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Junta oficial pro damnificados de la “Ana Cecilia”

La gran tragedia del lago

Junta oficial pro damnificados de la “Ana Cecilia”

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Luego de haber tomado las medidas preliminares, el Presidente del Estado se encargó de crear el día 11 de agosto, una Junta Oficial Pro Damnificados de la “Ana Cecilia”. Esta junta estaba presidida por él mismo Presidente del Estado y fue creada con el propósito de que sus miembros se encargaran de todo lo concerniente al manejo y distribución de los fondos para los damnificados que en este caso eran los familiares cercanos de las víctimas. Según los documentos (correspondencia oficial) existentes al respecto en el Acervo Histórico del Estado Zulia (Exp. ídem), la junta estaba conformada por las siguientes autoridades y personalidades.

Modelo de recibo de colaboración a los familiares de las víctimas, concedida por la Junta Oficial Pro Damnificados de la “Ana Cecilia”. Expediente Naufragio de la piragua “Ana Cecilia” (Acervo Histórico del Zulia

Directiva de la junta oficial pro damnificados de la “Ana Cecilia”

Presidente: Dr. José Encarnación Serrano. Vicepresidente: Dr. Jesús Enrique Lossada. Tesorero: Don Samuel Belloso. Secretario: Dr. Héctor Cuenca.

Muy contrario a lo datos que nos ofrecen algunos documentos oficiales en relación a la conformación de la junta, Ciro Urdaneta Bravo, en su crónica sobre el naufragio refiere lo siguiente:

... “estaba presidida por el propio Presidente del Estado y la constituían: el General Prefecto Crespo, Comandante de la Zona Militar; Dr. Francisco José Parra, Administrador de la Aduana; Jesús Enrique Lossada, Presidente del Concejo Municipal; Adolfo D’Empaire, Presidente de la Junta de Beneficencia, y el Dr. Héctor Cuenca.” (Urdaneta, ídem)”.

Parece ser que Ciro Urdaneta tomó dicha información textualmente del decreto sobre la constitución de la Junta Oficial, Publicado en Gaceta Oficial del estado Zulia, puesto que coinciden exactamente en cuanto a la conformación de la junta. Esto nos demuestra que algunos documentos o correspondencia oficial no es confiable y la verdad es otra, por lo que tomo como valedera la junta directiva resaltada anteriormente en negrilla, más no la que está enmarcada en un recuadro, puesto que los datos al respecto fueron extraídos directamente del decreto de José Encarnación Serrano, de la Junta Oficial Pro Damnificados de la “Ana cecilia”, publicado en Gaceta Oficial del estado Zulia del 31 de agosto de 1937, Año 37 – NUM 1404 y que transcribimos textualmente a continuación:

La gran tragedia del lago

DR. JOSE ENCARNACIÓN SERRANO Presidente Del Estado Zulia

En uso de sus atribuciones legales,

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario la constitución de una Junta oficial que se encargue de la recolección y distribución de los fondos que por suscripción pública y espontánea se alleguen para atender y sufragar en la forma más equitativa a los damnificados por motivo del trágico suceso acaecido en el Lago de Maracaibo, la noche del ocho de los corrientes,

DECRETA:

Art. 1° Se crea una Junta Oficial en este Distrito que se encargará de la recolección y distribución de los fondos que por concepto de contribución espontánea se destinen a los familiares de las víctimas del naufragio acaecido en el Lago de Maracaibo, el día ocho de los corrientes.

Art.2° Se nombra para constituir dicha Junta Oficial, junto con el Presidente titular del Estado Zulia, los siguientes ciudadanos: Gral. Perfecto Crespo, Comandante de la 2da. Zona Militar; Dr. Francisco José Parra, Administrador de ,la Aduana de este puerto; Dr. Jesús Enrique Losada, Presidente del Concejo Municipal del Distrito Maracaibo; Dr. Adolfo d’ Empaire, Presidente de la Junta de Beneficencia Pública del Estado Zulia y Dr. Héctor Cuenca.

Art. 3° Se dispone que la Junta se constituya cuanto antes sea posible para el comienzo de sus labores, y su duración estará limitada al tiempo necesario para llenar a cabalidad su cometido, quedando ipsofacto extinguida tan pronto como este ejecutivo reciba la comunicación de haber terminado sus funciones.

Art. 4° El Secretario General de Gobierno queda encargado de la ejecución del Presente Decreto y cuidará así mismo de hacer cumplir las resoluciones que la Junta tomare para el mejor logro de su cometido.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Dado, sellado, firmado i refrendado en el Palacio de Gobierno, en Maracaibo, a los once días del mes de agosto de mil novecientos treinta i siete. Años 128° de la Independencia i 79° de la federación.

L.S (Fdo.) J.E. Serrano.

Refrendado.

El Secretario General de Gobierno Interino, L.S. (Fdo.) Eduardo López B.