BOLETÍN JURÍDICO, DE SEGURIDAD Y NORMATIVIDAD - NÚMERO 24 – DICIEMBRE 2022

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contenido

PÁGINA 1 ASPECTOS JURÍDICOS

• PROGRAMA DE AUTORREGULACIÓN AMBIENTAL PARA ELECTROMOVILIDAD EN VEHÍCULOS LIGEROS EN LA CIUDAD DE MÉXICO.

PÁGINA 3 NORMATIVIDAD

• ACUERDO POR EL QUE SE HACEN DEL CONOCIMIENTO PÚBLICO LOS DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2022 QUE SERÁN CONSIDERADOS COMO INHÁBILES PARA EFECTOS DE LOS ACTOS, TRÁMITES Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, SUSTANCIADOS ANTE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS Y ÓRGANOS DESCONCENTRADOS DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES.

• RESTRICCIÓN DE CIRCULACIÓN EN EL PERÍODO VACACIONAL DE DICIEMBRE 2022 Y ENERO 2023.

• PRÓRROGA PARA LA AUTORIZACIÓN EXPRESA DE LAS CONFIGURACIONES DE TRACTOCAMIÓN DOBLEMENTE ARTICULADO.

• TALLER DE SEGURIDAD VIAL EN EL MARCO DE LA CONSTRUCCIÓN DE LA ENAMOV.

• CUARTA SESIÓN ORDINARIA DEL COMITÉ CONSULTIVO NACIONAL DE NORMALIZACIÓN DE TRANSPORTE TERRESTRE (CCNN-TT).

PÁGINA 7 SEGURIDAD

• INCIDENCIA DELICTIVA

• VEHÍCULOS RECUPERADOS POR LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

PÁGINA 11 ADUANAS

• DERECHOS, PRODUCTOS Y APROVECHAMIENTOS DE LA ANAM

• SE AMPLÍA LA VIGENCIA DE LOS GAFETES DE IDENTIFICACIÓN DE CARTÓN

• DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS DE IDENTIFICACIÓN

PÁGINA 12 ENLACE LEGISLATIVO

• INICIATIVAS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN.

• PUNTOS DE ACUERDO DEL CONGRESO DE LA UNIÍON.

PÁGINA 15 TEMAS DE INTERÉS

• REFORMA A LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO EN MATERIA DE VACACIONES

• PÁGINA 17 ¿SABÍAS QUÉ?

DIRECCIÓN JURÍDICA Y DE GESTIÓN INSTITUCIONAL o.hernandez@canacar.com.mx

Imagenes: Freepik.com, Goggle, Twitter.

TABLA DE
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PROGRAMA DE AUTORREGULACIÓN AMBIENTAL PARA ELECTROMOVILIDAD EN VEHÍCULOS LIGEROS EN LA CIUDAD DE MÉXICO.

La Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México dio a conocer EL PROGRAMA DE AUTORREGULACIÓN AMBIENTAL PARA IMPULSAR LA ELECTROMOVILIDAD EN VEHÍCULOS LIGEROS EN LA CIUDAD DE MÉXICO, publicándolo en la Gaceta Oficial, el pasado 2 de diciembre de 2022, señalando principalmente lo siguiente:

Objetivo: Reducir la generación de emisiones de monóxido de carbono, compuestos orgánicos volátiles, óxidos de nitrógeno y dióxido de carbono proveniente de los AUTOMOTORES LIGEROS UTILIZADOS PARA EL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS y/o de personas que circulan en la Ciudad de México, ya sea en unidades híbridas o eléctricas.

ESQUEMA DEL PROGRAMA DE AUTORREGULACIÓN POR ELECTROMOVILIDAD.

• Las personas físicas y/o morales que deseen establecer un convenio de autorregulación (como mínimo 20 unidades), comprometiéndose a renovar, de forma anual, un mínimo del 5% por unidades híbridas y/o eléctricas.

• Las unidades eléctricas y/o híbridas que se integren al esquema de autorregulación estarán exentas de la verificación vehicular obligatoria y de las restricciones a la circulación establecidas por los programas Hoy No Circula y de Contingencias Ambientales Atmosféricas.

• La totalidad de los automotores a diésel o gasolina que porten holograma “00” o “0” vigente y que se integre a la autorregulación quedarán exentos de la restricción a la circulación establecida en el programa de Contingencias Ambientales Atmosféricas para la Ciudad de México.

• Los automotores eléctricos e híbridos recibirán, de forma gratuita, el holograma del tipo exento por parte de la Dirección General de Calidad del Aire (DGCA).

• Los automotores de combustión interna recibirán, posterior a la realización del pago de los derechos, el holograma de autorregulación (tipo A) por parte de la DGCA

• Todos los automotores que formen parte del Programa de Autorregulación por Electromovilidad deberán portar un distintivo en sus portezuelas que facilite la identificación de las unidades en vialidad.

• La persona física o moral propietaria de la flota autorregulada será la responsable de hacer y colocar los distintivos del programa en la totalidad de las unidades que se registrarán en el Programa de Autorregulación por Electromovilidad.

AUTOMOTORES ELEGIBLES PARA PARTICIPAR EN EL PROGRAMA.

Automotores matriculados en cualquier parte de la República Mexicana y/o por la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, con un peso bruto vehicular de hasta 3,857 kilogramos que cuenten con un holograma “00” o “0” vigente otorgado en centros de verificación vehicular de la Ciudad de México y con un máximo de 10 años de antigüedad contados a partir del año modelo.

Unidades matriculadas en el Estado de México con holograma “00” o “0”, exentos de la condicionante de contar con un holograma otorgado en centros de verificación de la

ASPECTOS JURÍDICOS
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Ciudad de México, pero las unidades con holograma “0” deberán presentar pruebas de evaluación técnica en el periodo que le corresponda en centros de la Ciudad de México y acreditar sus emisiones y estado del sistema de diagnóstico a bordo.

REQUISITOS.

Las personas físicas y/o morales propietarias de automotores ligeros que deseen participar, deben suscribir un Convenio con la Secretaría del Medio Ambiente a través de la DGCA, cumpliendo con lo siguiente:

Presentar en la Oficialía de Partes de la DGCA , la solicitud para integrarse al Programa de Autorregulación por Electromovilidad, incluyendo los siguientes documentos en idioma español:

a) Copia Certificada del Acta Constitutiva de la Empresa solicitante.

b) Copia Certificada del Poder Notarial del Representante y/o Apoderado Legal de la empresa (con facultades para actos de administración), anexando copia simple de una identificación oficial (pasaporte, credencial para votar o cédula profesional).

c) Copia simple legible del Registro Federal de Contribuyentes actualizado de la persona física o moral.

d) Comprobante de domicilio de la persona física y/o moral no mayor a tres meses.

e) Listado de las unidades candidatas en las que se incluya: Placa, Marca, Submarca, Modelo, NIV, tipo de unidad (eléctrico, híbrido Plug In, híbrido Strong, combustión interna a gasolina o diésel).

Nota: Deben presentarse en formato PDF no editable

Otras consideraciones.

1. La DGCA llevará a cabo la revisión del expediente presentado y determinar si las personas físicas y/o morales cumplen o no con los requisitos señalados en el presente Programa en un término de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al que se entregue la información.

2. Los interesados deberán tomar en cuenta que los documentos serán propiedad de la DGCA en caso de ser aprobada su solicitud.

3. Se contará con 30 días hábiles para subsanar cualquier insuficiencia detectada por la DGCA en la información presentada.

4. El Convenio de Autorregulación por Electromovilidad, tendrá una vigencia de diez años, siempre y cuando se dé cumplimiento al compromiso adoptado, en caso de incumplimiento total o parcial del Convenio, la DGCA podrá dar por concluido el convenio y eliminar los beneficios que el mismo otorgaba.

5. Si reduce o incrementa la flota vehicular inscrita en el Programa de Autorregulación por Electromovilidad deberá informar a la DGCA mediante oficio.

6. Se deberán retirar los hologramas del tipo “A” y los distintivos del programa de todos los vehículos que concluyan su participación en el Programa.

CONSTANCIA DE AUTORREGULACIÓN TIPO “A” (CERTIFICADO CON HOLOGRAMA TIPO “A”).

Se solicitará a la DGCA la expedición de la Constancia, con un costo de 6 Unidades de Medida y Actualización (UMA) más IVA.

Dicho costo del trámite es facturable mediante procedimiento explicado en el presente “Aviso”.

OBLIGACIONES DE LOS PROPIETARIOS.

A) Colocar los hologramas “E” y “A” la parte interna superior derecha del cristal delantero del vehículo (lado del copiloto) y asociar el folio de los hologramas con el automotor en que se coloque.

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B) Colocar el Distintivo del Programa de Autorregulación por Electromovilidad únicamente a la flota que forma parte del Programa conforme lo establezca el Convenio del Programa de Autorregulación por Electromovilidad.

C) Cumplir con el porcentaje de renovación anual de automotores.

D) Mantener vigente su certificado ”00” y “0” otorgado en centros de verificación vehicular de la Ciudad de México; en el caso de pruebas de evaluación técnica, hacerla cada seis meses para el caso de las unidades con holograma “0” vigente.

CAUSAS DE REVOCACIÓN.

1. El incumplimiento del porcentaje de renovación anual de automotores por unidades eléctricas y/o híbridas.

2. La falsificación o el uso del distintivo para portezuelas del Programa de Autorregulación por Electromovilidad en unidades que carezcan de holograma del tipo “E” o “A”.

3. Dar de baja automotores pertenecientes al Programa de Autorregulación por Electromovilidad y no retirar el holograma del tipo “A” y/o el distintivo.

4. La conclusión de la vigencia.

5. La voluntad de alguna de las partes, manifestada por escrito, en donde se expresen y justifiquen los motivos que dan origen a tal decisión.

El presente Programa entró en vigor el día 2 de diciembre del 2022, si desea consultar la publicación completa, ingresar al siguiente enlace:

https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/ f777d72c63bf76b6637a65472cc0b9b4.pdf

NORMATIVIDAD

ACUERDO POR EL QUE SE HACEN DEL CONOCIMIENTO PÚBLICO LOS DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2022 QUE SERÁN CONSIDERADOS COMO INHÁBILES PARA EFECTOS DE LOS ACTOS, TRÁMITES Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, SUSTANCIADOS ANTE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS Y ÓRGANOS DESCONCENTRADOS DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES.

Mediante Circular de CANACAR, se informó a los socios que la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), publicó el día 14 de diciembre de 2022 en el Diario Oficial de la Federación, el “Acuerdo por el que se hacen del conocimiento público los días del mes de diciembre de 2022 que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos, trámites y procedimientos administrativos, sustanciados ante las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes”, cuyo contenido fue el siguiente:

• Para efectos de los actos, trámites y procedimientos administrativos que en ejercicio de sus atribuciones realizan las distintas unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, se considerarán inhábiles los días 19, 20, 21, 22, 23, 26, 27, 28, 29 y 30 de diciembre de 2022.

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Lo anterior, sin perjuicio de la facultad de esta Secretaría para habilitar los días y horas que requiera para el cumplimiento de sus atribuciones, así como de asignar guardias del personal necesarias.

• Durante los días antes citados, no se computarán los plazos y términos correspondientes en los actos, trámites y procedimientos que se sustancian ante las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes. Los días que conforme a este acuerdo son considerados inhábiles, no se aplicarán a los plazos y términos previstos por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, por lo que, los trámites y procedimientos que guarden relación con dichas Leyes quedarán exceptuados de la aplicación y observancia de este Acuerdo.

El presente Acuerdo entró en vigor el día 15 de diciembre de 2022

RESTRICCIÓN DE CIRCULACIÓN EN EL PERÍODO VACACIONAL DE DICIEMBRE 2022 Y ENERO 2023.

Mediante Circular de CANACAR, se informó a los socios que, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), publicó el día 15 de diciembre de 2022 en el Diario Oficial de la Federación, el siguiente:

AVISO

A TODOS LOS USUARIOS Y PERMISIONARIOS DEL SERVICIO DE AUTOTRANSPORTE FEDERAL Y TRANSPORTE PRIVADO DE CARGA ESPECIALIZADA DE OBJETOS INDIVISIBLES DE GRAN PESO Y/O VOLUMEN Y GRÚAS INDUSTRIALES QUE TRANSITEN POR CAMINOS Y PUENTES DE JURISDICCIÓN FEDERAL, SE HACE DE SU CONOCIMIENTO LOS HORARIOS DE OPERACIÓN QUE SE APLICARÁN EN EL PERIODO VACACIONAL COMPRENDIDO DE LAS 00:00 HORAS DEL 16 DE DICIEMBRE DE 2022, A LAS 23:59 HORAS DEL 2 DE ENERO DE 2023, DE CONFORMIDAD CON EL NUMERAL 5.6 DE LA NOM-040-SCT-2-2012 VIGENTE.

PRIMERO. Las grúas industriales y los equipos especiales para el transporte de maquinaria u objetos indivisibles de gran peso y/o volumen que cuenten con el permiso especial de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, podrán transitar en el período antes señalado de la siguiente manera:

I) Los días 19, 20, 21, 22, 27, 28 y 29 de diciembre de 2022: a) Todo el día cuando circulen por caminos tipo ET4, A4, B4; es decir, de las 00:00 horas a las 23:59 horas, conforme al numeral 5.5.1 de la NOM-040-SCT-2-2012, y b) Cuando circulen por caminos ET2, A2, B2, C o D, de 6:00 a 18:30 horas; y en horario nocturno de 00:00 a 6:00 horas y de 18:30 a 23:59 horas, condicionado

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a que circulen con dos carros piloto, uno en la parte frontal y otro en la parte trasera, conforme al numeral 5.5.2 de la NOM-040-SCT-2-2012.

II) Los días 17, 23 y 30 de diciembre de 2022, para cualquier tipo de camino, de las 6:00 a las 14:00 horas de conformidad con lo señalado en los numerales 5.5.1.1 y 5.5.2.1 de la NOM-040-SCT-2-2012.

SEGUNDO. Los vehículos referidos en el artículo Primero deberán suspender totalmente su tránsito los días 16, 18, 24, 25, 26 y 31 de diciembre de 2022, así como el 1 y 2 de enero de 2023.

TERCERO. Las restricciones señaladas en los artículos Primero y Segundo del presente Aviso, no les serán aplicables a aquellos usuarios y permisionarios del servicio de autotransporte federal y transporte privado de carga especializada de objetos indivisibles de gran peso y/o volumen y grúas industriales, relacionados a proyectos u obras a cargo del Gobierno de México, lo cual incluye la infraestructura asociada a los sectores de comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, turístico, salud, vías férreas, ferrocarriles en todas sus modalidades, energético, puertos, aeropuertos, y otros sectores prioritarios y/o estratégicos que contribuyen al crecimiento y a la seguridad nacional del país.

No se omite mencionar que, los supuestos de excepción descritos en el párrafo anterior no eximen del cumplimiento de la NOM-040-SCT-2-2012, así como de las demás normas que resulten aplicables en materia de Autotransporte Federal, incluyendo aquellas relativas a la obligación de contar con unidades piloto que se encuentren regulares y en condiciones durante el tránsito en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal.

El presente Aviso entró en vigor a partir del 16 de diciembre de 2022

PRÓRROGA PARA LA AUTORIZACIÓN EXPRESA DE LAS CONFIGURACIONES DE TRACTOCAMIÓN DOBLEMENTE ARTICULADO.

Mediante Circular de CANACAR, se informó a los socios que, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes presentó ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) para consulta pública y dictaminación, el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE PRORROGA LA VIGENCIA DE LA AUTORIZACIÓN EXPRESA PARA CIRCULAR EN LOS CAMINOS Y PUENTES DE JURISDICCIÓN FEDERAL CONFIGURACIONES DE TRATOCAMIÓN DOBLEMENTE ARTICULADO.

El cual tiene como objetivo prorrogar hasta el 31 de marzo de 2023, la vigencia y efectos jurídicos de las Autorizaciones Expresas para circular en los caminos y puentes de jurisdicción federal con configuraciones de tractocamión doblemente articulado, emitidas de conformidad con el instrumento expedido el 3 de julio de 2018 denominado “Aviso por el que se informa a todos los permisionarios de autotransporte federal de carga y de transporte federal de carga y de transporte privado de carga el procedimiento de trámite que deben observar, para que de conformidad con lo que establecen los numerales 6.1.2.1.1 y 6.2.1.4.2 de la Norma Oficial Mexicana NOM-012SCT-2-2017, Sobre el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal, concluyan el trámite ante esta Secretaría para obtener la Autorización Expresa para circular en los caminos y puentes de jurisdicción federal con configuraciones de tractocamión doblemente articulado” publicado en el Diario Oficial de la Federación 17 de julio de 2018; considerando el evento de fuerza mayor presentado en la Secretaría de conformidad con lo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de noviembre de 2022: ACUERDO por el que se suspenden plazos y términos en la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, por los motivos que en el mismo se precisan; asimismo el 2

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de diciembre de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el ACUERDO por el que se modifica el similar y se suspenden plazos y términos en la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, por los motivos que en el mismo se precisan.

Una vez dictaminado el presente Aviso, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el día 30 de diciembre de 2022, entrando en vigor ese mismo día.

Con su publicación en el DOF, dejó sin efectos el “AVISO por el que se prorroga la vigencia de la autorización expresa para circular en los caminos y puentes de jurisdicción federal con configuraciones de tractocamión doblemente articulado publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2022.

TALLER DE SEGURIDAD VIAL EN EL MARCO DE LA CONSTRUCCIÓN DE LA ENAMOV.

La Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, a través de la Coordinación General de Desarrollo Metropolitano y Movilidad, y la Dirección de Movilidad, convocaron a este Taller para la construcción de la Estrategia Nacional de Movilidad (ENAMOV), realizado de manera presencial el 13 de diciembre de 2022, en el Club de Banqueros de la Ciudad de México. Las expresiones más destacadas fueron las siguientes:

El objetivo es retroalimentar y transversalizar el eje de Seguridad Vial en cada uno de los ejes de la ENAMOV, priorizando el apartado de instrumentación para los municipios y gobiernos estatales, a partir de un enfoque sistémico de la movilidad, con el apoyo de personas expertas desde la academia, OSC, sector privado y público cuyo campo de especialidad es la seguridad vial.

Los objetivos específicos son; presentar una estructura general del anteproyecto de la ENAMOV y contenidos del Eje de Seguridad Vial, objetivos, líneas de acción e instrumentos, otro es generar un espacio de retroalimentación de los contenidos de acuerdo con el enfoque de sistemas seguros, con medidas, mecanismos de implementación y determinar responsables.

Se llevarán a cabo 5 foros regionales en las siguientes sedes:

• Foro Noreste, Monterrey, N.L. 13 de enero 2023.

• Foro Sur – Sureste, Mérida, Yuc. 17 de febrero 2023.

• Foro Occidente, Zona Metropolitana Puerto Vallarta – Bahía de Bandera 23 de marzo 2023.

• Foro Noroeste, Playas de Rosarito, Baja California 12 de abril de 2023.

• Presentación y aprobación de la ENAMOV, CDMX mayo 2023.

Los cinco ejes estratégicos propuestos son:

• Movilidad para todas las personas

• Movilidad segura

• Movilidad urbana y servicios de transporte público

• Movilidad y Territorio

• Movilidad eficiente

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Todo irá enfocado a cumplir con la Declaración de Estocolmo, en reducir las muertes y lesiones por siniestros de tránsito en al menos un 50% al 2030.

Se formaron 5 mesas de trabajo para opinar acerca de los temas mencionados, así como de la infraestructura, homologación del desarrollo de la Movilidad en los municipios y estados, así también de los sistemas seguros de transporte, aplicaciones de la telemática, etc., en la mesa de trabajo en la que participó CANACAR, se propuso que se establezcan mecanismos de vigilancia para que los Municipios y los Estados no sobrerregulen al autotransporte a base de permisos para circular en los mismos y que se evite a través de las Leyes de ingresos, contemplar cuotas para el autotransporte de carga federal.

CUARTA SESIÓN ORDINARIA DEL COMITÉ CONSULTIVO NACIONAL DE NORMALIZACIÓN DE TRANSPORTE TERRESTRE (CCNN-TT).

Se llevó a cabo esta sesión de forma virtual, el día 14 de diciembre de 2022, donde los temas abordados fueron los siguientes:

• Aprobación de la Respuesta a Comentarios al Proyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-006-SCT-2022, referente a la revisión ocular de las unidades de transporte de mercancías peligrosas.

• Aprobación de la Norma Oficial Mexicana NOM-006-SCT-2022, referente a la revisión ocular de las unidades de transporte de mercancías peligrosas.

• Calendario de sesiones ordinarias del CCNN TT para el año 2023:

• 1ª 28 marzo, 2ª 23 mayo, 3ª 24 octubre y la 4ª 12 diciembre

SEGURIDAD INCIDENCIA DELICTIVA.

El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) y la Fiscalía General de la República (FGR) reportan de manera mensual la incidencia de robo al transporte de carga que se presenta en nuestro país, en esta ocasión presentaremos el comportamiento de la incidencia del período de enero - noviembre de 2022 tanto del fuero común como del fuero federal.

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INCIDENCIA DELICTIVA FUERO COMÚN Y FUERO FEDERAL ENERO – NOVIEMBRE 2022

ESTADOS DE MAYOR INCIDENCIA FUERO COMÚN ENERO – NOVIEMBRE 2022

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ESTADOS DE MAYOR INCIDENCIA

FUERO FEDERAL ENERO – NOVIEMBRE 2022

COMPARATIVO DE INCIDENCIA

FUERO COMÚN Y FUERO FEDERAL 2022

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JURÍDICO, DE SEGURIDAD Y NORMATIVIDAD
BOLETÍN

TOP 10 ESTADOS DE MAYOR INCIDENCIA

• El 93.72% de los eventos se denunciaron en estos 10 Estados.

• El 36.50% se denunció en el Estado de México.

• El 14.67% se denunció en el Estado de Puebla.

VEHÍCULOS RECUPERADOS POR LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.

La Fiscalía General de la República (FGR), nos proporcionó información sobre los vehículos que han sido robados y a su vez recuperados en el mes de noviembre del año 2022, la cual contiene las características de la unidad (marca, tipo, placas y número de serie), así como la Delegación de la FGR donde se encuentran resguardadas y el motivo por el que no han sido devueltas.

Por lo anterior, ponemos a su disposición el listado de los vehículos recuperados en el siguiente link: https://canacar.com. mx/vehiculos-recuperados-2022/, a fin de que sí ustedes han sido sujetos de algún ilícito puedan verificar si las unidades que aparecen en el mismo son de su propiedad y procedan a realizar el trámite de liberación correspondiente en el lugar donde se encuentra localizada, para acceder al listado será necesario agregar la contraseña (vehjur2022).

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DERECHOS, PRODUCTOS Y APROVECHAMIENTOS DE LA ANAM.

La Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) mediante boletín No.37 nos ha informado que derivado de la publicación en el Diario Oficial de la Federación, del Decreto por el que se Reforman, Adicionan y Derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos, se hace referencia al Art. 40 y al primer transitorio de dicho ordenamiento, el cual indica:

Artículo 40. ....................................................................................................................................................

Los ingresos que se obtengan por la recaudación de los derechos establecidos en este artículo se destinarán al Servicio de Administración Tributaria o a la Agencia Nacional de Aduanas de México, órgano auxiliar de la administración aduanera, según corresponda.

Transitorios

Primero. El presente Decreto entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2023.

En tal sentido, se comunica que a partir del 01 de enero del 2023 los derechos por las autorizaciones y servicios que otorga la ANAM establecido en el artículo en mención (excepto los incisos “a” inscripción en el despacho de mercancías y “m” registro de empresas certificadas), se pagarán mediante línea de captura con prefijo inicial 03 (cero, tres), la cual estará disponible en la dirección electrónica https://anam.gob.mx/derechosproductos-y-aprovechamientos/.

SE AMPLÍA LA VIGENCIA DE LOS GAFETES DE IDENTIFICACIÓN DE CARTÓN.

La Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) mediante boletín No.38, nos ha informado que se amplía la vigencia de los gafetes de identificación (cartón) expedidos en 2021 hasta el 31 de marzo de 2023 para los siguientes usuarios:

• Apoderado Aduanal o Representante Legal.

• Dependiente del Apoderado Aduanal o auxiliar del

Representante Legal.

• Apoyo y servicio en almacenes de carga.

• Apoyo y servicio.

• Visitante.

• Representante de industria.

Así también, en relación con la obligatoriedad de portar el gafete único de identificación (GUI) para los conductores de la Administración Pública Federal que realizan la transportación de productos petrolíferos, su cumplimiento será hasta el 30 de abril de 2023.

DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS DE IDENTIFICACIÓN.

La Administración del Sistema Portuario Nacional (ASIPONA) de Veracruz, en el marco de la implementación del Sistema Inteligente Seguro (PIS), informó que a partir de

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ADUANAS

día 16 de diciembre del año en curso, los operadores de autotransporte federal deberán presentar para el ingreso al Puerto los siguientes documentos:

• Documento electrónico del operador (DEO).

• Documento electrónico de autotransporte (DEA).

En virtud de lo anterior y derivado de que se ha presentado una gran cantidad de empresas que no cuentan con los documentos antes descritos, y en conocimiento por parte de esta Entidad de la valiosa labor que realiza el sector de autotransporte como parte de la comunidad Portuaria del Puerto de Veracruz, se prorrogará para el 28 de diciembre de 2022 la presentación de éstos.

Una vez mencionado lo anterior, se les exhorta a dar cabal cumplimiento con lo solicitado, de esta manera, aquellas empresas que cuenten con los documentos validados deberán de proporcionar a sus operadores el DEO y DEA, con la finalidad de evitar retratos a su ingreso al Recinto Portuario y así poder continuar con sus operaciones de manera eficiente.

ENLACE LEGISLATIVO

INICIATIVAS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN.

Durante los trabajos los trabajos del mes de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, se presentaron las siguientes iniciativas de interés para el sector:

1. Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por la Diputada Paulina Rubio Fernández y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, el día 6 de diciembre de 2022.

La iniciativa propone derogar los casos en que el Juez ordene prisión preventiva oficiosa, tales como el abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, así como los delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad, y de la salud, de esa manera sólo se podrá solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado.

ESTATUS. Turnada a Comisión de Puntos Constitucionales.

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2. Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la Senadora Estrella Rojas Loreto, del Grupo Parlamentario del PAN, el día 13 de diciembre de 2022.

La iniciativa propone eliminar el catálogo de delitos por los que el juez ordenará la prisión preventiva oficiosa.

ESTATUS. Turnada a Comisión de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos Segunda.

3. Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos, a cargo del Senador Alejandro González Yáñez, del Grupo Parlamentario del PT, el día 14 de diciembre de 2022.

La iniciativa propone que los Municipios sean auténticamente soberanos, cuenten con su propia Constitución y se faculta al Congreso de la Unión para expedir la Ley General para Garantizar la Autonomía del Municipio Libre.

ESTATUS. Turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos.

4. Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a la Ley de Movilidad y Seguridad Vial y la Ley de Vías Generales de Comunicación, suscrita por la Diputada María Guadalupe Alcántara Rojas, del Grupo Parlamentario del PRI, el día 15 de diciembre de 2022.

La iniciativa propone regular y sancionar el cobro excesivo de arrastre y salvamento vehicular en las carreteras y autopistas por parte del servicio público federal, mediante el establecimiento de mecanismos de regulación y control de las concesiones para la prestación de servicios auxiliares de arrastre, salvamento, guarda, custodia y depósito de vehículos. Se busca generar mejores condiciones de servicio para las personas usuarias, al obligar a las empresas a publicar, a través de medios de alta visibilidad, las tarifas oficiales para así prevenir abusos y daños a la propiedad privada.

ESTATUS. Pendiente.

5. Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial y de la Ley de Caminos, Puentes y autotransporte Federal, a cargo de los Diputados Eunice Monzón García y Luis Edgardo Palacios Díaz, y suscrita por la Diputada Karen Castrejón Trujillo, del Grupo Parlamentario del PVEM, el día 21 de diciembre de 2022.

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ESTATUS. Pendiente.

La iniciativa propone establecer la obligación de las autoridades competentes de realizar a cada uno de los conductores de forma aleatoria pruebas que permitan determinar la ingesta de bebidas alcohólicas o narcóticos, así como otros exámenes para garantizar que se encuentran en condiciones de salud óptimas para iniciar su jornada laboral, mediante el procedimiento que determine el sistema nacional y los lineamientos específicos.

6. Iniciativa con proyecto de Decreto que reforma los artículos 581, 588 y 591 del Código de Comercio, a cargo del Diputado Francisco Javier Borrego Adame, del Grupo Parlamentario de MORENA, el día 21 de diciembre de 2022.

La iniciativa propone que en el CFDI con Complemento Carta Porte se exprese el precio del transporte y su plazo de pago, en un término no mayor a treinta días después de la entrega.

ESTATUS. Pendiente

7. Iniciativa con proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, suscrita por la Diputada Lorena Piñón Rivera, del Grupo Parlamentario del PRI, el día 21 de diciembre de 2022.

La iniciativa propone lograra una mayor seguridad vial para los transportes de carga, como una condición de seguridad para las personas que viajan en otras unidades y los transeúntes, así como los mismos operadores de dichas unidades, implementando que los permisionarios de autotransporte de carga que requieran circular en configuraciones de tractocamión doblemente articulado, deberán cumplir con las especificaciones técnicas, disposiciones de seguridad y de control que se establecen en la NOM vigente, así como obtener la autorización correspondiente.

ESTATUS. Turno a la Comisión de Comunicaciones y Transportes.

PUNTOS DE ACUERDO DEL CONGRESO DE LA UNIÓN.

1. Proposición con Punto de Acuerdo, para exhortar a los poderes del Estado de Tamaulipas para que implementen acciones en materia de Seguridad Vial, a cargo de la Senadora María Guadalupe Covarrubias Cervantes, del Grupo Parlamentario de MORENA, el día 6 de diciembre de 2022.

ESTATUS. Pendiente

2. Proposición con Punto de Acuerdo, mediante el cual el Senado de la República exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes para que en coordinación con las autoridades locales de seguridad de las 32 entidades federativas, elaboren y en su caso refuercen los protocolos de asistencia

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para salvaguardar la seguridad de las personas que utilizan las carreteras federales, y para que en coordinación con la Guardia Nacional y derivado de los acontecimientos recientes, refuercen y aumenten los operativos en carreteras federales para salvaguardar a la seguridad e integridad de las personas, a cargo de la Senadora Geovanna del Carmen Bañuelos de la Torre, del Grupo Parlamentario del PT, el día 13 de diciembre de 2022.

ESTATUS. Turnado a la Comisión de Comunicaciones y Transportes.

3. Proposición con Punto de Acuerdo, por el que se exhorta a las Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes que rinda un informe detallado a esta Asamblea en donde se expliquen los motivos, afectaciones, acciones preventivas y correctivas adoptadas, y demás cuestiones pertinentes derivadas del hackeo que sufrió dicha dependencia el pasado 24 de octubre y que tuvo como consecuencia la suspensión de todos los trámites ante dicha Secretaría hasta concluir el año 2022, a cargo del Senador Juan Antonio Martín del Campo, del Grupo Parlamentario del PAN, el día 7 de diciembre de 2022.

ESTATUS. Turnado a la Comisión de Comunicaciones y Transportes.

TEMAS DE INTERÉS

REFORMA A LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO EN MATERIA DE VACACIONES.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, publicó en el Diario Oficial de la Federación en su edición vespertina, de fecha 27 de diciembre de 2022, el “Decreto por el que se reforman los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de vacaciones”, misma que establece lo siguiente:

Artículo 76.- Las personas trabajadoras que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a doce días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a veinte, por cada año subsecuente de servicios. A partir del sexto año, el período de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios.

• Artículo 78.- Del total del período que le corresponda conforme a lo previsto en el artículo 76 de esta Ley, la persona trabajadora disfrutará de doce días de vacaciones continuos, por lo menos. Dicho período, a potestad de la persona trabajadora podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requiera.

Por lo anterior, se muestra la tabla de las vacaciones tal como aplicará a partir de 2023:

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¿Los 12 días de vacaciones son continuos?

Si, con la reforma de Vacaciones Dignas, el artículo 78 de la Ley Federal del Trabajo quedó así: “La persona trabajadora disfrutará de doce días de vacaciones continuos, por lo menos. Dicho período, a potestad de la persona trabajadora podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requiera.”

Si cumplo 5 años en mi trabajo en 2023, ¿ya tendré derecho a 20 días laborables de vacaciones?

Si, gracias a la reforma de Vacaciones Digna tendrás derecho a los días de vacaciones correspondientes a la antigüedad que cumplas en 2023.

¿Puedo tomar vacaciones en cualquier momento del año?

Los períodos vacacionales se fijan de común acuerdo entre tú patrón y tú, considerando las necesidades de servicio y el derecho que ya hayas generado para tomar vacaciones.

¿Con cuánto tiempo de anticipación debo pedir vacaciones?

El período de solicitud de vacaciones dependerá de las políticas, calendario, contrato de trabajo y/o reglamento de la empresa para la cual prestas tus servicios. Es requisito indispensable que se pacten tus días de vacaciones con tu patrón y que se concedan dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios.

Si MI EMPLEADOR no me autoriza tomar vacaciones por falta de personal, ¿se acumulan con las del siguiente año?

Tu derecho a vacaciones se genera cada año dependiendo de la antigüedad que tengas en la empresa y deben concederse dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios. En caso de no disfrutarlas, solo podrás reclamar las que correspondan a un año anterior.

¿Puede MI EMPLEADOR intercambiar las vacaciones por dinero?

No, la Ley Federal del Trabajo establece que las vacaciones que te correspondan no podrán compensarse con una remuneración ni en especie ni en dinero, por lo cual se deben disfrutar.

Si trabajo medio turno, ¿me corresponden vacaciones?

Sí, ya que tu derecho a vacaciones depende de los años de servicio que tengas con tu patrón, no de la jornada de trabajo que hayan pactado.

Si durante mis vacaciones cae un día feriado, ¿qué sucede? ¿me lo pagan doble o me dan un día más?

Si el período vacacional pactado con tu patrón comprende algún día de descanso obligatorio, este no podrá computarse como parte de los días de vacaciones.

El presente Decreto entrará en vigor el 1º de enero de 2023, tal como lo establece el artículo PRIMERO Transitorio.

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MUSEO LEGISLATIVO “SENTIMIENTOS DE LA NACIÓN”.

l Museo Legislativo es el espacio de interacción de la Cámara de Diputados que ofrece al visitante una perspectiva integral para interpretar adecuadamente el papel y función de los órganos de representación nacional dentro del marco institucional de la República –Cámaras de Diputados y de Senadores, lo que conlleva a explicar el recorrido histórico de México y su vida legislativa, así como conceptos tan importantes como los de política, nación, soberanía, democracia, parlamento, elecciones y patriotismo, entre otros. Además, el Museo ha abierto sus puertas para la exposición de contenidos artísticos específicos, cuya conexión –social, internacional o cultural– esté en armonía con la vida política, ciudadana y legislativa del país.

Misión. Comunicar con claridad la relevancia del Poder Legislativo, la democracia y sus procesos históricos en México, tomando como punto de partida el Congreso de Chilpancingo donde Morelos dio a conocer los Sentimientos de la Nación, cuyo importante legado es esencial para comprender la actual representación política, así como la pluralidad y complejidad que se expresan en cada una de las Legislaturas que se van eslabonando en el Congreso de la Unión.

Actividades

• Visitas guiadas.

• Talleres.

• Tardes de cine club.

• Seminario de investigación museológica.

Nota. Todas las actividades son gratuitas.

Contacto: Tel. 55 5036 0000, ext. 55088 para consultar disponibilidad de fecha y horario.

¿Dónde?

Palacio Legislativo de San Lázaro, Av. Congreso de la Unión No. 66, Col. El Parque, Alcaldía Venustiano Carranza, Ciudad de México, C.P. 15960.

Para consultar la información completa, favor de entrar al siguiente enlace: http://museolegislativo.diputados.gob.mx/

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