acceso respectiva en la o cina de Mesa de Entrada Jurisdiccional, sito en la planta baja de la Sede del Poder Judicial en Villarrica, o enviando un correo electrónico a asistencia@pj.gov.py para su trámite y aprobación, a los efectos de poder realizar el seguimiento personal de las actuaciones en el presente proceso (https://www.pj.gov.py/contenido/2152-elexpediente-judicial-electronico-es tuyo/2152). Los profesionales deberán denunciar domicilio electrónico de sus representado o patrocinados de conformidad al art. 4 del art. 4°, numeral 24 de la Ley N° 6822/2022, concordante con el art. 102 de la misma ley. Y así también se hace saber que, TODAS LAS RESOLUCIONES EN EL PROCESO CIVIL Y COMERCIAL SE NOTIFICAN POR VÍA ELECTRÓNICA a las partes que han tomado intervención en autos, a excepción del traslado de la demanda, comunicación a personas extrañas al proceso y las que expresamente señale el Juez, conforme al Art. 1° de la Acordada N° 1233/2018, con la expresión “en formato papel”, conforme reglamentación de las leyes mencionadas por medio de la Acordada N° 1638 del 04 de mayo de 2022, concordante con la Acordada N° 1107 del 31 de agosto de 2016 y de la Acordada N.º 1.661/2022 emanadas de la Excma. Corte Suprema de Justicia. .”. FIRMADO ABG. LIZA ALFONSO (JUEZ). Hay un código QR. Por providencia de esta misma fecha se ha dispuesto el cambio de diario publi-
cante al periódico “LA NACION”. El juicio se tramita ante la Sec. N° 2, Actuaria Teresita Ortellado. VILLARRICA, 1 de Setiembre de 2025 93411/09/09/2025
EDICTO. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRA, Abg. LIZA MARIA ALFONSO VERA, Secretaría Nº 1, a cargo del Actuario Judicial, Abg. CESAR RIGOBERTO BATTAGLIA MERELES, ha dictado el A.I. N° 359 De fecha, 27 de Agosto de 2025, que copiada en su parte resolutiva textualmente dice: 2.ADMITIR la convocación de acreedores de la Señora GLORIA MERCEDES GABAGLIO con Cédula de Identidad N° 1.270.069.-DEJAR establecido que la convocatoria no es comerciante. 4.- CITAR a los acreedores de la convocatoria para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten los títulos justi cativos de sus respectivos créditos. 5.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario "LA NACION", por el término de 5 (cinco) días 6.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocatoria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los o cios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios. 7.-ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley 8.- DAR intervención al Ministerio Público. 9.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes o cios 10.-LIBRAR los o cios en la forma y a los efectos solicitados. -11.- DESIGNAR al Sindico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente. Notifíquese por cédula. 12.- ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su item 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.- ABG. LIZA MARIA ALFONSO VERA (JUEZ). Ante mí: ABG. CESAR RIGOBERTO BATTAGLIA MERELES. (ACTUARIO JUDICIAL). VILLARRICA, 3 de Setiembre de 2025.9344009/09/2025
EDICTO. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRA, Abg. LIZA MARIA ALFONSO VERA, SecretarÍa N° 1, a cargo del Actuario Judicial, Abg. CESAR RIGOBERTO BATTAGLIA MERELES., ha dictado el A.I N° 360 de fecha 27 de agosto de 2.025, que copiada en su parte resolutiva textualmente dice: 2.ADMITIR la convocación de acree-
dores del Señor EDGAR FABRICIANO CABALLERO AMARILLA con Cédula de Identidad N°3264384. DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante - 4- CITAR a los acreedores de la convocatoria para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten los títulos justi cativos de sus respectivos créditos 5.ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario "LA NACION", por el término de 5 (cinco) días 6.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocatoria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los ocios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios. 7.-ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley 8.- DAR intervención al Ministerio Público 9. COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes ocios. 10.- LIBRAR los o cios en la forma y a los efectos solicitados. -11.DESIGNAR al Sindico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente Notifíquese por cédula. 12.- ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada Nº 1108 en su item 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.-. ABG. LIZA MARIA ALFONSO VERA (JUEZ). Ante mi: ABG. CESAR RIGOBERTO BATTAGLIA MERELES. (ACTUARIO JUDICIAL). VILLARRICA, 3 de Setiembre de 2025. 9344109/09/2025
EDICTO. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Primer Turno de la Circunscripción Judicial de San Pedro, Norma Mabel Fleitas, que en los autos: "ANDRESA MAURA VALIENTE GONZÁLEZ C/ MARCIA GIMÉNEZ DE ORREGO, AMELIA BLANCO DE YEGROS Y OCTAVIO GONZÁLEZ Y OTROS S/ REIVINDICACIÓN" ha dictado el A.I. N° 98 de fecha 29 de mayo de 2025, que copiada en la parte resolutiva dispone: 1. HACER LUGAR, a la Medida Cautelar de Urgencia solicitada por la accionante, señora ANDRESA MAURA VALIENTE GONZALEZ, conforme al exordio de la presente resolución.- 2. DECRETAR la MEDIDA CAUTELAR DE PROHIBICIÓN DE INNOVAR sobre los inmuebles individualizados como: FINCA N° 654, Fracción "A" Cta. Cte. Catastral N° 18- 0051-13 del Distrito de San Pedro del Ycuamandyyú, inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos bajo el N° 3 y al folio 8 y sgtes de fecha 9 de julio de 2010. Y la FINCA N° 654 Fracción "B" Cta. Cte. Catastral N° 18-0051-10
del Distrito de San Pedro del Ycuamandyyú, inscripto en la Dirección General de los Registros Publicos bajo el N° 1 y al folio 1 y sgtes de fecha 6 de julio del 2011, conforme los fundamentos expuestos en el exordio de la presente resolución.- 3. ESTABLECER, como Contracautela el embargo preventivo del bien automotor individualizado como Marca Toyota, Modelo Allion/2006, Tipo Automóvil, Color Gris, Matricula N° AABP122, Chasis N° NZT2405043034, inscripto a nombre de ANDRESA MAURA VALIENTE GONZALEZ con cedula de identidad N° 3.557.619, hasta cubrir la suma de guaranies Treinta millones (Gs. 30.000.000), a los efectos de responder por los daños y perjuicios que pudiere ocasionar la medida cautelar solicitada, en caso haberlo peticionado sin derecho alguno, en consecuencia, trábese embargo preventivo sobre el citado vehículo automotor, conforme al exordio de la presente resolución.4. LIBRAR los o cios pertinentes.-5. NOTIFICAR, por cédula en soporte papel.- 6. REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del articulo 66 de la Ley N°6822/2021, conforme con el item 5, "Conservación de documentos electrónicos", del Protocolo de ramitación Electrónica, aprobado por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte.- Y el A.I. N° 112 de fecha 05 de junio de 2025, que copiada en la parte resolutiva dispone: 1- ACLARAR, el A.I N° 98 de fecha 29 de mayo del 2.025, dictada en autos; por un error material involuntario al no mencionar decretar las MEDIDAS CAUTELARES DE ANOTACION DE LA LITIS sobre los inmuebles individualizados como: FINCA N° 654, Fracción "A" Cta. Cte. Catastral N° 18-0051-13 del Distrito de San Pedro del Y cuamandyyú, inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos bajo el N° 3 y el folio 8 y sgtes de fecha 9 de julio de 2010. Y la FINCA N° 654 Fracción "B" Cta. Cte. Catastral N° 18-0051-10 del Distrito de San Pedro del Ycuamandyyú, inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos bajo el N° 1 y al folio I y sgtes de fecha 6 de julio del 2011, de conformidad a lo expuesto en el considerando de la presente resolución. 2. LIBRAR el o cio correspondiente. 3. NOTIFÍQUESE por cédula formato papel. 4. REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del articulo 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5. "Conservación de documentos electrónicos", del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte. El juicio radica en la Secretaria N° 1, a cargo del Actuario Abg. Francisco Luis Recalde. SAN PEDRO DE YCUAMANDY YU, 3 de Setiembre de 2025 93473/09/09/2025
EDICTO. ESCISIÓN. EL MEJOR S.R.L., con RUC N° 80011003-0 con un capital social de Gs.
MARTES 9 DE SETIEMBRE DE 2025
20.500.000.000, ha resuelto escindirse, y destinar parte de su patrimonio a la constitución de una nueva sociedad a ser denominada GESTION DE ACTIVOS FIJOS S.A. con un capital social de Gs. 10.000.000.000.; todo ello conforme a lo resuelto en la reunión de socios celebrada en fecha 01 de setiembre de 2025. El balance de escisión estará disponible a los socios y acreedores en el domicilio social sito en Sucre Nº 1620 casi San Martín de la ciudad de Asunción. Se deja constancia que el silencio respecto de esta operación de quienes tengan interés legítimo en ella, será considerado como conformidad con la misma.93410-12/09/2025
EDICTO DE CONVOCATORIA DE ACREEDORES. SE HACE SABER, que por A.I.N°762 de fecha 01 de septiembre de 2025, y en su punto 4, LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL y LABORAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REPUBLICA, SEDE MARIA AUXILIADORA, Abg. R. EVELIN CABRERA PAREDES, ha resuelto ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario LA NACION de la capital por el término de cinco (5) días, en los autos caratulados: “GUSTAVO PEREIRA BRIZUELA S/CONVOCATORIA DE ACREEDORES” AÑO: 2025, Nº256, MARIA AUXILIADORA, 3 de Setiembre de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. Firmado digitalmente por: Elcira Hayde González Ojeda (Actuaria). 93537 – 13/09/2025.
MODIFICACIÓN DE ESTATU-
TOS SOCIALES. la rma SHOPPING CENTER AMERICANA
S.A., RUC Nº 80005325-7, Esc. Pública Nº 56, pasada ante la Esc. Pub. Gladys Ofelia Esquivel de Cocco, en fecha 10/07/2025. Modicación Total del Estatuto Social a los efectos de adecuar y actualizar a las disposiciones legales vigentes. La Sociedad fue inscripta en la D.G.R.P., Pers. Jurid. y Asoc., Matrícula Jurídica Nº 23292, Serie Comercial, Inscripto bajo el Nº 02, Folio 10 y sgtes.; en fecha 13/08/2025. 935359 al 11/09
MODIFICACIÓN DE ESTATUTO
SOCIAL DE LA FIRMA “IMPORTADORA SAN LUIS S.R.L.” Modicado por Escritura Pública Nº 322 del 17 de mayo de 2024, Registro Nº 454 a cargo de la Esc. Pública Mirtha Raquel Sosa Romero, inscripta en la Dirección Gral. de los Registros Públicos Sección Personas Jurídicas y Comercio, Matrícula Jurídica Nº
18648 Serie Comercial, Inscripta bajo el Nº 2 folio 16 de fecha 01/08/25 reingreso 20/08/2025. Modi cación de los Artículos Cuarto, Séptimo y Décimo Octavo del Estatuto Social. 93559 -11/09/2025.
MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS SOCIALES POR AUMENTO DE CAPITAL DE LA FIRMA NAIN S.R.L.“Por Esc. Pública Nº 115 del 16/07/2025, Domicilio: Avenida Camilo Recalde casi Regimiento Sauce – Ciudad del Este; autorizada por la Esc. Amancay Varela de Zayas con Registro N° 376, inscripta en la D.G.R.P, Registro de Personas Jurídicas y Comercio según Matricula Jurídica N° 39.255, Serie Comercial, bajo el Nº 3, Folio 21, en fecha 11/08/2025; con Dictamen de Abogacía del Tesoro N° 115.743, se procedió a la Modi cación de Estatutos Sociales por aumento de Capital de la rma NAIN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, RUC N° 80128155-5. Capital Social: 1.000.000.000 Gs. 93505 -11/09/2025
AUMENTO DE CAPITAL Y MODIFICACIÓN. de la cláusula sexta de los Estatutos Sociales de la rma INNOVA TECNOLOGIA MEDICA S.R.L., Por Esc. Pub. N° 288 del 25/07/2025, ante el N.P Abraao Jubilo Silva Monteiro. Cláusula sexta: El capital social queda establecido en la suma de Guaraníes ochocientos veinte millones (Gs.820.000.000), dividida en Ciento sesenta y cuatro (164) Cuotas de Guaraníes Cinco Millones (Gs. 5.000.000) cada una, suscriptas por los socios. Firma: Andreos Coronel, Paulo Macitelli Bastos, Liz Rocío Melgarejo Rojas. Inscripto en la D.G.R.P Secc. Personas Jurídicas y Comercio Inscripto Bajo el N° 4. Folio 31-39 de fecha 18/08/2025. 93506- 9 al 11/09
MODIFICACIÓN DE ESTATUTO SOCIAL. Por Escritura Pública Nº 30, de fecha 04/07/2025, pasada ante la N.P. Lizzie F. Apodaca C., se formaliza venta de cuotas sociales y se modi ca el estatuto social de la rma SUDAMERICANAEXPRESS S.R.L. en su ART. 5º. Las demás cláusulas del Contrato Social permanecen sin modi caciones". Insc. en la D.G.R.P. Sección P.J. y C. Mat. J. Nº 46.701, Serie: Comercial, bajo Nº 1, Folio 1-10, el 06/08/2025; R: 22/08/2025. 93509- 9 al 11/09
INSCRIPCIÓN DE CESIÓN DE CUOTAS Y MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO SOCIAL. de la rma GRUPO ADICO S.R.L. Por Escritura Nº 159 de fecha 29 /04/2025 ante el Notario y Esc. Público, Luis Alberto Insfran Baumann titular del registro N° 218 donde se procedió a la cesión de las cuotas sociales y la modi cación del Artículo Tercero del Estatuto Social; inscripta en la Dirección General de los Registros Públicos, Sección Personas Jurídicas y Comercio, Matrícula Jurídica N°591 Serie: Comercial, bajo el N°3 Folio 29 con fecha de ingreso 22.07.2025 y con fecha de reingreso 07.08.2025.