Circular Fiscal ENERO 2023 - www.gabinetedelaorden.com

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C. Vinzo Gil

X. Vendranas Ramón

S. de la Orden Montoliu

A. Gonzalez Carrasco

Circular Mensual ENERO de 2023

Bienvenidosalaño2023!!!

ComosabéisDiciembredel 2022haestadobombardeadodeunmontóndemodificacionestributariasynuevosimpuestos.Porotrolado,puntualmente,oshemosenviado notasinformativasdandocuentadetemasaconsiderar antesdeterminarelejercicio fiscaldel2022.

Por tanto en esta CIRCULAR de forma monográfica os vamos a comentar exclusivamentelasnovedadesmásimportantespublicadasafinalesdelpasadodiciembre. TansóloañadiremoselCALENDARIOFISCALdeeneroyfebrerode2023quetambién oshemosanticipadohaceunosdías.

Abrazos, EnriquedelaOrden

Pl. Francesc Macià, 4, 4art. – 08021 Barcelona Tel. 93 414 50 14 www.gabinetedelaorden.net gabinete@delaorden.net

E. de la Orden Ondategui
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Francesc
Barcelona
93 414 50 14
ÍNDICE 1.- PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2023 ...................................5 2.- MEDIDAS FISCALES 15 3.- RETENCIONES 2023............................................................................................................................19 4.- CALENDARIO FISCAL ENERO DE 2023......................................................................................21 5.- CALENDARIO FISCAL FEBRERO DE 2023................................................................................26
Pl.
Macià, 4, 4art.
08021
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Lasdisposicionesquevamosacomentarsecontienenenlas2siguientesnormasdelasqudetallamos un índice de modificaciones por impuestos del que escogeremo los temas más signiticativos y que consideramosdemayorinterés.

1PGE 2023. Ley31/2022,de23dediciembre,dePresupuestosGeneralesdelEstadoparaelaño 2023

INDICE

IRPF

Reducciones para el cálculo de los rendimientos netos

Obligacióndedeclarar Límitescuantitativos-régimendeestimaciónobjetiva

Imputaciónderentasinmobiliarias Aportaciones ycontribuciones a sistemas de previsiónsocial Nuevostramosdelaescaladegravamendelahorro Ampliacióndeladeducciónpormaternidad Retenciones sobre los rendimientos del trabajo abonadosduranteelmesdeenerode2023 Retenciones sobre determinados rendimientos de artistas

Deducción por residencia habitual y efectiva en La Palmaen2022y2023 ImpuestosobreSociedades Tipodegravamenreducido Amortizaciónaceleradadevehículos TributosLocales IAE

Impuesto sobre el Incremento de Valor de los TerrenosdeNaturalezaUrbana IVA

Operaciones asimiladas a las adquisiciones intracomunitariasdebienes Lugar de realización de las prestaciones de servicios TipoImpositiv Importacionesdebienes

InversióndelSujetoPasivo: Comercioelectrónico: Modificacióndelabaseimponibleporimpago Límitescuantitativos-régimendeestimaciónobjetiva IGIC

Nuevo régimen fiscal especial temporal para las islasbaleares

Impuestoespecialdefabricación Leygeneraltributaria Cesión de datos reservados con trascendencia tributaria Aplazamientosyfraccionamientosdedeudastributarias ITPyAJD

Escala por transmisiones y rehabilitaciones de grandezasytítulosnobiliarios Contratosdecréditoinmobiliario CopaAméricaBarcelona Acontecimientodeexcepcionalinteréspúblico: Bonificacióncuotastrabajadores Régimenfiscal Acontecimientosdeespecialinteréspúblico Otrasmedidasdeinterés Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM)

Interéslegaldeldineroydedemora Régimen económico y fiscal especial de canarias

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2MEDIDAS FISCALES. RealDecreto-ley20/2022,de27dediciembre,deme-

didasderespuestaalasconsecuenciaseconómicasysocialesdelaGuerradeUcrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.

INDICE

IVA

Moratoriacontable Reforma del texto refundido de la Ley Concursal Se amplía la protección a los colectivos vulnerables Medidasarrendamientos Deducciónpormaternidad Ayudas para sectores y fomento del transportepúblico Medidaspeajesautopistas

Medidas de apoyo para afectados por el volcándeLaPalma Apoyo a los afectados por incendios forestales Liberalizacióndelasinversiones Aplazamiento pago cuotas Seguridad Social Facultativosdeatenciónprimaria SalarioMínimoInterprofesional Medidas para los afectados por la erupcióndelvolcándeLaPalma

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1.- PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2023

Medidas tributarias:

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Reducciones para el cálculo de los rendimientos netos Con efectos desde el 1 de enero de 2023 y vigencia indefinida:

a) Se incrementa la reducción por obtención de rendimientos del trabajo.

Los contribuyentes con rendimientos netos del trabajo inferiores a 19.747,5 euros (hasta el 31/12/2022:16.825euros),siemprequenotenganrentas(excluidaslasexentas)distintasdelasdel trabajosuperioresa6.500euros,minoraránelrendimientonetodeltrabajoenlassiguientescuantías: Si los rendimientos netos del trabajo son iguales o inferiores a 14.047,50 euros (hasta el 31/12/2022:13.115euros): 6.498 euros anuales (hastael31/12/2022:5.565euros).

Silosrendimientosnetosdeltrabajoestáncomprendidosentre 14.047,50 y 19.747,50 euros (hasta el31/12/2022:entre13.115y16.825euros): 6.498 euros menoselresultadodemultiplicarpor1,14 ladiferenciaentreelrendimientodeltrabajoy14.047,50eurosanuales(hastael31/12/2022:1,5por ladiferenciaentreelrendimientoy13.115eurosanuales).

b) De la misma forma y con los mismos rangos y cuantías, se eleva la reducción aplicable a los trabajadores autónomos económicamente dependientes. Con efectos exclusivos en 2023:

a) Estimación directa simplificada:

Seincrementa del 5% al 7% elporcentajedededucciónparaelconjuntodelasprovisionesdeduciblesylosgastosdedifíciljustificación.Elapartado2deestanuevaDisposiciónadicionalestableceque esteporcentaje podrá ser modificado reglamentariamente.

b) Estimación objetiva:

Loscontribuyentesquedeterminenelrendimientonetodesusactividadeseconómicasporelmétodo de estimación objetiva podrán reducir el rendimiento neto de módulos obtenido en2023 en un 10 por 100,enlaformaqueseestablezcaenlaOrdenporlaqueseapruebenlossignos,índicesomódulosparadichoejercicio.

Obligación de declarar

Elevade14.000 a 15.000 euros elumbraldelaobligacióndedeclararparaquienesperciban -rendimientosdeltrabajodemásdeunpagador, -pensionescompensatoriasdelcónyugeoanualidadesporalimentosnoexentas,

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- rendimientos del trabajo no sujetos a retención (porque el pagador no esté obligado a retener),o

-rendimientosdeltrabajosujetosatipofijoderetención

Imputación de rentas inmobiliarias

Elporcentajedeimputacióndel1,1porcientoprevistoenel artículo85deestaleyresultarádeaplicaciónenelcasodeinmuebleslocalizadosenmunicipiosenlosquelosvalorescatastraleshayansido revisados, modificadosodeterminadosmedianteun procedimientodevaloración colectivadecaráctergeneral,deconformidadconlanormativacatastral,siemprequehubieranentradoen vigor a partir de 1 de enero de 2012

Aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social

Con efectos desde el 1 de enero de 2023:

a)El30por100delasumadelosrendimientosnetosdeltrabajoydeactividadeseconómicaspercibidosindividualmenteenelejercicio.

b)1.500eurosanuales.

Estelímiteseincrementaráenlossiguientessupuestos,enlascuantíasqueseindican:

1.ºEn8.500eurosanuales,siemprequetalincrementoprovengadecontribucionesempresariales,o deaportacionesdeltrabajadoralmismoinstrumentodeprevisiónsocialporimporteigualoinferiora lascantidadesqueresultendelsiguientecuadroenfuncióndelimporteanualdelacontribuciónempresarial:

Importe anual de la contribución Aportación máxima del trabajador

Igual o inferior a 500 euros.

Entre 500,01 y 1.500 euros.

Más de 1.500 euros.

El resultado de multiplicar la contribución empresarial por 2,5.

1.250 euros, más el resultado de multiplicar por 0,25 la diferencia entre la contribución empresarial y 500 euros.

El resultado de multiplicar la contribución empresarial por 1.

Noobstante,entodocasoseaplicará el multiplicador 1 cuandoeltrabajadorobtengaenelejercicio rendimientosíntegrosdeltrabajosuperioresa60.000eurosprocedentesdelaempresaquerealizala contribución, acuyoefectolaempresa deberácomunicaralaentidadgestoraoaseguradora delinstrumentodeprevisiónsocialquenoconcurreestacircunstancia.

A estos efectos, las cantidades aportadas por la empresa que deriven de una decisión del trabajador tendránlaconsideracióndeaportacionesdeltrabajador.

2.º En4.250 euros anuales, siempre que tal incremento provenga de aportaciones a los planes de pensiones sectoriales previstos en la letra a) del apartado 1 del artículo 67 del texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, realizadas por trabajadores por cuenta propia o autónomos que se adhieran a dichos planes por razón de su actividad; aportaciones a los planes de pensiones de empleo simplificados de trabajadores por cuenta propia o autónomos previstos en la letra c) del apartado 1 del artículo 67 del texto refundido de la Ley

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de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones;odeaportacionespropiasqueelempresario individual o el profesional realice a planes de pensiones de empleo, de los que sea promotor y, además,partícipeoaMutualidadesdePrevisiónSocialdelasqueseamutualista,asícomolasquerealice aplanesdeprevisiónsocialempresarialoseguroscolectivosdedependenciadelosque,asuvez,sea tomadoryasegurado Nuevos tramos de la escala de gravamen del ahorro Seañadeunnuevotramoalaescaladegravamendelahorroquesumandolaescalaestatalylaautonómicaquedadelasiguientemanera:

Base liquidable del ahorro Hasta euros Cuota íntegra Euros Resto base liquidable del ahorro Hasta euros Tipo aplicable Porcentaje 0,00 0,00 6.000,00 19 6.000,00 1.140,00 44.000,00 21 50.000,00 10.380,00 150.000,00 23 200.000,00 44.880,00 100.000,00 27 300.000,00 71.880,00 Enadelante 28

Tambiénesdeaplicaciónaloscontribuyentesquesebeneficiandelrégimenespecialdetrabajadores desplazadosaterritorioespañol.

Ampliación de la deducción por maternidad

Semodificaladeducciónpormaternidad: a) Podrán beneficiarse de la deducción las mujeres con hijos menores de tres años con derecho a la aplicacióndelmínimopordescendientesque: - en el momento del nacimiento del hijo reciban prestaciones contributivas o asistenciales del sistema de protección de desempleo, o -endichomomento o en cualquier momento posterior esténdadasdealtaenlaSeguridadSocialo mutualidadquecorrespondaconunperíodomínimo,enesteúltimocaso,de30díascotizados.

b) La deducción se calculará en función de los meses del periodo impositivo posteriores al momento en el que se cumplan los requisitos señalados en la letra anterior, en los que la mujer tenga derecho al mínimo por descendientes por ese menor de tres años, siempre que durante dichos meses no se perciba por ninguno de los progenitores (en relación con dicho descendiente) el complemento de ayuda para la infancia previsto en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital.

c)CuandosetengaderechoaladeducciónenrelaciónconesedescendienteporcursaraltaenlaSeguridadsocialomutualidadconposterioridadalnacimientodelmenor,ladeduccióncorrespondiente almesenelquesecumplaelperíododecotizaciónde30díasalqueserefierelaletraa)anterior, se incrementará en 150 euros.

d)Elincrementodededucciónprevistocuandosehubieransatisfechoenelperíodoimpositivogastos decustodia delhijomenordetresañosen guarderíasocentros deeducación infantilautorizadosse seguirá calculando como hasta ahora, pero tendrá como límite el importe total del gasto efectivo no subvencionadosatisfechoen dichoperíodoalaguarderíaocentroeducativo(nohay yareferencia a lascotizacionesalaSeguridadSocial).

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Retenciones sobre los rendimientos del trabajo abonados durante el mes de enero de 2023

Lasretencioneseingresosacuentaapracticarsobrelosrendimientosdeltrabajoquesesatisfagano abonen en enero de 2023, correspondientes a dicho mes, a los que resulte de aplicación el procedimientogeneraldecálculodeltipoderetención,sedeberánrealizarconarregloalanormativavigente a31dediciembrede2022.Apartirdefebreroseaplicarálanormativaenvigor desde1deenerode 2023,porloquesedeberáefectuarlacorrespondienteregularizacióndetipos.

Retenciones sobre determinados rendimientos de artistas

a) Rendimientos del trabajo derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas

Seminoradel15%al 7% el tipo de retención aplicablesobrelosrendimientosdeltrabajoderivados delaelaboraciónde obras literarias, artísticas o científicas cuando: - el volumen de los rendimientosíntegros correspondiente al ejercicio inmediato anterior sea inferiora15.000euros, -representemásdel75%delasumadelosrendimientosíntegrosdeactividadeseconómicasy deltrabajoobtenidosporelcontribuyenteendichoejercicio;y -elcontribuyentecomuniquealpagadorlaconcurrenciadedichascircunstancias.

b)derechosdela propiedad intelectual

Se reduce el tipo retención sobre los derechos de la propiedad intelectual (cualquiera que sea su calificación)del19%al 15%. Noobstante,seaplicaráeltipodel7%:

-cuandosecalifiquencomorendimientosdeltrabajoenlosqueconcurranlascondicionesdescritasenlaletraanterior, - cuando se califiquen como rendimientos de actividades económicas obtenidos por contribuyentesqueiniciansuactividad;y -cuandosetratedeanticiposacuentaderivadosdelacesióndelaexplotacióndederechosde autorquesevayanadevengaralolargodevariosaños.

Impuesto sobre Sociedades

Tipo de gravamen reducido

Conefectosparalosperíodosimpositivosqueseinicienapartirde1deenerode2023yvigenciaindefinida sereducedel25% al 23%eltipodegravamenparalasentidadescuyoimportenetodelacifradenegociosdelperíodoimpositivoinmediatoanterior sea inferior a 1 millón de euros.Estetipodegravamen del 23% y el gravamen del 15% previsto para las entidades de nueva creación que realicen actividades económicas y obtengan base imponible positiva, no se aplicará a las entidades patrimoniales.

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Amortización acelerada de vehículos

Lasinversiones en vehículossepodrán amortizarmultiplicandopor2elcoeficiente deamortización linealmáximoprevistoenlastablasoficiales,sisetratadevehículosnuevosFCV,FCHV,BEV,REEVo PHEV (según definiciones del Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre) afectos a actividades económicas, que entren en funcionamiento en los periodos que se inicien en 2023, 2024 y 2025 IVA

Operaciones asimiladas a las adquisiciones intracomunitarias de bienes

Con efectos desde el 1 de julio de 2022 y vigencia indefinida

Seestableceunaexenciónparalasentregas,importacionesyadquisicionesintracomunitariasdebienes realizadas por las fuerzas armadas de los Estados miembros que participan en actividades en el marco de la política común de seguridad y defensa de los bienes queno han sido adquiridos por dichasfuerzasoelementocivilen lascondicionesnormalesdetributación delImpuestoen laComunidad, o cuando su importación no pudiera beneficiarse de la exención del Impuesto establecida en el artículo62deestaley

Lugar de realización de las prestaciones de servicios

Conefectosdesdeel1deenerode2023

Seentiendelocalizadasen elámbitodeaplicacióndel IVA(o delIGIC)lassiguientesprestacionesde servicios,siemprequenoestéradicadoeldestinatarioenlaUE,peroutiliceoexplotelosserviciosen elterritoriodeaplicacióndelimpuesto:

- Losserviciosdearrendamientodemediosdetransportescuyo destinatariotengaonolacondicióndeempresariooprofesionalactuandocomotal

- Los servicios de publicidad, consultoría e informática cuando su destinatario no actúe como empresariooprofesional.

- Servicios financieros o de seguros cuando el destinatario tenga la condición de empresario o profesional.

Tipo Impositivo

Alobjetodeacentuarlaperspectivadegénero,pasanatributaraltipoimpositivoreducidodel4%los tampones, compresas y protegeslips, al tratarse de productos de primera necesidad inherentes a la condiciónfemenina,asícomolospreservativosyotrosanticonceptivosnomedicinales.Estamodificación se realiza, de conformidad con los nuevos límites establecidos en la Directiva2006/112/CE del Consejo,de28denoviembrede2006,relativaalsistemacomúndelimpuestosobreelvalorañadido, enmateriadetiposimpositivos.

Importaciones de bienes

Conelobjetivodereforzarlaseguridadjurídicadelosoperadoresylasgarantíasenlaactuacióndela AdministracióntributariaseactualizanvariospreceptosdelaaludidaLey37/1992,de28dediciem-

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bre,paralaarmonizaciónyadaptacióndesucontenidoalanormativaaduaneracomunitaria.Enconcreto,aquellosreferentesalhechoimponibleimportacióndebienes,lasoperacionesasimiladasalas importaciones debienes, las exenciones en lasexportaciones de bienes, las exenciones en las operacionesasimiladasalasexportaciones,lasexencionesrelativasalassituacionesdedepósitotemporaly otras situaciones, lasexenciones relativasa los regímenes aduanerosy fiscales, la base imponiblede lasimportacionesdebienesylaliquidacióndelimpuestoenlasimportaciones.

Inversión del Sujeto Pasivo:

Tambiénseintroducencambiosenlaregulacióndelmecanismodeinversióndelsujetopasivo extendiendo su aplicación a las entregas de desechos y desperdicios de plástico ydematerialtextil,y semodificanlasreglasreferentesalsujetopasivoparaque seadeaplicaciónlaregladeinversiónde estealasentregasdeestosresiduosymaterialesderecuperación.

Con independencia de lo anterior, se excluye de la aplicación de la regla de inversión del sujeto pasivo a las prestaciones de servicios de arrendamiento de inmuebles sujetas y no exentas del Impuesto,queseanefectuadasporpersonasoentidadesnoestablecidasenelterritoriodeaplicacióndel Impuesto. De esta forma, se facilita que puedan acogerse al régimen general de deducción y devolución establecido en la Ley del Impuesto, dado que en determinadas circunstancias habían quedado excluidosdelrégimendedevoluciónanoestablecidos.Así,segarantizalaneutralidaddelImpuestoy sereducenlascargasadministrativasparalaobtencióndeladevolución. Además,paraevitarsituacionesdeelusiónfiscal, se excluye también de la aplicación de dicha regla a las prestaciones de servicios de intermediación en el arrendamiento de inmuebles efectuados por empresarios o profesionales no establecidos. En particular, cuando el arrendador presta servicios de arrendamiento exentos del IVA, se garantiza la recaudación del Impuesto correspondientealosserviciosdemediaciónysereducenlascargasadministrativasderivadasdeladeclaracióneingresodelIVAporestosarrendadoresque,concaráctergeneral,nodebenpresentardeclaraciones-liquidacionesdelImpuesto.

Comercio electrónico:

Asuvez,paraadecuarlamencionadaLey37/1992,de28dediciembre,alanormativacomunitariaen elámbitodelaregulacióndelcomercioelectrónicoenelIVA,devienenecesariorealizarunaseriede ajustes técnicos para, por una parte, definir de forma más precisa las reglas referentes al lugar de realización de las ventas a distancia intracomunitarias de bienes y el cálculo del límite que permite seguir tributando en origen por estas operaciones, cuando se trata de empresarios o profesionales que solo de forma excepcional realizan operaciones de comercio electrónico, y, por otra, en relación con dicho límite, concretar que, para la aplicación del umbral correspondiente, el proveedor debe estar establecido solo en un Estado miembro y los bienes deben enviarse exclusivamentedesdedichoEstadomiembrodeestablecimiento.

Modificación de la base imponible por impago

Semodifica:

Porúltimo,parasumejoradecuaciónalOrdenamientocomunitario,semodificanalgunosaspectosde lanormayelprocedimientoderecuperaciónporelsujetopasivodelIVAdevengadodecréditosincobrables.Enparticular, se incorpora en la Ley del Impuesto la doctrina administrativa que permite la modificación de la base imponible en caso de créditos incobrables como consecuencia de un proceso de insolvencia declarada por un órgano jurisdiccional de otro Estado miembro.

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Porotraparte,enrelaciónconloscréditosincobrables,serebajaelimportemínimodelabaseimponible(de300a50euros)delaoperacióncuandoeldestinatariomorosotengalacondicióndeconsumidorfinal, se flexibiliza el procedimiento incorporando la posibilidad de sustituir la reclamación judicial o requerimiento notarial previo al deudor por cualquier otro medio que acredite fehacientemente la reclamación del cobro a este deudor, y se extiende a6 meses el plazo para procederalarecuperacióndelIVAdesdequeelcréditoesdeclaradoincobrable.Esta últimamedida seacompañadeunrégimentransitorioparaquepuedanacogersealnuevoplazode6mesestodoslos sujetospasivosdelIVAcuyoplazodemodificaciónnohubieracaducadoalafechadeentradaenvigor delaLey.

IGIC

Conefectosdesdelaentradaenvigoryvigenciaindefinida,losartículos80a82delaLPGEpara2023 introducen modificaciones referidas a la adecuación a la normativa aduanera, al lugar de realización dedeterminadasprestacionesdeserviciosyalrégimengeneraldededucciones,paraalinearlaregulacióndeIVAeIGIC.

NUEVO RÉGIMEN FISCAL ESPECIAL TEMPORAL PARA LAS ISLAS BALEARES

Conefectosparaperiodosimpositivosqueseinicienentre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2028

Ámbito de aplicación:

SeaplicaráenelámbitoterritorialdelaComunidadAutónomadelesIllesBalears.

Reserva para inversiones en les Illes Balears

- LoscontribuyentesdeISydelIRNRtendránderechoauna reducción en la base imponible de las cantidades que, con relación a sus establecimientos situados en las Illes Balears, destinen de sus beneficios a la reserva para inversiones. El contenido es muy parecido al de la Reserva paraInversionesenCanarias.

Lareducciónseaplicaráalasdotacionesqueencadaperíodoimpositivosehaganalareservapara inversioneshastaellímitedel90porcientodelapartedebeneficioobtenidoenelmismoperíodo que no sea objeto de distribución, en cuanto proceda de establecimientos situados en las Illes Balears.

Enningúncasolaaplicacióndelareducciónpodrádeterminarquela base imponible sea negativa.

LascantidadesdestinadasalareservaparainversionesenlasIllesBalears deberán materializarse en el plazo máximo de 3 años, contados desde la fecha del devengo del impuesto correspondientealejercicioenquesehadotadolamisma.

Régimen especial para empresas industriales, agrícolas, ganaderas y pesqueras

- Los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes aplicarán una bonificación del 10 por ciento de la cuota íntegra correspondiente a los rendimientosderivadosdelaventadebienescorporalesproducidosenlasIllesBalearsporellosmismos,

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propiosdeactividadesagrícolas,ganaderas,industrialesypesqueras,enesteúltimocasoenrelación conlascapturasefectuadasensuzonapesquerayacuícola.Sepodránbeneficiardeestabonificación las personas o entidades domiciliadas en las Illes Balears o en otros territorios que se dediquen a la produccióndetalesbienesenelarchipiélago,mediantesucursaloestablecimientopermanente.

- Labonificaciónanteriortambiénseráaplicablealos contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas queejerzanlasmismasactividadesyconlosmismosrequisitosexigidosa los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, siempre y cuando determinen los rendimientos porelmétododeestimacióndirecta.

APLAZAMIENTOS Y FRACCIONAMIENTOS DE DEUDAS TRIBUTARIAS

Conefectosdesdeel1deenerode2023yvigenciaindefinida En el caso de situaciones concursales, se modifica el régimen de aplazamientos y fraccionamientos de deudas y sanciones tributarias por la Agencia Estatal de Administración Tributaria En el caso de situaciones concursales, se modifica el régimen de aplazamientos y fraccionamientos de deudas y sanciones tributarias por la Agencia Estatal de Administración Tributaria:

▪ Seextiendelaposibilidaddesolicitarelaplazamientoofraccionamientoalassancionestributariasestatalesynosóloalasdeudas.

▪ Serestringelaposibilidaddesolicitarelaplazamientoyfraccionamientoalsupuestoenqueel deudorhayacomunicadoaljuzgadocompetentelaaperturadenegociacionesconsusacreedoresdeacuerdoconloprevistoenlosartículos585o690deltextorefundidodelaLeyConcursal,ysiemprequeelplandereestructuraciónnosehayaformalizadoeninstrumentopúblico, nisehayaaprobadoelplandecontinuación,nideclaradoelconcursooabiertoelprocedimientoespecialparamicroempresas.

Losplazosmáximosserán:

6meses,cuandolasdeudassean<30.000eurosysetratedepersonasjurídicasodeherenciasyacentes,comunidadesdebienesydemásentidadesque,carentesdepersonalidadjurídica,constituyanuna unidadeconómicaounpatrimonioseparadosusceptibledeimposición.

12meses,cuandoelobligadoalpagocarezcadebienessuficientesparagarantizarladeuda,siempre quelaejecucióndesupatrimoniopudiera afectarsustancialmentealmantenimientodelacapacidad productiva y del nivel de empleo de la actividad económica, o pudiera producir graves quebrantos paralosinteresesdelaHacienda.

12meses,cuandosetratedepersonasfísicasylasdeudassean<30.000euros.

24 meses, cuando se garantice mediante hipoteca, prenda o fianza personal o solidaria o sea posible solicitardelaAdministraciónqueadoptemedidascautelaresensustitucióndelasgarantíascitadas.

36meses,cuandolosaplazamientosyfraccionamientossegaranticenconavalsolidariodeentidadde créditoosociedaddegarantíarecíprocaocertificadodesegurodecaución.

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COPA AMÉRICA BARCELONA

Acontecimiento de excepcional interés público:

Se declara acontecimiento de excepcional interés público al programa de apoyo a la “XXXVII Copa AméricaBarcelona”.LaduracióndelacontecimientoserádesdelaentradaenvigordelaLPGEhastael 31dediciembrede2025.

Bonificación cuotas trabajadores

Las personasjurídicas constituidas conmotivo del acontecimiento por la entidad organizadora de la «XXXVII Copa América Barcelona» o por los equipos participantes, que cuenten con un domicilio en España, tendrán una bonificación del 100 por ciento en la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes,asícomoporlosconceptosderecaudaciónconjuntaconlascuotasdeSeguridad Social, respecto de los trabajadores que contraten para la realización de labores directamente relacionadasconsuparticipaciónenelcitadoacontecimiento.

Régimen fiscal:

-tendrándurantelacelebracióndelacontecimientolaconsideracióndeentidadesdeclaradasde utilidad pública beneficiarias del mecenazgo a los efectos previstos en los artículos16 a25 de la Ley49/2002,de23dediciembre,derégimenfiscaldelasentidadessinfineslucrativosydelosincentivosfiscalesalmecenazgo.

-NoseconsideraránobtenidasenEspañalasrentasquepercibanlaspersonasfísicasqueprestensus serviciosalaentidadorganizadoraoalosequiposparticipantesquenoseanresidentesenEspaña, obtenidasdurantelacelebracióndelacontecimientoyenlamedidaenqueesténdirectamenterelacionadasconsuparticipaciónenla«XXXVIICopaAméricaBarcelona».

-Laspersonasfísicasaqueserefiereelnúmeroanteriorqueadquieranlacondicióndecontribuyentes porelImpuestosobrelaRentadelasPersonasFísicascomoconsecuenciadesudesplazamientoa territorio español con motivo de este acontecimiento, aplicarán una reducción del65 por ciento sobrelacuantíanetadelosrendimientosquepercibandelaentidadorganizadoraodelosequipos participantes,durantelacelebracióndelacontecimientoyenlamedidaenqueesténdirectamente relacionadosconsuparticipaciónenelmismo.

-Régimen aduanero específico

-IVA:

o Por excepción a lo dispuesto en el ordinal2° del apartado Uno del artículo119 bis de la Ley37/1992,de28dediciembre,delImpuestosobreelValorAñadido,noseexigiráelrequisito de reciprocidad en la devolución a empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del Impuesto que soporten o satisfagan cuotas del Impuesto como consecuencia de la realización de operaciones relacionadas con la celebración de la «XXXVIICopaAméricaBarcelona».

o 2. Los empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del Impuesto que soporten osatisfagan cuotas comoconsecuenciade larealización de operacionesrelacionadasconla«XXXVIICopaAméricaBarcelona»tendránderechoaladevolución dedichascuotasaltérminodecadaperiododeliquidación

-Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.

La obligación de matriculación en España prevista en la disposición adicional primera de la Ley38/1992, de28 de diciembre, de Impuestos Especiales, no será exigible en relación con las

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Circular Mensual ENERO de 2023

embarcacionesderecreoybuquesoembarcacionesdedeportesnáuticosqueutilicenenelterritorio español la organización de la «XXXVII Copa América Barcelona» o los equipos participantes durante lapreparación,entrenamientoycelebración delacontecimiento. Noobstante, unavezfinalizado el acontecimiento será exigible la obligación de matriculación antes referida una vez transcurrido el plazo aque hace referencia elprimer párrafo de la letra d) delapartado1 del artículo65delacitadaLey.

-Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

NoestaránsujetasalImpuestosobreSucesionesyDonacioneslasadquisiciones«mortiscausa»y lascantidadespercibidasporlosbeneficiariosdesegurosdevida,cuandoelcausahabienteobeneficiario haya adquiridola residencia en Españacomo consecuencia desu desplazamiento adicho territorioconmotivodelacelebracióndela«XXXVIICopadelAméricaBarcelona».Lanosujeción reguladaenelpárrafoanteriorestarávigentehastael31dediciembrede2025

-Exención del pago de las tasas por reserva deldominiopúblicoradioeléctricoparalasreservasde usoprivativodedichodominioqueseefectúencondestinoacubrirlasnecesidadesderivadasde lacelebracióndela«XXXVIICopaAméricaBarcelona». - Exencionesdetasasytarifasportuariasaplicablesalacelebracióndela«XXXVIICopaAmérica Barcelona».

OTRAS MEDIDAS DE INTERÉS

Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM)

(Disposición adicional 90)

sefijapara2023enlassiguientescantidades: - IPREMdiario:20euros - IPREMmensual:600euros. - IPREManual:7.200euros.

También se establece que, cuando la referencia al salario mínimo interprofesional (SMI) haya sido sustituidaporlareferenciaalIPREM(comoocurreenlaexenciónantesmencionada),lacuantíaanual deesteseráde8.400euros,siemprequelacitadareferenciaalSMIloseaencómputoanual;salvoque seexcluyanexpresamentelaspagasextraordinarias,encuyocasolacuantíaseráde7.200euros.

Interés legal del dinero e interés de demora (Disposiciónadicional42)

- interéslegaldeldinero,estequedaestablecidoenel3,25porcientohastael31dediciembredelaño2023.

- elinterésdedemoraaqueserefierealartículo26.6delaLey58/2003,de17dediciembre, GeneralTributaria,seráel4,0625porciento

- elinterésdedemoraaqueserefiereelartículo38.2deLey38/2003,de17denoviembre, GeneraldeSubvenciones,seráel4,0625porciento

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2.- MEDIDAS FISCALES

RealDecreto-ley20/2022,de27dediciembre,demedidasderespuestaalasconsecuenciaseconómicasysocialesdelaGuerradeUcrania ydeapoyoalareconstruccióndelaislade LaPalmayaotras situacionesdevulnerabilidad.

Entrada en vigor: el 28/12/2022.

IVA

Medidas aprobadas:

- Productos frescos: se suprime el IVA hasta el 30 de junio o hasta que la inflación subyacente baje del 5,5% esté debajo del 5,5% del mes de abril para aplicar el 10% a partir del 01/05/2023

• El pan común, así como la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamentealaelaboracióndelpancomún.

• Las harinas panificables

• Lossiguientestiposde leche producidaporcualquierespecieanimal:natural,certificada,pasterizada, concentrada,desnatada,esterilizada,UHT,evaporadayenpolvo.

• Los quesos

• Los huevos.

• Las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tengan la condición de productosnaturalesdeacuerdoconel Código Alimentarioylas disposicionesdictadasparasudesarrollo.

Eltipodelrecargodeequivalenciaaplicableaestasoperacionesserádel0porciento.

Noobstante,eltipoimpositivoaplicableseráel4porcientoapartirdeldía1delmesdemayo de2023,enelcasodequelatasainteranualdelainflaciónsubyacentedelmesdemarzo,publicadaenabril,seainferioral5,5porciento.Enestecaso,eltipodelrecargodeequivalenciaaplicableaestasoperacionesserádel0,5porciento.

- Aceite y pastas: se reduce del 10% al 5% hasta el 30 de junio o hasta que la inflación subyacente baje del 5,5% esté debajo del 5,5% del mes de abril para aplicar el 10% a partir del 01/05/2023

- Gas natural, briquetas y pellets:conefectos durante todo el 2023 seaplicaráel 5% del IVA

Eltipodel recargo de equivalencia aplicable,duranteelámbitotemporalmencionadoenelapartadoanterior,alasentregasdebriquetasy«pellets»procedentesdelabiomasayalamaderapara leñaseráel 0,625 por ciento.

- Mascarillas: ElIVAseguirángravadasal4%duranteel hasta el 30 de junio del 2023

- Las vacunas y pruebas diagnósticas mantendrán un gravamen del 0% que estarán vigentes hasta el 30 de junio de 2023

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Circular Mensual ENERO de 2023

Circular Mensual ENERO de 2023

- Energía eléctrica: Con efectos desde 1 de julio de 2022 y vigencia hasta 31 de diciembre de 2023,seaplicaráel tipo del 5% delIVAalasentregas,importacionesyadquisicionesintracomunitariasde energía eléctrica efectuadasafavorde:

a. Titularesdecontratosdesuministrodeelectricidad,cuyapotenciacontratada(términofijode potencia)sea inferior o igual a 10 kW,conindependenciadelniveldetensióndelsuministro y la modalidad decontratación, cuando elprecio medioaritméticodel mercadodiario correspondientealúltimomesnaturalanterioraldelúltimodíadelperiododefacturaciónhayasuperadolos 45 €/MWh.

b. Titulares de contratosde suministro deelectricidad que sean perceptores del bono social de electricidad y tengan reconocida la condición de vulnerable severo o vulnerable severo en riesgodeexclusiónsocial,deconformidadconloestablecidoenelRealDecreto897/2017,de6 deoctubre,porelqueseregulalafiguradelconsumidorvulnerable,elbonosocialyotrasmedidasdeprotecciónparalosconsumidoresdomésticosdeenergíaeléctrica.

Moratoria contable

- Se prorroga durante los ejercicios 2022, 2023 y 2024 la moratoria contable, es decir, la no consideración de las pérdidas sufridas en 2020 y 2021 como causa de disolución por pérdidas prevista en la Ley de Sociedades de Capital, con el objetivo de permitir que las empresas viables puedandisponerdeunplazosuficienteydefinitivoparanormalizarsusituación.

Se amplía la protección a los colectivos vulnerables

- seapruebanayudasparaseguirprotegiendoalasfamilias,entrelasquedestacaunchequede 200 euros para familias declasemediatrabajadoradestinadoacompensarlasubidadepreciosdela alimentación.

- se prorroga para 2023 el incremento del 15% del importe del Ingreso Mínimo Vital ydelas pensionesnocontributivas.

- Seamplíatambién, hasta el 31 de diciembre de 2023,laprohibicióndelcortarlos suministros básicos,luz,aguaygas,aconsumidoresvulnerables,alavezquesemantieneparaestecolectivo eldescuentoenlafacturaeléctricaatravésdelbonosocial.

Medidas arrendamientos:

- Se prolonga hasta el 31 de diciembre de 2023 la limitación extraordinaria de la actualización anual de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda (artículo18delaLAU), demaneraque, en defecto de acuerdo entre las partes, la actualización de la renta no pueda superar el resultado de aplicar la variación anual del Índice de Garantía

de Competitividad

-

.

Se amplía hasta el 30 de junio de 2023 la suspensión de los procedimientos y lanzamientos en lossupuestosydeacuerdoconlos trámitesyaestablecidos, asícomolaposibilidad, hasta el 31 de julio de 2023,desolicitarcompensaciónporpartedelarrendadoropropietario,medida ya recogida en el RealDecreto-ley37/2020, de22 de diciembre, demedidasurgentes parahacer frentealassituacionesdevulnerabilidadsocialyeconómicaenelámbitodelaviviendayenmateriadetransportes.

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Circular Mensual ENERO de 2023

- Se establece una prórroga extraordinaria del plazo de los contratos de arrendamiento de seis meses desde la fecha de finalización, durante la cual se seguirán aplicando los términos y condicionesestablecidosparaelcontratoenvigor Ayudas para sectores y fomento del transporte público

- Lanormaaprobadareemplazalabonificacióngeneralde 20 céntimos por litro de gasolina por medidasmásespecíficasdirigidasafomentarelusodeltransportepúblicoypor ayudas a sectores más dependientes del uso de los carburantes, másexpuestosalasfluctuacionesdeprecios. (art34a37)

- Se extiende durante todo 2023 la gratuidad del transporte público estatal ferroviario yterrestredecercanías,rodalíesymediadistancia.ElEstadobonificaráel30%deltransportepúblicourbanoeinterurbanoparatodasaquellasComunidadesAutónomasoayuntamientosquebonifiquen,asuvez,el20%delprecio.(DT1)

- Se prorrogarán durante todo 2023 las bonificaciones para transporte de viajeros porferrocarril incluyendo la gratuidad en cercanías y media distancia. Asimismo, desde el 1 de febrero hasta el 30dejunio, seamplía del 50% al100% la bonificacióndel billete multiviajedeautobús paralaslíneascompetenciadelEstado.

Adicionalmente,seincluyenayudasespecíficasparalossectoresmásdependientesdelosprecios deloscarburantescomotransporte,agriculturaypesca.

- Para los transportistas que usen gasóleo profesional se establece una ayuda de 20 céntimos durante tres meses y de 10 céntimos por un periodo adicional de tres meses que se gestionará como devolución mensual por parte de la Agencia Tributaria.

- Para los titulares de una autorización de transporte (autobuses, taxis, ambulancias, VTC y mercancías)seestableceuna ayuda directa porelconsumo estimadoparaseismeses, queserá de300a3.690euros.

- Para el sector agrario seapruebaunaayudaextraordinariaytemporal hasta el 30 de junio para los titulares de explotaciones agrarias de hasta 20 céntimos por cada litro de gasóleo adquirido en 2022 y destinado exclusivamente al uso agrario por el que el beneficiario obtenga la devolución de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos.

- Para el sector de la pesca, seestableceunaayudadirectaalospesquerosenfuncióndelcaladero(nacionalointernacional),lamodalidadylaesloradelbarco.Lasayudasirándesde1.100euroshasta300.000eurosporbarco.

También para ambos sectores se aprueban ayudas adicionales con el objetivo de reducir la incidenciaenlospreciosdelosalimentosdelaumentodeloscostesdeproducciónderivadosdelalza de precios de los fertilizantes. Para ello, se articula una ayuda directa por el uso de fertilizantes quesecalcularáporhectáreaenfuncióndeltamañodelaexplotaciónydeltipodecultivo.Finalmente,seprorrogaduranteseismeseslaexencióndelastasaspesqueras.

- Paralasindustriasgasintensivasseapruebaunalíneaespecífica,conunadotaciónde500millonesdeeuros,dentrodelaLíneadeAvalesdeUcraniagestionadaporelInstitutodeCréditoOficial (ICO), con la que las empresas gasintensivas dispondrán de préstamos con un aval de hasta el 90%paramitigarsusactualesproblemasdeliquidezyavanzarenladescarbonizaciónyeficiencia energéticadeesteimportantesector,enlíneaconlapuestaenmarchadelnuevoPERTEdeDes-

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Circular Mensual ENERO de 2023

carbonización de la Industria. Además, se establece un esquema de ayudas directas por 450 millonesdeeurosparaaquellasempresasquehansufridounmayorimpactodelasubidadelprecio delgas,comolasdelsectorcerámico.

- Asimismo, se prorroga hasta el 30 de junio de 2023 la reducción del80% de los peajes para los consumidoreselectrointensivos, paraseguirgarantizandolacompetitividaddeestaindustria.Se amplía también hasta junio el tope al precio del Gas Licuado del Petróleo y del gas butano, y se prorroga durante el invierno 2023-2024 la exención de los cánones de almacenamientos subterráneosdelgas.

Aplazamiento pago cuotas Seguridad Social

Se prorroga por un plazo de tres meses más, el régimen extraordinario de aplazamientos en el pago de cuotas de la Seguridad Social a que se refieren el artículo2 del Real Decreto-ley4/2022, de15 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo al sector agrario por causa de la sequía,elartículo37delRealDecreto-ley6/2022,de29demarzo,porelqueseadoptanmedidasurgentesenelmarcodelPlanNacionalderespuestaalasconsecuenciaseconómicasysocialesdelaguerra en Ucrania, y el artículo28 del Real Decreto-ley6/2022, de29 de marzo, por el que se adoptan medidasurgentesenelmarcodelPlanNacionalderespuestaalasconsecuenciaseconómicasysocialesdelaguerraenUcrania.

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3.- RETENCIONES 2023

La web de la AEAT ha publicado el siguiente cuadro de tipos de retencion IRPF 2023:

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Circular Mensual ENERO de 2023

(**) estos porcentajes se reducirán en un 60% cuando los rendimientos obtenidos por el perceptor tengan derecho a la deducción en la cuota prevista en el artículo 68.4 de la Ley del IRPF (deducción por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla, y de forma excepción para el ejercicio 2023, también por rentas obtenidas en la isla de la Palma por contribuyentes con residencia habitual y efectiva en esta Isla)

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ENERO de 2023 - 20 -
Circular Mensual

Circular Mensual ENERO de 2023

4.- CALENDARIO FISCAL ENERO DE 2023

ALERTA: RENUNCIA O REVOCACIÓN DE LA RENUNCIA AL RÉGIMEN DE ESTIMACIÓN OBJETIVA:

Por la Disposición Transitoria sexta de la LPGE para 2023 se establece un nuevo plazo para renunciar o revocar la renuncia al régimen de estimación objetiva desde el siguiente a la fecha de publicación desde la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023 hasta el 31 de enero de 2023. Las renuncias y revocaciones presentadas para el año 2023 durante el mes de diciembre de 2022, con anterioridad al nuevo plazo, se entenderán presentadas en período hábil.

2 de enero

IVA

· Renunciaorevocaciónregímenessimplificadoyagricultura,ganaderíaypescapara2023ysucesivos: 036/037

· Opción o revocación por la determinaciónde labase imponiblemedianteel margen debeneficio global en el régimen especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colecciónpara2023ysucesivos: 036

· Opción tributación en destino ventas a distancia a otros paísesde la Unión Europeapara 2023 y 2024: 036

· Renunciarégimendededuccióncomúnparasectoresdiferenciadospara2023: sin modelo

· Comunicacióndealtaenelrégimenespecialdelgrupodeentidades: 039

· Opciónorenunciaporlamodalidadavanzadadelrégimenespecialdelgrupodeentidades: 039

· Comunicaciónanualrelativaalrégimenespecialdelgrupodeentidades: 039

· Opciónporelrégimenespecialdelcriteriodecajapara2023: 036/037

· Renunciaalrégimenespecialdelcriteriodecajapara2023,2024y2025: 036/037

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ESTE MES: INTRASTAT IVA IIEE DE FABRICACIÓN IMPUESTO SOBRE LA ELECTRICIDAD IMPUESTOS MEDIOAMBIENTALES IMPUESTO SOBRE TRANSACCIONES FINANCIERAS

Circular Mensual

12 de enero

INTRASTAT

· Obligadosasuministrarinformaciónestadística(INTRASTAT)

20 de enero

IMPUESTO ESPECIAL SOBRE LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS

Diciembre 2022: 604

IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS

Diciembre 2022: 430

IMPUESTOS ESPECIALES Y MEDIOAMBIENTALES

IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN

• Octubre2022.Grandesempresas: 561,562, 563

• Diciembre2022: 548, 566, 581

• Cuartotrimestre2022: 521, 522, 547

ENERO de 2023

• Cuartotrimestre2022.ActividadesV1yF1: 553 (establecimientosautorizadosparala llevanzade lacontabilidadensoportepapel)

• Cuartotrimestre2022.Solicitudesdedevolución: 506, 507, 508, 524, 572

• Declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados:510

IMPUESTO ESPECIAL SOBRE LA ELECTRICIDAD

• Diciembre2022.Grandesempresas: 560

• Cuartotrimestre222.Exceptograndesempresas: 560

IMPUESTOS MEDIOAMBIENTALES

• Año2022.Autoliquidación: 584

• Año2022.Autoliquidaciónanual: 585

• Cuartotrimestre2022.Autoliquidación:587

• Cuartotrimestre2022.Solicituddedevolución A23

IMPUESTO ESPECIAL SOBRE EL CARBÓN

• Cuartotrimestre2022: 595

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Circular Mensual ENERO de 2023

• Año2022.Declaraciónanualdeoperaciones: 596

IVA

Comunicación de incorporaciones en el mes de diciembre, régimen especial del grupo de entidades: 039

RENTA Y SOCIEDADES

Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadasgananciaspatrimonialeseimputacionesderenta,gananciasderivadasdeaccionesyparticipaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos,capitalmobiliario,personasautorizadasysaldosencuentas.

Diciembre2022.Grandesempresas: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216, 230

Cuartotrimestre2022: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216.

30 de enero

IVA

• Diciembre2022.Autoliquidación: 303

• Diciembre2022.Grupodeentidades,modeloindividual: 322

• Diciembre2022.Declaraciónrecapitulativadeoperacionesintracomunitarias: 349

• Diciembre2022.Grupodeentidades,modeloagregado: 353

• Diciembre2022(oaño2022).Operacionesasimiladasalasimportaciones: 380

• Cuartotrimestre2021.Operacionesasimiladasalasimportaciones: 380

• Resumenanual2022: 390

• Solicitud dedevolución de cuotas reembolsadas a viajerospor empresarios en recargo de equivalencia: 308

• Regularizacióndelasproporcionesdetributacióndelosperiodosdeliquidaciónanterioresalinicio delarealizaciónhabitualdeentregasdebienesoprestacionesdeservicio: 318

• Reintegrodecompensacionesenelrégimenespecialdelaagricultura,ganaderíaypesca: 341

• Opciónorevocacióndelaaplicaciónprorrataespecialpara2023ysiguientes,siseiniciólaactividadenelúltimotrimestrede2022: 036/037

RENTA Y SOCIEDADES

Pagosfraccionadosrenta. Estimacióndirecta: 130

Estimaciónobjetiva: 131.

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Circular Mensual ENERO de 2023

31 de enero

DECLARACIONES INFORMATIVAS:

DECLARACIÓN INFORMATIVA TRIMESTRAL DE LA CESIÓN DE USO DE VIVIENDAS CON FINES TURÍSTICOS

• Cuartotrimestre2022:179

DECLARACIÓN INFORMATIVA DE ACTUALIZACIÓN DE DETERMINADOS MECANISMOS TRANSFRONTERIZOS COMERCIALIZABLES

· Cuartotrimestre2022:235

IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS. RESUMEN ANUAL

• Resumenanual2022:480

IMPUESTO SOBRE DETERMINADOS SERVICIOS DIGITALES

· Cuartotrimestre2022:490

DECLARACIÓN INFORMATIVA DE CERTIFICACIONES INDIVIDUALES EMITIDAS A LOS SOCIOS O PARTÍCIPES DE ENTIDADES DE NUEVA O RECIENTE CREACIÓN

· Resumenanual2022:165

DECLARACIÓN INFORMATIVA ANUAL DE IMPOSICIONES, DISPOSICIONES DE FONDOS Y DE LOS COBROS DE CUALQUIER DOCUMENTO

· Año2022:171

DECLARACIÓN INFORMATIVA ANUAL SOBRE SALDOS EN MONEDAS VIRTUALES

• Año2022:172

DECLARACIÓN INFORMATIVA ANUAL SOBRE OPERACIONES CON MONEDAS VIRTUALES

• Año2022:173

DECLARACIÓN INFORMATIVA DE PRÉSTAMOS Y CRÉDITOS Y OTRAS OPERACIONESFINANCIERAS RELACIONADAS CON BIENES INMUEBLES

· Declaraciónanual2022:181

DONATIVOS, DONACIONES Y APORTACIONES RECIBIDAS Y DISPOSICIONES REALIZADAS

· Declaraciónanual2022:182

DECLARACIÓN INFORMATIVA DE ENTIDADES EN RÉGIMEN DE ATRIBUCIÓN DE RENTAS

· Año2022:184

DECLARACIÓN INFORMATIVA DE ADQUISICIONES Y ENAJENACIONES DE ACCIONES YPARTICIPACIONES EN INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA

· Declaraciónanual2022:187 OPERACIONES CON ACTIVOS FINANCIEROS

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Circular Mensual ENERO de 2023

· DeclaraciónanualdeoperacionesconLetrasdelTesoro2022:192

· Declaraciónanualdeoperacionesconactivosfinancieros2022:198 DECLARACIÓN INFORMATIVA POR GASTOS EN GUARDERÍAS O CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL AUTORIZADOS

· Declaraciónanual2022:233 PLANES, FONDOS DE PENSIONES, SISTEMAS ALTERNATIVOS, MUTUALIDADES DEPREVISIÓN SOCIAL, PLANES DE PREVISIÓN ASEGURADOS, PLANES INDIVIDUALES DE AHORRO SISTEMÁTICO, PLANES DE PREVISIÓN

SOCIAL EMPRESARIAL Y SEGUROS DE DEPENDENCIA

· Declaraciónanual2022:345

IVA

• Solicitud de aplicacióndel porcentaje provisional de deducción distinto del fijado como definitivo enelañoprecedente: sin modelo

• Diciembre2022.Ventanillaúnica-Régimendeimportación: 369

• Cuartotrimestre2022:Ventanillaúnica–RegímenesExteriorydelaUnión: 369

RENTA Y SOCIEDADES

Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadasgananciaspatrimonialeseimputacionesderenta,gananciasderivadasdeaccionesy participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos,capitalmobiliario,personasautorizadasysaldosencuentas.

• Resumenanual2022:180,188,190,193,193-S,194,196,270

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13 de febrero

• Enero2023.Obligadosasuministrarinformaciónestadística

20 de febrero

RENTA Y SOCIEDADES

Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadasgananciaspatrimonialeseimputacionesderenta,gananciasderivadasdeaccionesyparticipaciones de lasinstituciones de inversión colectiva, rentasde arrendamientode inmuebles urbanos,capitalmobiliario,personasautorizadasysaldosencuentas.

• Enero2023:Grandesempresas: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216, 230

NIF

• Cuartotrimestre2022.DeclaracióntrimestraldecuentasyoperacionescuyostitularesnohanfacilitadoelNIFalasentidadesdecrédito: 195

• Declaraciónanual2022.Identificacióndelasoperacionesconchequesdelasentidadesdecrédito: 199

IVA

• Enero2023.Declaraciónrecapitulativadeoperacionesintracomunitarias:349

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5.-
Circular Mensual ENERO de 2023
CALENDARIO FISCAL FEBRERO DE 2023
INTRASTAT – Estadística Comercio Intracomunitario
ESTE MES: INTRASTAT IVA IIEE DE FABRICACIÓN IMPUESTO SOBRE LA ELECTRICIDAD IMPUESTOS MEDIOAMBIENTALES IMPUESTO SOBRE TRANSACCIONES FINANCIERAS GRAVAMEN TEMPORAL ENTIDADES BANCARIAS GRAVAMEN TEMPORAL ENERGÉTICO

Circular Mensual ENERO de 2023

SUBVENCIONES, INDEMNIZACIONES O AYUDAS DE ACTIVIDADES AGRÍCOLAS, GANADERAS O FORESTALES

• Declaraciónanual2022:346

IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGURO

• Enero2023:430

IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN

• Noviembre2022.Grandesempresas:561,562,563

• Enero2023:548,566,581

• Cuartotrimestre2022.Exceptograndesempresas:561,562,563

• Declaracióndeoperacionesporlosdestinatariosregistrados,representantesfiscalesyreceptores autorizados:510

IMPUESTO ESPECIAL SOBRE LA ELECTRICIDAD

• Enero2023.Grandesempresas:560

IMPUESTOS MEDIOAMBIENTALES

• Cuartotrimestre2022.Impuestosobreelvalordelaproduccióndelaenergíaeléctrica.Autoliquidaciónypagofraccionado:583

• Enero2023.Impuestoespecialsobrelosenvasesdeplásticonoreutilizables.Autoliquidación:592

IMPUESTO SOBRE LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS

• Enero2023:604

GRAVAMEN TEMPORAL ENERGÉTICO

• Pagoanticipado2023:796

GRAVAMEN TEMPORAL DE ENTIDADES DE CRÉDITO Y ESTABLECIMIENTOS FINANCIEROS DE CRÉDITO

• Pagoanticipado2023:798

28defebrero

IVA

• enero2023.Autoliquidación: 303

• enero2023.Grupodeentidades,modelo individual: 322

• enero2023.Grupodeentidades,modeloagregado: 353

• enero2023.Ventanillaúnica–régimendeimportación: 369

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Circular Mensual ENERO de 2023

• enero2023.Operacionesasimiladasalasimportaciones: 380

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

• Entidadescuyoejerciciocoincidaconelañonatural:opción/renunciaalaopciónparaelcálculode lospagosfraccionadossobrelapartedebaseimponibledelperíododelostres,nueveuoncemeses decadaañonatural:036

• Sielperíodoimpositivonocoincideconelañonatural, laopción/renunciaporesta modalidad de pagos fraccionados se ejercerá, en los primeros dos meses de cada periodo impositivo o entre el iniciodedichoperiodoimpositivoyelfindelplazoparaefectuarelprimerpagofraccionado,sieste plazoesinferioradosmeses:036

DECLARACIÓN ANUAL DE CONSUMO DE ENERGÍA ELÉCTRICA

• Año2022:159

DECLARACIÓN INFORMATIVA ANUAL DE OPERACIONES REALIZADAS POR EMPRESARIOS O PROFESIONALES ADHERIDOS AL SISTEMA DE GESTIÓN DE COBROS A TRAVÉS DE TARJETAS DE CRÉDITO O DÉBITO

• Año2022:170

DECLARACIÓN INFORMATIVA ANUAL DE PLANES DE AHORRO A LARGO PLAZO

• Año2022:280

DECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES CON TERCEROS

• Año2022:347

Pl. Francesc Macià, 4, 4art. – 08021 Barcelona Tel. 93 414 50 14 www.gabinetedelaorden.net gabinete@delaorden.net

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Circular Mensual ENERO de 2023

Responsable del tratamiento: Gabinete Enrique de la Orden – Dirección Pl. Francesc Macià, nº 4, 4º 1ª – 08021 Barcelona Teléfono 93-414.50.14 Correo electrónico gabinete@delaorden.net

Base jurídica del tratamiento: relación contractual e interés legítimo

Finalidad del tratamiento: mantener el contacto para el envío de informaciones de su interés en relación a los servicios

Sus datos se conservarán hasta que usted se oponga a este tipo de tratamiento de sus datos personales, LO QUE PUEDE HACER EN CUALQUIER MOMENTO, solicitándonos que desea dejar de recibir nuestra Circular Usted, puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión portabilidad, limitación y oposición al tratamiento de la información que le concierne, comunicándose con la dirección de correo electrónico:gabinete@delaorden.net

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