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Secuencia formativa n 4

Normas vigentes en atención a la diversidad inclusiva
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Objetivo de la ley
iene por objetivo promover la educación inclusivaen todo sus aspectos correspondientes, juntamente incluir al personal de psicología dentro de la comunidad educativa.
Artículo: 62-A: El profesional en psicología
En este artículo nos habla de la importancia del profesional en psicología dentro del centro educativo, la función principal de este, es que todos los estudiantes contribuyan enre ellos en su aceptación de todo lo que los rodea.









Artículo 52: Conformación y participación
Esta conformada por difrentes mienbros, donde toman acciones de forma democráticas de asociació, con libertad de expresión con sus representantes.
LEY N° 3079, LEY QUE PROMUEVE LA EDUCACIÓN INCLUSIVA, MODIFICA EL ARTÍCULO 52 E INCORPORA LOS ARTÍCULOS 19-A Y 62-A EN LA LEY 28044, LEY GENERAL DE LA EDUCACIÓN
Artículo 19-A : Educación inclusiva
El estado asegura la creación e implementación de los servicios de apoyo educativo, para la atención de niños con necesidades especiales. Así mismo florecer acciones de sensibilización, capacitación y acesoramiento a la comunidad educativa, con el fin de favorecer la igual de oportunidades, proporcionar una educación personalizada, fomentando la participación, la solidaridad y la cooperación entre compañeros, mejorando la calidad de enseñanza y la eficacia del sistema educativo.

NRO: 28044










ARTÍCULO 1: OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN:
Su objetivo es regular las atribuciones y obligaciones que tiene el estado en la educación y el sistema educativo, así como los derechos que tenemos las personas en la sociedad en cuánto a la función educadora, pero asumiendo las responsabilidades que tenemos en ella.
ARTÍCULO 2: CONCEPTO DE LA EDUCACIÓN:
Es un proceso de información, que destina a desarrollar la capacidad intelectual, moral y afectiva de las personas de acuerdo con la cultura y sus normas de convivencia de la sociedad que pertenecen.
ARTÍCULO 6: FORMACIÓN ÉTICA Y CÍVICA:
Es muy importante en la educación, por que se está formando un ciudadano informado activo y responsable frente a la sociedad, es fundamental para enseñar las competencias necesarias para la inclusión y la convivencia armoniosa con la sociedad.
ARTÍCULO 5: LIBERTAD DE ENSEÑANZA:
Libertad de los padres en garantizar la educación religiosa y moral de sus hijos de acuerdo a sus convicciones para que puedan tener un entorno sano.
ARTÍCULO 7: PROYECTO EDUCATIVO
NACIONAL:
Promover mediante la enseñanza el conocimiento de la pluralidad lingüística de la nación y el respeto a los derechos lingüísticos de los pueblos indígenas, fomentar actitudes solidarias positivas y el bienestar general.
ARTÍCULO 3: LA EDUCACIÓN COMO
DERECHO:

Toda persona tiene derecho a una educación integral y de calidad en general sin exclusión alguna.
ARTÍCULO 4: GRATUIDAD DE LA EDUCACIÓN
Se dice que la educación es gratis cuando lo provee el mismo estado en todas sus modalidades, ya que esto les permite a muchas personas poder estudiar, esto representa un elemento fundamental para lograr el derecho a la educación.
