El pasivo ganancial y la intEligEncia artificial: aplicacion Es prácticas y oportunidadEs Estratégicas
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El pasivo ganancial y la intEligEncia artificial: aplicacion Es prácticas y oportunidadEs Estratégicas
Inmaculada Vivas Tesón
Catedrática de Derecho Civil
Universidad de Sevilla
Colección: Cuadernos de Derecho de Familia
Directoras:
Blanca Sillero Crovetto
Profesora Titular de Derecho Civil de la Universidad de Málaga
Mª Soledad de la Fuente Núñez de Castro
Profesora Titular de Derecho Civil de la Universidad de Málaga
El presente trabajo se enmarca dentro del Grupo de Investigación «Nuevas Dinámicas del Derecho Privado Español y Comparado» (SEJ-617) de la Junta de Andalucía y del Grupo de investigación consolidado «Discapacidad, Enfermedad Crónica y Accesibilidad a los Derechos» (DECADE) de la Universidad de Alcalá, así como del Proyecto I+D+i «Discriminación a las personas con discapacidad en el ejercicio de la capacidad jurídica en las situaciones internacionales e interregionales» (PID2021-127361NB-I00), Ayudas a Proyectos de generación de conocimiento en el marco del Programa Estatal para Impulsar la Investigación Científico-Técnica y su Transferencia, del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2021-2023, del que es investigadora responsable la Profª. Goñi Urriz.
Reservados todos los derechos. De conformidad con lo dispuesto en los arts. 270, 271 y 272 del Código Penal vigente, podrá ser castigado con pena de multa y privación de libertad quien reprodujere, plagiare, distribuyere o comunicare públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, fijada en cualquier tipo de soporte, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios.
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Í ndic E
Y RESPONSABILIDAD GANANCIAL
i. la Fase de FiJaCión o inventario ......................
21
1. La liquidación de la sociedad de gananciales disuelta 21
2. Principios clave: la presunción de ganancialidad, la confesión de privatividad, la atribución voluntaria de ganancialidad, la subrogación real y el derecho de reembolso............... 27
3. ¿Son nulas las operaciones liquidatorias practicadas sin previa formación de inventario? ............................. 43
ii. el pasivo gananCial ................................ 49
1. Definición, marco normativo e importancia 49
2. Inexistencia de una presunción de ganancialidad pasiva por deudas contraídas por un cónyuge 51
3. Configuración del pasivo: definitivo y provisional .......... 60
3.1. El pasivo definitivo 64
3.2. El pasivo provisional ............................ 109
4. El art. 1398 CC y sus tres partidas 121
4.1. Primera partida: «las deudas pendientes a cargo de la sociedad» ................................ 123
4.2. Segunda partida: «El importe actualizado del valor de los bienes privativos cuando su restitución deba hacerse en metálico por haber sido gastados en interés de la sociedad. Igual regla se aplicará a los deterioros producidos en dichos bienes por su uso en beneficio de la sociedad». ................................ 127
4.3. Tercera partida: «El importe actualizado de las cantidades que, habiendo sido pagadas por uno solo de los cónyuges, fueran de cargo de la sociedad y, en general, las que constituyan créditos de los cónyuges contra la sociedad» ..................... 133
iii la división Y adJudiCaCión del reManente gananCial líquido Con espeCial atenCión a su FisCalidad ............. 135
SEGUNDA PARTE
EL USO DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN LA FORMACIÓN
DEL PASIVO GANANCIAL
i. la interseCCión entre la ia Y el dereCho: oportunidades, retos Y garantías 151
1. La transformación digital del Derecho y el rol del Derecho en la transformación digital 151
2. El pacing problem: desafíos normativos en la era de la aceleración tecnológica 161
3. La IA: un punto de inflexión en el sector jurídico ......... 164
3.1. Un auténtico game-changer 164
3.2. Del papel al algoritmo: aportaciones prácticas y oportunidades de la IA para la eficiencia jurídica 171
4. Herramientas algorítmicas de apoyo al servicio del profesional del Derecho .......................... 183
5. El arte del Legal Prompting y la curación de contenidos jurídicos ........................................... 193
6. Las alucinaciones legales de la IAG y la necesaria supervisión por el profesional del Derecho ............... 200
El pasivo ganancial y la inteligencia artificial...
ii un enFoque prÁCtiCo sobre las apliCaCiones de la ia en la ConFiguraCión Y CÁlCulo del pasivo gananCial 211
1. El uso de herramientas de IAG para la determinación y liquidación del pasivo ganancial 211
2. Redacción de correos electrónicos para clientes ............ 215
3. La investigación jurídica sobre el pasivo ganancial en la era de la IA ..................................... 222
4. Ejemplos prácticos de implementación de la IA en la formación y satisfacción del pasivo ganancial ........... 280
4.1. Análisis de datos y simulación de escenarios 281
4.2. Redacción de un convenio regulador y una escritura pública de divorcio de mutuo acuerdo 285
4.3. Redacción de una demanda ...................... 291
4.4. Elaboración de materiales accesibles para personas con dificultades cognitivas ....................... 294
4.5. Planteamiento y resolución de casos prácticos 298
4.6. Esquema a seguir en una ponencia ................ 309
4.7. Formulación de preguntas FAQ
5. Lecciones aprendidas y propuestas de mejora .............
a br E viaturas
AP Audiencia Provincial
Art/arts. Artículo/s
CC Código civil
CCCat. Código civil de Cataluña
CE Constitución española
CENDOJ Centro de Documentación Judicial del Consejo General del Poder Judicial
DGRN Dirección General de los Registros y del Notariado
DGSJFP Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública
DGT Dirección General de Tributos
DOUE Diario Oficial de la Unión Europea
FJ Fundamento Jurídico/de Derecho
IA Inteligencia Artificial
IAC Inteligencia Artificial Conversacional
IAG Inteligencia Artificial Generativa
IRPF Impuesto de la Renta de las Personas Físicas
Inmaculada Vivas Tesón
ITPyAJD Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
IIVTNU Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana
JPI Juzgado de Primera Instancia
LAJG Ley de Asistencia Jurídica Gratuita
LEC Ley de Enjuiciamiento civil
LH Ley Hipotecaria
LIRPF Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio
LOPJ Ley Orgánica del Poder Judicial
OCDE Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico
PIB Producto Interior Bruto
RH Reglamento Hipotecario
SGIA Sistemas de Gestión de Inteligencia Artificial
ss. Siguientes
TS Tribunal Supremo
UNESCO Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura
i ntroducción
Comencemos por proporcionar algunos datos estadísticos que nos permitan desentrañar la realidad objeto del presente estudio por aquello de que «las cifras no mienten» (si bien, como es bien sabido, «los mentirosos también usan cifras») y «sin datos, solo eres otra persona con una opinión», frase no nuestra sino de W. Edwards Deming.
Según el Centro de Información Estadística del Notariado (CIEN), durante el año 2023, en España se celebraron 22.632 matrimonios ante notario (lo que representa un aumento del 16,3% respecto al año anterior) y se tramitaron 19.681 expedientes matrimoniales en el conjunto de las notarías (un 32% más que en 2022). De las 65.246 capitulaciones realizadas, el 92,3% correspondieron a parejas que optaron por la separación de bienes, el 5,1% eligió el régimen de gananciales y el 2,5% se distribuyó entre otros tipos de regímenes de comunidad. En cuanto a los divorcios se registraron 12.490 (lo que supone un aumento del 11,2% en comparación con el año anterior)1 y se realizaron 12.162 escrituras de liquidación de sociedad conyugal.
1. Según la Estadística de Nulidades, Separaciones y Divorcios (ENSD), Año 2023, del Instituto Nacional de Estadística, en 2023 hubo 76.685 divor-
Inmaculada Vivas Tesón
Si bien observamos una tendencia cada vez más asentada en la sociedad española en cuanto a la elección del régimen de separación de bienes (hace décadas algo impensable, en la actualidad, lo más lógico, entre otros motivos, tras producirse un cambio social por la incorporación de la mujer al mundo laboral), en nuestro país, muchos matrimonios aún se acogen al régimen de sociedad de gananciales, el cual rige por defecto o en ausencia de otro distinto pactado por los cónyuges en todos los celebrados en territorio de Derecho civil común.
Liquidar la sociedad de gananciales, una vez disuelta ésta, conlleva el reparto de los bienes comunes entre los cónyuges tras liquidar las deudas pendientes, proceso que puede llegar a ser complejo (es preciso identificar los bienes gananciales y darles un valor, determinar las deudas pendientes y satisfacerlas, adjudicar bienes, conocer los aspectos fiscales, etc.) y conflictivo en menor o mayor grado en función del caso concreto.
El presente trabajo se estructura en dos partes diferenciadas que nosotros ponemos en correlación: una, en la que, en el marco de la liquidación de la sociedad de gananciales y, en concreto, de la formación del inventario, centramos nuestra atención en las cuestiones sustantivas más controvertidas acerca de la composición y satisfacción del pasivo; y otra, en la que exploramos la aplicación de las actuales herramientas de Inteligencia Artificial Generativa (IAG) al ámbito jurídico y, en particular, al Derecho patrimonial familiar, pues los sistemas inteligentes encierran un potencial singularmencios (un 5,7% menos que en el año anterior). De ellos, el 81,6% fueron no contenciosos y el 18,4% contenciosos. El 59,9% lo fueron por sentencia (frente al 61,2% del año anterior), el 25,2% por decreto (25,9% en 2022) y el 14,9% por escritura pública (frente al 12,9%).
Los matrimonios disueltos por divorcio tuvieron una duración media de 16,4 años, similar a la del año anterior. El 32,0% de los divorcios se produjeron después de 20 años de matrimonio o más. El 21,4% entre cinco y nueve años después, el 16,7% entre 10 y 14 años, el 15,7% entre 15 y 19 años, el 10,8% entre dos y cuatro años y el 3,3% en menos de dos años.
El pasivo ganancial y la inteligencia artificial...
te significativo para una materia de cierta dificultad práctica como es el cálculo y liquidación del pasivo ganancial. Estas tecnologías emergentes no solo mejoran la eficiencia y precisión en los procesos judiciales, sino que también permiten a los profesionales de la abogacía descargarse de tareas rutinarias y monótonas para focalizarse en la ejecución de las más complejas, estratégicas y de mayor valor añadido. La Inteligencia Artificial (IA)2 está transformando radicalmente el sector legal, tanto a nivel organizativo dentro de los despachos de abogados, como en la práctica forense en general. Su utilidad para los operadores jurídicos es innegable, de ahí que desaprovecharla no sea, hoy día, una opción. Este proceso cambiante e incierto no ha hecho más que empezar y, para afrontarlo de manera exitosa, tres ingredientes se tornan indispensables: una mentalidad positiva, curiosidad constante y formación continua.
Desde hace milenios el ser humano ha desarrollado y utilizado herramientas para sobrevivir, adaptarse al entorno y construir sociedades cada vez más complejas. Si nos paramos a pensar, desde el Paleolítico, somos una mezcla de naturaleza y técnicas que han ido satisfaciendo nuestras necesidades y mejorando nuestras vidas. «Sin la técnica el hombre no existiría ni habría existido nunca. Así, ni más ni menos», diría en el siglo pasado el gran filósofo José ortega Y gasset en su «Meditación de la técnica» (1939). Las herramientas, extensión de las capacidades humanas y del don técnico
2. Aunque en los últimos años la IA se ha desarrollado exponencialmente, sus orígenes se remontan al siglo xix. En 1936, Alan Turing, considerado el padre de la computación moderna, publica un artículo sobre los números computables en el que introduce el concepto de algoritmo y sienta las bases de la informática y, en 1950, propone en su ensayo titulado «Computing Machinery and Intelligence» el que sería conocido como el «Test de Turing», una prueba de comunicación verbal hombre-máquina que evalúa la capacidad de las segundas de hacerse pasar por humanos. Veinte años después, en 1956, el término «inteligencia artificial» fue acuñado por el informático John McCarthy en su conferencia titulada «Dartmouth Summer Research Project on Artificial Intelligence», considerada el germen de la disciplina y, en 1957, el psicólogo Frank Rosenblat diseñó la primera red neuronal artificial.
Inmaculada Vivas Tesón
del hombre, han impulsado el progreso, si bien siempre han planteado desafíos de diversa índole.
Pues bien, el contenido de nuestra caja de herramientas ha ido cambiando conforme a la evolución de las mismas con el transcurso del tiempo, desde objetos rudimentarios (como el hacha, la punta de flecha, el arco, la espada y la rueda) hasta tecnologías avanzadas (como internet, los dispositivos móviles, la robótica y la IA), reflejando, así, el ingenio y la capacidad de innovación de la humanidad. En el siglo xxi, la frase orteguiana tiene la misma validez si cambiamos «técnica» por «tecnología». Si la tecnología algorítmica ofrece ventajas e incrementa nuestra calidad de vida, no cabe duda de que debemos incorporarla a nuestro maletín de utensilios cotidianos y usarla de la manera más efectiva posible.
Las dos temáticas involucradas dan unidad a la monografía y, a la vez, explican su esencia: una visión práctica y actual del Derecho.
A un tema clásico del Derecho civil pretendemos darle un toque innovador. Su carácter novedoso radica, a nuestro modesto entender, de un lado, en su originalidad, pues presenta un enfoque creativo, pragmático, operativo y fresco de dos materias diferentes y aisladas entre sí, cuya intersección en el sector legal y, en particular, en nuestra disciplina, permite combinar conocimientos y técnicas de resolución de cuestiones jurídicas de forma completamente distinta a la seguida hasta ahora, de ahí su eventual contribución a la comunidad científica y, de otro, en el análisis crítico y reflexivo que impregna sus páginas, el cual es imprescindible para comprender, cuestionar, generar nuevas ideas y perspectivas y enfrentarse a nuevos desafíos con criterio propio.
El presente libro no trata ni muchísimo menos de convencer, pero sí de aportar argumentos sólidamente fundados (esperemos que así lo parezcan) para abrir un debate coral entre académicos y prácticos sobre la necesidad de integrar las tecnologías emergentes en la práctica jurídica cotidiana con el fin de que los profesionales del Derecho optimicen su trabajo, mejoren la calidad del servicio y respondan a las demandas de un mundo cada vez más digitalizado, interconectado y complejo.
El pasivo ganancial y la inteligencia artificial...
Como afirmara el escritor Umberto ECO en «El nombre de la rosa» (1980), «Los libros no están hechos para que uno crea en ellos, sino para ser sometidos a investigación. Cuando consideramos un libro, no debemos preguntarnos qué dice, sino qué significa». Por tanto, éste no es un libro acabado, sino tan sólo una invitación al lector para que realice sus propias interpretaciones y críticas reflexivas.