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ARTÍCULO 16: PROTECCIÓN CONTRA LA EXPLOTACIÓN, LA VIOLENCIA Y EL ABUSO

Los países deben

Cuidar que nadie abuse, lastime o maltrate a las personas con discapacidad tanto dentro de la familia como en la sociedad general.

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Llevar a cabo acciones para que todos y todas aprendamos a cuidar y tratar adecuadamente a las personas con discapacidad, teniendo en cuenta especialmente a las mujeres, los niños y las niñas.

Ayudar y proteger a los niños y niñas que hayan sufrido alguna forma de violencia, agresión o abuso y asegurar que estos casos sean detectados, investigados y si es necesario, juzgados.

ARTÍCULO 17: PROTECCIÓN DE LA INTEGRIDAD PERSONAL

Toda persona con discapacidad tiene derecho a que se respete su integridad física y mental en igualdad de condiciones que con las demás.

ARTÍCULO 18:

Libertad De Desplazamiento Y Nacionalidad

Las personas con discapacidad tienen el derecho de elegir dónde quieren vivir o ir de vacaciones, entrar y salir de su país y tener documentos o cambiar de nacionalidad.

Es muy importante que los niños y las niñas con discapacidad tengan un nombre desde que nacen y sean anotados con ese nombre, que tengan una nacionalidad y que conozcan y sean cuidados por sus padres.