Periódico edición 566 febrero 2017

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La confusa Jurisdicción Especial de Paz para la Fuerza Pública

¡Reserva activa, al cadalso! FEBRERO 2017

Reunión extraordinaria Mesa de Trabajo Permanente (separata) Acta de reunión extraordinaria del 3 de febrero de 2017 realizada en la sede de la Asociación Colombiana de Oficiales en Retiro de las FF.MM., ACORE, a las 09:30 horas. Con la participación de las diferentes asociaciones y unidades simbólicas del Cuerpo de Oficiales de la Reserva Activa de las FF.MM y Policía Nacional que la integran, abogados asesores e invitados especiales, se llevó a cabo la tercera reunión del presente año para tratar lo referente al proyecto de Acto Legislativo 02/03 que cursa actualmente en el Congreso de la Republica, a fin de evaluar el contenido y sus efectos para miembros de la Fuerza Pública. Para este propósito se realizó el estudio del articulado correspondiente al Capítulo VII en el cual se determina el tratamiento especial diferenciado, conductas punibles bajo la competencia de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) y responsabilidad del mando frente a los hechos que sean motivo de investigación, judicialización y sanción penal, dentro de las normas propuestas en la reforma constitucional para la terminación del conflicto armado y la construcción de una paz estable y duradera.

EDITORIAL

Jurisdicción Especial para la Paz y responsabilidad del mando por conductas penales de sus subordinados Las condiciones tan especiales de esta Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) respecto a la Justicia Transicional y su eventual aplicación a miembros de la Fuerza Pública, genera múltiples interrogantes e incertidumbres sobre los reales efectos jurídicos que esto representa para quienes se acojan a tal mecanismo. Todavía no existe información suficientemente convincente que dé respuesta clara a muchas dudas y preocupaciones que se discuten al interior de nuestras instituciones castrenses y policiales en relación con esta anunciada y tan publicitada JEP. Documento especial

Las perlitas de Diego García Sayan, delegado de la ONU, para la escogencia de Magistrados con destino a la jurisdicción especial de paz en Colombia

Documento especial

Obligante aclaración En la página 4 del Acta de reunión de la Mesa de Trabajo Permanente que aparece en esta edición se menciona el nombre de María Camila Moreno como designada a nombre del Centro Internacional para la Justicia Transicional (ICTJ), como represéntate para la selección de los magistrados de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). Sobre el particular es conveniente aclarar que la persona designada para el efecto es el abogado argentino Juan E. Méndez, cuya designación ya fue confirmada por el ICTJ.

Separata

Respecto a este nuevo integrante de la JEP, se destaca lo siguiente:

Abogado nacido en Argentina y egresado de la Universidad Católica Stella Maris en Mar del Plata. Durante el inicio de su trayectoria profesional se dedicó a defender a integrantes de organizaciones terroristas peronistas. Por sus vínculos con éstas organizaciones armadas al margen de la ley, fue sometido a varios arrestos durante los gobiernos militares argentinos.

Documento especial

1er Almuerzo

de compañeros Sede nacional ACORE Calle 70 # 4-24

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FEBRERO 23/17

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12 m

WWW.ACORE.ORG.CO


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