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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA GESTIÓN DEL SERVICIO DE APERTURA Y MANTENIMIENTO DEL CENTRO DE DÍA Y BAR DEL HOGAR DEL JUBILADO SITO EN EL MERCADO MUNICIPAL, CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL. ARTÍCULO 1. OBJETO. Es objeto de esta contratación la adjudicación mediante procedimiento abierto, varios criterios de adjudicación y trámite ordinario, de contrato para la gestión del servicio de apertura y mantenimiento del CENTRO DE DÍA y BAR DEL HOGAR DEL JUBILADO a través de contrato administrativo especial. El Ayuntamiento ostenta las prerrogativas a que se refiere el artículo 210 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Las características de dicho servicio, así como las condiciones en que ha de realizarse, son las especificadas en el Anexo IV (obligaciones de las partes). ARTÍCULO 2. PRECIO. Se establece la cantidad de 120,00 euros mensuales, IVA incluido, que el Ayuntamiento hará efectiva con periodicidad mensual y previa presentación de factura; que los licitadores podrán mejorar a la baja. ARTÍCULO 3. PLAZO DURACIÓN. El servicio objeto de esta licitación deberá dar comienzo el día siguiente al de la firma del contrato, y tendrá una duración de CUATRO AÑOS a contar desde dicha fecha, no siendo prorrogable. No obstante lo anterior, el adjudicatario vendrá obligado a mantener la prestación del servicio una vez expirado el contrato y en las mismas condiciones estipuladas, en el supuesto de que llegado su vencimiento el Ayuntamiento no haya asumido su prestación directa o se haya procedido a su nueva adjudicación. ARTÍCULO 4. APTITUD PARA CONTRATAR. Podrán concurrir a esta licitación las personas naturales o jurídicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar y no estén comprendidas en ninguna de las circunstancias que enumera el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público como prohibiciones de contratar. Podrá contratarse con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Los que acudan a la licitación podrán hacerlo por sí o representados por persona autorizada mediante poder bastante, siempre que no se halle incursa en alguna de las causas que se enumeran en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Cuando en representación de alguna Sociedad civil o mercantil, concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Los poderes y documentos acreditativos de la personalidad, se acompañarán a la proposición previamente bastanteados por la Secretaría General del Ayuntamiento ó Asesoría Jurídica Municipal. Los concurrentes deberán justificar la solvencia económica y financiera y técnica o profesional demostrando que cuentan con los conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad suficiente para desarrollar el objeto del contrato, lo que se acreditará a través de uno o varios de los medios establecidos en los artículos 75 y 78 de la Ley de Contratos del Sector Público.

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ISABEL ALBA PANEQUE (1 de 1) Teniente de Alcalde Fecha Firma: 03/08/2016 HASH: 15168929aea8d42350534c521d28aa33

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