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5. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE
5. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE

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5.1. COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA
Composición: capítulo IV Artículo 49 del DECRETO 26/2016 de 21 de julio.
1. La comisión de coordinación pedagógica estará formada por el director del centro, o persona en quien delegue, que la presidirá, los coordinadores de los equipos docentes internivel, el coordinador de la etapa de Educación Infantil, el orientador del centro, el coordinador de convivencia y el jefe de estudios del centro que será el coordinador de la comisión.
2. En caso de existir proyecto bilingüe, podrá incorporarse a la comisión de coordinación pedagógica el coordinador del mismo.
3. Las funciones de la comisión de coordinación pedagógica son las siguientes:
a. Establecer las directrices generales para la elaboración, revisión y evaluación de la propuesta curricular y de las programaciones didácticas. b. Supervisar la elaboración y revisión, así como coordinar y responsabilizarse de la redacción de la propuesta curricular de etapa y su posible modificación, y asegurar su coherencia con el proyecto educativo. c. Elaborar la propuesta de organización de la orientación educativa y del plan de acción tutorial.
d. Velar por la coherencia y continuidad de las acciones educativas a lo largo del centro por el cumplimiento y posterior evaluación de las propuestas curriculares de centro. e. Establecer los criterios pedagógicos para determinar los materiales y recursos de desarrollo curricular.
f. Proponer al claustro la planificación general de las sesiones de evaluación y calificación, de acuerdo con la jefatura de estudios. g. Proponer al claustro de profesores el plan para evaluar la propuesta curricular de la etapa, los aspectos docentes del proyecto educativo y la programación general anual, la evolución del aprendizaje y el proceso de enseñanza. h. Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyectos del centro, colaborar con las evaluaciones que se lleven a cabo a iniciativa de los órganos de gobierno del centro docente o de la Administración Educativa e impulsar planes de mejora en caso de que se estime necesario, como resultado de dichas evaluaciones.


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i. Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares adecuadas a los alumnos con necesidades educativas especiales. j. Hacer propuestas de planes de formación en el centro. 4. La comisión de coordinación pedagógica se reunirá, al menos, una vez al mes y celebrará una sesión extraordinaria al comienzo del curso, otra al finalizar éste y cuantas otras se consideren necesarias. Actuará como secretario la persona de menor edad.
5.2. EQUIPOS DE NIVEL
5.2.1. Composición: capítulo IV Artículo 47 del DECRETO 26/2016 de 21 de julio.
Los equipos docentes de nivel están formados por todos los maestros que imparten docencia en un mismo curso.
Su finalidad es coordinar las actuaciones educativas del curso, reforzar el proceso educativo del alumnado y prevenir los problemas que pudieran aparecer a lo largo del mismo, compartiendo toda la información que sea necesaria para trabajar de manera coordinada.
5.2.2. Competencias:
a) Elaborar, hacer el seguimiento y evaluar las programaciones didácticas de cada uno de los cursos, de acuerdo con los criterios establecidos por la Comisión de coordinación pedagógica. b) Elaborar los aspectos docentes de la programación general anual correspondientes al curso. c) Realizar propuestas al equipo directivo relativas a la elaboración y revisión del proyecto educativo y de la programación general anual. d) Tomar decisiones curriculares y organizativas que afectan al curso realizando las propuestas que estime oportunas a la comisión de coordinación pedagógica. e) Diseñar las directrices metodológicas y organizativas del curso y su revisión periódica. f) Organizar actividades complementarias y extraescolares conjuntas relacionadas con el proceso de enseñanza-aprendizaje y el fomento de la convivencia y la cultura. g) Intercambiar información sobre las características generales y específicas del alumnado. h) Desarrollar programas específicos para atender a la diversidad del alumnado. i) Conocer y compartir todos los problemas y conflictos que han podido surgir en la clase en cualquier área y su resolución, arbitrando medidas de corrección de conducta de los casos que lo


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precisen, que se aplicarán por parte de todos los profesores. j) Realizar la evaluación de los aprendizajes del alumnado a partir de criterios comunes de evaluación y calificación.
El coordinador de nivel será designado por el director del centro previa consulta con el equipo docente, preferentemente el tutor del grupo. Sus funciones serán dinamizar las competencias propias de este equipo y proponer cuantas reuniones se precisen, al menos una al mes, con asistencia de los especialistas que consideren oportunos.
El régimen de funcionamiento de los equipos docentes de nivel y las funciones del coordinador serán fijados en las normas de organización y funcionamiento del centro.
5.3. EQUIPOS DE INTERNIVEL
5.3.1. Composición: capítulo IV Artículo 48 del DECRETO 26/2016 de 21 de julio.
Con la finalidad de coordinar la práctica docente entre los niveles, contamos con dos equipos docentes internivel. Uno estará formado por los coordinadores de los equipos docentes de nivel de 1º, 2º y 3º cursos y otro por los coordinadores de los equipos docentes de nivel de 4º, 5º y 6º cursos, pudiendo incorporarse otro profesorado del centro de acuerdo con lo que establezcan las normas de organización y funcionamiento del propio centro.
5.3.2. Competencias:
a) Establecer las estrategias organizativas, curriculares, metodológicas que sean necesarias para que los alumnos adquieran las competencias claves acordes con su edad. b) Analizar y proponer las líneas de actuación del Plan de Acción Tutorial. c) Diseñar y coordinar la realización, en su caso, y valorar las evaluaciones individualizadas que se realicen en 3º y 6º de educación primaria, adoptando a partir de los resultados de las mismas las decisiones individuales y colectivas que sean precisas. d) Coordinar la selección de materiales pedagógicos y didácticos de acuerdo con los criterios establecidos por la comisión de coordinación pedagógica para el centro. e) Definir las líneas de actuación pedagógica para el establecimiento de los refuerzos educativos de acuerdo con los criterios establecidos para todo el centro. f) Proponer planes de mejora, formación y actividades complementarias a la comisión de


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coordinación pedagógica. g) Participar y colaborar en el desarrollo y consecución de planes desarrollados por el centro o el
Proyecto de Autonomía si fuera el caso. h) Cualquier otra que les sea encomendada en el ámbito de sus competencias.
Los coordinadores de los equipos de internivel serán designados por el director entre los miembros de los equipos una vez oídos los mismos. Sus reuniones, complementarán las de nivel, sin que tengan una periodicidad preestablecida.
El régimen de funcionamiento de losequipos docentes internivel y las funciones del coordinador serán fijados en las normas de organización y funcionamiento del centro.
5.4. COMISIONES INTERNAS DEL CENTRO
En el centro trabajan tres comisiones cuya misión es priorizar e impulsar propuestas educativas referentes a tres campos de actuación importantes en la práctica docente: nuevas tecnologías, bilingüismo y metodología.
En cada Comisión están representados maestros de la Etapa Infantil, los dos interniveles y los especialistas, de tal forma que sus propuestas llegan a todo el claustro, al tiempo que recibe propuestas de los diferentes equipos de trabajo.
Sus reuniones alternan con las internivel, y al menos lo hacen una vez al mes.
Se constituyen cuatro Comisiones:
1) Comisión BITs y TICs (coordina todas las acciones relacionadas con el uso de las nuevas tecnologías) 2) Comisión de Bilingüismo (coordina todas las acciones relacionadas con el uso del inglés en el centro) 3) Comisión de biblioteca: (coordina actividades animación a la lectura, y propuestas para la mejora de la competencia lingüística) 4) Comisión Reto: (para dinamizar actividades relacionadas con la convivencia)

5.5. TUTORES
CAP. III. Artículos 20 y 21 del DECRETO 26/2016 de 21 de julio.

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5.5.1. Función:
La tutoría y la orientación del alumnado formarán parte de la función docente y serán competencia de todo el profesorado, canalizada y coordinada a través del tutor, contando en especial con los maestros con funciones de apoyo y/o refuerzo dentro del grupo para los casos que lo requieran. Cada tutor, orientado por el Plan de Acción Tutorial del centro, observará el proceso educativo individual y colectivo de los alumnos a través de su integración y participación en la vida del centro, el seguimiento individualizado de su proceso de aprendizaje y la toma de decisiones relacionadas con su evolución académica.
5.5.2. Designación:
Cada grupo de alumnos de Infantil y Primaria tendrá un tutor que será designado por el Equipo Directivo, después de entrevistar al conjunto de maestros y aplicando los siguientes criterios para designar al tutor:
➢ Adscripción a la plaza en el Centro. ➢ Permanencia y/o conocimiento del grupo. ➢ Otras habilitaciones disponibles. ➢ Competencia en el uso de las TIC. ➢ Previsión de continuidad en el centro. ➢ Experiencia laboral en los diferentes cursos. ➢ Desarrollo de otros Proyectos y aptitudes de interés para el Centro. ➢ Preferencias personales argumentadas.
La tutoría recaerá preferentemente en el maestro que imparta mayor número de horas lectivas semanales a dicho grupo. (En ocasiones especiales, se podrá nombrar un tutor ayudante que colaborará con el tutor en el desarrollo de sus funciones).
El tutor permanecerá con su grupo de alumnos, al menos, durante el primer y segundo curso de la etapa, salvo que exista causa justificada y motivada expresamente. En todo caso, se favorecerá la permanencia del mismo tutor en los cursos de 1º a 3º y de 4º a 6º.


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El tutor coordinará el trabajo del equipo docente del grupo de alumnos tutorizados, y mantendrá una relación permanente y de mutua colaboración con sus familias. Para ello establecerá a lo largodel curso escolar un número mínimo de tres reuniones con el conjunto de padres del grupo, que podrá coordinar con las sesiones de evaluación trimestrales, y una individual con los padres de cada alumno.
Los tutores serán coordinados por el Jefe de Estudios, manteniendo las reuniones que sean precisas, con la finalidad de que la acción tutorial se desarrolle en las condiciones adecuadas.
5.5.3. Competencias:
• Programar su actividad docente de aula de acuerdo con la Programación Didáctica. • Participar en el desarrollo del Plan de Acción Tutorial y en las actividades de orientación, bajo la coordinación del jefe de estudios y pudiendo contar, para ello, con la colaboración del orientador del centro.
• Coordinar el proceso de evaluación de los alumnos de su grupo. • Atender las dificultades de aprendizaje de los alumnos, para proceder a la adecuación personal del currículo.
• Facilitar la integración de los alumnos en el grupo y fomentar su participación en las actividades del centro.
• Orientar y asesorar a los alumnos sobre sus posibilidades educativas. • Colaborar con el orientador del centro en los términos que establezca la jefatura de estudios. • Encauzar los problemas e inquietudes de los alumnos. • Informar a los padres o tutores legales, en su caso, del alumnado, a los maestros y a los propios alumnos del grupo de todo aquello que les concierna en relación con las actividades docentes y el rendimiento académico.
• Facilitar la cooperación educativa entre los maestros y los padres de los alumnos. • Atender y cuidar a los alumnos, junto con el resto del profesorado del centro, en los periodos de recreo y en las actividades no lectivas.
5.6. OTRAS FUNCIONES DE COORDINACIÓN
La designación de los responsables de otras funciones que se consideren necesarias, será realizada por el Claustro a propuesta del Director o de la Comisión de Coordinación Pedagógica, según la legislación vigente y las posibilidades horarias del profesorado. Serán adjudicados al comienzo de cada curso de la misma forma que los coordinadores de nivel e internivel.


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Podrán disponer de un número de horas, de acuerdo con la organización del personal del centro para realizar sus funciones.
5.6.1. Funciones del responsable de los recursos documentales y biblioteca.
Trabajará bajo la dependencia del Jefe de Estudios, y sus funciones serán:
a) Mantener actualizado el inventario. b) Mantener organizada por temas y niveles la biblioteca. c) Llevar al día el préstamo de libros. d) Mantener en el mejor estado posible el material de la biblioteca. e) Renovar, en la medida de lo posible, dependiendo de los medios económicos disponibles los libros de la biblioteca, atendiendo a las necesidades detectadas y a las propuestas de los compañeros. f) Colaborar en la promoción de la lectura como medio de información y entretenimiento. g) Cualquier otra que le encomiende el Jefe de Estudios, de las recogidas en la Programación
General Anual
h) Coordinar el equipo de coordinación del plan lector y realizar en conjunto la memoria final del dicho plan.
5.6.2. Funciones del Coordinador de formación, calidad e innovación
El coordinador de formación, calidad e innovación será el responsable de informar, promocionar, colaborar en el diseño y coordinar las actuaciones de formación, mejora e innovación, que se lleven a cabo en el centro, así como de representar al claustro de profesores en el CFIE de su ámbito.
Serán funciones del coordinador de formación, calidad e innovación, las siguientes:
a) Ser enlace de comunicación y relación entre el centro educativo y el CFIE correspondiente, detectando necesidades y expectativas del profesorado y difundiendo las actividadesformativas y actuaciones ofertadas como respuesta. b) Impulsar la actualización y mejora de las competencias profesionales de los profesores y equipos del centro, favoreciendo su desarrollo profesional mediante itinerarios formativos. c) Colaborar en la planificación, gestión, desarrollo y evaluación de los itinerarios formativos, actividades formativas y actuaciones, que se realicen como respuesta a las necesidades y expectativas de los profesores y equipos de su centro. d) Coordinar el plan de formación de centro,si lo hubiere, participando en su diseño, elaboración,


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gestión, desarrollo y evaluación. e) Colaborar en aquellas actuaciones en las que se encuentren inmersos como centro de promoción de la innovación, utilización y elaboración de materiales y recursos, investigación, intercambio de experiencias y buenas prácticas y apertura al entorno.
5.6.3. Funciones del coordinador de la Sección Bilingüe.
a) Organizar el grupo de trabajo de la sección bilingüe para asegurar la coherencia ycoordinación de dicho programa. b) Realizará la memoria final sobre el desarrollo de dicho programa. c) Coordinar los temas y proyectos relacionados con esta sección. d) Impulsar y desarrollar programas relacionados con esta sección.
5.6.4. Funciones de los agentes implicados en Red XXI.
Equipo Directivo
Su papel fundamental consiste en impulsar, dirigir y coordinar todo el trabajo. Por tanto, se encargará, entre otras, de las siguientes funciones:
a) Organización general, relación e información a los padres y madres. b) Distribución de funciones entre los miembros del claustro c) Generación de documentos. d) Seguimiento de incidencias y control del inventario. e) Motivar al profesorado, familias y alumnos en el uso de las TIC. f) Mantener comunicación con el responsable RED XXI del centro.
Responsable de Red XXI
Tiene como función primordial dinamizar el uso de las TIC en el centro, y dentro del programa Red XXl. Desarrollará otras funciones como:
a) Mantener colaboración con el director del centro. b) Actuar como intermediario de los diferentes procedimientos para laresoluciónde los problemas de hardware y software. c) Coordinar la comunicación del centro con las instituciones en temas TIC. d) Mantener la comunicación con el maestro colaborador.


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e) Coordinar las reuniones de la Comisión Red XXI. f) Apoyar a los tutores en la introducción de las TIC en sus aulas. g) Coordinar la formación establecida o acordada para el profesorado. h) Plan de Seguridad y Confianza Digital en el ámbito educativo.
Coordinador TIC del Centro
a) Revisar el buen funcionamiento de ordenadores y comunicar al serviciotécnico aquello que no pueda arreglar. b) Mantener actualizado el inventario y regular el préstamo del material al profesorado. c) Controlar la coherencia en los aprendizajes TIC a lo largo de los distintos cursos. d) Coordinar el trabajo TIC en infantil y los cuatro primeros cursos de Primaria. e) Colaborar con la comisión Red XXI.
Tutores
Los tutores tienen un importante papel en la incorporación del uso de las TIC en su grupo de alumnos, la relación con los padres y la toma de conciencia por parte de los alumnos de la necesidad de conservación de los recursos. Por tanto, sus funciones serán:
a) Animar a alumnos y familias a utilizar las TIC. b) Introducir las TIC en sus programaciones de Aula. c) Informar a los responsables correspondientes de las incidencias que se produzcan con el equipamiento del Aula Digital d) Colaborar en el registro inicial de adjudicación de miniportátiles.
Maestro colaborador Red XXI
Las funciones del maestro colaborador Red XXI serán:
a) Asesorar pedagógicamente a los tutores de quinto y sexto de primaria. b) Organizar la formación en el horario liberado en el CFIE. c) Ofrecer recursos didácticos a los tutores. d) Visitar las aulas digitales de los colegios si se le requiere.

Comisión Red XXI

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La comisión RedXXI estará formada, al menos, por un miembro del equipo directivodel centro, quela presidirá; el coordinador de la estrategia RedXXI; los tutores de quinto y sexto y un representante de formación del Centro de Formación e Innovación Educativa de referencia.
Sus funciones son:
a) Estudiar los criterios organizativos de tipo tecnológico y educativo requeridos para la implantación de la Estrategia Red XXI en el centro educativo, con el apoyo de las comisiones provinciales y regionales. b) Impulsar el desarrollo de acciones organizativas relativas a la utilización de los equipos informáticos del centro y de las redes del centro educativo. c) Recopilar y organizar la información relativa a la implantación de la estrategia en el centro educativo.
d) Apoyar al profesorado en aspectos relativos a la organización tecnológica y educativa de la estrategia. e) Orientar al profesorado implicado para la incorporación de la Estrategia Red XXI en la programación de aula. f) Desarrollar tareas organizativas básicas tales como el registro de equipos de alumnos, la canalización del servicio de mantenimiento y la asignación y control de los equipos informáticos.
g) Diseñar actuaciones de información a familias, al alumnado y al profesorado. h) Canalizar el flujo informativo entre la comisión Red XXI provincial y el centro. i) Elaborar un plan Red XXI de centro que se integrará en el proyecto educativo del centro. j) Establecer y gestionar las normas y reglas de uso de aulas digitalizadas y los minipc. k) Proponer la formación del profesorado en competencia digital. l) Desarrollar el Plan de Seguridad y confianza digital en el ámbito educativo. m) Elaborar el Plan de Integración de las TIC en el centro.