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Lunes, 19 de Diciembre 2022 | 9

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Final épico. Se sufrió, gritó y disfrutó, Argentina campeón del Mundo

Argentina y Messi ganan la mejor final del Mundial de la historia Después de 36 años, Argentina rompió todos los maleficios. El equipo ‘albiceleste’ jugó un partidazo en el estadio Lusail, venció a Francia en penales y se coronó campeón mundial. Messi fue el mejor. La espera y las finales perdidas valieron la pena. Tuvieron que pasar 36 años para que Argentina vuelva a coronarse campeón mundial. El equipo ‘albiceleste’ jugó un partidazo en el estadio Lusail y se llevó el trofeo, de la mano de Lionel Messi, que se coronó como el mejor. Argentina y Francia jugaron una final inolvidable. La mejor de todos los tiempos. Ambos equipos se entregaron por completo y brindaron un espectáculo. La única manera de conocer al campeón era desde los tiros penales. Fue una final sufrida en Lusail. Argentina tenía el título en las manos hasta los 80 minutos, pero Francia no renunció nunca y lo empató con dos goles de Kylian Mbappé. Argentina jugó un primer tiempo de espectáculo. El equipo de Lionel Scaloni salió a buscar el título y el primer tanto cayó a los 23 minutos. Ángel Di María corrió por la banda izquierda, inventó una jugada y le pitaron un penal dudoso, que el árbitro polaco Szymon Marciniak no fue a revisar al VAR. Lionel Messi ejecutó con calidad y cambió por gol. La segunda anotación fue un contragolpe perfecto. A los 36 minutos, Argentina movió la pelota de un lado para otro y el último en recibir el balón fue Ángel Di María, que la picó por encima del golero Hugo Lloris para convertir el segundo gol. El plantel de Scaloni se planteó muy bien en la cancha del estadio Lusail. Neutralizó los ataques de Francia y aprovechó los momentos para adelantarse en el marcador. Ángel Di María fue la pieza clave en el equipo de Scaloni. El ‘Fideo’ desequilibró por izquierda y disputó el mejor par tido que se le recuerde en mucho tiempo. Los tiempos extra fueron agotadores. Ambos equipos jugaron con el corazón, porque las piernas no respondían. Scaloni encontró la llave en el banco de suplentes. El entrenador de Argentina mandó a la cancha a Lautaro Martínez, que a los 109 minutos recibió una pelota en el área. Definió ante la salida de Hugo Lloris y el rebote le quedó al mejor del mundo. Messi empujó el balón y puso el 3-2. Pero este partido inolvidable no podía acabar ahí. Francia lo empató otra vez. Mbappé ejecutó un penal y puso el 3-3 para forzar el partido a la definición por penales. Y en los disparos finales. Argentina fue superior. Emiliano Martínez atajó un penal y los franceses fallaron otro. Al final, fue 4-2 en los penales para los ‘albicelestes’, que se llevaron el título mundial más sufrido. Una final inolvidable. Dos goles de Messi. Tres goles de Mbappé. Marcador de ida y vuelta, alargues, penales y el título del mejor de todos los tiempos Lionel Scaloni, el técnico más joven del Mundial, llevó a un grupo aguerrido a lo más alto. El mejor del mundo, y quizá de la historia, Lionel Messi, hizo 7 goles y llegó a 13 en todos los Mundiales: es el líder de los argentinos. Fue su última Copa del Mundo, y su mejor torneo disputado. Ganó el Balón de Oro del Mundial de Qatar 2022. Jugó en total 26 partidos en

Mundiales, más que nadie en el Mundial. Hizo 8 asistencias, al igual que Maradona. Emiliano el "Dibu" Martínez fue el mejor arquero del Mundial. Fuente: Primicias /CNN/ Semana

AVISOS VARIOS

10 | Lunes, 19 de Diciembre 2022

La jueza Karen Matamoros sentenció el 16 de diciembre a 20 meses de prisión a tres procesados como coautores de captación ilegal de dinero, en un caso relacionado con el fallecido exmilitar Miguel Ángel Nazareno, conocido como ‘Don Naza’. Se trata del proceso denominado ‘Despertar de la Economía’, que se desprende de la captura de cinco personas en el Ministerio de Defensa, donde logró ingresar Nazareno en abril de 2022, días antes de ser asesinado en la parroquia Amaguaña, en el sur de Quito. Francia La Fiscalía informó que los sentenciados Sylvia L., Gabriel C. y Damián L. deberán pagar una multa equivalente a cuatro salarios básicos (USD 1.700 cada uno). La jueza dispuso además el comiso penal de USD 131.661. El 7 de abril de este año, un oficial de las Fuerzas Armadas llamó al ECU-911 para reportar que en el parqueadero del Ministerio de Defensa, en el sur de Quito, había un grupo de personas con actitud sospechosa. Personal militar retuvo a cinco individuos , hasta que llegó la Policía y los aprehendió. Estas personas estaban en dos vehículos, en los que había maletas llenas de dinero y un arma de fuego. Además, uno de los autos tenía la placa adulterada. Cerca de las 20:00, el Ministerio de Defensa confirmó que Miguel Ángel Nazareno estuvo en sus instalaciones, pero que logró evadir la seguridad por una puerta posterior. Nazareno también fue investigado por el caso Big Money, una captadora ilegal que ofrecía devolver dinero a sus clientes con el 90% de interés en ocho días, en Quevedo. Esta organización receptaba entre USD 300 y 5.000. Sin embargo, ‘Don Naza’ fue encontrado muerto la mañana del 14 de abril. El cuerpo tenía señales de violencia y estaba maniatado. Fuente: Diario Expreso

Tres procesados por caso ‘Don Naza’ son sentenciados a 20 meses de cárcel

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REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN QUEVEDO EXTRACTO DE CITACIÓN

A: JESSENIA MARISELA NARANJO LAZ, ANDRES FRANCISCO NARANJO LAZ, y JEFFERSON HIPÓLITO NARANJO LAZ SE LE HACE SABER: Por sorteo correspondió conocer a la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Quevedo, la demanda de Procedimiento Ordinario por PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO No. 12331-2022-00286, seguido por MENENDEZ RENTERIA MARIO MILTON, en contra de los herederos presuntos y desconocidos de quienes en vida fue JESSENIA MARISELA NARANJO LAZ, ANDRES FRANCISCO NARANJO LAZ, y JEFFERSON HIPÓLITO NARANJO LAZ; y a los personeros del GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN QUEVEDO, cuyo extracto es como sigue: ACTOR: MENENDEZ RENTERIA MARIO MILTON DEMANDADOS: JESSENIA MARISELA NARANJO LAZ, ANDRES FRANCISCO NARANJO LAZ, y JEFFERSON HIPÓLITO NARANJO LAZ; y a los personeros del GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN QUEVEDO.

OBJETO DE LA DEMANDA: El actor solicita que mediante sentencia y previo al trámite de Procedimiento Ordinario se declare haberse operado en su favor, la prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio del solar No. 8 de la Manzana "G” ubicado en la ciudadela del Sindicato de Choferes Profesionales de Quevedo, actual parroquia Siete de Octubre, cantón Quevedo, cuyos linderos y medidas según el certificado del Registro de la Propiedad que adjunto son: POR EL NORTE, con solar No.9 en 25m; POR EL SUR, con solar No. 7 en 25m; POR EL ESTE, con calle principal en 10m; Y, POR EL OESTE, con solar No. 13 en 10m; lo que hace una superficie de 250m2. Actualmente, conforme el croquis que adjunto, el solar de mi posesión tiene los siguientes linderos y medidas actuales: POR EL NORTE, con solar No. 9 de la señora Sara Leonor Mera Pazmiño, en 29,50m; POR EL SUR, con solar No. 7 del señor Mario Antonio Oña Rojas en 31,15m; POR EL ESTE, con calle principal sin nombre, en 10,10m; y, POR EL OESTE, con solar No. 13 del señor Franklin Enrique Santos Ramírez en 10,15m; lo que hace una superficie de 303,85m2.- Del solar No. 8 de la Manzana "G", tomó posesión, desde el mes de mayo de mil novecientos noventa y ocho, donde tiene construida una villa en la que vive hasta la presente fecha, con ánimo de señor y dueño, de manera por demás tranquila, pacífica e ininterrumpida, sin que ninguno de los demandados Andrés Francisco Naranjo Laz, Jessenia Marisela Naranjo Laz y Jefferson Hipólito Naranjo Laz, que, conforme el certificado del Registro de la Propiedad que adjunto, aparecen como actuales propietarios del solar No. 8 de la Manzana "G"; con estos antecedentes expuestos y amparado en las disposiciones de los arts. 603, 2392, 2397, 2410, 2411 y siguientes del Código Civil codificado, que guardan armonía con el art. 289 del COGEP y Art. 142 Ibídem y numerales 1, 2 y 5 del art. 240 del COFJ, demando que en sentencia por la institución jurídica de la prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio se me otorgue la titularidad del bien inmueble materia de esa demanda, ya que desde el mes de mayo de 1998 hasta la actualidad mantiene la posesión pacifica, continua e ininterrumpida en uso y goce del solar antes descrito, disponiendo que la misma se protocolice en unas de las notarías y se inscriba en el registro de la propiedad de Quevedo, para que sirva de suficiente título de propiedad.CUANTÍA: CUATRO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA TRÁMITE: ORDINARIO JUEZ DE LA CAUSA: Quevedo, lunes 14 de marzo del 2022, las 14h20.- VISTOS: Previo a calificar la demanda que antecede, conforme lo dispone en el Artículo 142 del Código Orgánico General de Procesos, el accionante aclare/complete su demanda, dando cumplimiento a lo dispuesto en los numeral 1, 4, 5, 7, 9 y 13 del COGEP.- El actor cumplió en completar la demanda y consecuentemente, por reunir los requisitos establecidos en los artículos 142, 143 y 146 del Código Orgánico General de Procesos, se califica de clara, precisa, completa y se acepta a trámite en PROCEDIMIENTO ORDINARIO de conformidad con las normas establecidas en el artículo 289 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos COGEP, en contra de los herederos de JESSENIA MARISELA NARANJO LAZ, ANDRES FRANCISCO NARANJO LAZ, y JEFFERSON HIPÓLITO NARANJO LAZ y a los personeros del GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN QUEVEDO.- CITACION: Velando por el cumplimiento del derecho al debido proceso consagrado en el artículo 76 de la Constitución de la República, y en virtud de la Disposición Derogatoria Sexta y Disposición Final Segunda, constante en el Código Orgánico General de Procesos, publicada en el Suplemento del Registro Oficial Nro. 506 de fecha Quito, viernes 22 de mayo de 2015, al amparo de lo consagrado en los artículos 44, 69 numeral 1, 168, 169 y 175 de la carta magna, y los artículos 53, 54 y 55 del COGEP, ordeno CITAR a los demandados GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN QUEVEDO, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial, en los lugares señalados por la parte actora en la referida demanda, advirtiendo a la parte accionada de la obligación que tiene de contestar la demanda y señalar dirección de correo electrónico para sus notificaciones, bajo prevenciones de continuar la causa en rebeldía; Para cuyo efecto el señor citador deberá dejar la constancia en el acta correspondiente de haber verificado ser ese su domicilio; para la respectiva citación remítase las copias de estilo a la oficina de citaciones de esta Unidad; y, a los herederos presuntos y desconocidos de los señores: JESSENIA MARISELA NARANJO LAZ, ANDRES FRANCISCO NARANJO LAZ, y JEFFERSON HIPÓLITO NARANJO LAZ, de conformidad a lo estipulado en el numeral 1 del artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos. CONVALIDACIÓN: Agréguese a los autos el escrito presentado por MENENDEZ RENTERIA MARIO MILTON, de fecha lunes 28 de noviembre del 2022, a las 16h22, atendiendo el mismo: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 130 numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial, se convalida el auto de calificación a la demanda, por cuanto, existe un error específicamente donde se indica: “... en contra de los herederos de JESSENIA MARISELA NARANJO LAZ, ANDRES FRANCISCO NARANJO LAZ, y JEFFERSON HIPÓLITO NARANJO LAZ y a los personeros del GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN QUEVEDO.” SIENDO LO CORRECTO: “... Cite, mediante 3 publicaciones de forma escrita que se realizarán en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación a los accionados JESSENIA MARISELA NARANJO LAZ, ANDRES FRANCISCO NARANJO LAZ, y JEFFERSON HIPÓLITO NARANJO LAZ, conforme lo dispone el inciso 4 del numeral 2 del artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos ...”.- En todo lo demás queda incólume dicho auto que antecede.- Notifíquese.Lo que llevo a sus conocimientos para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar correo electrónico o casilla judicial en esta ciudad para que reciban sus notificaciones y que deberán comparecer a juicio dentro de los treinta días posteriores a la última publicación de este aviso, caso contrario se continuará con la sustanciación del proceso.- Certifico.Quevedo, 05 de diciembre del 2022

JUDICIALES

Ab. Maria Lorena Rodriguez Salinas SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN QUEVEDO

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EXTRACTO DE CITACION POR LA PRENSA ESCRITA UNIDAD JUDICIAL CIVIL

CON SEDE EN EL CAN-

TON BABAHOYO. CAUSA No. 12334-202200778 MATERIA CIVIL TIPO. ORDINARIO ACCION. PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO ACTOR.- ZUÑIGA TROYA FAUSTO CRISPIN DEMANDADOS. HEREDEROS CONOCIDOS, PRESUNTOS Y DESCONCIDOS DE QUIENES EN VIDA FUERON JUAN VIRGILIO ZUÑIGA BARCO Y BLANCA ROSA TROYA RODRIGUEZ.JUEZ DE LA CAUSA DR. LUIS HUMBERTO VALAREZO HONORES: AUTO DE CALIFICACION.- En auto de Calificación de la demanda de fecha lunes 7 de noviembre del 2022, las 10h58, el señor Juez en su parte pertinente ha dipuesto lo siguiente: 2.- Citese a los herederos de los causantes JUAN VIRGILIO ZUÑIGA BARCO Y BLANCA ROSA TROYA RODRIGUEZ y demas persona que se crea con derecho al inmueble materia de esta accion, por cuanto la parte accionante ha prestado su juramento conforme obra de autos, se ordena que sean CITADOS de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 y siguiente del COGEP, Mediante publicaciones que se realizaran en tres fechas distintas en un peiodico de amplia circulacion de este Canton Babahoyo, elabórese los extractos correspondientes FUNDAMENTO DE HECHO.- Desde el mes de enero del año 2002, soy poseedor con animo de señor y dueño de un solar No. 8 de la Manzana No. 8 de la lotizacion Virgilio Zuñiga #1 ( conocida anteriormente como el sector Matapalo de la Parroquia Clemente Baquerizo, Canton Babahoyo, Provincia de Los Ríos, con clave catastral 0601-35-20 cuyos linderos y medidas son los siguientes. superficie 54.25m2. por el Norte, con solar No. 8 A con una extension de once metros lineal ( 11.00m ) de la propiedad de la señora BLANCA ACOSTA ZUÑIGA. por el Sur, con una extension de once metros lineales ( 11.00m ) con calle B via publica. Por el Este, con una extension de cuatro metros noventa y cuatro metros lineales ( 4.94m ), con solar #9 de la señora BLANCA ACOSTA ZUÑIGA; y, por el Oeste con una extension de cuatro punto noventa y cuatro metros lineales (4.94. m ) con la calle “S “ via publica. en el bien inmueble que lo mantengo de forma publica, pacifica, ininterrumpida, sin clandestinad y con animo de señor y dueño por mas de 15 años, donde he construido una vivienda de madera, con dinero de mi peculio, la vivienda que he construido es una casa de madera, conpuesta de un dormitorio, sala, comedor, cocina y baño, la casa se encuentgra deteriorada por el tiempo y la cual se encuentra como fiel testigo del hecho.FUNDAMENTO DE DERECHO.- Esta demanda está fundamentada en lo que prescribe los Art. 603, 715, 2392, 2398, 2401,2410, 2411, 2412, 2413, y siguiente del Código Civil Vigente.PRETENSION QUE SE EXIGE.- Solicito que en sentencia se acepte mi demanda y se declare que se ha producido a mi favor la prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio, del bien inmueble descrito en esta demanda y se ordene que esta sentencia sea protocolizada en una notaría y en lo posterior se inscriba en el registro de la propiedad. Se les recuerda a los demandados que una vez transcurrido el termino de 20 días de la última publicación por la prensa comenzara a discurrir el termino de 30 días para que comparezcan a juicio contestando la demanda, bajo prevenciones de declararlos en rebeldía.Babahoyo, 28 de noviembre del 2022

Ab. Guido Tapia Mejía

SECRETARIO UNIDAD

JUDICIAL CIVIL DE BABAHOYO

Lunes, 19 de Diciembre 2022 | 11 CRÓNICA

VALENCIA • Jacinto Moreira de 30 años, y Alcides Quila de 34 años, no pudieron sobrevivir a las puñaladas que les propinaron durante una riña. El hecho ocurrió en un burdel ubicado en la zona de tolerancia de la calle Páez y Sucre del cantón Valencia. La Policía indicó, que al parecer, los dos fallecidos estuvieron involucrados en un supuesto robo de una computadora ocurrido la mañana del sábado en el sector Narcisa de Jesús, horas después, a las 17h00, el dueño de la computadora llegó al prostíbulo a reclamar donde se originó una riña. Jacinto y Alcides recibieron varias puñaladas, ambos fueron llevados al centro de salud de Valencia donde poco después fallecieron. Los cuerpos de las víctimas fueron llevados a la morgue de Quevedo. Los dos fallecidos registran antecedentes por robo.

El robo de una computadora desencadenó un doble asesinato

Los cuerpos fueron llevados a la morgue de Quevedo.

Lo balearon por robarle

VENTANAS • Luis Alberto Macías Pinargote fue asesinado por resistirse a un asalto. Él estaba junto a su esposa y su tío a bordo de su carro cuando fueron sorprendidos por cuatro ladrones. El hecho violento ocurrió en la gasolinera San José, ubicada en el recinto El Guineo, vía al cantón Ventanas, la madrugada del sábado. Heleodoro Pinargote, tío del fallecido, en su testimonio dado a la Policía dijo que se dirigían desde Guayaquil hasta el cantón La Concordia a sembrar unas plantas de moringa, sin embargo, debido al cansancio su sobrino decidió parar en la estación de combustible, mientras descansaba fue interceptado por los delincuentes, uno de ellos no dudó en dispararle para luego robarle sus pertenencias.

Mocacheño muere dos días después de un accidente

Rafael Arias Mera, en vida

QUEVEDO • Rafael Arias Mera de 22 años no logró sobrevivir al accidente registrado la mañana del jueves. Mientras circulaba en una moto junto a un amigo, por el anillo vial de Quevedo, cerca de la parroquia San Carlos, ambos fueron embestidos por un tráiler. El pesado vehículo arrastró por más de dos metros a los motorizados para luego darse a la fuga. Rafael fue llevado a un hospital de Santo Domingo donde falleció la tarde del sábado. El occiso era del recinto Bella Sombra del cantón Mocache. El agricultor se dirigía en su moto a trabajar, iba junto a un amigo, cuando fueron embestidos por un tráiler. El hecho ocurrió en el anillo vial de Quevedo, parroquia San Carlos, el jueves último. Sobre el pavimento quedó Rafael y su amigo, ambos fueron llevados a una casa de salud de Quevedo y luego a Santo Domingo donde Rafael falleció la tarde del sábado. El cuerpo fue llevado al recinto Bella Sombra de Mocache, el fallecido era agricultor y padre de una niña. El hecho ha consternado a sus allegados y amigos quienes esperan que sea localizado el responsable del accidente.

RIÑA DEJA DOS MUERTOS EN VALENCIA

Los fallecidos eran amigos, los mataron a puñaladas. Pág 11

TRES PROCESADOS POR CASO ‘DON NAZA’ SENTENCIADOS A 20 MESES DE CÁRCEL

Pág 10

LAS SELECCIONES QUE PARTICIPARON EN EL MUNDIAL RECIBIERON MILLONARIOS SUELDOS Pág 8.

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