DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
I
SECCIÓN
Ministerio del Interior y Seguridad Pública
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 42.624
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Sábado 4 de Abril de 2020
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Normas Generales CVE 1748772
MINISTERIO DE SALUD Subsecretaría de Salud Pública
ESTABLECE COORDINACIÓN POR EMERGENCIA DE SALUD PÚBLICA DE IMPORTANCIA INTERNACIONAL QUE INDICA Y DESIGNA MINISTRO COORDINADOR Núm. 9.- Santiago, 16 de marzo de 2020. Vistos: Lo dispuesto en los artículos 24, 32 N° 6 y 33 inciso tercero de la Constitución Política de la República; en el decreto con fuerza de ley N° 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 2.763, de 1979 y de las leyes N° 18.933 y N° 18.469; el decreto fuerza de ley N° 725, de 1967, Código Sanitario; el decreto Nº 230, de 2008, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulga el Reglamento Sanitario Internacional (2005); el decreto N° 4, de 2020, del Ministerio de Salud, que decreta alerta sanitaria por el período que se señala y otorga facultades extraordinarias que indica por Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII) por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV) y sus modificaciones; y en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón. Considerando: 1.- Que, como es de público conocimiento, durante la segunda quincena de diciembre de 2019 y hasta la fecha se ha producido un brote mundial del virus denominado coronavirus-2 del síndrome respiratorio agudo grave (SARS-CoV-2) que produce la enfermedad del coronavirus 2019 o Covid-19. 2.- Que, con fecha 30 de enero de 2020, el Director General de la Organización Mundial de la Salud, en adelante OMS, declaró que el brote de Covid-19 constituye una Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII), de conformidad a lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento Sanitario Internacional, aprobado en nuestro país por el decreto Nº 230, de 2008, del Ministerio de Relaciones Exteriores. 3.- Que, teniendo en consideración lo anterior, con fecha 5 de febrero de 2020, el Ministerio de Salud, por medio del decreto N° 4, de 2020, decretó una alerta sanitaria a nivel nacional para poder hacer frente al brote de Covid-19 en comento, la cual se mantiene vigente hasta la fecha, la cual otorga facultades extraordinarias a los órganos públicos y en las materias que indica. 4.- Que, según lo informado por la OMS, los casos confirmados de Covid-19 en todo el mundo superan los 164 mil, con más de 6.400 fallecidos. En efecto, el 11 de marzo de 2020, la OMS declaró al Covid-19 como pandemia, por lo cual se hace necesario tomar las medidas conducentes a evitar la propagación de dicha enfermedad en nuestro país. 5.- Que, en Chile existen 155 casos confirmados a la fecha. Así, se ha informado que Chile se encuentra actualmente en la fase 4, la cual implica que nos encontramos en un escenario de transmisión sostenida del virus entre la población.
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