1 minute read

EN PANAMÁ EXISTEN DOS TIPOS DE DIVORCIO: EL UNILATERAL Y EL VOLUNTARIO.

1. El divorcio unilateral, que es aquel que se produce cuando la disolución del vínculo matrimonial se solicita ante el Juez Seccional de Familia por uno de los cónyuges, amparándose en una de las causas establecidas en el Código Civil.

2. El divorcio voluntario tiene lugar cuando existe el mutuo acuerdo entre los cónyuges para disolver el vínculo matrimonial.

Advertisement

Se deben cumplir con los requisitos establecidos en el Código de Familia que son:

 Que se trate de un matrimonio que tenga como mínimo 2 años de celebrado

 Que la solicitud sea ratificada por ambos cónyuges dentro los plazos establecidos por el Código de Familia.

Si el matrimonio tiene hijos menores, para que proceda el divorcio que se debe tener resuelto: el tema de los alimentos, presentar un acuerdo de guarda y crianza, y de la reglamentación del régimen de visitas. Ello es así porque el Tribunal de tiene como obligación principal proteger el interés superior de los menores.

¿QUÉ DOCUMENTOS SE REQUIEREN PARA INICIAR LOS TRÁMITESDEDIVORCIOUNILATERAL?

 Certificado de matrimonio y Certificado de nacimiento de los hijos.

 Certificado de residencia o boleta casa comercial en la que se indique el domicilio del cónyuge.

 Nombres de tres testigos mayores de edad. (ARTÍCULO POR CARLOS PLATA)

This article is from: