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INSTALACIONES SANITARIAS - NORMA IS.010

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REFLEXIÓN

REFLEXIÓN

G E N E R A L I D A D E S

Esta Norma contiene los requisitos mínimos para el diseño de las instalaciones sanitarias para edificaciones en general. Para los casos no contemplados en la presente Norma, el ingeniero sanitario, fijará los requisitos necesarios para el proyecto específico, incluyendo en la memoria descriptivo.

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C O N D I C I O N E S G E N E R A L E S

a) Para efectos de la presente norma, la instalación sanitaria comprende las instalaciones de agua, agua contra incendio, aguas residuales y ventilación.

b) El diseño de las instalaciones sanitarias debe ser elaborado y autorizado por un ingeniero sanitario colegiado.

c) El diseño de las instalaciones sanitarias debe ser elaborado en coordinación con el proyectista de arquitectura, para que se considere oportunamente las condiciones mas adecuadas de ubicación de los servicios sanitarios.

D O C U M E N T O S D E T R A B A J O

Todo proyecto de instalaciones sanitarias para una edificación, deberá llevar la firma del Ingeniero Sanitario Colegiado. La documentación del proyecto que deberá presentar para su aprobación constará de: a) Memoria descriptiva que incluirá: b) Planos de:

Ubicación.

Solución adoptada para la fuente de abastecimiento de agua y evacuación de desagüe y descripción de cada uno de los sistemas.

Sistema de abastecimiento de agua potable: instalaciones interiores, instalaciones exteriores y detalles a escalas convenientes y esquemas isométricos cuando sea necesario.

Sistema de desagües; instalaciones interiores, instalaciones exteriores y detalles a escalas convenientes y esquemas isométricos, cuando sea necesario.

Sistema de agua contra incendio, riego, evacuación pluvial etc., cuando las condiciones así lo exijan.

Todo núcleo básico de vivienda unifamiliar, estará dotado, por lo menos de: un inodoro, una ducha y un lavadero.

En locales con área mayor de 60 m2 se dispondrá de servicios sanitarios separados para hombres y mujeres, dotados como mínimo de los aparatos sanitarios que indica la tabla N°1

C E N T R O S C O M E R C I A L E S

En los centros comerciales, supermercados y complejos dedicados al comercio, se proveerá para el público, servicios sanitarios separados para hombres y mujeres en la siguiente proporción indicada en la Tabla Nº 2

I N D U S T R I A S

En las plantas industriales, todo lugar de trabajo debe estar provisto de servicios sanitarios adecuados y separados para cada sexo. La relación mínima que debe existir entre el número de trabajadores y el de servicios sanitarios se señala en la Tabla Nº 4.

L O C A L E S

Los locales con capacidad de atención simultánea hasta de 15 personas, dispondrán por lo menos de un servicio sanitario dotado de un inodoro y un lavatorio. Cuando la capacidad sobrepase de 15 personas, dispondrán de servicios separados para hombres y mujeres de acuerdo con la Tabla Nº 3

General Dades

Esta Norma cont ene los requisitos m nimos para e d seño de as insta ac ones sanitarias para edificac ones en genera Para os casos no contemp ados en a presente Norma e ingeniero sanitario fijará los requis tos necesarios para e proyecto específ co, incluyendo en la memoria descriptivo.

Condiciones Generales

a Para efectos de a presente norma la instalación san ar a comprende las instalaciones de agua, agua contra incend o, aguas res duales y ventilación b) E diseño de las nstalac ones sanitarias debe ser e aborado y au orizado por un ingeniero sanitario co egiado. c El diseño de as nstalaciones sanitarias debe ser elaborado en coordinación con el proyectista de arquitectura para que se cons dere oportunamente as condiciones mas adecuadas de ub cac ón de los serv c os sanitarios.

Documentos De Trabajo

N Mero De Aparatos Sanitarios

Todo núcleo bás co de viv enda unifam ar, es ará dotado por o menos de un inodoro, una ducha y un lavadero En locales con área mayor de 60 m2 se dispondrá de servicios san ar os separados para hombres y mu eres dotados como mín mo de los aparatos sanitarios que ndica a tabla N°1

Locales De Comida

Educacion

En os locales educac onales, se proveerán servicios sanitarios según o especif cado en la Tabla Nº 5 de conformidad con o estipu ado en a Resolución Jefatural Nº 338INIED-83 09 12.83

Centros Comerciales

En os centros comerc a es supermercados y comp e os dedicados a comerc o, se proveerá para e públ co, serv c os sanitarios separados para hombres y mu eres en la s gu ente proporción ind cada en la Tabla Nº 2

Los locales des nados para servicios de a mentación colec va deberán estar dotadas de serv c os san ar os ndependientes para hombres y mu eres al como se señala en a Tabla Nº 8

Locales Deportivos

En los locales deportivos se proveerá serv cios sanitarios para deportistas y personal conexo, de acuerdo a la Tabla Nº 9

Hospitales

En hosp tales clínicas y similares se considerará el tipo y servicios sanitar os, que se señalan a continuac ón:

UnidaddeAdminstracón

Ubicación

Soluc ón adoptada para a fuente de abastecimiento de agua y evacuac ón de desagüe y descripción de cada uno de os s s emas

Todo proyecto de instalaciones sanitarias para una edif cac ón deberá llevar la f rma del Ingeniero San ar o Colegiado La documen ación del proyec o que deberá presentar para su aprobación cons ará de: a) Memoria descriptiva que inclu rá b Planos de

Sistema de abastec miento de agua potable: instalaciones nteriores ins a aciones ex er ores y detalles a escalas conven entes y esquemas isométricos cuando sea necesar o.

Sistema de desagües; instalaciones inter ores insta aciones exteriores y detalles a escalas conven entes y esquemas isométricos, cuando sea necesar o

Sistema de agua contra incend o, r ego evacuac ón pluvial etc. cuando las condiciones así lo exijan

Locales

Los locales con capac dad de atención simultánea hasta de 15 personas, dispondrán por lo menos de un servicio sanitario dotado de un inodoro y un lavator o Cuando a capacidad sobrepase de 15 personas dispondrán de serv c os separados para hombres y mujeres de acuerdo con la Tabla Nº 3

UnidaddeConsu taExterna

Hospeda Es

Para locales de hospedaje, se proveerá de servicios sanitarios de conformidad con el Reglamento de Establec mientos de Hospeda e DS Nº 006-73-IC/ DS , según como sigue

Industrias

En as plantas industriales todo ugar de traba o debe estar provisto de servicios san tar os adecuados y separados para cada sexo La relac ón mín ma que debe ex st r entre el número de trabajadores y el de servicios sanitarios se señala en la Tab a Nº 4

Hospeda Es

En todos los oca es de hospeda e se instalarán servicios sanitar os en las proximidades a os lugares de reunión independientes para hombres y mu eres tal como se seña a en la Tab a Nº 7

UnidaddeHosptalizacón

Valoracion Personal

DIFICULTAD

Reflexi N

EXIGENCIA

MOTIVACION AGRADO

APORTE EN MI FORMACION lLa normativa fue de mucha ayuda que gracias a ella logramos conocer la cantidad de aparatos sanitarios que se deben necesitar en un equipamiento.

DOCENTE:ARQ.ESTHERCHAMBEVEGA

GRUPO:B

ASIGNATURA:INSTALACIONESSANITARIAS

Comedor 01

Comedor 02

UNIVERSIDAD NACIONAL JORGE BASADRE GROHMANN FACULTAD DE ING. CIVIL, ARQUITECTURA Y GEOTECNIA ESCUELA PROFESIONAL DE ARQUITECTURA

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