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5.5.3. Presencia de proyectos inmobiliarios en el seia
productividad en el sector de la construcción
inmobiliario). Otro ejemplo que contempla este literal son urbanizaciones y/o loteos con destino industrial de una superficie igual o mayor a 20 hectáreas (proyecto industrial). Con base en ambos literales puede establecerse que, a priori, los proyectos inmobiliarios en zonas comprendidas en ipts evaluados ambiental y estratégicamente, y en zonas no declaradas latentes o saturadas, no son susceptibles de causar impacto ambiental. Esto, pues se asume que una variable relevante como su emplazamiento ya fue analizada desde un punto de vista ambiental y estratégico al formularse el respectivo ipt (argumento asociado al literal g)). Asimismo, en ocasiones es su localización, respecto de zonas afectadas por problemas de contaminación sobre ciertos umbrales, la que determina que se requiera una rca favorable (justificación de literal h)). Finalmente, para identificar proyectos “inmobiliarios” también se incorpora el literal p) del artículo 10 de la lbgma, que delimita el ingreso al seia de obras ubicadas “(…) en parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales, reservas de zonas vírgenes, santuarios de la naturaleza, parques marinos, reservas marinas, humedales urbanos o en cualesquiera otras áreas colocadas bajo protección oficial, en los casos en que la legislación respectiva lo permita”.271 En este caso se consideraron como inmobiliarios aquellos proyectos cuya descripción se asimilara a los literales g) y h), en el contexto de desarrollo turístico, industrial y residencial. Si bien esta definición no se condice totalmente con los criterios utilizados por el sea, por cuanto alrededor de un 14% de los proyectos ingresados por los literales g) y h) no han sido clasificados como inmobiliarios por este organismo,272 se utilizará este criterio conservador. 273 274 275
Cuadro 5.5. Evaluación ambiental estratégica
La eae es un procedimiento cuyo objeto es la incorporación de consideraciones ambientales del desarrollo sustentable al proceso de formulación de políticas y planes de carácter normativo general que tengan impacto sobre el medio ambiente o la sustentabilidad, de manera que ellas sean integradas en la dictación de la respectiva política y plan, y sus modificaciones sustanciales.273 Los ipts 274 siempre deben someterse a eae. 275
271 Artículos 10, letra p, lbgma, y 3, letra p, rseia. 272 Ejemplos de otras clasificaciones son “instalaciones fabriles varias”, y “equipamiento”. Como muestra, se consideraron proyectos calificados desde el año 2011. 273 Artículo 2, letra i bis, lbgma. 274 Principalmente, planes reguladores intercomunales, planes reguladores comunales y planes seccionales. 275 Artículo 7 bis, párrafo 2°, lbgma.
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