6 minute read

Seguros: Servicio Adicional de Cremación

Next Article
Editorial

Editorial

UNA DECISIÓN HOY, PENSANDO EN SUS AFECTOS

SMSV le acerca el Servicio Adicional de Cremación, para poder hoy tomar una decisión pensando en sus afectos el día de mañana.

Como Asociado, usted ya cuenta con el servicio de sepelio. Ahora podrá sumar esta prestación complementaria que se adapta a las demandas que generan los cambios propios de los tiempos en que vivimos. Con la incorporación del Servicio de Cremación arancelado, buscamos brindar una ayuda integral y confiable a nuestros Asociados y sus familiares. De esta forma, usted podrá adherirse a esta prestación adicional con un bajo arancel, anticipando los costos que deberá afrontar su familia o sus allegados al momento de su ausencia. Lo acompañamos en un momento tan difícil y estamos a su disposición durante las 24 horas. • Cómo adherirse Podrá adherirse a este servicio en forma presencial en Casa Central, Filiales y a través de nuestra red de Representantes; o de manera remota completando y firmando el Formulario de Adhesión, que puede descargar de nuestra página web (www.smsv.com.ar), y remitiéndolo a cremacion@smsv.com.ar • Quiénes pueden adherir a CREMACIÓN 1. Hasta el 30/11/22 todos los socios que cuenten con el servicio de sepelio vigente. 2. A partir de 01/12/2022: solo los socios menores de 70 años que estén adheridos a sepelio. Para adherir a los familiares los requisitos serán idénticos que para los titulares, en materia de edad, plazo para la incorporación y carencia. Vigencia: 1er día del mes siguiente al de la adhesión (siempre que esté cumplida la carencia sepelio. Caso contrario cuando cumpla la carencia sepelio).

En virtud del lanzamiento de este nuevo servicio, ponemos a su disposición la posibilidad de ADHERIRSE a esta PROMOCIÓN, que le permitirá tener el beneficio de contar con la cobertura con el costo bonificado hasta el 30 de junio de 2022. El primer cargo se generará a partir de 1º. de julio de 2022.

ARANCELES SERVICIO DE CREMACIÓN (PARA SOCIO/A TITULAR Y FAMILIARES)

RANGO DE EDAD VALOR MENSUAL

0-20 AÑOS $8,72 21-40 AÑOS $13,03 41-60 AÑOS $69,07 61-80 AÑOS $222,68 MÁS DE 80 AÑOS (*) $631,20

Tarifas vigentes a Febrero 2022. (*) Solo válido para Asociados actuales al 14/02/2022, con servicio de sepelio vigente. La contratación de servicio sin restricciones es hasta los 70 años, en caso de socios mayores a 70 años el plazo de adhesión hasta el 30/11/2022. Solo podrán acceder los familiares previa contratación del socio, la adhesión al servicio de cremación no requiere declaración jurada médica ni carencia alguna.

CONDICIONES GENERALES y PARTICULARES

de Adhesión al Servicio Adicional de Cremación

CONDICIONES GENERALES:

1. Los servicios de Sepelio y Adicional de Cremación se brindan exclusivamente en el territorio de la República Argentina (prestadora designada “SMSV Compañía Argentina de Seguros S.A.”). 2. Solo podrán adherir a este adicional los Asociados que cuenten con el Servicio de Sepelio (conf. Punto 4.8. del Reglamento del Servicio de Sepelio), incluyendo a aquellos Asociados que abonan un adicional por el mismo y los adicionales que el Asociado hubiera adherido al Servicio de Sepelio. 3.- LIMITACIÓN: Solo podrán incorporarse al Servicio Adicional de Cremación los Asociados menores de 70 años de edad que cuenten con el Servicio de Sepelio de la Institución, salvo lo dispuesto transitoriamente en condiciones particulares. 4. La baja del Servicio Adicional de Cremación del Asociado, por fallecimiento, producirá la baja automática de ese servicio para todos sus Adicionales. 5. La baja del Servicio de Sepelio del Asociado titular producirá la baja automática de todos sus adicionales en los Servicios de Sepelio y de Cremación. 6. Solo podrán incorporarse como adicionales al Servicio de Sepelio y Adicional de Cremación, los familiares del Asociado hasta el tercer grado de parentesco. 7. La solicitud de adhesión al Servicio Adicional de Cremación incluye la simultánea solicitud de adhesión al Servicio de Sepelio, tanto para el Asociado Titular como para los adicionales, autorizando así el cobro de los aranceles que correspondan por cada servicio a través de los canales habituales. 8.Tratándose de un Servicio Adicional al de Sepelio, es condición para la prestación del Servicio Adicional de Cremación, que el beneficiario tenga vigente el derecho a recibir el Servicio de Sepelio. 9. Cuando los prestadores de “SMSV Compañía Argentina de Seguros S.A.¨, no puedan brindar el servicio por causas no imputables al solicitante se reintegrará al titular de la factura de cremación, el importe correspondiente hasta la concurrencia con la suma establecida por el Directorio de Sociedad Militar Seguro de Vida – Institución Mutualista como sustitutiva del Servicio. 10. VIGENCIA: La contratación de este Servicio Adicional de Cremación entrará en vigencia el primer día del mes siguiente a su contratación y solo será exigible si el fallecimiento ocurre una vez concluido el período de carencia del Servicio de Sepelio, en caso de corresponder.

CONDICIONES PARTICULARES de acceso según la edad:

Excepcionalmente y solo hasta el 30 de noviembre de 2022, los Asociados ingresados hasta el 31 de agosto de 2021, que cuenten con el Servicio de Sepelio de la Mutual, podrán solicitar la contratación del Adicional de Cremación, abonando el arancel mensual por este Servicio, sin limitación de edad.

Los asociados ingresados desde el 1° de septiembre 2021, con 70 o más años de edad, sólo podrán adherir al Servicio Adicional de Cremación hasta el 30 de noviembre de 2022 en tanto sean menores de 80 años de edad. A partir del 1° de diciembre de 2022, solo podrán contratar el Servicio Adicional de Cremación los Asociados con edad inferior a 70 años al momento de su contratación.

Todos los Asociados abonarán el arancel correspondiente al Adicional de Cremación por sí y sus adicionales, fijados periódicamente por el Directorio de la Institución. Las variaciones del arancel se informarán con una antelación no menor a noventa (90) Días en www.smsv.com.ar y correo electrónico.

DE LOS ADICIONALES INCLUIDOS POR EL ASOCIADO:

Todos los Adicionales cuya incorporación solicite el Asociado, deberán satisfacer los mismos requisitos que los impuestos para el Asociado Titular, en materia de edad, plazo para la incorporación y carencia consignadas en las condiciones precedentes

La solidaridad siempre trasciende

La Fundación Cornell realiza una importante labor de asistencia a quienes más lo necesitan. En ese sentido, los aportes voluntarios de los socios son fundamentales para llevar adelante su misión.

En la Fundación tratamos de poner en acto nuestra misión al brindar ayuda a los integrantes y sus familias de nuestro sector de defensa y seguridad cuando sus necesidades exceden el accionar de la SMSV-IM. Obviamente, los requerimientos aumentan por diversas y adversas circunstancias y muchas veces confluyen esas apremiantes y genuinas carencias ocasionando una crítica situación. En tales momentos, nuestra ayuda específica puede hasta salvar vidas. La Institución, de esta forma, estará presente. Siempre agradeceremos el apoyo y los aportes voluntarios de los socios, algunos de ellos muy generosos, esencial y genuino motor de nuestro trabajo. Pero es necesario resaltar que, a veces, aquella primera intención en muchos casos no acompaña los valores de estos tiempos. A modo de referencia, el monto individual actual de la mayoría de los aportantes no alcanzaría para comprar un blíster de aspirinas. Todo importe sirve, por supuesto, pero posiblemente con una pequeña actualización podremos ayudar mejor. En estos días se pudo percibir, ante el terrible panorama de incendios en la provincia de Corrientes, cómo la ayuda solidaria y una rápida gestión permitieron encauzar importantes y generosos aportes. Un hermoso y positivo ejemplo solidario. Además, fuera de estas urgencias, tenemos una importante e histórica participación en educación, con becas a estudiantes de nuestros institutos militares, y siempre hay una ayuda prevista para mejorar las necesidades de salud del sector, como los geriátricos y hospitales. Es importante destacar la permanente colaboración y control por parte del Consejo de Administración de la SMSV; también existe una auditoría externa muy estricta, cuyo detalle puede estar a disposición de cualquier socio o donante que así lo requiera, brindando transparencia a nuestra operatoria.

“AYUDAR A QUIEN NECESITA NO SOLO ES PARTE DEL DEBER, SINO PARTE DE LA FELICIDAD”

This article is from: