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Cusco, Martes 12 de Marzo de 2013
Cusco, Martes 12 de Marzo de 2013 Usuarios COMUNICADO Mediante el presente comunicado la empresa SERVICIOS MARLENS SAC, a los proveedores en los distritos de Ccatca y Ocongate, en las cuales tuviese la empresa deudas pendientes de pago. Apersonarse a la siguiente dirección Apv. Larapa Mz. A-3 Lte 8 San Jerónimo Cusco, de 08.00 a 12.00 horas, o llamar a los teléfonos 984117284 14VZ.02 AL 16.III.13 F/. 20548 NOTIFICACION POR EDICTOS Sra. LASTENIA ANDREA LOAIZA CARMONA VIUDA DE YACTAYO EXPEDIENTE N°: 734-2012-0-1001-JR.CI. 040- En los seguidos por Celia Ramos Flores, sobre Prescripción Adquisitiva de Bien Inmueble con Ana María Carmona Martínez, tramitado ante el 4to. Juzgado Civil del Cusco, Despachado por la Jueza. Dra. Fanny Lupe Pérez Carlos, se ha dispuesto la notificación con la presente resolución a LASTENIA ANDREA LOAIZA CARMONA VIUDA DE YACTAYO Resolución N° 03 Cusco, cinco de Julio del Dos mil doce .- (…); SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por CELIA RAMOS FLORES, con ANA MARIA CARMONA MARTINEZ y MANUEL BENJAMIN CARMONA MARTINEZ , CON citación de los colindantes; MARGARITA CARMONA CARMONA, HUGO CASAS SALAZAR, SUCESION DE JULIO ANDRES LOAYZA BACA, JORGE CARMONA CHALCO, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE BIEN INMUEBLE; en la vía del PROCESO ABREVIADO, confiérase traslado a la demandada por el término de DIEZ DIAS bajo apercibimiento de declarársele rebelde H.S. Resolución N° 10 Cusco, veintiocho de Enero del Dos mil trece.- AL PRINCIPAL: Estando a lo solicitado (..) AUTORICESE la notificación por edictos con el extracto del auto admisorio de demanda a la justiciable LASTENIA ANDREA LOAIZA CARMONA VIUDA DE YACTAYO en la forma establecida por el Artículo 167 y 168 del Código Procesal Civil, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal) Media firma de la Jueza Dra. Fanny Lupe Pérez Carlos Especialista legal E. Lía Ccarhuarupay Béjar. Cusco, 6 de Marzo del 2013. 3v-8-11-12-III-13 b/v 27244 EDICTO JUDICIAL Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusca, despachado por el Juean John Aleck Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Civil Nro. 01378-2012-0-1001-JR-CI-3 seguido por Arnaldo Sabina Cisneros, sobre Cambio de nombre, en el que se ha dictado la Resolución Nro. 04 de fecha 23 de octubre de 2012 en el que se dispone "".ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por ARNALDO SABINA CISNEROS, sobre CAMBIO DE NOMBRE, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso SUMARÍSIMO, con citación del Representante del Ministerio Público, en consecuencia, córrase traslado de la demanda por el término de CINCO DíAS.- debiendo efectuarse las publicaciones de un estracto de la presente a través de edictos por el término de un día en el diario oficial el Peruano y el Diario Judicial de esta localidad. Al Otrosí.- Téngase en cuenta los medios probatorios ofrecidos para su oportunidad procesal ."- Fdo Juez Alfaro Tupayachi.- Especialista Legal Huamán Sequeiros.Cusca, 07 de marzo de 2013 B/V. 27253 3V- 11-12-13 JUZGADO DE PAZ LETRADO DE PISAC-CALCA NOTIFICACIÓN JUDICIAL: SEÑORA: AIDEE LOZANO ESPINOZA. Hago saber, que en la causa No. 19-2008 seguida por ROSA GRACIELA MARRANILLO ROMERO contra DORIS SALAS MARMANILLO y OTROS sobre División y Partición, ha recaído el siguiente mandato: Resolución No. 106.- Pisac, veintiocho de noviembre del año dos mil doce. y CONSIDERANDO : SE RESUELVE: EMPLAZAR a la denunciada civilmente AIDEE LOZANO ESPINOZA mediante edictos conforme dispone el artículo 165 y siguientes del Código Procesal Civil a costa del demandante AMETH SALAS TECSI.- H. S. RESOLUCIÓN No. 94.- Pisac, veinticuatro de octubre del año dos mil once.- AL PRINCIPAL y OTROSI: proveyendo al escrito de esta misma parte de fojas novecientos diez, extremo OTROSI DIGO : Vistos la denuncia civil de la demandada, Y CONSIDERANDO : Segundo : En el caso de autos, la denunciante manifiesta que el inmueble número 104 de la calle Grau de Calca a la fecha es propietaria doña MARIA PILAR LOAIZA VEGA por haberlo adquirido a título oneroso, asimismo el predio denominado TANCARPATA fracción de la hacienda VILCABAMBA son propietarios MARIO LOAIZA HINOJOSA y AYDEE LOZANO ESPINOZA también por haberlo adquirido a título oneroso de sus propietarios anteriores, consiguientemente tienen interés en las resultas del presente proceso, toda vez que los referidos inmuebles se encuentran en la pretensión solicitada en la demanda, por lo que de conformidad con el artículo 103 del cuerpo legal acotado, se RESUELVE: 1) ADMITIR a trámite la denuncia civil formulada por AMETH SALAS TECSI contra MARIA PILAR LOAIZA VEGA, MARIO LOAIZA HINOJOSA y HA YDEE LOZANO ESPINOZA, a quienes se les incorpora en el estado en que se encuentra el presente proceso materia de litis, como litis consorte activo.- H.S.- firmando ROCIO QUISPE ASTETE Juez del Juzgado Paz Letrado de Pisac.- EDWIN CUENTAS CHACON Secretario. Lo que notifico a Ud. Para fines consiguientes.
Pisac, 05 de marzo del 2013 B/V- 27255 3V-11-12-13 3° JUZGADO FAMILIA DE CUSCO - S.Ex Mesón Progreso s/n EXPEDIENTE : 00209-2013-0-100 I-JR-FT-03 MATERIA : ABANDONO MATERIAL PELIGRO MORAL Y MALTRATOS ESPECIALISTA : JUDITI-I CASTILLO PRADO INSTITUCIONES DE PROTECCION AL MENOR SECRETARIA NACIONAL DE ADOPCIONES, DEL MINDES MINISTERIO PUBLICO :TERCERA FISCALlA DE FAMILIA MENOR : NN NN HOGAR DE MENORES, AMANTANI NOTIFICACION SOBRE ABANDONO DE MENOR SE NOTIFICA: A los padres o responsables del siguiente menor: NN NN (06 meses de edad) con Proceso N° 00209-2013 que fue encontrado en la calle Perú N° B-8 del Distrito de San Sebastián. Para que comparezcan ante el Tercer Juzgado de Familia de la ciudad del Cusco, a fin de rendir su declaración respecto al abandono moral y material de su menor hijo, de lo contrario se Declarara el Estado de Abandono Moral i Material con fines de Adopción. Cusco, 07 de marzo del 2013. Secretaria: Abog. Judith Castillo Prado, Juez. Dr. Edwin Romel Bejar Rojas. B/V-27260 2V-11-12 NOTIFICACION DE SENTENCIA SOBRE ABANDONO DE MENOR Ante el Tercer Juzgado de Familia se tramita la Investigación Tutelar Nro. 2131- 2011-0-1001-JR-FA03 a favor del menor MIGUEL QUISPE CONDORl sobre Abandono Moral y Material, proceso en el cual se emitió sentencia de fecha 04-02- 13 y FALLA: DECLARANDO EL ESTADO DE ABANDONO MORAL Y MATERIAL DEL MENOR; por lo que, ordena que se notifique a los padres y/o familiares para que se apersonen y hagan valer sus derechos de lo contrario se promoverá los trámites con fines de adopción. Juez : Dr. Edwin Romel Béjar Rojas Secretaria: María Friné Cano Alvarez Cusco, 07 de marzo del 2013 B/V-27260 2V-11-12 EDICTO JUDICIAL SEÑOR: ENRIQUE MAMANI PARRA En el 2do Juzgado Mixto de Wanchaq-Cusco. Exp. Nro. 00034-2013-0-1001-JM- CI-O2, seguido por Asunta Villafuerte Cornejo, sobre Declaración de Desaparición de Enrique Mamani Parra, se ha dispuesto la notificación por edictos y publicar el extracto de la resolución Nro. 01 del 21-01-13: "...Admitir a Trámite en la Vía del Proceso No Contencioso, la demanda interpuesta por Asunta Villafuerte Cornejo, sobre Declaración de Desaparición de don Enrique Mamani Parra, con citación del representante del Ministerio Público. Notifíquese al desaparecido mediante edictos, bajo apercibimiento de nombrarse Curador Procesal". Medios Probatorios.- "Por ofrecidos los propuestos en la demanda " H.S.- Firma y sello del señor Juez Andrés Abelino Flores Aguilar.- Ante mí: Evangelina Conza Choque.-Secretaria Judicial.- Lo que se le notifica para los fines consiguientes.- Wanchaq, 04 de Marzo del 2013. Evangelina Conza Choque. Secretaria Judicial 03VZ.11.12.13.III.13 B/. 23504 AVISO DE CONVOCATORIA PARA SEGUNDO REMA TE PÚBLICO En la causa N°. 299-201o-o-101D--JM-CI-O1, .seguido por la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO QUILLABAMBA QUILLACOOP, debidamente representado por su apoderado Armando Huamán Mamani, contra EMPRESA MULTIPLE AGROINDUSTRIAL PRODUCTOS ORGANICQS S.A. EMAIPO S.A., sobre Ejecución de Garantías Reales; la señora Juez. Del Juzgado Mixto de la Provincia de La Convención Dra. María Antonieta Cano Pozo, bajo la actuación del Secretario Judicial Rogers Muñoz Baca, ha dispuesto la venta en subasta Pública el bien inmueble: CARACTERÍSTICAS DEL BIEN PREDIO RUSTICO: El bien ir\mueble predio rustico denominado "Peñamocco III", identificado con Unidad Catastral 65735, ubicado en el sector Pantorrilla, Distrito de Yanatile, Provincia de Calca, Departamento del Cusco, cuenta con un área de 0.2528 Hás, cuenta con una edificación de material ladrillo concreto armado, de un nivel, con instalaciones de servicios básicos de agua, desagüe e instalación eléctrica. Área Construida de 135.00 m2, inscrita en la Partida Electrónica 03005503, de la zona Registral N°.X sede Cusco. VALORIZACIÓN DEL PREDIO RUSTICO: El inmueble se encuentra valorizado en la suma de 5/ .78,257.87 (SETENTA y OCHO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 87/100 NUEVOS SOLES). BASE DEL REMATE.- S/. 44,346.12. (CUARENTA y CUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENT A y SEIS CON 12/100 NUEVOS SOLES) que resultan las dos terceras partes del valor de su tasación, con deducción del 15% de la base del primer remate. GRAVAMENES y CARGAS: El predio se encuentra hipotecado a favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Quillabamba "QUILLACOOP" Asiento 4 P.E. N".03005503. LUGAR, FECHA Y HORA DEL REMATE: El remate se llevará a cabo en el holl del local del Poder Judicial de La Convención, sito en el Jr. Espinar Nº.148 de la ciudad de Quillabamba, el día VEIN-