Adult Protective Services - SPANISH tri-fold brochure

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REPORTEROS OBLIGATORIOS DE ABUSO A PERSONAS MAYORES Y A ADULTOS DEPENDIENTES Todos debemos reportar todos los casos observados, conocidos y sospechados de abuso a los adultos, pero la ley (la Sección 15630 del Código de Bienestar e Instituciones de California) requiere que algunos individuos los reporten. Los reporteros obligatorios son, conforme con la ley, cualquier persona que haya asumido la responsabilidad completa o intermitente de cuidar o ser custodio de un adulto mayor o dependiente, independientemente de si esa persona recibe compensación, incluyendo administradores, supervisores, y cualquier personal autorizado de una instalación pública o privada que proporcione cuidado o servicios para adultos mayores o dependientes, o cualquier custodio de adultos mayores o dependientes, profesional de salud, clérigo, o empleado de una agencia de servicios de protección de adultos del condado, o una agencia de orden público local. Los Reporteros Obligatorios pueden realizar un reporte en línea en www.ReportToAPS.org. Los reporteros obligatorios incluyen, enunciativamente: √ Profesionales de atención de salud y su personal √ Personal clérigo (excluye información de comunicación penitenciaria)

√ Proveedores de cuidado personal de adultos

√ Personal de Servicios de Protección a Adultos y a Menor √ Funcionarios del orden público

√ Funcionarios & empleados de instituciones financieras √ Médicos legistas

√ Cualquier persona que haya asumido responsabilidad completa o intermitente para cuidar a una persona mayor o dependiente

CÓMO REALIZAR UNA REMISIÓN APS Si usted es un reportero obligatorio, o si usted es víctima del abuso, o sospecha que alguien a quien usted conoce puede ser una víctima del abuso, llame a:

(510) 577-3500 o 1-866-225-5277

Departamento de Servicios para Adultos y el Envejecimiento

Facsímil: (510) 577-5615

División de Protección de Adultos

24 horas/día, 7 días/semana

SERVICIOS DE PROTECCIÓN DE ADULTOS

OTROS NÚMEROS IMPORTANTES LTC Ombudsman (Abuso de Facilidad) (510) 638-6878 Tutor Público-Custodio (510) 577-1900 Servicios de Apoyo en el Hogar (510) 577-1900 División de Víctimas y Testigos del Departamento del Fiscal (510) 272-6180 Información & Asistencia para Personas Mayores 800-510-2020 Medicare 800-952-8627 Admisión a Medi-Cal (510) 777-2300 Administración del Seguro Social 800-772-1213 Asistencia Legal para Personas Mayores (510) 832-3040 Oficina del Investigador de la Corte (si existe una custodia en el Condado de Alameda) (510) 636-8820

Admisión a los Servicios de Protección de Adultos (510) 577-3500 or 1-866-CALL-APS Facsímil:: (510) 577-5615 www.alamedasocialservices.org


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