Revista Audacia: Número 64

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AUDACIA

CORPORATIVA FISCAL ACOMPAÑANDO AL EMPRENDEDOR

PENSIÓN

ELEVANDO EL ÉXITO EMPRESARIAL A TRAVÉS DEL LIDERAZGO INSPIRADOR

ENERO 2024 NÚMERO 64 VOLUMEN 1


CONTENIDO 09 03 EDITORIAL

ESTADOS FINANCIEROS A INCORPORAR EN LA DECLARACIÓN ANUAL DE PERSONAS MORALES 2023

04 ACOMPAÑANDO AL EMPRENDEDOR

06 PENSIÓN 12 SALIDA DEL RÉGIMEN

SIMPLIFICADO DE CONFIANZA POR EL SAT

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¿YA CUENTAS CON LA DESIGNACIÓN DE LOS BENEFICIARIOS LEGALES DE TUS TRABAJADORES?

LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL Y LA FISCALIZACIÓN

17 ELEVANDO EL ÉXITO

EMPRESARIAL A TRAVÉS DEL LIDERAZGO INSPIRADOR

Derechos Reservados a favor de AUDACIA CORPORATIVA FISCAL, Educación Empresarial Estratégica, revista digital, Año I, No. 64, enero 2024, es una publicación mensual, publicada a mitad de mes, http://www.audaciacorporativafiscal.com. Las opiniones expresadas por los autores no reflejan la postura de la edición de la publicación, ni del Consejo Editorial. Queda prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos e imágenes de la publicación sin previa autorización por escrito del Autor y del Consejo Editorial de la revista digital AUDACIA CORPORATIVA FISCAL.

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Editorial EXITOSO Y PRODUCTIVO 2024 Hola nuevamente (damas y caballeros), con el gusto y privilegio de saludarlos en nuestro primer número de este 2024, que, desde el inicio de vida de Audacia Corporativa Fiscal, es el número 64.

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Estamos en el primer mes del año y se nos presenta la oportunidad de iniciar o dar continuidad, tanto a nuestros proyectos de vida como de negocios, profesionales, estudiantiles y familiares en los cuales jugamos diferentes roles, teniendo la posibilidad de enfrentar esos retos para el logro de los objetivos previamente definidos de manera directa o en equipo. Para lograr estos objetivos, debemos conocer nuestro entorno actual y futuro de la situación financiera y de salud, propias y de quienes nos rodean para poder hacer un análisis de como poder gestionar nuestras actividades, evaluando tanto los aspectos positivos, como los potencialmente negativos considerando las variables controlables y no controlables provocadas por la incertidumbre.

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Debemos llevar a cabo el estudio de nuestras fortalezas y debilidades mediante las herramientas existentes y definir un plan de acción que nos permita tener la mejor toma de decisiones tanto preventivas y/o correctivas, que permitan cumplir con los compromisos profesionales confirmados con nuestros clientes y brindar servicios de calidad, que nos permita coadyuvar su crecimiento financiero y ello permitirá garantizar nuestra permanencia en el mercado profesional o laboral. Los invitamos a tomar en consideración, las aportaciones que amablemente nos comparten todos los que aportan los artículos generosamente durante este año, referentes a los temas aquí comentados, deseándoles un exitoso y productivo 2024. Sirva la oportunidad de enviar un fuerte abrazo a nuestro hermano Sergio Ramos Gómez, por la dolorosa pérdida de su papá hace unos días, esto implica su mayor fortaleza y enfrentar un estilo de vida desconocido, que requiere de toda su fortaleza personal, familiar y profesional para enfrentar esta situación y superar todo lo correspondiente. FUERTE ABRAZO HERMANO, en nombre de nuestro hermano Efrain, Luis y Aline que conformamos la familia de nuestra revista, con nuestro cariño y respeto.

DIRECTORIO

José Luis Arroyo Amador Director Editorial Sergio Ramos Gómez Consejo Editorial Efraín Salvador Miramón Consejo Editorial Luis Arroyo Editor Samantha Arroyo Covarrubias Diseño editorial

Contacto: revista@audaciacorporativafiscal.com

En caso de cualquier asesoría u orientación de los temas aquí presentados, estamos atentos a su solicitud, nos dará mucho gusto poder apoyarlos aportando nuestra capacidad técnica y experiencia en las áreas financieras, contables, de derecho fiscal, laboral y corporativo, entre otros. C. P. Y M. D. F. JOSÉ LUIS ARROYO AMADOR

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EMPRESARIAL

Acompañando al emprendedor A lo largo de la historia de los negocios encontramos muchos ejemplos de emprendedores exitosos y podríamos citar por ejemplo a Steve Jobs, Bill Gates, Elon Musk, Mark Zuckerberg, Sam Altman o el dúo Larry Page y Serguéi Brin, algunos de ellos iniciaron sin recursos, pero algo que tuvieron en común sin duda fue la pasión que sentían por su idea de negocio. En múltiples reuniones con colegas hemos platicado de errores que cometen los emprendedores antes de formalizar e iniciar el negocio y que lamentablemente tienen resultados no favorables, esto genera miedo al fracaso en los nuevos emprendedores. En nuestro país lamentablemente no hay una cultura de educación para iniciar un emprendimiento. Aun así, alcanzar el éxito en los negocios es posible, así como empatar con la vida es un ideal, quiero ayudarte en este emocionante camino y compartir contigo no una receta, pero si muchos tips que te van a apoyar para lograr un emprendimiento exitoso. Es muy importante que el emprendedor participe en programas de formación, asesoría, mentoría o tutorías para fortalecer sus competencias y generar confianza en sí mismo, buscando ampliar sus posibilidades de crecimiento y desarrollo. Hay características que se han identificado en los emprendedores y empresarios que han logrado sobresalir y entre ellas son:

Pasión por lo que hace Liderazgo colaborativo Capacidad de asumir riesgos Alto grado de compromiso y responsabilidad Enfoque en los detalles Análisis para la toma de decisiones Adaptabilidad y flexibilidad de pensamiento Versatilidad Si bien estas cualidades son necesarias para ejercer un liderazgo positivo y emprendedor, también sirven para tener una visión del futuro, incrementar la confianza, contar con la capacidad para tomar decisiones y lograr resultados. Vamos a ir detallando algunos puntos importantes para que puedas crear un emprendimiento exitoso, solo es una guía que deberás adecuar al giro de tu actividad económica, a las características individuales del negocio, pero recordando que el aprendizaje de otros te puede dar una mejor visión del camino. Cuando construimos el modelo de negocio, dentro del plan de marketing aparece el llamado elevator speech o elevator pitch la dinámica de los negocios hace que tengamos que vender nuestra idea en muy poco tiempo, es decir determinar un mensaje claro con el cliente, debemos crear una comunicación difundiendo mensajes claros. Y, como dice el refrán, la primera impresión es lo que cuenta, iniciemos con la estrategia para crear nuestro mensaje.

Espíritu empresarial Ideas innovadoras Determinación Enfoque Empatía Paciencia y perseverancia Coraje y valentía Vocación de servicio Confianza en sí mismo Comunicación asertiva

Al crear una verdadera propuesta de valor debemos definir el público al que deseamos llegar, generalmente solemos decir, yo quiero llegar a todo el mundo “el sueño de muchos empresarios”, la realidad es que es demasiado complicado tener un producto o servicio que complazca a todos.

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Te invito a imaginar a tu cliente ideal, específica sus necesidades, intereses, género, localización, etc., detallando lo más posible.


Pensemos en qué problema o necesidad le puedo resolver a mi cliente ideal, como sabes la tecnología nos ayuda, así que, investiga cuales son los medios de qué utiliza tu público objetivo (redes sociales, periódicos, foros) es importante que te encuentre, ser visible, así cuando tengas una entrevista con él tu elevator pitch respaldara el mensaje que tienes en las fuentes consultadas. Con esta información ya tendrás la idea clara de cómo desarrollar la solución que le venderás. Ya puedes darle forma a tu elevator pitch, inicia con algo que capte la atención, preséntate y en 3 palabras describe tu empresa, detalla su problema y tu solución que sea claro el beneficio de elegir, cuál es tu plus irresistible, no debe ser mayor a 2 minutos, lo ideal es que en 60 segundos tengas atrapado al cliente. El mensaje de marketing debe dar al cliente diferencias entre tu negocio y los demás. En el siguiente punto vamos a definir el mercado conveniente para el negocio, algo que la mayoría de los emprendedores desconoce, al iniciar esta información es fundamental para poder crear estrategias adecuadas. Para elegir un mercado ideal para ti, debes considerar algunos aspectos como: Descubre en qué mercado quieres actuar, para esto es importante saber qué productos y servicios me apasionan. Identifica un problema. Tu nicho de mercado debe basarse en un problema real, el cliente busca solución y beneficios para una vida empresarial mejor, así que pagara por ello. Analiza la competencia. Me gustaría mucho saber ¿Cuándo fue la última vez que hiciste un análisis de tu competencia? En nuestro plan de negocios solemos elaborar un FODA, lamentablemente cuando se inicia la operación nos olvidamos de esto, este análisis debe monitorearse y estar actualizado siempre. Al analizar a la competencia tendremos una herramienta clave para comprender el mercado y mejorar las competencias de nuestra empresa. Dicha evaluación debe incluir a competidores directos e indirectos para identificar sus productos o servicios, sus fortalezas, debilidades, estrategias y tendencias, para que tu empresa tome decisiones

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más informadas. La idea principal es que aproveches tus ventajas competitivas dentro del mercado y puedas diseñar una propuesta única para tu cliente ideal.

Evalúa tus conocimientos y fortalezas. El potencial de un emprendedor identificará sus fortalezas y debilidades, las cuales determinarán el éxito o fracaso, sus áreas de especialización y competencia, con esto buscaremos metas, objetivos y posicionamiento en el mercado. Mentalidad emprendedora. Es lograr trabajar con enfoque, transformar el deber en un propósito de vida. Para esto necesitas contar con conocimiento y experiencia. Las mentes de los empresarios exitosos poseen ciertas características que los llevan a actuar con liderazgo, firmeza y valentía. Gestión del tiempo. Es esencial para el éxito de cualquier empresa cumplir objetivos, tomar decisiones, te ayudará a ser más productivo y a dedicar atención a otras áreas de tu vida. Las metas siempre deben ser específicas, medibles, alcanzables, relevantes y limitadas en el tiempo, hay muchas herramientas que te pueden ayudar a controlarlo como la técnica Pomodoro y los calendarios. La finalidad de compartir los puntos anteriores es ayudarte a mejorar en aspectos de tu emprendimiento. Ahora el éxito depende de ti, la clave es tu nueva visión y saber identificar la oportunidad, espero ser un aliado para que lo logres.

Sobre la Autora: L.C. ERIKA JIMÉNEZ MACHORRO Especialidad en Auditoría Forense y Gobierno Corporativo. Certificación Auditor líder ISO 9001 Auditor Interno en ISO 9001:2015 Community Manager Coach de emprendedores. Expositor y asesor de negocios. Socio Director de la firma CIE Contadores Integrales S.C.

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SEGURIDAD SOCIAL

Pensión La pensión es una prestación económica destinada a proteger al trabajador al ocurrir un accidente de trabajo, al padecer una enfermedad o accidente no laboral, o al cumplir al menos 60 años. En el país, los antecedentes más cercanos de la seguridad social son la Ley de Accidentes de Trabajo del Estado de México que se expidió en 1904, y la Ley sobre Accidentes de Trabajo del estado de Nuevo León de 1906 en las que “se reconocía, por primera vez en el país, la obligación para los empresarios de atender a sus empleados en caso de enfermedad, accidente o muerte, derivados del cumplimiento de sus labores”. Sin embargo, no existía todavía el reconocimiento de la responsabilidad del Estado en la provisión de bienestar social, que hasta entonces estaba circunscrita en su mayor parte al ámbito privado y familiar. La Constitución de 1917 asume compromisos en materia social recogidos en los artículos 3, 73 y 123, entre los cuales se encuentran: “Garantizar la gratuidad de la enseñanza primaria impartida en los planteles públicos; aplicar medidas sanitarias preventivas en los casos de epidemias, invasión de enfermedades exóticas, alcoholismo y drogadicción; y fomentar, sin ninguna garantía ni procedimientos explícitos, el establecimiento de cajas de seguros populares (de invalidez, de vida, de cesación involuntaria de trabajo y de accidentes) y de sociedades cooperativas para la construcción de casas baratas e higiénicas”

Derechos de un trabajador que se va a pensionar Los trabajadores después de haber cumplido determinado número de años trabajando y cotizado en el Seguro Social, y al encontrarse dentro de los 60 y 65 años tienen derecho a acceder al pago mensual de una remuneración proporcional al salario percibido o al ahorro generado para su retiro, como pensionado a través de la seguridad social que proporciona ese Instituto. Para poder acceder a este beneficio, el trabajador interesado debe de tener en cuenta bajo qué ley firmó contrato. Si inició su contrato bajo la Ley del Seguro Social de 1973, entonces tuvo que haber cotizado mínimo 500 semanas. En cambio, si ingresó con la Ley del Seguro Social de 1997, debió de acreditar mínimo 825 semanas para el año 2024, el máximo para cumplir son 1,000 semanas para el año 2031. Si el contrato laboral se firmó bajo la ley de 1973, entonces el trabajador debe tomar en cuenta lo siguiente: 1. Tener 60 años o más al momento de presentar la documentación; 2. Haber causado baja en el Régimen Obligatoria de la Ley de Seguro Social; 3. Haber estado inscrito al amparo de la Ley de Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997; 4. Tener registradas un mínimo de 500 semanas de cotización; 5. Vigente en sus derechos. Por otro lado, si firmó contrato con la ley de 1997, el trabajador 1. deberá tener 60 años o más al momento de presentar la solicitud; 2. haber causado baja del Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social; 3. encontrarse privado de un trabajo remunerado; 4. haber registrado un mínimo de 1,000 semanas cotizadas hasta el 2031, 5. para este año es de 825 semanas cotizadas. Pensión por Cesantía de Vejez, para aplicar a este beneficio se deberán cumplir con los mismos requisitos de la Pensión en Edad Avanzada, incluyendo las características de acuerdo con la ley con la que haya firmado contrato.

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En el caso de esta última, si el extrabajador no cuenta con el total de semanas requeridas, pero cuenta con el mínimo de edad (60 años), entonces tiene la oportunidad de poder retirar el saldo de su cuenta individual en una sola exhibición o seguir cotizando hasta cubrir las semanas requeridas. Es importante que los trabajadores sepan que, si tienen 65 años o más, entonces pueden acceder a la Pensión por Cesantía de Vejez, para aplicar a este beneficio se deberán cumplir con los mismos requisitos de la Pensión en Edad Avanzada, incluyendo las características de acuerdo con la ley con la que haya firmado contrato. Los documentos que se necesitan para realizar el trámite son: Documentos del asegurado En original o copia certificada, acompañados de copia simple para cotejo: 1. Identificación oficial con fotografía y firma (vigente de acuerdo con la legislación que aplique a cada una de ellas) 2. Cualquier documento o medio de identificación emitido por el IMSS, el INFONAVIT o una AFORE, que contenga el Número de Seguridad Social y el nombre del asegurado o pensionado. 3. Comprobante de domicilio, siempre que su fecha de expedición no tenga una antigüedad mayor a tres meses previos a la presentación de la solicitud. 4. Clave Única de Registro de Población (CURP), copia simple o impresión de la misma. 5. Estado de cuenta, impresión obtenida de la página de Internet de la AFORE que maneja la cuenta individual o contrato firmado con la AFORE, con una antigüedad no mayor a seis meses previos a la fecha de la solicitud de la pensión o de la prestación económica de que se trate, sólo si el asegurado cotizó a partir del 1 de julio de 1997. 6. Constancia de la inscripción del asegurado en el Registro Federal de Contribuyentes, con homoclave a 13 posiciones, a través de la presentación de cualquiera de los documentos siguientes. 7. Documento expedido por la institución de crédito autorizada por el Instituto, dentro de la circunscripción de que se trate, en el cual se identifique el número de cuenta y Clave Bancaria Estandarizada, a favor del solicitante para recibir el pago de la pensión. 8. Copia certificada del Acta de Nacimiento, Acta de Adopción o Reconocimiento. Obligaciones de los patrones Es primordial que todo patrón conozca a qué tienen derecho este tipo de colaboradores, si se concluye el vínculo laboral con ellos, al cumplir la edad de los 60 años o más. Renuncia voluntaria Si el trabajador es quien decide retirarse de la vida laboral; es decir, renuncia de manera voluntaria, debe recibir los siguientes conceptos: Finiquito consistente en las partes proporcionales de las prestaciones devengadas, tales como el aguinaldo, las vacaciones y la prima vacacional, así como algún otro concepto que hubiese devengado y esté pendiente de pago (arts. 53, fracc. I, 79, 80, 87, LFT), y prima de antigüedad, siempre y cuando haya cumplido 15 años de servicios, por lo menos en la compañía (art. 162, fracc. III, LFT) Despido injustificado Si la empresa es quien decide terminar la relación de trabajo con su subordinado, se está frente a un despido injustificado. Esto es así, porque la edad de aquel no es causal de terminación del vínculo laboral, además el patrón no puede obligarlo a que tramite su pensión ante el Seguro Social. En este supuesto, el trabajador afectado tiene derecho al pago de: Indemnización constitucional, correspondiente a tres meses de salario integrado (art. 48, 50, 84 y 89, LFT) Finiquito integrado por las partes proporcionales de las prestaciones devengadas (aguinaldo, vacaciones y prima vacacional), así como demás conceptos pendientes de pago (arts. 79, 80, 87, LFT) y, REVISTA AUDACIA | PÁGINA 7

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Prima de antigüedad, independientemente de los años de servicios que tenga en la empresa (art. 162, fracc. III, LFT). Conclusiones: Las pensiones es un tema que ha cobrado una vital importancia con el propósito de otorgar una vida digna a una persona que ha concluido su vida laboral en la sociedad. Es por esta razón que el patrón debe elaborar diferentes escenarios sobre los componentes del sistema de pensiones que se maneja en el país, para que le permita reflejar los costos y beneficios que otorga a sus trabajadores al cumplir la edad correspondiente para poder solicitar su pensión. Hoy en día los patrones no cuentan con sistemas que puedan disminuir sus costos al liquidar a los trabajadores, en el mayor de los casos deben pagar en base a una liquidación. Es muy importante que los patrones al contratar a un trabajador cuenten con un control interno que al llegar a esta edad se negocie la salida del trabajador, protegiendo sus derechos de conformidad a la Ley Federal del Trabajo. Hay que recordar que con la modificación de la ley es la tabla que se requiere con la Ley de 1997 para cuando se quiera uno pensionar. Sobre el Autor: L.C. REY LEONEL SAMPERIO ISLAS Egresado de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo. Ex - Tesorero municipal del Municipio de Epazoyucan Hidalgo. Ex - Catedrático en Universidades. Gerente Administrativo de Estrategia Legal Normativa S.C.

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CONTABLE/FISCAL

Estados Financieros a incorporar en la Declaración Anual de Personas Morales 2023 Las autoridades han dado a conocer las características y modificaciones en el apartado de Estados Financieros para la declaración anual de personas morales 2023, entre lo cual han destacado la eliminación de la presentación del Estado de Cambios en el Capital Contable y del Estado de Flujo.

I. Rectificar los errores aritméticos, omisiones u otros que aparezcan en las declaraciones, solicitudes o avisos, para lo cual las autoridades fiscales podrán requerir al contribuyente la presentación de la documentación que proceda, para la rectificación del error u omisión de que se trate.

Por ello es necesario abordar el tema de los Estados Financieros Básicos (así lo refiere el contenido de la declaración anual dada a conocer por el SAT), reiterando qué el aplicativo tiene dos apartados: 1. El Financiero (estados financieros con base en Normas de Información Financiera) 2. El Fiscal (ingresos, deducciones autorizadas, etc.)

II. Requerir a los contribuyentes, responsables solidarios o terceros con ellos relacionados, para que exhiban en su domicilio, establecimientos, en las oficinas de las propias autoridades o dentro del buzón tributario, dependiendo de la forma en que se efectuó el requerimiento, la contabilidad, así como que proporcionen los datos, otros documentos o informes que se les requieran a efecto de llevar a cabo su revisión

Se hace mucha referencia a que la autoridad decidió eliminar los dos estados financieros comentados anteriormente, por ser innecesarios o porqué no le entienden, nada más equivocado, ya qué conforme a consideraciones de la autoridad el objetivo es disminuir el tiempo de llenado de la declaración con esta información, la cual en caso necesario de tener que llevar a cabo sus facultades de comprobación, podrán requerir estos estados que contienen información que esta contenida en el Estado de Situación Financiera y/o en el Estado de Resultado Integral, con fundamento en: Artículo 42 (Código Fiscal de la Federación). Las autoridades fiscales a fin de comprobar que los contribuyentes, los responsables solidarios, los terceros con ellos relacionados, los asesores fiscales, las instituciones financieras; las fiduciarias, los fideicomitentes o los fideicomisarios, en el caso de los fideicomisos, y las partes contratantes o integrantes, en el caso de cualquier otra figura jurídica, han cumplido con las disposiciones fiscales y aduaneras y, en su caso, determinar las contribuciones omitidas o los créditos fiscales, así como para comprobar la comisión de delitos fiscales y para proporcionar información a otras autoridades fiscales, estarán facultadas para:

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Aplicativo. - Llenado de la declaración La autoridad emitió la guía de llenado de Estados Financieros, señalando entre otra información, la siguiente: I. Configuración del sistema: Se deberá elegir, si: ¿Estás obligado a dictaminar estados financieros? ¿Optas por dictaminar tus estados financieros en términos del 32-A del CFF ¿Estás obligado a presentar la información sobre tu situación fiscal, de acuerdo al artículo 32-H del CFF? En caso de que algunas de las opciones se seleccione la opción SI, el aplicativo no permitirá seleccionar el apartado de estados financieros. II. En el apartado “Estados financieros” se muestran las pestañas siguientes: • Situación financiera • Resultados • Conciliación.

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➣ La pestaña “Situación financiera” se divide en tres apartados: “Activo”, “Pasivo” y “Capital” ➣ Si se requiere incluir alguna subcuenta que no incluiste en la declaración anual del ejercicio 2022 se deberá AGREGAR. ➣ Cuando el catálogo de cuentas contables (interno de la empresa) no contemple alguna de las incluidas en los estados financieros básicos, se podrá seleccionar la casilla “Sin datos” ➣ Cada cuenta contable principal tiene un ícono de “Notas”, para realizar aclaraciones o precisiones sobre dicha cuenta. Cabe mencionar que estas notas son de llenado opcional y no son obligatorias para poder continuar. III.- Se podrá visualizar y revisar la declaración y los estados financieros, asimismo, se podrá descargar el archivo en Excel, los Estados financieros básicos y la conciliación contable-fiscal. IV.- En caso de requerirlo, puedes modificar el importe del “Ejercicio fiscal 2022” V.- En las pestañas “Situación Financiera” y “Resultados” se podrán capturar números positivos y negativos. En la pestaña “Conciliación” solo puedes capturar números positivos VI.- Los datos (de los estados financieros) del ejercicio inmediato anterior serán precargados, los cuales podrán ser modificados, Se presentan opciones de mejoras importantes con respecto al llenado del año anterior, entre las principales: Capturar cifras en negativo (en algunos casos) Modificar los datos precargados Opciones para empresas de nueva creación o en liquidación Estados Financieros ¿obligatorios? Es fundamental destacar que los Estados Financieros que debemos reportar en el apartado correspondiente en la declaración anual, no es la base para considerar que la generación de estos es obligatoria, ya que nuestra obligación profesional como Contadores Públicos o cualquier persona que genere información financiera con base en la contabilidad financiera, nace en las Normas de Información Financiera y en el Código de Ética Profesional respectivo, con el objetivo de proporcionar información de calidad a los usuarios de esa información (nuestros clientes), para una REVISTA AUDACIA | PÁGINA 10

óptima toma de decisiones y así coadyuvar al logro de sus objetivos financieros (rentabilidad, sustentabilidad, liquidez, permanencia en el mercado, etc.). Por lo anterior podemos establecer que todas las actividades financieras se llevarán a cabo de manera inicial y deberán ser registradas conforme se presenten las cuales podrán tener consecuencias fiscales conforme las leyes las establezcan, es por ello que el Código Fiscal de la Federación en su artículo 28 y el Reglamento del mismo en su artículo 33, lo que define como se integra la Contabilidad para efectos fiscales y las características de los registros contables y los soportes documentales (fuente) correspondientes. Normas de Información Financiera Los datos que se deben capturar (nombres de las cuentas) son con base en la normatividad vigente y que debe ser la contenida en la contabilidad interna de las empresas, sus políticas contables, su control interno y sus guías contabilizadoras. Esta información deberá incluir cuentas de orden y notas a los estados financieros. Para lo cual sugiero el análisis del Marco Conceptual vigente, entre lo cual debemos destacar lo siguiente y considerar que la información que se debe presentar debe ser comparable al menos con el ejercicio anterior. 20 POSTULADOS BÁSICOS 22 Sustancia económica 23 Entidad económica 24 Negocio en marcha 25 Devengación contable 26 Asociación de costos y gastos con ingresos 27 Valuación 28 Dualidad económica 29 Consistencia 30 OBJETIVO DE LOS ESTADOS FINANCIEROS 31 Necesidades de los usuarios 32 Objetivo de los estados financieros 33 Utilidad de los estados financieros 34 Información proporcionada en los estados financieros 35 Limitaciones en el uso de los estados financieros 36 Periodo contable 37 Tipos de estados financieros audaciacorporativafiscal.com


38 Entidades con propósitos no lucrativos 40 CARACTERÍSTICAS CUALITATIVAS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS 41 Aspectos generales 42 Características cualitativas fundamentales 43 Características cualitativas de mejora 44 Restricciones a las características cualitativas las fundamentales deben cumplirse sin excepción alguna para que los estados financieros sean útiles Relevancia Representación Fiel Importancia Relativa las de mejora son altamente deseables y deben cumplirse a su nivel máximo posible.

54 Estado de flujos de efectivo Entradas de efectivo Salidas de efectivo 60 RECONOCIMIENTO 62 El proceso de reconocimiento 63 Criterios de reconocimiento 70 VALUACION 71 Bases de valuación 72 Factores a considerar al seleccionar una base de valuación 73 Valuación del capital contable 74 Técnicas de valuación basadas en los flujos de efectivo 75 Cifras nominal y Re expresada

50 ELEMENTOS BÁSICOS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS 51 Estado de situación financiera Activo Pasivo Capital Contable

80 PRESENTACION Y REVELACION 81 Comunicación efectiva 82 Estados financieros 83 Presentación 84 Revelación (NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS)

52 Estado de resultado integral y estado de actividades Ingresos, costos y gastos Utilidad o pérdida neta Otros resultados integrales (ORI) Resultado integral

En caso de requerir asesoría referente a este tema o de cualquier comentario al respecto, estamos en contacto.

53 Estado de cambios en el capital contable movimientos de propietarios movimiento de reservas resultado integral

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Cuiden su salud y sus finanzas. Deseándote éxito y salud. Sobre el Autor: C. P. Y M. D. F. JOSÉ LUIS ARROYO AMADOR Consultor financiero, fiscal y contable jlarroyoa@audaciacorporativafiscal.com

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FISCAL

Salida del Régimen Simplificado de Confianza por el SAT El Régimen Simplificado de Confianza, es un régimen fiscal, el cual el Servicio de Administración Tributaria incluyó desde el pasado 1 de enero del 2022, es una simplificación administrativa para que el pago del impuesto sobre la renta (ISR) se realice de forma más sencilla. El objetivo de este esquema es que las personas físicas y morales cumplan con sus obligaciones fiscales de forma simple, además de la reducción de las tasas para que las personas que tengan menores ingresos paguen menos. Se orientó a personas físicas que perciben ingresos anuales menores a 3.5 millones de pesos facturados conforme a su actividad económica, pertenecientes a alguno de los cuatro regímenes fiscales que conforman el RESICO: Actividades empresariales y profesionales Régimen de Incorporación Fiscal Uso o goce de bienes inmuebles (arrendamiento) Actividades Agrícolas, Ganaderas, Pesqueras o Silvícolas El RESICO utiliza como base los ingresos facturados y cobrados, el SAT como anualmente lo realiza, hace los cálculos y ofrece la declaración anual precargada, solamente para su cotejo y pago. ¿Qué es lo que pasó a finales del 2023 con algunos contribuyentes que eran RESICO? En el mes de diciembre del 2023, el Servicio de Administración Tributaria ha estado notificando vía buzón tributario, una resolución expulsando a personas físicas y morales del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) todo ello, con fundamento en el artículo 113-I y la regla 3.13.34 de la quinta resolución de modificaciones a la RMF para 2023, el cual establece, que los contribuyentes que: Omitieron presentar tres o más pagos mensuales en un año calendario consecutivos o no No presenten su declaración anual Rebasen el límite de los 3.5 millones de pesos ¿Cuál es la consecuencia de ser expulsado de este régimen? En automático el SAT los está dando de alta o clasificando dentro del régimen de ingresos por actividades empresariales y profesionales. Para los efectos de los artículos 113-E, tercer párrafo, 113-F, 113-G, fracción VII y 113-I, primer párrafo de la Ley del ISR, cuando los contribuyentes incumplan con la presentación de la declaración anual, la autoridad fiscal actualizará las obligaciones fiscales de los contribuyentes para que tributen desde el inicio del ejercicio que corresponda o desde el mes en que iniciaron operaciones en dicho ejercicio, conforme a lo dispuesto en el Capítulo II, Sección I o Capítulo III del Título IV de la Ley del ISR, respectivamente. Por lo tanto, en concreto sería el cobro retroactivo del ISR de todos los meses que tributaron como RESICO, el cual se está exigiendo sobre la tasa aplicable al Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales, así como también el impedimento para no volver a tributar en RESICO.

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Sin lugar a duda, resulta un perjuicio económico hacia los contribuyentes expulsados, ya que de pagar el ISR de sus declaraciones mensuales a una tasa máxima de 2.50%, ahora deberán hacerlo retroactivamente y entregar ese impuesto a una tasa que podría alcanzar hasta el 35%, y tomando en cuenta los recargos y actualizaciones que se sumarán en las declaraciones complementarias. ¿Cuál es el fundamento del SAT para realizar dicha retroactividad? Su fundamento es con base en la regla 3.13.34 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2023, el cual establece lo siguiente:

Lo importante es analizar lo siguiente ¿Qué se puede hacer si te notifican un documento o una resolución en el buzón tributario donde te están cancelando y expulsando del RESICO por algún incumplimiento? Es importante destacar que la decisión o resolución fiscal del SAT, no es definitiva y se puede impugnar a través de una defensa fiscal, ya sea recurso de revocación, o juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Dicha afectación, resulta a todas luces ilegal por una extensa serie de arbitrariedades, en las cuales podríamos destacar las siguientes: Una regla miscelánea de ninguna manera puede crear obligaciones a las contribuyentes distintas de las que establecen las leyes fiscales que son material y formalmente legislativas. El oficio notificado por buzón tributario no está debidamente fundado y motivado. Los artículos en cuestión, de ninguna manera, en ningún párrafo establecen la cláusula habilitante que le permiten al SAT establecer los requisitos que deben cumplir las personas que tributan en dicho régimen. Una regla miscelánea pretende regular cuestiones no establecidas en una norma fiscal de rango superior (Jerarquía de leyes) La regla 3.13.34. entró en vigor hasta el mes de julio de 2023, estando también impedida de sancionar una obligación inherente al ejercicio de 2022. Existe una clara aplicación retroactiva de la norma al pretender darle efectos sobre contribuyentes que optaron por este Régimen a inicios de 2022. La declaración anual, aunque se presente en 2023, es una obligación que deriva del ejercicio fiscal anterior por consecuencia, DEBE sujetarse a las reglas vigentes para dicho periodo. Para concluir, si bien es cierto, los oficios de expulsión tienen bastantes ilegalidades, en este artículo, les compartimos algunas de las arbitrariedades por parte de la autoridad hacendaria, que nosotros en la firma hemos estudiado para que las puedan hacer valer en sus medios de impugnación. Sobre la Autora: ANDREA RAMOS RENDÓN Licenciada en Derecho Maestrante en Derecho Fiscal Directora del Área jurídica de Estrategia Legal Normativa S.C

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LABORAL

¿Ya cuentas con la designación de los beneficiarios legales de tus trabajadores? Hay que recordar que en el ejercicio 2019, se reformaron distintas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, entre ellas, el artículo 25, el cual se refiere a las condiciones que debe contener el contrato de trabajo, adicionando su fracción X, que se relaciona con el derecho de los trabajadores de designar a sus beneficiarios legales, de sus prestaciones. Pero ¿a qué se debió dicha adición? Por principio de cuentas, es importante recordar que un trabajador no se encuentra exento de que pueda sucederle un accidente o bien pueda perder la vida, ya sea en el desempeño de su trabajo o bien por una situación ajena a ello. Ante esto, cobra relevancia, el hecho de que los trabajadores se encuentren asegurados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), ya que en caso de que suceda el fallecimiento del trabajador, será el Instituto quien responda ante los beneficiarios por la pensión que le corresponda; en caso contrario, será el patrón quien deba cubrir la indemnización correspondiente. Al respecto, es necesario recordar que la indemnización por fallecimiento que le corresponde al trabajador – cuando el patrón no lo tiene asegurado ante el IMSS – se encuentra establecida en el artículo 500 y 502 de la Ley Federal del Trabajo, siendo la cantidad de dos meses de salario y el equivalente a 5,000 días de salario, así que, por ejemplo, si el trabajador cuenta con un salario (integrado) de $ 400.00 diarios, le corresponderá, $ 24,000.00 por los dos meses y $ 2,000,000, por la indemnización. Sin embargo, en estas situaciones ¿a quien se le deben entregar estos recursos económicos? ¿A quién se le tiene que entregar lo que corresponda al finiquito? Las respuestas a estas interrogantes plantean obstáculos para que el patrón pudiera entregarlas sin correr el riesgo de su pago doble, ya que sí en primera instancia las cubría a una persona “X” y luego resultaba que la persona beneficiaria era la “Y”, entonces debería pagarlas a esta última pues el primer pago se consideraría como incorrecto; por otro lado, el o los beneficiarios del trabajador, deberían iniciar un proceso legal para determinar quién sería la persona REVISTA AUDACIA | PÁGINA 14

que representaría los derechos del trabajador para reclamar tales pagos, y hasta después de que existiera una sentencia firme, proceder a requerir los montos correspondientes. Lo anterior provocó que las Juntas de Conciliación y Arbitraje – en donde se dirimían las controversias laborales – se encontraran saturadas de este tipo de asuntos, en los cuales solo se solicitaba la designación del beneficiario legal, por lo que fue necesario la adición a fin de que el trabajador mutuo propio, realizara tal designación y el patrón contará con los elementos para realizar los pagos que correspondieren a la persona indicada. Ahora bien, la adición que se señala quedó en los siguientes términos: Artículo 25.- El escrito en que consten las condiciones de trabajo deberá contener: X. La designación de beneficiarios a los que refiere el artículo 501 de esta ley, para el pago de los salarios y prestaciones devengadas y no cobradas a la muerte de los trabajadores o las que se generen por su fallecimiento o desaparición derivada de un acto delincuencial. Como podemos apreciar, el precepto establece que, en el contrato, el trabajador debe designar a sus beneficiarios, para que a estos se les cubra todos aquellos salarios y prestaciones devengadas y no cobradas o las que se generen por su fallecimiento o audaciacorporativafiscal.com


desaparición derivada de un acto delincuencial, sin necesidad de un proceso legal; esto es, el trabajador determina a la persona o personas a quienes se les debe entregar las cantidades que corresponda. Adicionalmente podemos observar que no solo se pagarán aquellos montos que deriven del fallecimiento sino también cuando se trata de la desaparición del trabajador derivada de un acto delincuencial. Sin embargo, ello no implica que el trabajador pueda designar a cualquier persona como beneficiaria, sino que debe ser a alguna de las señaladas en el artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo, siendo las siguientes: Artículo 501.- Tendrán derecho a recibir indemnización en los casos de muerte o desaparición derivada de un acto delincuencial: I. La viuda o el viudo, los hijos menores de dieciocho años y los mayores de esta edad si tienen una incapacidad de cincuenta por ciento o más, así como

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los hijos de hasta veinticinco años que se encuentran estudiando en algún plantel del sistema educativo nacional; en ningún caso se efectuará la investigación de dependencia económica, dado que estos reclamantes tienen la presunción a su favor de la dependencia económica; II. Los ascendientes concurrirán con las personas mencionadas en la fracción anterior sin necesidad de realizar investigación económica, a menos que se pruebe que no dependían económicamente del trabajador; III. A falta de cónyuge supérstite, concurrirá con las personas señaladas en las dos fracciones anteriores, la persona con quien el trabajador vivió como si fuera su cónyuge durante los cinco años que precedieron inmediatamente a su muerte, o con la que tuvo hijos, sin necesidad de realizar investigación económica, siempre que ambos hubieran permanecido libres de matrimonio durante el concubinato;

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IV. Las personas que dependían económicamente del trabajador concurrirán con quienes estén contemplados en cualquiera de las hipótesis de las fracciones anteriores, debiendo acreditar la dependencia económica, y V. A falta de las personas mencionadas en las fracciones anteriores, el Instituto Mexicano del Seguro Social. Ahora bien, no es obligatorio que el trabajador lleve a cabo la designación conforme a la secuencia establecida en el artículo; sino que solo es necesario que señale a la persona o personas y estas se encuentren comprendidas en el citado artículo; es decir, el trabajador puede designar como beneficiario a: Su cónyuge. Su concubina o concubino, demostrando la convivencia durante cinco años previos. Sus hijos, que sean dependientes. Sus ascendientes (padres o abuelos), salvo que no dependieran económicamente del trabajador. Quienes dependieran económicamente del trabajador. El IMSS.

Conclusiones Como podemos observar, a fin de que el patrón cumpla con sus obligaciones establecidas en la Ley Federal del Trabajo, es necesario que cuente con la designación de beneficiarios por parte del trabajador, tal y como lo establece la fracción X del artículo 25 de la Ley Federal del Trabajo; la cual puede incluirse dentro del propio contrato o bien en un documento adjunto; lo anterior, brindará a ambas partes, la garantía sobre quienes recibirán los pagos que en derecho corresponden. ¿Tu empresa ya cuenta con la designación de beneficiarios?

Aquel que procura asegurar el bienestar ajeno, ya tiene asegurado el propio. (Confucio)

En este sentido, si el trabajador no realiza tal designación, entonces debe aplicarse el procedimiento legal para designar al beneficiario, y el patrón podría ser sancionado por no cumplir con el requisito establecido en la fracción X del artículo 25 de la Ley Federal del Trabajo, con una multa que puede ser de 50 a 2,500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA); por cada trabajador, en términos de los artículos 992 y 1002 de la citada Ley. Por otro lado, si el contrato ya se encuentra firmado ¿será necesario cambiarlo?, la respuesta es “No”, ya que solo se requiere formular una adenda en la que se cumpla con el requisito establecido. Por último, ¿es factible que el trabajador, durante su estancia laboral, modifique a los beneficiarios? La norma no determina prohibición alguna al respecto, por lo tanto, es procedente que pueda llevarse a cabo, solo será necesario que el trabajador presente la solicitud correspondiente.

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Sobre el Autor: EFRAÍN SALVADOR MIRAMON Contador Público y Licenciado en Derecho Formador de Talento Empresarial

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CULTURA EMPRESARIAL

Elevando el éxito empresarial a través del liderazgo inspirador El liderazgo en el mundo de los negocios es un elemento fundamental que marca la diferencia entre el éxito y el estancamiento. No se trata simplemente de tomar decisiones estratégicas, sino de inspirar y guiar a un equipo hacia el logro de metas comunes. En este artículo, explicaremos la importancia del liderazgo motivador y cómo puede transformar la dinámica empresarial. Inspirando a través del ejemplo, se debe predicar con él, pues el liderazgo efectivo comienza con la capacidad de liderar mediante el ejemplo. Grandes líderes no solo hablan sobre la excelencia, sino que la encarnan en su día a día. Como señala Warren Bennis, "Los líderes eficaces son el producto de sus propias historias de vida más que de la enseñanza". Cultivando un ambiente de confianza, tema importante, ya que un líder exitoso construye un ambiente de confianza donde los miembros del equipo se sienten seguros para expresar ideas y asumir riesgos. Stephen M.R. Covey, en su obra "La Velocidad de la Confianza", destaca cómo la confianza es un activo invaluable en cualquier organización. La comunicación clara como pilar del liderazgo, es una base primordial, ya que la habilidad para comunicarse adecuadamente es esencial en el liderazgo. Peter Drucker observó con perspicacia que "La comunicación efectiva es aquella en la que los que han sido afortunados en sus habilidades de expresión son capaces de comunicar efectivamente a aquellos que no lo son". Flexibilidad y adaptabilidad, si no cumplimos estas dos características, simplemente no se daría el liderazgo empresarial. En un mundo empresarial en constante cambio, la adaptabilidad es clave. Como John C. Maxwell sostiene, "La habilidad para aprender es la habilidad de ganar". Un líder exitoso no solo se adapta a los desafíos, sino que también fomenta una cultura organizacional que abraza el cambio y la mejora continua. De los puntos anteriores, ¿cumples con todos? ¿Eres un gran líder? ¿estás en vías de serlo? ¿te gustaría liderar un gran negocio? Existen muchos puntos que se pueden analizar dentro del mundo empresarial para que el liderazgo de una persona pueda marcar diferencias, pero sin duda alguna, lo que una persona tiene en su cabeza es lo que lo puede catapultar o sepultar. Con la persona que más habla cualquier individuo es con uno mismo. He ahí que lo que se tiene dentro es lo que ayudará a salir adelante. El diálogo interno que una persona tiene con uno mismo es lo que determina la situación de cada persona, día con día, el estrés es generado por un crítico interno, el mundo interior es el que determina el mundo exterior y jamás es al revés, jamás se apaga el diálogo interno. Es la base del alto empeño, el pensamiento negativo, caminar todo el tiempo con un crítico interno es lo más pesado que existe, nadie nos enseñó en la escuela el significado del diálogo interno y mucho menos practicarlo, realmente son pensamientos que se alojan de manera automática en el cerebro. Brian Tracy, indica que la gente de alto desempeño piensa en lo que quiere y la gente de bajo desempeño piensa todo el tiempo en lo que teme o lo que le causa dolor. El control de emociones es fundamental, los líderes no pasan tiempo pensando en el problema, solo piensan en soluciones. Entonces ¿que está saliendo de tu boca, que será lo que la gente escucha que dices? ¿Sabías que las enfermedades también pueden llegar a cualquier individuo y generar malestares graves con lo que piensas? ¿Te das cuenta de la magnitud de lo que te estoy comentando?

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El centro de mando está dentro de ti, y nadie deberá quitar tu enfoque. No debemos perder el tiempo pensando en lo negativo, los pensamientos negativos automáticos aparecen cuando menos lo esperas, pero el autocontrol es el que determina cuánto tiempo se quedarán en tu cerebro o si no es válido tomarlos en cuenta. Las águilas hablan de soluciones jamás de lo que les duele, tener un pensamiento estratégico, para dejar de ser víctima, la computadora más avanzada que existe en el mundo, la tenemos entre los hombros. Al piloto de tu vida, nadie le quitará el control, las situaciones difíciles solo tú puedes controlarlas, las excusas no sirven y no hay víctimas y sí eres el responsable del 100%, si no estás teniendo las ventas necesarias es porque no estás en el nicho correcto. Tú puedes cambiar todo lo que te rodea. Cara a cara y voz a voz es como se hacen las ventas, el pensamiento estratégico es el que te llevará a otro nivel. La gente se encuentra en piloto automático por el mundo y muchos de ellos están buscándote para abrir un negocio, para ser tu cliente, para crecer de forma inesperada, hay de todo y por todos lados, no debes bajar la guardia, esa nunca debe bajarse o debilitarse, debe estar firme y controlada para responder ante cualquier adversidad. En la vida no hay crisis, hay oportunidades y no existen víctimas. Pensar es la mejor actividad y la más pagada del mundo. Te pregunto algo: ¿Cuándo fue la última vez que te sentaste con tus colaboradores a pensar? ¿Qué oportunidades hay que no estamos viendo? ¿Cuál es el proyecto que me conviene más? ¿Cuál es mi ventaja competitiva? ¿A quién le puedo vender? ¿Qué problema tiene en este momento la ciudadanía? ¿A quién puedo contactar? ¿Con quién me puedo asociar para crecer? ¿De quién me puedo apalancar? ¿Qué nichos no he tocado? ¿Qué líder debo seguir? ¿Qué capacitación tomaré hoy? Debemos usar la cabeza para encontrar lo que siempre hemos querido. Las crisis y los problemas son mentales, no seas víctima solo busca soluciones, pasa pensando en el problema 5 minutos, pero en la solución, toda la vida. Mientras unos lloran y usan pañuelos, otros los comercializan, entonces, ¿Usas pañuelos o los vendes?

líderes no se hacen, se crean a través del trabajo duro y la dedicación". Al adoptar estas cualidades, los líderes pueden elevar el éxito de sus equipos y, en última instancia, transformar sus organizaciones hacia un futuro más próspero. Hay que ver más allá de la niebla. Piensa positivo y verás las cosas de otro color, hazte las preguntas correctas para ver más allá de lo que ves, las oportunidades saldrán de debajo de las piedras. No pienses en problemas, solo piensa en preguntas que empoderen. Moraleja de esta historia, enfócate en soluciones, te recomiendo no detenerte hasta que estés sudando petróleo y no participar en nada negativo que se te presente en tu día a día. Solo ten el control de tu vida y no seas víctima porque quejarse se puede volver un deporte, la preocupación es como una mecedora, te puede mantener bien entretenido, ¡bájate de la silla y ve las oportunidades! Siempre, siempre pero siempre hay oportunidades. Sé el piloto de tu vida, las actividades de mayor valor tendrán consecuencias a largo plazo, no te equivoques en lo que piensas y dices, porque tu mente siempre te está escuchando, transforma tu vocabulario. ¿Sabes que cuando sientes miedo es cuando creces? Atrévete a dar el paso para ser el líder de tu vida. No alimentes a los pensamientos negativos para que logres que se mueran de hambre. Puedes tener desafíos, pero jamás problemas. Las personas de alto desempeño piensan todo el tiempo en lo que quieren y cómo lograrlo, las personas de bajo desempeño pasan todo el día pensando en lo que temen y en a quien echarle la culpa de sus desgracias. Sobre la Autora:

Para ir cerrando el artículo, el liderazgo en los negocios va más allá de la toma de decisiones estratégicas; implica inspirar, construir confianza, comunicar claramente y adaptarse a los cambios. Citando a Vince Lombardi, "Los REVISTA AUDACIA | PÁGINA 18

ALMA ANGÉLICA RENDÓN VALENCIA Licenciada en Computación por la UAEH Maestra en Tecnología Educativa por el Tecnológico de Monterrey Socia de Estrategia Legal Normativa, S.C. Docente en sistemas computacionales Directora de La compañía del Bienestar

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TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN

LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL Y LA FISCALIZACIÓN Antecedentes de la Inteligencia Artificial (IA). Las Ciencias Computacionales, particularmente el área de la IA, la estadística y las matemáticas, dando lugar a la Geointeligencia Computacional, la cual busca ampliar y fortalecer las capacidades de adquisición, análisis y visualización de datos para incorporarlos en procesos de descubrimiento de información. En este orden de ideas nos enfocaremos en la IA. No es nueva, narraremos desde qué momento surgió la denominación. El término "inteligencia artificial" fue asignado John McCarthy en 1956 durante la Conferencia de Dartmouth, un evento histórico que reunió a algunos de los mejores científicos de la época para discutir la posibilidad de crear una máquina que pudiera pensar como un ser humano. Ya en la década de 1940, los matemáticos Norbert Wiener y John von Neumann, estaban trabajando en la teoría de los sistemas y la computación que sentaron las bases para la IA, posteriormente McCarthy definiría como la ciencia y la ingeniería de hacer máquinas inteligentes, especialmente programas de computadora inteligentes. Los robots y las máquinas inteligentes aparecieron por primera vez en la literatura y el cine en la década de 1920. En la actualidad, la inteligencia artificial se ha convertido en una de las tecnologías más disruptivas y que más atención despierta. El ritmo que lleva es cada vez más potente, se está acelerando y tanto las posibilidades como los potenciales peligros, en su uso están generando debate tanto entre la comunidad científica como en las instancias políticas. ¿Y qué es la Inteligencia Artificial? Es un conjunto de Herramientas que utilizan algoritmos y modelos matemáticos a través de las redes neuronales, con la finalidad de procesar y obtener grandes cantidades de datos y tomar decisiones basadas en patrones y reglas establecidas a través del aprendizaje automático. Es la capacidad de una máquina para aprender de forma autónoma a partir de datos sin ser programada específicamente para hacerlo. De esta manera la IA puede mejorar su precisión y eficiencia con el tiempo. Tipos de Inteligencia Artificial a). - Software: se refiere a los programas que se utilizan como herramienta de obtención de información a través de un Proceso de Rastreo, que se puede hacer de la siguiente manera: Web Scraping: Se enfoca más en la transformación de datos sin estructura en la web (como el formato HTML) en datos estructurados que pueden ser almacenados y analizados en una base de datos central, en una hoja de cálculo o en alguna otra fuente de almacenamiento, a esta herramienta se le conoce como “raspado de páginas web” o “Raspados de Datos”.

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Web Crawling: Se trata de un proceso en el cual un robot web navega sistemáticamente a través de internet explorando páginas webs y siguiendo links con el propósito de recoger el contenido web en otro sistema. Amigos contadores y empresarios o bien, cualquier usuario de las redes sociales, con una sola publicación de algún curso, en Facebook o bien, solo compartirlo o etiquetarlo, la autoridad fiscal puede considerar como un acto donde se obtuvo ingresos, ya que en base de esa publicación puede obtener todo tipo de información (el lenguaje de programación que se puede utilizar es Python aplicado desde la plataforma Google colab). b). - Inteligencia artificial integrada: robots, drones, vehículos autónomos o el Internet de las Cosas La Inteligencia Artificial más mediáticas Durante la segunda mitad del año 2022 y 2023 se ha producido una explosión de las herramientas que se utilizan. Algunos ejemplos de modelos que han visto la luz en los últimos dos años y que han acaparado una gran atención mediática son los siguientes: Procesamiento del Lenguaje Natural: ChatGPT, GPT-4, BERT, Bing Chat Generación de Imágenes: DALL-E, CLIP, StyleGAN3, Stable Diffusion, Midjourney. Generación de Código de Programación: GPT-Codex, GitHub Copilot, Deep TabNine. Elementos de Fiscalización Digital en México. La inteligencia artificial está transformando completamente los procesos estratégicos de fiscalización y la forma de operar del SAT, este avance tecnológico ofrecerá asistencia inteligente que cambiará los modelos operativos para siempre. En cada ejercicio fiscal, se han creado ciertas figuras para poder fiscalizar de manera minuciosa a los contribuyentes en la obtención de ingresos o poder identificar las operaciones que realizan, medios que se han venido creando; por ejemplo: el buzón tributario, según el artículo 17-K, los medios electrónicos artículo 17-C a 17-J, la práctica de las revisiones electrónicas, artículo 42, fracción IX todos del Código Fiscal de la Federación. El utilizar la Inteligencia Artificial utilizando las herramientas que ya se han mencionado, es con la finalidad de poder controlar la expedición de los comprobantes fiscales digitales, la contabilidad electrónica, el padrón de contribuyentes, identificar factores de riesgos, auditorias electrónica, el control de las obligaciones, el control de las declaraciones provisionales y definitivas, las acciones masivas, la asistencia virtual, etc. El utilizar la Web Scraping: es una herramienta conocida como “raspado de páginas web” o “Raspados de Datos”, que se puede encargar de seleccionar y cruzar información, con la finalidad de poder identificar discrepancia en los pagos de ISR e IVA, operaciones simuladas, aplicaciones inexistentes, con ello, el SAT le notificará al contribuyente que debe un crédito fiscal, sin que le notifique el acto administrativo, esta forma de actuar violan los artículos 1º. y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 18 del Código Fiscal de la Federación.

Sobre el autor: JOSÉ ANUAR ARCE LORENZANA Licenciado en Derecho y Contaduría Pública, Mtro. en Derecho Fiscal y Doctor en Derecho Penal

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