Denuncia ci ximena puente (1)

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Sen. Ernesto Javier Cordero Arroyo, Presidente de la Mesa Directiva Senado de la República, LXIII Legislatura Presente Los suscritos, Marcela Torres Peimbert, Ernesto Ruffo Appel, Juan Carlos Romero Hicks, Francisco Búrquez Valenzuela, y Víctor Hermosillo y Celada, Senadores de la República a la LXIII Legislatura e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8, numeral 1, fracción II, 95 numeral 1, 108 y 276 del Reglamento del Senado de la República, sometemos a la consideración del Pleno de esta Soberanía la siguiente Proposición con Punto de Acuerdo de urgente resolución por el cual se exhorta al Pleno del Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que denuncie ante su Órgano Interno de Control a la C. Ximena Puente de la Mora por conflicto de interés, lo anterior con base en las siguientes: CONSIDERACIONES PRIMERA. DE LA AUTONOMÍA DEL ORGANISMO GARANTE El 7 de febrero de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Reforma Constitucional en materia de transparencia, que tenía como objetivo otorgar autonomía constitucional a todos los órganos garantes de transparencia (tanto a nivel federal como en las entidades federativas), y que en el nuevo órgano garante constitucional autónomo recayera la autoridad en materia de protección del derecho de acceso a la información pública y protección de datos personales. Entre las características de los Órganos Constitucionales Autónomos, son de destacarse aquellas señaladas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la tesis de rubro “ÓRGANOS CONSTITUCIONALES AUTÓNOMOS. NOTAS DISTINTIVAS Y CARACTERISTICAS”, que al tenor literal dice lo siguiente:

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