Avisos Judiciales 25 09 13

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Cusco, miércoles 25 de setiembre de 2013 Usuarios PRIMER REMATE JUDICIAL En los Seguidos por CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO CREDINKA SA Contra NILDA CARMEN CALLAÑAUPA QUISPE, VICENTE QUINTANILLACAMPANA y JR ACEROS Y ROMA GOLD EIRL LTDA, sobre Ejecución de Garantías ,Exp. N° 2158-2008,por orden del Tercer”’ Juzgado Civil de Cusco a cargo del Señor Magistrado JOHN ALECK ALFARO TUPAYACHI , EspecialistaLegal, PAMELA DESIREE ALTAMIRANO MAYCA, la suscrita Martillera Pública, rematará en Primera Convocatoria el siguiente inmueble: PREDIO RUSTICO BELLAVISTA LOTE 2, IDENTIFICADO CON UNIDAD CATASTRAL Nº 24627, UBICADO EN EL SECTOR ZONA ALTA, DISTRITO, PROVINCIA Y departamento DEL CUSCO, con medidas, linderos y demás o Características inscritas en la Partida Nº 02069007 del Registro de Predios de la Oficina Registral Cusco. Valor de tasación: S/.1’457,720.50 (Un Millón Cuatrocientos Cincuenta y Siete Mil Setecientos Veinte con 50/100 Nuevos Soles), PRECIO BASE: S/. 971,813.66 (Novecientos Setenta y Un Mil Ochocientos Trece con 66/100 Nuevos Soles), que viene a ser las dos terceras partes del precio de tasación. GRAVAMENES y CARGAS: Primera y preferente garantía hipotecaria a favor de CREDINKA SA, constituida hasta por la suma de US$. 57,218.00 (Cincuenta y Siete Mil Doscientos Dieciocho con 00/100 Dólares Americanos). DIAY HORA DEL REMATE: JUEVES DIECISIETE DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 A LAS DIEZ HORAS.LUGAR DE REMATE: En el Local del Tercer Juzgado Civil de Cusco ubicado en Av. El Sol N° 239 CUSCO. POSTORES: Oblaran el 10% del Valor de Tasación en efectivo o cheque di gerencia. Adjuntar tas~ judicial por derecho de participación en el remate, consignar número del expediente con copia del arancel y DNI Y generales de ley. COMISION DEL MARTILLERO PUBLICO: La comisión será cancelada por el adjudicatario una vez concluido el acto de remate, de acuerdo a la escala de comisiones determinado en el Art. 18 del DECRETO SUPREMO N° 008 -2005 -JUS y están afectos al IGV, concordante con el Art. 732 del Código Proceso Civil. Martillera Pública, Roxana Elena LEON USURIN, Registro N° 302, Central: 521-8183. Lima 6veces-20-23-24-25-26-27-ix-13 b/v 29888

EDICTO JUDICIAL Expediente N° 1973·2013·0·1001·JR·CI·04. Seguido por Robbie Karlos Flores Callahui sobre Cambio de Nombre con Citación del Ministerio Publico, bajo la actuación del especialista Legal Arturo Cabrera Orue, la Juez Del Cuarto Juzgado Civil Dra. Fanny Lupe Pérez Carlos ha dispuesto la publicación edictal siguiente: Resolución Numero 04 del 09 de Setiembre del 2013 Por cumplido VISTO; ( ... ); Y CONSIDERANDO:( ... ) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por ROBBIE KARLOS FLORES CALLAHUI, con CITACIÓN DEL MINISTERIO PUBLICO, sobre CAMBIO DE NOMBRE CONSISTENTE EN EL CAMBIO DE SU APELLIDO MATERNO DE QUISPE POR CALLAHUI; en la vía del PROCESO SUMARISIMO, ( ... ) en tal virtud; en aplicación supletoria de lo dispuesto por el artículo 828 del Código Procesal Civil efectúese la publicación del extracto de la demanda por una sola vez en el Diario Oficial el Peruano como en el Diario Judicial del Cusco.-(. .. ).H.S.- Firma completa de la Juez Dra. Fanny Lupe Pérez Carlos, ante mi especialista legal Arturo Cabrera Orue. Cusco, 20 de Setiembre del 2013 B/V. 29892 3VECES. 23, 24 Y 25

EDICTOS SEÑORES: SUCESORES LEGALES DEL QUE EN VIDA FUE GUILLERMINA QUISPE CHURA VDA DE CCARHUARUPAY.- EN EL EXPEDIENTE 02151-20090- 1001-JR- CIL-02 TRAMITADO ANTE EL SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL QUE DESPACHA ELSEÑOR JUEZ DOCTOR ELIOT ZAMALLOA CORNEJO, BAJO LA ACTUACION DE LA ESPECIALISTA LEGAL SAIDA CHIUN MANCO, SE HA DISPUESTO NOTIFICAR A LOS SUCECORES del que en vida fue GUILLERMINA QUISPE CHURA VDA DE CCARHUARUPAY A EFECTO DE NOTIFICARSELE MEDIANTE EEICTOS CON LA RES Nº 49 DE FECHA 16 DE AGOSTO DEL 2013 CON EL TENOR QUE SIGUE: Cusco, dieciséis de agosto del dos mil trece.- OTROSI DIGO: Estando al escrito que precede, y habiendo acompañado a la misma el nuevo proyecto de minuta que se anexa, agréguese a sus antecedentes. Y estando el mismo: Póngase en conocimiento de las partes procesales por el plazo de ley, debiendo de notificarse a los sucesores legales de quien en vida fue Guillermina Quispe Chura de Ccarhuarupay mediante edictos, por el término de ley en el Diario Oficial de esta localidad, así como en el Diario Oficial el Peruano.- SAIDA CHIUN MANCO- ESPECIALISTA LEGAL CUSCO, 20 de Setiembre del 2013.3v-23-24-25-ix-13 b/v 29901

DISOLUCIÓN Mediante Acta de Sesión de Junta Universal de fecha 20.09.2013, los socios acordaron proceder con la disolución de la Empresa TROPICAL AMERICAN ADVENTURE S.R.l., identificada con RUC N° 20116398282, con domicilio fiscal en el en el Dpto. 415 del Block A-1-1 de la Unidad Vecinal Mariscal Gamarra del Distrito, Provincia y Departamento de Cusco; habiéndose nombrado como liquidador de la Sociedad al Señor MIGUEL JAIME TORRES RODRIGUEZ, identificado con DNI N° 23805941, lo que se pone en conocimiento de los interesados de conformidad con el artículo 4120 de la ley N° 26887. Cusco, 20 de Septiembre del 2013. 03VZ.23.24.25.IX.13 F/. 21641

EDICTOS SEÑORA: JOSEFINA INCAROCA MEZA En el proceso signado con el No 00818-2012-0-1001-JR-CI- 02, seguido por Segundo Octavio Morveli torres representante de legal de la EMPRESA DESARROLLO INTEGRACIONISTA PERUANO LATINO AMERICANO EXPORT IMPORT SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA materia CUMPLIMIENTO DE OBLICACION DE DAR SUMA DE DINERO, EN VIAS DE DEVOLUCION DEL CAPITAL, PAGO DE INTERESES, GASTOS DIVERSOS E INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS Y/O ADJUDICACION EN PAGO DE PROCION DE TERRENO EN DERECHOS y ACCIONES POR EL MONTO TOTAL DE DOSCIENTOS MIL DOSCIENTOS VEINTISIETE CON 50/100 NUEVOS SOLES (S/.200,227.50) en contra de la Sucesión de los que en vida fueron Simeona Meza Amache y Fernando Incarroca Meza -Hugo Juan de Dios Incarroca Meza, Marina Incarroca Meza de Arroyo y Josefina Incarroca Meza, seguido ante el señor juez Eliot Zamalloa Cornejo, bajo la actuación de la especialista legal Saida Chiun Manco, de conformidad a lo regulado por el artículo 165 del Código procesal Civil, se ha ordenado se publique el extracto del auto admisorio de la demanda. “Estando a los considerandos expuestos, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por SEGUNDO OCTAVIO MORVELI TORRES representante legal de la EMPRESA DESARROLLO INTEGRACIONISTA PERUANO LATINO AMERICANO EXPORT IMPORT SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA sobre CUMPLIMIENTO DE OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, EN VÍAS DE DEVOLUCION DEL CAPITAL, PAGO DE INTERESES, GASTOS DIVERSOS E INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS Y/O ADJUDICACION EN PAGO DE PORCION DE TERRENO EN DERECHOS Y ACCIONES POR EL MONTO TOTAL DE DOSCIENTOS MIL DOSCIENTOS VEINTISIETE CON 50/100 NUEVOS SOLES (S/.200,227.00) en contra DE LA SUCESIÓN DE LOS QUE EN VIDA FUERON SIMEONA MEZA AMACHE y FERNANDO INCARROCA MEZA -HUGO JUAN DE DIOS INCARROCA MEZA, MARINA INCARROCA MEZA DE ARROYO Y JOSEFINA INCARROCA MEZA. Sustanciándose el trámite en la vía del proceso de CONOCIMIENTO en tal virtud CORRASE TRASLADO a los demandados por el plazo de 30 días para que absuelvan la demanda, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía; en consecuencia habiendo declarado juratoriamente la recurrente de que ignora la dirección domiciliaria de la cooperativa demandada, notifíquesele mediante edictos conforme a las formalidades expresadas en el artículo 167 del Código Procesal Civil, a fin de que apersone al proceso, dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal..,. .-Hágase Saber”. -FIRMA: Zamalloa Cornejor Juez, Saida Chiun Manco, Especialista legal. Cusco, 19 de Setiembre del 2013.03VZ.23.24.25.IX.13 B/. 24802

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz letrado de la Provincia de Urubamba que despacha la Dra. Betssy Mostajo Puente de la Vega y bajo la actuación del Especialista Legal Wilfredo Solaligue Obregón, se viene tramitando el Proceso Civil 135-2013 seguida por Clotilde Álvarez Marquina de Saire, contra la Sucesión de la que en vida fue TERESA MARQUINA ESTRADA, sobre Exoneración de Alimentos, en la que se dicto la resolución siguiente: Resolución 01.- Urubamba, 20 agosto del 2013.- VISTOS; el escrito de demanda que antecede y considerando: ... Por lo que se resuelve: admitir a trámite la demanda interpuesta por Clotilde Álvarez Marquina de Saire, sobre Exoneración de Alimentos, en contra de la Sucesión de la que en vida fue Teresa Marquina Estrada, a la que deberá notificarse vía edictos, a fin de que cumplan con absolver la demanda bajo apercibimiento de nombrarse Curador procesal, debiendo sustanciarse el trámite de la presente en la vía del proceso Sumarísimo: Córrase traslado a la parte demandada por el plazo de cinco días, para que contesta la demanda bajo apercibimiento decretado ... Firmados: Betssy Mostajo Puente de la Vega.-Juez.- Ante mí: Wilfredo Solaligue Obregón. Urubamba setiembre 2013 3v-24-25-29-ix-13


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