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Boletines oficiales

BOE núm 148 de 22.06.2023

IVA MODELO 381 Orden HFP/645/2023, de 20 de junio, por la que se aprueba el modelo 381 "Impuesto sobre el Valor Añadido. Solicitud de reembolso de las cuotas tributarias soportadas por las fuerzas armadas de los Estados miembros de la Unión Europea afectadas a un esfuerzo en el ámbito de la política común de seguridad y defensa (art. 5.2 del reglamento aprobado por el Real Decreto 443/2023, de 13 de junio)" y se determinan la forma y procedimiento para su presentación, y se modifica la Orden EHA/1729/2009, de 25 de junio, por la que se aprueba el modelo de Certificado de exención del Impuesto sobre el Valor Añadido y de los Impuestos Especiales en las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas en el marco de las relaciones diplomáticas y consulares y en las destinadas a organizaciones internacionales o a las fuerzas armadas de Estados miembros que formen parte del Tratado del Atlántico Norte, distintos de España, y se aprueba el sobre de envío de autoliquidaciones del IVA.

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En primer lugar, esta orden tiene por objeto aprobar el modelo de solicitud de devolución de las cuotas del Impuesto sobre el Valor Añadido soportadas por las fuerzas armadas de cualquier Estado miembro de la Unión Europea distinto de España por adquisiciones vinculadas a esfuerzos realizados en el ámbito de la política común de seguridad y defensa.

Modelo 381 «Impuesto sobre el Valor Añadido. Solicitud de reembolso de las cuotas tributarias soportadas por las fuerzas armadas de los Estados miembros de la Unión Europea afectadas a un esfuerzo en el ámbito de la política común de seguridad y defensa (art. 5.2 del Reglamento aprobado por el Real Decreto 443/2023, de 13 de junio Disposición transitoria única. Presentación del modelo 381 correspondiente al tercer y cuarto trimestre de 2022 y al primer trimestre de 2023. La presentación de los modelos 381 correspondientes al tercer y cuarto trimestre de 2022 y al primer trimestre de 2023 se efectuará en el plazo de presentación del modelo 381 correspondiente al segundo trimestre de 2023.

En segundo lugar, esta orden tiene por objeto adaptar el actual certificado de exención del Impuesto sobre el Valor Añadido y de los Impuestos Especiales en las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas en el marco de las relaciones diplomáticas y consulares y en las destinadas a organizaciones internacionales o a las fuerzas armadas de Estados miembros que formen parte del Tratado del Atlántico Norte, distintos de España, a las nuevas exenciones introducidas respecto del esfuerzo de defensa realizado por las fuerzas armadas de un Estado miembro en otro Estado en el marco de la política común de seguridad y defensa y respecto de las medidas de la Unión en respuesta a la pandemia COVID-19.

El modelo se utilizará también por las fuerzas armadas españolas en el supuesto previsto en el artículo 5.1 del Reglamento por el que se desarrollan las exenciones fiscales relativas a las

Fuerzas Armadas de los Estados miembros de la Unión Europea afectadas a un esfuerzo de defensa en el ámbito de la política común de seguridad y defensa y se establece el procedimiento para su aplicación, aprobado por Real Decreto 443/2023, de 13 de junio.

BOC núm 121 de 22.06.2023 CANARIAS. CONVALIDACIÓN DECRETO LEY 4/2023. PRÓRROGA IGIC. RESOLUCIÓN de 14 de junio de 2023, de la Presidencia, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Decreto ley 4/2023, de 25 de mayo, por el que se prorroga la aplicación del tipo cero en el Impuesto General Indirecto Canario para combatir los efectos del COVID-19 y para la recuperación de diversas actividades en la isla de La Palma (10L/DL-0061).

Artículo único. Prórroga del tipo cero en el Impuesto General Indirecto Canario. Uno. Se prorroga la vigencia del Decreto ley 17/2021, de 23 dediciembre, por el que se amplía el plazo de aplicación del tipo cero en el Impuesto General Indirecto Canario, a la importación o entrega de determinados bienes necesarios para combatir los efectos del COVID-19, y se unifica su regulación, hasta el 30 de septiembre de 2023.

Dos. Se prorroga la vigencia del apartado Tres del artículo 4 del Decreto ley 12/2021, de 30 de septiembre, por el que se adoptan medidas tributarias, organizativas y de gestión como consecuencia de la erupción volcánica en la isla de La Palma, hasta el 30 de septiembre de 2023.

La presente publicación contiene información de carácter general, sin que constituya opinión profesional ni asesoramiento jurídico. Para cualquier aclaración póngase en contacto con nosotros

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