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El impacto de la anulación de Roe v Wade en la profesión de farmacia

Para los farmacéuticos, la anulación de Roe v Wade, cobra gran importancia, considerando que actualmente la mayoría de los abortos realizados en los Estados Unidos se llevan a cabo por medio de fármacos.2

Anthony Maldonado Arroyo, PharmDc 2025 Revisado por: Idaliz Rodríguez Escudero, PharmD, MS, Escuela de Farmacia, Universidad de Puerto Rico

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La determinación de la Corte Suprema de los Estados Unidos de anular el caso Roe versus Wade, hecha pública el 24 de julio de 2022 y que revoca la garantía constitucional del acceso al aborto, devuelve a los estados la potestad de regular el mismo.1 Este evento conlleva implicaciones significativas en la práctica profesional en el área de salud en los Estados Unidos y sus territorios, por lo cual los profesionales que brindan cuidados de salud reproductiva enfrentan incertidumbre ante el complejo panorama legal y político.

Para los farmacéuticos el asunto cobra gran importancia, considerando que actualmente la mayoría de los abortos realizados en los Estados Unidos se llevan a cabo por medio de fármacos.2 El mifepristone, seguido por el misoprostol uno o dos días posteriormente, es el régimen aprobado para la terminación de embarazos de hasta 10 semanas.3 La FDA bajo el programa “Risk

Evaluation and Mitigation Strategy” del 2019, estableció que el mifepristone solo puede ser dispensado desde clínicas, oficinas médicas, hospitales o bajo la supervisión directa de un proveedor de salud.4 A raíz de la pandemia del COVID-19, en diciembre de 2021 se modificaron algunos requisitos establecidos y cuando entren en vigor, farmacias certificadas podrán dispensar el medicamento. Es por eso que, al momento, el impacto principal se concentra en los escenarios clínicos, desde los cuales se dispensan principalmente los medicamentos indicados para la terminación del embarazo. Según el orden de ley estatal, estos y otros procesos podrían afectarse en los meses subsiguientes. Se estima que la mitad de los estados impondrá algún límite gestacional parcial o total para abortar.

Asimismo, la educación que se le brinda a pacientes gestantes en escenarios de salud pudiera verse alterada de acuerdo con la legalidad de las opciones de tratamiento disponibles. De igual manera, viéndose potencialmente afectados los procedimientos abortivos, toma mayor relevancia la orientación, promoción y el despacho de métodos de contracepción.

Sobre el ámbito legal, le corresponde a cada profesional verificar las leyes a nivel de su estado para garantizar que ejerza sus funciones bajo el aval de la ley vigente. En el caso de Puerto Rico, a raíz del juicio del Pueblo de PR v Pablo Duarte Mendoza resuelto en 1980, el estado de derecho no ha sido alterado con relación a los procedimientos abortivos, por lo cual continúan siendo legales en la isla. Ahora bien, a nivel de la nación existe ambigüedad en el lenguaje de algunas leyes anti-aborto, lo cual, prestándose a la interpretación, pudiera incluso incidir en métodos de contracepción como los anticonceptivos orales de emergencia y el aparato intrauterino de cobre.5

Por su parte, las juntas de directores de varias organizaciones profesionales como American Society of HealthSystem Pharmacists (ASHP) y American Association of Colleges of Pharmacy (AACP) publicaron sendas declaraciones favoreciendo la protección de los derechos reproductivos de las personas gestantes.6,7 Establecen de igual manera que la decisión de la Corte Suprema amenaza con aumentar las disparidades en el cuidado de salud de las poblaciones afectadas, particularmente aquellas pertenecientes a grupos socialmente marginados.

Al tratarse de resoluciones de origen político y partidista, existen esfuerzos que potencialmente pudieran cambiar la norma a nivel tanto federal como estatal. Incluso, se prevé una serie de litigios relacionados al tema que pudieran sentar un nuevo precedente legal.5 Mirando al futuro, es imperativo permanecer al tanto de las comunicaciones más recientes por parte de organizaciones profesionales en nuestro campo. La labor de todo farmacéutico en medio de esta situación es brindarles a sus pacientes información actualizada, confiable y objetiva para que conozcan todas las opciones existentes en el cuidado de su salud sexual. Sin importar nuestra actitud o creencias personales sobre el tema, corresponde a que continuemos facilitando el acceso a los servicios de salud para el bienestar de las comunidades.

En el caso de Puerto Rico, a raíz del juicio del Pueblo de PR v Pablo Duarte Mendoza resuelto en 1980, el estado de derecho no ha sido alterado con relación a los procedimientos abortivos, por lo cual continúan siendo legales en la isla.

Referencias: 1. Supreme Court of the United States. June 24, 2022. https://www.supremecourt.gov/opinions/21pdf/19-1392_6j37.pdf 2. Guttmacher Institute. Medication Abortion Now Accounts for More Than Half of All US Abortions. Feb, 2022. https://www.guttmacher.org/article/2022/02/medication-abortion-now-accountsmore-half-all-us-abortions 3. Singer MR, Bartz D, Pace LE. The Role of Primary Care Clinicians in Protecting Access to Abortion Services. JAMA Intern Med. 2022;182(9):897–898. 4. FDA. Mifeprex (mifepristone) information. Dec, 2021. https://www.fda.gov/drugs/postmarket-drug-safety-information-patients-and-providers/ mifeprex-mifepristone-information 5. Pharmacy Times. Expert Discusses Long-Term Implications of Roe V. Wade Decision for Pharmacists, Contraception Access. June 30, 2022. https:// www.pharmacytimes.com/view/expert-discusses-long-term-implications-of-roe-v-wade-decision-for-pharmacists-contraception-access 6. ASHP Calls for Patients’ Rights to Access Reproductive Health Services. June 28, 2022. https:// www.ashp.org/news/2022/06/28/ashp-calls-for-patients-rights-to-access-reproductive-health-services 7. AACP. Statement by the AACP Board of Directors on the U.S. Supreme Court Decision on Reproductive Rights. https://www.aacp.org/article/statement-aacp-board-directors-us-supreme-court-decision-reproductive-rights

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