Avisos Judiciales 25 07 13

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Cusco, jueves 25 de julio de 2013 Usuarios PRIMER REMATE JUDICIAL DE BIEN INMUEBLE En la Causa Nº 604-2009 seguida por la CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO QUILLABAMBA S.A - CREDINKA contra MANUEL MARQUEHUA MINAURO y MATIASA HUANCA QQUESUALLPA, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, bajo la actuación del Especialista legal Dr. Daniel Pereira Mogrovejo, la Jueza del Segundo Juzgado de Paz Letrado, Sede Santiago- Cusca, Dra. Maribel Nancy Ayala Santos, ha dispuesto el PRIMER REMATE PÚBLICO del siguiente bien inmueble: DATOS DEL BIEN: Predio rustico denominado “Challaojo”, Unidad Catastral Nº 044009, ubicado en el Sector de Cotabambas, Valle de Apurímac, del distrito y provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac, inscrito en la Partida Nº 11003412, con las siguientes características: Por el Norte: Con unidad catastral Nº 044010, en línea sinuosa con: 29.40 m; por el Este: Con la trocha carrozable, que separa de las unidades catastrales 044001 y 044003 (79.79) Y la unidad catastral Nº 044005 (37,22), con 117.01 m; por el Oeste: Con la unidad catastral Nº 044008, en línea quebrada con :98.23 m; Por el Sur: Con la trocha carrozable, que separa de la Unidad Catastral Nº 044006 en línea sinuosa con 39.52 m. Perímetro: 284.15 m, área: 3,047 m2. AFECTACION DEL BIEN: No existe gravámenes conocidos, salvo aquel del que deriva la presente ejecución. VALOR DE LA TASACIÓN: El bien inmueble ha sido valorizado en la suma de S/. 10,664.50 (DIEZ MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 50/100 NUEVOS SOLES), de acuerdo a la tasación del bien inmueble obrante en el proceso. MONTO DE LA BASE: La base de la postura será el equivalente a las dos terceras partes del valor de la tasación, es decir la suma de S/. 7,109.6 (SIETE MIL CIENTO NUEVE CON 6/100 NUEVOS SOLES). LUGAR DIA Y HORA DEL REMATE: La diligencia de remate se llevará a cabo el día TRECE DE AGOSTO DEL 2013 A HORAS 12:00 PM, en el local del juzgado, ubicado en Av. Micaela Bastidas, Urb. Zarzuela, distrito de Santiago, provincia y departamento de Cusco, a cargo del Martillero Público Sr. Alcibiades Orlando Correa Guerrero, con Registro Nº 193. BASE DE PARTICIPACIÓN: Para ser postor se requiere presentar el Documento Nacional de Identidad, así como depositar en efectivo o cheque de gerencia el 10% del valor de la tasación y pagar la tasa judicial por derecho a participar en remate judicial OBSERVACIONES: Comisión de Martillo a cargo del adquiriente art. Nº 732 del C.P.C. Cusco, 15 de julio de 2013. 6v-23-24-25-26-30-31-vii b/v 29064

EDICTO SEÑOR: MARIANO SANA GAMARRA. En el proceso Civil Nro. 1841•2013•0•1001•JR-CI-04, seguido por ALEJANDRINA SANA GAMARRA con CITACION del MINISTERIO PUBLICO sobre DECLARACION DE MUERTE PRESUNTA, bajo la actuación del especialista legal ARTURO CABRERA ORUE, la Juez DEL CUARTO JUZGADO CIVIL DEL CUSCO Dra. FANNY LUPE PEREZ CARLOS, a dispuesto la publicación edictal siguiente: EXTRACTO DE DEMANDA: ALEJANDRINA SANA GAMARRA interpone demanda de Muerte Presunta con Citación del Ministerio Publico para que se declare la Muerte Presunta de su hermano MARIANO SANA CENTENO quien sin que exista una explicación o comunicación ha desaparecido en el mes de Junio del año de 1989 es decir hace 21 años en la localidad de Puerto Maldonado a donde viajo por motivos de trabajo.- RESOLUCIÓN NRO. 01 Cusco, 5 de julio del 2013 VISTO; ( ... ); Y CONSIDERANDO: SE RESUELVE:ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por ALEJANDRINA SANA GAMARRA, con CITACIÓN de CORINA ZAPATA CONDO, MARTIN CUENTAS HERRERA Y ELSA LAZO FIGUEROA y del representante del MINISTERIO PUBLICO sobre DECLARACIÓN DE MUERTE PRESUNTA; en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO, en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 792 del Código Procesal Civil, notifíquese por edictos al muerto presunto MARIANO SANA GAMARRA, ( ... ) H.S.- Firma completa de la Juez Dr. Fanny Lupe Pérez Carlos, ante mi Arturo Cabrera Orue, especialista legal. RESOLUCION NRO. 2 Cusco,18 de Julio del2013 AL PRINCIPAL: VISTO: ( ... ); Y CONSIDERANDO: SE RESUELVE: 1. CORREGIR el error anotado en la parte resolutiva del auto admisorio ( folio 15) debiendo de entenderse en forma correcta el texto: “( ... ) con CIT

ACION del Representante del MINISTERIO PUBLICO.( ... ) ) en lugar de con citación de “( ... ) de Corina Zapata Con do, Martin Cuentas Herrera y Eisa Lazo Figueroa. Y el Ministerio Publico.2. SUPRIMIRSE de la parte resolutiva del auto admisorio el texto “( ... ) así como cúmplase con notificar a los citados, en sus domicilios reales señalados en la demanda, con arreglo a Ley.” ( ... ), quedando subsistente en todo lo demás.- ( ... ) H.S. Firma completa de la Juez Dr. Fanny Lupe Pérez Carlos, ante mi Arturo Cabrera Orue, especialista legal. Cusco, 18 de julio del 2013. 3v-23-24-25-vii b/v 29054

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Anta, Despachado por el señor juez Ulises Villena Ramírez, se tramita el Proceso Civil Nro. 54-2012- CI, SE RESUELVE: ADMITIR la demanda interpuesta por DOMINGO TORRES ARANA sobre INTERDICCIÓN CIVIL de la persona de Mario Torres Arana, con citación de sus hermanos Favio Justina, Catalina, Isidora Torres Arana y Isidro Torres Arana, Luis Torres Mendoza, Del representante del Ministerio Público, en la vía del PROCESO SUMARÍSIMO. Resolución N° 14: SE RESUELVE: Disponer que el pedido de conformación del Consejo de Familia se cumpla con publicar en el Diario Judicial de la localidad a efectos de que cualquier interesado o persona que se crea con derecho pueda solicitar su inclusión o exclusión del mismo, debiendo de precisarse en ella los nombres de quienes deberán conformar el consejo de familia. HS.- Firmado por el Señor Juez - la especialista legal Leidy soto castillo. Anta, 19 de julio del 2013. 3V-23-24-25-VII B/V 29069

AVISO DE DISOLUCION Se hace de conocimiento público que en acta de decisión de fecha 23 de junio del 2013, se adoptó la decisión de disolver la “Empresa de transportes distribuciones y multiservisios FICSUR” E.I.R.L., nombrándose para el efecto como liquidador al señor Federico Figueroa Sánchez. Cusco julio del 2013 La gerencia 24.25.26/07/13 B/. 24413

CAMBIO DE NOMBRE En el Juzgado Mixto del Distrito de Santiago, que despacha la señora Juez Doctor Leoncio Martiarena Gutiérrez, bajo la actuación del Especialista Legal Mario Rafael Ramos Béjar, en el proceso civil Nro. 2013-0314-0- 1016- JM- CI- 01, se ha dispuesto notificar con la siguiente resolución: Resolución Nro. 03.- Santiago, tres de julio del 2013.- ... SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por GUZMAN LLAMOCCA LEDO y DOÑA CERAFINA YUCRA CLEMENTE, sobre CAMBIO DE NOMBRE, en la vía del proceso NO CONTENCIOSO con citación de Representante del Ministerio Público; en tal sentido, publíquese en el Diario Judicial El Peruano y el de mayor circulación de la ciudad del Cusca un extracto de la solicitud. AL OTROSI DIGO: Téngase por ofrecidos los medios probatorios para su oportunidad procesal. A LOS ANEXOS: Téngase en cuenta los anexos aparejados y agréguese a sus antecedentes. Firmado Dr. Martiarena Gutiérrez Juez.- ante mi R. Ramos Especialista Legal. Santiago 17 de julio d 12013. 3v-27-28-26-VII-13 b/v 29074

NOTIFICACION EDICTAL En el Expediente Nro. 2371-2011 sobre Adopción seguido por Luis Juan Mercado Fernández contra Gumercindo Subia seguido ante el Primer Juzgado de Familia de Cusco que despacha el Dr. Cesar Aquiles Espinoza Delgado, se ha ordenado la notificación mediante edictos de: GUMERCINDO SUBIA HUALLA con el escrito de demanda ,siendo como sigue: Resolución Nro. 02, Cusca, catorce de noviembre Del dos mil diez. SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del proceso UNICO la demanda interpuesta por LUIS JUAN MERCADO FERNANDEZ sobre ADOPCION de menor contra GUMERCINDO SUBIA HUALLA Y ROSY YOVANA CACERES MOLINA con citación de la representante del Ministerio Público, en consecuencia córrase traslado al demandado por el plazo de cinco días para absolver el traslado bajo apercibimiento de declarar su rebeldía y darse por absuelto el traslado, con citación de la representante del Ministerio Público.- Por ofrecidos los medios probatorios de su referencia. A sus antecedentes los anexos adjuntos .. H.S.- Resolución Nro. 23, Cusca, Once de Julio Del dos mil trece. SE RESUELVE: DECLARAR NULO TODO LO ACTUADOS hasta fajas ciento veinticuatro, y DANDO PROVIDENCIA LEGAL al escrito de fajas ciento uno: A TODOS SUS EXTREMOS: Estando a lo expuesto por esta parte, y estando a la declaración efectuada de conformidad con lo previsto por el Artículo 435 del Có-


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