BOLETÍN JURÍDICO, DE SEGURIDAD Y NORMATIVIDAD - NÚMERO 39 MARZO 2024

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JURÍDICO, DE SEGURIDAD Y NORMATIVIDAD

NÚMERO 39 MARZO 2024

BOLETÍN

TABLA DE contenido

PÁGINA 1 ASPECTOS JURÍDICOS

• PRESENTA SECRETARÍA DEL TRABAJO PROTOCOLOS EN MATERIA DE INSPECCIÓN CON PERSPECTIVA DE GÉNERO Y PROTECCIÓN INFANTIL.

PÁGINA 2 NORMATIVIDAD

• CIRCULACIÓN DE LAS CONFIGURACIONES VEHICULARES DE TRACTOCAMIÓN DOBLEMENTE ARTICULADO.

• MONITOREO DE LA CONAMER.

PÁGINA 4 SEGURIDAD

• INCIDENCIA DELICTIVA.

• VEHÍCULOS RECUPERADOS POR LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.

PÁGINA 8 ADUANAS

• HORARIO ESTACIONAL DE VERANO Y LA OPERACIÓN ADUANERA EN LA FRANJA FRONTERIZA DEL NORTE DE MÉXICO.

• PERMISOS DE INGRESOS UNIDADES PILOTO ASIPONA ALTAMIRA.

• SECCIÓN ADUANERA RÍO BRAVO DONNA.

PÁGINA 10 ENLACE LEGISLATIVO

• INICIATIVAS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN.

• PUNTOS DE ACUERDO DEL CONGRESO DE LA UNIÓN.

PÁGINA 13 ¿SABÍAS QUÉ?

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DIRECCIÓN JURÍDICA Y DE GESTIÓN INSTITUCIONAL dir.juridica@canacar.com.mx

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ASPECTOS JURÍDICOS

PRESENTA SECRETARÍA DEL TRABAJO PROTOCOLOS EN MATERIA DE INSPECCIÓN CON PERSPECTIVA DE GÉNERO Y PROTECCIÓN

INFANTIL

Boletín 019/2024

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) presentó el pasado 8 de marzo del 2024 dos innovadores protocolos de inspección, desarrollados para mejorar la calidad del entorno laboral en México y asegurar el cumplimiento de las normativas nacionales e internacionales en materia de trabajo de menores y de género.

En presencia de diversos funcionarios del Gobierno de México, se presentaron, por un lado, el Protocolo de Inspección para Prevenir y Erradicar el Trabajo Infantil y Proteger el Trabajo Adolescente en Edad Permitida y, por otro lado, el Protocolo para la Inspección Laboral con Perspectiva de Género.

Ambos protocolos tienen como finalidad mejorar la calidad de los entornos laborales en los centros de trabajo en México, pretendiendo que, durante las inspecciones de trabajo, con independencia de que se trate de una inspección de revisión a las condiciones generales de trabajo, a la seguridad e higiene o capacitación, los inspectores logren identificar situaciones relacionadas con el trabajo infantil y la perspectiva de género.

El primer protocolo se centra en establecer el procedimiento para que los inspectores del trabajo puedan prevenir, detectar y erradicar el trabajo infantil durante las inspecciones a los centros de trabajo. Se basa en normativas tanto nacionales como internacionales, incluyendo la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal del Trabajo (LFT), el Convenio 138 sobre la edad mínima de admisión al empleo y el Convenio 182 sobre las peores formas de trabajo infantil, ambos de la OIT, así como tratados internacionales, como la Convención sobre los Derechos del Niño.

Algunos indicadores relevantes para la inspección incluyen verificar la presencia de niños menores de 15 años en el centro de trabajo, asegurar que los adolescentes entre 15 y 18 años no realicen labores peligrosas o insalubres y confirmar la existencia de contratos de trabajo y condiciones adecuadas para los jóvenes trabajadores.

El segundo fue diseñado para asegurar la igualdad de género en el ambiente laboral y combatir la discriminación, la violencia y el acoso en el trabajo. Se sustenta en legislación nacional e internacional, incluyendo la Constitución, la LFT, tratados internacionales como el T-MEC y convenios de la OIT como el Convenio 100 sobre igualdad de remuneración y el Convenio 190 contra la violencia y el acoso.

Indicadores clave incluyen la verificación de la igualdad salarial entre hombres y mujeres, la presencia de medidas para prevenir y atender la violencia y el acoso sexual, así como condiciones de trabajo seguras para mujeres embarazadas o en período de lactancia. Además, se revisa la implementación de políticas de igualdad y no discriminación en el reglamento interno de los centros de trabajo.

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Destacando la colaboración interinstitucional, los protocolos fueron elaborados a iniciativa de la Unidad de Trabajo Digno por la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo y la Dirección General de Previsión Social, con el valioso apoyo de la organización American Institutes for Research (AIR), demostrando un esfuerzo conjunto hacia la mejora de las condiciones laborales y la promoción de la equidad en México.

Ambos protocolos permitirán identificar la situación, con respecto al cumplimiento de los derechos laborales de los niños, de los adolescentes, de las mujeres y de los hombres y hacer visibles las necesidades y acciones específicas necesarias para garantizar a todas las personas trabajadoras el ejercicio efectivo de sus derechos laborales. También permitirá observar las brechas en las condiciones laborales por motivos de género a fin de adoptar medidas de inspección conducentes para incidir en su disminución.

Si bien estos protocolos no establecen cambios puntuales a los que esté obligado el patrón, establecen los parámetros de cumplimiento que debe tomar a consideración dentro del centro de trabajo para que, al momento de una inspección por parte de la autoridad laboral, el patrón cumpla con los factores a revisar en la orden de inspección que en su caso corresponda.

En este sentido, reiteramos la importancia de un cumplimiento normativo en materia laboral, es decir, que la documentación y reglamentación requerida en materia laboral sea cabalmente cumplida dentro de los centros de trabajo, respetando los derechos que corresponden a los y las trabajadoras, contando con los expedientes laborales de los mismos en regla, manteniendo actualizadas las políticas y reglamentos internos, esto con la intención de que al momento en que acuda la autoridad laboral a realizar una inspección, no se encuentren incumplimientos en el centro de trabajo y el patrón evite así ser acreedor a una sanción económica por parte de la autoridad.

Si desea consultar los protocolos, favor de ingresar a los siguientes enlaces.

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/897619/PROTOCOLO_ INSPECCION_LABORAL-16FEB.pdf

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/903746/PROTOCOLO_TRABAJO_INFANTIL-19marzo.pdf

NORMATIVIDAD

CIRCULACIÓN DE LAS CONFIGURACIONES VEHICULARES DE TRACTOCAMIÓN DOBLEMENTE ARTICULADO

La Dirección General de Autotransporte Federal de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, publicó en su portal de internet, el oficio No 4.2 – 220/2024 de fecha 15 de marzo de 2024, informando que está prohibida la circulación de vehículos doblemente articulados que incumplan con lo establecido en los numerales 6.1.2.1.1 y 6.2.1.4.2 de la “Norma Oficial Mexicana NOM-012-SCT-2-2017, Sobre el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal”; se les reitera que para poder circular en las Vías Generales de Comunicación en doble articulado, es necesario contar con AUTORIZACIÓN EXPRESA VIGENTE, así como cumplir estrictamente con sus condiciones técnicas y de seguridad, destacando lo siguiente:

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1. Dictamen de condiciones físico – mecánica de toda la configuración, aún si los modelos de los vehículos son nuevos, asimismo, el dictamen de verificación de baja emisión de contaminantes.

2. La tarjeta de circulación debe especificar el valor de potencia en H.P., su torque, capacidad de tracción, freno auxiliar y sistema ABS.

3. Verificación constante del Sistema Antibloqueo de Frenos para constatar el adecuado funcionamiento del mismo.

4. Circulación por carretera a una velocidad máxima de 80 km/h.

5. Circulación por extrema derecha con luces y torretas encendidas a una distancia mínima de 100 metros con respecto de otros vehículos.

6. Los conductores deberán contar con licencia específica tipo E, para doble articulado.

7. Bitácora de horas de servicio.

Adicionalmente deberán tomar en cuenta lo siguiente:

• La Autorización Expresa NO sustituye al Permiso Único de Autotransporte Federal

• Las configuraciones vehiculares doblemente articuladas y los vehículos que las conforman: tractocamión, semirremolques, remolques, deberán cumplir con las especificaciones técnicas, disposiciones de seguridad y de control que establece la “Norma Oficial Mexicana NOM-012SCT-2-2017, Sobre el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal”.

Los tractocamiones doblemente articulados en sus distintas configuraciones vehiculares (T-S-R y T-S-S), deberán cumplir con las especificaciones técnicas, disposiciones de seguridad y de control que establece el numeral 6.1.2.2.1 de la citada Norma.

Los vehículos que incumplan con las condiciones señaladas, así como demás disposiciones jurídicas aplicables, tienen prohibido circular; en caso de realizarlo serán sancionados de conformidad con la normatividad de la materia y demás aplicables.

MONITOREO DE LA CONAMER

Norma Oficial Mexicana NOM-044-SEMARNAT-2017, para vehículos y motores nuevos a diésel, la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), presentó el 21 de marzo de 2024 a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER), bajo la petición de exención de Análisis de Impacto Regulatorio el siguiente documento:

ACUERDO POR EL QUE SE DEJA INSUBSISTENTE EL “ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA LA VIGENCIA DEL PERÍODO ESTABLECIDO EN LAS NOTAS DE LAS TABLAS 1, 2 Y 4, DE LOS NUMERALES 4.1 Y 4.2, ÚNICAMENTE EN LO QUE SE REFIERE A LOS ESTÁNDARES AA, DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-044-SEMARNAT-2017, QUE ESTABLECE LOS LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES DE EMISIÓN DE MONÓXIDO DE CARBONO, ÓXIDOS DE NITRÓGENO, HIDROCARBUROS NO METANO, HIDROCARBUROS NO METANO MÁS ÓXIDOS DE NITRÓGENO, PARTÍCULAS Y AMONÍACO,

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PROVENIENTES DEL ESCAPE DE MOTORES NUEVOS QUE UTILIZAN DIÉSEL COMO COMBUSTIBLE Y QUE SE UTILIZARÁN PARA LA PROPULSIÓN DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES CON PESO BRUTO VEHICULAR MAYOR A 3,857 KILOGRAMOS, ASÍ COMO DEL ESCAPE DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES NUEVOS CON PESO BRUTO VEHICULAR MAYOR A 3,857 KILOGRAMOS EQUIPADOS CON ESTE TIPO DE MOTORES”, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, EL 26 DE NOVIEMBRE DE 2021.

La publicación de noviembre de 2021 contiene lo siguiente:

La importancia del ACUERDO del 26 de noviembre del 2021 es que permitió la permanencia de las Tecnologías EPA 07 y EURO V, hasta el 31 de diciembre de 2024, ya que la fecha en la cual PEMEX tiene permitido disponer y abastecer a todo el país de diésel Ultra Bajo Azufre (UBA) es a partir del 1º de enero de 2025.

Si se acepta la exención de AIR y se publica el ACUERDO en el Diario Oficial de la Federación se tendrán las siguientes implicaciones:

• Se concluirá la fabricación, importación y comercialización de vehículos y motores nuevos que cumplen con las tecnologías EPA 07 y EURO V, en todo el territorio nacional.

• Los certificados NOM expedidos por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente para estas tecnologías, dejarán de tener efectos para la evaluación de la conformidad.

• Se deberá tener disponibilidad en todo el país de diésel UBA, lo cual hasta hoy NO se tiene en todo el territorio nacional, y las estaciones de servicio en su mayoría no muestran información del tipo de diésel que comercializan.

• Incertidumbre en cuanto a la compra de unidades que están programadas para el resto de este año.

Debido a lo anterior, CANACAR solicitó a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, que se presente el Análisis de Impacto Regulatorio para que se muestre el impacto que tendrá para el autotransporte de carga este ACUERDO.

SEGURIDAD

INCIDENCIA DELICTIVA.

El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) y la Fiscalía General de la República (FGR) reportan de manera mensual la incidencia de robo al transporte de carga que se presenta en nuestro país, en esta ocasión presentarmos el comportamiento de la incidencia del primer bimestre de 2024 tanto del fuero común como del fuero federal.

Se presentaron 1,381 robos en el fuero común, al comparar la incidencia delictiva en el mismo período entre 2019 y 2020 se disminuyó en 34.19%, en el período entre 2020 y 2021 disminuyó en 6.82%, en el período entre 2021 y 2022 incremento en 0.9%, en el período entre 2022 y 2023 incrementó 10.58% y en el período de 2023 y 2024 disminuyó en 8.17%

Los delitos carreteros del fuero federal en este período (2024) son de 660 robos, en 2023 (705 robos) por lo que disminuyó un 6.38% la incidencia en 2024.

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INCIDENCIA

DELICTIVA FUERO COMÚN Y FUERO FEDERAL PRIMER BIMESTRE 2024

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ESTADOS DE MAYOR INCIDENCIA FUERO COMÚN PRIMER BIMESTRE 2024

ESTADOS DE MAYOR INCIDENCIA FUERO FEDERAL PRIMER BIMESTRE 2024

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TOP 10 ESTAD0S DE MAYOR INCIDENCIA

• El 93.04% de los eventos se denunciaron en estos 10 Estados.

• El 33.26% se denunció en el Estado de México.

• El 23.71% se denunció en el Estado de Puebla.

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VEHÍCULOS RECUPERADOS POR LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

n base a las reuniones que se tienen con la Fiscalía General de la República (FGR), ésta nos ha proporcionado información sobre los vehículos que han sido robados y a su vez recuperados en el mes de febrero 2024, la cual contiene las características de la unidad (marca, tipo, placas y número de serie), así como la Delegación de la FGR donde se encuentran resguardadas y el motivo por el que no han sido devueltas.

El listado de los vehículos recuperados está a su disposición en el link: https:// canacar.com.mx/vehiculos-recuperados-2024/, a fin de que puedan verificar si las unidades que aparecen en el mismo son de su propiedad y procedan a realizar el trámite de liberación correspondiente en el lugar donde se encuentra localizada; para acceder al listado es necesario agregar la contraseña (PGK2024).

ADUANAS

HORARIO ESTACIONAL DE VERANO Y LA OPERACIÓN ADUANERA EN LA FRANJA FRONTERIZA DEL NORTE DE MÉXICO

La Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) mediante comunicado No. 5/2024, informó que de acuerdo con lo establecido en el Decreto por el que se expide la Ley de los Husos horarios en los Estados Unidos de Mexicanos, se ha implementado un horario estacional en algunos Estados y Municipios de la frontera norte del país, este ajuste surtió efecto desde las 02:00 horas del domingo 10 de marzo y permanecerá vigente hasta las 02:00 horas del domingo 03 de noviembre de 2024.

En este sentido, las aduanas ubicadas en esta región modificarán su horario de funcionamiento en apego a dicha disposición. Esta medida busca facilitar la coordinación logística y garantizar un flujo eficiente en las operaciones comerciales transfronterizas.

Se recomienda a los usuarios del comercio exterior que tomen nota sobre estos ajustes y planifiquen sus actividades. Los municipios que tendrán ajustes son:

• Baja California: San Quintín, Tecate, Tijuana, Ensenada, Mexicali y Playas de Rosarito.

• Chihuahua: Guadalupe, Janos, Juárez, Manuel Benavides, Ojinaga, Pradexis Guerrero, Ascención y Coyame de Sotol.

• Coahuila: Jiménez, Morelos, Nava, Ocampo, Piedras Negras, Villa Unión, Zaragoza, Acuña, Allende, Hidalgo y Guerrero.

• Nuevo León: Anáhuac.

• Tamaulipas: Miguel Alemán, Mier, Nuevo Laredo, Reynosa, Río Bravo, Valle Hermoso, Camargo, Guerrero, Gustavo Díaz Ordaz y Matamoros.

PERMISOS DE INGRESOS UNIDADES PILOTO ASIPONA ALTAMIRA

La Administración del Sistema Portuario Nacional (ASIPONA) de Altamira, informó que, respecto de los permisos de ingreso al recinto portuario de las unidades piloto, conforme a lo siguiente:

• En el caso de carga de exportación, podrá tramitar el ingreso a través del agente aduanal en el módulo de permisos, indicando la unidad de transporte que acompaña la carga. Para este caso se deberá adjuntar en el apartado de equipo/herramienta el PDF del correo electrónico donde la terminal esta enterada que se va a operar la carga que se indica, aunque las unidades piloto no ingresen a la Terminal.

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• En el caso de carga de importación, podrá tramitar el ingreso a través del agente aduanal o línea transportista en el módulo de permisos, indicando la unidad de transporte que acompaña la carga. Para este caso de igual forma, se deberá adjuntar en el apartado de equipo/herramienta el PDF del correo electrónico donde la terminal esta enterada que se va a operar la carga que se indica, aunque las unidades piloto no ingresen a la Terminal.

Con referencia al número de unidades pilotos que debe llevar cada pieza sobre dimensionada, se deberá cumplir con lo estipulado en la NOM-040SCT-2-2012:

“B”

CLASIFICACION DE LAS COMBINACIONES VEHICULARES ESPECIALES

TABLA “D”

PRECEPTOS DE SEÑALAMIENTO QUE DEBEN CUMPLIR LAS COMBINACIONES VEHICULARES ESPECIALES

TABLA
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Es importante mencionar que para las salidas de unidades sobredimensionadas por la vialidad Riío Pánuco (Garita Tejón), para incorporarse a la vialidad Boulevard de los Ríos se deberá tomar en cuenta tener dos unidades pilotos para realizar el cierre seguro de los carriles de dirección Sur.

SECCIÓN

ADUANERA RÍO BRAVO DONNA

La Administración de la Aduana de Reynosa, informó mediante boletín 05/2024 que, con la finalidad de facilitar el cruce de transporte de carga vacíos, a partir del 27 de marzo de 2024 inicia operación la Sección Aduanera Río Bravo Donna para el cruce de transporte de carga vacíos, bajo las siguientes observaciones:

• El horario de operación será de las 08:00 a las 18:00 horas.

• El carril quedará RESTRINGIDO para pipas y/o autotanques, por lo que sólo quedará habilitado para la salida de cajas secas (vacíos).

• Todos los vehículos vacíos deberán presentarse por el carril exclusivamente designado y delimitado para la exploración con el equipo Nuctech.

• Los vehículos vacíos deberán transitar con las puertas abiertas de la caja.

Los operadores deberán portar en todo momento su chaleco y gafete de identificación.

ENLACE LEGISLATIVO

INICIATIVAS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN

Durante los trabajos del mes de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, se presentaron las siguientes iniciativas de interés para el sector:

1. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 390 del Código Penal Federal, a cargo de la Diputada Macarena Chávez Flores del Grupo Parlamentario del PRD, el 5 de marzo de 2024.

La iniciativa propone agregar que en el caso de que el delito de extorsión se lleve a cabo en puentes, caminos o carreteras federales, la sanción a particulares involucrados que presten servicios auxiliares a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, incluirá la pérdida definitiva de la concesión y la inhabilitación para prestar cualquier tipo de servicio a los tres niveles de gobierno de cinco a diez años.

ESTATUS. Turnada a la Comisión de Justicia.

2. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 7º de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, a cargo de la Diputada Flor Ivone Morales Miranda del Grupo Parlamentario de MORENA, el 5 de marzo de 2024.

La iniciativa propone Incorporar a las Secretarías de Seguridad y Protección Ciudadana; de Salud; y de Medio Ambiente y Recursos Naturales al Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial

ESTATUS. Turnada a la Comisión de Movilidad.

3. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 7º de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, a cargo de la Diputada Norma Angélica Aceves García del Grupo Parlamentario del PRI, el 5 de marzo de 2024.

La iniciativa propone que las Cámaras tendrán que promover, orientar e impartir capacitación en materia de igualdad y no discriminación, de acuerdo con la normatividad vigente, entre sus afiliados.

ESTATUS. Turnada a la Comisión de Economía, Co-

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mercio y Competitividad.

4. Iniciativa con proyecto de decreto por el cual se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la Senadora Claudia Ruiz Massieu Salinas el 6 de marzo de 2024.

La iniciativa propone establecer que los salarios percibidos por las trabajadoras y trabajadores se deberán apegar al principio de igualdad salarial sin distingo de género; la falta del cumplimiento a dicho principio se deberá comunicar al patrón o su representante; la capacitación y adiestramiento de las y los trabajadores promoverán procesos para reconocer la igualdad en el entorno laboral.

ESTATUS. Turnada a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

5. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 376 Bis y 376 Ter del Código Penal Federal, a cargo de los Senadores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, el día 12 de marzo de 2024.

La iniciativa propone que, cuando el objeto robado sea un vehículo automotor terrestre que sea objeto de registro conforme a la ley de la materia, con excepción de las motocicletas, la pena aumentara de doce a veinte años de prisión y de cuatro mil a seis mil días multa.

Pendiente.

De igual manera, a quien cometa el delito de robo en contra de personas que presten o utilicen por sí o por un tercero los servicios de autotransporte federal de carga, pasajeros, turismo o transporte privado, se le impondrá une pena de 12 a 18 años de prisión, cuando el objeto del robo sea las mercancías y de 7 a 12 años cuando se trate únicamente de equipaje o valores.

6. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 7º de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, a cargo del Diputado Omar Enrique Castañeda González del Grupo Parlamentario de MC, el día 12 de marzo de 2024.

La iniciativa propone añadir a la Secretaría de Salud al Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial.

ESTATUS. Pendiente.

7. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, suscrita por la Diputada Joanna Alejandra Felipe Torres y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, el 12 de marzo de 2024.

La iniciativa propone prever que las condiciones de trabajo deben hacerse constar el ejemplar en poder del patrón, y deberá contar con firma autógrafa de la o el trabajador al final del mismo. Agregar en el escrito en que consten las condiciones de trabajo deberá contener las prestaciones de seguridad social y en qué consisten.

Turnada a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

8. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 36 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del Di-

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ESTATUS. Pendiente.

federal deberán acreditar una valoración integral, consistente en un examen teórico y práctico que demuestre su aptitud para la correcta operación de los vehículos, habiendo asistido previamente a los cursos de capacitación y actualización de conocimientos que se establezca en el reglamento respectivo. Esta evaluación se aplicará nuevamente en caso de suspensión de la licencia.

9. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 5º de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo de la Diputada Paulina Aguado Romero del Grupo Parlamentario de MC, el 20 de marzo de 2024.

La iniciativa propone que corresponda a la SICT establecer las bases generales de regulación tarifaria respecto al cobro de peaje en las casetas, las cuales deberán contar con dispositivos de telepeaje para su cobro.

ESTATUS. Pendiente.

10. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 417, 418 y 419 del Código Penal Federal, a cargo del Diputado Luis Alberto Mendoza Acevedo y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, el 20 de marzo de 2024.

La iniciativa propone que a quien, ilícitamente transporte materias primas forestales o productos forestales maderables, se le impondrán las siguientes penas:

Cuando el volumen no exceda de dos metros cúbicos, se le impondrá de dos a cinco años de prisión y multa de quinientos a tres mil veces el valor diario de la UMA.

Si el volumen es superior a dos metros cúbicos se le impondrá de seis a doce años de prisión y multa de mil a cinco mil veces el valor de la UMA.

ESTATUS. Pendiente.

PUNTOS DE ACUERDO

DEL CONGRESO DE LA UNIÓN

1. Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta respetuosamente a los Congresos de los Estados de Baja California, Chiapas, Chihuahua, Ciudad de México, Coahuila, Estado de México, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Morelos, Oaxaca, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco, Tlaxcala, Veracruz y zacatecas, a homologar sus leyes en materia de movilidad y seguridad vial, a fin de dar cumplimiento a lo que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y a los plazos y disposiciones de los artículos transitorios de la ley General de Movilidad y Seguridad Vial, a cargo de la Senadora Gabriela López Gómez del Grupo Parlamentario de MORENA, el 12 de marzo de 2024.

ESTATUS. Pendiente.

2. Proposición con punto de acuerdo, para ex hortar a la JUCOPO a que solicite a la Comi sión de Trabajo y Previsión Social presentar las reservas para la discusión y deliberación del dictamen de la Comisión de Puntos Cons titucionales a las iniciativas del proyecto de

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decreto que proponen la modificación del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de días de descanso laboral, a cargo del Diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez del Grupo Parlamentario del PRI, el 13 de marzo de 2024.

ESTATUS. Turnada a la Junta de Coordinación Política.

3. Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Guardia Nacional para que, en coordinación con las autoridades en materia de seguridad en las treinta y dos entidades federativas, fortalezcan su presencia y vigilancia en las carreteras, caminos y puentes del país; ante el inicio de la Semana santa 2024, con el objetivo de garantizar la seguridad de las personas que transitan en la red nacional de carreteras, derivado de los reporte de robo a personas y operadores de transporte de carga al viajar por carreteras y autopistas de nuestro país, a cargo de las Senadoras Geovanna del Carmen Bañuelos de la Torre, Cora Cecilia Pinedo alonso y del Senador Joel Padilla Peña, del Grupo Parlamentario del PT, el 20 de marzo de 2024.

ESTATUS. Turnada a la Comisión de Seguridad Pública.

4. Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo Federal y a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, con motivo de los altos índices delictivos que se presentan en las carreteras federales del país, a cargo de la Diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra del Grupo Parlamentario del PAN, el 20 de marzo de 2024.

ESTATUS. Turnada a la Comisión de Seguridad Ciudadana.

¿SABÍAS QUE?

LA CONECTIVIDAD TERRESTRE ES ESENCIAL PARA EL DESARROLLO DE LAS CIUDADES

La conectividad puede definirse como la “conexión” en términos de transporte, comercio, aduana y procesos logísticos. Fomentar la conectividad del transporte es crucial para el desarrollo económico dentro del país o bien entre otras naciones.

En México es muy importante, debido a su orografía y al desarrollo de su infraestructura es necesario estar conectados, pero a veces esto resulta un poco difícil, en virtud que un mismo tramo carretero puede tener diversas clasificaciones (ET, A, B, C o D).

En virtud de lo anterior, para la correcta operación de los servicios de transporte y, que los bienes y mercancías lleguen a sus destinos es necesario contar con permisos de conectividad, mismos que están contemplados en la NOM-012-SCT-2-2017, Sobre el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal.

Para las unidades y configuraciones vehiculares que requieran utilizar un camino de menor clasificación la Norma contempla supuestos para poder solicitar permisos de conectividad.

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• Para llegar o salir de una Planta productora o Centros Logísticos y/o de Transferencia. En este supuesto podrá solicitarlo el usuario o transportista de carga consolidada.

• Utilizar un camino de menor clasificación cuando no estén conectados dos ejes o tramos de un mismo eje.

En este supuesto podrá solicitarlo el usuario o transportista de carga consolidada.

• Para entrar o salir de las instalaciones del permisionario. Lo solicitará el permisionario (transportista).

Para poder tramitar el permiso de conectividad, no debe existir camino alterno y en caso de que no estén conectados dos ejes o tramos de un mismo eje, no debe rebasarse 50 km., previa obtención de la autorización especial. La vigencia de las autorizaciones de conectividad será de tres años, a partir de su emisión.

La conectividad debe servir a múltiples propósitos en los distintos ámbitos de la actividad económica y social. La facilitación de la actividad económica y productiva corresponde al primer y principal ámbito de impacto de las políticas de conectividad. La conectividad tiene como misión el aseguramiento de la accesibilidad y comunicación entre los diferentes centros de provisión de materias primas e insumos, de producción y de distribución de bienes, y adicionalmente de servicios, información y personas.

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