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MIENTRAS QUE LOS CIUDADANOS NO SALGAN A LEVANTAR LA BANDERA, DE QUE YA BASTA DE LAS SIMULACIONES

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En México, es un país donde todos los partidos políticos, han marcado sus esencias, de cómo van a gobernar a un país, un estado y las presidencias municipales…

Solo basta observar, cuando llega al poder, sus cambios de que ellos si saben gobernar, de que no hay corrupción y mucho menos impunidad …ajá

Solo basta ver cuando llega con una mano adelante y atrás, y cuando sale nos dice que son grandes empresarios, que su fortuna viene de generaciones, o que recibieron por familiares que les dejaron una herencia millonaria

Y todo esto pasa porque no hay reamente una vigilancia de los recursos, como vemos hoy por hoy en el municipio de Tlalnepantla de Baz, que su CONTRALOR INTERNO y las SINDICAS, como LOS Y LAS REGIDORAS, no denuncia, o más bien, no hace su trabajo para denunciar, y espere que los MEDIOS DE COMUNICACIÓN tenga que hacer su trabajo de estos “ servidores públicos que cobran, grande sueldos para hacer su trabajo de vigilancia, que cumpla con las normas que están establecida por LAS CONSTITUCIÓN Y LEYES

YSOLOVEMOSIMPUNIDAD YCORRUPCIÓN

REVISTA CONCERTACIÓN PERIODISMO PARA REFLEXIONAR

Tlalnepantla de Baz 23/11 /2022 Por Arturo Arellano Zaldívar. Hoy por hoy, deseo hacer una reflexión;

Algunos funcionarios, como el señor Eduardo Efraín Benhumea Macedo Contralor Interno Municipal, se le olvida que tiene grandes compromisos ante los ciudadanos de su municipio… Han ofendido a los ciudadanos de Tlalnepantla de Baz y a su ética profesional, de su profesión de ser contralor, porque su trabajo deja mucho que decir, por no tener la calidad de su honradez de su profesión como contralor, pero ante todo … por su gran sueldo y prestaciones que tiene y que se lleva mes a mes. Resaltamos a los ciudadanos que un servidor público, pueden presentar un gran currículo de su profesión señalar que tiene valore por sus varios trabajos… tener más de diez cuartillas, de experiencia laboral, en varias empresas, pero cuando trabajan en una dependencia de gobierno, realmente deja ver su esencia y su ética profesional, y será parte de la impunidad y corrupción, que se vivir en el municipio de Tlalnepantla de Baz donde, deja mucho que decir de su carrera cómo contralor. Ya, que sabe que trabajar en los gobiernos llénese; FEDERAL ESTATAL O MUNICIPIOS y ser servidor público, en el país de México, donde nunca le pasa nada, donde trabajar o ser parte de gobierno es sinónimo, de que te sacaste la lotería, de que tendrás grandes ganancias, donde la secretearía de hacienda, no les pregunta de sus ganancias o propiedades y mucho menos les cobra los impuestos…

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Es la razón que no importa que partido llegue puede ser del PRI, PAN, PRD, y el mismo PARTIDO MORENA y todos lo demás, que son lo mismo que se protegen entre ellos, donde la fiscalía anti corrupción, solo será una falacia más, donde son letras muerta la constitución y las leyes, que solo son leyes para deja saber a sus ciudadanos. Que los ciudadanos si deben cumplir LAS LEYES. DEJANDO SABER que los ; Gobierno Federal Estatal O Municipal te vende la idea de que ello no son iguales QUE ELLOS si van a terminar con la impunida Y De Que No Haba tolerara, Y MUCHO MENOS abuso de poder o tráfico de influencia , que habla tolerancia para los MEDIOS DE COMUNICACIÓN que denuncian los abusos, no será castigado y mucho menos, no dejar de nadar publicidad oficial , a los medios de comunicación que tiene el valor señala al pueblo y a los ciudadanos, de que si hay o no corrupción, con los servidores públicos …. Pero esto no pasa en esta administración del Tlalnepantla de Baz donde el señor Marco Antonio Rodríguez Hurtado Presidente Municipal Constitucional, es una persona que día a día, nos deja saber, que el puede violar la constitución y las leyes , ya que tiene todo los recurso del pueblo y tiene un grupo de los abogados del ayuntamiento a su disposición para defenderse ante los tribunales administrativos del poder judicial u otras instancia legales, de cual quiere ciudadano o medio de comunicación quiere denuncia , sin que le cueste un peso de su bolcillo. Ya que todo el gasto, va a la cuenta publica de municipio. Por tener a su mano y ser sus empleados como son; el señor Eduardo Efraín Benhumea Macedo Contralor Interno Municipal y las Ivette Yadira Campos Padilla Primera Síndica y la C. Arleth Stephanie Grimaldo Osorio Segunda Síndica que le cuida las espaldas al señor Marco Antonio Rodríguez Hurtado

Presidente , como así mismo a los servidores como son al señor Edmundo Rafael Ranero Barrera Secretario del Ayuntamiento y al señor Ricardo Contreras Velázquez Tesorero Municipal como así mismo director al Aldo Francisco Vega Martínez Director de Gobierno Digital… a si es este municipio de Tlalnepantla de Baz ser un municipio de impunidad y corrupción…

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Constitucional

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Duele mucho denunciar a los jóvenes que participan en la política o ser servidores públicos y mas cuando son representante de los ciudadanos, que le dieron su confianza, como hoy vemos a

Ivette Yadira

la C.

municipio de Tlalnepantla a dos damas que tiene un compromiso de vigilar y fiscaliza las cuentas públicas como los procedimiento de la licitación de compra o de obras públicas, como también del organismo OPDM.. y es aquí donde vemos que no importa de qué partido político sea , ya que hasta hoy nos dejan saber que el PRI PAN Y MORENA, es la misma cosa donde llegan ciudadanos, que no tiene ética y mucho menos, ser persona con valores para terminar con la impunidad y corrupción, de verdad duele y duele mucho ver que estas dos sindicas, no cumplieron con la filosofía, de las grandes mujeres que siempre dan demuestra tener y ser mejor que los hombre, ya que, una verdadera mujer, que es una guerrera conta la lucha de los abuso de los hombre, hoy por hoy estas dos sindicas le quedo muy grande los puesto para hacer valer los valore de la honestidad y termina con la corrupción y la impunidad, por no conocer los valore de la ética, lo cual dejamos un pensamiento o descripción sobre significado dela ética

LA ÉTICA EN LOS GOBERNANTES ESTIMULA EL ESFUERZO POR

FOMENTAR LA EQUIDAD SIN PERMITIR LA DESMESURA Y POR AYUDAR A LOS MÁS NECESITADOS, A LOS MÁS DÉBILES, A LOS QUE PADECEN INJUSTICIA. CUANDO LAS VIRTUDES SON LLEVADAS Y APLICADAS A LA VIDA PÚBLICA PERMITEN TENER GOBIERNOS JUSTOS Y VICEVERSA.

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Campos Padilla Primera Síndica y Arleth Stephanie Grimaldo Osorio Segunda Síndica del

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Duele saber que la síndica Ivette Yadira Campos Padilla Primera Síndica y la segunda sindica C. Arleth Stephanie Grimaldo Osorio del municipio de Tlalnepantla no quisieron danos una entrevista a la Revista Concertación Periodismo Para Reflexionar, para saber de sus opiniones de como ven los gastos de la cuenta pública, que si se están cumpliendo, como, también si están cuidando que los directores cumpla con la constitución y las leyes, que deben cumplir de que no abuse de su facultades. Vemos con mucha tristeza que esta representante que recibieron la confianza de los vótate del municipio de Tlalnepantla de Baz, se esconda para no dar una entrevista y uno se pregunta ¿? Porque , será que no cuenta con la experiencia, o desconocerá sus funciones que le marca la LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO no será que son parte de la corrupción e impunidad que se viví en municipio… no lo se , solo se que me da mucha tristeza saber que estas dos mujeres no tenga los valor de esa bellas mujeres, guerreras que luca día a día, para deja su huella ante este México corrupto que vivir de la impunidad de muchos hombre que solo buscar en los puesto públicos para tener un enriquecimiento a costa de millos de mexicano, que tiene que trabaja dos turnos para poder sobre llevar esta economía, que sufre su familiar para poder salir delante de un México y reitero de funcionarios representante como hoy por hoy son la síndica Ivette Yadira Campos Padilla Primera Síndica y la segunda sindica C. Arleth Stephanie Grimaldo Osorio del municipio de Tlalnepantla, que solo deja ver que no tiene el valor de terminar con la impunidad y corrupción y que solo dejan ver que será una simulación su trabajo , donde cobra miles de pesos por no hacer nada… en fin

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Aquí dejamos a los dos sindicas que tiene que cumplir con la LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO con los CAPITULO SEGUNDO De los Síndicos que a la letra dice ;

Artículo 52.- Los síndicos municipales tendrán a su cargo la procuración y defensa de los derechos e intereses del municipio, en especial los de carácter patrimonial y la función de contraloría interna, la que, en su caso, ejercerán conjuntamente con el órgano de control y evaluación que al efecto establezcan los ayuntamientos. Artículo 53. Los síndicos tendrán las siguientes atribuciones:

I. Procurar, defender y promover los derechos e intereses municipales; representar jurídicamente a los integrantes de los ayuntamientos, facultándolos para otorgar y revocar poderes generales y especiales a terceros o mediante oficio para la debida representación jurídica correspondiente, pudiendo convenir en los mismos. La representación legal de los miembros de los ayuntamientos, sólo se dará en asuntos oficiales;

I Bis. Supervisar a los representantes legales asignados por el Ayuntamiento, en la correcta atención y defensa de los litigios laborales;

I Ter. Informar al presidente, en caso de cualquier irregularidad en la atención y/o defensa de los litigios laborales seguidos ante las autoridades laborales competentes.

Derogado

II. Revisar y firmar los cortes de caja de la tesorería municipal;

III. Cuidar que la aplicación de los gastos se haga llenando todos los requisitos legales y conforme al presupuesto respectivo;

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IV. Vigilar que las multas que impongan las autoridades municipales ingresen a la tesorería, previo comprobante respectivo;

V. Asistir a las visitas de inspección que realice el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México a la tesorería e informar de los resultados al ayuntamiento;

VI. Hacer que oportunamente se remitan al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México las cuentas de la tesorería municipal y remitir copia del resumen financiero a los miembros del ayuntamiento;

VII. Intervenir en la formulación del inventario general de los bienes muebles e inmuebles propiedad del municipio, haciendo que se inscriban en el libro especial, con expresión de sus valores y de todas las características de identificación, así como el uso y destino de los mismos;

VIII. Regularizar la propiedad de los bienes inmuebles municipales, para ello tendrán un plazo de ciento veinte días hábiles, contados a partir de la adquisición;

IX. Inscribir los bienes inmuebles municipales en el Registro Público de la Propiedad, para iniciar los trámites correspondientes tendrán un plazo de ciento veinte días hábiles contados a partir de aquel en que concluyo el proceso de regularización;

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X. Vigilar que los Oficiales Calificadores, observen las disposiciones legales en cuanto a las garantías que asisten a los detenidos;

XI. Participar en los remates públicos en los que tenga interés el municipio, para que se finquen al mejor postor y se guarden los términos y disposiciones prevenidos en las leyes respectivas;

XII. Verificar que los remates públicos se realicen en los términos de las leyes respectivas;

XIII. Verificar que los funcionarios y empleados del municipio cumplan con hacer la manifestación de bienes que prevé la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios;

XIV. Admitir, tramitar y resolver los recursos administrativos que sean de su competencia;

XV. Revisar las relaciones de rezagos para que sean liquidados;

XVI. Revisar el informe mensual que le remita el Tesorero, y en su caso formular las observaciones correspondientes.

XVII. Las demás que les señalen las disposiciones aplicables. En el caso de que sean dos los síndicos que se elijan, uno estará encargado de los ingresos de la hacienda municipal y el otro de los egresos. El primero tendrá lasfacultades

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El primero tendrá las facultades y obligaciones consignadas en las fracciones I, IV, V, y XVI y el segundo, las contenidas en las fracciones II, III, VI, VII, VIII, IX, X y XII entendiéndose que se ejercerán indistintamente las demás. En el caso de que se elija un tercer síndico, este ejercerá las atribuciones del segundo a que se refieren las fracciones VII, VIII, IX, y X. Los síndicos y los presidentes municipales que asuman la representación jurídica del Ayuntamiento, no pueden desistirse, transigir, comprometerse en árbitros, ni hacer cesión de bienes muebles o inmuebles municipales, sin la autorización expresa del Ayuntamiento. Artículo 54.- El ayuntamiento, en su caso, distribuirá entre los síndicos otras funciones que de acuerdo con la ley les corresponda. CAPITULO SEXTO:

De la Suspensión y Desaparición

de

Ayuntamientos de la Suspensión o Revocación del

Mandato de alguno de

sus Miembros

Artículo 42.- La Legislatura, por acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes, podrá declarar la suspensión o desaparición de los ayuntamientos y suspender o revocar el mandato de sus miembros, siempre y cuando hayan tenido oportunidad suficiente para rendir las pruebas y hacer los alegatos que a su juicio convengan.

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CAPITULO SEXTO De la

Suspensión y Desaparición de Ayuntamientos de la Suspensión o Revocación del

Mandato de alguno de sus Miembros;

Artículo 43.- El derecho a los miembros de los ayuntamientos en los casos a que se refiere el artículo precedente, se otorgará conforme al procedimiento establecido en la Ley Orgánica del Poder Legislativo.

Artículo 44.- Son motivo de suspensión de un ayuntamiento o de algunos de sus miembros las siguientes causas graves:

I. Ejecutar Planes y Programas distintos a los aprobados;

II. Retener o invertir para fines distintos a los autorizados, los recursos públicos o las cooperaciones que en numerario o en especie entreguen los particulares para realización de obras;

III. Dejar de integrar los consejos de participación ciudadana municipal o de convocar a la elección de las Autoridades Auxiliares previstas en esta Ley;

IV. Faltar al cumplimiento de las funciones encomendadas por la ley.

Artículo 45. Son causas graves que motivan se declare la desaparición de un ayuntamiento, las siguientes:

I. Atacar a las instituciones públicas, a la forma de gobierno constitucionalmente establecido, o a la libertad del sufragio;

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CAPITULO SEXTO De la Suspensión y Desaparición de

Ayuntamientos de la Suspensión o Revocación del Mandato de alguno de sus Miembros;

II. Violar la Constitución Política del Estado o las leyes locales, y que se cause perjuicio grave al Estado, al municipio o a la sociedad;

III. Violar las garantías individuales, o los Derechos Humanos, los planes, programas y presupuestos de la administración pública estatal o municipal y las leyes que determinen el manejo de los recursos económicos de la misma, cuando tales actos causen perjuicios graves o irreparables a la sociedad, al Estado o al municipio;

IV. Realizar actos no permitidos o sin las formalidades de la ley, que afecten sustancialmente el patrimonio del municipio, la prestación de servicios públicos o la función administrativa municipal;

V. Realizar cualquier acto u omisión que altere seriamente el orden público, la tranquilidad y la paz social de los habitantes del municipio, o que afecte derechos o intereses de la colectividad;

VI. La existencia entre los miembros de un ayuntamiento, de conflictos que hagan imposible el cumplimiento de los fines del mismo o el ejercicio de sus competencias y atribuciones.

Artículo 46.- A los miembros de los ayuntamientos se les podrá revocar su mandato por: I. Ocasionar daños y perjuicios a la hacienda pública municipal, por el indebido manejo de sus recursos;

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II. Atacar a las instituciones públicas, al funcionamiento normal de las mismas, a la forma de gobierno, a las garantías individuales o sociales; y a la libertad del sufragio;

III. Infringir la Constitución Política y ordenamientos legales locales, que causen perjuicio grave al Estado, al municipio o a la colectividad;

IV. Realizar actos que impliquen violaciones sistemáticas a los planes y programas o perjuicio a los recursos de la administración pública estatal o del municipio, así como aquéllos que no le sean permitidos por la ley o que requieran de formalidades específicas;

V. Propiciar entre los miembros del ayuntamiento conflictos que obstaculicen el cumplimiento de sus fines o el ejercicio de sus respectivas competencias;

VI. Usurpar funciones y atribuciones públicas;

VII. Utilizar su autoridad o influencia oficial para hacer que los votos en las elecciones recaigan en determinada persona o personas;

VIII. Ordenar la privación de la libertad de las personas fuera de los casos previstos por la Ley;

IX. Realizar cualquier otro acto u omisión que afecte derechos o intereses de la colectividad, altere seriamente el orden público o la tranquilidad y la paz social de los habitantes del municipio.

Artículo 47.- Cuando el Ejecutivo del Estado tenga conocimiento de alguna o algunas de las situaciones previstas en los preceptos de este capítulo, solicitará de la Legislatura local la suspensión de los ayuntamientos, la declaración de que éstos han desaparecido y, en su caso, la suspensión o revocación del mandato de alguno de sus miembros; y dictará las medidas que procedan para asegurar la vigencia del orden jurídico, la paz y la tranquilidad sociales en el municipio que corresponda. POR HOY LO DEJO...

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Letras de la canción Dame El Poder de Molotov

La policía te está extorsionando pero ellos viven de lo que tu estas pagando y si te tratan como un delincuente, no es tu culpa dale gracias al regente.

Hay que arrancar el problema de raíz y cambiar el gobierno de nuestro país. A la gente que está en la burocracia, a esa gente que le gustan las migajas.

Yo por eso me quejo y me quejo porque aquí es donde vivo y yo ya no soy pendejo, que no watchas los puestos del gobierno hay personas que se están enriqueciendo.

Gente que vive en la pobreza y nadie hace nada porque a nadie le interesa. La gente de arriba te detesta y hay más gente que quiere que caigan sus cabezas. Si le das más poder al poder, más duro te van a venir a joder, porque fuimos potencia mundial y somos pobres nos manejan mal.

Coro:

Dame, dame, dame todo el power para que te demos en la madre, give me, give me todo el poder so I can come around to joder.

Porque no nacimos donde no hay que comer, no hay porque preguntarnos cómo le vamos a hacer? Si nos pintan como unos huevones, no lo somos. Viva México cabrones¡ que se sienta el power mexicano que se sienta todos juntos, como hermanos porque somos más y jalamos más parejo, porque estar siguiendo a una bola de pendejos? que nos llevan por donde les conviene y es nuestro sudor lo que los mantiene, los mantiene comiendo el pan caliente y ese pan es el de nuestra gente.

Coro:

Dame, dame, dame todo el power para que te demos en la madre, give me, give me to do el powder so I can come around to joder

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CONCERTACIÓN
PARA
REVISTA
PERIODISMO
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Bajo el sistema federativo, los funcionarios públicos no pueden disponer de las rentas sin responsabilidad.

Este gran hombre era un firme defensor de sus funcionarios y sabía que estos debían actuar con responsabilidad para con el pueblo… hoy por hoy solo será letras muerta

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MUCHO
CONSEJO
PREMIO NACIONAL DE PERIODISMO
ASOCIACIÓN
INSTITUCIONES DE SEGURO GRUPO
Y GRUPO AULABIERTA
OPORTUNIDAD DE PREPÁRAME GRACIAS
AGRADEZCO
A EL
CIUDADANO DEL
Y A LA
MEXICANA DE
DE
LA
GRACIAS GRACIAS

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Agradezco mucho a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y participante que me dinero la oportunidad de ser parte de su programa para estar a la vanguardia sobre las leyes y procedimiento que requiere el poder judicial de México y a los estudioso de la abogacía .. Gracias

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