Avisos Judiciales 23 08 13

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Cusco, viernes 23 de agosto de 2013 Usuarios EDICTO JUDICIAL Ante el Primer Juzgado Mixto de Wanchaq que despacha la Dra. Elvia Barriga Morón, bajo la actuación del Secretario Judicial Walter Prado Chipayo, se viene tramitando el Proceso Civil N° 866-2013-0-1001-JM-FC-01., en el cual se ha dispuesto la publicación por edicto judicial conforme a Ley de la resolución admisoria que en la parte pertinente dice: Resolución número 01 de fecha dieciséis de julio del 2013: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO UNICO, la demanda interpuesta por VITALIANO INDALECIO CALIZAYA MALDONADO y GIOVANA MENDOZA MATHEUS, contra YENNIFER KAYZA CALIZAYA MENDOZA y RONALD DIAZ CAHUANA, sobre ADOPCION de menor (nieto) Klysman Stefano Luciano Díaz Calizaya; en consecuencia: TRASLADO de la demanda a los demandados, debiendo notificarse mediante edictos al demandado Ronald Diaz Cahuana, por el plazo perentorio de cinco días, bajo apercibimiento de ley, con conocimiento del Despacho Fiscal del Distrito de Wanchaq .. -H.S.- Juez.- Juana Consuelo Camacho Zambrano.- Secretario Judicial.- Walter Prada Chipayo.- Secretario Judicial.- Lo que se notifica para los fines consiguientes.- Wanchaq, 14 de agosto del 2013.5v-20-21-22-23-24-viiib/v 29407

A TODOS LOS INTERESADOS En el Juzgado Mixto del Distrito de Santiago, que despacha la señora Juez Doctor Leoncio Martiarena, bajo la actuación del Especialista Legal N. Victorio, en el proceso civil Nro. 838-2013-0-1018-JM-FC-01, se ha dispuesto notificar con la siguiente resolución: Resolución Nro. 02.- Santiago, dos de agosto del año dos mil trece.- ... SE RESUELVE: Admitir a trámite la demanda formulada por doña NANCY CANDIA CCOTO y DON RENATO CANDIA GUZMÁN sobre ADOPCIÓN POR EXCEPCIÓN DE LA MENOR VERENICE HANCCO (08 años) contra los herederos legales de quienes en vida fueron VERONICA HANCCO SAICO y DON IGNACIO HANCCO PUMA, de quienes los actores desconocen su paradero en la vía del Proceso UNICO, con citación expresa de la Representante del Ministerio Público; en tal virtud, córrase traslado por el término perentorio de cinco días a los demandados mediante edictos judiciales, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal conforme se tiene de las disposiciones contenidas en los articulo 165, 166 Y 435del Código Procesal Civil, si no contesta en forma oportuna i de proseguirse el proceso conforme a ley.- AL OTRO SI DIGO: Por ofrecidos los medios probatorios, reservándose su admisión i actuación para su oportunidad.- .... H.S. 3v. -21-22-23-viii b/v 29448

AVISO NOTARIAL PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO Ante mi Despacho Notarial, se presento la señora VIRGINIA VIRTO BUENO, identificada con DNI. 40622823, en su condición de Apoderada del Arzobispado del Cusco, a fin de solicitar, se proceda a realizar el procedimiento No Contencioso de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO del inmueble urbano denominado Cuartel Wasi N° 144 de la calle sin nombre, del distrito de San Jerónimo, provincia y departamento del Cusco, cuyo derecho de propiedad aun no se encuentra inscrito y, se declare al Arzobispado del Cusco como propietario. El Inmueble tiene un Área de 4,678.02 m2 (cuatro mil seiscientos setenta y ocho metros cuadrados con cero dos) y un Perímetro de 379.98 m.l. (trescientos setenta y nueve metros lineales con noventa y ocho) COLINDA a) Por el frente con la calle sin nombre en línea recta de 20.00 mi b) Por la derecha con la calle sin nombre en línea recta de 160.27 m.l. c) Por la izquierda con las propiedades de los señores Hugo Flores Tocre, Raúl Gutiérrez Condorhuanca, Rolando Arizabal Sandoval, Rodolfo Erwin Pérez Sierra, Jorge Augusto Casanova Abarca, Alejandro Chávez Aranya, Manuel Baltazar Cusiquispe Licona, César Vargas Chipana, Francisco Garrido Reyes, Irene Frisancho Castellanos, Natividad León Quintana, Zaragosa Casaverde de Zela, Julio Eduardo Polo Alarcóny Luis Fernando Miranda Ángeles en línea recta de 160.55 m.l., d) Por el Fondo, colinda con la propiedad de la familia Meza y Matías Huamán en línea recta de 30.87 m.l.. Lo que hago de conocimiento Público para los fines de ley. Cusco 26 de Julio de 2013. Carlos Augusto Somocurcio Alarcón Notario de Cusco. 3v-13-19-23-viii-13 b/v 29159

EDICTO En el proceso civil No. 183-2013 tramitado ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Cotabambas - Apurímac, a cargo del Juez Maxwell Odicio Luna, por resolución No. 03 del 07 de Agosto del 2013, se ha dispuesto la publicación de edictos del extracto de la demanda siguiente; SE RESUELVE: admitir a trámite la demanda interpuesta por Enrique García Chilo, sobre prescripción adquisitiva de bien mueble unidad vehicular, contra Carlos Alberto Retamozo Arróspide; del vehículo de placa de rodaje No. IG-1639, automóvil, Volkswagen, modelo 1200, tipo carrocería Coupe, año de fabricación 1965, cilindro 04, color blanco negro, No serie: 115713882, No motor: 9424753 anterior, hoy BJ907556, peso seco carrocería 800, No. Ruedas 04, No asientos 05, No de puertas 02; Debiendo sustanciarse en la vía de proceso abreviado, conforme

lo dispuesto por el artículo 506 del Código Procesal Civil efectuándose las publicaciones por edicto judicial.- H.S.- firma del Juez.- Paulino Béjar Salas.- Secretario Judicial.-Tambobamba, 09 de Febrero del 2013.3v-13-19-23-VIII-13 b/v 29326

AVISO DE PRIMER REMATE En el proceso civil 266-2006, seguido por CIRILO CHILLIHUA CANO contra MARGARITA APAZA DE SALVIA Y PRESENTACION SALVIA MAQQUE, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, el Juez del Juzgado de Paz Letrado de Tinta Daniel Banda Laucata, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Nanci Carolina Quispe Valencia, ha dispuesto el primer remate del siguiente Bien Inmueble. BIEN MATERIA DEL REMATE Sobre los derechos y acciones que les corresponden sobre el bien inmueble embargado, ubicado en la calle Leoncio Prado N° 200 Y calle Dos de Mayo, del distrito de Combapata, provincia de Canchis, departamento del Cusco de propiedad de los demandados Presentación Salvia Maqque y Margarita Apaza de Salvia, inscrito en la Partida Electrónica Nro. 11028537 de los Registros de Predios, SUNARP, Sicuani.- AFECTACIONES: Embargo, en forma de inscripción hasta por la suma de SI. 4,000.00 (cuatro mil con 00/100 nuevos soles) sobre los derechos y acciones del bien inmueble de los demandados PRESENTACION SALVIA MAQQUE y MARGARITA APAZA DE SALVIA a favor del demandante CIRILO CHILLIHUA CANO. VALOR DE TASACION: 25% de la propiedad es de 16,221.53 (dieciséis mil doscientos veintiuno y 53/100 nuevos soles); PRECIO BASE DEL REMATE: El precio base de la postura para el primer Remate es las dos terceras partes del valor de la tasación siendo el monto de SI. 10,814.35 (diez mil ochocientos catorce y 35/100 nuevos soles).- En consecuencia de conformidad a lo previsto por el artículo 731 del Código Adjetivo Civil, LUGAR y FECHA DEL REMATE: La diligencia se realizara en el local del Juzgado de Paz letrado de Tinta asentada en la Municipalidad Distrital de Tinta el día UNO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE A HORAS OCHO DE LA MAÑANA FUNCIONARIO QUE REALIZARA: Martillero Público ALBERTO OSCAR RAMOS WONG REQUISITOS PARA SER POSTOR: Solo se admitirá como postor a quien antes del remate hay depositado a nombre del Juzgado en efectivo o cheque de gerencia del Banco de la Nación, una cantidad no menor de 10% ( diez por ciento) del valor de la tasación del bien, según sea su interés. Así mismo deberá adjuntar el arancel judicial original por derecho de participación en remate público. Tinta, veintitrés de julio de 2013 B/V. 29222 3V. 22-23-26-viii-13

EDICTO En el Juzgado de Paz Letrado de Livitaca, que despacha el Sr. Juez Juan Carlos Alarcón Huamán, bajo la actuación de la Especialista Legal Cinthya Beliña Antezana Zubizarreta, se viene tramitando el Proceso Nro. 155- 2013-CI, seguido por WALTER CCOLQUE ESPINOZA, sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, donde se ha dispuesto publicar el siguiente texto: Que en la partida de nacimiento asentada en el Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Livitaca, del cinco de junio de mil novecientos ochenta y nueve, existen errores materiales, toda vez que su nombre aparece ilegible, lo correcto debe ser WALTER CCOLQQUE ESPINOZA; la fecha de nacimiento ha sido transcrito erróneamente el ocho de junio de mil novecientos ochenta y nueve, lo correcto debe ser el ocho de mayo de mil novecientos ochenta y nueve; el nombre de su progenitor aparece ilegible, lo correcto debe ser ZACARIAS CCOLQQUE PACCO; el apellido materno de su progenitora ha sido y transcrito erróneamente como LOPEZ, lo correcto debe ser TORRES es decir TIMOTEA ESPINOZA TORRES; por lo que se efectúa la presente publicación, para los fines de ley. 3v-22-23-26-viii b/v 29457

EDICTO JUDICIAL Señores: Progenitores del menor NN.NN.NN. (DARIO) y/o Representante legales del menor NN.NN.NN, de 10 meses de edad. Expediente Nro. 209- 2013-0-1001-JR-FT-03, investigación tutelar a favor del menor NN.NN.NN. sobre abandono moral y material, tramitado ante el Tercer Juzgado de familia del Cusco, se ha dispuesto la notificación a los progenitores y/o Representantes legales del menor NN.NN.NN. de 10 meses de edad con el extracto de la siguiente Resolución. Sentencia Nro. 12, Cusco, once de Julio del año en curso: Declarar judicialmente el estado de Abandono moral y material del menor NN.NN.NN. ahora nombrado DARIO LOPEZ LOPEZ. H.S Resolución Nro. 14, Cusco, cinco de Agosto del año dos mil trece: para declarar consentida la presente Sentencia se debe notificar mediante Edictos a los progenitores y/o Representantes Legales con el extracto de la presente Sentencia, por ello cúmplase con realizar los Edictos de Ley. Firma del Juez Edwin Béjar R. y de la Secretaria Eliana Vera Huaranca. Cusco, 05 de Agosto del 2013. 3v-22-23-26-vii b/v 29461


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