Avisos Judiciales 03 09 13

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Cusco, martes 3 de setiembre de 2013 Usuarios

NOTIFICACION POR EDICTOS SRES. SUCESIÓN DE QUIEN EN VIDA FUERA SATURNINO CHAHUASONCCO PARISACA y Valeriano Chahuasoncco Parisaca, EXPEDIENTE N° : 0199-2013-0-1001-JR.CI.04.-En los seguidos por Dionicia Cama Parisaca, sobre División y Partición de Bienes, con la Sucesión de Santurnino Chahuasoncco Parisaca y Valeriano Chahuasoncco Parisaca, tramitado ante el Cuarto Juzgado Civil del Cusco, despachado por la Jueza Dra. Fanny Lupe Pérez Carlos, ha dispuesto la notificación con lo siguiente: Resolución N° 2 Cusco, veinte de Agosto del Dos mil trece.-( ... ) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por JUSTO CAMA PARISACA POR DERECHO PROPIO Y EN REPRESENTACION DE TERESA CHAHUASONCCO PARISACA y DIONICIA CAMA PARISACA, con la SUCESION DE QUIEN EN VIDA FUERA VALERIANO CHAHUASONCCO PARISACA y LA SUCESION DE SATURNINO CHAHUASONCCO PARISACA, sobre DIVISION y PARTICION DE BIENES; en la vía del PROCESO ABREVIADO, confiérase traslado a los demandados por el término de DIEZ DIAS bajo apercibimiento de declarársele rebelde.-( ... ) AUTORICESE la notificación por edictos con el extracto de la presente resolución a las SUCESIONES demandadas, en la forma prevista por los artículos 167 y 168 del Código Procesal Civil.-H.S. Media firma de la Jueza Dra. Fanny Lupe Pérez Carlos.-Especialista Legal E. Lía Ccarhuarupay Béjar. Cusco, 29 d Agosto del 2013. 3v-2-3-4-viiii b/v 29585

NOTIFICACION POR EDICTOS En el proceso Nro. 108-2013 tramitada ante el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de San Sebastián, despachado por la Juez Dra. Marianella Cárdenas bajo la actuación de la secretaria Dra. Antonina Ponce de León mediante resolución Nro.9 de de fecha catorce de agosto del año en curso se ha dispuesto notificar al demandado WILLIAM CCORIMANYA CERRO Con la demanda y auto admisorio mediante edictos debiendo de realizarse las publicaciones en el diario Oficial el peruano y en el de mayor circulación por el plazo de ley.- Res Nro. uno de diez de mayo del dos mil trece SE RESUELVE: interpuesta por NILDA BOLIV AR QUISPE en representación de su hijo Yago Usain Ccorimanya Bolívar sobre PRESTACION DE ALIMENTOS contra WILLIAM CCORIMANYA CERRO Y estando a lo dispuesto por el Articulo 164 del Código de los Niños y Adolescentes Modificado por la Ley 27337 Admítase al demanda en la VIA DEL PROCESO UNICO. Confiérase traslado al demandado por el plazo de cinco días bajo apercibimiento de ser declarado rebelde AL OTROSI.- Designese Asignación

Anticipada a favor del menor en el 30·% del haber que percibe el demandado de la Municipalidad Distrital de Echarati la Convención para cuyo fin gírese oficio ,H.S.3v-2-3-4-viiii b/v 29600

EDICTO JUDICIAL Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por el Juez John Aleck Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Civil Nro. 01555-2001-0-1001-JR-CI-3 seguido por Scotiabank Perú SAA, contra Inversiones Generales y otros, sobre Ejecución de Garantías, en el que se ha dictado la Resolución Nro. 164 que dispone: "Con la copia certificada de resolución de vista que antecede, por el que el colegiado declara nulo lo actuado después del doce de agosto de dos mil once, como tal de la revisión de autos se tiene que se declara nulo lo actuado desde fajas mil ochocientos veintitrés, en consecuencia teniendo conocimiento de que el demandado Andrés Avelino Covarrubias Bocangel, ha fallecido y atendiendo al tiempo de aquel hecho, a efecto de continuar con el trámite del proceso intégrese al proceso en calidad de sucesores procesales, a los Herederos Legales de ANDRES AVELINO COVARRUBIAS BOCANGEL, debiendo efectuarse la notificación a través de edictos por el término de tres días, para que se apersonen al proceso dentro de los treinta días de notificados, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal, los cuales contendrán un estracto de la presente"Fdo. por el Juez Alfaro Tupayachi.- Especialista Legal Huamán Sequeiros- Cusco, 29 de agosto de 2013. 3v-2-3-4-viiii b/v 29603 AVISO PRIMER REMATE PUBLICO En el proceso Civil Nro. 1456-2011-0-1001-JR-CI-04, seguido por la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO S.A. contra MANUEL CABRERA PEREIRA, BENITA CURILLO DE UGARTE y YANET UGARTE CURILLO, sobre OBLlGACION DE DAR SUMA DE DINERO, la señora Juez del Cuarto Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, Dra Fany Lupe Pérez Carlos, bajo la actuación del Especialista Arturo Cabrera Orué ha dispuesto el PRIMER REMATE PUBLICO DEL INMUEBLE que ha continuación se detalla: CARACTERISTICAS DEL BIEN: Bien inmueble: Predio Rustico denominado Perachayoc C.P identificado con Unidad Catastral Nro. 05119 ubicado en el Sector Chichubamba del Distrito y Provincia de Urubamba y Departamento del Cusco, de propiedad de MANUEL CABRERA PEREIRA inscrito en la partida electrónica Nro 05003228 Asiento 03 y 04 del Registro de Predios sección especial de los Registros Públicos del Cusco VALORACION DEL INMUEBLE: El inmueble esta valorizado en la suma de $/. 12,677.63 (DOCE MIL SEISCIENTOS SETENTISIETE CON 63/100 DO-


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