Días B

Page 1


Días B

Propósito

Brindar a las personas colaboradoras días libres para realizar las actividades que más les gustan y así contribuir al equilibrio de vida personal y laboral.

Alcance

Aplica para las personas colaboradoras de BAC Local con una antigüedad igual o mayor a tres meses.

No aplica para personal temporal, pasantes, ni outsourcing.

Generalidades

Las personas colaboradoras tendrán como beneficio un día libre con goce de salario por trimestre (en total 4 días libres al año), para disfrutar de tiempo libre para realizar actividades y gestiones personales (renovación licencia, pasaporte, visa, cédula, entre otros), disfrutar de pasatiempos, compartir en familia, acompañar a algún familiar a realizar trámites personales o cualquier otra actividad que la persona colaboradora considere.

Consideraciones

• Para disfrutar los días B se deberá tener 10 días o menos de vacaciones,  considerando que si está registrando el día B a futuro el sistema validará el saldo de vacaciones que tendrá al día que quiere disfrutar el beneficio.

Ejemplo: La persona colaboradora el día 21 de mes tiene 9,75 días de vacaciones y quiere tomar el día B el 28 de mes, sin embargo su acumulación de vacaciones cambia el día 24 de mes, por lo que al día 28 no tendrá un saldo de 9,75 sino mayor a 10 días (de acuerdo a factor de acumulación), entonces el sistema no le permitirá grabar el día B porque al día 28 que sería el disfrute, su saldo sería mayor al permitido.

• La persona colaboradora que mantenga saldo negativo de vacaciones podrá tener acceso a los días B.

• La antigüedad permitida para disfrutar del beneficio es igual o mayor a tres meses, la acumulación se verá reflejada el día 1 de cada mes, eso significa que, si la persona colaboradora cumple su antigüedad posterior al primer día del mes, la acumulación de día B se verá reflejada hasta el primer día del siguiente mes.

Ejemplo: La persona colaboradora cumple tres meses de antigüedad laboral el 7 de Julio, esto quiere decir que su día B se verá reflejado hasta el 1 de Agosto del año en curso.

• Se podrá disfrutar 1 día por trimestre, los días no son acumulables, vencen al finalizar cada trimestre.

• Se deberá tomar el día completo, no se permiten horas o medios días.

• En el mes que se tome el día B no se deberá tener incapacidades.

• El disfrute de cada día se deberá coordinar con la Jefatura.

• En caso de tener en el mes otras licencias (duelo, matrimonio, paternidad, cumpleaños, health day, personal day o bien vacaciones) se podrá utilizar el beneficio con previa coordinación con la Jefatura y sin afectar el negocio.

• Para las áreas de Atención de Clientes, CER, Sucursales, Riesgo, Recuperación (masivas) se delimita el goce los lunes y quincenas (15 y 30 de mes), no se podrá pegar con feriados, así como temporadas altas de atención al cliente.

• Las personas colaboradoras que ganan salario base + variable no se realizarán ajustes de meta o comisión para disfrute de los días B.

• El beneficio se otorga solamente durante la jornada laboral, no es acumulativo, el tiempo no se repone, ni se sustituye. El beneficio no es transferible entre colaboradores.

• No aplicará para personas que hayan presentado carta de renuncia.

Solicitud del beneficio

La persona colaboradora deberá coordinar en conjunto con la Jefatura e incluir la gestión con los siguientes pasos:

1. Ingresá a la siguiente página. Clic aquí

2. Si te solicita su dirección de correo organizacional, anótalo, y da clic en “Continuar”.

3. Al ingresar a la página de My Apps, buscá y da clic sobre el icono “Employee Central”.

4. En la pantalla principal, da clic en el icono “Solicitar ausentismo”.

5. Buscá la pestaña "Tipo de tiempo”, y en la lista desplegable seleccioná "Días B".

6. Marcá el check de "Día completo".

7. Seleccioná el día que estarás tomando el beneficio.

8. Podes dejar comentarios o adjuntar archivos, en caso de que lo considerés necesario

9. Por último, da clic en “Enviar”.

Uso del beneficio

Una vez realizado el registro el departamento de gestión de pago a colaboradores procederá a realizar el mismo, y se verá reflejado en el sistema interno destinado para dichos fines.

La empresa se reserva el derecho de analizar el beneficio y realizar modificaciones si así lo considera.

Responsabilidades

La persona colaboradora: Acatar las normas establecidas en el lineamiento.

Jefatura: Velar para que se cumpla lo descrito en el Lineamiento , así como coordinar la operativa para que el colaborador tome el beneficio.

Talento humano: Es el responsable de brindar las asesorías del beneficio a los colaboradores en general.

Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.