Avisos Judiciales 16 09 13

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Cusco, lunes 16 de setiembre de 2013 Usuarios

EDICTO JUDICIAL PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Urubamba, despachado por la Sra. Juez Agripina Usca Caviedes, en el Expediente Civil Nro. 00215-2010-0-1 015-JM-CI-01, bajo la actuación del Secretario Judicial Dorian Vladimir Prieto Pacheco, viene tramitándose proceso de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO interpuesta por Santiago Álvarez Torres y Teresa Marquina de Álvarez, a efectos que se les declare propietarios del Lote sin número de 305.06 m2 del predio matriz N° 307 de la calle Mariscal Castilla del Distrito y Provincia de Urubamba, por haber poseído dicho predio desde hace más de cuarenta años en forma pública, pacífica y de buena fe, además se ordene la inscripción registral; y los anexos que se acompañan y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la demanda que antecede reúne los requisitos que establecen los artículos 424 y 425 del Código Procesal Civil, SEGUNDO: Que, asimismo, la demanda no se encuentra incursa dentro de los supuestos generales de inadmisibilidad e improcedencia establecidos por los artículos 426 y 427 del cuerpo legal acotado, concurriendo los presupuestos procesales y las condiciones de la acción exigidos por los preceptos citados y estando a lo dispuesto por el artículo Primero del Título Preliminar del Código Procesal Civil, ADMíTASE la demanda interpuesta por SANTIAGO ALVAREZ TORRES y TERESA MARQUINA DE ALVAREZ sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, en contra de ALEJANDRO GAMARRA CALLER. Así como lo contenido en la resolución N° 19 de fecha 05 de noviembre del 2012 que corre a fojas 178 por el SE RESUELVE: Declarar fundada la nulidad y declarar nula la notificación edictal a la sucesión de Alejandro Gamarra Caller y estando acreditada que la sucesión de dicho demandado la integra únicamente Graciela Gamarra de Pineda: Notifíquesele con la demanda y anexos en su domicilio procesal como lo solicita. Se publica el presente para los fines de ley. Urubamba, 20 de agosto del 2013. 3v-4-10-16-ix-13 b/v 29524

EDICTO PARA FINES DEL ART. 506 DEL C.P.C. En el proceso Civil Nro. 1788·2013·0·1001·JR·CI·04, seguido por FREDY VARGAS JARA y VILMA GLORIA VALENCIA FARFAN con MASOCIACION PRO VIVIENDA LAS MERCEDES sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, bajo la actuación del especialista Legal ARTURO CABRERA ORUE, la Juez DEL CUARTO JUZGADO CIVIL DEL CUSCO Ora FANNY LUPE PEREZ CARLOS, a dispuesto la publicación edictal siguiente: EXTRACTO DE DEMANDA: FREDY VARGAS JARA y VILMA GLORIA VALENCIA FARFAN interpone la demanda de Prescripción Adquisitiva de Propiedad contra la A.P.V LAS MERCEDES para que se les declare propietarios del inmueble urbano indis-

tintamente denominado lote 23 y 24 de la fracción de terreno del predio San José ubicado en el Distrito de San Sebastián de la Provincia y Departamento del Cusca, y/o lote 23 y 24 de la Asociación Pro Vivienda Las Mercedes del Distrito de San Sebastián de la Provincia y Departamento del Cusco, ubicado entre la Vía Expresa y Avenida 28 de Julio y un pasaje sin nombre, de un área de 230.80 m2 y perímetro 67.70 mI., cuyos linderos son los siguientes: POR EL FRENTE con el pasaje San Francisco en línea recta con 10.00 mi; POR EL FONDO: con el lote 22 en línea recta de 10.00 mi; POR LA DERECHA con el lote 23 en línea recta con 24.30 mI. y POR LA IZQUIERDA: con el lote 25 en línea recta con 23.40 ml.Resolución Nro. 01 Cusco, 1 de Julio del 2013 VISTO; el escrito que contiene la demanda con los anexos que se adjunta; Y CONSIDERANDO: ( ... ) SE RESUELVE: 1. ADMITIR a trámite la demanda interpuesta; en consecuencia PUBLíQUESE un extracto de la presente resolución por tres veces con intervalo de tres días en la forma prevista por.los artículos 167 y 168 del Código Procesal Civil.- (“.) H.S.- Firma completa de la Juez Dr. Fanny Lupe Pérez Carlos, ante mi Arturo Cabrera Orue, especialista legal. RESOLUCION NRO. 4 Cusco, 8 de Agosto del 2013 VISTO: El escrito que precede: Y CONSIDERANDO: ( ... ) SE RESUELVE: DAR POR MODIFICADO LA DEMANDA esto es: 1· ENTENDERSE como demandado a la ASOCIACIÓN PRO VIVIENDA LAS MERCEDES representado por su actual presidente Jorge Quiñónez Berrocal y/o Ricardo Mendoza Valverde anterior presidente con personería vigente a la fecha (…).- H.S.- Firma completa de la Juez Dr. Fanny Lupe Pérez Carlos, ante mi Arturo Cabrera Orue, especialista legal. Cusco, 2 DE Setiembre del 2013 3v-4-10-16-IX-13 b/v 29640

EDICTO JUDICIAL Que, el Proceso Civil Nº 00171-2011-0,1010-JM-CI-01; seguido por Francisco Huaylla Huanaco en contra de: Antonio Alfaro Romani, Norma Villegas de Alfaro, Wilson Huaman Villegas, y WILNER HUAMAN VILLEGAS sobre: Declaración de mejor derecho a la posesión y de restitución de una fracción de parcela agrícola en una extensión aproximada de tres metros de ancho y noventa metros de largo y acumulativamente el pago de indemnización de daños y perjuicios causados por el acto desposesorio, pago de frutos consistente en lucro cesante, se viene tramitando en el Juzgado Mixto de La Convención, en la forma siguiente: DEMANDA interpuesta por: Francisco Huaylla Huanaco en contra de; Antonio Alfaro Romani, Norma Villegas De Alfaro, Wilson Huaman Villegas, y WILNER HUAMAN VILLEGAS sobre: Declaración de mejor derecho a la posesión y de restitución de una fracción de parcela agrícola en una extensión aproximada de tres metros de ancho y noventa metros de largo y acumulativamente el pago de indemnización de daños y perjuicios causados por el acto desposesorio pago de frutos consistente en lucro cesante, ADMÍTASE


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