VINICIO COLOMA ROMERO, ALCALDE DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SAN MIGUEL DE BOLÍVAR: CONSIDERANDO Que, el Art. 1 de la Constitución Política de la República del Ecuador determina que el Ecuador es un Estado constitucional de derechos y Justicia Social, democrática, soberana, independiente, unitaria, intercultural, plurinacional y laico. Se organiza en forma de República y se gobierna de manera descentralizada. Que, el Art. 238 de la Constitución de la República, establece que “Los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera…”. Que, el Art. 240 ibídem determina que “Los Gobiernos Autónomos Descentralizados de las Regiones, distritos metropolitanos, provincias y cantones tendrán facultades legislativas en el ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales. Las juntas parroquiales rurales tendrán facultades reglamentarias. Todos los gobiernos autónomos descentralizados ejercerán facultades ejecutivas en el ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales”. Que, el Art. 322, del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización , faculta a los Consejos Regionales y Provinciales y los Concejos Metropolitanos y Municipales la aprobación de Ordenanzas Regionales, Provinciales, Metropolitanas; Que, es necesario implementar una organización flexible, ágil y dinámica que permita al gobierno local, responder a los objetivos ciudadanos enmarcados en el plan cantonal de desarrollo, y cumplir con lo señalado en el Art. 4 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, COOTAD, referido a los fines de los GADs. y específicamente a las funciones del gobierno autónomo descentralizado municipal, Art. 54 y 55, en correspondencia con las competencias exclusivas señaladas en el Art. 264 de la Constitución de la República. Que, el Art. 5, del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, garantiza la Autonomía Administrativa que consiste en el pleno ejercicio de la facultad de organización y de gestión de sus Talentos Humanos y recursos materiales; 1