Tras recorte de más de $10 mil millones: gobernador convocó a los 30 alcaldes para presentar la realidad presupuestaria del GORE
Videoatención del IPS: Conozca los Trámites más Solicitados 6
Programa de Emergencia de Empleo genera trabajo con enfoque ambiental en 142 comunas del país
DEPORTES LINARES SE EMPINÓ
LA PUNTA DE LA SEGUNDA
TRIUNFO
Carabineros realizó exitoso rescate de tres personas extraviadas en la cordillera de San Clemente
Durante este fin de semana, los Carabineros de la Tenencia La Mina (F), recepcionaron una alerta, por parte de un ciudadano argentino quien encontrándose en su país origen este sábado, quien mencionó que en horas de la mañana, perdió contacto con 3 hombres adultos de nacionalidad argentina, quienes se movilizaban en un vehículo de esa misma nacionalidad. Ante tal situación, Carabine-
R EM A T E
ros de la Tenencia “La Mina” tras lo sucedido, efectuaron diferentes gestiones en el marco de encontar a las personas extraviadas; cabe mencionar, que ingresaron en horas de la mañana, sin obedecer las restricciones del cierre de la Ruta internacional, dispuesta por la Delegación Presidencial del Maule, en este sentido y siguiendo su camino y al llegar a las cercanías del Km.138 fueron atrapados por un gran temporal de nieve, por muchas horas en el lugar, sin tener alternativas para salir.
En causa Rol Número C-748-2022; caratulada, “BANCO DEL ESTADO DE CHILE con MOLINA PARADA YOVANA DE LOURDES”, seguida ante el Primer Juzgado de Letras de Linares, ubicado en calle Sotomayor 461, primer piso, Linares, se ordenó subastar, Lote A, proveniente de la subdivisión del inmueble denominado sitio N°2, que se encuentra ubicado en Las Cruces, comuna de Yerbas Buenas, provincia de Linares, cuya superficie aproximada es de 1,000 metros cuadrados. El inmueble singularizado, se encuentra inscrito a fojas 3371 vuelta, No 5880, del Registro de Propiedad del año 2017 del Conservador de Bienes Raíces de Linares. Los deslindes de la propiedad a subastarse, son los siguientes: NORESTE, en 30,1 metros con resto propiedad; SURESTE, en 31,4 metros con sitio 3 de Hector Molina Parada; SUROESTE; en 35,5 metros con camino público de Linares a Yerbas Buenas; NOROESTE, en 34 metros con resto de la propiedad del vendedor. Rol de Avalúo No180-201, de la comuna de Yerbas Buenas. Fecha Remate: 04 de junio de 2025 a las 10:00 horas. Mínimo: $6.441.281. Para participar en remate, todo postor interesado deber rendir la garantía por un valor de $644.128, equivalente al 10% del mínimo para las posturas, para participar en la subasta mediante vale vista tomado en el Banco Estado a la orden del Tribunal tomado en el Banco del Estado de Chile. La garantía será devuelta a aquellos postores que no se adjudiquen el bien en la forma y plazo que el tribunal determine al tiempo de la subasta. La entrega del vale vista a la orden del Tribunal, atendida su naturaleza, deberá efectuarse en forma personal y presencial.
Demás antecedentes en expediente indicado.
SECRETARIA
Por su parte, los funcionarios policiales, paralelamente realizaban diferentes estrategias para encontrarlos; hasta que logran detectar el punto en el que estarían, concurriendo rápidamente y con la cooperación en todo momento de personal de vialidad del área, indagando por los alrededores para dar con las personas, además de efectuar maniobras de despeje de nieve entre otras acciones.
Finalmente, los 3 hombres fueron encontrados en las horas de la noche de este sábado, en buen estado de salud, a la altura del Km.138.
Los ciudadanos argentinos agradecieron la labor desarrollada por cada uno de los entes participantes en la búsqueda.
El Jefe de la Tenencia La Mina, Teniente Patricio Rodríguez mencionó la importancia de comprender cuando los pasos no están habilitados, ya que son decisiones que son decididas en el marco de brindar seguridad y resguardo a la ciudadanía “cuando un paso cordillerano no está habilitado por condiciones climáticas, la precaución principal es no viajar. Si el paso está cerrado, es porque las condiciones (nieve, hielo, fuertes vientos, etc.) son peligrosas para la conducción; por ello se debe considerar la posibilidad de retrasar si viaje o buscar una ruta alternativa que no requiera cruzar la cordillera. Para concluir destacó que es fundamental siempre, priorizar la seguridad, no ignorar las advertencias, buscar rutas alternativas, monitorear el estado de las rutas antes de salir, no detenerse en zonas peligrosas, conducir con precaución y,comunicarse con emergencias en caso que sea necesario” aseveró el Teniente Patricio Rodríguez.
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OSCAR CASTRO ARELLANO
COLUMNISTA
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Deportes Linares se empinó en la punta de la Segunda División con el triunfo frente a Trasandino
Los albirrojos de la Villa Sam Ambrosio llegaron a los 18 puntos y empatan en la tabla con Puerto Montt, su próximo rival el domingo 08 de junio.
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Más de 1500 linarenses se reunieron el pasado sábado en el Estadio Tucapel Bustamante Lastra, para apoyar a Deportes Linares en su encuentro frente a Trasandino de Los Andes por la fecha 10 del campeonato de la Segunda División del Fútbol Profesional, que tuvo como resultado un triunfo por 3 a 2 para los albirrojos maulinos.
Había llovido mucho y el frío era intenso, pero todo se olvidó en los primeros 10 minutos del encuentro, fue Benjamin Droguett quien abrió el marcador para Deportes Linares. Pero el empate llegó muy rápido, gracias a una excelente jugada de Carlos Navarrete en el minuto 20, que dejó el marcador parcial 1 a 1.
Un revitalizado Deportes Linares abrió el marcador en el minuto 4 del segundo tiempo, gracias al Argentino Cristián Duma, quien dejó el marcador 2 a 1 para los albirrojos, mediante lanzamiento penal y fue Javier Quiñones quien convirtió el empate a 2 para Trasandino en el minuto 12.
Y en los descuentos llegaron los abrazos y las celebraciones albirrojas, con luces de celulares incluidas, gracias al gol de Cristián Duma, quien decretó el 3 a 2 para Deportes Linares, lo que deja a los maulinos en la punta de la tabla de posiciones con 18 puntos, junto a Puerto Montt.
En la banca del ¨Depo¨sigue el ayudante técnico albirrojo Jorge Carrasco, por el permiso que solicitó el DT Rodrigo Meléndez, “hay que darle vuelta a la página y pensar que se puede hacer una buena temporada, seguiremos trabajando día a día, porque soñamos con estar siempre n los puestos de avanzada. Estamos trabajando en base a resultados y queremos seguir así”, dijo Carrasco.
El ayudante técnico agregó, “ojalá que siempre nos acompañe mucha gente, porque todo eso se traspasa a los jugadores, nosotros hemos sentido que la ciudad de Linares ama al depo y el club es de la gente, nosotros queremos que la gente siempre este cerca de nosotros, porque el fútbol es de apoyo y de emociones”.
“Fue un partido duro y complicado, pero estamos felices y contentos y este es el premio al esfuerzo que se viene haciendo, y por eso le pido al hincha que siga creyendo, porque estamos para grandes cosas, tenemos una ilusión enorme, que sigan apoyando, porque queremos ir por lo más grande”, agregó David “Tati” Díaz, Jugador de Deportes Linares.
Los hinchas siguen a cargo de la administración
Y tal como se ha dado a conocer, la corporación de Deportes Linares es la que sigue a cargo de
la parte administrativa, a la espera de que esta semana vuelva Jaime Valdés, Presidente de la SADP, quien indicó qie llegaría con recursos después de los primeros 3 meses.
“Gracias Mariela Vasquez y a la corporación , para que el Depo siga vivo, ellos son los que han hecho el esfuerzo y ojala que sigamos muy bien, y vamos depo”, indicó Tomás Rojas, hincha de Deportes Linares.
“Estamos muy conforme con el desempeño de los
jugadores esta temporada. Los jugadores saben que Deportes Linares puede ser una buena vitrina para lo que se viene el 2026. Pese al frío posterior a la lluvia, hubo un buen marco de público. Pero invitamos a que cuando juegue nuevamente de local, podamos repletar el Tuca”, concluyó Evelyn Balladares, hincha de Deportes Linares.
Matilde Carrasco Escudero, Periodista Universidad de Concepción
EXTRACTO NOTIFICACIÓN
En causa seguida ante el 1° Juzgado de Letras de Linares, ubicado en Sotomayor Nº 461, primer piso, en autos, Banco del Estado de Chile con Allendes Becerra Roberto Antonio, Rol Nº 11332021, Cobro de Pagaré, se ordenó notificar por aviso la demanda de autos mediante extracto, conforme siguientes antecedentes: Demanda de folio 1. EN LO PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y embargo. PRIMER
OTROSÍ: Acompaña documentos bajo apercibimiento legal y solicita custodia.
SEGUNDO
OTROSÍ: Señala bienes para la traba del embargo y designa depositario.
TERCER OTROSÍ: Se tenga presente. CUARTO
OTROSÍ: Solicitud que indica. QUINTO OTROSÍ: Patrocinio y poder. S. J. L. Civil MAXIMILIANO JOSE SANCHEZ DERIO, RUT N° 13.233.3823, Abogado, mandatario judicial en representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del Estado, según se acredita con escritura pública de mandato judicial de fecha 19 de noviembre de 2020, otorgada ante el Notario Público de Santiago don Alvaro González Salinas, que acompaño en un otrosi de esta presentación, domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins Nº 1111, piso 8º, Comuna de Santiago, a US respestuosamente digo: Mi representado, el Banco del Estado de Chile, es dueño del pagaré N° 166401415, que se acompaña en el primer otrosí de esta demanda, que fue suscrito el día 04 de septiembre 2020, y autorizada su firma en la 38ª Notaria de Santiago,
por Cristian Mohor Tapia, factor de comercio, en representación, de don(ña) ROBERTO ANTONIO ALLENDES BECERRA, ignoro profesión u oficio, con domicilio en CIUDAD DEL POETA 994, LINARES, y/o PASAJE EL EMBOQUE 850, LINARES. El pagaré fue suscrito por la suma de 0,677740 Unidades de Fomento, por concepto de capital, con una tasa de interés del 0% anual durante el periodo comprendido entre la fecha de suscripción de documento y el 01 de noviembre de 2020, fecha última en que vencerá y se capitalizarán los intereses devengados, conformando así el nuevo capital. A contar de ésta última fecha pagará intereses del 0,00% anual. El nuevo capital con sus intereses, el deudor se obligó a pagar en 212 cuotas mensuales, y sucesivas de 0,003196 Unidades de Fomento las 211 primeras cuotas y de 0,003196 Unidades de Fomento la última, venciendo las cuotas los días 01 de cada mes, la primera de ellas el día 01 de diciembre de 2020, y la última el día 01 de julio de 2038. Se estableció en el pagaré que en caso de mora o simple retardo en el pago de cualesquiera de las cuotas pactadas, el deudor está obligado a pagar, desde el incumplimiento, intereses penales equivalentes al máximo convencional según las tasas que rijan durante el retardo, sin perjuicio de los demás derechos del acreedor, quedando facultado el Banco del Estado de Chile para hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido en el caso de no pago de cualquiera de las cuotas en que se dividió la obligación. Es
del caso señalar que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento al día 12 de abril de 2021, inclusive, y todas las posteriores, por tanto el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de 0,665926.Unidades de Fomento, equivalentes al día 05 de noviembre de 2021 a la suma de $20.270.-, más las costas de esta causa. Como consta del pagaré que se acompaña, la obligación es indivisible, el suscriptor relevó al portador de los documentos de la obligación de protesto y, la firma de éste se encuentra autorizada por Notario. La obligación es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita. POR TANTO, de acuerdo a lo expuesto, documentos acompañados, y a lo dispuesto en el artículo 98 y siguientes de la ley 18.092, artículos 254, 434 N° 4 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y demás normas pertinentes. A SS. PIDO: tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de don(ña) ROBERTO ANTONIO ALLENDES BECERRA, ya individualizado, admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma 0,665926.- Unidades de Fomento, equivalentes al día 05 de noviembre de 2021 a la suma de $20.270.- más costas, requerir de pago al deudor, y disponer se siga adelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. PRIMER OTROSÍ: Solicito a S.S. tener por acompaña -
dos, los siguientes documentos: 1.- El pagaré individualizado en lo principal de esta presentación, respecto del cual solicito su custodia, bajo apercibimiento del artículo 346 N° 3 del Código de Procedimiento Civil. 2.- Contrato de repactación de dividendos, donde consta el mandato otorgado por el demandado para la suscripción del pagaré, bajo apercibimiento del artículo 346 N° 3 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO OTROSÍ: Solicito a S.S. tener presente que señalo para la traba del embargo todos los bienes del ejecutado, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, y todos los que puedan aparecer en el futuro, los que permanecerán en su poder en calidad de depositarios provisionales, bajo su responsabilidad civil y penal. TERCER OTROSÍ: Sírvase SS. tener presente que mi personería para actuar en representación del Banco del Estado de Chile, consta en escritura pública de fecha 19 de noviembre de 2020 otorgada en la Notaría de Santiago de don(ña) Alvaro D. González Salinas, cuya copia con firma electrónica avanzada se acompaña a esta demanda, con citación. CUARTO OTROSÍ: Ruego a SS., en mérito a lo contemplado en el inciso final del artículo 69 del Auto Acordado N° 71-2016 que regula el funcionamiento de tribunales que tramitan electrónicamente, se sirva autorizar en la tramitación de estos autos, la notificación personal subsidiaria desde ya, sin necesidad de resolución ulterior, y tan pronto se certifiquen búsquedas por el ministro de fe respectivo.
QUINTO OTROSÍ: Solicito a S.S. tener presente que designo abogado patrocinante y que confiero poder en esta causa, al abogado habilitado para el ejercicio de la profesión WALTER MORALES CERONI, patente municipal al día de la I. Municipalidad de Parral, domiciliado para estos efectos en calle Dieciocho 900, Parral, quien firma en señal de aceptación. Resolución de folio 4. Linares, veinticinco de Noviembre de dos mil veintiuno Proveyendo escrito ingresado a folio 3, se resuelve: A LO PRINCIPAL: téngase por renunciado a causal de recusación. AL OTROSÍ: téngase por acompañado el título. Custódiese el documento bajo el número 695-2021. Proveyendo la demanda ingresada a folio 1, se resuelve: A LO PRINCIPAL: téngase por interpuesta demanda ejecutiva. Despáchese mandamiento de ejecución y embargo. AL PRIMER OTROSÍ: téngase por acompañado el documento, bajo el apercibimiento del artículo 346 N°3 del Código de Procedimiento Civil. Custódiese. AL SEGUNDO OTROSÍ: téngase presente y se designa depositario provisional al propio ejecutado, bajo su responsabilidad legal. AL TERCER OTROSÍ: téngase presente y por acompañada personería, con citación. AL CUARTO OTROSÍ: como se pide, previas búsquedas positivas por parte del ministro de fe y bajo su responsabilidad. AL QUINTO OTROSÍ: téngase presente Cuantía de 0,665926.Unidades de Fomento, equivalentes al día 05 de noviembre de 2021 a la suma de $20.270.Proveyó, don ALEJANDRO
ANTONIO SUMONTE VERDEJO, Juez Titular. En Linares, a veinticinco de Noviembre de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. MANDAMIENTO de folio 1 del cuaderno de apremio. Requiérase por un Ministro de Fe a don ROBERTO ANTONIO ALLENDES BECERRA, para que en el acto de su requerimiento pague a BANCO DE ESTADO DE CHILE, o a quien sus derechos represente la suma de 0,665926.- U.F equivalente en pesos al día 05 de noviembre de 2021, por la suma de $20.270., más intereses y costas. Si no pagare en el acto de su requerimiento, trábese embargo en bienes suficientes del deudor y que el Ministro de Fe encargado de la diligencia determine, procediéndose en lo demás con arreglo a la Ley. Se ha designado depositario provisional al propio ejecutado, en su
calidad de deudor, bajo su responsabilidad civil y penal. Así está ordenado en los autos precedentemente individualizados de este Tribunal. Linares, 25 de noviembre de 2021. ALEJANDRO ANTONIO SUMONTE VERDEJO Juez Titular. Solicitud de folio 46.
Notificación por avisos.S. J. L. Civil de Linares (1°).- WALTER MORALES CERONI, Abogado, por el ejecutante en los autos sobre juicio ejecutivo, caratulado “BANCO DEL ESTADO DE CHILE con ALLENDES BECERRA ROBERTO ANTONIO”, Rol 1133-2021, a US., respetuosamente digo: Según consta de las diligencias consignadas en autos, por el Sr. Receptor, y la respuesta de las Instituciones a las cuales se solicitó oficiar, el demandado don Roberto Antonio Allendes Becerra en su calidad de deudor principal, no ha podido ser notificada, por
no habérsele encontrado en los domicilios indicados en la demanda, ni ha sido posible saber su paradero, pese a las averiguaciones practicadas.En consecuencia, procede notificarle la demanda, su resolución, el mandamiento, se le requiera de pago, y para este efecto se socita que que requiera de pago al decimo dia hábil de la publicación del diario oficial en en hall del Tribunal a las 10:00 horas, esta solicitud y sus proveídos mediante avisos en los diarios, pues el demandado se encuentra, o se ha colocado, en el caso de una persona cuya residencia es difícil de determinar.- Como la notificación en la forma solicitada es excesivamente dispendiosa, si se insertan, en la publicación, íntegramente, las actuaciones mencionadas, solicito que los avisos se hagan en extracto redactado por la Sra. Secretaria del Tribunal.- POR TANTO, Y de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, RUEGO A US.: Acceder a lo solicitado y ordenar notificar las piezas indicadas al demandado don Roberto Antonio Allendes Becerra en su calidad de deudor principal, por medio de avisos extractados por la Sra. Secretaria, señalando -al efecto- el diario en que deberán hacerse las publicaciones, y el número de ellas, sin perjuicio de la correspondiente en el Diario Oficial. Resolución de folio 47. Linares, ocho de Marzo de dos mil veintitrés Como se pide, notifíquese y requiérase de pago al ejecutado don Roberto Antonio Allendes Becerra, rut 10.519.233-9, en su calidad de deudor principal de la demanda ejecutiva de folio 1, de su resolución de folio 4, mandamiento de ejecución y embargo del cuaderno apremio, solicitud de no -
tificación por aviso de folio 46 y de la presente resolución, mediante avisos extractados, en un diario de circulación local, por tres veces y en el Diario Oficial por una vez los días 1º o 15 de cualquier mes o el día siguiente, el requerimiento de pago al ejecutado ya individualizado se realizara en las dependencias de este Tribunal al décimo día hábil siguiente a la última publicación a las 09:00 horas. Sera de cargo de la parte ejecutante acompañar las respectivas publicaciones con a lo menos 5 días de antelación a la fecha del requerimiento de pago y coordinar su realización con la ministro de fe dentro del mismo plazo ya señalado. Proveyó don ALEJANDRO SUMONTE VERDEJO, Juez Titular.- En Linares, a ocho de Marzo de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario, la resolución precedente.
Tras recorte de más de $10 mil millones: gobernador convocó a los 30 alcaldes para
presentar
la realidad presupuestaria del GORE
TALCA.- Con el objetivo de transparentar el estado actual del presupuesto del Fondo Nacional de Desarrollo Regional 2025, y reforzar el trabajo conjunto con los municipios, el gobernador regional del Maule, Pedro Pablo Álvarez-Salamanca, encabezó una importante reunión con los alcaldes de las 30 comunas de la región, sus respectivos secretarios comunales de planificación (SECPLAN) y los consejeros regionales.
Durante el encuentro, se expuso en detalle la situación presupuestaria del Gobierno Regional del Maule, que inició el año con $119 mil millones aprobados por la Ley de Presupuestos 2025, sin embargo, tras los últimos recortes, actualmente no
supera los $103 mil millones.
“Me quedo con una muy buena impresión, donde contamos con la presencia de casi todos los alcaldes con una excelente disposición. Hemos dicho que la situación presupuestaria es compleja, no solo a nivel regional, sino también a nivel país. Las bajas en la recaudación nacional y los recortes de presupuesto desde el nivel central, que ya superan los 10 mil millones de pesos, son inaceptables y afectan directamente la inversión en las comunas”, valoró la máxima autoridad de la región respecto a la alta convocatoria y el compromiso demostrado por los jefes comunales.
En ese sentido, el gobernador fue enfático en señalar que el
Gobierno Regional no aceptará nuevas rebajas presupuestarias, ya que impactan negativamente en la comunidad y en los planes de desarrollo de los municipios. “No vamos a aguantar ningún tipo de rebaja presupuestaria más, porque eso va en desmedro de nuestros alcaldes y de nuestros habitantes de la Región del Maule”, recalcó.
El gobernador regional reiteró su compromiso con la gestión territorial y aseguró que se están explorando todos los mecanismos posibles para permitir que los municipios puedan seguir desarrollando proyectos que impacten positivamente en la calidad de vida de los maulinos.
Por su parte, el alcalde de Río
Claro y presidente de la Asociación de Municipalidades Rurales y Urbanas, Américo Guajardo, indicó que “estas mesas de diálogo sirven para poder conocer la realidad del Gobierno Regional, los municipios y resolver, que es lo importante. La intención es ajustarnos por parte de los al-
caldes y también por nuestro gobernador. Llegamos con nuestras propuestas, fueron acordadas, escuchadas y bien atendidas. Dado que los acuerdos ya están establecidos. Y en eso también vamos a colaborar nosotros como municipio para poder sacar hoy día las inversiones adelante”.
Videoatención del IPS: Conozca los Trámites más Solicitados
** Muchas son las personas que, en nuestra región y el país, disfrutan ya de los beneficios de la videoatención del IPS ChileAtiende. Una invitación a conocer, sumarse y utilizarlos, realizaron la Seremi del Trabajo y el Director Regional (s) del IPS Maule.
Cada día son más las personas que utilizan el sistema de videoatención del Instituto de Previsión Social IPS para acceder a algún servicio del Estado. A Conocerlo, sumarse y utilizarlo, es la invitación que realizaron la Seremi del Trabajo y Previsión Social, Maribel Torrealba Retamal junto al Director Regional (s) del IPS Maule, Luis Martínez Villa.
La Seremi subrayó que: “en esta modalidad de video atención, los trámites más recurrentes por parte de la comunidad son aquellos que dicen relación con la autorización de cargas para Asignación Familiar, la solicitud de la Pensión Garantizada Universal (PGU), la exención del 7% de cotización de salud para pensionados que cumplen requisitos y la solicitud del Bono Bodas de Oro. Entonces, la invitación de hoy, es a que las personas se atrevan a utilizar
este servicio, que les ayuda a ahorrar tiempo y dinero”. Por su parte, Luis Martínez Villa, explicó que de acuerdo con los registros institucionales desde el año 2021 a la fecha “en el IPS y su red ChileAtiende se han realizado más de 370 mil atenciones asistidas mediante videoatención. Estamos trabajando constantemente, para fortalecer todos nuestros canales de atención, incluyendo a los Centros de Atención que tenemos en la región, para que cada vez más personas puedan ser atendidas y resuelvan sus solicitudes por estas vías”.
Las autoridades agregaron que, la videoatención es una forma innovadora y segura de realizar trámites estatales. Con una videollamada, a través de un celular o computador, se puede contactar a un ejecutivo o una ejecutiva de la red ChileAtiende, que orienta a las personas y gestiona sus solicitudes tal
como si estuvieran en una oficina presencial. Esto ayuda a evitar traslados, lo que es altamente valorado por quienes tienen alguna dificultad para desplazarse.
A través de este mismo sistema, las personas también pueden realizar consultas sobre el próximo incremento de la PGU por la Reforma de Pensiones.
Para acceder a la plataforma hay que ingresar al sitio www.chileatiende.cl. Funciona en tiempo real, de lunes a viernes, entre 8:00 y 17:00 horas.
¿Cómo solicitar una videoatención en la red ChileAtiende del IPS?
Los pasos son los siguientes: • Ingresar desde un teléfono o computador a www.chileatiende.cl o www. ips.gob.cl.
• En el menú “Red de atención” escoger la opción videoatención.
• Una vez ahí, selec-
cionar el tipo de trámite que se desea e ingresar sus datos.
• El sistema solicitará hacer una prueba de conexión y, una vez realizada, la persona será atendida por un ejecutivo o ejecutiva de atención.
Para más información sobre este y otros servicios, las personas pueden consultar en las redes sociales @ChileAtiende en Facebook, X e Instagram; en www.ips.gob. cl, www.chileatiende.cl y el Call Center 101.
Senador Rodrigo Galilea exige pronta solución para ruta L-355 en la precordillera de Colbún
El senador por la Región del
formalmente al Ministerio de Obras Públicas
que se priorice la reparación de la ruta L-355, que conecta al sector de Colbún Alto, pasando por sectores turísticos y comunidades rurales de la precordillera maulina, en la ribera sur del Lago Colbún.
El legislador explicó que el camino ha estado interrumpido desde el invierno de 2023, cuando un socavón de gran magnitud afectó la vía, impidiendo el tránsito normal de las comunidades como Los Boldos, Pehuenche y El Melado, cuyos habitantes han
sufrido serias dificultades de accesibilidad por más de dos años.
“Han pasado ya dos años, nosotros entendemos que el problema de lluvias fue absolutamente inusual, pero es demasiado el tiempo que han tenido que esperar a esas comunidades para ver una solución definitiva. No pueden seguir aisladas”, afirmó el senador Galilea.
Asimismo, el parlamentario indicó que “sé que han ido personal de vialidad, sé que han establecido que el problema es severo, hay de
deslizamiento también de cerro en esa zona pero aún así esto ha demorado en su solución demasiado tiempo así que quiero solicitar presidente el oficio al director nacional de Vialidad para que este tema se le de prioridad”. Finalmente, el senador Galilea agregó que esta no es solo una ruta vecinal, es también una vía estratégica para el turismo y la conectividad de cientos de personas que viven en la precordillera maulina, por lo que es necesario que el Estado actúe con celeridad y responsabilidad.
Maule, Rodrigo Galilea, solicitó
Existosa 1° Expo Arroz 2025 realizaron Indap y El municipio de Parral
Parral se vistió a fiesta, este viernes 16 de mayo, para albergar en su plaza de armas la Primera Expo Arroz 2025, feria temática organizada de manera conjunta por INDAP y la I. Municipalidad de Parral.
La inauguración contó con la presencia del director nacional de INDAP Santiago Rojas, quien destacó la importancia de este evento que busca poner el valor la importancia económica y patrimonial tanto para la agricultura familiar como para la región y el país, del cultivo del arroz.
Santiago Rojas, director nacional de INDAP valoró la feria que apunta a un rubro estratégico para INDAP y la agricultura familiar. “Quería felicitar esta iniciativa y saludar también a las y los productores de arroz y a toda la cadena del arroz, también con las organizaciones de productores, los consultores, todos los equipos de INDAP, etc. Este es un rubro que es fundamental para el país, que está contribuyendo a la seguridad y soberanía alimentaria. Muchas personas no lo saben, pero acá se produce el arroz más austral del mundo. Nosotros como gobierno hemos generado un programa especial de Cultivos Tradicionales, donde trabajamos con más de 400 familias, con asistencia técnica, con inversiones, con capital de trabajo. Y vamos a seguir haciendo esto, porque ese es nuestro rol como Estado, como gobierno del presidente Boric, estar con las y los productores.”
Patricio Ojeda, alcalde a Parral, destacó el trabajo conjunto entre INDAP y el municipio para materializar esta feria. “Yo quiero primero celebrar la asociatividad, el trabajo en conjunto, ponernos objetivos entre INDAP y también el municipio en favor de nuestros agricultores y agricultoras. Lo que que-
remos es decirle a todo el mundo que somos la comuna que más arroz produce, pero al mismo tiempo queremos dejarle muy claro que somos las que producimos el mejor arroz de Chile. Y eso lo vamos a seguir fortaleciendo con mucha fuerza, porque estamos claros que tenemos que relevar el trabajo abnegado y el sacrificado de nuestros agricultores. Porque no nos podemos proyectar al futuro sin primero valorar nuestro pasado y nuestro presente y por eso es que creemos que este Expo va a ser una gran oportunidad para impulsar de hoy en adelante el fortalecimiento de la asociatividad, del trabajo con la tecnología, del trabajo experimental que está haciendo INIA y al mismo tiempo del trabajo gubernamental a través de INDAP y el municipio.”
En la Expo Arroz participaron representantes de la industria del arroz, productores y exportadores de este cereal. Se realizó una muestra de tecnología y maquinaria utilizada en el rubro, charlas técnicas y degustaciones en base al arroz. Además, se contó con un Mercado Campesino de usuarios de INDAP con una amplia variedad de productos, como vinos, licores artesanales productos gourmet, quesos, conservas, artesanías y plantas ornamentales, entre otros. También, con una muestra de emprendedores de la comuna de Parral y espectáculos artísticos.
En la ceremonia inaugural se premió a varios productores de arroz de la comuna, usuarios de INDAP, quienes destacaron en las categorías de usuario
joven, donde fueron destacados Ramón Retamal Morales y Carla González Neira; como agricultores innovadores en arroz, fueron distinguidos Guillermo Marchant Bustamante y Ana Contreras Maureira; agricultores más sustentables: Manuel Leiva González y Juana Jiménez Parada; agricultores con mejor rendimiento en arroz: Jerónimo Retamal y Adela Albornoz Hurtado y categoría mayor trayectoria en el rubro arrocero, con más 50 años dedicados a su producción fueron distinguidos: Jorge Espinoza Guajardo y María Martínez Valdés.
Para INDAP, mantener y fortalecer el cultivo del arroz, es parte de los objetivos de su programa de Cultivos Tradicionales, que incorpora no solo a este cultivo, sino que también al maíz, la avena, trigo, y papas, entre otros, y que busca aumentar la superficie cultivada de cultivos tradicionales y asegurar así la seguridad y soberanía alimentaria del país.
En el caso de los arroceros de Parral y Retiro, este rubro ha logrado sostener su producción y mantener un rol relevante en el mercado gracias a cambios importantes en los modelos de cultivo y de cosecha que comenzaron a aplicar hace casi una década cuando el sector se encontraba bajo fuerte amenaza ante el déficit hídrico y el mayor costo de en insumos y mano de obra. Así destacan ahora las prácticas de nivel con pala láser de suelo, la siembra de arroz en seco, la mecanización de la cosecha, la siembra con drones y el uso de nuevas semillas más
eficientes y certificadas, entre otros.
En la Expo Arroz 2025 participaron también el delegado regional Humberto Aqueveque, la seremi de agricul-
tura Claudia Ramos, el director regional de INDAP Jorge Céspedes, concejales de la comuna y consejeros regionales, entre otras autoridades.
2° Juzgado de Letras de Linares, ubicado en Sotomayor Nº 461 - 2º PISO, autos, Banco del Estado de Chile con Jorge Armando Bravo Tapia, Rol Nº 1973-2024, EN LO
PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y embargo.
PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos bajo apercibimiento legal y solicita custodia. SE -
GUNDO OTROSÍ: Señala bienes para la traba del embargo y designa depositario. TERCER OTROSÍ: Se tenga presente.
CUARTO OTROSÍ: Señala correo electrónico.
QUINTO OTROSÍ: Patrocinio y poder. S. J. L. Civil MAXIMILIANO
JOSE SANCHEZ DERIO, abogado, domiciliado en San Diego 81, piso 8, Santiago, mandatario judicial en representación convencional del BANCO
DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del Estado, según se acredita con escritura pública de mandato judicial de fecha 14 de Julio de 2022, otorgada ante el Notario Público de Santiago don Alvaro González Salinas, que se acompaña en un otrosi de esta presentación, domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins Nº1111, piso 8º, Comuna de Santiago, representado legalmente por su Gerente General Ejecutivo don Oscar Raúl Antonio González Narbona, chileno, casado, ingeniero Civil, RUT N°6.362.085-8, de mi mismo domicilio, a US. respetuosamente digo: Mi representado, el Banco del Estado de Chile, es dueño del pagaré N° 177745833 que se acompaña en el primer otrosí de esta demanda, que fue suscrito por don(ña)
JORGE ARMANDO
BRAVO TAPIA, ignoro
EXTRACTO NOTIFICACIÓN
profesión u oficio, con domicilio en VILLA FRONTERA DEL INCA
PJE YUPANQUI 1452, LINARES y/o OHIGG -
INS 996, LINARES. El pagaré fue suscrito por la suma de 81,393319.- Unidades de Fomento, por concepto de capital, con una tasa de interés del 4,3% real anual, durante el período comprendido entre la fecha de cursación y el 01 de junio de 2024, fecha ésta última en que vencerán y se capitalizarán los intereses devengados, conformando así el nuevo capital. A contar de ésta última fecha y hasta el día 01 de diciembre de 2026, que corresponde a la fecha de vencimiento de la última cuota, pagará intereses del 4,3% real anual. El nuevo capital, con sus intereses, lo pagaría en 30 cuotas mensuales, y sucesivas equivalentes en pesos, de 2,956590.- Unidades de Fomento las 29 primeras cuotas y de 0,981765.- Unidades de Fomento la última, venciendo las cuotas los días 01 de cada mes, y la primera de ellas el día 01 de julio de 2024, y la última el día 01 de diciembre de 2026. Se estableció en el pagaré que en caso de mora o simple retardo en el pago de cualesquiera de las cuotas pactadas, el deudor está obligado a pagar, desde el incumplimiento, intereses penales equivalentes al máximo convencional según las tasas que rijan durante el retardo, sin perjuicio de los demás derechos del acreedor, quedando facultado el Banco del Estado de Chile para hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido en el caso de no pago de cualquiera de las cuotas en que se dividió la obligación. Es
del caso señalar que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento al día 10 de julio de 2024, inclusive, y todas las posteriores, por tanto el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de 83,716341.Unidades de Fomento, equivalentes al día 15 de octubre de 2024 a la suma de $3.177.188.-, más las costas de esta causa. Como consta del pagaré que se acompaña, la obligación es indivisible, el suscriptor relevó al portador de los documentos de la obligación de protesto y, la firma de éste se encuentra autorizada por Notario. La obligación es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita. POR TANTO, de acuerdo a lo expuesto, documentos acompañados, y a lo dispuesto en el artículo 98 y siguientes de la ley 18.092, artículos 254, 434 N° 4 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y demás normas pertinentes. A SS. PIDO: tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de don(ña) JORGE ARMANDO BRAVO TAPIA, ya individualizado, admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de 83,716341.- Unidades de Fomento, equivalentes al día 15 de octubre de 2024 a la suma de $3.177.188.más costas, requerir de pago al deudor, y disponer se siga adelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. PRIMER OTROSÍ: Solicito a S.S. tener por acompañado, bajo apercibi -
miento del artículo 346 N° 3 del Código de Procedimiento Civil, el pagaré individualizado en lo principal, y se ordene su custodia. SEGUNDO OTROSÍ: Solicito a S.S. tener presente que señalo para la traba del embargo todos los bienes del ejecutado, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, y todos los que puedan aparecer en el futuro, los que permanecerán en su poder en calidad de depositarios provisionales, bajo su responsabilidad civil y penal. TERCER OTROSÍ: Sírvase SS. tener presente que mi personería para actuar en representación del Banco Del Estado de Chile, consta en escritura pública de fecha 14 de Julio de 2022, otorgada en la Notaría de Santiago de don Alvaro González Salinas, firmada a través de firma electrónica avanzada, documento que se acompaña en pdf a estos autos, con citación. correo CUARTO OTROSÍ: Que por este acto vengo en señalar a S.S., como medio de notificación los siguientes electrónicos; abogadoszonasur@beco. bancoestado.cl waltermorales@wmcabogados.cl y QUINTO OTROSÍ: Solicito a S.S. tener presente en mi calidad de abogado habilitado para el ejercicio de la profesión, asumo el patrocinio de la demandante y actuaré personalmente en su nombre y representación en el presente proceso. Asimismo, en virtud de las facultades que me ha conferido mi mandante, otorgo patrocinio y poder al abogado habilitado para el ejercicio de la profesión don WALTER GUILLERMO MORALES CERONI, ambos domiciliados para estos efectos, en DIECIOCHO 900, PA-
RRAL, con quien podré actuar en forma conjunta o separada, indistintamente, quien firma junto a mí en señal de aceptación. Resolución de fojas 5. Linares, seis de noviembre de dos mil veinticuatro Proveyendo la presentación de folio 1, se dispone: A lo principal: Téngase por interpuesta demanda ejecutiva y despáchese mandamiento de ejecución y embargo en contra del deudor hasta por la suma de 83,716341.- Unidades de Fomento, equivalentes al día 15 de octubre de 2024 a la suma de $3.177.188.-, más costas. Al primer otrosí: Téngase por acompañado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 346 N° 3 del Código de Procedimiento Civil; guárdese en custodia. Al segundo otrosí: Téngase presente, desígnese al demandado como depositario provisional, bajo su responsabilidad. Al tercer otrosí: Téngase presente y por acompañada, con citación. Al cuarto y quinto otrosí: Téngase presente. Proveyendo la presentación de folio 4, se dispone: A lo principal: Téngase presente. Al otrosí: Estese al mérito de lo resuelto precedentemente. Cuantía: $3.177.188.Custodia N°1307-2024.Proveyó don ALEJANDRO SUMONTE VERDEJO, Juez Subrogante. En Linares, a seis de noviembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. MANDAMIENTO de folio 1 del cuaderno de apremio. Un Ministro de Fe requerirá de pago a JORGE ARMANDO BRAVO TAPIA para que en el acto de su intimación pague a BANCO DEL ESTADO DE CHILE., o a quien sus dere -
chos representen la suma de 83,716341.- Unidades de Fomento, equivalentes al día 15 de octubre de 2024 a la suma de $3.177.188.-, más costas. Si no efectuare el pago en el acto de ser requerido, se procederá a trabar embargo en bienes suficientes del demandado como los señalados en la suma de la demanda ejecutiva, bienes que quedarán en poder del propio ejecutado en su calidad de depositario provisional y bajo su responsabilidad legal, procediéndose en todo de conformidad a la ley. Así se ha ordenado en los autos Rol Nº C-1973-2024, caratulado “BANCO DE ESTADO DE CHILE con BRAVO”. Demanda Ejecutiva. Linares, 06 de noviembre de 2024. ALEJANDRO SUMONTE VERDEJO Juez Subrogante HAYDEE VALDES MUÑOZ Secretaria Subrogante. solicitud de folio 24. Notifi -
cación por avisos.- S. J. L. Civil de Linares (2°).WALTER MORALES CERONI, Abogado, por el demandante, en los autos sobre juicio ejecutivo, “BANCO DEL ESTADO DE CHILE con BRAVO TAPIA JORGE ARMANDO”, Rol Nº 1973-2024, a US., respetuosamente digo: Según consta de las diligencias consignadas en autos, por el Sr. Receptor, y la respuesta de las Instituciones a las cuales se solicitó oficiar, el demandado, don Jorge Armando Bravo Tapia, no ha podido ser notificado, por no habérsele encontrado en el domicilio indicado en la demanda, ni ha sido posible saber su paradero, pese a las averiguaciones practicadas. En consecuencia, procede notificarle la demanda, su resolución, el mandamiento de ejecución y embargo, se le requiera de pago, esta solicitud y sus proveídos mediante
avisos en los diarios, pues el demandado se encuentra, o se ha colocado, en el caso de una persona cuya residencia es difícil de determinar. Como la notificación en la forma solicitada es excesivamente dispendiosa, si se insertan, en la publicación, íntegramente, las actuaciones mencionadas, solicito que los avisos se hagan en extracto redactado por el Sr. Secretario del Tribunal. POR TANTO, Y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, RUEGO A US.: Acceder a lo solicitado y ordenar notificar las piezas indicadas a al demandado, don Jorge Armando Bravo Tapia, por medio de avisos extractados por el Sr. Secretario, señalando -al efecto- el diario en que deberán hacerse las publicaciones, y el número de ellas, sin perjuicio de la correspondiente en el Diario Oficial. Resolución de folio 25. Linares, veinticuatro de febrero de dos mil veinticinco Atendido el mérito de autos, especialmente que el demandado no fue habido en los domicilios indicados tanto por el demandante como por el tribunal, así como que no ha salido del país, se autoriza a notificar la demanda y requerir de pago conforme al artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, al demandado JORGE ARMANDO BRAVO TAPIA, de la demanda de folio 1, de su resolución de folio 5, del mandamiento de folio 1 del cuaderno de apremio, del escrito de folio 24 del cuaderno principal además de la presente resolución, mediante avisos extractados en el Diario El Heraldo de Linares y/o el diario El Lector de Linares por tres veces y en el Diario Oficial por una vez los días 1° o 15 de cualquier mes o al día siguiente hábil en caso de que una de estas fechas recaiga en día inhábil. Se hace presente que el requerimiento de pago se hará el quinto día hábil siguiente a la publicación del extracto en el diario oficial, en dependencias del tribunal, a las á 10:00 horas y si recayere en sábado o festivo al día siguiente hábil en el mismo horario, bajo apercibimiento que, de no concurrir el demandado a esa citación, se hará de inmediato y sin más trámite el embargo de bienes suficientes para proceder al pago de lo adeudado en autos, dicha diligencia, será realizada por receptor judicial a costa del peticionario. Proveyó doña PAULA LUENGO MONTECINO, Juez Titular. En Linares, a veinticuatro de febrero de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario, la resolución precedente.
El Maule ya alcanza un 113 por ciento de la meta del Plan de Emergencia Habitacional
En el marco de una visita al conjunto habitacional Puertas de Lircay Etapa 2 de Talca, el Seremi de Vivienda y Urbanismo del Maule, Pablo Campos, destacó las cifras que ha alcanzado la región en la implementación del Plan de Emergencia Habitacional impulsado por el Presidente Gabriel Boric e impulsado desde el MINVU por el Ministro de la cartera Carlos Montes.
Como se sabe la meta del Maule apuntaba a alcanzar las 16.667 viviendas terminadas o entregadas entre marzo del 2022 y marzo del 2026. La meta a nivel regional se cumplió en enero del 2025 ocasión en que se marcó el hito con la visita del Presidente Boric en la entrega de los 160 departamentos del conjunto habitacional Puertas de Lircay
Etapa 1.
El titular del Minvu en el Maule dio a conocer que en el último informe emanado desde el nivel central con corte a fines de abril la región alcanzó un total de 18.985 viviendas terminadas o entregadas, otras 9.987 en ejecución con distintos niveles de avance y 3.594 en proceso de iniciar obras, lo cual se traduce en una meta cumplida en un 113 por ciento.
En materia de la meta nacional se indicó que ya se han entregado o terminado 193.444 nuevos hogares de un total previsto a marzo del 2026 de 260 mil nuevas viviendas lo que se traduce en un 74.40 por ciento de avance.
DEPARTAMENTOS
Campos visitó en compañía de dirigentas del comité Puertas de Lircay etapa 2 el conjunto
habitacional que consideró la edificación de 160 departamentos en el sector Bicentenario de Talca. Se trata de departamentos de hormigón armado con revestimiento térmico y 56.16 metros cuadrados con distribución de living, comedor, cocina americana, logia, baño completo, balcón y 3 dormitorios.
Se trata de un proyecto ejecutado en la línea del Fondo Solidario der Elección de la Vivienda DS 49. “Más allá de que se haya cumplido la meta en enero nosotros seguimos trabajando con todos los actores para acelerar los procesos y seguir entregando soluciones habitacionales a las familias maulinas. En los próximos días se van a materializar varias entregas, entre ellas Puertas de Lircay 1, por lo tanto las cifras se seguirán incrementando. Hace algu-
nos días se realizó una nueva reunión de trabajo de la mesa de nudos críticos con la Cámara Chilena de la Construcción y varios servicios tanto del sector público y privado, ello con la finalidad de ir destrabando algunas situaciones y contar con la recepción final de las obras en varios proyectos habitacionales”, sostuvo Pablo Campos.
También la autoridad del ramo dio a conocer que durante la semana se completará la entrega de certificados de subsidios para sectores medios y emergentes que permiten a las familias la adquisición de una vivienda nueva o usada o construcción en sitio propio lo cual ocurrirá este jueves y viernes en la Provincia de Curicó con 327 subsidios.
En causa seguida ante el 1° Juzgado de Letras de Linares, ubicado en Sotomayor No 461, primer piso, en autos, Banco del Estado de Chile con Ulloa Retamal Cristian Andrés, Rol No C-1553-2023, Cobro de Pagaré, se ordenó notificar por aviso la demanda de autos mediante extracto, conforme siguientes antecedentes: Demanda de folio 1. EN LO PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y embargo. PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos bajo apercibimiento legal y solicita custodia. SEGUNDO OTROSÍ: Se ñ ala bienes para la traba del embargo y designa depositario. TERCER OTROSÍ: Se tenga presente. CUARTO OTROSÍ: Señala correo electrónico. QUINTO OTROSÍ: Patrocinio y poder. S. J. L. Civil MAXIMILIANO JOSE SANCHEZ DERIO, abogado, domiciliado en San Diego 81, piso 8, Santiago, mandatario judicial en representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del Estado, según se acredita con escritura pública de mandato judicial de fecha 14 de Julio de 2022, otorgada ante el Notario Público de Santiago don Alvaro González Salinas, que se acompaña en un otrosi de esta presentación, domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O `Higgins No1111, piso 8o, Comuna de Santiago, representado legalmente por su Gerente General Ejecutivo don Oscar Raúl Antonio González Narbona, chileno, casado, ingeniero Civil, RUT N°6.362.085-8, de mi mismo domicilio, a US. respetuosamente digo:
EXTRACTO NOTIFICACIÓN
Mi representado, el Banco del Estado de Chile, es dueño del pagaré N° 870721044 que se acompaña en el primer otrosí de esta demanda, que fue suscrito por don(ña)
CRISTIAN ANDRES
ULLOA RETAMAL, ignoro profesión u oficio, con domicilio en AVDA
LOS ANDES 803, COMUNA DE DIEGO DE ALMAGRO, DIEGO DE ALMAGRO, y/o PSJE LUIS BRAVO BRAVO 1920, LINARES. El pagaré fue suscrito por la suma de 55,539528 Unidades de Fomento, por concepto de capital, con una tasa de interés del 0,00% anual durante el periodo comprendido entre la fecha de suscripción de documento y el 01 de junio de 2017, fecha última en que vencerá y se capitalizarán los intereses devengados, conformando así el nuevo capital. A contar de ésta última fecha pagará intereses del 4,30% anual. El nuevo capital con sus intereses, el deudor se obligó a pagar en 141 cuotas mensuales, y sucesivas de 0,500203 Unidades de Fomento las 140 primeras cuotas y de 0,500176 Unidades de Fomento la última, venciendo las cuotas los días 01 de cada mes, la primera de ellas el día 01 de junio de 2017, y la última el día 01 de Febrero de 2029. Se estableció en el pagaré que en caso de mora o simple retardo en el pago de cualesquiera de las cuotas pactadas, el deudor está obligado a pagar, desde el incumplimiento, intereses penales equivalentes al máximo convencional según las tasas que rijan durante el retardo, sin perjuicio de los demás derechos del acreedor, quedando facultado el Banco del Esta -
do de Chile para hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido en el caso de no pago de cualquiera de las cuotas en que se dividió la obligación. Es del caso señalar que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento al día 10 de enero de 2023, inclusive, y todas las posteriores, por tanto el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de 33,903176.Unidades de Fomento, equivalentes al día 31 de julio de 2023 a la suma de $1.222.178.-, más las costas de esta causa. Como consta del pagaré que se acompaña, la obligación es indivisible, el suscriptor relevó al portador de los documentos de la obligación de protesto y, la firma de éste se encuentra autorizada por Notario. La obligación es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita. POR TANTO, de acuerdo a lo expuesto, documentos acompañados, y a lo dispuesto en el artículo 98 y siguientes de la ley 18.092, artículos 254, 434 N° 4 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y demás normas pertinentes. A SS. PIDO: tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de don(ña) CRISTIAN ANDRES ULLOA RETAMAL, ya individualizado, admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma 33,903176.- Unidades de Fomento, equivalentes al día 31 de julio de 2023 a la suma de $1.222.178.más costas, requerir de pago al deudor, y disponer se siga adelante esta
ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. PRIMER OTROSÍ: Solicito a S.S. tener por acompañado, bajo apercibimiento del artículo 346 N° 3 del Código de Procedimiento Civil, el pagaré individualizado en lo principal, y se ordene su custodia. SEGUNDO OTROSÍ: Solicito a S.S. tener presente que señalo para la traba del embargo todos los bienes del ejecutado, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, y todos los que puedan aparecer en el futuro, los que permanecerán en su poder en calidad de depositarios provisionales, bajo su responsabilidad civil y penal. TERCER OTROSÍ: Sírvase SS. tener presente que mi personería para actuar en representación del Banco Del Estado de Chile, consta en escritura pública de fecha 14 de Julio de 2022, otorgada en la Notaría de Santiago de don Alvaro González Salinas, firmada a través de firma electrónica avanzada, documento que se acompaña en pdf a estos autos, con citación. correo CUARTO OTROSÍ: Que por este acto vengo en señalar a S.S., como medio de notificación los siguientes electrónicos; abogadoszonasur@beco. bancoestado.cl waltermorales@wmcabogados.cl y QUINTO OTROSÍ: Solicito a S.S. tener presente en mi calidad de abogado habilitado para el ejercicio de la profesión, asumo el patrocinio de la demandante y actuaré personalmente en su nombre y representación en el presente proceso. Asimismo, en virtud de las facultades que me ha
conferido mi mandante, otorgo patrocinio y poder al abogado habilitado para el ejercicio de la profesión don WALTER GUILLERMO MORALES CERONI, ambos domiciliados para estos efectos, en DIECIOCHO 900, PARRAL, con quien podré actuar en forma conjunta o separada, indistintamente, quien firma junto a mí en señal de aceptación. Resolución de folio 4. Linares, veintidós de Agosto de dos mil veintitrés Proveyendo derechamente el escrito de folio 3, se resuelve: A lo principal: no ha lugar, por innecesario Al otrosí: por acompañado título. Proveyendo la demanda de Folio 1, se resuelve: A lo principal: téngase por interpuesta demanda ejecutiva. Despáchese mandamiento de ejecución y embargo. Al primer otrosí: téngase por acompañado documento, bajo el apercibimiento del artículo 346 N°3 del Código de Procedimiento Civil. Custódiese. Al segundo otrosí: téngase presente y se designa depositario provisional al propio ejecutado, bajo su responsabilidad legal. Al tercer otrosí: téngase presente y por acompañada personería, con citación. Al cuarto otrosí: téngase presente el correo electrónico, sin perjuicio de la facultad de éste tribunal de ordenar una forma distinta de notificación a la señalada. Al quinto otrosí: téngase presente. Cuantía de 33,903176.Unidades de Fomento, equivalentes al día 31 de julio de 2023 a la suma de $1.222.178.CERTIFICO: Que bajo el N°1101-23, se guarda(n) en Custodia del Tribunal el (los) documento (s) acompañado (s) a la demanda.- Prove -
yó don ALEJANDRO SUMONTE VERDEJO, Juez
Titular.- En Linares, a veintidós de Agosto de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. MANDAMIENTO de folio 1 del cuaderno de apremio. Requiérase por un Ministro de Fe a don(a) CRISTIAN ANDRES ULLOA RETAMAL, para que en el acto de su requerimiento pague a BANCO DE ESTADO DE CHILE o a quien sus derechos represente, la cantidad de 33,903176.Unidades de Fomento, equivalentes al día 31 de julio de 2023 a la suma de $1.222.178. más intereses y costas. Si no pagare en el acto de su requerimiento, trábese embargo en bienes suficientes del deudor y que el Ministro de Fe encargado de la diligencia determine, procediéndose en todo con arreglo a la Ley. Se ha designado depositario provisional al propio ejecutado(a), bajo su(s) responsabilidad(es) legal(es). Así esta ordenado en los autos ejecutivos antes individualizados. Linares, 22 de agosto 2023. ALEJANDRO SUMONTE VERDEJO Juez Titular. Solicitud de folio 54. Notificación por avisos.- S. J. L. Civil de Linares (1°).- WALTER MORALES CERONI, Abogado, por el demandante, en los autos sobre juicio ejecutivo, “BANCO DEL ESTADO DE CHILE con ULLOA RETAMAL CRISTIAN ANDRES”, Rol No 15532023, a US., respetuosamente digo: Según consta de las diligencias consignadas en autos, por el Sr. Receptor, y la respuesta de las Instituciones a las cuales se solicitó oficiar, el demandado, don Cristian Andrés Ulloa Retamal, no ha podido ser notificado, por no habérsele
encontrado en el domicilio indicado en la demanda, ni ha sido posible saber su paradero, pese a las averiguaciones practicadas. En consecuencia, procede notificarle la demanda, su resolución, el mandamiento de ejecución y embargo, se le requiera de pago, esta solicitud y sus proveídos mediante avisos en los diarios, pues el demandado se encuentra, o se ha colocado, en el caso de una persona cuya residencia es difícil de determinar. Como la notificación en la forma solicitada es excesivamente dispendiosa, si se insertan, en la publicación, íntegramente, las actuaciones mencionadas, solicito que los avisos se hagan en extracto redactado por el Sr. Secretario del Tribunal. POR TANTO, Y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, RUEGO A US.: Acceder a lo solicitado y ordenar notificar las piezas indicadas a al demandado, don Cristian Andrés Ulloa Retamal, por medio de avisos extractados por el Sr. Secretario, señalando -al efecto- el diario en que deberán hacerse las publicaciones, y el número de ellas, sin perjuicio de la correspondiente en el Diario Oficial. Resolución de folio 55. Linares, diecinueve de marzo de dos mil veinticinco Como se pide, notifíquese al demandado, Cristian Andrés Ulloa Retamal; de la demanda y su resolución, escritas a folio 1, de fecha 21 de agosto de 2023, y folio 4, de fecha 22 de agosto de 2023, ambas del cuaderno principal; y del presente escrito de folio 54 y esta resolución, mediante avisos extractados, en el Diario El Heraldo de Linares por tres veces
y en el Diario Oficial por una vez los días 1° ó 15 de cualquier mes, o al día siguiente hábil si los referidos correspondieran a un día festivo. En cuanto a la diligencia de requerimiento de pago, esta se efectuará mediante receptor judicial a costa del ejecutante, al quinto día hábil siguiente a la publicación del extracto en el diario oficial, en dependencias del tribunal ubicada en calle Sotomayor 461, primer piso, Linares, a las 10:00 horas y si recayere en sábado o festivo al día siguiente hábil en el mismo horario, bajo apercibimiento que, de no concurrir el demandado a esa citación, se hará de inmediato y sin más trámite el embargo de bienes suficientes para proceder al pago de lo adeudado en autos. Para la confección del extracto respectivo, acompañe la parte solicitante propuesta del extracto para su revisión, y posterior autorización y firma por el ministro de fe del Tribunal. Proveyó don ALEJANDRO SUMONTE VERDEJO, Juez Titular. En Linares, a diecinueve de marzo de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. Solicitud de folio 56. Solicitud que se indica. S. J. L. Civil de Linares (1°). WALTER MORALES CERONI, Abogado, por el ejecutante, en los autos sobre juicio Ejecutivo, “BANCO DEL ESTADO DE CHILE con ULLOA RETAMAL CRISTIAN ANDRES”, Rol No C-1553-2023, a US., respetuosamente digo: Que, vengo en hacer presente a Ssa., que a folio 55 del cuaderno principal, con fecha 19 de marzo de 2025, ssa. resolvió “Como se pide, notifíquese al demandado, Cristian Andrés Ulloa Retamal; de la demanda y su resolución, escritas a
folio 1, de fecha 21 de agosto de 2023, y folio 4, de fecha 22 de agosto de 2023, ambas del cuaderno principal; y del presente escrito de folio 54 y esta resolución, mediante avisos extractados, en el Diario El Heraldo de Linares por tres veces y en el Diario Oficial por una vez los días 1° ó 15 de cualquier mes, o al día siguiente hábil si los referidos correspondieran a un día festivo.(...)” Que, en virtud de lo anterior, para evitar futuros incidentes de nulidad, vengo en solicitar se complemente la resolución antes mencionada, en el siguiente sentido: “Como se pide, notifíquese al demandado, Cristian Andrés Ulloa Retamal; de la demanda y su resolución, escritas a folio 1, de fecha 21 de agosto de 2023, y folio 4, de fecha 22 de agosto de 2023, ambas del cuaderno principal; del Mandamiento de ejecución y embargo, escrito a folio 1, de fecha 22 de agosto de 2023, en el cuaderno de apremio; y del presente escrito de folio 54 y esta resolución, mediante avisos extractados, en el Diario “El Heraldo” y/o “El Lector”, de Linares por tres veces y en el Diario Oficial por una vez los días 1° ó 15 de cualquier mes, o al día siguiente hábil si los referidos correspondieran a un día festivo. (...)”. POR TANTO, RUEGO A US.: Acceder a lo solicitado, complementando resolución de folio 55 del cuaderno principal, en los términos señalados a lo largo de esta presentación. Resolución de folio 57. Linares, veintiuno de marzo de dos mil veinticinco Atendido el mérito de los antecedentes y advirtiendo el tribunal que se incurrió en un error y en base a las facultades concedidas del artículo
84 del Código de Procedimiento Civil se rectifica resolución de folio 55, de fecha 19 de marzo de 2025; Donde dice: “Como se pide, notifíquese al demandado, Cristian Andrés Ulloa Retamal; de la demanda y su resolución, escritas a folio 1, de fecha 21 de agosto de 2023, y folio 4, de fecha 22 de agosto de 2023, ambas del cuaderno principal; y del presente escrito de folio 54 y esta resolución, mediante avisos extractados, en el Diario El Heraldo de Linares por tres veces y en el Diario Oficial por una vez los días 1° o 15 de cualquier mes, o al día siguiente hábil si los referidos correspondieran a un día festivo.”. Debiendo decir: “Como se pide, notifíquese al demandado, Cristian Andrés Ulloa Retamal; de la demanda y su resolución, escritas a folio 1, de fecha 21 de agosto de 2023, y folio 4, de fecha 22 de agosto de 2023, ambas del cuaderno principal; del Mandamiento de ejecución y embargo, escrito a folio 1, de fecha 22 de agosto de 2023, en el cuaderno de apremio; y del presente escrito de folio 54 y esta resolución, mediante avisos extractados, en el Diario “El Heraldo” y/o “El Lector”, de Linares por tres veces y en el Diario Oficial por una vez los días 1° o 15 de cualquier mes, o al día siguiente hábil si los referidos correspondieran a un día festivo.” Téngase la presente rectificación de la resolución antes señalada, quedando incólume en todo lo demás. Notifíquese la presente resolución en conjunto con la de folio 55. Proveyó don ALEJANDRO SUMONTE VERDEJO, Juez Titular. En Linares, a veintiuno de marzo de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario, la resolución precedente.
PROGRAMA DE EMERGENCIA DE EMPLEO GENERA TRABAJO CON ENFOQUE AMBIENTAL EN 142 COMUNAS DEL PAÍS
- Durante el año móvil, que va de abril del año 2024 a marzo de 2025, el Programa de Emergencia de Empleo (PEE) impulsó iniciativas relacionadas al mejoramiento ambiental y a la mitigación al cambio climático, generando oportunidades laborales orientadas principalmente a mujeres jefas de hogar.
El Programa de Emergencia de Empleo (PEE), desarrollado por CONAF, se encuentra presente en once regiones del país, desde la Región de Atacama hasta la Región de Los Lagos, con una cobertura mensual de 2.522 personas, bajo el régimen laboral de media jornada.
Así, el programa se ejecuta en 142 comunas del país, lo que equivale al 46,6% del total de comunas existentes en las once regiones donde está presente, cuyo impacto territorial se observa al ejecutarse en comunas con un alto índice de pobreza por ingresos, favoreciendo sobre todo las actividades en zonas rurales y a mujeres jefas de hogar.
Según datos del Instituto Na-
cional de Estadística (INE), del último trimestre, la tasa de desocupación femenina se sitúa en un 9,5%, mientras que la de los hombres es de 8,1%, a su vez, las tasas de participación y ocupación laboral en hombres alcanzan un 72,3% y un 66,4% respectivamente, mientras que en mujeres estas cifras bajan a 52,9% y 47,9%, lo que da cuenta del desafío de impulsar políticas activas que fomenten la inclusión laboral femenina.
Un reflejo de las políticas laborales con inclusión es lo que se realiza a través del PEE de CONAF, que destaca por su fuerte compromiso social, evidenciado en que el 78% de las trabajadoras que integran el programa son mujeres, mien-
tras que por otro lado, el 28% de los participantes pertenece a algún pueblo originario, promoviendo de esta forma la participación de las mujeres en el mundo laboral y a su vez la diversidad cultural.
En este sentido, el coordinador nacional de empleo de CONAF, Claudio Moya Ulloa destacó el compromiso de las mujeres y señaló que “estamos muy contentos de fomentar y apoyar la participación femenina en el mundo laboral. En las regiones en donde está presente el PEE, las mujeres han superado ampliamente el nivel de participación en relación a los hombres, en especial, mencionamos, a la Región de O’Higgins con un 91% de participación de mujeres en el
programa; la Región Metropolitana con un 90% y la Región de Ñuble con un 86%. Esto nos llena de orgullo porque también refleja el compromiso CONAF en el apoyo al empleo femenino, considerando que gran parte de nuestras trabajadoras son jefas de hogar”.
Impacto en el cuidado ambiental
Además del impacto social, el PEE aporta significativamente al cuidado ambiental desarrollando actividades relacionadas: a arborización urbana, plantación forestal, actividades en viveros, recuperación de suelos degradados, apoyo al programa de manejo del Fuego, apoyo al Sistema de Áreas Silvestres Protegidas del Estado (SNASPE), hermoseamiento de áreas y mejoramiento urbano, entre otros.
En promedio, para el periodo anual móvil que va del mes de abril de 2024 a marzo del presente año, a través del Programa de Emergencia de Empleo, un total de 1.436 personas han trabajado apoyando iniciativas asociadas al ámbito de la Gerencia de Bosque y Cambio Climático; un total de 668 personas en el área de Gerencia de Protección contra Incendios Forestales; un total de 90 personas en la Gerencia de Áreas Silvestres Protegidas, mientras que 103 personas están asociadas al Apoyo a la Producción o Desarrollo Comunitario.
De este modo, entre las actividades que se realizan destaca
el apoyo a la prevención de incendios forestales. Entre abril de 2024 y marzo de 2025 se logró eliminar material combustible, contabilizando un total de 91,7 hectáreas. En el mismo período se construyeron 40,9 kilómetros de cortacombustible y 6.1 kilómetros de cortafuegos y se despejó de material combustible 352,5 km de orillas de camino o faja fiscal. Otra de las áreas de trabajo del PEE está relacionada al funcionamiento de viveros forestales. Durante el período señalado, se registró un promedio mensual de 582 trabajadores/as que contribuyen activamente en esta labor, ya sea en viveros dependientes de CONAF, Municipales o dependientes de comunidades indígenas, escuelas o liceos.
También destaca el apoyo brindado en ocho regiones al Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas por el Estado, especialmente en actividades relacionadas a la construcción o reparación de senderos, alcanzando un total de 78,16 kilómetros intervenidos. La recolección de semillas, que se ejecuta en nueve regiones del país, es otra de las temáticas que destaca en el trabajo del Programa de Emergencia de Empleo, con un total de 6.504 kilos recolectados hasta la fecha señalada, en su mayoría de origen nativo. El producto de esta labor es distribuido en viveros regionales y en el Centro de Semillas de Chillán.