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El planeta se calentó más en julio
El 6 de julio de 2023 fue el día más caluroso, con una temperatura media en todo el planeta de 17,08ºC
DIRECCIÓN REGIONAL DEL TRABAJO Y DEL SERVICIO PÚBLICO DE GUAYAQUIL.INSPECTORIA DE TRABAJO DEL GUAYAS. Guayaquil.- 26 de julio de 2023 a las 12h30. Puesto a mi conocimiento el presente expediente; en mi calidad de Inspectora de Trabajo del Guayas, de la Dirección Regional de Trabajo y Servicio Público de Guayaquil del Ministerio de Trabajo. EN LO PRINCIPAL: PRIMERO: Al amparo en lo que señalan los artículos 183 y 621 del Código del Trabajo y el Art. 9 del Acuerdo Ministerial MDT-2021219, en virtud de que la parte actora ha presentado los requisitos declara bajo juramento que le es imposible determinar la individualidad, domicilio o residencia del trabajador MAURICIO ROBERTO ALAY ACEBO; por lo que se ordena, de conformidad con el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de procesos, emitir el correspondiente extracto, a fin de notificar al trabajador MAURICIO ROBERTO ALAY ACEBO, mediante una publicación, en un periódico de amplia circulación del lugar; de no haberlo, se hará en un periódico de la capital de la provincia, así mismo de amplia circulación y si tampoco hay, en uno de amplia circulación nacional, donde se le hace saber al trabajador, que tiene que dar contestación a la solicitud de Visto Bueno planteada en su contra siendo su obligación la de señalar casilla judicial para futuras notificaciones. Transcurrido VEINTE (20) DÍAS desde la última publicación, comenzará el término que tiene la parte accionada para contestar la Solicitud de Visto Bueno, conforme lo determina el Art. 151 del Código Orgánico General de Procesos. Con su contestación o en rebeldía, realícense las investigaciones de conformidad con la Ley; SEGUNDO: De manera expresa, se le concede el término de 10 días a la parte actora, para que presente la publicación; lapso de tiempo que transcurre a partir de la notificación de la presente providencia; TERCERO: Agréguese al expediente los documentos que se adjuntan a la petición de Visto Bueno. Téngase en consideración los medios probatorios detallados en la solicitud de Visto Bueno, en cumplimiento con lo que establece el numeral 7 del Art. 142 y numeral 5 del Art. 143 del Código Orgánico General de Procesos, los cuales serán analizados y proveídos en el momento procesal oportuno y conforme corresponda a Derecho; y, CUARTO: Notifíquese a la parte actora en los correos electrónicos señalados para futuras notificaciones.- NOTIFÍQUESE.- f) Abg. Joyce Bajaña Llerena, Inspectora Provincial de Trabajo del Guayas. Lo que comunico a usted para los fines de ley. Guayaquil, 26 de julio de 2023.-
ABG. JOYCE BAJAÑA LLERENA INSPECTORA PROVINCIAL DE TRABAJO DEL GUAYAS
Razón: En la ciudad de Guayaquil a los 26 días del mes de julio del dos mil veintitres, notifique con la providencia que antecede a la parte accionante en los correos electrónicos frvalencis@gmail.com, wenriquezr@legalcorpecuador.com, fvalenciac@ legalcorpecuador.com .- Lo certifico.-
Ab. Joyce Bajaña Llerena Inspectora De Trabajo Del Guayas
MADRID. Este mes de julio de 2023 se ha convertido en más cálido en el mundo desde que hay registros, según ha dado a conocer la Organización Meteorológica de Mundial (OMM, por sus siglas en inglés) tras analizar los datos de ERA5 del Servicio de Cambio Climático de Copernicus (C3S) de la Unión Europea.
EXTRACTO DE NOTIFICACIÓN
TRAMITE: SOLICITUD DE VISTO BUENO Nº 318324-2023.
CAUSAL: NUMERAL 1 DEL ART. 172 DEL CÓDIGO DEL TRABAJO.
ACTOR: VALLEJO ARAUJO S.A.
CONTRA: MAURICIO ROBERTO ALAY ACEBO.
DIRECCIÓN REGIONAL DEL TRABAJO Y DEL SERVICIO PÚBLICO DE GUAYAQUIL. INSPECTORIA DE TRABAJO DEL GUAYAS. Guayaquil.- 26 de julio de 2023 a las 12h30. Puesto a mi conocimiento el presente expediente; en mi calidad de Inspectora de Trabajo del Guayas, de la Dirección Regional de Trabajo y Servicio Público de Guayaquil del Ministerio de Trabajo. EN LO PRINCIPAL: PRIMERO: Al amparo en lo que señalan los artículos 183 y 621 del Código del Trabajo y el Art. 9 del Acuerdo Ministerial MDT-2021219, en virtud de que la parte actora ha presentado los requisitos declara bajo juramento que le es imposible determinar la individualidad, domicilio o residencia del trabajador MAURICIO ROBERTO ALAY ACEBO; por lo que se ordena, de conformidad con el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de procesos, emitir el correspondiente extracto, a fin de notificar al trabajador MAURICIO ROBERTO ALAY ACEBO, mediante una publicación, en un periódico de amplia circulación del lugar; de no haberlo, se hará en un periódico de la capital de la provincia, así mismo de amplia circulación y si tampoco hay, en uno de amplia circulación nacional, donde se le hace saber al trabajador, que tiene que dar contestación a la solicitud de Visto Bueno planteada en su contra siendo su obligación la de señalar casilla judicial para futuras notificaciones. Transcurrido VEINTE (20) DÍAS desde la última publicación, comenzará el término que tiene la parte accionada para contestar la Solicitud de Visto Bueno, conforme lo determina el Art. 151 del Código Orgánico General de Procesos. Con su contestación o en rebeldía, realícense las investigaciones de conformidad con la Ley; SEGUNDO: De manera expresa, se le concede el término de 10 días a la parte actora, para que presente la publicación; lapso de tiempo que transcurre a partir de la notificación de la presente providencia; TERCERO: Agréguese al expediente los documentos que se adjuntan a la petición de Visto Bueno. Téngase en consideración los medios probatorios detallados en la solicitud de Visto Bueno, en cumplimiento con lo que establece el numeral 7 del Art. 142 y numeral 5 del Art. 143 del Código Orgánico General de Procesos, los cuales serán analizados y proveídos en el momento procesal oportuno y conforme corresponda a Derecho; y, CUARTO: Notifíquese a la parte actora en los correos electrónicos señalados para futuras notificaciones.- NOTIFÍQUESE.- f) Abg. Joyce Bajaña Llerena, Inspectora Provincial de Trabajo del Guayas. Lo que comunico a usted para los fines de ley. Guayaquil, 26 de julio de 2023.-

ABG. JOYCE BAJAÑA LLERENA INSPECTORA PROVINCIAL DE TRABAJO DEL GUAYAS
En concreto, la temperatura media global del aire en la superficie durante los primeros 23 días de julio de 2023 ha sido de 16,95ºC, “muy por encima” de los 16,63ºC registrados para todo el mes de julio de 2019, que hasta la fecha ostentaba el récord del julio más cálido registrado.

Además, la temperatura alcanzó su valor diario más alto el pasado 6 de julio de 2023, con 17,08°C, seguido del 5 y 7 de julio. Julio alcanzó en sus inicios el récord diario de temperatura media global del aire en la superficie del 3 al 6 de julio. Desde entonces, todos los días han sido más calurosos que el récord anterior de 16,80ºC, correspondiente al 13 de agosto de 2016.
Olas de calor
Los datos de ERA5 reflejan que las primeras tres semanas de julio han sido el período de tres semanas más caluroso registrado, donde la temperatura media mundial superó temporalmente el umbral de 1,5°C por encima del nivel preindustrial durante la primera y la tercera semana del mes.
Estas altas temperaturas se han relacionado con las olas de calor que se han producido en gran parte de América del Norte, Asia y Europa, así como los incendios forestales sufridos en países como Canadá y Grecia, que han tenido un gran impacto en la salud de las personas, el medio ambiente y la economía.
Asimismo, desde el pasado mes de mayo, la temperatura promedio global de la superficie del mar ha estado muy por encima de los valores observados anteriormente para la época del año.
Por todo ello, es muy probable que julio de 2023 sea el julio más caluroso y también el mes más caluroso registrado, después de un junio marcado por las altas temperaturas. Según los datos de ERA5, el mes más caluroso registrado anteriormente fue julio de 2019.