Mini Boletín FISCAL 06/06/2024 - www.gabinetedelaorden.com

Page 1

Índice

Informa

NUEVASPREGUNTAS

jueves, 6 de junio de 2024

IRPF. Novedadespublicadasenel INFORMAduranteelmes de mayo [pág. 2]

NUEVASPREGUNTAS

IS. Novedadespublicadasen elINFORMAdurante el mesde mayo [pág. 3]

NUEVASPREGUNTAS

IVA. Novedadespublicadasen el INFORMAdurante el mesde mayo [pág. 4]

Lapresentepublicacióncontieneinformacióndecaráctergeneral,sinqueconstituyaopiniónprofesionalni asesoramientojurídico.Paracualquieraclaraciónpóngaseencontactoconnosotros

Mini BoletínFISCALdiario
Página1de5

NUEVASPREGUNTAS

Informa

IRPF. Novedades publicadas en el INFORMA durante el mes de mayo

Fecha:05/06/2024

Fuente:webdelaAEAT

Enlace:AccederaINFORMA

147407 -APLICACIÓNEFECTIVADELADEDUCCIÓNANTESDE2013. EXCEPCIONES

El TEAC ha fijado como criterio que podrán aplicar la deducciónporinversión en vivienda habitual los contribuyentes que no hubieran practicado la deducción antes de 2013 por no haber presentado declaración al no estar obligados, o porque estándolo y habiéndola presentadonohubierantenidocuotaíntegra parapoderaplicarla.Cuandoestafaltadecuota obedezca aunerror,se estará alas circunstanciasde cada caso.

147428 -DEVOLUCIÓNPLUSVALÍAMUNICIPAL.

INMUEBLEHEREDADO

La devolución del ingreso indebido por el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana correspondiente a un inmueble heredado no tiene incidencia en la liquidacióndel IRPF del ejercicio enque sepercibe. No obstante, si se ha vendido elinmueble en un ejercicio anterior y el impuesto se ha incluido en el valor de adquisición para determinar la ganancia o pérdida patrimonial, se debe eliminar del mismo mediante la presentación de una autoliquidación complementaria.

147427 -INCREMENTO

GASTOSDEGUARDERÍA: GUARDAYCUSTODIACOMPARTIDA

Elincrementoporgastosenguarderíaocentrosdeeducacióninfantilautorizadoscorresponde a la madretanto por el importe satisfecho por ella como el pagado por el otro progenitor y conindependencia de queellatenga laguardaycustodia enexclusiva ocompartida

Lapresentepublicacióncontieneinformacióndecaráctergeneral,sinqueconstituyaopiniónprofesionalni asesoramientojurídico.Paracualquieraclaraciónpóngaseencontactoconnosotros

Mini BoletínFISCALdiario
Página2de5 jueves,
de junio de
6
2024

NUEVASPREGUNTAS

jueves, 6 de junio de 2024

IS. Novedades publicadas en el INFORMA durante el mes de mayo

Fecha:05/06/2024

Fuente:webdelaAEAT

Enlace:AccederaINFORMA

147425 - DEDUCCIÓN PRODUCCIONES CINEMATOGRAFICAS ESPAÑOLAS. CONTRATO DEFINANCIACIÓNSUSCRITO DESPUESDEINICIADALAPRODUCCIÓN

A efectos de determinar la deducción generada por el productor que se podrá aplicar el financiadordeberán computarse todas las cantidades aportadas por este último, desde la suscripción del contrato de financiación hasta la fecha de obtención de los certificadosprevistosenelartículo36.1 a) dela LIS.

147422 - NORMAS COMUNES DEDUCCIONES CAPÍTULO IV DEL TÍTULO VI DE LA LIS. LIMITEINCREMENTADO DEDUCCIONESARTÍCULO 39.1 LIS

El límiteincrementadodel50porciento,previstoenelartículo39.1delaLIS,seaplicarásobre todaslasdeduccionesprevistasenelCapítuloIVdelTítuloVIdelaLISqueseapliquenenun determinado periodoimpositivo.

147421-IMPUTACIÓNTEMPORAL.IMPUTACIÓNFISCALDEGASTOS:ERRORCONTABLE

Losgastos que erróneamente se hayan imputado contablemente a un periodo impositivo posterior al del devengo, deben imputarse fiscalmente al periodo posterior en el que se realizó la imputación contable cuando no se derive una tributación inferior a la que hubiere correspondidoporaplicacióndel criterio deimputación deldevengo.

147419 - RESERVA CAPITALIZACIÓN. MANTENIMIENTO INCREMENTO FONDOS PROPIOS: REDUCCIÓNCAPITAL

La reducción de capital con devolución de aportacionesa lossocios no debe computarse a lahoradedeterminarelcumplimientodelrequisitode mantenimientodelincremento delosfondos propios.

147420 - RESERVA CAPITALIZACIÓN. CÓMPUTO PLAZO CINCO AÑOS MANTENIMIENTO INCREMENTO FONDOSPROPIOS

De conformidad con el artículo 25.1 de la LIS el importe del incremento de los fondos propios se debe mantener durante un plazo de 5 años desde el cierre del periodo impositivo en el que se practique la correspondiente reducción en base, salvo por la existencia de pérdidas contables enla entidad.

Lapresentepublicacióncontieneinformacióndecaráctergeneral,sinqueconstituyaopiniónprofesionalni asesoramientojurídico.Paracualquieraclaraciónpóngaseencontactoconnosotros

Mini BoletínFISCALdiario
Página3de5

NUEVASPREGUNTAS

IVA. Novedades publicadas en el INFORMA durante el mes de mayo

Fecha:05/06/2024

Fuente:webdelaAEAT

Enlace:AccederaINFORMA

147416 -FORMACIÓNPARALAOBTENCIÓNDEL TÍTULO DEPILOTO

Serviciosde formaciónparalaobtenciónde lostítulosdepilotoprivadodeavión,pilotoprivado de helicóptero,pilotodeplaneador ypilotode globo libre. Exención.

EstánexentoslosserviciosdeenseñanzaimpartidosporEscuelasdeformaciónaeronáuticaautorizadas por la Dirección General de Aviación Civil, para la obtención de los títulos aeronáuticos civiles depiloto comercial(avión),pilotodetransportedelíneaaérea(avión),pilotocontripulaciónmúltiple(avión), piloto comercial (helicóptero), piloto de transporte de línea aérea (helicóptero), y mecánico de a bordo, dado que, en todos estos casos, las referidas enseñanzas deben calificarse a tales efectos de formaciónprofesionalpor tener comofinalidadlaobtenciónpor el alumnodeuntítuloque,objetivamente considerado y con carácter general, está destinado a ser utilizado para el ejercicio de determinadas actividadesprofesionales.

No están exentoslos servicios de enseñanza impartidos por Escuelas de formación aeronáutica autorizadasporlaDirecciónGeneraldeAviaciónCivil,paralaobtencióndelostítulosaeronáuticosciviles depiloto privado (avión), piloto privado (helicóptero), piloto de planeador y piloto de globo libre, ademásdeporestablecerloasíexpresamentelaletrac)deltercerpárrafodelartículo20.uno.9ºLIVA,por tratarsedeserviciosdeenseñanzaquenopuedensercalificadosdeformaciónprofesionalatalesefectos, dadoquetienencomofinalidadlaobtenciónporlosalumnosdeuntítuloque,objetivamenteconsiderado yconcaráctergeneral,estádestinadoasatisfacernecesidadespersonalesdequienesloobtienen.

147418 -INTERFAZ DIGITAL QUEFACILITA

LASVENTAS

Una empresa presta servicios logísticos. Sus clientes, una vez enviados los productos a sus almacenes, los venden a consumidores finales y la entidad, a través de un software, recibe una orden de los que tiene que empaquetar para que un transportista los recoja y entregue al consumidor final. El transportista entrega la mercancía y recibe el importe de la venta que envía a laentidadyesta,trasdetraersushonorarios,transfiereelrestoalvendedor. Consideracióncomo interfazdigitalquefacilita lasventas

147417 -IMPUESTO TRANSACCIONESFINANCIERASEINTERMEDIARIO FINANCIERO

Si,cuandounintermediariofinancieroactúaporcuentadeterceros,elimportedel Impuestosobre TransaccionesFinancieras(ITF),formapartedelabaseimponible delIVAdelservicioprestado por elcitadointermediario.

La respuesta debe ser negativa, ya queel ITF no está intrínsecamente vinculado al servicio de intermediación o custodia sino a la compra de los valores. En definitiva, el ITF se devenga con la compradelasaccionesynoconelserviciodelintermediario(odepositariodevalores).

Lapresentepublicacióncontieneinformacióndecaráctergeneral,sinqueconstituyaopiniónprofesionalni asesoramientojurídico.Paracualquieraclaraciónpóngaseencontactoconnosotros

Mini BoletínFISCALdiario
Página4de5 jueves,
de junio
6
de 2024

jueves, 6 de junio de 2024

En conclusión,el ITF no supone para el intermediario (o depositario de valores) mayor contraprestación por sus servicios de mediación o depósito prestados, por lo que dicho tributo nodebeformarpartedelabaseimponibledesusoperaciones.

147415 -LIBROSELECTRÓNICOSDESTINADOSALAENSEÑANZA

Tipo aplicable a unproducto educativo de uso escolar, con ISBN asignado, comercializado a través de unaplataforma consultiva dirigida a escuelas y maestros, que trabaja distintos conceptos educativos.

El suministrode libros electrónicos mediante la descarga de los mismos a través de una página web, constituyeuna prestación deserviciosporvía electrónicaque debe tributar altipodel 4% El tiporeducidodel 4%tambiénseríadeaplicacióncuandoelsuministrodeloscitadoslibroselectrónicos,comooperaciónprincipal, se acompañase, de forma accesoria, del acceso en línea de los adquirentes de dichas publicaciones a determinadasherramientasdeunaplataformadeaprendizaje.

Noobstante,sielservicioprestadotuvieralaconsideracióndeservicioeducativoysecumplieranlosrequisitos subjetivosyobjetivosnecesarios,elmismoestaríaexentoenvirtuddelartículo20.Uno.9ºLIVA.Encasodeque se tratase del suministro de enseñanza a distancia que tuviera la condición de prestación de servicios por vía electrónica, el servicio no quedaría amparado por la exención. Tampoco le sería de aplicación el tipoimpositivo del 4 %,tributando al 21%,al no preverse este tiporeducido para el suministro de enseñanza a distancia, sino para el suministro de libros, periódicos y revistas que también tengan la consideración de prestacióndeserviciosporvíaelectrónicaenlostérminosprevistosenel artículo91.Dos.1.2ºLIVA.

147414 -SERVICIO DEAMARREYTASADEAYUDASALANAVEGACIÓN

Un club náutico presta el servicio de amarre y satisface la tasa de ayudas a la navegacióna la Autoridad Portuaria en calidadde sustituto del contribuyente.Loscontribuyentesdela tasa sonlos propietarios delasembarcaciones, destinatariosdel citado serviciode amarre.Si el importede la tasaque el club repercutea susclientes se encuentra sujetoal IVA.

La tasa de ayuda a la navegación deberá formar parte de la base imponible de las prestaciones de serviciosportuarios,dadoqueexisteunvínculodirectoentrelosserviciosportuariosgenerales,como eldeamarre,ylosdeseñalizaciónmarítimagravadosporlatasa.

Lapresentepublicacióncontieneinformacióndecaráctergeneral,sinqueconstituyaopiniónprofesionalni asesoramientojurídico.Paracualquieraclaraciónpóngaseencontactoconnosotros

Mini BoletínFISCALdiario
Página5de5

Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.
Mini Boletín FISCAL 06/06/2024 - www.gabinetedelaorden.com by delaorden - Issuu