25 de enero de 2021
Boletín FISCAL Diario
Índice M
a
Boletines Oficiales Sentencias del TS de interés
DOGC 23.01.2020. núm 8324 CATALUNYA.
PRORROGA
MESURES
COVID.
RESOLUCIÓ SLT/133/2021, de 22 de gener, per la qual es prorroguen les mesures en matèria de salut pública per a la contenció del brot epidèmic de la pandèmia de COVID-
ISD.
Extinción
del
condominio.
Requisito
de
la
permanencia de la vivienda del causante en el patrimonio [PÁG. 5]
19 al territori de Catalunya.
Sentencia del TSJUE de interés
[PÁG. 2] BOCM 23.01.2020. núm 19
MEDIDAS CAUTELARES. ESTONIA. Solicitud de medidas
MADRID. MEDIDAS COVID. ORDEN 46/2021, de 22
cautelares — Resolución judicial del Estado miembro
de enero, de la Consejería de Sanidad, por la que se
requirente a efectos de la adopción de medidas
adoptan medidas específicas temporales y excepcionales
cautelares — Competencia del órgano jurisdiccional del
por razón de salud pública para la contención del COVID-
Estado miembro requerido para apreciar y revisar la
19 en la Comunidad de Madrid y se modifica la Orden
justificación de dichas medidas
1405/2020, de 22 de octubre, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por
[PÁG. 6]
razón de salud pública para la contención del COVID-19 en
determinados
núcleos
de
población,
como
consecuencia de la evolución epidemiológica. [PÁG. 3] BON 25.01.2020. núm 17
Monográfico Efectos fiscales del desequilibrio patrimonial por pérdidas del ejercicio 2020 en los grupos fiscales de consolidación en el IS
NAVARRA. IVA. DECRETO FORAL LEGISLATIVO 1/2021, de 13 de enero, de Armonización Tributaria, por el que se modifica la Ley Foral 19/1992, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido. [PÁG. 4] DOGV 25.01.2020. núm 9004 BIS VALENCIA. COVID. DECRETO 2/2021, de 24 de enero, del president de la Generalitat, por el que se limita la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados, se prorroga la medida de restricción de la entrada y la/ salida de personas del territorio de la Comunitat Valenciana y se limita, durante los fines de semana y los días festivos, la entrada y la salida de los municipios y grupos de municipios con población superior a 50.000 habitantes. [PÁG. 4]
[PÁG. 7]